Archivo de la categoría: Prevención de Blanqueo de Capitales

EADTust: Expertos en Confianza


EADTrust, conocida formalmente como European Agency of Digital Trust S.L., es un Prestador Cualificado de Servicios de Confianza Electrónica regulado por el Reglamento (UE) Nº 910/2014 (eIDAS). La empresa se posiciona como líder en proporcionar infraestructura legal digital para procesos de innovación y transformación digital, ofreciendo soluciones que garantizan seguridad jurídica, cumplimiento normativo y confianza en transacciones electrónicas. Muy interesante para Startups y Scaleups de entornos Fintech, Regtech, Insurtech y Legatech.

Desde su integración en el Grupo Garrigues —que adquirió una participación mayoritaria del 51% en 2023—, EADTrust ha fortalecido su capacidad innovadora mediante la colaboración estrecha con g-digital, la división de negocios digitales de Garrigues. Esta alianza estratégica combina la «expertise» legal de uno de los despachos de abogados más prestigiosos de Europa con la especialización técnica de EADTrust en servicios de confianza cualificados, impulsando el desarrollo conjunto de soluciones tecnolegales avanzadas.

Con más de 15 años de experiencia, EADTrust combina conocimiento técnico y jurídico para resolver todo tipo de desafíos de digitalización. Como entidad supervisada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital de España (y habilitada para la videoidentificación en la expedición de certificados cualificados), está incluida en la lista de confianza de la Unión Europea, actuando en todo el territorio comunitario.

Su integración con Garrigues a través de g-digital permite ofrecer productos innovadores como GoCertius y plataformas reguladas (rPaaS), diseñadas por g-digital y operadas por EADTrust, que aseguran certeza legal preventiva en un entorno regulatorio en evolución.

La empresa preside la Comisión de Blockchain de AMETIC, participa en Global LegalTech Hub (GLTH), y en LNET (entidad procedente de LACNet y LACChain) y colabora con socios estratégicos como CANON y Procesia para desarrollar productos a la vanguardia de la identidad digital europea, de los servicios de confianza digital y de los procesos de transformación digital.

Su lema refleja su esencia: proporcionar certeza legal preventiva en un entorno regulatorio en constante cambio. EADTrust destaca por soluciones fáciles de implementar, precios transparentes y un equipo experto liderado por especialistas reconocidos en servicios de confianza regulados.

Servicios Cualificados bajo eIDAS

EADTrust ofrece un amplio rango de servicios cualificados conforme al Reglamento eIDAS, diseñados para proporcionar el más alto nivel de confianza digital y cobertura regulatoria, con robustez criptográfica superior al restos de prestadores: RSA de 4096 y 8192 bits y ECC de 256 y 384 bits, lo que le lleva a ostentar la primera posición en «criptoagilidad«. Servicios como:

  • Certificados Digitales Cualificados — Emisión de certificados para personas físicas y jurídicas, incluyendo certificados PSD2 (QWAC y QSeal) para servicios de pago en entornos de banca abierta. Estos permiten identificación segura y firmas y sellos electrónicos cualificados
  • Sellos de Tiempo Cualificados — Garantizan la fecha y hora exacta de documentos electrónicos.
  • Notificaciones Electrónicas Certificadas — Servicios de entrega registrada electrónica con valor probatorio, con nombre propio Noticeman.
  • Implementación de Soluciones para la Cartera de Identidad Digital Europea (EUDI Wallet) y servicios de archivo electrónico cualificado con digitalización de documentos en papel bajo eIDAS 2.

Además, integra estos servicios en plataformas como EAD Factory, que actúa como un Prestador de Servicios de Confianza Cualificado (QTSP) «como servicio» integrable en organizaciones, permitiendo un «QTSP in-house» con integración segura y escalable.

Cabe destacar productos como EAD Enterprise Suite, GoCertius o Innovoto (solución de voto electrónico y participación a distancia de accionistas de sociedades de capital, socios de asociaciones, sindicatos, sociedades deportivas y Colegios Profesionales), que facilitan el cumplimiento y la seguridad en procesos empresariales.

El hecho de ser el único prestador cualificado con jerarquías de certificación EIDAS de cifrado ECC-256 durante la pandemia del COVID-19 lo posicionó como el proveedor de elección de certificados de los organismos sanitarios españoles para la expedición de pasaportes COVID.

