Identidad digital, Cartera IDUE, Firma electrónica, Archivo digital, blockchain, Medios de pago, eBanca, administración de justicia. administración pública, Seguridad Jurídica Preventiva Digital
Sesión práctica desde el Laboratorio de Confianza Digital del Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE para tratar sobre el marco legal, operación y gobierno de la nueva identidad digital europea.
Se presentarán enfoques y arquitecturas de despliegue, con resultados de proyectos piloto europeos contados por quienes los han construido. Se abordarán los estándares disponibles para Declaraciones Electrónicas de Atributos (DEA) (considerando sus 3 modalidades) y sus oportunidades en el mercado y la sociedad europea.
La sesión reunirá a expertos del ámbito público, tecnológico y jurídico para analizar el estado de despliegue de la European Digital Identity Wallet (EUDI Wallet), los avances derivados de eIDAS2 y las experiencias prácticas de implementación en los pilotos europeos.
Ya tenemos un primer borrador de las intervenciones previstas:
Bienvenida y apertura. Albi Rodríguez Jaramillo, coordinador del Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE.
Hoja de ruta de la Cartera de Identidad Digital de la UE. Ainhoa Inza Blasco, Responsable de Políticas Tecnológicas de EADTrust.
La Cartera Nacional Española. La implementación desde el Estado con Angel Luis Martín Bautista, Subdirector del Departamento de Tecnologías Disruptivas e Integridad de la Información. de la Agencia Estatal de Administración Digital y Sancho Canela Sancho, Experto Senior de Identidad Digital y Director de Proyectos en NTT Data.
Las Declaraciones Electrónicas de Atributos (DEA) en Poderes y Representación. Referencias al Catálogo Estatal de Apoderamientos (CEA) impulsado por el Ministerio de Justicia. Moisés Menéndez Andrés, codirector del Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE.
Panel: Pilotos Europeos y casos de uso
DC4EU, con Lluis Alfons AriñoMartín Adjunto a la Dirección y Comisionado de Gobierno Abierto y TIC de la Universitat Rovira i Virgili y Nacho AlamilloDomingo– Director – Astrea La Infopista Jurídica S.L.
EWC. con Ivan Basart Carrillo, Director de eWallet y de los Productos de Firma Electrónica en España. en Signaturit (Namirial)
WEBUILD. con Raquel Garay Ruiz De Azúa, Responsable del Área de Cumplimiento de Izenpe.
El reto de desarrollo de ecosistema: una experiencia práctica, –Lucas CarmonaAmpuero – Director de Identidad Digital Descentralizada de Teknei
Consideraciones sobre la certificación de Carteras y Cierre. Julián InzaAldaz, Presidente EAD Trust y miembro del Ad Hoc Working Group on EU Digital Identity Wallets Cybersecurity Certificaction de Enisa.
Ayer, 8 de abril de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2026/798 DE LA COMISIÓN de 7 de abril de 2026 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas de referencia y especificaciones para la incorporación a distancia de usuarios a las carteras europeas de identidad digital por medios de identificación electrónica conformes con el nivel de seguridad sustancial junto con procedimientos adicionales de incorporación a distancia cuando la combinación cumpla los requisitos del nivel de seguridad alto.
Este acto de ejecución se basa en el artículo 5 bis, apartado 24, del Reglamento eIDAS (UE) 910/2014.
Su objetivo es fijar normas técnicas y especificaciones armonizadas para permitir la incorporación remota (onboarding) segura de usuarios a las carteras europeas de identidad digital (EUDI Wallets), utilizando medios de identificación electrónica (eID) de nivel de seguridad sustancial, y procedimientos adicionales para alcanzar el nivel alto. Esto garantiza confianza, seguridad y coherencia en toda la UE.
Los «Considerandos» principales:
La incorporación remota es esencial para verificar la identidad del usuario y vincularla a la cartera y al dispositivo.
Se utilizan normas ya consolidadas (basadas en ETSI) adaptadas al contexto de las carteras europeas.
Cuando el eID ya tiene nivel alto, no es necesario repetir verificaciones.
Para eID no notificados, se exige evaluación por organismos acreditados.
Se aplican plenamente las normas de protección de datos (RGPD, Reglamento 2018/1725 y Directiva 2002/58/CE).
Incluye 2 artículos:
Artículo 1: Establece que las normas de referencia y especificaciones aplicables figuran en el Anexo.
Artículo 2: Entrada en vigor y aplicabilidad (ver abajo).
El Anexo remite a la norma ETSI TS 119 461 V2.1.1 (febrero 2025) y selecciona/adapta sus cláusulas para dos escenarios:
Incorporación remota con eID de nivel sustancial (Baseline LoIP).
Procedimientos adicionales para alcanzar nivel alto (Extended LoIP).
Sección 1 – Cláusulas aplicables (selección de la ETSI TS 119 461):
Gestión de riesgos operativos, políticas y prácticas, gestión del servicio de verificación de identidad, requisitos del servicio, casos de uso concretos (con documento de identidad atendido/no atendido, por autenticación con eID, y refuerzo de nivel).
Gestión del servicio (notificaciones, conservación de pruebas, gestión de crisis, acuerdos de cese).
Protección de datos por diseño y por defecto (limitación de datos biométricos).
Requisitos de verificación de identidad: uso de eID notificados o certificados por organismo acreditado, captura de imagen facial segura (comunicación de campo cercano con chip), tasas de falsa aceptación/rechazo (FAR/FRR).
Refuerzo de nivel: procedimientos para pasar de Baseline a Extended LoIP (solo cuando no se usó comparación facial automatizada).
Todo el proceso debe cumplir los requisitos de los Reglamentos de Ejecución (UE) 2015/1502 y ETSI EN 319 401.
Disposiciones finales
Entrada en vigor: a los veinte días de su publicación en el DOUE (es decir, el 28 de abril de 2026).
Aplicabilidad: obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en todos los Estados miembros.
Con este acto de ejecución se confirma que decae (pierde aplicabilidad efectiva) la Orden ETD/465/2021 en el contexto de la incorporación remota a las carteras europeas de identidad digital (EUDI Wallets) y en las evaluaciones de conformidad de sistemas de verificación de identidad remota.
Por esta razón:
El Reglamento eIDAS 2.0 (Reglamento (UE) 2024/1183) y especialmente el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/798 establecen un marco armonizado a nivel europeo.
Ambos remiten directamente a la norma ETSI TS 119 461 (versión 2.1.1 o posterior) como estándar único para la verificación de identidad remota.
La Orden ETD/465/2021 era una norma aplicable en España antes de la publicación del EIDAS2 (Reglamento UE 2024/1183) que detallaba cómo realizar la identificación remota y pierde sentido una vez publicada la norma europea armonizada ETSI TS 119 461.
Todavía podría utilizarse la Orden ETD/465/2021 en España para la expedición de certificados cualificados “tradicionales” (no para gestionar la identidad en «wallets»). Pero para esa funcionalidad también es posible optar por aplicar la norma ETSI TS 119 461.
La Agencia europea ENISA acaba de lanzar una consulta pública sobre el borrador del esquema candidato de certificación para la Cartera de Identidad Digital Europea (EUDI Wallet), tras su desarrollo por el Grupo de Trabajo Ad Hoc (Ad Hoc Working Group) auspiciado por ENISA y del que me honro en formar parte.
