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El Reglamento de las «European Business Wallets»: recorrido legislativo y encaje en eIDAS2


Recorrido legislativo y encaje en eIDAS2. Estado del expediente a septiembre de 2026.

La European Business Wallet avanza en el procedimiento legislativo ordinario y estos meses concentran sus pasos decisivos. Antes de entrar en el detalle, conviene situar dónde está hoy el expediente.

Estado a septiembre de 2026: el Consejo fijó su posición negociadora (orientación general) el 9 de junio de 2026; el Comité de las Regiones adoptó su dictamen el 1 de julio de 2026; y la comisión ITRE del Parlamento Europeo tiene previsto votar su informe el 10 de septiembre de 2026, el paso que abrirá la puerta a los trílogos. A la fecha de esta entrada, la votación de ITRE es inminente pero aún no se ha celebrado, y no hay todavía posición del Pleno ni negociaciones interinstitucionales en marcha.

Qué es la European Business Wallet

La European Business Wallet (EBW) es una cartera digital pensada para toda empresa de la UE  (con especial atención a las pymes) con la que identificarse digitalmente, firmar (sellar) electrónicamente y relacionarse con plena eficacia jurídica tanto con las administraciones públicas (B2G) como con otras empresas (B2B) a través de las fronteras. Entre sus funciones nucleares: identificación y autenticación con un identificador único y persistente de empresafirmas y sellos electrónicos y sellado de tiempo; emisión, custodia e intercambio de documentos electrónicos verificados y credenciales de atributos de empresa (licencias, certificados, permisos, extractos); gestión de mandatos y poderes de representación (quién puede actuar por la sociedad); y entrega electrónica certificada y comunicación segura, habilitando además la facturación electrónica y la reutilización de datos bajo el principio de «solo una vez» (OOTS).

La Comisión la presentó como pieza de la agenda de simplificación (el «Digital Omnibus»), con una estimación de ahorro de al menos 150 000 millones de euros anuales para las empresas europeas.

Encaje en eIDAS2

La EBW se construye sobre la misma arquitectura de confianza que la cartera de identidad digital europea (EUDI Wallet) del Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS2), al que la propuesta modifica de forma limitada para alinear ambos instrumentos. La distinción esencial es el sujeto: la EUDI Wallet se orienta a las personas físicas, mientras que la EBW se orienta a las personas jurídicas / empresas, añadiendo la identidad organizativa, los mandatos y poderes de representación y las certificaciones asociadas a las actividades de negocio. En la práctica, la EBW reutiliza el andamiaje de servicios de confianza de eIDAS2 (firma y sello electrónicos, sellos de tiempo, entrega electrónica certificada, listas de confianza) y lo proyecta al mundo de la empresa.

Recorrido legislativo

La propuesta sigue el procedimiento legislativo ordinario (procedimiento 2025/0358(COD)). Estos son los hitos con fecha:

FechaÓrganoHito
19 nov 2025Comisión EuropeaAdopción de la propuesta de Reglamento — COM(2025) 838 final.
19 ene 2026Parlamento EuropeoRemisión anunciada en el Pleno; ITRE como comisión competente, ponente Eero Heinäluoma (S&D, FI).
20 ene 2026SEPD (EDPS)Dictamen 5/2026 sobre la propuesta.
18 mar 2026CESEDictamen INT/1110 (ponente Philip Von Brockdorff).
~1 abr 2026Parlamento EuropeoProyecto de informe de ITRE (PE785.244).
23 abr 2026Parlamento EuropeoPlazo de enmiendas en comisión.
4 jun 2026Parlamento EuropeoOpinión de la comisión IMCO.
8 jun 2026Parlamento EuropeoOpinión de la comisión JURI (ponente Axel Voss).
9 jun 2026Consejo de la UEOrientación general (posición negociadora), Consejo TTE, Presidencia chipriota.
1 jul 2026Comité de las RegionesDictamen adoptado (ponente Branislav Zacharides): integración con el Portal Digital Único / OOTS y apoyo a las pymes. (Nuevo)
10 sep 2026 (previsto)Parlamento EuropeoVotación del informe en la comisión ITRE — inminente; abre la vía a los trílogos. (Nuevo)
PendientePE / ConsejoPosición del Pleno del PE y trílogos (no iniciados).

El expediente en el observatorio legislativo del Parlamento (OEIL) figura todavía como «a la espera de la decisión de la comisión».

