Identidad digital, Cartera IDUE, Firma electrónica, Archivo digital, blockchain, Medios de pago, eBanca, administración de justicia. administración pública, Seguridad Jurídica Preventiva Digital
La normativa del Registro Europeo de Productos de Etiquetado Energético (EPREL), se orienta, en su diseño, al registro de personas jurídicas como responsables de los productos, asignando al Identificador de Organización Europeo (NTR) el rol de identificación oficial de la organización, tal como se recoge en el «User Manual for Suppliers» publicada por la Comisión Europea en el sitio oficial de EPREL (última versión: 27‑06‑2025). A partir del 22 de abril de 2025, solo se admitirán sellos electrónicos que incluyan el NTR como identificador de organización, en aplicación de lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/994.
Aunque es posible que el responsable de un producto eléctrico afectado por la normativa de eficiencia energética sea una persona física (o natural), como por ejemplo, un trabajador autónomo, o sea una entidad sin figura jurídica clásica (y, por tanto, sin inscripción en el Registro Mercantil), como algunos tipos de cooperativas y asociaciones, siempre que se cumplan los requisitos de verificación y de identificación establecidos, debe poder registrar productos eléctricos en EPREL.
La norma oficial de EPREL no es clara en cuanto a la forma de inscribir trabajadores autónomos, Cooperativas y Asociaciones en EPREL y en cuanto a la forma de obtener certificados cualificados para ese fin.
Sin embargo, EADTrust ha cooperado con el Registro EPREL para resolver esta problemática específica.
Aunque no existe un “manual específico” público para autónomos, asociaciones o cooperativas, sino un marco general que admite distintos tipos de organizaciones y de identificadores, EADTrust, la entidad de confianza que emite el certificado, sigue las pautas definidas por el organismo EPREL y actúa con criterio técnico y jurídico, sin añadir interpretaciones que puedan generar incertidumbre regulatoria.
Si es su caso, contacte con EADtrust en el 91 7160555 o 902 365 612
Ayer, 17 de abril de 2026, se publicó, con fecha 16 de abril de 2026, por el Ministerio de Hacienda, el Proyecto de Orden Ministerial por la que se regula la solución pública de facturación electrónica, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición final tercera del Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, por el que se desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales y por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
Este proyecto de Orden Ministerial se dicta al amparo de la disposición final tercera del Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, que desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales. A su vez, ese RD desarrolla reglamentariamente el artículo 2 bis de la Ley 56/2007 y la disposición adicional vigesimoprimera introducida por la Ley 7/2024. La cadena normativa es, por tanto: Ley 18/2022 → Ley 7/2024 → RD 238/2026 → esta Orden Ministerial.
Objeto y finalidad
La Orden regula los elementos técnicos y funcionales de la Solución Pública de Facturación Electrónica (SPFE), cuyo desarrollo y gestión corresponde a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). La SPFE cumple tres funciones principales:
Plataforma alternativa gratuita para pymes y profesionales que quieran emitir y recibir facturas electrónicas sin acudir a plataformas privadas.
Repositorio universal de todas las facturas electrónicas emitidas al amparo de la obligación legal.
Receptor de información de pagos, para monitorizar plazos y combatir la morosidad.
Obligaciones clave derivadas del RD 238/2026
Los empresarios que no usen la SPFE para emitir sus facturas están obligados a remitir, simultáneamente a la emisión, una copia electrónica fiel en sintaxis UBL a la solución pública.
Los destinatarios de facturas deberán comunicar electrónicamente a la SPFE el pago efectivo, el rechazo o el impago de las facturas.
Estructura de la Orden (10 artículos)
Artículo
Contenido
Art. 1
Objeto de la orden
Art. 2
Ámbito de aplicación (por remisión al art. 3 del RD 238/2026)
Art. 3
Especificaciones técnicas de las facturas emitidas/interconectadas: modelo semántico EN16931, sintaxis UBL
Art. 4
Elementos técnicos de la copia fiel (contenido mínimo, identificación como copia, prohibición de anexos)
Art. 5
Procedimiento de uso: formulario web (para emisión individual) o servicios web (para interconexión y copias fieles); validación y acuse de recibo
Art. 6
Código único de factura: concatenación de NIF del emisor + número + serie + fecha
Art. 7
Servicio de comunicación de pagos: rechazo, pago, cobro e impago
Art. 8
Procedimiento para comunicar pagos (vía web service o formulario); plazo de 4 días si hay incidencia técnica
Art. 9
Recuperación de facturas: las plataformas privadas deben automatizar el acceso a la SPFE para recuperar los mensajes intercambiados
Art. 10
Autenticación: certificados electrónicos o sistema Cl@ve; posibilidad de actuar mediante representación
Aspectos destacados
Estándar técnico: UBL con modelo semántico europeo EN16931. Las facturas no podrán llevar ficheros embebidos, salvo firma electrónica en los casos de interconexión.
Gratuidad: El acceso a la solución pública y sus distintos usos tendrán carácter gratuito para los usuarios.
Disponibilidad previa: La SPFE deberá estar disponible al menos dos meses antes de la primera aplicación efectiva de la orden.
Entrada en vigor: La orden entrará en vigor el 1 de octubre de 2026, fecha a partir de la cual comienzan a computar los plazos transitorios previstos en la Ley 18/2022 y en el RD 238/2026. h
El documento se encuentra en trámite de audiencia e información pública desde el 17 de abril de 2026, por lo que aún puede ser objeto de modificaciones antes de su aprobación definitiva.
Por las fechas indicadas en el propio proyecto de Orden Ministerial, la previsión es que se apruebe pronto.
La Agencia europea ENISA acaba de lanzar una consulta pública sobre el borrador del esquema candidato de certificación para la Cartera de Identidad Digital Europea (EUDI Wallet), tras su desarrollo por el Grupo de Trabajo Ad Hoc (Ad Hoc Working Group) auspiciado por ENISA y del que me honro en formar parte.
Tras la adopción del Reglamento que establece el Marco Europeo de Identidad Digital (EIDAS2), la Comisión Europea solicitó a ENISA que apoyara la certificación de las Carteras de Identidad Digital Europea, incluyendo el desarrollo de un esquema europeo de certificación de ciberseguridad conforme al Cybersecurity Act.
Ahora, la Agencia europea ENISA publica el borrador de la norma y lo somete a una consulta pública.
La consulta pública tiene como objetivo validar los principios y la organización general del esquema propuesto, así como recopilar comentarios sobre los elementos del borrador y sus anexos. El plazo para enviar respuestas finaliza el 30 de abril de 2026.
Próximo seminario web
ENISA organizará un webinar para presentar el borrador del esquema candidato de la EUDI Wallet y responder preguntas: el Miércoles 8 de abril, de 15:00 a 16:30 CEST.
Esquemas nacionales de certificación de la EUDI Wallet
En febrero de 2026, ENISA firmó un Acuerdo de Contribución por 1,6 millones de euros con la Comisión Europea, con una duración de dos años, para apoyar el desarrollo, despliegue e implementación de esquemas nacionales de certificación de la Cartera de Identidad Digital Europea.
Financiado por el Programa Europa Digital (DEP) 2025–2027, el acuerdo establece los siguientes ámbitos de actividad:
Desarrollo de esquemas nacionales de certificación por parte de los Estados miembros
Aumento del conocimiento, capacidades y confianza mutua entre los Estados miembros y el ecosistema de certificación
Incremento de la capacidad y eficacia operativa para los Estados miembros y el ecosistema
Inicio de la alineación y transición efectiva desde los esquemas nacionales hacia un esquema europeo de certificación de ciberseguridad
Los Estados miembros deberán proporcionar al menos una Cartera de Identidad Digital Europea certificada antes de finales de 2026.
ENISA apoyará a la Comisión Europea y a los Estados miembros en la definición de controles de ciberseguridad en el ámbito de la identificación digital, facilitando su adopción oportuna en toda la UE.
¿Qué es la EUDI Wallet?
El uso de carteras digitales (EUDI Wallet, European Union Digital Identity Wallet) es un paso clave hacia una identificación fluida y segura tanto en el mundo físico como en el digital. Garantiza la seguridad y la protección de la privacidad de los usuarios y de sus datos personales.
El esquema de certificación verificará que cada cartera cumple altos requisitos de seguridad.
Hasta 2026, las implementaciones de carteras digitales rara vez habían pasado por procesos formales de certificación. El desarrollo de esquemas de certificación responde a la necesidad de un marco coherente de ciberseguridad que facilite el cumplimiento para los fabricantes, mejore la transparencia y apoye el uso seguro de productos y servicios digitales.
Las Carteras de Identidad Digital Europea también se debatirán en la Conferencia Europea de Certificación de Ciberseguridad 2026, titulada “Construir confianza mediante la certificación: las afirmaciones de seguridad deben demostrarse, no prometerse”, el 15 de abril de 2026 en Chipre.
Esquema de Certificación propuesto (EUDIW v0.4.614) para Revisión Pública
Esta publicación es una versión preliminar del esquema candidato de certificación de EUDIW (Esquema Europeo de Certificación de Ciberseguridad para las Carteras de Identidad Digital Europeas —EUDI Wallets— y los sistemas de identidad electrónica bajo los cuales se proporcionan).
El documento es el resultado del trabajo conjunto de los expertos del Ad Hoc Working Group (creado según lo previsto en el Artículo 48.2 del Reglamento (UE) 2019/881 «Ley de Ciberseguridad») y se presenta como base para una revisión pública, cuyo objetivo es:
Validar los principios y la organización general del esquema propuesto.
Recoger comentarios y observaciones sobre los elementos del borrador y sus anexos.
El esquema aborda la certificación de la ciberseguridad de los servicios en la nube relacionados con:
Las Carteras de Identidad Digital Europea (EUDI Wallets).
Los sistemas de identidad electrónica que las sustentan.
El borrador se acompaña de una versión preliminar del documento:
Requisitos de Seguridad para Proveedores de Servicios Relacionados con la Cartera (Wallet-Related Service Provider Security Requirements), v0.5.614
Este documento se incluye solo como referencia y para obtener una opinión temprana sobre el enfoque seguido.