Servicios Profesionales de Consultoría y Verificación de cumplimiento (auditoría técnica)

Más allá de los servicios cualificados directos, EADTrust ofrece servicios profesionales especializados para ayudar a empresas a alinearse con normativas y estándares internacionales:

  • Asesoría en Confianza Digital → Ayuda a prestadores de servicios electrónicos a cumplir con eIDAS y estándares como los de ETSI o WebTrust (CABForum), optimizando sistemas de gestión para obtener reconocimiento como Prestador Cualificado. También ayuda a empresas de sectores regulados, como la banca a cumplir la normativa EIDAS2, entre otras. Con la adopción de certificados de web de corta duración, asesora en la implantación del protocolo ACME.
  • Cumplimiento Regulatorio → Diagnóstico, asesoría y consultoría para alineación con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI) y Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad (EJIS) en España.
  • Verificación de Firmas Electrónicas → Auditoría de soluciones de firma electrónica avanzada, firma manuscrita digitalizada avanzada (FMDA) y firma biométrica por voz, asegurando calidad, seguridad y validez legal.
  • Digitalización Certificada → Verificación de software de digitalización de documentos y facturas, garantizando cumplimiento normativo y confianza para usuarios, en cuatro contextos normativos: AEAT, ENI/NTI, EJIS/CTEAJE y EIDAS2 (Digitalización Cualificada).
  • Cumplimiento Técnico y legal en normativas conexas de Ciberseguridad como RGPD (GDPR en inglés) → Consultoría especializada en protección de datos personales, aprovechando la experiencia como prestador de servicios de confianza. También se incluye NIS2 (Network and Information Systems 2), DORA (Digital Operational Resilience Act), CRA (Cyber Resilience Act), CER (Critical Entities Resilience) y ENS (Esquema Nacional de Seguridad). Y otras de ámbito europeo como  EU’s AI Act, DMA (Digital Markets Act), o DSA (Digital Services Act). Una de las primeras entidades en ofrecer servicios de responsable de la seguridad de la información como persona u órgano designado por las entidades encargado de las funciones de punto de contacto y de coordinación técnica que requerirá la futura Ley de Coordinación y Gobernanza de la Ciberseguridad.
  • Votación Electrónica y Servicios Corporativos (servicios electrónicos societarios)→ Plataformas para votación electrónica en juntas de accionistas, foros electrónicos de accionistas y supervisión autenticada de publicaciones web (verificación de publicación sin interrupción, o «publicación fehaciente»), con emisión de actas certificadas que incluyen listas de asistentes, quórum y resultados. También se auditan plataformas de participación a distancia, se graban testimonios electrónicos del video de la junta con certificación del momento en que tuvo lugar y se prestan servicios complementarios para reforzar la seguridad jurídica incluso en Juntas celebras exclusivamente de forma telemática.

Estos servicios se adaptan a las necesidades del cliente, con metodologías versátiles que evidencian la calidad ante terceros y refuerzan la confianza regulatoria.

Compromiso con la Excelencia

Los servicios de EADTrust no solo cumplen con requisitos legales, sino que van más allá al proporcionar certeza y seguridad jurídica preventiva. Al elegir EADTrust, las organizaciones obtienen:

  • Reducción de incertidumbre en el uso de tecnologías digitales.
  • Mayor autonomía en gestión de procesos electrónicos.
  • Responsabilidad asumida por EADTrust en aspectos críticos, como actas certificadas en votaciones, o publicaciones de documentos en página web durante el tiempo prescrito por la ley.
  • Integración fluida en sistemas existentes mediante herramientas como Notice Manager para notificaciones y el uso de «Hashes encadenados» para garantizar la integridad de colecciones de datos..

La empresa cuenta con certificaciones ISO 9001, ISO 20000-1, ISO 27001, ENS alto y EIDAS demostrando su compromiso con la calidad, la seguridad de la información y la gestión de servicios TI.

Como parte de un ecosistema innovador, EADTrust colabora en el desarrollo de soluciones blockchain (LNET) y participa activamente en foros sobre eIDAS 2, posicionándose a la vanguardia de la identidad digital europea.

EADTrust se consolida como la entidad de expertos en confianza digital, ofreciendo una combinación única de servicios cualificados eIDAS y consultoría profesional que impulsa la transformación digital segura y con certeza de cumplimiento. Ya sea emitiendo certificados cualificados, verificando soluciones de firma o asesorando en cumplimiento normativo, EADTrust proporciona las herramientas necesarias para operar con plena confianza en un mundo digital.

Para más información sobre cómo EADTrust puede apoyar sus procesos de innovación, visite www.eadtrust.eu o contacte con su equipo de expertos en el 91 716 0555.

Certificados cualificados para PSD2 (Segunda Directiva de Servicios de Pago)


EADTrust expide Certificados Cualificados PSD2 para entidades financieras y otros roles definidos en la Directiva PSD2: TPP, AISP, PISP, ASPSP. CISP

Los certificados PSD2 son certificados digitales cualificados diseñados para cumplir con la Directiva de Servicios de Pago (PSD2) de la Unión Europea. Estos certificados aseguran las transacciones financieras y la comunicación entre los proveedores de servicios de pago y las instituciones financieras.