Tras la adopción del Reglamento que establece el Marco Europeo de Identidad Digital (EIDAS2), la Comisión Europea solicitó a ENISA que apoyara la certificación de las Carteras de Identidad Digital Europea, incluyendo el desarrollo de un esquema europeo de certificación de ciberseguridad conforme al Cybersecurity Act.
Ahora, la Agencia europea ENISA publica el borrador de la norma y lo somete a una consulta pública.
La consulta pública tiene como objetivo validar los principios y la organización general del esquema propuesto, así como recopilar comentarios sobre los elementos del borrador y sus anexos. El plazo para enviar respuestas finaliza el 30 de abril de 2026.
Próximo seminario web
ENISA organizará un webinar para presentar el borrador del esquema candidato de la EUDI Wallet y responder preguntas: el Miércoles 8 de abril, de 15:00 a 16:30 CEST.
Esquemas nacionales de certificación de la EUDI Wallet
En febrero de 2026, ENISA firmó un Acuerdo de Contribución por 1,6 millones de euros con la Comisión Europea, con una duración de dos años, para apoyar el desarrollo, despliegue e implementación de esquemas nacionales de certificación de la Cartera de Identidad Digital Europea.
Financiado por el Programa Europa Digital (DEP) 2025–2027, el acuerdo establece los siguientes ámbitos de actividad:
Desarrollo de esquemas nacionales de certificación por parte de los Estados miembros
Aumento del conocimiento, capacidades y confianza mutua entre los Estados miembros y el ecosistema de certificación
Incremento de la capacidad y eficacia operativa para los Estados miembros y el ecosistema
Inicio de la alineación y transición efectiva desde los esquemas nacionales hacia un esquema europeo de certificación de ciberseguridad
Los Estados miembros deberán proporcionar al menos una Cartera de Identidad Digital Europea certificada antes de finales de 2026.
ENISA apoyará a la Comisión Europea y a los Estados miembros en la definición de controles de ciberseguridad en el ámbito de la identificación digital, facilitando su adopción oportuna en toda la UE.
¿Qué es la EUDI Wallet?
El uso de carteras digitales (EUDI Wallet, European Union Digital Identity Wallet) es un paso clave hacia una identificación fluida y segura tanto en el mundo físico como en el digital. Garantiza la seguridad y la protección de la privacidad de los usuarios y de sus datos personales.
El esquema de certificación verificará que cada cartera cumple altos requisitos de seguridad.
Hasta 2026, las implementaciones de carteras digitales rara vez habían pasado por procesos formales de certificación. El desarrollo de esquemas de certificación responde a la necesidad de un marco coherente de ciberseguridad que facilite el cumplimiento para los fabricantes, mejore la transparencia y apoye el uso seguro de productos y servicios digitales.
Las Carteras de Identidad Digital Europea también se debatirán en la Conferencia Europea de Certificación de Ciberseguridad 2026, titulada “Construir confianza mediante la certificación: las afirmaciones de seguridad deben demostrarse, no prometerse”, el 15 de abril de 2026 en Chipre.
Esquema de Certificación propuesto (EUDIW v0.4.614) para Revisión Pública
Esta publicación es una versión preliminar del esquema candidato de certificación de EUDIW (Esquema Europeo de Certificación de Ciberseguridad para las Carteras de Identidad Digital Europeas —EUDI Wallets— y los sistemas de identidad electrónica bajo los cuales se proporcionan).
El documento es el resultado del trabajo conjunto de los expertos del Ad Hoc Working Group (creado según lo previsto en el Artículo 48.2 del Reglamento (UE) 2019/881 «Ley de Ciberseguridad») y se presenta como base para una revisión pública, cuyo objetivo es:
Validar los principios y la organización general del esquema propuesto.
Recoger comentarios y observaciones sobre los elementos del borrador y sus anexos.
El esquema aborda la certificación de la ciberseguridad de los servicios en la nube relacionados con:
Las Carteras de Identidad Digital Europea (EUDI Wallets).
Los sistemas de identidad electrónica que las sustentan.
El borrador se acompaña de una versión preliminar del documento:
Requisitos de Seguridad para Proveedores de Servicios Relacionados con la Cartera (Wallet-Related Service Provider Security Requirements), v0.5.614
Este documento se incluye solo como referencia y para obtener una opinión temprana sobre el enfoque seguido.
Está abierta una revisión pública mediante el siguiente formulario (EUDIW Public Review) con Fecha límite:jueves 30 de abril de 2026 (incluido)
En mayo de 2026, Bogotá acogerá una de las citas más relevantes del año en el ámbito de la identidad digital y los servicios de confianza interoperables: el CSC Trust without Borders Summit 2026, organizado por el Cloud Signature Consortium (CSC).
El lema “Trust without Borders” capta muy bien el espíritu del evento: tender puentes entre marcos regulatorios, infraestructuras y servicios de confianza en Europa y América, con foco especial en la interoperabilidad de la firma electrónica, la identidad digital y las wallets de identidad.
Lugar: Bogotá, Colombia. El 13 de mayo en el Hilton Bogotá Corferias y el 14 de mayo en la Universidad de los Andes, Edificio Mario Laserna
Organización: Cloud Signature Consortium (CSC).
Inscripción:
Página oficial en español: https://cscsummit.com/es (desde ahí se accede al registro de asistentes, condiciones para expositores y, si procede, a la convocatoria de ponentes).
La cumbre se plantea como un punto de encuentro entre reguladores, autoridades de identidad, proveedores de servicios de confianza, fabricantes de infraestructuras de seguridad, academia y estándares, con el objetivo común de avanzar hacia un ecosistema de confianza globalmente interoperable.
Entre los temas clave que se abordarán:
Interoperabilidad de la firma electrónica y servicios de confianza en el contexto de eIDAS 2.0 europeo y marcos latinoamericanos.
Identidad digital, wallets y cómo alinear infraestructuras europeas (EUDI Wallet, eID de base eIDAS) con ecosistemas de identidad en Colombia y en la región.
Criptografía Post‑cuántica, infraestructuras de confianza resilientes y estándares abiertos (CSC, ETSI, W3C, FIDO, etc.).
Regulación, reciprocidad jurídica y comercio internacional seguro, con especial atención a la interoperabilidad entre la UE y las Américas.
El programa reúne un panel muy sólido de expertos internacionales, con figuras conocidas en el ámbito de la identidad digital, eIDAS, servicios de confianza y estándares de firma. A continuación una selección orientativa (la lista completa está disponible en la web oficial de ponentes: https://cscsummit.com/speakers).
Viky Manaila – Presidenta del Cloud Signature Consortium y experta en eIDAS/eIDAS 2.0, mercados digitales seguros y servicios de confianza.
Borja Carreras – Presidente de GSE y fundador de bemyself ID, con décadas de experiencia en identidad digital, autosoberanía y ciberseguridad en Europa y Latinoamérica.
Kim Nguyen – Senior VP de Innovación en Bundesdruckerei, trabajando en identidad digital, IA de confianza, post‑cuántica y soberanía digital.
Jean Everson Martina – Profesor asociado de Ciencia de la Computación (UFSC, Brasil), especializado en identidad digital, documentos electrónicos y proyectos de interoperabilidad en América Latina.