Está abierta una revisión pública mediante el siguiente formulario (EUDIW Public Review) con Fecha límite:jueves 30 de abril de 2026 (incluido)
La computación cuántica ya no es ciencia ficción. Los avances recientes (como el chip Majorana 1 de Microsoft o los estándares NIST ya publicados) están acelerando el llamado “criptocalipsis”: el momento en que los algoritmos actuales de cifrado (RSA, ECC…) podrán ser rotos por un ordenador cuántico. ¿Está preparada tu organización para proteger sus datos, firmas electrónicas, transacciones y sistemas críticos frente a esta amenaza real?
EADTrust, como Qualified Trust Service Provider (QTSP) líder en España, organiza la nueva edición presencial de su curso “Introducción a la Computación Cuántica y a la Criptografía Postcuántica”, los días 22 y 23 de abril de 2026 (de 9:30 a 17:30 h) en el Hotel Zenith Conde Orgaz de Madrid.
¿A quién está especialmente dirigido este curso?
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En mayo de 2026, Bogotá acogerá una de las citas más relevantes del año en el ámbito de la identidad digital y los servicios de confianza interoperables: el CSC Trust without Borders Summit 2026, organizado por el Cloud Signature Consortium (CSC).
El lema “Trust without Borders” capta muy bien el espíritu del evento: tender puentes entre marcos regulatorios, infraestructuras y servicios de confianza en Europa y América, con foco especial en la interoperabilidad de la firma electrónica, la identidad digital y las wallets de identidad.
Lugar: Bogotá, Colombia. El 13 de mayo en el Hilton Bogotá Corferias y el 14 de mayo en la Universidad de los Andes, Edificio Mario Laserna
Organización: Cloud Signature Consortium (CSC).
Inscripción:
Página oficial en español: https://cscsummit.com/es (desde ahí se accede al registro de asistentes, condiciones para expositores y, si procede, a la convocatoria de ponentes).
La cumbre se plantea como un punto de encuentro entre reguladores, autoridades de identidad, proveedores de servicios de confianza, fabricantes de infraestructuras de seguridad, academia y estándares, con el objetivo común de avanzar hacia un ecosistema de confianza globalmente interoperable.
Entre los temas clave que se abordarán:
Interoperabilidad de la firma electrónica y servicios de confianza en el contexto de eIDAS 2.0 europeo y marcos latinoamericanos.
Identidad digital, wallets y cómo alinear infraestructuras europeas (EUDI Wallet, eID de base eIDAS) con ecosistemas de identidad en Colombia y en la región.
Criptografía Post‑cuántica, infraestructuras de confianza resilientes y estándares abiertos (CSC, ETSI, W3C, FIDO, etc.).
Regulación, reciprocidad jurídica y comercio internacional seguro, con especial atención a la interoperabilidad entre la UE y las Américas.
El programa reúne un panel muy sólido de expertos internacionales, con figuras conocidas en el ámbito de la identidad digital, eIDAS, servicios de confianza y estándares de firma. A continuación una selección orientativa (la lista completa está disponible en la web oficial de ponentes: https://cscsummit.com/speakers).
Viky Manaila – Presidenta del Cloud Signature Consortium y experta en eIDAS/eIDAS 2.0, mercados digitales seguros y servicios de confianza.
Borja Carreras – Presidente de GSE y fundador de bemyself ID, con décadas de experiencia en identidad digital, autosoberanía y ciberseguridad en Europa y Latinoamérica.
Kim Nguyen – Senior VP de Innovación en Bundesdruckerei, trabajando en identidad digital, IA de confianza, post‑cuántica y soberanía digital.
Jean Everson Martina – Profesor asociado de Ciencia de la Computación (UFSC, Brasil), especializado en identidad digital, documentos electrónicos y proyectos de interoperabilidad en América Latina.
Sebastian Elfors – CTO/CSO en IDnow, experto en eIDAS 2.0, QTSP, wallets de identidad y estándares internacionales (ETSI, CEN, W3C, FIDO, CSC).
Sven Prinsloo – Presidente del Comité Técnico del CSC y CTO de Ascertia, con fuerte experiencia en estándares de firma y API CSC para interoperabilidad.
Guillaume Forget – EVP de innovación en Cryptomathic, trabajando en firmas digitales, identidades, gestión de claves, pagos y seguridad móvil.
Arno Fiedler – Vicepresidente de ETSI Working Group ESI, con amplia experiencia en infraestructuras de confianza, eIDAS, PSD2, GDPR y CA/B Forum.
Daniel Rendon – EVP de Strategic Partnerships & Business Development en SSL.com, contribuyendo al ecosistema de certificados y servicios de identidad.
Igor Marcolongo – Head of Business Evolution en Tinexta InfoCert, miembro de la Junta del CSC y experto en eIDAS y servicios de confianza europeos.
Es especialmente interesante el enfoque de muchas sesiones en arquitecturas de identidad, interoperabilidad entre frameworks y adopción práctica de estándares como CSC.
En el Summit se combinarán mesas de alto nivel, sesiones técnicas y talleres prácticos, con un enfoque híbrido entre regulación, estándares y despliegue en el mundo real. Entre los bloques que más podrían interesar a tu audiencia:
Regulación e interoperabilidad
Armonización de la firma electrónica y la identidad digital en el marco de eIDAS 2.0 y de iniciativas latinoamericanas.
Reciprocidad jurídica y reconocimiento de servicios de confianza para el comercio transfronterizo en la UE y América.
Tecnología, estándares y arquitecturas
Infraestructuras de identidad y PKI alineadas con eIDAS 2.0, API CSC y estándares de interoperabilidad.
Criptografía Post‑cuántica, wallets de identidad europea y latinoamericana, y modelos de autosoberanía compatible con marcos regulatorios existentes.
Casos de uso y adopción en Latinoamérica
Proyectos de gobierno digital, e‑administración y servicios financieros electrónicos en Colombia y otros países de la región.
Lecciones aprendidas de despliegues de identidad digital y firmas interoperables en distintos contextos regulatorios.
Negocio y ecosistema de servicios de confianza
Cómo los frameworks de CSC y la estandarización abierta fortalecen el “business case” de proveedores, autoridades de identidad y fintech.
Nuevas iniciativas de CSC LATAM y alianzas público‑privadas para impulsar la confianza digital en la región.
Para los expertos en identidad digital, servicios de confianza, eIDAS y gobierno digital, el Summit de Bogotá es una oportunidad privilegiada para:
Conectar con los actores clave que están definiendo la interoperabilidad de la firma electrónica y la identidad digital en el Atlántico.
Contrastar la evolución de marcos europeos (eIDAS 2.0, EUDI Wallet) con la realidad de la adopción en Latinoamérica, y entender cómo se pueden articular ambos mundos.
Participar en debates muy concretos sobre estándares CSC, API de firma, adaptación a la criptografía post‑cuántica y arquitecturas de identidad que ya están en pruebas de campo.
Si te interesa seguir de cerca la evolución de los servicios de confianza interoperables entre la UE y América Latina, el CSC Trust without Borders Summit 2026 en Bogotá es una cita imprescindible.
En los últimos meses de 2025 y principios de 2026, la inteligencia artificial ha dado un salto que ya no es solo de “generar contenido”, sino de actuar. Ya no basta con que la IA te responda: ahora puede gestionar tareas completas por ti.
A este nuevo paradigma se le llama IA agéntica. Pero ya que este es mi blog, voy a proponer otro término más cercano y español: IA gestora. Porque eso es exactamente lo que hace: gestiona objetivos de principio a fin, de forma autónoma, como un asistente ejecutivo que no necesita que le des instrucciones paso a paso.
¿Quieres saber por qué esta IA gestora está cambiando todo y cómo herramientas open-source como OpenClaw, NemoClaw, el Model Context Protocol (MCP) y LangGraph la están democratizando y haciendo más fiable? ¿Y cómo los prestadores de servicios de confianza estamos creando las interfaces seguras que las empresas necesitan? Sigue leyendo.
¿Qué es una IA gestora (o IA agéntica)?
La IA generativa responde. La IA gestora recibe un objetivo y lo ejecuta sola: planifica, usa herramientas externas, toma decisiones intermedias, ejecuta acciones y avisa solo cuando es necesario.
Ejemplo: “cierra la venta con el cliente X antes del viernes”. La IA gestora investiga, prepara propuestas, envía emails, agenda llamadas y cierra el proceso.
Este salto se basa en el concepto de agencia: la capacidad de actuar con intención y autonomía. OpenClaw: el asistente open-source que corre en tu máquina
OpenClaw (openclaw.ai) es un framework 100 % open-source que se instala localmente y funciona como asistente persistente 24/7. se le puede «hablar» por WhatsApp, Telegram, Slack o directamente por CLI (línea de comandos). Ejecuta comandos de terminal, controla el navegador, gestiona archivos, email y calendario, y mantiene memoria a largo plazo.
NemoClaw: con un escudo de seguridad y desarrollado por NVIDIA
En marzo de 2026, NVIDIA lanzó NemoClaw, una capa que se instala sobre OpenClaw con un solo comando. Añade sandbox aislado, router de privacidad, modelos Nemotron optimizados y controles de política empresarial. Juntos, OpenClaw + NemoClaw convierten la IA gestora en algo orientado haacia entornos reales y regulados.
Interfaces de actuación: de la CLI tradicional al Model Context Protocol (MCP)
Tradicionalmente, las IA gestoras han usado dos interfaces principales:
CLI (Command Line Interface): máxima potencia y control. El agente ejecuta comandos directamente en la terminal. Es ligero, debuggeable y consume pocos tokens de contexto. Perfecto para entornos locales y cuando se requiere máxima eficiencia. Sin embargo, necesita que el agente “sepa” interpretar salida de texto crudo y no tiene un estándar universal de descubrimiento de herramientas.
Apps de mensajería y APIs: más accesibles, pero menos estructuradas.
Aquí se presenta el Model Context Protocol (MCP), un estándar abierto lanzado por Anthropic en noviembre de 2024 y que se ha convertido en el “USB-C de la IA”.
¿Cómo funciona MCP?
MCP es un protocolo estandarizado (basado en JSON-RPC) que permite a cualquier aplicación exponer herramientas, recursos y plantillas de «prompts» de forma segura y detectable. Un MCP Server publica qué puede hacer y un MCP Client (el agente) descubre automáticamente esas capacidades, las llama de forma estructurada y recibe respuestas estandarizadas.
