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Nociones de Diplomática Digital: Conectando el pasado y el futuro de los documentos auténticos


La diplomática digital es una nueva disciplina que estudia la autenticidad de los documentos digitales, normalmente a partir de conceptos como la firma electrónica, o la custodia digital de documentos en sedes electrónicas garantes de la autenticidad de los documentos custodiados.

Con el desarrollo de la Regulación relacionada, como EIDAS y EIDAS2, los instrumentos de gestión de la autenticidad de los documentos electrónicos se refuerzan con las presunciones establecidas en la normativa para los servicios electrónicos cualificados.

En términos generales, la diplomática digital se refiere al uso de tecnologías digitales para gestionar, validar y preservar documentos en formato electrónico.

De esta forma se logra que con los documentos electrónicos se puedan cumplir los principios de unicidad de fin, autenticidad, integridad, atribuibilidad, obliterabilidad, transmisibilidad (endosabilidad), datación  y completitud. Principios que, más o menos intuitivamente, se han cumplido con los documentos en papel estudiados por la Diplomática clásica.

El nombre «Diplomática» procede del título de primer libro que analizó la forma de valorar la autenticidad de los documentos en papel: «De re Diplomatica», del benedictino Jean Mabillon, publicado en París en 1681.

El enfoque novedoso de Jean Mabillon fue realizar a los documentos lo que en la actualidad llamaríamos «análisis forense» para diferenciar los documentos auténticos y los falsos. Y eso aplicándolo a documentos «supuestamente » oficiales, es decir, documentos en los que se habían aplicado medidas destinadas a garantizar su autenticidad: uso de papel (u otro soporte) especial, sellos, firmas, uso de letra especial, terminología empleada, referencia al escribano que lo suscribe y atestigua,…

En la actualidad, la diplomática clásica es una ciencia auxiliar de la historia.

Y la propia palabra Diplomática deriva del término «diploma» que hace referencia a los documentos en los que se han utilizado medidas de seguridad para asegurar su autenticidad.

Empezando por el Diploma Militar Romano.

En la antigua Roma, los diplomas militares eran documentos grabados en dos chapas de bronce (con un documento en que certificaban que un soldado había sido licenciado con honores de las fuerzas armadas romanas. Ya los mencioné en este blog en otro artículo sobre Diplomática Digital.

Estos diplomas también otorgaban la ciudadanía romana como recompensa por los servicios prestados. Eran una especie de “pasaporte” que garantizaba derechos legales y fiscales.

El primer diploma conocido data del año 52 d.C., durante el gobierno del emperador Claudio. Estos documentos eran cruciales para los legionarios veteranos y auxiliares.

El diploma estaba compuesto por dos planchas de bronce unidas. Las inscripciones figuraban en ambos lados de las planchas. El texto completo quedaba registrado en la parte exterior de la llamada tabula 1, mientras que la parte exterior de la tabula 2 recogía el nombre de 7 testigos, cuyos sellos quedaban protegidos por tiras de metal (estos sellos se han conservado en muy raras ocasiones, puesto que eran de material orgánico).

El texto de la tabula 1 se reproducía exactamente en las dos caras interiores, para luego cerrar ambas partes y sellarlas de modo que la inscripción externa fuera legible sin romper los sellos y la inscripción interna quedaba como copia notarial del texto de la constitutio publicada en Roma, y solo se accedía a ella en caso de duda de la autenticidad. La doble inscripción y los sellos servían para evitar el fraude o la alteración del documento

En la Diplomática Digital se utilizan conceptos nuevos como Metacolo (la información del documento contenida en los metadatos) que se añade a los tradicionales Protocolo, Cuerpo y Escatocolo.

Es interesante entender que las 2 herramientas básicas, que se precisan para la gestión de documentos auténticos son:

  • La firma electrónica. Determina la atribuibilidad del documento a quien lo suscribe (que puede no ser el autor sino quien acepta unas cláusulas, por ejemplo). Un documento puede tener más de una firma.
  • La referencia a una sede electrónica de custodia que permite la consulta y cotejo de un documento por su referencia (frecuentemente un CSV, Código Seguro de Verificación) que puede variar con el tiempo, reflejando, por ejemplo, el cambio de «propietario», o el consumo de un derecho asociado a un documento.

    Por concluir, la diplomática digital conecta el pasado con el futuro, adaptando principios históricos de carácter probatorio a la era digital. 