Sebastian Elfors – CTO/CSO en IDnow, experto en eIDAS 2.0, QTSP, wallets de identidad y estándares internacionales (ETSI, CEN, W3C, FIDO, CSC).
Sven Prinsloo – Presidente del Comité Técnico del CSC y CTO de Ascertia, con fuerte experiencia en estándares de firma y API CSC para interoperabilidad.
Guillaume Forget – EVP de innovación en Cryptomathic, trabajando en firmas digitales, identidades, gestión de claves, pagos y seguridad móvil.
Arno Fiedler – Vicepresidente de ETSI Working Group ESI, con amplia experiencia en infraestructuras de confianza, eIDAS, PSD2, GDPR y CA/B Forum.
Daniel Rendon – EVP de Strategic Partnerships & Business Development en SSL.com, contribuyendo al ecosistema de certificados y servicios de identidad.
Igor Marcolongo – Head of Business Evolution en Tinexta InfoCert, miembro de la Junta del CSC y experto en eIDAS y servicios de confianza europeos.
Es especialmente interesante el enfoque de muchas sesiones en arquitecturas de identidad, interoperabilidad entre frameworks y adopción práctica de estándares como CSC.
En el Summit se combinarán mesas de alto nivel, sesiones técnicas y talleres prácticos, con un enfoque híbrido entre regulación, estándares y despliegue en el mundo real. Entre los bloques que más podrían interesar a tu audiencia:
Regulación e interoperabilidad
Armonización de la firma electrónica y la identidad digital en el marco de eIDAS 2.0 y de iniciativas latinoamericanas.
Reciprocidad jurídica y reconocimiento de servicios de confianza para el comercio transfronterizo en la UE y América.
Tecnología, estándares y arquitecturas
Infraestructuras de identidad y PKI alineadas con eIDAS 2.0, API CSC y estándares de interoperabilidad.
Criptografía Post‑cuántica, wallets de identidad europea y latinoamericana, y modelos de autosoberanía compatible con marcos regulatorios existentes.
Casos de uso y adopción en Latinoamérica
Proyectos de gobierno digital, e‑administración y servicios financieros electrónicos en Colombia y otros países de la región.
Lecciones aprendidas de despliegues de identidad digital y firmas interoperables en distintos contextos regulatorios.
Negocio y ecosistema de servicios de confianza
Cómo los frameworks de CSC y la estandarización abierta fortalecen el “business case” de proveedores, autoridades de identidad y fintech.
Nuevas iniciativas de CSC LATAM y alianzas público‑privadas para impulsar la confianza digital en la región.
Para los expertos en identidad digital, servicios de confianza, eIDAS y gobierno digital, el Summit de Bogotá es una oportunidad privilegiada para:
Conectar con los actores clave que están definiendo la interoperabilidad de la firma electrónica y la identidad digital en el Atlántico.
Contrastar la evolución de marcos europeos (eIDAS 2.0, EUDI Wallet) con la realidad de la adopción en Latinoamérica, y entender cómo se pueden articular ambos mundos.
Participar en debates muy concretos sobre estándares CSC, API de firma, adaptación a la criptografía post‑cuántica y arquitecturas de identidad que ya están en pruebas de campo.
Si te interesa seguir de cerca la evolución de los servicios de confianza interoperables entre la UE y América Latina, el CSC Trust without Borders Summit 2026 en Bogotá es una cita imprescindible.
En un mundo cada vez más digitalizado, la Unión Europea ha dado pasos decisivos hacia la estandarización de la identificación electrónica con la introducción de la Cartera de Identidad Digital Europea (EUDI Wallet).
Esta herramienta, regulada por el Reglamento eIDAS 2.0 (Reglamento (UE) 2024/1183), que modifica el Reglamento UE 910/2014, permite a los ciudadanos y empresas almacenar y gestionar de forma segura sus identidades digitales, incluyendo atributos como permisos de conducción, diplomas o declaraciones de atributos relativas a cuentas bancarias. También permite realizar firmas electrónicas cualificadas y sellos electrónicos cualificados. El objetivo es otorgar a los usuarios un control total sobre sus datos, facilitando el acceso a servicios en línea con una cesión mínima de información, solo la imprescindible para la gestión a realizar.
Para las entidades financieras, esta innovación no es opcional: representa una obligación legal que transforma los procesos de identificación y verificación de clientes.
La Obligatoriedad de Aceptar la EUDI Wallet
El Reglamento eIDAS 2.0 establece (artículo 5 septies) que los proveedores de servicios que estén legalmente obligados a identificar inequívocamente a sus clientes deben aceptar la EUDI Wallet como método de autenticación.
En el sector financiero, esto afecta directamente a bancos, instituciones de crédito y otras entidades reguladas, especialmente en procesos como el Know Your Customer (KYC) y procesos de Debida Diligencia para la prevención del blanqueo de capitales.
El citado artículo 5 septies del Reglamento obliga a estas entidades a integrar la cartera como una opción válida para la identificación electrónica, lo que reduce barreras transfronterizas y mejora la eficiencia en transacciones digitales.
Esta obligación se extiende a sectores como la banca, los servicios financieros y cualquier entidad sujeta a requisitos de identificación estrictos. No se trata solo de cumplimiento normativo, sino de una oportunidad para optimizar operaciones, ya que la EUDI Wallet proporciona datos verificados e inalterables directamente de fuentes auténticas, minimizando riesgos de fraude y agilizando el «onboarding» de clientes.
La adaptación requiere una integración técnica y operativa en los sistemas existentes, por un lado para el proceso de apertura de cuenta (en el que el uso de sistemas cualificados simplifica la documentación que tiene que recabar la entidad financiera) y después para añadir una opción en la pantalla web en la que se ofrece a los clientes acceder a la información y servicios asociados a su cuenta, ya que al clickar en esa opción se desencadena la funcionalidad de identificación y autenticación de la cartera.
Las entidades financieras deben:
Actualizar sus plataformas de identificación para el acceso a la banca electrónica: Incorporar APIs y SDK compatibles con la EUDI Wallet para permitir la autenticación segura. Esto implica adoptar los protocolos estandarizados que se recogen en el ARF y en los actos de ejecución para asegurar la interoperabilidad con las diferentes carteras emitidas por los Estados miembros.
Revisar sus procesos de KYC y onboarding: La cartera permite solicitar al cliente que aporte atributos (como los que figuran en la credencial inicial DIP, «Datos de Información Personal») y otros atributos exigibles según los principios de debida diligencia (quizá la presentación de una nómina o una declaración electrónica de atributos semejante, como ingresos anuales o cualificaciones profesionales), lo que simplifica la «due diligence». Las interfaces bancarias con la cartera se configuran para solicitar declaraciones de atributos y para solicitar la firma electrónica de documentos (la cartera permite realizar «QES» «qualified electronic signature» y «qualified electronic seal»). Se deberán conservar las evidencias electrónicas de la contratación (posiblemente preservadas mediante sellos de tiempo cualificados). Será preciso registrar a la entidad en el registro de «Relying Parties» o «Partes Usuarias» («Partes informadas», en mi traducción del ARF) y obtener el certificado que establece el tipo de información que puede solicitar a la cartera
Las entidades deben revisar sus contratos y «términos y condiciones» para acoger las nuevas circunstancias de apertura de cuentas y acceso a la banca electrónica y dar formación a su personal para que entiendan las nuevas circunstancias de contratación y autenticación y puedan dar soporte a los clientes.
