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Tratado de Derecho de la Sociedad Digital (2 tomos)


Ayer pude charlar un rato con mi amigo Javier Ibáñez, ya que coincidimos en el Congreso del Observatorio de Derechos Digitales: Una mirada multidisciplinar a los derechos digitales y comentamos sobre el Tratado de Derecho de la Sociedad Digital, monumental obra que él ha coordinado.

Me ha parecido tan interesante que he pensado en hacer una reseña sobre ella.

El Tratado de Derecho de la Sociedad Digital (Reus, 2025), dirigido por el catedrático Javier W. Ibáñez, profesor Ordinario de Derecho Mercantil y creador del Observatorio Observatorio CMS Comillas de Transformación Digital, es una obra colectiva sin precedentes en el ámbito jurídico español. Con más de cien autores de diez países, el Tratado se apoya en la metodología desarrollada por los comités de investigación, legal y normalización del Consorcio Red Alastria, y en la labor de cierre y difusión del Observatorio CMS–Comillas de Transformación Digital. El resultado es un mapa completo del Derecho digital contemporáneo: identidad electrónica, mercados descentralizados, criptoactivos, ciberseguridad, metaverso e inteligencia artificial.

El nuevo Derecho digital que se construye en Europa y otras jurisdicciones es frágil y volátil, en ocasiones, lo que dificulta un análisis que combine rigor y actualización.

En el Tratado, se tratan aspectos de la tecnología de registros distribuidos, internet de las cosas, inteligencia artificial o análisis de macrodatos, identidad digital, mercados descentralizados y resiliencia operativa digital.

Este es el contenido:

TOMO I — ÍNDICE COMPLETO

PRÓLOGO

  • Carmen Alonso Ledesma — p. 1

PRELIMINAR

  • Derecho de la sociedad digital y descentralizada sostenible. Cimientos metodológicos y excurso terminológico Javier Ibáñez Jiménez — p. 11
  • PARTE PRIMERA — Derecho digital y derechos constitucionales — p. 51

Sección primera — Ejercicio de derechos constitucionales en una economía digital

  • Algunos retos actuales de la regulación global en la sociedad digital Moisés Barrio Andrés — p. 53
  • Implicaciones jurídico‑constitucionales de la inteligencia artificial en el ordenamiento español. Especial referencia a la Carta de Derechos Digitales María Pérez Ugena — p. 59
  • Inteligencia artificial y derechos digitales en el ámbito sanitario Dra. Aitziber Emaldi Cirión — p. 85
  • Breve comentario a la estrategia y líneas de acción de la AEPD sobre menores, salud digital y privacidad Laura Davara — p. 135

Sección segunda — Tratamientos de datos, identidad soberana y evidencia digital — p. 159

  • GDPR‑compliant revocation of credentials Dr. Jörn Erbguth — p. 161
  • El libro mayor electrónico, regulación y aplicaciones José Félix Muñoz Soro, Pedro‑José Bueso Guillén — p. 171
  • Identidad autosoberana, evidencia digital y anclajes de confianza en el Reglamento eIDAS 2 Dr. Ignacio Alamillo Domingo, Lluís Ariño — p. 191
  • Tratamiento de datos en blockchain: responsables y encargados Briseida Sofía Jiménez‑Gómez — p. 215

Sección tercera — Sistemas digitales de resolución de conflictos — p. 243

  • El arbitraje electrónico y el principio del debido proceso Marta Gisbert Pomata — p. 245
  • Los sistemas descentralizados de resolución de controversias y el Derecho europeo: hacia una localización de la disputa en la Unión Europea Diego Agulló Agulló — p. 297
  • Resolución de conflictos mediante soluciones en la cadena de bloques Enrique Aznar — p. 325
  • Blockchain dispute resolutions: planteamiento y cuestiones jurídicas Marta Gonzalo Quiroga — p. 343

Sección cuarta — Democracia digital, economía del dato y autonomía de la voluntad — p. 399

  • La contratación a través de plataformas intermediarias en línea: tendencias y caracteres desde los principios contractuales Sergio Llebaría Samper — p. 401
  • Régimen actual del crowdfunding europeo y español: novedades destacables y cuestiones pendientes para el inversor Rebeca Carpi Martín — p. 429

PARTE SEGUNDA — Ordenamiento jurídico y financiación digital — p. 469

Sección primera — Soberanía y política monetaria digital

  • La integración de bitcoin y otras criptomonedas en las carteras de los inversionistas Prosper Lamothe López, Prosper Lamothe Fernández, Leslie Rodríguez Valencia — p. 473
  • Análisis del proceso y consecuencias de la adopción del bitcoin como moneda de curso legal en la República de El Salvador Prosper Lamothe López, Juan José Durán Herrera — p. 490

Sección segunda — Sistemas financieros y mercados descentralizados

  • Finanzas descentralizadas: alternativas a las finanzas tradicionales y nuevo paradigma María del Carmen Pileso — p. 505
  • La contratación inteligente en los mercados descentralizados Adoración Castellano García — p. 595
  • Hacia unos mercados de valores tokenizados: reflexiones y propuestas del pilot regime europeo Pablo Sanz Bayón — p. 609
  • Los instrumentos financieros tokenizados: un nuevo paradigma de financiación empresarial Xavier Foz Giralt, Beatriz Rodríguez Gómez — p. 639
  • Los nuevos mercados de valores construidos en blockchain Dr. Gonzalo Navarro Ruiz — p. 663

Sección tercera — Mercados distribuidos sectoriales

  • Mercado de futuros token sobre aceite de oliva Antonio Partal Ureña, Pilar Gómez Fernández Aguado, Luis Martínez López — p. 687
  • Retos de la tokenización de productos agroalimentarios no fungibles Eva María Ibáñez — p. 703

Sección cuarta — Pagos electrónicos y dinero digital — p. 751

  • La regolazione europea dei pagamenti digitali Filippo Zatti, Rosa Giovanna Barresi — p. 759
  • El declive de los títulos valores cambiarios José Loustau Hernández — p. 803

PARTE TERCERA — Patrimonio virtual: criptobienes y fichas digitales criptográficas — p. 829

Sección primera — Monedas estables descentralizadas

  • Dinero electrónico tokenizado Agustín Madrid Parra — p. 831

Sección segunda — Fichas de servicio y consumo

  • Las fichas de consumo (utility tokens) Alfonso Martínez‑Echevarría y García de Dueñas, Rafael del Castillo Ionov — p. 887
  • Tokens de servicios informáticos: cuestiones normativas Agustín Cruz Núñez — p. 911

Sección tercera — Tokens no fungibles (NFT)

  • Consecuencias jurídicas del fraccionamiento de los tokens no fungibles (NFTs) Joaquim Castañer Codina — p. 929

Sección cuarta — Tokens inmobiliarios

  • La proptech para la gestión de la propiedad inmobiliaria tokenizada y el alojamiento turístico Cristina Argelich Comelles — p. 985

TOMO II — ÍNDICE COMPLETO

PARTE CUARTA — Servicios de inversión descentralizados — p. 1011

Sección primera — Servicios de inversión de mercado secundario

  • Asesoramiento y gestión de carteras de criptoactivos Alberto J. Tapia Hermida — p. 1013
  • Asesoramiento de inversiones en MiCA — análisis e implicaciones sobre los servicios de inversión en tokens Álvaro Martín Sierra — p. 1033
  • Tecnologías de registro distribuido y su aplicación al sistema financiero. El caso particular del asesoramiento financiero automatizado María Jesús Blanco Sánchez — p. 1057
  • Technical standards … MiCA … Alastria recommendations Alastria Research and Technology Transfer Commission / Alastria Legal Committee — p. 1073
  • Gestión de plataformas distribuidas y activos digitales: casos de uso y cuestiones prácticas Jaime Bofill, Rodrigo Pérez Gil, Lucía Silva, Sara Piñero — p. 1091

Sección segunda — Servicios de emisión de criptoactivos y control público

  • Sanciones y otras medidas administrativas … MiCA Alfonso Codes Calatrava — p. 1107