Tipos de certificados PSD2

Existen dos tipos principales de certificados PSD2:

  1. QWAC (Qualified Website Authentication Certificate):
    • Autentifica el sitio web del proveedor de servicios de pago.
    • Cifra las comunicaciones entre el banco y el proveedor mediante conexión TLS.
    • Garantiza la comunicación segura en la transmisión de datos.
  2. QSealC (Qualified eSeal Certificate):
    • Securiza los datos a nivel de aplicación.
    • Identifica de forma unívoca quién ha accedido a la API.
    • Protege los datos firmados contra modificaciones, asegurando su integridad.

Información contenida

Los certificados PSD2 incluyen:

  • Identidad del proveedor de servicios de pago.
  • Roles del proveedor (pueden ser uno o varios: AISP, PISP,…).
  • Número de autorización asignado por la Autoridad Nacional Competente.
  • Nombre del dominio/dominios autenticados

Requisitos para su expedición

Para obtener un certificado PSD2, se requiere:

  1. Ser un proveedor de servicios de pago autorizado con un número de autorización asignado por la Autoridad Nacional Competente (en España, el Banco de España).
  2. Presentar documentación:
    • Documento de identificación (DNI, NIE) del representante legal.
    • Poder que acredite la representación vigente.
    • Identificación de la categoría de la entidad (organización privada, entidad gubernamental, comercial o no comercial)
  3. Pasar por un proceso de validación, similar al requerido para TLS de validación extendida (EV), que puede incluir:
    • Verificación cara a cara de los documentos oficiales del titular del certificado.
    • Confirmación de la licencia y roles del proveedor de servicios de pago por parte de la autoridad certificadora
  4. En algunos casos, se puede requerir la intervención de un notario público para facilitar el proceso de validación

Los certificados PSD2 son cruciales para garantizar la seguridad y la confianza en las transacciones financieras digitales en el marco de la normativa europea, proporcionando autenticación, integridad y confidencialidad en las comunicaciones entre proveedores de servicios de pago, bancos y clientes.

Puede contactar con EADTrust llamando al 91 7160555 o 902 365 612.

Congreso Internacional «Desafíos pendientes en la digitalización de los mercados financieros (del 4 al 6 de marzo de 2025)


El Congreso Internacional «Desafíos pendientes en la digitalización de los mercados financieros» tendrá lugar los días 4, 5 y 6 de marzo de 2025 en el Salón de Grados de la Facultad de Derecho Universidad Complutense de Madrid.

Mi presentación, titulada «Seguridad Jurídica Preventiva Digital. Los servicios cualificados de confianza europeos EIDAS y EIDAS2” tendrá lugar el 4 de marzo.

Organizado en el marco del proyecto de investigación La digitalización de los mercados financieros (análisis jurídico) – PID2020-113447RB-I00, IP es la prof. Isabel Fernández Torres.

  • Dir. Isabel Fernández Torres, Catedrática (Ac.), UCM
  • Dir. Adjunta: Luz María García, UCM

Acceso libre hasta completar aforo.

Martes, 4 de marzo de 2025


9:00 Inauguración de las Jornadas
9:15 Ponencia inaugural: Miguel Ángel Fernández Ordoñez, ex – gobernador del Banco
de España


METAVERSO, IA, MACHINE LEARNING Y SU IMPACTO EN EL MUNDO JURÍDICO

9:45 Conferencia: “IA en el mercado financiero”, Isabel Fernández Torres, Universidad
Complutense
10: 45 Conferencia: “AI Regulation”, T. Bonneau, Univ. Paris II Panthéon-Assas


11:00 Mesa redonda. Modera Maite Martínez Martínez, Universidad Complutense

  • Almudena de la Mata (Blockchain Intellingence Law Institute): “Confluencia de IA y Blockchain en el Metaverso y los nuevos servicios financieros”
  • Julián Inza (Presidente EAD Trust): “Seguridad Jurídica Preventiva Digital. Los servicios cualificados de confianza europeos EIDAS y EIDAS2”
  • Noemí Brito (KPMG): “Ética Digital e IA Confiable”
  • Pedro Portellano (Universidad Autónoma de Madrid): “Decisiones financieras, inteligencia artificial y Business Judgment Rule”

12:00 Pausa-Café

DATOS

12:30 Conferencia: “Minería de datos”, Begoña González Otero, Max Planck for
innovation and competition (Munich).