Garantizar la seguridad y privacidad: Cumplir con el RGPD (y la LOPD/GDD) y las directrices de eIDAS 2.0, asegurando que los usuarios tengan control sobre sus datos (en ciertas condiciones, mediante divulgación selectiva y «pruebas de conocimiento cero»).
Colaborar con proveedores de confianza: Asociarse con prestadores cualificados de servicios electrónicos para implementar soluciones compatibles, como firmas electrónicas cualificadas o sellos de tiempo, que complementen la integración de la cartera.
Esta adaptación no solo permite cumplir con las exigencias regulatorias, sino que posiciona a las entidades que se anticipen, como líderes en innovación digital, mejorando la experiencia del usuario y reduciendo costes operativos.
Plazos para la Implementación
Los Estados miembros de la UE, incluyendo España, tienen la obligación de proporcionar al menos una versión de la EUDI Wallet a sus ciudadanos antes de finales de 2026 (24 meses tras la entrada en vigor del primer lote de actos de ejecución). Antes de fin de 2027 (36 meses tras la entrada en vigor de los citados actos de ejecución), la aceptación de la cartera será obligatoria para las organizaciones del sector privado reguladas, como las entidades financieras, y otras que se citan en el artículo 5 septies.
Si no se demora la decisión de acometer los cambios, queda margen para pruebas piloto y ajustes, pero empieza a ser urgente que las entidades inicien su preparación cuanto antes para evitar sanciones y aprovechar las ventajas competitivas.
Conexión con PSD3 y el Reglamento de Servicios de Pago (PSR)
La adaptación a la EUDI Wallet no puede analizarse de forma aislada en el sector financiero, sino en el contexto más amplio de la revisión del marco europeo de servicios de pago. La Comisión Europea ha propuesto sustituir la actual PSD2 por una nueva Directiva de Servicios de Pago (PSD3) y, paralelamente, aprobar un Reglamento de Servicios de Pago (PSR) de aplicación directa en todos los Estados miembros. Ambos instrumentos refuerzan los requisitos de autenticación reforzada del cliente (SCA) y abren la puerta a que la identidad digital verificada —precisamente la que proporciona la EUDI Wallet— pueda usarse como mecanismo de autenticación en el acceso a cuentas de pago y en la iniciación de operaciones.
En la práctica, esto significa que las entidades financieras que integren la cartera para sus procesos de KYC y onboarding estarán también construyendo una infraestructura compatible con las exigencias de autenticación que se avecinan con PSD3/PSR, evitando duplicidades tecnológicas. La EUDI Wallet puede actuar como un vector común de identidad verificada tanto para el cumplimiento AML como para la autenticación en el acceso a servicios de pago, lo que convierte su integración en una inversión con retorno regulatorio múltiple y no en un mero coste de cumplimiento puntual.
Consideraciones sobre la Ley 10/2010 y el Reglamento (UE) 2024/1624
La Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, impone a las entidades financieras obligaciones estrictas de identificación y verificación de clientes (artículos 3 a 10). Los servicios cualificados a los que se refiere esta ley en su artículo 12, inspirados en el Reglamento eIDAS, incluyen mecanismos electrónicos de confianza como firmas cualificadas, sellos electrónicos y sistemas de identificación remota. Es preceptivo conservar las evidencias electrónicas que acreditan el cumplimiento de lo señalado en este artículo.
La adaptación a la EUDI Wallet, aunque establecida en un Reglamento Europeo, tiene encaje con lo dispuesto en estos requisitos, ya que la cartera actúa como un medio de identificación electrónica cualificado, reconocido en toda la UE.
El Reglamento (UE) 2024/1624 es una de las piezas centrales del nuevo paquete legislativo europeo contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (AML/CFT). Se aprobó el 31 de mayo de 2024 y se publicó en el DOUE el 19 de junio de 2024. Su objetivo es sustituir la fragmentación normativa existente y establecer normas directamente aplicables en todos los Estados miembros para reforzar la integridad del sistema financiero europeo.
El Reglamento (UE)2024/1620 crea la Autoridad de Lucha contra el Blanqueo de Capitales (en inglés Anti-Money Laundering Authority – AMLA) y la Financiación del Terrorismo y se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1093/2010, 1094/2010 y 1095/2010. Recientemente AMLA ha abierto una consulta pública (9 febrero – 8 mayo 2026) sobre los Regulatory Technical Standards (RTS) previstos en el artículo 28(1) del Reglamento (UE) 2024/1624, que desarrollan en detalle cómo deben aplicar los sujetos obligados la diligencia debida con el cliente.
Estos RTS son esenciales porque convierten los principios del Reglamento AML en instrucciones operativas concretas y uniformes en toda Europa, qué información recoger, cómo verificarla, qué hacer en casos de riesgo. El «draft» señala (pág. 29) que el cumplimiento de la sección 9 se logra con el cumplimiento del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2977 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2024, que establece las normas técnicas y procedimentales para la aplicación del Reglamento eIDAS 2 en lo relativo a:
Datos de identificación de la persona (PID)
Declaraciones electrónicas de atributos (EAA / QEAA)
Su expedición a las Carteras de Identidad Digital de la Unión Europea (EUDI Wallets)
La complejidad regulatoria da otra vuelta de tuerca porque, como comenté recientemente hay nuevos borradores de actos de ejecución en relación con #EIDAS2 y la EUDI Wallet y uno de ellos, precisamente, modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2977.
El papel de la EBA y sus Directrices sobre onboarding remoto
La Autoridad Bancaria Europea (EBA) publicó el 22 de noviembre de 2022 sus Directrices sobre el uso de soluciones de incorporación remota de clientes (EBA/GL/2022/15), aplicables desde el 2 de octubre de 2023 a todas las entidades de crédito e instituciones financieras en el ámbito de la Directiva AML. Estas directrices establecen estándares comunes europeos para los procesos de diligencia debida inicial en el contexto del onboarding digital, y resultan directamente relevantes para la integración de la EUDI Wallet: la EBA reconoce expresamente en su texto que las entidades que utilicen soluciones basadas en esquemas de identificación electrónica notificados bajo eIDAS, o en servicios de confianza cualificados, pueden asumir que tales soluciones cumplen los requisitos de verificación de identidad establecidos en la Directiva, sin necesidad de duplicar las evaluaciones de gobernanza ya realizadas en el marco del propio Reglamento eIDAS. En la práctica, esto significa que una entidad financiera que integre correctamente la EUDI Wallet como mecanismo de identificación del cliente estará, de forma simultánea, cumpliendo con las exigencias de las Directrices EBA/GL/2022/15.
Las directrices deben leerse en conjunción con otras guías de la EBA, en particular las Directrices sobre Factores de Riesgo ML/TF (EBA/GL/2021/02) y las relativas a la gestión de riesgos TIC y de seguridad (EBA/GL/2019/04), lo que refuerza la necesidad de un enfoque integral en la adaptación. Cabe señalar que la propia EBA, al publicar sus directrices de 2022, ya advertía que era consciente de que la reforma del Reglamento eIDAS y la introducción de la Cartera IDUE ayudarían a superar la fragmentación existente en materia de identificación remota, pero que hasta que dicha reforma entrase en vigor, debía basar su análisis en el marco normativo entonces vigente. Ese momento ha llegado: la EUDI Wallet ya es una realidad regulatoria, y las entidades financieras tienen ahora la oportunidad de alinear su cumplimiento AML con el nuevo ecosistema de identidad digital europeo, construyendo una infraestructura de onboarding que satisfaga simultáneamente las EBA/GL/2022/15 y los requisitos del Reglamento eIDAS 2.0.