    Retos y oportunidades del nuevo Reglamento europeo de Identidad Digital (EIDAS2) Madrid, 16 de abril 2024


    El 8 de noviembre de 2023 la Presidencia española del Consejo de la Unión Europea culminó con éxito la negociación del Reglamento de identidad digital europea y el texto final se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea probablemente en abril de 2024, tras la reciente aprobación del texto por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea.

    En 2026 estará disponible en los teléfonos móviles de todos los ciudadanos europeos la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea (Cartera IDUE) para realizar todo tipo de gestiones, tanto en el ámbito privado como en el público.

    Te invitamos a un encuentro impulsado por Canon junto con Garrigues, donde se explicarán de manera cercana y sencilla las novedades que conlleva esta nueva versión del Reglamento Europeo de Servicios de Confianza y cómo afecta a las empresas. Regístrate aquí

    En las charlas se señalan algunas de las soluciones tecnológicas que facilitarán la adopción de la normativa.

    El evento tendrá lugar el 16 de abril de 9:30 a 11:00 horas en la sede de Canon en Madrid, en el Canon Open Innovation Center, (Avenida de Europa 6, Parque empresarial La Moraleja, 28108 Alcobendas, Madrid)

    PROGRAMA  

    09:30 Bienvenida al evento

    Alejandro Padín, Socio Garrigues

    Gerard Enríquez, Canon  

    09:40h Aspectos legales del nuevo reglamento europeo de identidad digital EIDAS2.

    Julián Inza, EADTrust, Grupo Garrigues  

    10:20h Soluciones tecnológicas para aplicar el nuevo reglamento en los procesos de negocio de la empresa.

    Marc Berbel, Canon  

    10:50h Coloquio y participación del público

    Preguntas y cierre  

    11:00h Café y networking profesional     

    Tras el evento, aprovecharemos el networking para aclarar dudas con los expertos de Canon, Garrigues y EADTrust.

    ¡No te lo pierdas!   Regístrate aquí

    Cartulario digital


    Un cartulario (Chartularium en latín o Cartulary en inglés) también conocido con otras denominaciones como códice diplomático  (Codex Diplomaticus en latín, Diplomatic Codex en inglés) es un libro manuscrito medieval en forma de códice o rollo.

    La RAE añade otras acepciones: Escribano, y principalmente el de número de un juzgado, o el notario en cuyo oficio se custodian las escrituras de que se habla.

    Su contenido consiste en transcripciones de documentos originales relacionados con la fundación, privilegios y derechos legales de diversos establecimientos y gestionados en un apartado privilegiado de sus archivos:

    1. Archivos reales
    2. Archivos eclesiásticos: Incluyendo iglesias y monasterios.
    3. Archivos municipales: Documentos relacionados con ciudades y municipios.
    4. Archivos de Empresas y asociaciones industriales: Privilegios y derechos comerciales.
    5. Archivos de Instituciones de enseñanza: Información sobre escuelas y universidades.
    6. Archivos de Familias,y nobleza: Documentos relacionados con genealogía y propiedades.

    Los cartularios solían ser manuscritos en pergamino o, en tiempos más recientes, en papel. A veces, el copista del cartulario reproduce el documento original con exactitud literal, mientras que en otros casos, se permite cierta libertad para mejorar la composición de la frase o actualizar la escritura de nombres propios.

    Los cartularios actúan como una copia de seguridad de documentos esenciales, y se han admitido como prueba en controversias desde hace cientos de años, con documentos recogidos en los archivos de las Chancillerías de Valladolid y de Granada.

    A la hora de decidir el nombre de un servicio de Custodia digital de documentos esenciales, referenciables por su código seguro de verificación, un concepto que viene a la mente es el del Protocolo notarial, colección ordenada de documentos matriz en los que intervienen los notarios.

    Los protocolos notariales se refieren a un año, transcurrido el cual se encuadernan de forma que se garantiza su orden cronológico por la propia estructura de la encuadernación. Cada protocolo lo custodia su notario. Cuando los protocolos cumplen 25 años, se mandan a los Archivos de Distrito notariales, donde permanecen hasta cumplir 100 años de antigüedad. Finalmente, a los 100 años, pasan al Archivo Histórico de Protocolos de cada Colegio Notarial.

    La idea de recurrir al término Cartulario Digital es consecuencia de formular un servicio con unas garantías equivalentes a las que los notarios aplican sobre los Protocolos notariales, pero sin inducir a interpretaciones equívocas adoptando términos propios de los notarios.