Comparación MCP vs CLI:
Aspecto
CLI tradicional (Command Line Interface)
Model Context Protocol (MCP)
Descubrimiento de herramientas
Manual o mediante descripción en el prompt
Automático y dinámico: el agente descubre todas las herramientas al instante
Estructura de las respuestas
Texto libre y salida cruda (puede ser desordenada)
Estructurada y estandarizada (JSON con schemas claros)
Consumo de tokens / contexto
Muy bajo (ideal para eficiencia)
Más alto, pero ofrece mucha más precisión
Seguridad y guardrails
Depende completamente del sandbox externo
Guardrails y sesiones seguras integrados por diseño
Facilidad de integración
Alta para desarrolladores, baja para no técnicos
Muy alta: estandariza todo el ecosistema (el “USB-C de la IA”)
Escalabilidad
Buena para tareas locales simples
Excelente para integraciones enterprise y multi-agente
Uso ideal
Ejecución local potente, debugging rápido
Conexiones seguras a sistemas externos (calendarios, APIs empresariales, bases de datos…)
MCP no reemplaza la CLI, sino que la complementa ofreciendo un lenguaje común para conectar el agente a decenas de sistemas externos de forma segura.
LangGraph: la orquestación inteligente de flujos complejos
Mientras MCP estandariza la forma en la que el agente habla con las herramientas, LangGraph (de LangChain) se encarga del modo en el que el agente razona y fluye a lo largo de una tarea.
LangGraph permite construir workflows como grafos: nodos (LLM, herramientas, verificaciones humanas) y aristas (condiciones de flujo). Es ideal para agentes stateful, flujos multi-agente, control humano-en-el-bucle y ejecución durable.
Muchos proyectos combinan LangGraph para la lógica y MCP para las conexiones externas, logrando una IA gestora más robusta y escalable.
Nuevos interfaces que ofrecemos los prestadores de servicios de confianza
Cuando la IA gestora empieza a firmar o sellar electrónicamente contratos, enviar facturas o manejar datos sensibles, ni la CLI ni MCP por sí solos son suficientes. Los prestadores de servicios de confianza (eIDAS) aportamos interfaces certificadas:
CLI segura certificada: comandos que requieren firma electrónica cualificada del agente. Todo queda auditado y sellado temporalmente.
API de agencia con identidad verificada: el agente actúa con certificado digital propio, haciendo sus acciones legalmente vinculantes.
Canal de mensajería de confianza: mensajes con sello electrónico visible.
Portal de supervisión humana-en-el-bucle: dashboard para aprobar/rechazar acciones en tiempo real, todo registrado de forma inalterable.
Estas interfaces convierten herramientas open-source como OpenClaw + MCP + LangGraph en soluciones empresariales confiables, auditables y conformes con la normativa.
OpenClaw y NemoClaw han demostrado que la IA gestora ya es viable técnicamente. MCP estandariza la conexión con el mundo exterior, LangGraph aporta inteligencia en la orquestación, y los prestadores de servicios de confianza cerramos la brecha de la confianza legal.
Si deseas saber qué servicios de confianza (firma electrónica cualificada, sellos de tiempo, certificados de agente, declaraciones de atributos, etc.) se pueden invocar directamente desde este tipo de IAs, contacta con EADTrust:
Teléfono: 902 365 612
Email: info@eadtrust.com
Estaremos encantados de asesorarte y ayudarte a integrar interfaces seguras y conformes con eIDAS en tus flujos de IA gestora.
En un mundo cada vez más digitalizado, en el que los datos son el activo más valioso de las empresas, la llegada de la computación cuántica representa tanto una oportunidad revolucionaria como una amenaza inminente. Como consultor en confianza digital y fundador de EADTrust, he seguido de cerca los avances en este campo, y recientemente hemos lanzado un nuevo servicio de consultoría especializado en el análisis de riesgos cuánticos en criptografía para empresas.
Este servicio no solo evalúa las vulnerabilidades actuales, sino que también proporciona un «roadmap» claro para transitar hacia la adopción de una criptografía post-cuántica (PQC), asegurando la resiliencia de los sistemas en un futuro próximo.
Este tipo de iniciativas de consultoría y evaluación, sin duda será impulsado de forma similar por las grandes consultoras, pero una de las diferencias es que EADTrust puede proporcionar «bloque constructivos» para incorporar a las infraestructuras de las empresas, por su rol de Prestador Cualificado de Servicios de Confianza.
Ya el año 2025 ha sido bautizado como el «año de la cuántica»: la Asamblea General de las Naciones Unidas lo proclamó oficialmente como el Año Internacional de la Ciencia y la Tecnología Cuánticas (IYQ, por sus siglas en inglés). Han sido 100 años desde la publicación del artículo con el que Werner Heisenberg alumbró una nueva mecánica para el mundo atómico. Fue el primero de una serie de trabajos, escritos por él y otros autores —entre los que se encuentran, por ejemplo, Erwin Schrödinger, Max Born, Pascual Jordan, Paul A. Dirac y Wolfgang Pauli— con los que erigieron de forma coral la mecánica cuántica.
Esta «celebración» reconoce que la ciencia cuántica ha ido influyendo en nuestra vida cotidiana de formas invisibles pero esenciales. Dio lugar a los semiconductores y a los láseres, por citar unos pocos de los cambios que han impulsado.
En el terreno de la Computación Cuántica, 2025 significó un marco de anuncios relevantes: Procesadores cuánticos más estables, con miles de qubits coherentes, permitieron simulaciones que superan en algunas tareas a los superordenadores clásicos, corrigiendo errores (ruido cuántico) que antes limitaban su utilidad.
Empresas como IBM, Google y startups especializadas demostraron aplicaciones reales en optimización logística. Eventos globales, conferencias y campañas de divulgación, como las organizadas por la UNESCO, destacaron el potencial de la cuántica para abordar desafíos como la ciberseguridad, convirtiendo 2025 en un catalizador para la «segunda revolución cuántica».
Sin embargo, este entusiasmo no oculta algunas sombras: la posibilidad de descifrar claves utilizadas en la criptografía actual.
Desde ese punto de vista, la computación cuántica no es una amenaza hipotética; es una realidad en evolución que pone en jaque los sistemas criptográficos que protegen datos sensibles en empresas de todo el mundo. Los algoritmos tradicionales, como RSA y ECC (Elliptic Curve Cryptography), se basan en problemas matemáticos difíciles para computadoras clásicas, como factorizar (encontrar los números primos que multiplicados dan la cifra) números grandes. Sin embargo, el algoritmo de Shor, propuesto en 1994, permite a una computadora cuántica resolver estos problemas mucho más rápido, rompiendo el cifrado en dias en lugar de millones de años.
Entre los riesgos más críticos destacan:
«Harvest Now, Decrypt Later» (Recolecta ahora, descifra después): Sistemas de inteligencia militar de otros países o ciberdelincuentes ya están recolectando datos cifrados hoy, esperando el momento en que las computadoras cuánticas escalables estén disponibles para descifrarlos. Según estimaciones de diferentes analistas del mercado, la criptografía asimétrica podría volverse vulnerable hacia 2030 y poco útil para 2035. Esto afecta a datos que requieren disponibilidad a largo plazo, como registros médicos, financieros o secretos industriales.
Vulnerabilidades en Infraestructuras Críticas: Sectores como banca, salud y cloud computing dependen de protocolos como TLS, para el cifrado de las comunicaciones que dejarían de ser útiles si nos se cambia el tipo de criptografía. Estimaciones recientes señalan que a lo sumo el 3% de las organizaciones ha implementado medidas de resistencia cuántica, dejando expuestas a la mayoría. En España, normativas como el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) y el RGPD exigen protección de datos, pero muchas empresas subestiman el riesgo, con solo el 4% de líderes viéndolo como inminente en los próximos tres años.
Impacto Económico y Regulatorio: La transición tardía podría suponer ingentes pérdidas económicas por las nuevas brechas de seguridad.
En el lado positivo, ya existen estándares como los definidos por el NIST (National Institute of Standards and Technology) de Estados Unidos (con amplio consenso internacional) que describen en detalle los algoritmos PQC como CRYSTALS-Kyber y CRYSTALS-Dilithium, Sphincs+ y Falcon urgiendo a las empresas a adoptarlos para cumplir con regulaciones futuras.
Recientes avances en computación cuántica, como qubits más estables, aceleraron las expectativas de evolución del hardware haciendo imperativa una acción inmediata.
Metodología de EADTrust
En EADTrust, nuestra consultoría de análisis de riesgo cuántico se diseña para ser práctica y escalable, alineada con normativas europeas y españolas como el ENS, ENI y RGPD.
Se estructura en fases que transforman la criptografía desde un «enigma técnico» a un activo estratégico.
Evaluación Inicial y Descubrimiento Criptográfico: Comenzamos con un diagnóstico exhaustivo del ecosistema digital de la empresa. Usando herramientas avanzadas, identificamos todos los activos criptográficos (claves, certificados, protocolos) en sistemas, clouds y aplicaciones. Esto incluye la creación de un Cryptographic Bill of Materials (CBOM), un inventario detallado que mapea vulnerabilidades cuánticas, priorizando datos sensibles por su valor y duración de protección necesaria.
Análisis de Riesgos y Viabilidad: Evaluamos el impacto potencial mediante escenarios como «harvest now, decrypt later». Realizamos pruebas de viabilidad con algoritmos PQC estandarizados por NIST, cuantificando riesgos basados en activos (e.g., ¿qué pasaría si se rompe el cifrado de una base de datos de clientes?). Incorporamos principios de «cripto-agilidad» para permitir actualizaciones sin interrupciones operativas.
Roadmap de Transformación e Implementación: Desarrollamos un plan personalizado para la transición a PQC. Esto incluye integración con marcos como Zero Trust, donde se aplican verificaciones continuas y mínimo privilegio. Recomendamos soluciones híbridas (clásica + post-cuántica) para una migración gradual, junto con formación para equipos. Finalmente, ofrecemos auditorías de cumplimiento para asegurar alineación con regulaciones.
Monitorización Continus y Adaptación: La consultoría no termina en la implementación; incluimos revisiones periódicas para adaptarse a evoluciones en amenazas cuánticas, garantizando resiliencia a largo plazo.