Implicaciones del Reglamento DORA en la integración de la Cartera IDUE
Las entidades financieras que acometan la integración de la EUDI Wallet no pueden ignorar que dicha integración constituye, desde la perspectiva del Reglamento (UE) 2022/2554 (DORA), plenamente aplicable desde el 17 de enero de 2025, la incorporación de una nueva función crítica soportada por TIC, con todo lo que ello implica. DORA exige que cualquier nuevo sistema o proveedor externo que dé soporte a funciones esenciales quede incorporado al marco de gestión del riesgo TIC de la entidad: los proveedores de servicios de identificación y los prestadores cualificados de servicios de confianza que participen en el ecosistema de la cartera deberán ser objeto de la diligencia debida contractual prevista en los artículos 28 y siguientes del Reglamento, incluyendo cláusulas de auditoría, acceso, localización de datos y continuidad del servicio. La clasificación de la funcionalidad de autenticación con cartera como «función importante» —lo que es previsible dado su papel central en el acceso a la banca electrónica— activaría además la obligación de realizar pruebas de resiliencia operativa periódicas sobre esos sistemas.
Desde una perspectiva de planificación, esto significa que el proyecto de integración de la EUDI Wallet debe diseñarse desde el inicio con la arquitectura documental y contractual que DORA exige, evitando tener que remediar a posteriori las carencias de un despliegue tecnológico que no tuvo en cuenta el marco de riesgo de terceros. La buena noticia es que las exigencias de DORA y las de eIDAS 2.0 son en gran medida complementarias: ambas apuntan hacia proveedores robustos, auditables y resilientes. Una entidad que seleccione proveedores de servicios de identidad digital que sean Prestadores Cualificados de Servicios de Confianza (QTSP) registrados bajo eIDAS estará, al mismo tiempo, incorporando actores que ya han superado auditorías de conformidad rigurosas, lo que facilita considerablemente la evaluación del riesgo TIC de terceros exigida por DORA.
EADTrust
EADTrust ofrece sus servicios de adecuación a la Cartera IDUE a las entidades financieras para facilitar la integración, sumándose al equipo técnico y legal que acometa la adaptación.
EADTrust puede proporcionar Declaraciones Electrónicas de Atributos de prueba, y las APIs de los protocolos a utilizar. También aporta jefes de proyecto, programadores y juristas para acometer las diferentes facetas de la adaptación. En particular para dar seguimiento al cada vez más complejo marco regulatorio.
Presta servicios cualificados complementarios como los sellos de tiempo, y el archivo electrónico de preservación que ayudan a custodiar las evidencias digitales del proceso. Con los servicios de EAD Factory la entidad financiera cuenta con todos los servicios de un PSC (Prestador de Servicios de Certificación) cualificado como si fuera parte de su propia infraestructura.
Además EADTrust ayuda a integrarse a otras entidades que forman parte de la infraestructura y del ecosistema de la Cartera IDUE: fuentes auténticas, entidades del sector público, entidades privadas que entreguen declaraciones de atributos a sus clientes o a sus empleados,…
Aunque la interoperabilidad con la «EUDI Wallet» se vea ahora como un requisito regulatorio para las entidades señaladas en el Artículo 5 septies del Reglamento UE 910 / 2014 reformado, va a ser esencial para las entidades Fintech, y para todo el sector financiero y un motor de innovación para crear nuevos servicios.
Será la evolución natural de los servicios cualificados, promoviendo una identificación más segura y eficiente en el marco normativo europeo.
EADTrust, como Prestador Cualificado de Servicios de Confianza Electrónica registrado en el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, es un aliado clave en esta transición. Su equipo de Servicios Profesionales, liderado por expertos en identidad digital y eIDAS, y con experiencia en proyectos en entidades financieras y administraciones públicas ofrece soporte integral para la adaptación a la EUDI Wallet, incluyendo:
Consultoría y auditorías técnicas y legales: Evaluación de sistemas actuales y planes de implementación para garantizar interoperabilidad y cumplimiento normativo. Seguimiento de la normativa aplicable, cada vez más compleja.
Implementación de soluciones EUDI: Desarrollo de integraciones para la cartera, junto con servicios de archivo electrónico cualificado y digitalización de documentos.
Formación y soporte: Capacitación para equipos en el uso de la cartera y alineación con la Ley 10/2010 y los nuevos RTS.
Además, EADTrust ya ofrece una amplia gama de servicios cualificados eIDAS, como:
Certificados electrónicos cualificados para firmas y sellos electrónicos.
Sellado de tiempo electrónico cualificado.
Notificaciones electrónicas certificadas.
Validación y preservación de documentos electrónicos.
Servicios de identidad digital y custodia electrónica.
Con precios muy atractivos y un enfoque en criptoagilidad (para resistir los retos de la computación cuántica hacia las técnicas criptográficas tradicionales), EADTrust transforma el complejo marco de cumplimiento en una ventaja competitiva, ayudando a las entidades financieras a navegar el ecosistema digital con confianza.
Para más información, contacta con el equipo de EADTrust llamando al 917160555 (o al 902 365 612) y prepárate para el futuro digital
La implantación práctica de la Identidad Digital Europea y, en particular, de las Carteras IDUE, depende menos del texto del Reglamento (UE) 2024/1183 y mucho más del contenido de sus actos de ejecución.
En estas semanas coinciden tres nuevos proyectos de reglamento de ejecución aún abiertos a comentarios en el portal “Have your say”, todos ellos estrechamente ligados al marco de confianza y a la interoperabilidad técnica de las carteras EUDI.
Oleadas de actos de ejecución
El primer paquete de actos de ejecución de 2024 se centró en la definición básica de la cartera, sus funcionalidades núcleo, los protocolos e interfaces y el esquema de certificación de las EUDI Wallet.
En abril y junio de 2025 la Comisión amplió el desarrollo reglamentario con nuevos actos de ejecución, orientados sobre todo a servicios de confianza (firma, sello, conservación, entrega electrónica certificada, etc.) y a la supervisión del ecosistema.
La lista completa de los 30 actos de ejecución de EIDAS2 ya publicados en el Diario Oficial la presenté hace unos días.
A pesar de ese despliegue normativo, el marco sigue siendo incompleto: es necesario ajustar referencias a normas técnicas, detallar procedimientos y cubrir ámbitos que el propio Reglamento remite expresamente a actos de ejecución adicionales (listas de estándares, métodos de verificación, actualización de requisitos para servicios de confianza, etc.). Incluso, a veces, se publican actos de ejecución para modificar otros actos de ejecución
Nuevo borrador: Modificación el Acto de Ejecución 2025/848
La Modificación de Reglamento de Ejecución 2025/848 que trata sobre el Registro de las Partes usuarias (informadas) de Carteras,
Otro nuevo borrador: Modificación de 4 actos de implementación de 2024: 2979, 2982, 2977 y 2980
Esta iniciativa modifica los Reglamentos de Ejecución (UE) de 2024: 2977, 2979, 2980 y 2982, de la Comisión, actualizando las referencias a las normas y especificaciones técnicas para garantizar que los Estados miembros puedan desarrollar y proporcionar carteras de identidad digital europeas de manera interoperable.
