La Comisión Europea ha publicado su estrategia digital, su estrategia de datos y un Informe (White paper) sobre inteligencia artificial.
Tiene previsto iniciar una consulta pública sobre las prioridades en materia de certificación de ciberseguridad.
Agenda digital
La Comisión Europea ha publicado su estrategia digital: «Dando forma al futuro digital de Europa» («Shaping Europe’s digital future»).
El 19 de febrero de 2020, la Comisión Europea publicó su estrategia digital y su visión para la formulación de políticas digitales en los próximos cinco años. La agenda digital esboza varias iniciativas legislativas y no legislativas previstas por la Comisión en los próximos meses. Algunos de los aspectos más destacados para los entidades dedicadas a las infraestructuras digitales son los siguientes:
- Ley de Servicios Digitales (Q4 2020). Normas nuevas y revisadas para profundizar en el mercado interior de los servicios digitales, aumentando y armonizando las responsabilidades de las plataformas en línea y los proveedores de servicios de información y reforzando la supervisión de las políticas de contenido de las plataformas en la UE. Según la Comisión, la venta de productos ilícitos, peligrosos o falsificados y la difusión de contenidos ilegales deben abordarse con la mayor eficacia posible.
- Cumplir una nueva Agenda del Consumidor (Q4 2020).
- Revisión del Reglamento eIDAS (Q4 2020): para mejorar su eficacia, extender sus beneficios al sector privado y promover identidades digitales de confianza para todos los europeos. Según la Comisión, es necesario contar con una nueva Identidad Digital (eId) pública, universalmente aceptada para que los consumidores tengan acceso a sus datos y utilicen de forma segura los productos y servicios que desean sin tener que utilizar plataformas no relacionadas y compartir innecesariamente datos personales con estas plataformas.
- Estrategia europea de ciberseguridad, que incluya el establecimiento de una unidad conjunta de ciberseguridad, una revisión de la Directiva sobre la seguridad de las redes y los sistemas de información (NIS) y un impulso al mercado único de ciberseguridad.
Protección de datos
La Comisión Europea reveló «Una estrategia europea para los datos» («A European strategy for data»)
El 19 de febrero de 2020, la Comisión Europea publicó su estrategia de datos. . Según la Comisión, «los datos son el elemento vital del desarrollo económico», como «la base de muchos productos y servicios nuevos, que impulsan el aumento de la productividad y la eficiencia de los recursos en todos los sectores de la economía». Los datos no sólo permiten «productos y servicios más personalizados», sino que también permiten «una mejor elaboración de políticas» y mejoran los servicios gubernamentales. La estrategia de datos reconoce conceptos diferentes al acceso a los datos ejercido en los Estados Unidos y China, al tiempo que subraya la necesidad de que Europa encuentre su propio camino, «equilibrando el flujo y el amplio uso de los datos, al tiempo que se preservan unas elevadas normas de privacidad, seguridad y ética».
A fin de utilizar el potencial de la economía de datos en beneficio de las personas y la sociedad en general, la Comisión Europea se propone «crear un espacio único europeo de datos -un verdadero mercado único de datos, abierto a los datos de todo el mundo- en el que los datos personales y no personales, incluidos los datos comerciales sensibles, estén seguros y las empresas también tengan fácil acceso a una cantidad casi infinita de datos industriales de alta calidad».
Según la Comisión Europea, «actualmente no se dispone de suficientes datos para una reutilización innovadora, incluso para el desarrollo de la inteligencia artificial». Entre los obstáculos a la reutilización de datos en Europa figuran (entre otros) la fragmentación de los marcos jurídicos de los Estados miembros, la falta de incentivos económicos para el intercambio de datos entre empresas, los desequilibrios en el poder de mercado, la falta de formatos normalizados interoperables para la reunión y el procesamiento de datos de diferentes fuentes y los problemas que plantea la nube tanto del lado de la oferta como del de la demanda.
Como parte de su visión hacia una economía de datos reforzada, la Comisión Europea tiene la intención de poner en marcha:
- Un marco legislativo para la gobernanza de los espacios comunes de datos europeos (en el cuarto trimestre de 2020) para «fomentar la interoperabilidad de los datos entre sectores y, cuando sea pertinente, dentro de los sectores» (centrándose en las actividades de normalización).
- Ley de datos (2021), que, entre otras cosas, tiene por objeto incluir la revisión de la Directiva sobre bases de datos y una posible aclaración de la aplicación de la Directiva sobre la protección de los secretos comerciales (evaluación del marco jurídico de los derechos de propiedad intelectual de la UE).
El Comité Europeo de Protección de Datos (EDPB por sus siglas en inglés) proporcionó orientación sobre la aplicabilidad del RGPD (Reglamento Generaql de Protección de Datos) a los algoritmos injustos.