El acuerdo general del Consejo (9 de junio de 2026)

El Consejo introdujo varios cambios de calado sobre la propuesta de la Comisión: que las EBW complementen, y no sustituyan, los sistemas nacionales B2B/B2G existentes (énfasis en la interoperabilidad); un listón más alto de ciberseguridad y de autorización para los proveedores de cartera; una ampliación del plazo de evaluación de las solicitudes de proveedor por los organismos de supervisión de 30 a hasta 60 días; y mayor remisión del detalle a actos de ejecución de la Comisión. El objetivo político reiterado es alcanzar un acuerdo para finales de 2026.

Puntos de debate

  • Voluntariedad frente a obligatoriedad. De momento la EBW es voluntaria para las empresas (no impone obligaciones directas de negocio), pero la cláusula de revisión podría endurecer esto más adelante.
  • Ámbito y solapamiento. Debe complementar los sistemas nacionales y el OOTS, no duplicarlos (insistencia del Consejo y del Comité de las Regiones).
  • Pymes y coste. CESE y Comité de las Regiones piden incentivos, financiación y sencillez para que la carga no recaiga en las pequeñas empresas.
  • Protección de datos y soberanía de nube europea. Dictamen del SEPD 5/2026; en el Parlamento se defiende que los datos de la cartera se alojen en proveedores de nube europeos y se almacenen en la UE.
  • Ciberseguridad y autorización de proveedores. El Consejo elevó el umbral y amplió los plazos de evaluación.

Calendario de aplicación previsible

Sujeto al resultado de la negociación, el esquema que se maneja es: entrada en vigor tras la adopción (previsiblemente a principios de 2027, con la publicación en el DOUE); a los 24 meses, obligación de todas las administraciones públicas de aceptar las funciones nucleares de la EBW (sin poder rechazar una actuación válida por el mero hecho de ser digital); y a los 3 años, revisión de la Comisión, incluida la valoración de si conviene ampliar el ámbito o hacer obligatorio su uso.

Qué aspectos requerirán nuestra atención

El siguiente hito determinante es la votación de ITRE del 10 de septiembre de 2026: fijará la posición negociadora del Parlamento y, con el mandato del Consejo ya listo desde junio, permitirá abrir los trílogos con vistas al acuerdo político de finales de 2026.

Servicios Profesionales de EADTrust

La recopilación y el análisis de esta información se enmarcan en los Servicios Profesionales de EADTrust (European Agency of Digital Trust). Si tu organización (administración pública o empresa) está valorando proyectos de adaptación a las carteras de identidad y de empresa (EUDI Wallet y European Business Wallet) o de desarrollo del ecosistema eIDAS2, en EADTrust podemos acompañarte en el análisis normativo, el diseño y la implantación.

Contacta con nosotros por correo electrónico en info@eadtrust.com o por teléfono en el 902 365 612 o en el 91 7160555. Más información en eadtrust.com.

Fuentes

Certificado EPREL para Trabajadores Autónomos, Asociaciones y Cooperativas


La normativa del Registro Europeo de Productos de Etiquetado Energético (EPREL), se orienta, en su diseño, al registro de personas jurídicas como responsables de los productos, asignando al Identificador de Organización Europeo (NTR) el rol de identificación oficial de la organización, tal como se recoge en el «User Manual for Suppliers» publicada por la Comisión Europea en el sitio oficial de EPREL (última versión: 27‑06‑2025). A partir del 22 de abril de 2025, solo se admitirán sellos electrónicos que incluyan el NTR como identificador de organización, en aplicación de lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/994.

Aunque es posible que el responsable de un producto eléctrico afectado por la normativa de eficiencia energética sea una persona física (o natural), como por ejemplo, un trabajador autónomo, o sea una entidad sin figura jurídica clásica (y, por tanto, sin inscripción en el Registro Mercantil), como algunos tipos de cooperativas y asociaciones, siempre que se cumplan los requisitos de verificación y de identificación establecidos, debe poder registrar productos eléctricos en EPREL.

La norma oficial de EPREL no es clara en cuanto a la forma de inscribir trabajadores autónomos, Cooperativas y Asociaciones en EPREL y en cuanto a la forma de obtener certificados cualificados para ese fin.

Sin embargo, EADTrust ha cooperado con el Registro EPREL para resolver esta problemática específica.

Aunque no existe un “manual específico” público para autónomos, asociaciones o cooperativas, sino un marco general que admite distintos tipos de organizaciones y de identificadores, EADTrust, la entidad de confianza que emite el certificado, sigue las pautas definidas por el organismo EPREL y actúa con criterio técnico y jurídico, sin añadir interpretaciones que puedan generar incertidumbre regulatoria.