PARTE QUINTA — Gobernanza y seguridad jurídica descentralizada — p. 1125

Sección primera — Derecho de Sociedades y DAOs

  • Los Sistemas de Compliance … DAOs … sostenibilidad Juana María Pardo Pardo — p. 1127
  • El dilema o la oportunidad de la descentralización … DAOs, protección de datos e IA María del Sagario Navarro Lérida — p. 1139

Sección segunda — Gobernanza DeFi y taxonomía de criptoactivos

  • La descentralización de los mercados financieros: DEX Luz Mª García Martínez — p. 1167
  • Taxonomía de criptoactivos y abuso de mercado Cristina Guerrero Trevijano — p. 1193

Sección tercera — Seguridad jurídica y protección registral descentralizada

  • La transformación digital de los registros jurídicos José María de Pablos O’Mullony — p. 1239
  • Inteligencia Artificial: oportunidades y desafíos en el Registro de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles Mª Rosario Jiménez Rubio — p. 1255

Sección cuarta — Gobernanza descentralizada y economía tokenizada

  • Circulación jurídica e innovación tecnológica. De la permuta a la economía tokenizada Carlos de Cores Helguera — p. 1275

Sección quinta — Ciberseguridad y resiliencia operativa digital

  • Hacia unas finanzas abiertas impulsadas por los datos (Data‑Driven Open Finance) Fernando Zunzunegui — p. 1297
  • Reglamento DORA … resiliencia digital Bruno Martín Baumeister — p. 1317
  • Guía práctica de la Directiva NIS2 Francisco Manuel Caños Guillamón — p. 1363
  • Las medidas de seguridad en el tratamiento de datos personales Jesús Yáñez Colomo — p. 1399
  • Legal regulation … information security … Russian Federation Alexander Chuburkov, Konstantin Staroduvov — p. 1419

PARTE SEXTA — Metaverso, Derecho y sociedad digital — p. 1431

Sección primera — Régimen y cuestiones jurídicas generales

  • Metaverse regulation: key legal concepts… David Durand, Javier Ibáñez — p. 1433
  • Metaverso, desafíos legales Óscar López Rodríguez, Coautores: Grupo de Regulación de AUTELSI — p. 1459

Sección segunda — Actividad económica y relaciones jurídicas

  • Los activos intangibles en los entornos digitales inmersivos Ricardo Palomo Zurdo, Enrique Rúa Alonso de Corrales — p. 1475

PARTE SÉPTIMA — Ética y Derecho digital en una economía social — p. 1499

Sección primera — Personalidad cibernética, derechos e IA

  • Humanismo digital y Derecho Blanca Sáenz de Santa María Gómez‑Mampaso — p. 1501
  • Ciber‑Ética y Ciber‑Derecho para un nuevo humanismo José Luis Fernández Fernández — p. 1511
  • Robótica y Personalidad Cibernética Salvatore Moccia, Francesca Moccia — p. 1525
  • Límites a la libertad de expresión en el ciberespacio María Lubomira Kubica — p. 1537
  • Legitimidad en el uso de imágenes y posts de Instagram Marta Seminario González, Miguel García‑Menéndez — p. 1587
  • Respeto a los derechos fundamentales en el uso de IA María Reyes Corripio Gil Delgado — p. 1605

Sección segunda — Ética, convergencia social e inclusión financiera

  • Tokenised Value Creation and Transfer Joachim Schwerin — p. 1625
  • State of the Art of Decentralized Finance Suzana Maranhão Moreno, Jean Marc Seigneur — p. 1639
  • Luces y sombras de la IA en el sector público Ariana Expósito Gázquez — p. 1667
  • Convergencia de Blockchain e IA Ana Felicitas Muñoz Pérez — p. 1691
  • La implementación social de la tecnología de registro distribuido Enrique Juan Namey de Garaizar — p. 1713

PARTE OCTAVA — Cumplimiento normativo, responsabilidad y delincuencia digital — p. 1729

Sección primera — Derecho penal, justicia y digitalización

  • Ciberdelincuencia y Derecho penal de la sociedad del riesgo Javier Gómez Lanz — p. 1731
  • Derecho digital y Derecho penal … IA Noelia Álvarez Romera — p. 1753
  • Inteligencia artificial y digitalización de la justicia Carla Boixareu Clavero — p. 1769
  • Régimen y funcionamiento de las DAO en DeFi Isabel Fernández Torres — p. 1789
  • Blockchain, criptoactivos y cibercriminalidad Agustín Cruz Núñez — p. 1815
  • El nuevo delito de falsificación de criptomonedas Sergio Berenguer Pascual — p. 1829
  • Violaciones de seguridad a la luz del RGPD y LOPDGDD Elena Davara F. de Marcos — p. 1855
  • Manipulación de cotizaciones, uso indebido de información privilegiada y criptoactivos Reyes Palá Laguna — p. 1875

Sección segunda — Cumplimiento normativo y derecho digital

  • Hacia una digitalización de los modelos de compliance Ana Ramos Pérez — p. 1899
  • Derecho de la Competencia y regulación de plataformas digitales. DMA Patricia Liñán Hernández — p. 1925
  • Reuniones telemáticas en sociedades cotizadas Marina Torres Díaz — p. 1947
  • Digitalización del derecho societario y actuaciones notariales Leticia Domínguez Pavón — p. 1973
  • Sandbox regulatorio de IA: RD 817/2023 Jorge González Cortade — p. 1993
  • La nueva figura de la ERIR en la LMV Gloria Hernández Aler, Mariona Pericas, Pablo Corredoyra — p. 2017
  • La tributación de las DAOs Rosa M. Galán Sánchez — p. 2027

Sección tercera — Responsabilidad civil e inteligencia digital

  • La RC de los sistemas de IA en Europa Íñigo A. Navarro Mendizábal — p. 2049
  • Uso responsable y ético de IA en el sector asegurador Marta García Mandalóniz, Fernando Javier Ravelo Guillén — p. 2099

XII Congreso Internacional de derecho Digital de ENATIC.


Mañana, 25 de marzo de 2026, se celebra el XII Congreso Internacional de derecho Digital de ENATIC., en el que tengo el honor de participar.

Tendrá lugar en el Salón de actos de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial
Calle del Poeta Joan Maragall, 41
28046 Madrid

Los Congresos Internacionales de Derecho Digital de ENATIC nacen tras el impulso del I Encuentro Nacional de Abogados TIC en el X Congreso de la Abogacía Española (Cádiz, 2011), germen de la asociación y de su vocación por articular una comunidad profesional especializada en Derecho y tecnología.

Desde entonces, ENATIC ha consolidado un espacio anual de referencia donde se encuentran juristas, reguladores, académicos y expertos tecnológicos para debatir los retos jurídicos de la transformación digital.

A lo largo de sus diversas ediciones, los Congresos ENATIC han servido para:

  • Definir y consolidar la figura del abogado digital, impulsando su profesionalización y visibilidad.
  • Actualizar a la comunidad jurídica sobre los grandes vectores tecnológicos: IA, blockchain, robótica, cloud, big data, fintech, legaltech, ciberseguridad y derechos digitales.
  • Crear comunidad, fomentando el intercambio de conocimiento y el networking entre perfiles diversos del ecosistema jurídico-tecnológico.
  • Posicionar a ENATIC como interlocutor relevante en los procesos de transformación digital del país.

Programa

9:15-9:30 Inaguración institucional

Participan: SEDIA, CGAE, Red.es, AESIA y ENATIC

Participan:
Belén Arribas Sánchez · Presidenta de ENATIC
David de Francisco Marcos
 · Subdirector General de Fomento y Regulación de la Inteligencia Artificial
Juan Miguel Márquez
 · Subdirector Adjunto de Estrategia del ONTSI, Red.es

9:30-10:15 Carta de Derechos Digitales, 5°Aniversario: Logros, Retos y Soluciones

Modera:
Rodolfo Tesone Mendizábal – Presidente emérito y vocal de ENATIC

Participan:
Carlos Alberto Sáiz Peña · Vicepresidente, ISMS Forum Spain
Paula Ortiz López · Directora general, DENAE
Miguel Recio Gayo · Presidente, APEP·IA
Antonio Serrano Acitores · Vocal de ENATIC
Borja Adsuara Varela · Abogado y consultor en derecho digital

10:15-11:00 Inteligencia artificial: derechos y responsabilidad ante un nuevo paradigma

Modera: José Manuel Muñoz Vela · Vocal de ENATIC

Participan:
Moisés Barrio Andrés · Letrado del Consejo de Estado
Ibán García Blanco
 · Director internacional, Lasker
Carmen Muñoz García · Catedrática (acr.) de Derecho civil, UCM
Alfredo Muñoz García · Prof. de Derecho mercantil, UCM; Legal Counsel, Tritemius; Of-Counsel, Ceca Magán

11:00-11:30 Pausa café
11:30-12:10 RGPD: ¿se puede simplificar sin perder garantías?