En su respuesta a la solicitud de la diputada Sophie in ‘t Veld sobre la idoneidad del RGPD como marco legal para proteger a los ciudadanos de algoritmos injustos, el Comité Europeo de Protección de Datos (EDPB) puso en duda la validez general de una suposición común «de que cuantos más datos se utilicen para entrenar algoritmos, más precisos serán para predecir aquello para lo que fueron entrenados».
Según la EDPB, el enfoque de «maximización de datos» crea un incentivo para la recopilación y posterior procesamiento de datos potencialmente ilegales.
Los algoritmos son cada vez más complejos, lo que los hace menos transparentes, según el EDPB. En lo que respecta a la adopción de decisiones por los algoritmos, los principios generales consagrados en el artículo 5 del RGPD , «específicamente la legalidad, la equidad y la transparencia, la exactitud, la minimización de los datos y la limitación de la finalidad rigen el tratamiento de los datos personales, tanto al crear como al utilizar los algoritmos». El RGPD también exige que «toda persona que utilice un algoritmo para la adopción automática de decisiones, informe a los interesados de la existencia de este proceso y proporcione información significativa sobre su lógica, así como sobre el significado y las consecuencias previstas», según la EDPB. Por último, la EDPB considera que ya existe un amplio marco jurídico en torno a la protección de datos, y que es prematuro en este momento promulgar una legislación adicional en la esfera de la protección de datos dirigida a una tecnología específica. La atención debería centrarse más bien en el desarrollo de las normas existentes, especialmente los requisitos de transparencia y rendición de cuentas.
Ciberseguridad
La Comisión Europea anunció su Libro Blanco sobre Inteligencia Artificial
El 19 de febrero de 2020, la Comisión Europea publicó su «Libro Blanco sobre Inteligencia Artificial – Un enfoque europeo de la excelencia y la confianza» («White Paper on Artificial Intelligence – A European approach to excellence and trust»).
Según el Libro Blanco, Europa debe esforzarse por crear un «ecosistema de excelencia» y un «ecosistema de confianza» al elaborar el marco normativo y reglamentario de la inteligencia artificial (IA).
Según la Comisión, las tecnologías de la IA tienen muchos beneficios públicos, por ejemplo, al «dotar de instrumentos adecuados para garantizar la seguridad de los ciudadanos a las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley». En particular, ayudan a identificar la propaganda terrorista en línea y a «identificar objetos ocultos peligrosos o sustancias o productos ilícitos».
Sin embargo, la IA también plantea un cierto riesgo elevado para nuestra sociedad, según el Libro Blanco. De ahí que las tecnologías de la IA cambien el concepto de seguridad establecido actualmente en la UE por el marco jurídico pertinente.
Según el Libro Blanco, esos riesgos pueden estar vinculados a las ciberamenazas, a los riesgos de seguridad personal o a los riesgos derivados de la pérdida de conectividad.
A fin de apoyar la confianza de los consumidores en las tecnologías de la inteligencia artificial, sería conveniente que el próximo marco normativo de la UE sobre la inteligencia artificial abarque explícitamente determinados «requisitos clave». En la actualidad, los requisitos relativos a la transparencia, la trazabilidad y la supervisión humana de la adopción de decisiones en materia de algoritmos no están contemplados específicamente en ninguna legislación en vigor.
Además de proponer enmiendas a la legislación vigente (por ejemplo, la Directiva sobre la responsabilidad por la seguridad de los productos), «podría ser necesaria una nueva legislación específica sobre la IA».
Además, la Agencia ENISA tiene previsto realizar un estudio del panorama de amenazas sobre la IA, a fin de alimentar la labor de la Comisión Europea sobre la IA. Tras la publicación del Libro Blanco, la Comisión Europea está recopilando propuestas de forma abierta. Existe una consulta pública que se prevé finalice el 31 de mayo de 2020.
La Comisión Europea tiene previsto abrir una consulta pública sobre las prioridades en la certificación de la ciberseguridad
En un acto sobre ciberseguridad celebrado en Bruselas, un representante de la Comisión Europea proporcionó cierta información sobre los actuales planes de certificación de la ciberseguridad que se están preparando, tras la aplicación de la Ley de ciberseguridad de la Unión Europea. La Ley sobre ciberseguridad establece el primer marco de certificación en toda la Unión Europea que prevé la introducción de planes de certificación de la ciberseguridad para «productos, servicios y procesos de TIC».
En virtud de la Ley de ciberseguridad, se ha abierto una «vía para la certificación obligatoria», pero actualmente la prioridad es asegurarse de que se introduzcan los planes. Es necesario determinar las prioridades de los futuros planes en el Programa de Trabajo Permanente de la Unión, aprobado por la Comisión Europea.
La Comisión tiene previsto abrir una consulta pública sobre las prioridades del Programa de trabajo renovable de la Unión para finales del primer trimestre de 2020. Todo plan obligatorio que se introduzca en el futuro debe ir acompañado de la legislación pertinente, según la Comisión Europea. Todo plan obligatorio también debe estar justificado por la correspondiente evolución del mercado.