Son Reglamentos de Ejecución del primer lote:
CIR 2024/2977 sobre DIP, datos de identificación de la persona y DEA, declaraciones electrónicas de atributos
Tercer nuevo borrador: Modificación del Acto de Ejecución 2025/1569
Esta iniciativa modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2025/1569 de la Comisión mediante la actualización de las normas y especificaciones técnicas necesarias para emitir declaraciones electrónicas cualificadas de atributos y declaraciones electrónicas de atributos proporcionadas por un organismo del sector público responsable de una fuente auténtica o en su nombre.
Son normas que llegan un poco tarde dado el estado de desarrollo de las Carteras IDUE y la presión que significa que tienen que estar disponibles en los estados miembros en las navidades del 2026, pero por otro lado, intentan resolver problemas detectados (lo que no es óbice para que puedan crear otros problemas nuevos).
Este borrador establece una lista de estándares de referencia para el «onboarding» remoto de usuarios, enfocándose en procedimientos seguros de prueba de identidad remota (remote identity proofing), requisitos para evaluación de riesgos, recolección de evidencias, continuidad operativa, verificación de identidad y adaptaciones a normas como ETSI TS 119 461 V2.1.1, ETSI EN 319 401, entre otras. Incluye evaluaciones por laboratorios acreditados para cumplir con los niveles de aseguramiento requeridos.
EADTrust, conocida formalmente como European Agency of Digital Trust S.L., es un Prestador Cualificado de Servicios de Confianza Electrónica regulado por el Reglamento (UE) Nº 910/2014 (eIDAS). La empresa se posiciona como líder en proporcionar infraestructura legal digital para procesos de innovación y transformación digital, ofreciendo soluciones que garantizan seguridad jurídica, cumplimiento normativo y confianza en transacciones electrónicas. Muy interesante para Startups y Scaleups de entornos Fintech, Regtech, Insurtech y Legatech.
Desde su integración en el Grupo Garrigues —que adquirió una participación mayoritaria del 51% en 2023—, EADTrust ha fortalecido su capacidad innovadora mediante la colaboración estrecha con g-digital, la división de negocios digitales de Garrigues. Esta alianza estratégica combina la «expertise» legal de uno de los despachos de abogados más prestigiosos de Europa con la especialización técnica de EADTrust en servicios de confianza cualificados, impulsando el desarrollo conjunto de soluciones tecnolegales avanzadas.
Con más de 15 años de experiencia, EADTrust combina conocimiento técnico y jurídico para resolver todo tipo de desafíos de digitalización. Como entidad supervisada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital de España (y habilitada para la videoidentificación en la expedición de certificados cualificados), está incluida en la lista de confianza de la Unión Europea, actuando en todo el territorio comunitario.
Su integración con Garrigues a través de g-digital permite ofrecer productos innovadores como GoCertius y plataformas reguladas (rPaaS), diseñadas por g-digital y operadas por EADTrust, que aseguran certeza legal preventiva en un entorno regulatorio en evolución.
La empresa preside la Comisión de Blockchain de AMETIC, participa en Global LegalTech Hub (GLTH), y en LNET (entidad procedente de LACNet y LACChain) y colabora con socios estratégicos como CANON y Procesia para desarrollar productos a la vanguardia de la identidad digital europea, de los servicios de confianza digital y de los procesos de transformación digital.
Su lema refleja su esencia: proporcionar certeza legal preventiva en un entorno regulatorio en constante cambio. EADTrust destaca por soluciones fáciles de implementar, precios transparentes y un equipo experto liderado por especialistas reconocidos en servicios de confianza regulados.
Servicios Cualificados bajo eIDAS
EADTrust ofrece un amplio rango de servicios cualificados conforme al Reglamento eIDAS, diseñados para proporcionar el más alto nivel de confianza digital y cobertura regulatoria, con robustez criptográfica superior al restos de prestadores: RSA de 4096 y 8192 bits y ECC de 256 y 384 bits, lo que le lleva a ostentar la primera posición en «criptoagilidad«. Servicios como:
Certificados Digitales Cualificados — Emisión de certificados para personas físicas y jurídicas, incluyendo certificados PSD2 (QWAC y QSeal) para servicios de pago en entornos de banca abierta. Estos permiten identificación segura y firmas y sellos electrónicos cualificados
Sellos de Tiempo Cualificados — Garantizan la fecha y hora exacta de documentos electrónicos.
Notificaciones Electrónicas Certificadas — Servicios de entrega registrada electrónica con valor probatorio, con nombre propio Noticeman.
Además, integra estos servicios en plataformas como EAD Factory, que actúa como un Prestador de Servicios de Confianza Cualificado (QTSP) «como servicio» integrable en organizaciones, permitiendo un «QTSP in-house» con integración segura y escalable.
Cabe destacar productos como EAD Enterprise Suite,GoCertiuso Innovoto(solución de voto electrónico y participación a distancia de accionistas de sociedades de capital, socios de asociaciones, sindicatos, sociedades deportivas y Colegios Profesionales), que facilitan el cumplimiento y la seguridad en procesos empresariales.
Servicios Profesionales de Consultoría y Verificación de cumplimiento (auditoría técnica)
Más allá de los servicios cualificados directos, EADTrust ofrece servicios profesionales especializados para ayudar a empresas a alinearse con normativas y estándares internacionales:
Asesoría en Confianza Digital → Ayuda a prestadores de servicios electrónicos a cumplir con eIDAS y estándares como los de ETSI o WebTrust (CABForum), optimizando sistemas de gestión para obtener reconocimiento como Prestador Cualificado. También ayuda a empresas de sectores regulados, como la banca a cumplir la normativa EIDAS2, entre otras. Con la adopción de certificados de web de corta duración, asesora en la implantación del protocolo ACME.
Cumplimiento Regulatorio → Diagnóstico, asesoría y consultoría para alineación con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI) y Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad (EJIS) en España.
Verificación de Firmas Electrónicas → Auditoría de soluciones de firma electrónica avanzada, firma manuscrita digitalizada avanzada (FMDA) y firma biométrica por voz, asegurando calidad, seguridad y validez legal.
Digitalización Certificada → Verificación de software de digitalización de documentos y facturas, garantizando cumplimiento normativo y confianza para usuarios, en cuatro contextos normativos: AEAT, ENI/NTI, EJIS/CTEAJE y EIDAS2 (Digitalización Cualificada).
Cumplimiento Técnico y legal en normativas conexas de Ciberseguridad como RGPD (GDPR en inglés) → Consultoría especializada en protección de datos personales, aprovechando la experiencia como prestador de servicios de confianza. También se incluye NIS2 (Network and Information Systems 2), DORA (Digital Operational Resilience Act), CRA (Cyber Resilience Act), CER (Critical Entities Resilience) y ENS (Esquema Nacional de Seguridad). Y otras de ámbito europeo como EU’s AI Act, DMA (Digital Markets Act), o DSA (Digital Services Act). Una de las primeras entidades en ofrecer servicios de responsable de la seguridad de la información como persona u órgano designado por las entidades encargado de las funciones de punto de contacto y de coordinación técnica que requerirá la futura Ley de Coordinación y Gobernanza de la Ciberseguridad.