Esta metodología no solo mitiga riesgos, sino que posiciona a las empresas como líderes en innovación, convirtiendo la amenaza cuántica en una oportunidad.
Nuestra propuesta añade un énfasis en el cumplimiento de la normativa europea y española, facilitando una comprensión accesible del mundo cuántico para decisores no técnicos.
2025 nos recordó que la fisca cuántica no es ciencia ficción, sino una fuerza transformadora también en el campo de la computación que exige preparación inmediata. Si tu empresa maneja datos críticos, contacta con EADTrust para un análisis inicial. La transición a la post-cuántica no es opcional; es esencial para sobrevivir en la era digital que se avecina. Llámanos al +34 91 716 0555 (desde España, también al 902 365 612).
Este memorando explicativo acompaña la propuesta de Reglamento sobre la creación de las carteras europeas de empresas. El instrumento legal tiene como objetivo proporcionar un marco digital armonizado, de confianza y fácil de usar para que los operadores económicos y los organismos públicos puedan identificar, autenticar e intercambiar datos de forma segura con pleno efecto legal a través de las fronteras de la UE.
Los recientes desarrollos tecnológicos y sociales requieren un nuevo enfoque armonizado y digital para las interacciones entre empresas y administraciones públicas (B2G) y de empresa a empresa (B2B). La IA, la computación en la nube y la identidad digital segura avanzan a un ritmo trepidante, afectando a la forma de hacer negocios en Europa: los procesos administrativos han pasado de estar basados en documentos a estar basados en datos en contextos de automatización. Por ejemplo, el 91% de las scaleups (empresas de crecimiento rápido) consideran que las tecnologías digitales son fundamentales para su crecimiento. Estos desarrollos, combinados con las prioridades estratégicas de la UE en cuanto a competitividad, soberanía digital, simplificación y servicios públicos digitales por defecto, crean la necesidad de soluciones ágiles que puedan apoyar transacciones comerciales transfronterizas de confianza a gran escala.
Los informes de Draghi y Letta han advertido que la persistencia de las cargas administrativas y la fragmentación del Mercado Único debilitan significativamente la competitividad de Europa, desincentivan a las empresas de la UE a escalar y aumentan la dependencia de proveedores de alto riesgo. En este contexto, la infraestructura digital disponible para los organismos públicos y los operadores económicos está fragmentada y las obligaciones de cumplimiento y de reporte son complejas: la mayoría de los interesados consultados destacaron la falta de interoperabilidad transfronteriza como una fuente importante de burocracia. En toda la Unión, las autoridades públicas siguen operando en entornos digitales heterogéneos que limitan la plena realización de los servicios públicos transfronterizos: el eGovernment Benchmark 2024 muestra que, mientras que el 88 % de los servicios públicos están disponibles en línea para los usuarios nacionales, los usuarios transfronterizos solo pueden acceder al 56 % de esos servicios de forma digital y las barreras de interoperabilidad siguen siendo los principales obstáculos para un gobierno electrónico eficiente. Para los operadores económicos activos en varios Estados miembros, garantizar transacciones fluidas, como las de índole fiscal, la obtención de licencias o las participación e licitaciones, es clave para seguir siendo competitivos.
Las consecuencias prácticas del «status quo» son inasumibles. Por ejemplo, los participantes en el estudio informaron que necesitaban dos empleados a tiempo completo exclusivamente para gestionar obligaciones de reporte de sostenibilidad, o incurriendo en costes superiores a 100.000 € para contratar consultorías especializadas en esta área. Además, los operadores económicos estiman que alrededor del 20% del tiempo del personal se absorbe en actividades relacionadas con el cumplimiento normativo. En contextos transfronterizos, esto suele requerir una verificación manual o en papel que retrasa las transacciones y multiplica los costes administrativos. Estos costes son desproporcionados, especialmente para las pymes, para las que las obligaciones de cumplimiento desvían recursos significativos de actividades estratégicas de alto valor: el Banco Europeo de Inversiones (European Investment Bank) estima que el cumplimiento regulatorio consume el 1,8% de la facturación de las empresas en general y el 2,5% de las empresas más pequeñas. Los procedimientos de «Know-Your-Customer» solo en el sector financiero pueden durar entre 30 y 50 días por cliente corporativo, y cada expediente requiere decenas de horas de procesamiento manual.
Para los organismos del sector público, las barreras estructurales impiden la transición completa hacia servicios modernos, digitales y accesibles, así como la creación de un espacio administrativo comunitario fluidos. Aunque la digitalización de los servicios públicos muestra signos de mayor madurez, al ritmo actual no alcanzará el objetivo establecido en el Informe europeo «Digital Decade Report» de tener el 100% de los servicios públicos online para 2030. Este escenario limita la escalabilidad, aumenta los costes administrativos y ralentiza la prestación de servicios. Digitalizar las interacciones implica procedimientos administrativos más eficientes, mejor prestación de servicios y oportunidades para la recualificación de recursos públicos hacia tareas más estratégicas. La evidencia muestra que la digitalización en el sector público puede hacer que las administraciones sean más efectivas, ya sea ampliando los servicios sin presupuestos adicionales o reasignando recursos humanos hacia actividades de mayor valor añadido.
La ausencia de un canal estandarizado y confiable para las interacciones entre empresas y administraciones públicas (B2G) y de empresa a empresa (B2B) que permita intercambiar información (atributos en términos de la normativa eIDAS2) socava la trazabilidad y la seguridad. Las credenciales (otro término para atributos) suelen compartirse por correo electrónico o portales propietarios, que ofrecen garantías limitadas de autenticidad, aumentando la exposición a prácticas fraudulentas, como las estafas de falsas facturas, que ya generan más de 26 millones de euros anuales en beneficios ilícitos, según Europol y EUIPO. Por tanto, aunque la privacidad y la divulgación mínima de datos personales son esenciales para las personas físicas, las empresas requieren transparencia y trazabilidad de los intercambios para apoyar la gestión de riesgos, el cumplimiento y la prevención del fraude. La UE ya ha alcanzado un hito importante en su agenda de simplificación con el Marco Europeo de Identidad Digital, un sistema de identificación digital de última generación, respetuoso con la privacidad e interoperable que permite a ciudadanos y entidades jurídicas compartir datos de forma segura a través de las fronteras. La propuesta de las Carteras Europeas de Empresas pretende complementar las Carteras de Identidad DigitalEuropeas introduciendo una herramienta digital orientada al mercado, diseñada para las necesidades específicas de las transacciones comerciales.
El actual impulso de simplificación y digitalización está firmemente asumido en la agenda política de la Unión Europea. La Agenda Estratégica 2024–2029 de la UE, las conclusiones del Consejo Europeo y la Brújula de la Competitividad de la Comisión subrayan la urgencia de reducir las cargas administrativas, con objetivos explícitos de una reducción del 25% en la carga total y del 35% para las pymes. Los informes de Draghi y Letta identifican la fragmentación y la complejidad administrativa como grandes obstáculos para la competitividad de Europa, mientras que el Estado de la Unión 2025 de la presidenta von der Leyen dejó claro que las barreras internas siguen obstaculizando más a los operadores económicos que las barreras externas. En marzo y junio de 2025, el Consejo Europeo reafirmó la necesidad de la «simplicidad por diseño» y, a principios de 2025, la Comisión identificó explícitamente el establecimiento de las Carteras Europeas de Empresas como piedra angular de una Europa más sencilla y rápida.
En este contexto económico y político, la propuesta de las Carteras Empresariales Europeas cumple con la demanda de simplificación al alcanzar los siguientes objetivos específicos:
Reducir las cargas administrativas, agilizar los procesos de cumplimiento y mejorar la prestación de servicios
Garantizar que los operadores económicos y los organismos públicos tengan acceso a una identificación digital segura y de confianza transfronteriza, satisfaciendo las necesidades y demandas de los usuarios
• Coherencia con las disposiciones políticas existentes en el ámbito de política
La propuesta de Carteras Europeas de Empresas se basa y amplía el ecosistema establecido bajo el Marco de Identidad Digital Europeo (IDUE) – Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior, tal como fue modificado por el Reglamento (UE) 2024/1183. Las «European Business Wallets» pretenden complementar el Marco IDUE ofreciendo funcionalidades adaptadas a las necesidades de los organismos públicos y de los operadores económicos, incluyendo la gestión digital de los poderes de representación y de los mandatos de representación, y un canal seguro para el intercambio de documentos oficiales y declaraciones de atributos apoyado por un directorio común. Se garantizará la interoperabilidad total con las Carteras de Identidad Digital de la Unión Europea (Carteras IDUE).
La propuesta es complementaria al acervo de derecho de sociedades de la UE y utiliza el Identificador Único Europeo existente que todas las sociedades de responsabilidad limitada y sociedades comerciales (así como las futuras sociedades del «régimen 28») tienen conforme a la legislación societaria de la UE. Además, la propuesta es compatible con el Sistema de Interconexión de Registros Mercantiles (Business Registers Interconnection System – BRIS), desarrollado de acuerdo con la Directiva de Derecho Mercantil, codificada (UE) 2017/1132. Por último, la propuesta también está en línea con el Sistema de Interconexión de Registros de Titulares Beneficiarios (Beneficial ownership registers interconnection system – BORIS), desarrollado de acuerdo con la Directiva contra el Blanqueo de Capitales (UE) 2015/849. Estas interconexiones utilizan el Identificador Único Europeo (EUID) para identificar de forma única empresas y otras entidades jurídicas, así como los vinculaciones legales en la UE, pero no cubren a todos los operadores económicos ni organismos públicos, como autónomos, cooperativas o instituciones públicas. Las «European Business Wallets» amplían este ecosistema ofreciendo un medio fiable e interoperable para todas estas entidades.