Modera: Eduardo López-Román · Vicepresidente de ENATIC

Participan:
Francisco Pérez Bes · Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos
Marcos Mª Judel Meléndrez
 · Abogado, socio de Audens
Noemí Brito Izquierdo
 · Abogada, socia de KPMG Abogados

12:10-12:40 Lorenzo Cotino Hueso · Presidente de la Agencia Española de Protección de Datos

Presenta: José Leandro Núñez García · Secretario General de ENATIC

12:40-13:30 Identidad digital y ciberseguridad: entre la regulación europea y su aplicación real

Modera: Pilar Garrido García · Vocal de ENATIC

Participan:
Maite Arcos Sánchez · Directora general, Fundación ESYS
Lucas Carmona Ampuero · Director de Identidad Digital Descentralizada, Teknei
Julián Inza Aldaz · Presidente, EADTrust

13:30-14:00 Ciberseguridad y el entorno geopolítico
Ramsés Gallego Iglesias 
· Presidente del capítulo de Barcelona de ISACA

Presenta: Esther García Encinas · Vocal de ENATIC

14:00-15:15 Comida
15:15-15:45 Menores y entorno digital: protección jurídica y retos actuales.

Modera: Laura Fra Rodríguez · Vocal de ENATIC

Participan:
Estefanía de Anta García · Directora de formación y operaciones de iCmedia
Celima Gallego Alonso · Magistrada, Plaza nº 29 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid
Nacho Guadix García · Responsable de Educación y Derechos Digitales de la Infancia de UNICEF España

15:45-16:30 ¿Justicia Artificial? El impacto de la IA en la Administración de Justicia.

Modera: Belén Arribas Sánchez · Presidenta de ENATIC

Participan:
Juan Antonio García Amado · Catedrático de Filosofía del Derecho, Universidad de León
Miguel Hermosa Espeso · Presidente de la Subcomisión de Justicia digital del CGAE
Javier Hernández Díez
 · Subdirector General de Impulso e Innovación de los Servicios Digitales de Justicia
Javier Sempere Samaniego · Delegado de Protección de Datos y Letrado del CGPJ

16:30-17:30 Legaltech en acción: herramientas y soluciones para la práctica jurídica

Modera: Blanca Bardin Rodríguez-Losada · Leader, Global LegalTech Hub Advisory Board

Participan:
Guadalupe Segura Campos · Gerente de la Delegación Sur, Lefebvre
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz · CEO, LexaGO
Alejandro Castellano Sans · CEO, Maite
Emilio Latorre Guerra · Product Manager Vincent, vLex

17:30-18:15 Derecho digital: tendencias y desafíos

Modera: Pablo Sáez Hurtado · Presidente de la Comisión Joven de ENATIC

Participan:
Ana Belén Barbero Castejón · Vocal de la Comisión Joven de ENATIC
Laura Gallego Herráez · Vocal de la Comisión Joven de ENATIC
Rodolfo Guerrero Martínez · Vocal de la Comisión Joven de ENATIC
Patricia Frade Ortea · Vocal de la Comisión Joven de ENATIC
Karol Andrea Valencia Jaén · Vocal de la Comisión Joven de ENATIC

18:15-18:45 Ceremonia de Entrega de los VII Premios ENATIC

Presenta: José Leandro Núñez García · Secretario General de ENATIC

para reconocen la excelencia y contribución al desarrollo del Derecho Digital:

  • Mejor jurista digital: Borja Adsuara Varela
  • Mejor institución: ISMS Forum Spain
  • Comunicación: Esther Paniagua
  • Innovación: Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial (AESIA)
  • Investigación: Lorenzo Cotino Hueso
  • Responsabilidad social: OdiseIA
18:45-19:00 Clausura

Participan: CGAE, SEDIA, Red.es, Consorcio, ENATIC

EADTust: Expertos en Confianza


EADTrust, conocida formalmente como European Agency of Digital Trust S.L., es un Prestador Cualificado de Servicios de Confianza Electrónica regulado por el Reglamento (UE) Nº 910/2014 (eIDAS). La empresa se posiciona como líder en proporcionar infraestructura legal digital para procesos de innovación y transformación digital, ofreciendo soluciones que garantizan seguridad jurídica, cumplimiento normativo y confianza en transacciones electrónicas. Muy interesante para Startups y Scaleups de entornos Fintech, Regtech, Insurtech y Legatech.

Desde su integración en el Grupo Garrigues —que adquirió una participación mayoritaria del 51% en 2023—, EADTrust ha fortalecido su capacidad innovadora mediante la colaboración estrecha con g-digital, la división de negocios digitales de Garrigues. Esta alianza estratégica combina la «expertise» legal de uno de los despachos de abogados más prestigiosos de Europa con la especialización técnica de EADTrust en servicios de confianza cualificados, impulsando el desarrollo conjunto de soluciones tecnolegales avanzadas.

Con más de 15 años de experiencia, EADTrust combina conocimiento técnico y jurídico para resolver todo tipo de desafíos de digitalización. Como entidad supervisada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital de España (y habilitada para la videoidentificación en la expedición de certificados cualificados), está incluida en la lista de confianza de la Unión Europea, actuando en todo el territorio comunitario.

Su integración con Garrigues a través de g-digital permite ofrecer productos innovadores como GoCertius y plataformas reguladas (rPaaS), diseñadas por g-digital y operadas por EADTrust, que aseguran certeza legal preventiva en un entorno regulatorio en evolución.

La empresa preside la Comisión de Blockchain de AMETIC, participa en Global LegalTech Hub (GLTH), y en LNET (entidad procedente de LACNet y LACChain) y colabora con socios estratégicos como CANON y Procesia para desarrollar productos a la vanguardia de la identidad digital europea, de los servicios de confianza digital y de los procesos de transformación digital.

Su lema refleja su esencia: proporcionar certeza legal preventiva en un entorno regulatorio en constante cambio. EADTrust destaca por soluciones fáciles de implementar, precios transparentes y un equipo experto liderado por especialistas reconocidos en servicios de confianza regulados.

Servicios Cualificados bajo eIDAS

EADTrust ofrece un amplio rango de servicios cualificados conforme al Reglamento eIDAS, diseñados para proporcionar el más alto nivel de confianza digital y cobertura regulatoria, con robustez criptográfica superior al restos de prestadores: RSA de 4096 y 8192 bits y ECC de 256 y 384 bits, lo que le lleva a ostentar la primera posición en «criptoagilidad«. Servicios como:

  • Certificados Digitales Cualificados — Emisión de certificados para personas físicas y jurídicas, incluyendo certificados PSD2 (QWAC y QSeal) para servicios de pago en entornos de banca abierta. Estos permiten identificación segura y firmas y sellos electrónicos cualificados
  • Sellos de Tiempo Cualificados — Garantizan la fecha y hora exacta de documentos electrónicos.
  • Notificaciones Electrónicas Certificadas — Servicios de entrega registrada electrónica con valor probatorio, con nombre propio Noticeman.
  • Implementación de Soluciones para la Cartera de Identidad Digital Europea (EUDI Wallet) y servicios de archivo electrónico cualificado con digitalización de documentos en papel bajo eIDAS 2.

Además, integra estos servicios en plataformas como EAD Factory, que actúa como un Prestador de Servicios de Confianza Cualificado (QTSP) «como servicio» integrable en organizaciones, permitiendo un «QTSP in-house» con integración segura y escalable.