Votación Electrónica y Servicios Corporativos (servicios electrónicos societarios)→ Plataformas para votación electrónica en juntas de accionistas, foros electrónicos de accionistas y supervisión autenticada de publicaciones web (verificación de publicación sin interrupción, o «publicación fehaciente»), con emisión de actas certificadas que incluyen listas de asistentes, quórum y resultados. También se auditan plataformas de participación a distancia, se graban testimonios electrónicos del video de la junta con certificación del momento en que tuvo lugar y se prestan servicios complementarios para reforzar la seguridad jurídica incluso en Juntas celebras exclusivamente de forma telemática.
Estos servicios se adaptan a las necesidades del cliente, con metodologías versátiles que evidencian la calidad ante terceros y refuerzan la confianza regulatoria.
Compromiso con la Excelencia
Los servicios de EADTrust no solo cumplen con requisitos legales, sino que van más allá al proporcionar certeza y seguridad jurídica preventiva. Al elegir EADTrust, las organizaciones obtienen:
Reducción de incertidumbre en el uso de tecnologías digitales.
Mayor autonomía en gestión de procesos electrónicos.
Responsabilidad asumida por EADTrust en aspectos críticos, como actas certificadas en votaciones, o publicaciones de documentos en página web durante el tiempo prescrito por la ley.
Integración fluida en sistemas existentes mediante herramientas como Notice Manager para notificaciones y el uso de «Hashes encadenados» para garantizar la integridad de colecciones de datos..
La empresa cuenta con certificaciones ISO 9001, ISO 20000-1, ISO 27001, ENS alto y EIDAS demostrando su compromiso con la calidad, la seguridad de la información y la gestión de servicios TI.
Como parte de un ecosistema innovador, EADTrust colabora en el desarrollo de soluciones blockchain (LNET) y participa activamente en foros sobre eIDAS 2, posicionándose a la vanguardia de la identidad digital europea.
EADTrust se consolida como la entidad de expertos en confianza digital, ofreciendo una combinación única de servicios cualificados eIDAS y consultoría profesional que impulsa la transformación digital segura y con certeza de cumplimiento. Ya sea emitiendo certificados cualificados, verificando soluciones de firma o asesorando en cumplimiento normativo, EADTrust proporciona las herramientas necesarias para operar con plena confianza en un mundo digital.
Para más información sobre cómo EADTrust puede apoyar sus procesos de innovación, visite www.eadtrust.eu o contacte con su equipo de expertos en el 91 716 0555.
La Comisión Europea ha publicado cuatro nuevos reglamentos de ejecución en el Diario Oficial de la Unión Europea del 17 de diciembre. Ya son varias rondas de actos de ejecución, que comenzaron en diciembre de 2024, y se alcanza la publicación de 26 actos de ejecución.
Los reglamentos de ejecución publicados hoy son los siguientes:
La plataforma de lanzamiento para la adopción a gran escala de las carteras Carteras IDUE
EUDI Wallets Launchpad 2025 es el primer evento de pruebas de varios días organizado por la Comisión Europea y está teniendo lugar los días 10, 11 y 12 de diciembre de 2025 en Bruselas, Bélgica.
Se trata de un evento específico diseñado para establecer la Comunidad de Implementadores de Carteras IDUE y acelerar la adopción de las carteras y sus casos de uso en todos los Estados miembros de la UE.
Alinear los equipos técnicos, los objetivos políticos y la experiencia de los usuarios en toda Europa requerirá coordinación y confianza. El «Launchpad «es donde se comienza a construir esa confianza, probando, aprendiendo y fijando juntos los próximos pasos.
Qué es y objetivos
El Launchpad 2025 es un encuentro presencial que está teniendo lugar los días 10‑12 de diciembre de 2025 en el espacio SPARKS (Bruselas), dirigido a implementadores de wallets, Estados miembros, proveedores de servicios, expertos UX y comunicación. Su objetivo central es consolidar la comunidad de implementadores EUDI y verificar en la práctica la interoperabilidad, la conformidad con las especificaciones y la preparación para el uso transfronterizo de los monederos digitales europeos.
Formato y actividades principales
El programa combina pruebas técnicas rotatorias entre wallets, emisores y verificadores, con dos modos de test diseñados para validar corrección e interoperabilidad de las implementaciones. En paralelo se desarrollan charlas técnicas sobre estándares núcleo, pseudónimos, pruebas de conocimiento cero, APIs de credenciales digitales y librerías de referencia, junto con demos en vivo de casos de uso y wallets nacionales.
Participantes y ecosistema
Participan equipos nacionales de implementación (product owners, arquitectos, desarrolladores y testers), proveedores de PID, QEAA y Pub‑EAA, así como administraciones públicas, grandes pilotos y proveedores tecnológicos del ecosistema EUDI. El evento reúne a representantes de numerosos Estados miembros (por ejemplo Alemania, Italia, Bélgica, Francia, España, Grecia, Polonia o Portugal) que presentan sus aproximaciones nacionales mediante demostraciones públicas.
Resultados esperados e importancia
Durante los tres días se realizan centenares de pruebas entre decenas de testers de múltiples países, acompañadas de talleres específicos de experiencia de usuario y de comunicación para preparar el despliegue masivo en 2026. El Launchpad se concibe como punto de partida para una comunidad EUDI más cohesionada, en la que la confianza se construye probando conjuntamente, compartiendo lecciones aprendidas y alineando equipos técnicos, objetivos políticos y diseño centrado en el usuario.
España
La intervención de Angel MartínBautista, de la Agencia Estatal de Administración Digital tuvo lugar el jueves 11 de diciembre de 2025. Estuvo acompañado por Sancho Canela, de NTT-Data.
Ángel Martín Bautista es Subdirector Adjunto en la Agencia Estatal de Administración Digital. En relación con la tecnología blockchain, ha representado a España en el European Blockchain Partnership (EBP) para crear la red EBSI desde 2019, y en la actualidad representa a España en el consorcio EUROPEUM. Representante español en el grupo de cooperación de identidad digital europea. Se encarga de la parte estratégica, contexto normativo y visión general.
Sancho Canela es Jefe del equipo de desarrollo (head of the developers team). Lidera la demo técnica y explica los aspectos prácticos de implementación.
Actualización. Se publicó el video de su intervencón el 16 de febrero de 2026.
Estructura de la ponencia
Introducción y contexto (inicio ≈ 0:00–7:00) Ángel Martín presenta España como un país descentralizado (17 comunidades autónomas + entidades locales), con 49 millones de habitantes. Explica la estrategia España Digital y cómo la Cartera Digital se alinea con eIDAS2 (Reglamento (UE) 2024/1183). Destaca infraestructuras existentes que facilitan la adopción:
DNI electrónico (tarjeta física + app, con alto nivel de aseguramiento — high assurance — notificado en eIDAS).
Cl@ve (puerta de acceso unificada: >24 millones de usuarios, >13.000 entidades, >1.100 millones de autenticaciones al año).
Carpeta Ciudadana (espacio personal para documentos oficiales). Estos elementos dan cobertura universal, certeza legal y seguridad, y sirven de base para proporcinar declaraciones de atributos a la wallet de identidad.