• Coherencia con otras políticas de la UniónEuropea
La nueva propuesta regulatoria de Carteras Europeas de Empresas está integrada en la agenda política más amplia de la Unión Europea para impulsar la competitividad, reducir las cargas administrativas y lograr un Mercado Único integrado digitalmente. Contribuye directamente a los objetivos establecidos en la Estrategia del Mercado Único de la Comisión, que aboga por una digitalización más eficaz en la UE para permitir el funcionamiento óptimo del Mercado Único, así como a la Agenda Estratégica de la UE 2024–2029, la Brújula de la Competitividad, la Estrategia de las PYMES para una Europa sostenible y digital, y el Programa de Política de la Década Digital. Todo ello pone de manifiesto la necesidad de simplificación, interoperabilidad y servicios públicos digitales por defecto. La propuesta de «European Business Wallets» cumple con estas prioridades estratégicas al ofrecer un instrumento concreto para hacer que el cumplimiento y las interacciones transfronterizas sean más simples, rápidas y fiables para los operadores económicos y los organismos públicos.
Además, la propuesta garantiza la complementariedad con las principales iniciativas legislativas de la siguiente manera:
La Pasarela Digital Única (ODS) y su Sistema Técnico Único (OOTS) implementan el principio de «solo una vez», exigiendo a las autoridades reutilizar datos ya poseídos en otro Estado miembro sin que las empresas presenten repetidamente. La propuesta de Carteras Empresariales Europeos complementará los ODS y la OOTS proporcionando identificación y autenticación fiables de operadores económicos y administraciones públicas, así como una capa de intercambio segura que permitirá a empresas y organismos públicos compartir y reutilizar datos verificados y atestados oficiales sin problemas a través de fronteras.
El Pasaporte de Producto Digital (DPP), central en la agenda de economía circular de la UE, depende del acceso fiable a los datos de conformidad y sostenibilidad. La propuesta de Business Wallets puede demostrar la identidad legal y cualquier derecho de acceso concedido, permitir la firma y sellación de declaraciones de conformidad, y garantizar que los datos del producto se intercambien de forma segura y verificable a través de las fronteras.
La Ley de Europa Interoperable (AIE) establece el marco para la interoperabilidad transfronteriza de los servicios públicos. La propuesta de Business Wallets complementará esto sirviendo como una infraestructura de confianza que las administraciones podrán integrar en la prestación digital de servicios por defecto, reforzando la eliminación de barreras técnicas y organizativas.
La próxima propuesta sobre el marco legal corporativo del Régimen del 28º proporcionará procedimientos sencillos, flexibles y rápidos para que las empresas puedan crear, operar y atraer inversión en la UE mediante soluciones digitales. Garantizará que herramientas digitales como el certificado de empresa de la UE y el Poder Notarial digital de la UE puedan utilizarse en los carteras empresariales europeos.
El paquete del IVA en la Era Digital (ViDA) moderniza la declaración del IVA, introduce la facturación electrónica obligatoria a través de las fronteras y refuerza la prevención del fraude. La propuesta de Business Wallets permitirá el almacenamiento seguro y el intercambio verificable de atestiguaciones de IVA y datos de transacciones, apoyando así la información en tiempo real y la facturación confiable.
2. BASE LEGAL, SUBSIDIARIEDAD Y PROPORCIONALIDAD
•Base jurídica
La base legal de la propuesta es el artículo 114 del Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que prevé la adopción de medidas a nivel de la UE para garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior. La identificación segura, los servicios de confianza y el intercambio fluido de declaraciones electrónicas de atributos son esenciales para que los operadores económicos y los organismos públicos participen eficazmente en el Mercado Único.
El funcionamiento del mercado interior se basa en normas uniformes y coherentes aplicadas en todos los organismos públicos relevantes que desempeñan funciones equivalentes o prestan servicios comparables. Las instituciones, agencias, oficinas y organismos de la Unión Europea (entidades de la Unión) suelen llevar a cabo actividades similares a las de los organismos públicos nacionales y desempeñan funciones clave de supervisión y regulación. Por tanto, su implicación en el apoyo al correcto funcionamiento del Mercado Único es necesaria. Excluirlos crearía brechas regulatorias, fragmentación y aplicación desigual de las normas, socavando así el objetivo de «Business Wallet» de salvaguardar la integridad, estabilidad y resiliencia del mercado interior. Además, la simplificación sigue siendo un motor clave del compromiso de la UE con la construcción de una Unión más audaz, sencilla y rápida. Un Mercado Único competitivo y bien funcional requiere la participación activa tanto de las autoridades nacionales como de las de la UE, siendo estas últimas la que lidera con el ejemplo. En consecuencia, las entidades de la Unión deberían adoptar y utilizar la Cartera Empresarial Europea, ampliando la simplificación y eficiencia de sus interacciones con los operadores económicos.
Las disparidades actuales en la forma en que los Estados miembros identifican a los operadores económicos, verifican poderes y mandatos e intercambian datos y documentación oficiales en formato digital pueden suponer riesgos de obstáculos a las libertades fundamentales o causar distorsiones significativas de la competencia. Al proporcionar una solución armonizada para la identificación empresarial segura y el intercambio de datos, la propuesta de «European Business Wallets» pretende eliminar barreras administrativas, prevenir nuevas divergencias y garantizar que todos los operadores económicos puedan competir en igualdad de condiciones dentro de la UE.
• Subsidiariedad (para competencia no exclusiva)
Los operadores económicos y los organismos públicos de toda la Unión deberían poder contar con soluciones de identidad digital altamente seguras y fiables, incluyendo la portabilidad de las declaraciones electrónicas de atributos que puedan utilizarse en todo el Mercado Único de manera fácil de usar y eficiente. Estas necesidades no pueden ser suficientemente atendidas por los Estados miembros actuando de forma individual, ya que las soluciones nacionales siguen fragmentadas en alcance, efecto y diseño técnico.
Por tanto, es necesario actuar a nivel de la UE para garantizar que todas las autoridades públicas, tanto nacionales como europeas, reconozcan y apliquen las mismas soluciones interoperables al interactuar con los operadores económicos. Esto garantiza un entorno regulatorio coherente y evita procedimientos paralelos o sistemas incompatibles que fueran contrarios a los objetivos de simplificación y funcionamiento óptimo del mercado interior. Surgen obstáculos para la libertad de establecimiento y la libertad de prestar servicios porque las credenciales emitidas digitalmente en un Estado miembro no siempre pueden reutilizarse o confiarse en otro.
Además, se producen distorsiones de la competencia cuando los operadores se enfrentan a condiciones desiguales que dependen únicamente de su lugar de establecimiento. En los Estados miembros donde los procedimientos están completamente digitalizados, las empresas pueden registrarse para liquidar el IVA o proporcionar declaraciones de atributos en cuestión de días a bajo coste, mientras que en entornos domésticos menos digitalizados, el mismo proceso puede requerir servicios de mensajería o comprobaciones manuales prolongadas, que duran semanas y desvían al personal de actividades productivas. El Referente de Gobierno Electrónico 2024 revela diferencias sustanciales entre Estados miembros en la disponibilidad digital y usabilidad de los servicios públicos clave: la puntuación media global de los 10 mejores resultados dentro de los 27 de la UE es de 87 puntos, frente a 64 puntos para los 10 con peor desempeño, una brecha que pone de manifiesto las persistentes disparidades en la digitalización de los servicios públicos de la UE. Estas disparidades se traducen en diferentes costes de cumplimiento de la digitalización que perjudican desproporcionadamente a las pymes y microempresas, debilitando su capacidad para competir en el Mercado Único y limitando su participación en oportunidades económicas como la contratación pública.
La intervención a nivel de la UE es la forma más eficiente de restablecer un campo de juego equitativo: un marco común y armonizado garantiza que todos los operadores económicos, independientemente de su tamaño o ubicación, puedan contar con una única herramienta para interactuar con las autoridades públicas y los socios de toda la Unión. Al eliminar barreras administrativas y crear condiciones uniformes, la propuesta de «European Business Wallets» fortalece la seguridad jurídica, la confianza y la competitividad.
En cuanto al valor añadido, las carteras europeas de empresas eliminarán duplicaciones y reducirán los costes de cumplimiento, mejorarán la calidad y transparencia de los datos, y proporcionarán a los organismos públicos información más fiable, mejorando así la prestación de servicios. Para los operadores económicos, especialmente las pymes, esto significa que el tiempo y los recursos ahorrados pueden redirigirse a la innovación, el crecimiento y la expansión internacional. Al mismo tiempo, la armonización a nivel de la UE evita la dependencia de proveedores de alto riesgo, refuerza la resiliencia de las infraestructuras críticas y consolida la soberanía digital de la Unión. Más allá del mercado interior, la iniciativa también puede reforzar el papel de la Unión como referente global de infraestructuras digitales de confianza, apoyando la competitividad europea en el comercio internacional.
•Proporcionalidad
Esta iniciativa es proporcional a los objetivos buscados, ya que limita las obligaciones a lo estrictamente necesario para garantizar un marco seguro, armonizado e interoperable para las interacciones digitales entre los operadores económicos y los organismos del sector público. Las carteras empresariales europeas no prescriben un único modelo de negocio rígido ni un diseño técnico, sino que establecen un marco que combina interoperabilidad con flexibilidad, fomentando la competencia y la innovación.
Además, las obligaciones de los organismos del sector público se equilibran mediante políticas transitorias: los periodos flexibles de implementación permiten a los organismos públicos tiempo suficiente para adaptar sus sistemas administrativos y de TI y prevenir interrupciones. La propuesta no crea nuevos procedimientos administrativos que deban ser realizados por los operadores económicos ni los organismos del sector público. En cambio, proporciona un canal común y de confianza para cumplir con obligaciones que ya existen bajo la legislación de la Unión. Al ser independiente del sector, la iniciativa no aborda el contenido de las obligaciones actuales y simplemente proporciona un medio para simplificar el cumplimiento de las normas europeas y nacionales existentes, al tiempo que ayuda a superar la fragmentación y las disparidades de tratamiento en todo el Mercado Único.
Los costes de adopción y mantenimiento serán soportados por los operadores económicos y los organismos del sector público. En particular, estos se refieren a la incorporación, la formación y la adaptación de las TIC. Sin embargo, estos costes se ven compensados por las mejoras de eficiencia derivadas de procesos simplificados, la reducción de duplicaciones y una mayor seguridad jurídica. Además, los costes de formación, que constituyen los costes puntuales más sustanciales, podrían ser parcialmente apoyados por iniciativas existentes de la Unión para la transformación digital y el fortalecimiento de capacidades, lo que puede ayudar a aliviar los costes de formación y adaptación.