Cabe destacar productos como EAD Enterprise Suite, GoCertius o Innovoto (solución de voto electrónico y participación a distancia de accionistas de sociedades de capital, socios de asociaciones, sindicatos, sociedades deportivas y Colegios Profesionales), que facilitan el cumplimiento y la seguridad en procesos empresariales.

El hecho de ser el único prestador cualificado con jerarquías de certificación EIDAS de cifrado ECC-256 durante la pandemia del COVID-19 lo posicionó como el proveedor de elección de certificados de los organismos sanitarios españoles para la expedición de pasaportes COVID.

Servicios Profesionales de Consultoría y Verificación de cumplimiento (auditoría técnica)

Más allá de los servicios cualificados directos, EADTrust ofrece servicios profesionales especializados para ayudar a empresas a alinearse con normativas y estándares internacionales:

  • Asesoría en Confianza Digital → Ayuda a prestadores de servicios electrónicos a cumplir con eIDAS y estándares como los de ETSI o WebTrust (CABForum), optimizando sistemas de gestión para obtener reconocimiento como Prestador Cualificado. También ayuda a empresas de sectores regulados, como la banca a cumplir la normativa EIDAS2, entre otras. Con la adopción de certificados de web de corta duración, asesora en la implantación del protocolo ACME.
  • Cumplimiento Regulatorio → Diagnóstico, asesoría y consultoría para alineación con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI) y Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad (EJIS) en España.
  • Verificación de Firmas Electrónicas → Auditoría de soluciones de firma electrónica avanzada, firma manuscrita digitalizada avanzada (FMDA) y firma biométrica por voz, asegurando calidad, seguridad y validez legal.
  • Digitalización Certificada → Verificación de software de digitalización de documentos y facturas, garantizando cumplimiento normativo y confianza para usuarios, en cuatro contextos normativos: AEAT, ENI/NTI, EJIS/CTEAJE y EIDAS2 (Digitalización Cualificada).
  • Cumplimiento Técnico y legal en normativas conexas de Ciberseguridad como RGPD (GDPR en inglés) → Consultoría especializada en protección de datos personales, aprovechando la experiencia como prestador de servicios de confianza. También se incluye NIS2 (Network and Information Systems 2), DORA (Digital Operational Resilience Act), CRA (Cyber Resilience Act), CER (Critical Entities Resilience) y ENS (Esquema Nacional de Seguridad). Y otras de ámbito europeo como  EU’s AI Act, DMA (Digital Markets Act), o DSA (Digital Services Act). Una de las primeras entidades en ofrecer servicios de responsable de la seguridad de la información como persona u órgano designado por las entidades encargado de las funciones de punto de contacto y de coordinación técnica que requerirá la futura Ley de Coordinación y Gobernanza de la Ciberseguridad.
  • Votación Electrónica y Servicios Corporativos (servicios electrónicos societarios)→ Plataformas para votación electrónica en juntas de accionistas, foros electrónicos de accionistas y supervisión autenticada de publicaciones web (verificación de publicación sin interrupción, o «publicación fehaciente»), con emisión de actas certificadas que incluyen listas de asistentes, quórum y resultados. También se auditan plataformas de participación a distancia, se graban testimonios electrónicos del video de la junta con certificación del momento en que tuvo lugar y se prestan servicios complementarios para reforzar la seguridad jurídica incluso en Juntas celebras exclusivamente de forma telemática.

Estos servicios se adaptan a las necesidades del cliente, con metodologías versátiles que evidencian la calidad ante terceros y refuerzan la confianza regulatoria.

Compromiso con la Excelencia

Los servicios de EADTrust no solo cumplen con requisitos legales, sino que van más allá al proporcionar certeza y seguridad jurídica preventiva. Al elegir EADTrust, las organizaciones obtienen:

  • Reducción de incertidumbre en el uso de tecnologías digitales.
  • Mayor autonomía en gestión de procesos electrónicos.
  • Responsabilidad asumida por EADTrust en aspectos críticos, como actas certificadas en votaciones, o publicaciones de documentos en página web durante el tiempo prescrito por la ley.
  • Integración fluida en sistemas existentes mediante herramientas como Notice Manager para notificaciones y el uso de «Hashes encadenados» para garantizar la integridad de colecciones de datos..

La empresa cuenta con certificaciones ISO 9001, ISO 20000-1, ISO 27001, ENS alto y EIDAS demostrando su compromiso con la calidad, la seguridad de la información y la gestión de servicios TI.

Como parte de un ecosistema innovador, EADTrust colabora en el desarrollo de soluciones blockchain (LNET) y participa activamente en foros sobre eIDAS 2, posicionándose a la vanguardia de la identidad digital europea.

EADTrust se consolida como la entidad de expertos en confianza digital, ofreciendo una combinación única de servicios cualificados eIDAS y consultoría profesional que impulsa la transformación digital segura y con certeza de cumplimiento. Ya sea emitiendo certificados cualificados, verificando soluciones de firma o asesorando en cumplimiento normativo, EADTrust proporciona las herramientas necesarias para operar con plena confianza en un mundo digital.

Para más información sobre cómo EADTrust puede apoyar sus procesos de innovación, visite www.eadtrust.eu o contacte con su equipo de expertos en el 91 716 0555.

Robustez de las claves asimétricas recomendadas por el CCN


Recientemente, el Organismo Supervisor de Prestadores Cualificados de Confianza eIDAS en España ha comunicado a los prestadores de servicios de confianza la recomendación de abandonar el uso de claves RSA de hasta 2048 bits, indicando que la fuente de la recomendación es el CCN (Centro Criptógico Nacional) a través del documento CCN-STIC 221 – Guía de Mecanismos Criptográficos autorizados por el CCN.

Sin embargo, ese documento no entra en detalles de tamaños de clave recomendados aunque indica en su página 104

Los resultados del ataque ROCA obligó a varios gobiernos europeos a revocar todos
los certificados digitales de millones de tarjetas de identificación de sus ciudadanos,
ya que tenían claves de 1024 bits y se podía suplantar la identidad de sus ciudadanos. En España se optó por la misma medida de prevención, aunque los DNIe españoles no corrían el mismo peligro que los documentos de identidad utilizados en otros países, ya que el DNIe español utiliza claves de 2048 bits.

dando a entender que un tamaño de 2048 bits en RSA es apropiado.

En realidad, las claves de los dispositivos cualificados de casi todos los países (no solo España) eran en aquel momento de 2048 bits, pero la vulnerabilidad ROCA afectaba al algoritmo de generación de claves adoptado por Infineon (que lo limitó al uso de la variante «Fast Prime») con lo que hubiera sido sencillo sustituir las claves generadas por aquellos chips con generadores externos al propio chip.

En muchos lugares (incluida España) se optó por generar claves RSA de 1952-bits en el propio chip. A tal efecto se modificó el software de los «cajeros automáticos del DNI» para actualizar los certificados (y su clave privada asociada) cuando acudieran los ciudadanos a la renovación de certificados. Para siguientes emisiones de DNIe se usaron dispositivos diferentes.

El documento del CCN que entra en más detalles sobre la criptografía es el CCN-STIC 807 – Criptología de empleo en el Esquema Nacional de Seguridad, y la versión más reciente es de mayo de 2022.

En su apartado 3 se indica:

Los mecanismos criptográficos autorizados indicados en los siguientes apartados se han clasificado en dos (2) categorías (CAT) de acuerdo con su fortaleza estimada a corto y largo plazo:

a) Recomendados (R): mecanismos que ofrecen un nivel adecuado de seguridad a largo plazo. Se considera que representan el estado del arte actual en seguridad criptográfica y que, a día de hoy, no presentan ningún riesgo de seguridad significativo. Se pueden utilizar de forma segura a largo plazo, incluso teniendo en cuenta el aumento en potencia de computación esperado en un futuro próximo. Cualquier riesgo residual, solo podrá proceder del desarrollo de ataques muy innovadores.

b) Heredado o Legacy (L): mecanismos con una implementación muy extendida a día de hoy, pero que ofrecen un nivel de seguridad aceptable solo a corto plazo. Únicamente deben utilizarse en escenarios en los que la amenaza sea baja/media y el nivel de seguridad requerido por el sistema bajo/medio (como veremos en el apartado 5) y deben ser reemplazados tan pronto como sea posible, ya que se consideran obsoletos respecto al estado del arte actual en seguridad criptográfica, y su garantía de seguridad es limitada respecto a la que ofrecen los mecanismos recomendados. Como consecuencia de ello, para estos mecanismos se define el periodo de validez hasta 2025 (31 de diciembre), salvo indicación expresa de otro periodo.