    El término acuñado de cartulario permite transmitir la idea de que se trata de un sistema singular de preservación de documentos de especial relevancia y que se utiliza en contextos diferentes del notarial.

    Cartulario Digital es una plataforma multiusuario, desarrollada en modo SaaS por EADTrust y disponible en modalidad “Cloud Computing” o “Nube TIC“, que permite una rápida puesta en marcha de las soluciones de Confianza Digital con presevación de documentos electrónicos direccionables con un Código Seguro de Verificación.

    De esta forma, garantiza la seguridad de los intercambios, la confianza del archivo y la gestión de la prueba jurídica. Gracias al uso de sellos de tiempo cualificados la información preservada se beneficia de las presunciones del apartado 4 del artículo 326 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

    Las tecnologías que ofrece Cartulario Digital lo consolidan como instrumento de Prueba Digital y garantizan la seguridad en el Intercambio y el Archivo.

    Entre las prestaciones cabe mencionar:

    • Autenticación,
    • Cifrado,
    • Registro,
    • Trazabilidad,
    • Orden cronológico
    • Control de la integridad,
    • Sellado de tiempo (interno y por un tercero de confianza).
    • Metadatos de original electrónico (que facilit la gestión de propiedades como Completitud, Obliterabilidad y Endosabilidad)

    Diferentes niveles de gestión, que permiten ofrecer estas funcionalidades a las empresas, a las administraciones públicas o al público general, de forma flexible y escalable.

    Cuenta con un webservice para el depósito de documentos y administra diferentes mecanismos de gestión de CSV (Código Seguro de Verificación).

    Contacte con EADTrust en el 91 716 0555 para ampliar información

    Laboratorio de Confianza Digital ICADE Garrigues


    La Universidad Pontificia Comillas y el despacho de abogados Garrigues, firmaron un convenio para crear el Observatorio ‘Legaltech’, Garrigues-ICADE.

    El Observatorio, depende de la Facultad de Derecho (Comillas ICADE), a través del Centro de Innovación del Derecho (CID-ICADE).

    En la organización del Observatorio destacan Fernando Vives (Presidente), Iñigo Navarro (Codirector), Moisés Menéndez (Codirector), Ofelia Tejerina (Coordinadora) y Hugo Alonso (Gestión de Proyectos).

    Formando parte del Observatorio se han definido ya varios laboratorios:

    Ahora se crea el Laboratorio de Confianza Digital ICADE Garrigues y he sido nombrado Director del Laboratorio, lo que para mi es un gran honor.

    Aunque todavía estoy recopilando información para incorporarla a la página web del Laboratorio que se creará en el sitio de la Universidad de Comillas quisiera comentar que en este momento estamos dando prioridad al análisis del futuro Reglamento EIDAS2 y a la formulación de la Cartera IDUE que se espera que en unos dos años esté disponible para todos los ciudadanos europeos.

    Hemos creado un Enlace de invitación al Canal de Whatsapp del Laboratorio de Confianza Digital en el que comentaremos novedades y al que se pueden conectar las personas interesadas.

    Posteriormente organizaremos eventos presenciales con diversos ponentes en las instalaciones de la Universidad.

    Y dado que soy de Pamplona y hoy es 6 de julio, pongo esta fotico del chupinazo que se ha disparado a las 12 de la mañana desde el balcón del ayuntamiento para celebrar que hoy comienzan las fiestas de San Fermín.

    Diplomatica digital: la autenticidad de documentos desmaterializados


    La Diplomática es una ciencia que tiene por objeto el estudio de la autenticidad de los documentos, teniendo en cuenta sus caracteres extrínsecos e intrínsecos, es decir, el soporte, la escritura, el lenguaje, los formulismos, los signos de suscripción y otros elementos.

    El nombre «diplomática» procede del primer tratado sobre la materia De re Diplomatica, de Jean Mabillon, publicado en París en 1681. Mabillon fue un erudito benedictino que escribió el tratado para responder al cuestionamiento de la autenticidad de ciertas cartas de la abadía de Saint-Denis por parte del jesuita holandés Daniel Papenbroeck. El tratado describe una forma objetiva y sistemática de distinguir documentos auténticos de los falsos  y ha sentado las bases de los análisis críticos de los documentos desde el siglo XVII, auxiliando a otras ciencias como la historiografía.