Si es su caso, contacte con EADtrust en el 91 7160555 o 902 365 612

Cómo redactar correctamente el apartado de voto y delegación a distancia de una convocatoria de Junta de Accionistas


En muchas convocatorias de juntas de accionistas se incluyen párrafos en la convocatoria o en un documento adjunto posiblemente titulado «Normas de funcionamiento para la representación y votación a través de medios de comunicación a distancia previos a la junta» parecidos a este:

(…) A tal efecto, los accionistas deberán acreditar su identidad, en la aplicación
informática de participación en la Junta, mediante:


(i) el Documento Nacional de Identidad Electrónico,

(ii) un certificado electrónico de usuario reconocido, válido y vigente, de conformidad con lo previsto en la Ley XXX y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), (…)

El ejemplo se incluye para detectar los términos «reconocido» (los certificados, en la actualidad se denominan cualificados tras la publicación del Reglamento UE 910/2014) y la mención expresa a la FNMT es excesivamente restrictiva (en la actualidad son válidos todos los certificados emitidos por PSC -Prestadores de Servicios de Confianza- cualificados) mencionados en la TSL española y en la TSL europea. TSL significa Trusted Service List.

Si está preparando una junta de accionistas, contacte con EADTrust en el 902 365 612 o 917160555 para asegurarse (sin coste) de que redacta de forma adecuada la Convocatoria y los documentos complementarios. Y le podemos explicar los servicios societarios que ofrecemos.

Y no olvide que EADTrust pertenece al reconocido despacho Garrigues

Certificado cualificado de persona jurídica QSEAL para EPREL. Manual para el registro de eficiencia energética


A los largo del último año se han producido algunos cambios en la normativa EPREL y en su implementación y ahora es obligatorio que en los certificados de persona jurídica conste el identificador EUID de personas jurídicas que se codifica como tipo de dato NTR.

Este ha sido uno de los retos gestionados por EADTrust, que hemos ido explicando a nuestros clientes los cambios y la forma de conectarse al registro, gestionar la identidad digital ECAS, y dar de alta a la entidad en el registro de aparatos eléctricos en el que se gestionan las etiquetas de eficiencia energética.

EADTrust es uno de los principales Prestadores de Servicios de Confianza Cualificados que emiten certificados EPREL.

La última versión del manual (disponible en el sitio web de EPREL) es del 15 de julio de 2025: European Product Registry for Energy Labelling (EPREL) – USER MANUAL FOR SUPPLIERS y recoge todas las novedades con mucho detalle. Se nota que en el Organismo han ido detectando los problemas que encuentran las entidades que desean registrar sus productos eléctricos y abundan las explicaciones y las guías para resolver la mayor parte de incidencias que puedan surgir.

He traducido a fecha de 6 de agosto de 2025 el manual (versión 1.46) al español, de modo que esta traducción se suma a otras que hice con anterioridad. Registro Europeo de Productos para el Etiquetado Energético (EPREL) – MANUAL DE USO PARA PROVEEDORES

Las empresas pueden obtener su EUID a través del buscador europeo Business Registers (del European e-Justice Portal) o el Buscador de Sociedades de los Registradores (resolviendo el acertijo de girar una imagen hasta que quede representada de un modo lógico).

Por ejemplo, en el caso de EADTrust el EUID es ES28065.080862918

Contacte con EADTrust para obtener los certificados cualificados necesarios para acceder a EPREL y registrar los productos de su empresa para la etiqueta energética. Llame al +34 91 7160555

Otros artículos anteriores sobre EPREL:

Cambios en EPREL con el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/994 


Recientemente se ha publicado el Reglamento de EJecución (UE) 2024/994 de la Comisión de 2 de abril de 2024 por el que se establecen los detalles operativos de la base de datos de los productos creada en virtud del Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Este Reglamento de Ejecución modifica algunos aspectos del procedimiento de gestión para los trámites relacionados con el etiquetado energético y, entre ellos, los relacionados con la expedición de certificados cualificados, especialmente de persona jurídica, que se requieren para los trámites con el registro europeo de productos para el etiquetado energético (EPREL).

En aplicación del Reglamento (UE) 2017/1369, que, entre otros aspectos establece la creación de una base de datos de productos eléctricos, la Comisión implementó el sistema del registro europeo de productos para el etiquetado energético (EPREL), que consta de dos partes: un sistema público que ofrece acceso gratuito a información pública sobre los modelos de productos introducidos en el mercado de la Unión y un sistema de cumplimiento en el que los proveedores facilitan información pública y técnica sobre dichos modelos de productos, y a los que pueden acceder las autoridades de vigilancia del mercado de los Estados miembros.