En la Tabla 3-2. Tamaño de las primitivas RSA acordadas se considera (L)egacy la criptografía RSA de hasta 2024 bits.

En la Tabla 3-4. Curvas elípticas acordadas se consideran (R)ecomendada la criptografía ECC de todos los tamaños habituales entre los que se encuentran NIST P-256 o secp256r11 y NIST P-384 o secp384r1

En la Tabla 3-8. Esquemas de Firma electrónica autorizados se consideran L los tamaños de clave RSA hasta 2024 y R los tamaños de clave RSA de más de 3072 bits. Y en las variantes ECC las de tamaños a partir de 256 bits.

En la página 50 se entra en detalle sobre la firma electrónica [MP.INFO.3] tal como se encuentra definida en el Reglamento eIDAS y según la forma en la que se debe aplicar en las Administraciones Públicas en el contexto del Esquema Nacional de Seguridad.

Para los niveles bajo y medio del ENS se admiten claves RSA (del firmante) de, al menos, 2048 bits, claves de 224-255 bits si se emplean curvas elípticas y Funciones hash SHA-256 o superior.

Sin embargo, tal como se ha visto esa posibilidad entra en la consideración de «Legacy» y se tiene que dejar de usar desde el 1 de enero de 2026.

Para el nivel alto del ENS se requiere una fortaleza mínima de 128 bits, que, según se ve en las tablas indicadas anteriormente debe ser en RSA de al menos, 3072 bits, y de más de 256 bits si se emplean curvas elípticas . Se entra en detalle en la Tabla 3-8.

En cuanto a los Sellos de Tiempo [MP.INFO.4] se consideran los requisitos para el ENS alto:

  • Se utilizarán productos certificados conforme a lo establecido en el ENS ([op.pl.5] Componentes Certificados).
  • Se emplearán «sellos cualificados de tiempo electrónicos» atendiendo a lo establecido en el Reglamento eIDAS.
  • Se utilizarán mecanismos de firma electrónica recomendados y fortaleza mínima 128 bits, es decir:
     # RSA de, al menos, 3072 bits (aunque se recomienda el uso de 4096 bits).
     # Curvas elípticas con claves de, al menos, 256 bits.
     # Funciones resumen de las incluidas en la serie SHA-2 o SHA-3 con una seguridad mayor o igual que SHA-256. – Para los esquemas enlazados, la seguridad recae en la función resumen empleada, por tanto, se empleará cualquiera de las funciones de la serie SHA-2 o SHA-3 con una seguridad mayor o igual que SHA-256.

Todos estos requisitos son muy difíciles de afrontar si se empiezan a considerar en el año 2025, pero EADTrust ya los tuvo en cuenta en la definición de sus jerarquías de certificación desde su creación.

Jerarquias de certificación de EADTrust.

Las jerarquías de certificación de EADTrust ya cumplen los requisitos establecidos por el CCN desde que se diseñaron y se llevó a cabo la ceremonia de generación de claves de CA en 2019, sin esperar a la fecha límite de diciembre de 2025. Se estructuran en tres niveles (Root CA, Sub-CA e Issuing CA) y combinan tecnologías RSA y ECC, posicionando a EADTrust como pionera en Europa por su uso dual. Esta estructura soporta la emisión de certificados cualificados para firma electrónica, sellos electrónicos y autenticación de sitios web, cumpliendo con los estándares de ETSI y CEN para eIDAS y garantizando alta seguridad y confianza en transacciones electrónicas. La adopción de ECC refuerza su preparación para desafíos criptográficos futuros y ha sido clave para su designación como la entidad emisora de los certificados utilizados por los organismos sanitarios españoles para emitir el pasaporte COVID-19 durante la pandemia.

Las variantes de certificados ofrecidos por EADTrust son las siguientes:

  • Autenticación y firma electrónica de personas físicas,
  • Autenticación y firma electrónica de personas físicas, con indicación de entidad en la que trabajan,
  • Autenticación y firma electrónica de representantes legales de personas jurídicas,
  • Autenticación y firma electrónica de empleados públicos,
  • Autenticación y firma electrónica de empleados públicos, en el contexto de la Administración de Justicia
  • Autenticación y sello electrónico de personas jurídicas,
  • Autenticación y sello electrónico de órganos de la administración pública,
  • Autenticación y sello electrónico de personas jurídicas sujetas a la normativa PSD2,
  • La creación de sellos de tiempo electrónicos cualificados,
  • La comprobación y validación de firmas electrónicas, sellos electrónicos, y de sellos de tiempo electrónicos,
  • La conservación de firmas electrónicas, sellos o certificados para estos servicios

Se contemplan algoritmos criptográficos de tipo RSA con tamaños de clave de 2048 bits, 4196 bits y 8192 bits y algoritmos criptográficos de tipo ECC (Criptografía de Curva Elíptica) con tamaños de clave de 256 bits y 384 bits.

Los diferentes niveles de robustez de criptografía permiten el cumplimiento de los niveles medios y altos del ENS (Esquema Nacional de Seguridad) de España, tal como se describen en el documento “Guía de Seguridad de las TIC – CCN-STIC 807 – Criptología de empleo en el Esquema Nacional de Seguridad” citado, según las necesidades de las Administraciones Públicas.

Los tamaños de clave para los certificados cualificados (a partir de los certificados de Autoridad de Certificación raíz) son:

  • RSA Root CA 2048-bit key size with SHA256 digest algorithm para certificados cualificados.
  • RSA Root CA 4096-bit key size with SHA256 digest algorithm para certificados cualificados.
  • RSA Root CA 8192-bit key size with SHA512 digest algorithm para certificados cualificados.
  • ECC Root CA P-256 with SHA256 digest algorithm para certificados cualificados.
  • ECC Root CA P-384 with SHA384 digest algorithm para certificados cualificados.
    Para certificados no cualificados
  • RSA Root CA 2048-bit key size with SHA256 digest algorithm para certificados no cualificados.

En la siguiente figura se muestra la jerarquía RSA de 4096 bits que es similar a la de 8192 bits.

En la siguiente figura se muestra la jerarquía ECC de 384 bits que es similar a la de 256 bits.

Desde principios de 2023 EADTrust ha difundido además los nuevos certificados para la provisión de servicios de sello de tiempo cualificado diferenciados por usar diferentes algoritmos criptográficos, tamaño de clave y uso o no de Dispositivo Cualificado de Creación de Sello o de Firma (DCCF, DCCS o QSCD) Algunos están especialmente diseñados para cumplir requisitos establecidos en el Esquema nacional de Seguridad (ENS) para el Nivel de Seguridad Alto.

Los campos “CommonName” de los nuevos certificados son:

CertificadoCriptografíaTamaño ClaveQCSDENS
EADT QTSU 2023 RSA 2048RSA2048NONO
EADT QTSU 2023 ENS alto RSA 3072RSA3072NOSI
EADT QTSU QSCD 2023 ENS alto RSA 4096RSA4096SISI
EADT QTSU 2023 ENS alto ECC 256ECC256NOSI
EADT QTSU QSCD 2023 ENS alto ECC 384ECC384SISI

Por compatibilidad se mantienen los sellos de tiempo basados en criptografía RSA de 2048 bits, destinados a entidades no sujetas al cumplimiento del la normativa ENS del Esquema nacional de Seguridad.

EADTrust, la entidad líder en Digital Transaction Management (DTM)


El concepto Digital Transaction Management (DTM), Gestión de Transacciones Digitales engloba un conjunto de servicios y tecnologías basados en la nube diseñados para gestionar digitalmente transacciones basadas en documentos. El objetivo principal de la Gestión de Transacciones Digitales es eliminar la fricción inherente a las transacciones que involucran personas, documentos y datos, creando procesos más rápidos, fáciles, convenientes y seguros.