La propuesta también es proporcional en cuanto al impacto esperado sobre los operadores económicos. También utiliza el Identificador Único Europeo (EUID) existente, que evita costes adicionales para 18 millones de empresas. Se espera que las pymes y microempresas, que sufren la mayor carga relativa de la complejidad administrativa tanto en términos de costes como de tiempo de personal, se beneficien más de la simplificación y las mejoras de eficiencia derivadas del uso de las carteras empresariales europeas. Esto es totalmente coherente con las prioridades políticas de la UE, incluyendo la Estrategia de Nuevas empresas (Startus) y empresas de alto crecimiento (Scaleups) de la UE, el próximo régimen número 28 y las recomendaciones del Informe Draghi, que enfatizan la necesidad de reducir la burocracia y las barreras administrativas como requisito previo para la competitividad y el crecimiento de las pymes.
Cabe destacar que la propuesta no impone ninguna obligación a los operadores económicos. Exige que los organismos públicos habiliten el uso de las Carteras Empresariales Europeas para funcionalidades específicas, asegurando que tanto los operadores económicos como las pequeñas y medianas empresas tengan la opción de adoptar las Carteras Empresariales y beneficiarse de procedimientos simplificados. Este enfoque se alinea con el principio de “Think Small First” («Pensar en pequeño primero») al evitar presiones regulatorias innecesarias sobre las pymes. Los autónomos también pueden confiar en sus European Digital Identity Wallets EUDI Wallets o Carteras IDUE) para acceder a los servicios de confianza que ofrecen los European Business Wallets, incluyendo el canal de comunicación seguro o las firmas electrónicas, sin necesidad de adquirir un Business Wallet completo. Esto garantiza un trato proporcionado a los operadores más pequeños al evitar la imposición de una carga excesiva.
Por último, la iniciativa también es proporcional en su diseño regulatorio, ya que se basa en la supervisión ex post por parte de los órganos de supervisión especificados y en un procedimiento de notificación en lugar de la autorización previa. Este enfoque garantiza una supervisión y rendición de cuentas efectivas de los proveedores sin introducir retrasos administrativos o costes innecesarios, manteniendo al tiempo un alto nivel de confianza y seguridad.
En conjunto, estos elementos demuestran que la propuesta respeta el principio de proporcionalidad. Al combinar un marco común claro con flexibilidad para la innovación, cumple de la manera más eficiente para responder a las necesidades urgentes tanto de los operadores económicos como de los organismos del sector público.
• Elección del instrumento
La elección de un Reglamento Europeo como instrumento legal se justifica por la necesidad de garantizar un marco uniforme de aplicación para la identificación segura, autenticación e intercambio de declaraciones de tributos por parte de los operadores económicos y organismos públicos en todo el Mercado Único. Solo las normas directamente aplicables pueden garantizar que las carteras empresariales europeas funcionen sin problemas en todo el Mercado Único y que sus efectos legales sean reconocidos y aplicados por igual en todos los Estados miembros, lo cual es esencial para salvaguardar las libertades fundamentales de establecimiento y de prestación de servicios, actualmente debilitadas por soluciones nacionales divergentes y procedimientos fragmentados.
La aplicabilidad directa de un Reglamento Europeo, de acuerdo con el artículo 288 TFUE, evitará una mayor fragmentación legal y garantizará que los operadores económicos y los organismos públicos puedan confiar en un instrumento común con la misma seguridad jurídica en toda la Unión.
Además, para garantizar la aplicación coherente de todos los instrumentos relacionados y teniendo en cuenta que el Marco EUDI (EIDAS + EIDAS2) está establecido por un Reglamento, la presente propuesta también debe adoptar la misma forma jurídica.
3. RESULTADOS DE EVALUACIONES EX-POST, CONSULTAS CON PARTES INTERESADAS Y EVALUACIONES DE IMPACTO
• Consultas con las partes interesadas
para la elaboración de la propuesta regulatoria se realizaron consultas específicas para las carteras empresariales europeas, reflejando su enfoque particular en las interacciones B2G y B2B. Una convocatoria de pruebas se celebró entre mayo y junio de 2025 y recibió casi cien contribuciones de empresas, asociaciones empresariales, registros, autoridades públicas y ciudadanos de 17 Estados miembros y varios terceros países. La Comisión también realizó encuestas, entrevistas en profundidad y una serie de talleres dedicados con Estados miembros, registros, pymes, representantes de la industria y proveedores de servicios de confianza. Los comentarios se complementaron con aportaciones de conferencias y diálogos «ad hoc» con las partes interesadas a lo largo de 2025.
La estrategia de consulta se centró en cuestiones específicas relevantes para los operadores económicos y organismos del sector público, incluyendo requisitos operativos, integraciones técnicas, optimizaciones de flujos de trabajo e integración de obligaciones de informe, adaptadas para captar las realidades técnicas y prácticas a las que se enfrentan los usuarios profesionales.
Los interesados destacaron que las herramientas y canales digitales existentes para las actividades administrativas están muy fragmentados, especialmente en los intercambios transfronterizos, lo que conduce a envíos repetitivos de datos y cargas administrativas. Varias actividades administrativas fueron descritas como excesivamente burocráticas, especialmente aquellas que implicaban el intercambio de documentos, el cumplimiento y la verificación entre Estados miembros. Estas actividades suelen ser lentas, repetitivas y propensas a errores humanos.
Los encuestados anticiparon que las carteras europeas de empresas podrían reducir significativamente el coste y la complejidad de las tareas administrativas. Los beneficios citados incluyeron servicios más rápidos, mayor precisión de los datos y operaciones transfronterizas mejoradas. Muchos actores implicados expresaron ser proclives a adoptar una solución basada en la nube como las «European Business Wallets», especialmente si agiliza procesos y reduce costes. Sin embargo, se expresaron preocupaciones sobre los desafíos de integración y la necesidad de una orientación y apoyo claros. Además, los interesados identificaron diversos casos de uso y oportunidades de ahorro de costes, incluyendo la automatización de la verificación de identidad, la simplificación de procesos de cumplimiento y la posibilitación de transacciones transfronterizas seguras. Los beneficios potenciales se cuantificaron en términos de tiempo ahorrado en tareas administrativas y reducción de procesos manuales.
Los resultados de la consulta pusieron de manifiesto la necesidad de un enfoque armonizado en la identidad empresarial, la representación (poderes) y el cumplimiento normativo. Las recomendaciones incluían la necesidad de neutralidad tecnológica, asegurando que las carteras sean tecnológicamente neutrales, flexibles y «a prueba de futuro», basándose en estándares y protocolos armonizados. La interoperabilidad es fundamental, ya que las carteras estarán integradas con marcos existentes, como la EU Digital Identity Wallet (Cartera IDUE), para garantizar operaciones transfronterizas sin interrupciones. Las carteras deberían basarse en modelos sostenibles y orientados al mercado, con directrices claras y apoyo a la adopción. Debe prestarse especial atención a las pymes, teniendo en cuenta sus desafíos en la adopción de herramientas digitales y la necesidad de casos de uso claros y accionables.
La estrategia de consulta con las partes interesadas proporcionó valiosos puntos de vista sobre las necesidades, desafíos y expectativas de los operadores económicos y organismos del sector público respecto a las carteras europeas de empresas. Las conclusiones favorecían el desarrollo de la nueva normativa, asegurando que responda a las necesidades específicas de los usuarios profesionales cumpliendo varias expectativas: ser tecnológicamente neutrales y a prueba de futuro; permitir la recuperación segura de datos de registros empresariales y otras fuentes auténticas, garantizando la interacción rastreable; permitiendo un modelo orientado al mercado y, finalmente, haciendo obligatoria la aceptación de las «Business Wallets» para los organismos públicos para garantizar una adopción coherente y eficaz en toda la UE.
La iniciativa también se basa en la amplia consulta pública realizada en 2021 en el contexto de la revisión del Reglamento eIDAS, que recopiló amplios comentarios sobre identidad digital y servicios de confianza. Los resultados de esa consulta siguen siendo válidos para comprender las expectativas de los usuarios en cuanto a interoperabilidad, seguridad jurídica, usabilidad transfronteriza y confianza. Por lo tanto, no se acometió ninguna consulta pública abierta en este sentido.
• Recogida y uso de experiencia
Para preparar esta iniciativa regulatoria, la Comisión recurrió a la experiencia externa. Más allá de los intercambios regulares con expertos de los Estados miembros, registros empresariales y representantes del sector, la Comisión contrató a consultoras especializadas para apoyar la recopilación y análisis de pruebas. Estas consultoras realizaron entrevistas y encuestas específicas con las partes interesadas, recopilaron retroalimentación cualitativa y cuantitativa, y realizaron un análisis coste/beneficio para el «Documento de Trabajo del Personal». Su trabajo se complementó con la experiencia interna de la Comisión.
• Documento de trabajo del personal
Para esta propuesta se concedió una eximente a la evaluación de impacto, ya que los «European Business Wallets» se basan directamente en la elección política ya evaluada en 2021 para el Marco Europeo de Identidad Digital y la adaptan al contexto y necesidades específicas de los operadores económicos y organismos del sector público. Por tanto, la propuesta sigue la opción preferida de 2021, es decir, el establecimiento de un marco de cartera armonizado con efecto legal a nivel de toda la Unión, personalizándolo a las interacciones profesionales. Sin embargo, se preparó un «Documento de Trabajo del Personal» que analizaba en detalle los costes y beneficios esperados de la propuesta. El documento proporciona la lógica de intervención (problemas, factores de impulso y objetivos), describe la opción política y cuantifica los impactos económicos tanto para organismos públicos como para operadores económicos basándose en investigaciones de métodos mixtos, incluyendo análisis cuantitativo y cualitativo de fuentes públicas, datos de encuestas y datos de entrevistas combinados con fuentes secundarias (los detalles completos sobre la metodología se proporcionan en el Documento de Trabajo del Personal).