    El término «diploma» hunde sus orígenes en el diploma militar romano,  documento formado por dos chapas (di-ploma) de bronce unidas en las que se grababan los datos del soldado romano que se licenciaba, y en las que se dejaba constancia de que se le otorgaba la ciudadanía romana, así como la fecha de la  tribunicia potestas del emperador, y la del otorgamiento indicando los cónsules a cargo. En la parte exterior de la primera chapa se incluía el texto del otorgamiento y en la de la segunda los sellos de siete testigos. Las partes internas repetían el texto externo de la primera chapa y surtían el efecto de copia notarial de la constitutio publicada en Roma. El documento con las dos chapas atadas y selladas impedía la manipulación de la parte interna. La doble inscripción y los sellos  servían para evitar el fraude o la alteración del documento.

    Medidas de seguridad destinadas a establecer sin un ápice de duda la autenticidad de tan preciado documento.

    De un nivel equivalente a las medidas de seguridad que vemos en los documentos de identidad, en el papel moneda o en los billetes de lotería: marcas de agua, filigranas, hologramas, microimpresión, tintas magnéticas, imágenes infrarrojas o ultravioleta, relieves,…

    Las medidas de seguridad del diploma permitían establecer presunciones de la autenticidad del documento, de modo que el término «diploma» hace referencia desde entonces a un documento en el que es relevante su autenticidad, por lo que se suelen incluir en cada época las medidas de seguridad más consolidadas, lo que también permite datar los documentos.

    En las imágenes que se acompañan a este artículo se incluye un Diploma Romano datado en el siglo I encontrado en Croacia en 1997, al extraer arena del río Sava (Slavonski Brod). Es uno de los mejor preservados, y en el que los sellos de los testigos perviven bajo la tapa de madera que cubre el depósito soldado a la segunda hoja. El texto proporciona evidencias muy interesantes acerca de la actividad romana en lo que era la provincia de Panonia. Se expidió en el reinado del emperador Vespasiano. El titular del documento era el centurión «Liccaivs Birsi F.Masunnia»,

    Aunque la ciencia diplomática se ha considerado tradicionalmente un instrumento auxiliar de los estudios históricos al permitir el análisis de documentos antiguos, su metodología puede extenderse al análisis de los documentos electrónicos determinando los elementos constitutivos de su autenticidad, más allá de lo indicado por las leyes.

    La diplomática digital considera las características de autenticidad de los documentos digitales si bien ya no se centra en las propiedades de los soportes documentales y tipos de letras empleados aunque sí en el uso de expresiones y pautas de organización de los documentos. Añade un componente el «metacolo» (aplicable a la información que se puede recoger en los metadatos) a la estructura formal de los documentos (tradicionalmente divididos en 3 partes: «protocolo», «cuerpo» y «escatocolo»).

    Los criterios fundamentales de autenticidad de los documentos digitales son los elementos de «apariencia», el uso de técnicas de «firma electrónica» (asociadas o no al concepto jurídico de «prestación del consentimiento» ) y técnicas de preservación digital, especialmente asociadas a las referencias de autenticidad lo que con frecuencia se gestiona frecuentemente mediante códigos de localización de documentos  (en ocasiones denominados «códigos seguros de verificación»).

    En un sistema de preservación orientado a la gestión de documentos auténticos se registrarían (y gestionarían) la obliterabilidad (o cancelabilidad, el agotamiento de un derecho asociado a un título, por ejemplo un billete de viaje), la endosabilidad (o transmisibilidad, la transmisión de un derecho vinculado al título cuando el transmitente firma electrónicamente el endoso y lo registra en la plataforma de preservación) y completitud (o grapa electrónica, cuando son posibles diferentes intervenciones sobre un documento, en la forma de documentos vinculados o de elementos modificadores posteriores del documento inicial).

    En relación con la endosabilidad (y, a veces, con la obliterabilidad), la plataforma de preservación orientada a la gestión de documentos auténticos registra al poseedor del documento, por lo que se registran los endosos y los poseedores sucesivos.

    Las técnicas de gestión de la autenticidad de documentos digitales se suelen emplear en contextos en los que se precisa desmaterializar procesos tradicionalmente soportados en documentos en papel.

    Uno de estas situaciones ha sido la gestión de títulos valores.

    Un Título Valor es un documento mercantil en el que está incorporado un derecho privado patrimonial, por lo que el ejercicio del derecho está vinculado jurídicamente a la posesión del documento.