Los componentes clave de un sistema DTM incluyen:

  1. Firmas electrónicas: Permiten la vinculación de documentos a sus firmantes, su autenticación segura y la atribución legalmente vinculante de documentos firmados.
  2. Gestión de documentos y transacciones: Incluye almacenamiento digital, asociado al concepto de custodia, organización y recuperación eficiente de documentos y operaciones.
  3. Automatización de flujos de trabajo: Reduciendo tareas manuales y mejorando la consistencia de los procesos.
  4. Protocolos de seguridad: Implementando el cifrado donde se precisa (teniendo en ciuenta los riesgos que anuncia la computación cuántica) y controles de acceso para proteger información sensible.
  5. Autenticación digital: Verificando la identidad de los participantes en las transacciones.
  6. Gestión de evidencias digitales para favorecer la fuerza probatoria en contextos de resolución de controversias.
  7. Gestión de entornos híbridos de documentos digitales y en papel, con gestión de la digitalización cualificada de documentos en papel con fuerza probatoria y documentos nacidos digitales que se pueden usar impresos por la posibilidad de cotejo de su CSV (Código Seguro de Verificación) en su sede electrónica de referencia.

Los servicios de EADTrust encajan perfectamente en el concepto de Digital Transaction Management, ya que ofrecen varias soluciones clave que son fundamentales para la gestión digital de transacciones:

  1. Firmas electrónicas cualificadas: EADTrust emite certificados cualificados para personas físicas y entidades legales, que permiten la creación de firmas y sellos electrónicos avanzados y cualificados. También ofrece servicios de comprobación de las firmas electrónicas que se reciben en las entidades.
  2. Sellos de tiempo cualificados: Estos sellos permiten probar el momento exacto en que ocurrió un evento digital, dejando un registro irrefutable de la fecha, hora y contenido del evento mediante criptografía. Se asocia un sello de teiempo con cada transacción.
  3. Custodia digital: EADTrust ha desarrollado una tecnología que permite a los usuarios almacenar documentos digitalmente, pudiendo probar su autenticidad a través de CSV y su inalterabilidad mediante métodos criptográficos avanzados. En línea con la normativa de eArchivos de EIDAS2
  4. Notificaciones certificadas (Noticeman): Ofreciendo una plataforma de gestión de correo electrónico y SMS certificados que permite registrar la identidad del remitente, el receptor, el contenido y el momento exacto en que se realizaron las comunicaciones.
  5. Servicios corporativos: Proporcionan testimonios de publicación de documentos a las entidades obligadas para convocatorias de juntas generales de accionistas, foros y gestión de voto electrónico, cumpliendo con la Ley de Sociedades de Capital.
  6. Custodia de claves privadas: Celebran ceremonias de creación de claves, generando pares de claves asimétricas y manteniendo la clave privada para garantizar la integridad. Estos servicios son esenciales en la gestión de firmas manuscritas capturadas en tabletas digitalizadoras

Estos servicios de EADTrust abordan aspectos críticos de DTM, como la autenticación, la seguridad, la gestión de documentos y el cumplimiento normativo. Al ofrecer estas soluciones, EADTrust contribuye significativamente a la transformación digital de las empresas, permitiéndoles gestionar sus transacciones de manera más eficiente, segura y conforme a la normativa vigente.

En relación con las Carteras IDUE ayuda a adaptarse a las entidades obligadas por mandato del Reglamento EIDAS2 en el articulo 5 septies: 

Cuando el Derecho de la Unión o nacional exija que las partes usuarias privadas que prestan servicios —con la excepción de las microempresas y pequeñas empresas según se definen en el artículo 2 del anexo de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión ( 5 )— utilicen una autenticación reforzada de usuario para la identificación en línea, o cuando se requiera una autenticación reforzada de usuario para la identificación en línea en virtud de una obligación contractual, en particular en los ámbitos del transporte, la energía, la banca, los servicios financieros, la seguridad social, la sanidad, el agua potable, los servicios postales, la infraestructura digital, la educación o las telecomunicaciones, dichas partes usuarias privadas también aceptarán, a más tardar treinta y seis meses a partir de la fecha de entrada en vigor de los actos de ejecución a que se refieren el artículo 5 bis, apartado 23, y el artículo 5 quater, apartado 6, y únicamente a petición voluntaria del usuario, las carteras europeas de identidad digital proporcionadas de conformidad con el presente Reglamento.

Diplomática, diplomática digital, administración electrónica y administración de justicia digital


La diplomática es una ciencia auxiliar de la historia que se ocupa de la autenticidad de los documentos, y que se definió inicialmente en 1681 a partir de la obra fundacional “De re diplomática” del benedictino Jean Mabillon.

La reflexión provocada por una controversia dio como resultado esa obra en la que se determinan las características de los documentos que permite que se consideren auténticos.

El monje benedictino de la abadía de Saint-Germain-des-Prés Jean Mabillon (1632-1707), tras leer la obra del jesuita flamenco Daniel Papenbroeck (1628-1714), en la que se ponía en duda la autenticidad de algunos documentos merovingios conservados en la abadía de Saint Dennis, llegó a la conclusión de que no estaba de acuerdo.

Mabillon decidió refutar a Papenbroeck escribiendo De Re Diplomatica, una obra con la que pretendía cuestionar algunas de las ideas propuestas por el erudito holandés. La indignación de Mabillon le impulsó a revisar y recopilar la obra de su vida, y a sentar sistemáticamente las bases de una nueva ciencia. Sin duda, ¡una disputa muy beneficiosa para completar el análisis académico de la archivistica respecto a la autenticidad de los documentos!

En el ámbito de las Administraciones Públicas, el estudio de los documentos que se manejan para el trámite administrativo ha dado lugar al concepto de “diplomática contemporánea” que se uniformizó gracias a la Ley 30/1992.

Con la Ley 11/2007 se da un nuevo impulso a los aspectos digitales de la diplomática, pero quienes tienen que implantarlos se encuentran frecuentemente con que no tienen el bagaje conceptual que permita resolver las dudas de aplicación más allá de la letra de la ley.

En el sector privado, la LSSI y el artículo 2 de la Ley 56/2007 marcan una orientación en la Gestión Electrónica de Documentos, pero hay dudas sobre el valor jurídico de muchas de las iniciativas destinadas a mejorar la eficiencia en la Gestión de Documentos. Cuando los proyectos de desmaterialización documental se acometen, se experimentan ahorros de decenas de millones de euros (en función de la dimensión de los proyectos), y períodos de recuperación de la inversión de entre 9 y 12 meses.

En la Administración de Justicia, se desarrolla la Ley 18/2011 con clara inspiración en la Ley 11/2007 y que sistematiza la gestión digital de documentos a partir de las ideas del Real Decreto 84/2007, de 26 de enero, sobre implantación en la Administración de Justicia del sistema informático de telecomunicaciones Lexnet para la presentación de escritos y documentos, el traslado de copias y la realización de actos de comunicación procesal por medios telemáticos.

Las Leyes 39/2015 y 40/2015, promulgadas en octubre de 2015, establecen el procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Estas leyes consagran el derecho de las personas a relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas, simplificando el acceso y fomentando el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones.

Algunos puntos claves de estas leyes son:

  • Identificación y Firma: Los interesados deben identificarse y firmar electrónicamente utilizando sistemas admitidos por las administraciones públicas, que incluyen las firmas basadas en certificados cualificados
  • Presentación de Documentos: Los documentos deben presentarse a través de registros electrónicos habilitados al efecto, vinculado a las Sedes electrónicas de los organismos.
  • Notificaciones: Las notificaciones deben realizarse electrónicamente, asegurando que los interesados reciban la información de manera oportuna. Este aspecto tiene una regulación mejorable.
  • Plazos: Se deben respetar los plazos establecidos para cada fase del procedimiento, incluyendo la presentación de documentos y la resolución de trámites.
  • Derechos de los Interesados: Los interesados tienen derecho a conocer el estado de sus procedimientos, acceder a los documentos y recibir asistencia en el uso de medios electrónicos.