Para cumplir los objetivos de simplificación, reducción de la carga administrativa e interacciones digitales transfronterizas seguras, la iniciativa exige que todos los organismos del sector público de la UE acepten las carteras europeas de empresas en su interacción con los operadores económicos para cumplir con las funcionalidades mínimas básicas (identificación/autenticación; firma/sellado; presentación y recepción de documentos y notificaciones oficiales). que tienen un efecto legal equivalente a los procesos basados en papel o presenciales en toda la UE. El instrumento es neutral tecnológicamente y está orientado al mercado: no prescribe un diseño único, deja espacio para características innovadoras más allá de la capa común y garantiza interoperabilidad con servicios de confianza eIDAS y fuentes auténticas.
Los impactos de la opción política se detallan en el Anexo 3 del Documento de Trabajo del Personal (¿A quien afecta y cómo?). El análisis de costes-beneficio indica que existen costes directos anuales tanto para los operadores económicos como para los organismos del sector público. Se dividen en costes puntuales de formación e incorporación, activación e implementación de TIC, costes de contratación/adquisición, y en costes recurrentes de licencias y mantenimiento. En general, cuando las carteras empresariales alcancen su máximo potencial y la tasa de adopción, tanto para organismos públicos como para operadores económicos, alcance el 100%, los costes y beneficios totales estimados podrían alcanzar las siguientes cifras:
Interesado
Num. en la UE
Año 1 (€ miles de millones)
Año 2 (€ miles de millones)
Beneficios
Costes
Beneficios netos
Beneficios
Costes
Beneficios netos
Organismos del sector público
95,825
19.13
7.32
11.81
19.13
1.15
17.98
Operadores económicos
32,721,957
205.82
60.67
145.15
205.82
27.23
178.59
Total
224.95
67.99
156.96
224.95
28.38
196.57
Entre las microempresas, los autónomos podrían utilizar sus carteras de identidad digital de la UE para acceder al canal de comunicación recién introducido e interactuar con el ecosistema de la cartera empresarial, sin necesidad de obtener una cartera empresarial completa. Según los precios actuales del mercado en toda la UE, el coste anual recurrente estimado de este servicio rondaría los 45 €, lo que sugiere que estos operadores podrían conectarse al ecosistema a un coste relativamente bajo.
• Encuadre regulatorio y simplificación
Esta propuesta define las Carteras Empresariales Europeas como una herramienta única y armonizada para que los operadores económicos identifiquen, firmen, almacenen, presenten y reciban documentos en sus interacciones con las autoridades públicas. Permitirá reemplazar procedimientos nacionales fragmentados con una solución segura e interoperable, eliminando así la complejidad administrativa y reduciendo los costes de cumplimiento.
Para los organismos del sector público, se agilizan los procesos de informes y verificación, permitiendo una supervisión y un constancia de trámites realizados más eficientes. Para los operadores económicos, en particular las pymes, elimina procedimientos repetitivos y cargas desproporcionadas. Estos últimos son los que más se benefician, ya que están desproporcionadamente afectados por procedimientos burocráticos fragmentados y duplicados. Los beneficios directos se estiman en 4.000 € anuales a nivel individual para las microempresas y 42.250 € al año para las grandes pymes, pero el impacto va más allá del ahorro de costes: los procedimientos transfronterizos simplificados permitirán un despliegue empresarial más rápido en el extranjero, un acceso más fácil a la financiación y una mayor participación en los mercados de contratación. Al garantizar la seguridad jurídica y la aplicación uniforme, la propuesta promueve la libre circulación de bienes y servicios, al mismo tiempo que fomenta la innovación, permitiendo que las características orientadas al mercado prosperen.
•Derechos fundamentales
Aunque esta propuesta legislativa se dirige principalmente a personas jurídicas, apoya indirectamente la protección de varios derechos fundamentales consagrados en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Al proporcionar un instrumento armonizado y de confianza para las interacciones empresariales transfronterizas, la iniciativa refuerza la libertad para llevar a cabo un negocio (Artículo 16) al eliminar barreras innecesarias en el Mercado Único. También facilita el ejercicio de la libertad de elegir una ocupación y el derecho a trabajar (Artículo 15), ya que empresas y profesionales pueden expandir sus actividades más fácilmente y a menor coste.
En su papel de «guardianes» de los procedimientos administrativos dentro del Mercado Único, los organismos del sector público podrán ofrecer procedimientos más transparentes y eficientes, reforzando así indirectamente el derecho a una buena administración (artículo 41). Las carteras europeas empresariales también contribuyen a garantizar un alto nivel de protección de los datos personales (Artículo 8) conforme a las leyes vigentes de la UE, en particular el Reglamento (UE) 2016/67. Por ejemplo, la función de divulgación selectiva, inspirada en el Marco Europeo de Identidad Digital, también sirve como medida para la protección de datos personales, ya que los usuarios de las carteras empresariales europeas pueden limitar el tipo y la cantidad de datos comunicados a otros titulares de carteras empresariales europeas y a partes interesadas en una gestión de declaraciones de atributos (partes informadas). . Además, al preparar la implementación del Directorio Digital Europeo, deben considerarse los principios y obligaciones relevantes de protección de datos, como la minimización y la protección de datos tanto por diseño como por defecto.
Finalmente, al aumentar la precisión y fiabilidad de las credenciales empresariales, la propuesta refuerza indirectamente la protección del consumidor (Artículo 38) y contribuye a la confianza general en la dinámica del Mercado Único.
4. IMPLICACIONES PRESUPUESTARIAS
La inclusión de entidades de la Unión Europea tendrá implicaciones financieras, que estarán predominantemente cubiertas por el presupuesto de la UE bajo el Marco Financiero Multianual (FMF) 2028-2034. Estos costes están principalmente asociados a la implementación y uso de las carteras europeas de empresas por parte de las entidades de la Unión y al establecimiento y mantenimiento del Directorio Digital Europeo dentro de la Comisión.
En el ‘estado financiero’ vinculado a esta propuesta se ofrece una visión detallada de los costes implicados.
5. OTROS ELEMENTOS
• Planes de implementación e implementación de supervisión, evaluación e informes
El impacto del Reglamento propuesto será supervisado y evaluado conforme a las Better Regulation Guidelines (Directrices de mejor Regulación), que cubren su implementación y aplicación. El sistema de supervisión constituye una parte importante de la propuesta. La Comisión supervisará su implementación con el fin de generar la información necesaria y relevante que alimente una evaluación futura y proporcione pruebas sólidas para la formulación de políticas. En particular, se evaluarán y supervisarán los siguientes aspectos: 1) reducción de la carga administrativa del cumplimiento normativo y los requisitos de reporte para las empresas mediante beneficios económicos demostrables; 2) mejora en la prestación de servicios públicos y 3) mejora de la competitividad gracias a la introducción de «Business Wallets».
Dado el alcance horizontal de esta regulación y considerando los amplios usos que las «Business Wallets» podrían favorecer en diversos sectores económicos, será importante garantizar una coordinación eficiente y colaborativa de su implementación. Para ello, se establecerá un «cross-Commission interservice group» (grupo interservicios de la Comisión) presidido por DG CONNECT.
Sobre la aplicación del instrumento propuesto, la Comisión Europea y las Autoridades Competentes Nacionales evaluarán también: 1) el desarrollo de un mercado para la identificación digital segura y los servicios de confianza entre operadores económicos y organismos del sector público; 3) fiabilidad y seguridad de las soluciones disponibles y su cumplimiento de todos los requisitos para proporcionar carteras empresariales europeas y 3) adopción de carteras empresariales entre diferentes sectores.
Cuatro años después de la adopción del Reglamento, la Comisión realizará una evaluación para medir la eficacia con la que las carteras empresariales europeas han cumplido sus objetivos. La evaluación se centrará en particular en la usabilidad de las funcionalidades mínimas de las carteras, el nivel de cumplimiento de los proveedores de carteras, el funcionamiento de la supervisión nacional y las sanciones, el rendimiento de los servicios electrónicos de notificaciones certificadas cualificados y el uso de carteras empresariales. Los Estados miembros proporcionarán a la Comisión los datos y evidencias necesarios para esta evaluación (para un análisis en profundidad del aspecto de seguimiento y evaluación, véase el Capítulo 9 de la versión no simplificada del Documento de Trabajo del Personal).
• Explicación detallada de las disposiciones específicas de la propuesta
El Capítulo I establece el tema y el alcance de la propuesta que se aplica a la provisión y aceptación de las carteras empresariales europeas. También establece las definiciones utilizadas a lo largo del instrumento regulatorio. La definición de las carteras empresariales europeas es deliberadamente amplia y tecnológicamente neutral para permitir flexibilidad para diversas soluciones impulsadas por el mercado y futuros desarrollos tecnológicos, una cartera digital que permite a los propietarios almacenar, gestionar y compartir datos de identificación verificados y declaraciones electrónicas de atributos, así como emitir y delegar mandatos y poderes de manera legalmente reconocida.
El Capítulo II establece los componentes clave del marco de las Carteras Empresariales Europeas. Establece el principio de equivalencia jurídica, sirviendo como una disposición que equipara las acciones realizadas a través de una cartera empresarial europea con las realizadas en persona, en papel o por cualquier otro medio o proceso: un elemento esencial para eliminar fricciones administrativas en los intercambios correspondientes. El principio de equivalencia también se aplica al uso del servicio electrónico de notificación certificada cualificada (entrega registrada) por autónomos. En el mismo capítulo, se define un conjunto mínimo e interoperable de funcionalidades centrales, junto con un servicio electrónico de notificaciones cualificado como servicio independiente para los usuarios de Carteras de Identidad Digital Europeas, junto con los requisitos técnicos, ampliados en el Anexo y que se prevé que se complementen mediante actos de implementación. Las disposiciones de este capítulo también abordan quién puede proporcionar carteras europeas de empresas, los requisitos relevantes que deben cumplir dichas personas jurídicas y el proceso que debe seguir una entidad elegible a nivel nacional para ser incluida en la lista de proveedores de confianza. Para garantizar un reconocimiento transfronterizo consistente, la propuesta se basa en los datos de identificación de los propietarios de «European Business Wallets» emitidos como declaraciones electrónicas de atributos por proveedores cualificados de servicios de confianza, organismos públicos nacionales o por la Comisión para las entidades de la Unión Europea. El uso de estas certificaciones garantiza que cada propietario de «Business Wallet» pueda ser identificado de forma fiable a partir de información oficial y verificable. Además, se atribuye un identificador único a cada propietario de «Business Wallet». Cuando se asigna un Identificador Único Europeo conforme a la Directiva de Derecho de Sociedades (UE) 2017/1132 o la Directiva contra el Blanqueo de Capitales, las carteras comerciales utilizarán el Identificador Único Europeo como identificador único. En otros casos, los Estados miembros designan los registros nacionales existentes y los números de registro correspondientes como la fuente auténtica para generar un identificador equivalente. La estructura y las especificaciones técnicas de este identificador, que garantizarán la unicidad e interoperabilidad a nivel de la Unión, se definirán mediante actos de implementación.