    En el  caso particular de las acciones que representan una fracción del capital de una sociedad, se trata de documentos en los que se incorporan y representan los derechos y obligaciones de los socios de una entidad jurídica por los que se facilita la transmisión y ejercicio de tales derechos. El título-acción puede ser nominativo o al portador. Cuando se emitía en un soporte en papel, cada acción solía ir numerada correlativamente y se extendía en libros talonarios cuyas matrices quedaban en poder de la sociedad anónima.

    Aunque ya no se gestionan acciones en papel, de vez en cuando se pueden ver ejemplares antiguos enmarcados en despachos de abogados. Algunas acciones tenían incluso valor artístico.

    La emisión desmaterializada de acciones es aquella que no requiere la expedición de títulos físicos individuales para respaldar la tenencia y transmisión de derechos.  La posibilidad de que los valores puedan representarse mediante anotaciones en cuenta se produjo e España a partir de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores. En esta  norma se establece que la llevanza del registro contable de los valores representados por medio de anotaciones en cuenta correspondientes a una emisión será atribuida a una única entidad.

    La referencia a la custodia de registros en los que consta la propiedad de las acciones y sus transmisiones es lo esencial de la norma, que en cuanto al resto de requisitos formales se centra en administrar la migración de los conceptos de derechos a asociados a la posesión de trozos de papel a otros centrados en las anotaciones en soporte electrónico.

    En el fondo, el sistema de anotaciones en cuenta se inspira en los sistemas contables, con un pequeño matiz: en la anotación de transferencias de efectivo (gestionadas, por ejemplo, en los sistemas de compensación y liquidación bancarias) el dinero se considera equivalente a cualquier otro y por ello, a veces se denomina «fungible», mientras que los títulos están numerados y diferenciados, y cada uno es singular, de modo que, aunque representan la misma proporción de propiedad de una entidad, un título es distinto te los demás, y por ello, a veces se denominan «no fungibles»,

    El CSV (Código Seguro de Verificación) en la Ley de Medidas de Eficiencia Digital del Servicio Público de Justicia


    El Artículo 26 de la Ley de Medidas de Eficiencia Digital del Servicio Público de Justicia define las caractrísticas de los Sistemas de Código Seguro de Verificación empleados en el ámbito de la Administración de Justicia.

    Establece:

    1. Las Administraciones con competencia en materia de Justicia podrán gestionar sistemas de Código Seguro de Verificación que, cuando figuren en un documento electrónico o en su versión impresa, permitan el cotejo de la autenticidad e integridad del documento. El cotejo de los documentos con Código Seguro de Verificación se realizará en la sede judicial electrónica correspondiente al órgano que emitió el documento, así como en la Carpeta Justicia.
    2. La inclusión de Códigos Seguros de Verificación en los documentos se acompañará de la dirección electrónica en la que poder realizar el cotejo.
    3. Los Códigos Seguros de Verificación se codificarán de conformidad con los términos que se definan en el marco del Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica.
    4. Se podrán establecer requisitos restrictivos de identificación o similares sobre algunos documentos, para evitar que sean accesibles únicamente por su Código Seguro de Verificación, cuando existan razones de protección de la información.
    5. Se podrán habilitar mecanismos que ofrezcan el documento en una versión anonimizada. Los documentos electrónicos podrán contener medidas de seguridad tales como marcas de agua, sistemas anti-copia o versiones personalizadas de documentos que permitan detectar la persona concreta que hubiera difundido un documento de forma no autorizada.

    Con estas previsiones, el Código Seguro de Verificación podría corresponder a una copia concreta destinada a una persona concreta por lo que en contextos en los que se prohiba la difusión de un documento dotado de CSV, quedará expuesta la identidad de quien lo haya filtrado, lo que puede acarrear sanciones e, incluso tener la consideración de delito.

    El Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica (CTEAJE) ya ha definido la codificación de CSV en el documento PROPUESTA DE ESTANDARIZACIÓN DEL INTERFAZ DE ACCESO AL SERVICIO DE CSV DE LAS SEDES y ha creado el concepto de Código Seguro de Verificación (CSV) enrutable del que ya nos hemos hecho eco en este Blog.

    De esta manera, si en un momento futuro cambia la dirección electrónica en la que poder realizar el cotejo, todavía se podrá realizar dicho cotejo desde otras direcciones de comprobación en el ámbito de la Administración de Justicia,

    Firma electrónica indirecta


    En ocasiones hay que realizar firmas electrónicas sobre un documento electrónico principal que lleva adjuntos otros documentos electrónicos. Y puede que sea conveniente que alguno o todos los documentos adjuntos estén firmados electrónicamente. El primer documento suele estar en formato PDF y se puede firmar con herramientas como Adobe Acrobat DC (atención, las denominaciones de la firma en Acrobat son confusas: la que hay que usar es la firma basada en certificado).