Más recientemente, se ha modificado la Ley 18/2011 con el Real Decreto-ley 6/2023 que introduce varias reformas importantes en el ámbito de la justicia en España, con el objetivo de modernizar y digitalizar el sistema judicial. Algunos de los aspectos más relevantes:

  • Digitalización de la Justicia: Se promueve el uso de tecnologías de la información y la comunicación en los procedimientos judiciales. Esto incluye la posibilidad de realizar comparecencias electrónicas y la tramitación de documentos de manera digital.
  • Eficiencia Procesal: Se han introducido medidas para mejorar la eficiencia de los procesos judiciales. Por ejemplo, se ha elevado la cuantía de los juicios ordinarios y verbales de 6.000 a 15.000 euros, lo que agiliza la resolución de casos menores.
  • Tramitación Preferente: Se establece una tramitación preferente para los procesos en los que intervengan personas mayores de 80 años, permitiendo que sus vistas se realicen en las primeras o últimas horas de audiencia.
  • Legitimación de Derechos: Se amplía la legitimación para la defensa de los derechos e intereses de los trabajadores autónomos del arte y la cultura, facilitando su acceso a la justicia.
  • Reclamación de Honorarios: Se introducen nuevas disposiciones para la reclamación de honorarios por parte de abogados y procuradores, incluyendo la posibilidad de que los jueces examinen de oficio la existencia de cláusulas abusivas en los contratos.
  • Cuestión Prejudicial Europea: Se regula la suspensión de actuaciones judiciales en caso de planteamiento de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, hasta que se resuelva dicha cuestión.

Existe una gran conexión entre la gestión digital de documentos en la empresa y la que tiene lugar en las administraciones publicas y la administración de justicia y en todas ellas entran en juego conceptos de evidencias electrónicas y de normativa que ayuda a interpretar lo que se empieza a denominar «Seguridad Jurídica Preventiva Digital«. Que extiende el concepto de Seguridad Jurídica Preventiva tradicionalmente respaldada por Notarios y Registradores a las funciones que aportan los Prestadores Cualificados de Servicios de Confianza.

Con la publicación de Reglamento UE 2024/1183 (EIDAS2) se va completando el mapa regulatorio que establece las presunciones «Iuris Tantum» de los servicios de confianza.

Con lo que la «Diplomática Digital» va extendiendo la panoplia de componentes que permiten establecer si un documento digital es auténtico, más allá de los elementos básicos:

  • Atribuibilidad: Firma electrónica (o sello electrónico)
  • Integridad: Firma electrónica (o sello electrónico) o custodia de referencia (punto único de verificación)
  • Transferibilidad (Endosabilidad): Custodia de referencia (punto único de verificación)
  • Cancelabilidad (Obliterabilidad): Custodia de referencia (punto único de verificación)
  • Completitud: Anotaciones en el registro matriz de la Custodia de referencia (punto único de verificación).
  • Presunción de efectos: con el concepto de notificaciones
  • Punto de ingesta (registro de entrada): Efectos de iniciación de procedimientos, verificación de autenticidad de documentos y garantía de custodia.

Y cuando los documentos son estructurados se añadiría:

  • Marco formal, que añade sintaxis y semántica

Ahora que pienso en ello, también viene a mi memoria mi colaboración hace varios años con el organismo OASIS para la normalización en el estándar UBL de la firma electrónica (necesario en la factura electrónica y útil en otros documentos empresariales). Se puede ver en Universal Business Language Version 2.1

Garrigues y Microsoft: colaboración estratégica para impulsar la innovación y el uso de la Inteligencia Artificial


La firma internacional Garrigues líder en servicios legales y fiscales, y Microsoft han firmado el pasado 21 de mayo de 2024 un acuerdo de colaboración estratégico para impulsar la innovación y, entre otras cosas, acelerar el proceso de digitalización del despacho, optimizando sus procesos operativos, aumentando la productividad de sus abogados y personal administrativo y mejorando la gestión de los negocios digitales de sus clientes.

Mediante el acuerdo, que ha sido rubricado por Fernando Vives, presidente ejecutivo de Garrigues, y Alberto Granados, presidente de Microsoft España, ambas organizaciones buscarán nuevas oportunidades para la aplicación de la IA generativa en el despacho. Asimismo, explorarán oportunidades para colaborar en el marco de la nueva división de Negocios digitales desde la que Garrigues desarrolla productos y servicios de confianza digital, contratos y activos digitales para el mercado corporativo.

El reto de implantar y adoptar esta tecnología en diferentes áreas de trabajo permitirá a Garrigues avanzar en su posicionamiento como líder del mercado, ampliar su base de clientes, desarrollar ventajas competitivas y mejorar la experiencia de sus usuarios.

“Para Garrigues es un honor contar con un partner como Microsoft en un momento como este, en el que la IA generativa va a suponer un antes y un después para el sector legal. La integración de Copilot con nuestra herramienta Garrigues GA_IA y la nube de Azure, así como las oportunidades futuras que iremos explorando conjuntamente, serán un paso adelante que nos permitirá continuar en la vanguardia tecnológica y mejorar el servicio a nuestros clientes”, señala Fernando Vives, presidente ejecutivo de Garrigues.

“Estamos encantados de acompañar a Garrigues y ayudarles a afrontar los retos y las oportunidades que plantea la IA en el contexto actual. Con esta alianza, queremos explorar nuevas vías de colaboración que nos permitan impulsar la innovación en el sector jurídico, al mismo tiempo que ofrecemos soluciones digitales de vanguardia que beneficien tanto a Garrigues como a sus clientes”, afirma Alberto Granados, presidente de Microsoft España.

Programa personalizado de aplicación de IA generativa

Garrigues y Microsoft trabajarán de forma conjunta y avanzarán en la puesta en marcha de un programa de adopción personalizado de Copilot para Microsoft 365 que abra la posibilidad de sacar el máximo partido a la IA generativa y que le proporcione una mejora en la productividad de sus profesionales, que podrán dedicarse a tareas de mayor valor para el despacho y sus clientes, así como tomar mejores decisiones en sus actividades diarias. Todo ello, disfrutando Garrigues, en Copilot para Microsoft 365, de la misma seguridad y privacidad para sus datos de que ya dispone en Microsoft 365, incluida la protección de EU Data Boundary.

Asimismo, Garrigues y Microsoft colaborarán en otros proyectos como es la integración de la plataforma de IA Garrigues GA_IA, desarrollada por Garrigues, con las soluciones y servicios de Microsoft Azureen el ámbito de la IA generativa. Esto permitirá a Garrigues aprovechar los potentes recursos de la plataforma cloud de Microsoft para optimizar tareas, desarrollar capacidades, así como entrenar y crear modelos dentro de la plataforma Garrigues GA_IA, para que pueda beneficiarse toda la operativa empresarial de Garrigues.

Acerca de Garrigues

Garrigues es una firma internacional de servicios legales y fiscales que asesora a nivel local, regional y global desde todos los ángulos del derecho de los negocios. Participa en el capital de EADTrust, Prestador cualificado de servicios de confianza digital.

Garrigues cuenta con más de 2.000 personas que trabajan de manera transversal para resolver los problemas de sus clientes. Y en los valores que comparte en los 12 países en los que opera en 4 continentes: máxima calidad de servicio, compromiso ético y actitud innovadora para anticiparse a las necesidades del mercado. Con el fin último de contribuir a generar un entorno de seguridad y confianza que impulse el desarrollo de las empresas en una sociedad más justa, ética, responsable y sostenible.

Intervención de Eduardo Abad en el Foro de Transformación Digital de la Justicia, en marzo de 2024


El ​II Plenario del Foro de Transformación Digital de la Justicia (FTDJ) tuvo lugar ​​los días 20 y 21 de marzo de 2024 ​​en la Galería de las Colecciones Reales, Madrid.​ Es la segunda edición del Plenario y ha reunido a 44 ponentes de alto nivel en torno al debate orientado a ofrecer un servicio público de Justicia de calidad, mediante la colaboración del sector público, del sector privado y de los ciudadanos.

En el apartado de «Seguridad Jurídica Digital», el día 21 de marzo a las 12 intervinieron:

  • Eduardo Abad Valdenebro, Responsable del Comité de Innovación y transformación digital de Garrigues y socio director del departamento de Derecho Tributario.
  • María Emilia Adán García, Decana Nacional del Colegio de Registradores de España.
  • Álvaro Alarcón Davalos, Asociado Principal de Deloitte Legal.
  • José Ángel Martínez Sanchiz. Presidente de Consejo General del Notariado.