Implementación de la Cartera Digital Española (≈4:00–7:00)
Construida desde cero siguiendo el ARF (Architectural Reference Framework) y los Implementing Acts de eIDAS2.
Reutiliza el DNI como fuente principal de identidad de alto nivel.
Enfoque inicial: Verificación de edad preservando privacidad (para proteger menores, revelando solo lo necesario: sí/no >18).
Interoperable con la solución europea de verificación de edad de la Comisión.
Emisión de credenciales: remota (NFC + PIN del DNI) o presencial (>1.000 oficinas en España).
Demostración técnica en vivo (≈7:00–21:00) — a cargo de Sancho Canela Muestra una versión operativa pero no productiva (con VPN para pruebas internas):
App desarrollada en Flutter (multiplataforma) con componentes nativos y bibliotecas de referencia europea.
Activación: Aceptar términos (en español; planean multilingüe), biometría, verificación de autenticidad de la app (attestation de Apple/Google), email único (revocable), reutilizar teléfono.
Obtención del PID (Person Identification Data): Vía NFC/PIN del DNI o presencial. Verifica firma, emisor (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre — FNMT, QTSP relevante en España).
Declaración de atributos de mayoría de edad: Basada en fecha de nacimiento del PID. Emite batch de 30 credenciales de un solo (claves diferentes) para evitar trazabilidad.
Presentación: Protocolo OpenID for Verifiable Presentations (OVP) v1.0. Escanea QR, consentimiento explícito, verifica en sitio de prueba de la Comisión (confirma emisor, validez y edad >18).
Seguridad: Trust lists, firmas, consentimiento siempre requerido. UX intuitiva con filtros, historia y opciones de idioma.
Conclusiones y próximos pasos (≈21:00–fin)
España apuesta por un ecosistema seguro, simple y centrado en el usuario, reutilizando lo existente para una transición eficiente y sostenible.
Alineación total con eIDAS2 para interoperabilidad transfronteriza.
Lanzamiento previsto: Durante 2026
Obligación para el sector privado (relying parties) a finales de 2027.
Casos de uso previstos: Títulos universitarios, licencias de conducir, tarjeta sanitaria europea, prueba de residencia, ausencia de delitos sexuales, etc.
El entorno Cl@ve se integrará progresivamente con la wallet.
Ayer, 2 de diciembre de 2025, se publicó en la plataforma «Have your say» de la Unión Europea una nueva consulta, abierta hasta el 30 de diciembre, sobre un nuevo borrador relativo a la Cartera IDUE.
COMMISSION IMPLEMENTING REGULATION (EU) …/… of XXX laying down rules for the application of Regulation (EU) No 910/2014 of the European Parliament and of the Council as regards onboarding of users to the European Digital Identity Wallets by electronic identification means conforming to assurance level high or by electronic identification means conforming to assurance level substantial in conjunction with additional remote onboarding procedures where the combination meets the requirements of assurance level high
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN (UE) …/… de XXX por el que se establecen normas de aplicación del Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la incorporación de usuarios a las Carteras de Identidad Digital Europea mediante medios de identificación electrónica que cumplan el nivel de aseguramiento alto o mediante medios de identificación electrónica que cumplan el nivel de aseguramiento sustancial, junto con procedimientos adicionales de registro a distancia, cuando la combinación cumpla los requisitos del nivel de aseguramiento alto.
Este es el Anexo:
List of reference standards and specifications
The standard ETSI TS 119 461 V2.1.1 (2025-02), clause 9.1 with title ‘Introduction, compliance with the present document, general requirements for all use cases’ and clause 9.5 with title ‘Use cases for additional identity proofing to enhance an identity proven by use of an eID from Baseline LoIP to Extended LoIP’ applies, with the following adaptations:
5 Operational risk assessment
OVR-5-01: The requirements specified in ETSI EN 319 401 [1], clause 5 shall apply.
NOTE 1: When the identity proofing is done by the provider of person identification data itself, the provider of person identification data’s risk assessment can cover the identity proofing.
7.10 Collection of evidence
OVR-7.10-01: The requirements specified in ETSI EN 319 401 [1], clause 7.10 shall apply.
NOTE 1: Long-term requirements for retention of evidence can be fulfilled by the provider of person identification data requesting the identity proofing instead of by the IPSP when the two are different entities.
NOTE 2: The requirements of clause 8.5.2 of the present document apply.
7.11 Business continuity management
OVR-7.11-02: Processes for crisis management according to ETSI EN 319 401 [1], REQ-7.11.3-01X shall be as required by the identity proofing context and the obligations of the provider of person identification data relying on the IPSP’s service.
7.12 Termination and termination plans
OVR-7.12-01: The requirements specified in ETSI EN 319 401 [1], clause 7.12, excluding REQ-7.12-11, shall apply.
NOTE: When the IPSP and the provider of person identification data requesting the identity proofing are different entities, they can agree mutual or unilateral assistance in establishing termination plans.
9.2.3.4 Use case for automated operation
USE-9.2.3.4-04: The IPSP shall establish target values for the FAR and FRR, based on a risk analysis and its threats intelligence procedure, by following the methodology established in the ENISA report ‘Methodology for sectoral cybersecurity assessments’ [i.28] or an equivalent methodology, in fully automated identity proofing processes. These target values shall be equal to or lower than those set for hybrid use cases, when they exist. The IPSP shall maintain these target values for FAR and FRR consistently, supported by a risk analysis and its threats intelligence procedure. (6) 8.3.3 Validation of physical identity document
VAL-8.3.3-21: The effectiveness of the measures for complying with the requirements VAL-8.3.3-05X, VAL-8.3.3-05A, VAL-8.3.3-05B, VAL-8.3.305C, VAL-8.3.3-07A and VAL-8.3.3-07X, shall be tested by an accredited laboratory or a national competent authority, whenever they are designated, at the latest by 19 August 2027 and then be repeated every second year.
9.5.3 Use case for enhancing identity proofing to Extended LoIP by use of a previously captured reference face image
USE-9.5.3-01: An identity proofing process fulfilling the requirements for Extended LoIP from one of the use cases described in clauses 9.2.1, 9.2.2, or 9.2.3 of the present document, or it has been previously been peer reviewed or certified by an accredited conformity assessment body to comply with assurance level high in accordance with Regulation (EU) No 910/2014 [i.25] shall be used to capture a reference face image and to bind the necessary identity attributes to this reference face image.
8.2.4 Use of existing eID means as evidence
[CONDITIONAL] COL-8.2.4-02X: If the Baseline LoIP is targeted, the eID means shall have been notified at least at eIDAS LoA substantial or shall have been assessed by an independent conformity assessment body to fulfil the requirements for an eIDAS substantial eID or eIDAS high eID. The independent conformity assessment body shall be accredited as per Article 3 (18) of Regulation (EU) No 910/2014 [i.25], and, if all applicable requirements are fulfilled, the assessment shall result in a certificate of compliance based on a certification audit. This formal certification process shall be based on a security evaluation process that refers to the levels of assurance defined for notified electronic identification means or for certified European Digital Identity Wallets under Regulation (EU) No 910/2014 [i.25] and shall include rigorous testing to evaluate resistance against potential security threats. These evaluations shall employ pertinent technical standards to demonstrate robustness against such attacks.