    Una posible solución a la firma de múltiples documentos (en caso de que el procedimiento al que se van a incorporar los documentos lo admita) es incluir en el escrito principal un anexo de firmas indirectas que incluye la relación de documentos electrónicos adjuntos, utilizando para ellos nombres descriptivos que deberán coincidir con los de los propios documentos y, si es posible, de forma que el nombre incluya entre sus primeros caracteres las cifras que componen su número ordinal dentro de la relación de documentos según la preferencia de ordenación del firmante o de quien elabora el escrito.

    Para cada fichero es conveniente indicar el tamaño y es preceptivo indicar el valor hash correspondiente al fichero.

    En la sección inicial del anexo, antes de incluir la propia tabla que contiene los nombres de los ficheros y sus valores, se debe especificar el formato de hash utilizado, que normalmente será de los tipos SHA-2 o SHA-3, considerando la variante concreta. Por ejemplo «SHA-2 (variante SHA-256)». Conviene indicar la notación empleada. Por ejemplo, «El resultado del valor HASH se expresa en notación hexadecimal», o «El resultado del valor HASH se expresa en notación Base64».

    También es conveniente que los valores hash se incluyan en una tipografía de las denominadas  «de espaciado fijo entre caracteres» (en inglés «monospaced») como el tipo de letra Courier que permite apreciar que todas las tiras de caracteres tienen el mismo tamaño (y detectar errores relacionados con la existencia de un número de caracteres mayor o menor del que corresponde).

    Para calcular los valores HASH de los ficheros existen diversas herramientas. En sistemas Windows, una de las recomendables por su sencillez es Hashtab disponible originalmente en la web Implbits.

    Tras instalar el software, se crea una opción de menú contextual en el Explorador de Windows, de modo que, si pulsamos sobre un fichero con el botón derecho del ratón y a continuación sobre la opción «Propiedades» (la opción que queda abajo del todo) se abre una ventana que contiene una pestaña para los valores hash del documento («Hash de Archivos»).

    A continuación se pulsa en la pestaña de la zona superior «Hash de Archivos» y se pueden ver los valores hash del fichero por tipo de algoritmo.

    Si se pulsa sobre el enlace «Parámetros» (hacia la mitad de la ventana) se pueden elegir los tipos de hash que se desea que muestre la herramienta.

    Este tipo de firmas indirectas puede considerarse similar a las denominadas «separadas» o «acompañantes» («detached» en inglés) ya que los propios documentos no se modifican para incluir las firmas (como en las firmas «attached enveloped») ni se crean estructuras contenedoras de la firma y del documento (como en las firmas «attached enveloping»)

    ARCE, Archivo de Constancias Electrónicas, un buen ejemplo


    Desde hace casi 20 años estoy pendiente del concepto «ARCE, Archivo de Constancias Electrónicas«, acuñado probablemente en el Ministerio de Ciencia y Tecnología en la época de Anna Maria Birulés i Bertran, Josep Piqué Camps o Juan Costa Climent.

    La primera mención al «ARCE» en el BOE es de la época en que la denominación del Ministerio era «Ministerio de Industria, Turismo y Comercio». Se trata de la Orden ITC/1475/2006, de 11 de mayo, sobre utilización del procedimiento electrónico para la compulsa de documentos en el ámbito del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

    Para mi es una de las normas seminales que inauguran de verdad la digitalización de la administración, ya que trata con detalle de la digitalización de los documentos en papel con carácter de auténtico a partir del concepto de «compulsa» por funcionario público. Y el manejo en papel de los documentos de procedencia digital.

    El precedente directo era el Artículo 8 (Almacenamiento de documentos) del Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado.

    En mis cursos y seminarios, especialmente cuando trato de los conceptos de Diplomática Digital, el ARCE lo menciono siempre.

    Sin embargo, uno de los retos que encaran las administraciones públicas, especialmente significativo en el caso de la digitalización, es el de construir de cara a los ciudadanos experiencias de usuario consistentes. Y no me quiero quedar con una frase generalista. Me refiero a que cada vez que cambian los nombres de los ministerios con cada gobiero, o se reorganizan las secretarías de estado que pasan de unos ministerios a otros, cambian los dominios internet que hacen referencia a los ministerios con nuevas siglas.