El sistema del EPREL proporciona información sobre los productos relacionados con la energía regulados por los Reglamentos Delegados adoptados en virtud del Reglamento (UE) 2017/1369, de la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y, en el caso especial de los neumáticos, en virtud del Reglamento (UE) 2020/740 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Para garantizar la autenticidad de la información y tener la certeza de que esta procede de fuentes de confianza se ha establecido un sistema para verificar la identidad y el derecho a registrar los modelos de productos en el EPREL.

Dado que existen miles de proveedores en los distintos Estados miembros que registran los modelos de productos en el EPREL, la verificación de su identidad de conformidad con la legislación pertinente de la UE y las normas internacionales debe realizarse por vía electrónica, lo que se puede optimizar mediante el uso de certificados electrónicos cualificados emitidos por Prestadores de Servicios de Confianza Cualificados, como EADTrust. Para la emisión de certificados cualificados, los Prestadores siguen procedimientos rigurosos de verificación de identidad.

Solo aquellos proveedores que hayan completado satisfactoriamente el procedimiento de verificación en el EPREL, demostrando su identidad y su país de establecimiento, podrán registrar nuevos modelos de productos, modificar los registros existentes o llevar a cabo cualquier otra operación sobre los modelos que hayan registrado.

La identificación de personas jurídicas se trata en el Artículo 4 «Verificación de las personas jurídicas»

  1. Los proveedores que sean personas jurídicas presentarán elementos de prueba sobre su identidad y su establecimiento en la Unión mediante un sello electrónico cualificado respaldado por un certificado cualificado de sello electrónico expedido por un prestador cualificado de servicios de confianza (como EADTrust) con arreglo al Reglamento (UE) n.o 910/2014. No se aceptará la firma electrónica del representante autorizado de un proveedor que sea una persona jurídica porque no proporciona elementos de prueba sobre el establecimiento en la Unión de dicha persona jurídica.
  2. El certificado cualificado de sello electrónico que respalda al sello electrónico cualificado contendrá el nombre de la persona jurídica tal como conste en el registro mercantil de un Estado miembro, sin omitir espacios, signos de puntuación u otros caracteres especiales. El certificado debe ser conforme con las normas EN 319 412-1 y EN 319 412-3.
  3. El campo «Subject» (objeto) del certificado cualificado de sello electrónico tendrá un atributo llamado «organizationIdentifier» (identificador de la organización) que contendrá información con la siguiente estructura y orden:

a) la referencia del tipo de identidad de la persona jurídica de tres caracteres con el valor del NTR;

b) el código de país de dos caracteres indicado en la norma ISO 3166 referido al país de establecimiento;

c) guion/signo menos, «» (U + 002D);

d) el identificador según la referencia del tipo de identidad para el NTR, utilizando la estructura y el orden siguientes, especificado en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1042 como identificador único europeo (EUID):

i) el identificador del registro mercantil, para la sección u oficina concreta del registro público que haya asignado el número de registro mercantil a la persona jurídica de que se trate,
ii) punto, «.» (U + 002E),
iii) el número de registro mercantil asignado a la persona jurídica por el registro mercantil nacional a que se refiere el inciso i) anterior.

El código de país, que forma parte del EUID y que precede a los tres campos mencionados, así como el dígito de verificación, son opcionales.

  1. Las personas físicas que registren modelos de proveedores que sean personas jurídicas no llevarán a cabo el proceso de verificación electrónica en lugar de dichas personas jurídicas.

Por tanto, los certificados de persona jurídica, que en España se identificaban con el Código CIF, pasarán a identificarse con el Código NTR cuando los certificados se vayan a utilizar para acceder a la base de datos EPREL.

Este es un ejemplo del Código NTR (EUID) de EAD TRUST: ES28065.080862918

Dado que la información registral europea no coincide con la forma de identificar empresas en el Registro Mercantil español ( Tomo, Hoja y Folio ) puede obtenerse la información registral europea (EUID) mediante la herramienta de la Unión Europea que permite buscar empresas en todos los Registros Mercantiles de Europa, de donde se ha obtenido la información del ejemplo anterior.

Contacte con EADTrust si necesita gestionar los certificados de su empresa para las gestiones con el Registro EPREL llamando al 917160555 o 902 365 612.