Para permitir una comunicación sencilla a través de las carteras empresariales, la propuesta también establece un Directorio Digital Europeo, que será creado y mantenido por la Comisión y permitirá contactar fácilmente a operadores económicos y organismos del sector público, al tiempo que implementará medidas adecuadas para la protección de los datos personales. En este sentido, la Comisión establecerá normas, especificaciones técnicas y las categorías de información que deberán comunicarse a la Comisión del Directorio mediante actos de ejecución.
El Capítulo II también establece el mecanismo de gobernanza y supervisión. Para minimizar la fragmentación y aprovechar la experiencia existente, la propuesta nombra a los órganos supervisores eIDAS existentes como autoridades supervisoras en cada Estado Miembro para los proveedores de «Business Wallets» establecidos en los respectivos territorios. Estas autoridades también ayudan a los proveedores de carteras empresariales a acceder a la información necesaria para la emisión de datos de identificación de propietarios por parte de los emisores basados en la información disponible de fuentes auténticas, cooperan estrechamente con las autoridades competentes para proveedores de servicios de confianza cualificados y notifican a la Comisión sobre los registros nacionales que poseen datos sobre operadores económicos y organismos del sector público. En este sentido, el Reglamento contempla el rol y las funciones de dichas autoridades. Dado el equilibrio institucional de los Tratados, las instituciones, organismos y agencias de la UE (entidad de la Unión) no están sujetos a la supervisión de los Estados miembros. La propuesta prevé, en cambio, un sistema de supervisión a nivel de la Unión Europea sometido a la Comisión.
En el Capítulo III se establecen las obligaciones impuestas a los organismos del sector público. Estas disposiciones garantizan que los organismos del sector público permitan a los operadores económicos utilizar las carteras europeas de empresas para identificar, autenticar, firmar o sellar, presentar documentos y enviar o recibir notificaciones en procedimientos administrativos o de reporte. Para el intercambio de documentos y notificaciones, los organismos públicos deben poseer ellos mismos una cartera europea de negocios y utilizar el canal de comunicación seguro. Las obligaciones deben cumplirse en plazos establecidos. Los organismos del sector público también pueden reconocer el uso de las carteras europeas de empresas y el canal de comunicación (para autónomos) como el único medio para presentar documentos electrónicos y declaraciones de atributos cuando sea necesario por la legislación de la Unión. La Comisión revisará estas obligaciones y su alcance a lo largo del tiempo.
El Capítulo IV establece la dimensión internacional del marco europeo de la cartera empresarial, estableciendo la posibilidad de reconocer sistemas desarrollados en terceros países que ofrezcan funcionalidades equivalentes a la propuesta cuando las condiciones relevantes garantizan un nivel comparable de confianza, seguridad e interoperabilidad. Este enfoque permite a la UE facilitar intercambios globales de confianza con socios no comunitarios, manteniendo al mismo tiempo los altos estándares de la Unión en materia de identidad digital, autenticación e integridad de los datos.
El capítulo V contiene las disposiciones horizontales y de cierre. Establece la evaluación y revisión de la propuesta de regulación para valorar la eficacia de su implementación y el funcionamiento del marco de supervisión.
Los días 12 y 13 de noviembre de 2025, EADTrust organizó un evento formativo para que los alumnos puedan entender la forma en que el desarrollo de la física cuántica nos ha permitido llegar a programar ordenadores cuánticos que, entre otras muchas aplicaciones, permiten obtener las claves privadas a partir de las públicas en los sistemas de criptografía de clave pública más utilizados (con el afamado algoritmo de Shor). Hice un recordatorio hace unos días.
Todavía falta algún tiempo para el criptocalipsis pero es muy recomendable iniciar la transición a la criptografía postcuántica lo antes posible, especialmente a la vista de la amenaza «Harvest now, decrypt later».
Y de eso iba la segunda parte del evento: identificar las directivas y reglamentos europeos que establecen obligaciones en la mejora de la seguridad de las organizaciones, interpretando como cumplirlas, entre otras acciones llevando a cabo la adopción de la criptografía postcuántica, siguiendo las recomendaciones de diferentes organizaciones, incluyendo el Centro Criptológico Nacional.
Los alumnos procedían de diferentes sectores: despachos de abogados , organismos de la administración pública, empresa consultoras especializadas en ámbitos legales, prestadores de servicios de confianza,…
Y tuvieron ese efecto «Wow» que he ido anunciando a todos los que les comenté sobre la organización de este evento en las semanas previas a su realización.
Porque sin conocimientos previos de física se llegan a entender conceptos como la «superposición» y «entrelazamiento» de los qubits y como se utiliza la notación de Dirac al definir algoritmos cuánticos utilizando puertas simbólicas como la de Hadamard en el Quantum Composer de IBM.
La clave de este aprendizaje es la metodología ENSAR (Experience Name, Speak, Apply and Repeat) de Jorge Christen y las actividades de construcción de modelos representativos de conceptos cuánticos, como la esfera de Bloch, haciendo uso del IQC Kit de Jorge.
Ya estamos preparando la siguiente edición de este evento formativo, que tendrá lugar la última semana de febrero de 2026.
El concepto Digital Transaction Management (DTM), Gestión de Transacciones Digitales engloba un conjunto de servicios y tecnologías basados en la nube diseñados para gestionar digitalmente transacciones basadas en documentos. El objetivo principal de la Gestión de Transacciones Digitales es eliminar la fricción inherente a las transacciones que involucran personas, documentos y datos, creando procesos más rápidos, fáciles, convenientes y seguros.
Los componentes clave de un sistema DTM incluyen:
Firmas electrónicas: Permiten la vinculación de documentos a sus firmantes, su autenticación segura y la atribución legalmente vinculante de documentos firmados.
Gestión de documentos y transacciones: Incluye almacenamiento digital, asociado al concepto de custodia, organización y recuperación eficiente de documentos y operaciones.
Automatización de flujos de trabajo: Reduciendo tareas manuales y mejorando la consistencia de los procesos.
Protocolos de seguridad: Implementando el cifrado donde se precisa (teniendo en ciuenta los riesgos que anuncia la computación cuántica) y controles de acceso para proteger información sensible.
Autenticación digital: Verificando la identidad de los participantes en las transacciones.
Gestión de evidencias digitales para favorecer la fuerza probatoria en contextos de resolución de controversias.
Gestión de entornos híbridos de documentos digitales y en papel, con gestión de la digitalización cualificada de documentos en papel con fuerza probatoria y documentos nacidos digitales que se pueden usar impresos por la posibilidad de cotejo de su CSV (Código Seguro de Verificación) en su sede electrónica de referencia.
Los servicios de EADTrust encajan perfectamente en el concepto de Digital Transaction Management, ya que ofrecen varias soluciones clave que son fundamentales para la gestión digital de transacciones:
Firmas electrónicas cualificadas: EADTrust emite certificados cualificados para personas físicas y entidades legales, que permiten la creación de firmas y sellos electrónicos avanzados y cualificados. También ofrece servicios de comprobación de las firmas electrónicas que se reciben en las entidades.
Sellos de tiempo cualificados: Estos sellos permiten probar el momento exacto en que ocurrió un evento digital, dejando un registro irrefutable de la fecha, hora y contenido del evento mediante criptografía. Se asocia un sello de teiempo con cada transacción.
Custodia digital: EADTrust ha desarrollado una tecnología que permite a los usuarios almacenar documentos digitalmente, pudiendo probar su autenticidad a través de CSV y su inalterabilidad mediante métodos criptográficos avanzados. En línea con la normativa de eArchivos de EIDAS2
Notificaciones certificadas (Noticeman): Ofreciendo una plataforma de gestión de correo electrónico y SMS certificados que permite registrar la identidad del remitente, el receptor, el contenido y el momento exacto en que se realizaron las comunicaciones.
Servicios corporativos: Proporcionan testimonios de publicación de documentos a las entidades obligadas para convocatorias de juntas generales de accionistas, foros y gestión de voto electrónico, cumpliendo con la Ley de Sociedades de Capital.
Custodia de claves privadas: Celebran ceremonias de creación de claves, generando pares de claves asimétricas y manteniendo la clave privada para garantizar la integridad. Estos servicios son esenciales en la gestión de firmas manuscritas capturadas en tabletas digitalizadoras
Estos servicios de EADTrust abordan aspectos críticos de DTM, como la autenticación, la seguridad, la gestión de documentos y el cumplimiento normativo. Al ofrecer estas soluciones, EADTrust contribuye significativamente a la transformación digital de las empresas, permitiéndoles gestionar sus transacciones de manera más eficiente, segura y conforme a la normativa vigente.
En relación con las Carteras IDUE ayuda a adaptarse a las entidades obligadas por mandato del Reglamento EIDAS2 en el articulo 5 septies:
Cuando el Derecho de la Unión o nacional exija que las partes usuarias privadas que prestan servicios —con la excepción de las microempresas y pequeñas empresas según se definen en el artículo 2 del anexo de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión ( 5 )— utilicen una autenticación reforzada de usuario para la identificación en línea, o cuando se requiera una autenticación reforzada de usuario para la identificación en línea en virtud de una obligación contractual, en particular en los ámbitos del transporte, la energía, la banca, los servicios financieros, la seguridad social, la sanidad, el agua potable, los servicios postales, la infraestructura digital, la educación o las telecomunicaciones, dichas partes usuarias privadas también aceptarán, a más tardar treinta y seis meses a partir de la fecha de entrada en vigor de los actos de ejecución a que se refieren el artículo 5 bis, apartado 23, y el artículo 5 quater, apartado 6, y únicamente a petición voluntaria del usuario, las carteras europeas de identidad digital proporcionadas de conformidad con el presente Reglamento.