Actuó de moderador Aitor Cubo Contreras, Director General de Transformación Digital de la Administración de Justicia ​

Hubo 450 inscritos que siguieron en diferentes momentos de forma presencial el FTDJ, y casi 1.500 lo siguieron por streaming a través del canal de Youtube del Ministerio, donde sigue estando disponible.

La intervención de Eduardo Abad es muy importante porque deja claro por qué los servicios cualificados de confianza digital forman parte del Marco de Seguridad Jurídica Preventiva.

Al finalizar su intervención menciona a EADTrust y el nuevo servicio gratuito de evidencias digitales Gocertius que utiliza sellos de tiempo cualificados.


La seguridad jurídica preventiva consiste en la anticipación y prevención de posibles conflictos legales mediante la aplicación de medidas y estrategias que aseguren el cumplimiento de las normas y regulaciones y la recogida de evidencias que puedan ser utilizadas para demostrar qué ha sucedido en relación con una determinada actividad en caso de litigio.

La seguridad jurídica preventiva se asocia tradicionalmente a las actuaciones de notarios y registradores, quienes desempeñan un papel crucial en la formalización y registro de actos jurídicos. Los notarios, por ejemplo, tienen la responsabilidad de autenticar documentos legales y garantizar su conformidad con la ley, lo que implica una labor preventiva al verificar la legalidad de los actos antes de su ejecución. Asimismo, los registradores tienen la tarea de inscribir estos actos en los registros públicos, lo que requiere un riguroso control para asegurar la legalidad y exactitud de la información registrada.

Tanto las inscripciones registrales como las actas y documentos notariales dan cuenta del momento en que se redactaron o registraron y suponen prueba preconstituida por si fuera necesaria su aportación en un proceso litigioso.

Tras la publicación del Reglamento EU 910/2014 (EIDAS) los servicios electrónicos de confianza cualificados gozan de presunción de validez en toda Europa, lo que se ha traducido en España en la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil que en su artículo 326 señala:

«4. Si se hubiera utilizado algún servicio de confianza cualificado de los previstos en el Reglamento citado en el apartado anterior, se presumirá que el documento reúne la característica cuestionada y que el servicio de confianza se ha prestado correctamente si figuraba, en el momento relevante a los efectos de la discrepancia, en la lista de confianza de prestadores y servicios cualificados.

Si aun así se impugnare el documento electrónico, la carga de realizar la comprobación corresponderá a quien haya presentado la impugnación. Si dichas comprobaciones obtienen un resultado negativo, serán las costas, gastos y derechos que origine la comprobación exclusivamente a cargo de quien hubiese formulado la impugnación. Si, a juicio del tribunal, la impugnación hubiese sido temeraria, podrá imponerle, además, una multa de 300 a 1200 euros.»

Esta presunción que los juristas llaman «Iuris Tantum», admite prueba en contrario, pero será difícil que la aporte la parte contraria en un litigio si la parte que aporta evidencias electrónicas preservadas con servicios de confianza cualificados incluye el detalle preciso al asunto enjuiciado.

Así, los servicios electrónicos de confianza cualificados vienen a complementar el elenco de servicios de seguridad jurídica preventiva en el que se sitúan los servicos notariales y registrales.

Servicios que habitualmente contemplan aspectos como verificar la identidad de las partes involucradas, asegurar que los documentos estén correctamente redactados y cumplir con los requisitos formales establecidos por la ley.

Al adoptar un enfoque preventivo, los prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza, los notarios y los registradores contribuyen a evitar posibles conflictos legales y a garantizar la seguridad y certeza jurídica en las transacciones y actos que certifican y registran.

Videos de las jornadas

En Youtube se encuentran los videos de las sesiones de mañana y tarde del ​II Plenario del Foro de Transformación Digital de la Justicia (FTDJ):

Call to action:

Si tu empresa está pensando en preparar sus sistemas para generar evidencias electrónicas de las interacciones con clientes o proveedores por vía electrónica (por ejemplo, en contextos de eContratación) puede ser interesante que contactes con nosotros porque un equipo formado por juristas de Garrigues y expertos en tecnologías de confianza digital de EADTrust pueden ayudaros para tener todo listo si en algún momento tuvierais que afrontar un proceso litigioso.

Contacta con EADTrust en el +34 917160555 (o por email: infor (sin r) at eadtrust punto eu) y explora los servicios que podemos ofreceros.

Dado que somos un Prestador Cualificado de Servicios de Confianza, varios de nuestros servicios cualificados, como el sello de tiempo o los certificados de persona jurídica, pueden resolver ya retos que os estéis planteando.

Foro de Transformación Digital de la Justicia


Los próximos días 20 y 21 de marzo de 2024 ​​asistiremos al ​II Plenario del Foro de Transformación Digital de la Justicia (FTDJ)​​ que tendrá lugar en la Galería de las Colecciones Reales, Calle de Bailén, s/n, Madrid, España.​

Esta es la Agenda del evento

Servicio Público de Justicia

La inscripción para participar en las sesiones de mañana o tarde de cada día puede realizarse en este formulario.

El For​o d​e Transformación Digital de la Justicia (FTDJ) se puso en marcha el año 2022 gracias al impulso del Ministerio de Justicia, que actualmente forma parte del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Una iniciativa pionera en el ámbito de la creación conjunta de mejoras y soluciones de valor para la administración de Justicia. Este foro está activo todo el año y se organiza en 4 grandes líneas estratégicas que a su vez se dividen en varios grupos de trabajo. Expertos del sector tecnológico, del sector legal, tanto del ámbito privado cómo público, lideres de opinión, y representantes de diferentes administraciones e instituciones participan en estos grupos.

Todo esto posibilita recoger las propuestas e iniciativas de mejora con un trabajo constante y conjunto de la sociedad en general, del sector público y del privado, posicionando en la vanguardia de la transformación digital no solo al sector de la Justicia, sino a todo el país.

Su objetivo es mejorar la eficiencia general del sistema de justicia a través de la colaboración y utilizando la tecnología y la digitalización de los procesos judiciales y extrajudiciales para facilitar el acceso a la justicia. Todo ello enmarcado en el plan estratégico Justicia 2030.

Más información en la Web el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

Se puede seguir por Youtube. Ya están preparados los enlaces, uno por sesión:

Y quedará grabado.

Laboratorio de Confianza Digital ICADE Garrigues


La Universidad Pontificia Comillas y el despacho de abogados Garrigues, firmaron un convenio para crear el Observatorio ‘Legaltech’, Garrigues-ICADE.

El Observatorio, depende de la Facultad de Derecho (Comillas ICADE), a través del Centro de Innovación del Derecho (CID-ICADE).

En la organización del Observatorio destacan Fernando Vives (Presidente), Iñigo Navarro (Codirector), Moisés Menéndez (Codirector), Ofelia Tejerina (Coordinadora) y Hugo Alonso (Gestión de Proyectos).

Formando parte del Observatorio se han definido ya varios laboratorios:

Ahora se crea el Laboratorio de Confianza Digital ICADE Garrigues y he sido nombrado Director del Laboratorio, lo que para mi es un gran honor.

Aunque todavía estoy recopilando información para incorporarla a la página web del Laboratorio que se creará en el sitio de la Universidad de Comillas quisiera comentar que en este momento estamos dando prioridad al análisis del futuro Reglamento EIDAS2 y a la formulación de la Cartera IDUE que se espera que en unos dos años esté disponible para todos los ciudadanos europeos.

Hemos creado un Enlace de invitación al Canal de Whatsapp del Laboratorio de Confianza Digital en el que comentaremos novedades y al que se pueden conectar las personas interesadas.

Posteriormente organizaremos eventos presenciales con diversos ponentes en las instalaciones de la Universidad.

Y dado que soy de Pamplona y hoy es 6 de julio, pongo esta fotico del chupinazo que se ha disparado a las 12 de la mañana desde el balcón del ayuntamiento para celebrar que hoy comienzan las fiestas de San Fermín.