    Y un aspecto esencial de la administración como la posibilidad de cotejar un CSV (Código Seguro de Verificación) de un documento electrónico se distorsiona porque el punto de cotejo (la página a la que se accede para comprobar la autenticidad de un documento) puede haber cambiado de nombre y de URL en alguna de las reorganizaciones del gobierno, especialmente tras unas elecciones.

    Por eso, desde hace varios años sugiero (lo señalo en mis cursos) que se definan URLs genéricas para el servicio de cotejo, que hagan uso de denominaciones genéricas no vinculadas al nombre del Ministerio ni de la Secretaría de Estado.

    Por eso ahora quiero referirme a la URL https://serviciosmin.gob.es/arce/ que en cierto modo implementa esta idea. En el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital (vigente desde el 4 de noviembre de 2016 hasta el 7 de junio de 2018) se incluían estas Secretarías de Estado:

    • Secretaría de Estado de Energía.
    • Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital.
    • Secretaría de Estado de Turismo

    Que quedaron repartidas en varios Ministerios en el gobierno vigente en la actualidad:

    • La Secretaría de Estado de Energía pasó al «Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico»
    • La Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital, pasó a dividirse en 2, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales y la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, formando ambas parte del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
    • La Secretaría de Estado de Turismo se quedó en el «mismo» ministerio, que pasó a llamarse «Ministerio de Industria, Comercio y Turismo», y que acogió otras secretarías de estado procedentes de otros ministerios.

    Por tanto, los servicios informáticos que estaban en un mismo ministerio atendendiendo a varias secretarías de estado, tuvieron que hacer encaje de bolillos para no interrumpir el servicio que ya correspondía a varios ministerios.

    Además otros movimientos de secretarías de estado han generado retos similares.

    Así que la denominación https://serviciosmin.gob.es/arce/ ya no hace referencia a un Ministerio en particular.

    Mi sugerencia es que https://arce.gob.es bien podría ser el punto de cotejo de CSVs de todos los Ministerios, sea cual sea su denominación. Seguro que la adaptación informática no es muy compleja, especialmente si se empiezan a adoptar los Códigos de Verificación Enrutables.

    Conservación Sustitutiva con la norma UNI 11386 – Ideas para la Digitalización Certificada


    La preservación digital de documentos analógicos presenta retos que se acometen de forma diferente en diferentes países.

    En Italia, esta cuestión ha sido objeto de desarrollos legislativos que han impuesto la adopción de modelos conceptuales y pautas de gestión a lo largo de los años, bajo la denominación de «Conservación Sustitutiva«, concepto similar al de «Digitalización Certificada» adoptado en España.

    Uno de los hitos relevantes ha sido la publicación de la norma UNI 11386:2010 Supporto all’Interoperabilità nella Conservazione e nel Recupero degli Oggetti digitali (SInCRO) que podría traducirse «Soporte a la Interoperabilidad en la Conservación y Recuperación de Objetos Digitales (SIncRO)».

    Este estándar es esencialmente un esquema XML diseñado para permitir a los operadores del sector de la preservación digital el uso de una estructura de datos compartida y así lograr un grado razonable de interoperabilidad, y la garantía de un nivel mínimo de calidad en los procesos de retención de documentos.

    Acoge algunas disposiciones contenidas en la Resolución CNIPA de 19 de febrero de 2004, n. 11, identificando los elementos de información necesarios para la creación del índice de retención (el llamado «archivo de cierre«) y describiendo tanto la semántica como la articulación por medio del lenguaje XML formal.

    La Autoridad Nacional de Unificación Italiana (UNI) estableció en 2009, en el subcomité DIAM/SC11 Gestión de Documentos de Archivo), un grupo de trabajo dedicado, denominado SInCRO (Soporte a la Interoperabilidad en la Conservación y Recuperación de Objetos Digitales ), compuesto por representantes de DigitPA y la Administración Archivistica, así como de investigadores universitarios, empresarios y funcionarios de la Administración Pública, con el objetivo de especificar e integrar la deliberación de CNIPA el 19 de febrero de 2004, n. 11 con las «Reglas técnicas para la reproducción y retención de documentos en soporte óptico» («Regole tecniche per la riproduzione e conservazione di documenti su supporto ottico».).

    DigitPA fue la denominación de la Agencia Italiana para el impulso de la digitalización a partir de 2009. Con anterioridad su denominación fue Centro nazionale per l’informatica nella pubblica amministrazione, abreviado CNIPA, desde su creación en 2003. A partir del 2012 su denominación pasó a ser Agenzia per l’Italia digitale (AGID).

    En palabras de John Michetti Presidente de UNI DIAM SC11 – Gestión de documentos de archivo, tras la publicación de la norma:

    «Las normas técnicas para la conservazione sostitutiva  describen con precisión los aspectos procedimentales e indican las responsabilidades de los actores en este proceso, pero no proporcionan detalles técnicos sobre cómo se representan los datos relativos a los objetos de conservación, y no contienen ninguna disposición específica destinada a lograr o promover formas de interoperabilidad. Las normas ofrecen un amplio margen de libertad en su implementación, con la consiguiente proliferación de soluciones y formatos muy alejados de cualquier perspectiva de interoperabilidad, también debido a la ausencia de normas específicas.

    Teniendo en cuenta todo ello, el objetivo prioritario del grupo de trabajo UNI SInCRO era definir la estructura del conjunto de datos para apoyar el proceso de  conservazione sostitutiva, identificando los elementos de información necesarios para la creación de un índice de conservación (el llamado «archivo de cierre«) y describiendo tanto su semántica como su articulación, de manera que los operadores del sector puedan utilizar una estructura de datos compartida y lograr un grado satisfactorio de interoperabilidad en los procesos de migración, gracias a la adopción del esquema XML especialmente desarrollado y disponible en el estándar.»

    El mecanismo de llevanza en la Digitalización Certificada de facturas se basa en los datos que se recogen en los libros de facturas recibidas, en relación con el IVA, considerando períodos de cierre mensuales o trimestrales según la periodicidad de tributación del IVA adoptada por las empresas.

    Digital por diseño


    Va llegando el momento de abandonar el término «transformación digital» que transmite la idea de que hay que cambiar los procesos de las organizaciones, conforme avanza la digitalización de la sociedad y la adopción masiva de las tecnologías de la información.

    Con el estado actual de la tecnología y de la legislación, no tiene sentido diseñar procesos de información, contratación o mero trámite que no estén diseñados desde el principio pensando en el valor probatorio de los registros digitales administrados con ayuda de la criptografía.

    En todo caso, cualquier concesión a procedimientos o actuaciones arcaicos debe ser en atención a la experiencia de usuario.

    Uno de los aspectos claves del nuevo paradigma es la gestión de la identidad digital de las personas con las que se relacionan las entidades que debería tener en cuenta la posibilidad de acceso de personas de diversa procedencia y medios de identificación.

    Las «piezas de lego» que facilitan la gestión digital por diseño de los procedimientos preservando la seguridad jurídica son componentes como las firmas electrónicas de persona, los sellos electrónicos de empresa, los sistemas de conservación digital de documentos electrónicos (incluso con códigos seguros de verificación) y evidencias electrónicas, los sellos de tiempo electrónicos, los sistemas de gestión de información de representación (de otras personas o de empresas) los sistemas que permiten comprobar la validez de las firmas y de los sellos, los que permiten gestionar mecanismos de identificación y de firmas y sellos «en la nube», los que permiten realizar la digitalización certificada de documentos, los que permiten la identificación remota co y los que permiten acreditar las notificaciones electrónicas.

    En la actualidad. el Reglamento (UE) Nº 910/2014, de 23 de julio, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (eIDAS), ofrece una buena base para construir sistemas digitales con valor legal admisibles en todos los países miembros, sea cual sea el país de origen, de entre los europeos.

    Un aspecto clave en la digitalización por diseño es que la experiencia de usuario debe ser una de las principales prioridades en el diseño de los procesos, para evitar repetir errores de usabilidad  que en el pasado no contribuyeron a poner en valor tecnologías como el DNI electrónico, que se expide desde 2006.

    El despliegue de sistemas digitales de gestión debería preservar principios esenciales como el «soporte duradero» o la «simetría probatoria» (igualdad de armas) para que los usuarios de las plataformas cuenten con la misma posición respecto a la prueba digital que los promotores de las plataformas.

    El conocimiento técnico y legal de estos principios de despliegue digital ayudará a las entidades a diseñar sistemas digitales eficientes, sencillos y con valor probatorio por lo que es útil contar con especialistas a los que consultar.

    Los sistemas de gestión de identidad disponibles ya contemplan la interoperabilidad entre países con «nodos eIDAS» como el español que se instancia a través del sistema «Cl@ve«.