13.00 Mesa redonda. Modera Antonio Alonso Bartol Bustos, Universidad Complutense

  • Luis Felipe López (UDIMA): “Protección de Datos”
  • Cristina Timón (Universidad de Murcia): “Identidad Digital”
  • Julio V. González (Universidad Complutense): “Transferencia internacional de datos”
  • Julia Suderow (Universidad de Deusto): “Big data: nuevos modelos y mala regulación”

14:00 Comida

15.30 Mesa redonda. INATBA
16.30 Comunicaciones


Miércoles, 5 de marzo de 2025


MERCADOS DE CAPITAL DIGITALES

9.00 Conferencia. Montserrat Martínez Parera, Vicepresidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
9.30 Conferencia, Francesca Romana Medda, “Sandboxes”, University College of London

10:15 Mesa redonda. Modera Javier Juste Mencía, Universidad Complutense

  • Nuria Fernández (Universidad de Alicante): “Protección al inversor”
  • Luz María García (Universidad Complutense): “Abuso de mercado y descentralización”
  • Konstantinos Sergakis (Glasgow University): “Democratizing Finance via AI: Investor Protection and Investor Engagement”
  • Juan Ignacio Peinado Gracia (Universidad de Málaga): “Sostenibilidad y digitalización”

11:45 Pausa/café

PRESENTE Y FUTURO DE LOS CRIPTOACTIVOS

12:15 Conferencia. Carmen Pastor, Universidad de Alicante

12.45 Mesa redonda. Modera Javier Megías López, Universidad Complutense

  • Cristina Guerrero (Universidad Complutense): “Taxonomía”
  • Alfredo Muñoz (Universidad Complutense): “Colocación y venta de tokens”
  • Emilio Díaz Ruíz (Universidad Complutense): “Transparencia en la promoción y colocación”
  • Rebeca Herrero Morant (Universidad de Zaragoza): “Algunos problemas jurídicos de los security tokens”

14.15 Comida

EURODIGITAL, TRIBUTACION Y BLANQUEO DE CAPITALES

16.00 Conferencia: Francisco Javier Priego, Secretario General del Banco de España

16.30 Conferencia: Joachim Wüermeling, former member of the Executive Committee Bundesbank, Partner Allen y Board Member Blockchain Intelligence

17.00 Mesa redonda. Modera: José Luis Colino Mediavilla, Universidad Complutense

  • José María López (Universidad de Málaga): “Proveedores de servicios de pago”
  • Xavier Codina (CUNEF): “Blanqueo de capitales”
  • Pablo Sanz Bayón (ICADE): “Comparativa CBDCs”
  • Rosa Galán (Universidad Complutense): “Tributación” DEFI, DAOS, P2P

18.15 Modera: Eva Recamán Graña, Universidad Complutense

  • Alfonso Martínez Echevarría (CEU): “Tokens de gobernanza”
  • Sagrario Navarro (UCLM): “DAOS”
  • Ana Muñoz (URJC): “DEFI”
  • Fernando Carbajo (Universidad de Salamanca): “NFT”

Jueves, 6 de marzo de 2025

9.00 DIGITALIZACION Y REGISTROS

NUEVOS DESAFIOS EN EL DERECHO BANCARIO

10.30 Conferencia: Rosa María Barresi, University of Florence

11.00 Conferencia: Alicia Muñoz Lombardía, Banco Santander

11:30 Pausa Café

12.00 Mesa redonda. Modera José Carlos González Vázquez, Universidad Complutense

  • Alberto Ruiz Ojeda (Universidad de Málaga): “Resolución y digitalización”
  • Mª Ángeles Alcalá (Universidad de Castilla la Mancha): “Digitalización y Buen Gobierno Corporativo”
  • Francisco Uría (KPMG): “PSD3”
  • Silvia Madrid (Unicredit): “Compliance”
  • Sofia País (Universidad Católica de Porto): “Prácticas anticompetitivas en el sector Bancario”

13.30 PONENCIA DE CLAUSURA: Montserrat Martínez Parera, Vicepresidenta de la
CNMV

Informes del grupo europeo de Expertos sobre Identidad Digital y sobre procesos de identificación de Debida Diligencia


A finales de 2017, la Comisión Europea constituyó un grupo de expertos sobre los procesos de identificación electrónica (eID) y de verificación de identidad en procesos de «Debida Diligencia» compuesto por representantes de las autoridades de supervisión de cada país, de los reguladores del sector bancario y de instituciones bancarias y de pago, con su actividad prevista hasta finales de 2019.

Al grupo de expertos se le encomendó que estudiara la forma de facilitar el uso transfronterizo de la identificación electrónica y la portabilidad de identificaciones de tipo «KYC» basada en herramientas de identificación y autenticación en el marco del Reglamento eIDAS para permitir a las instituciones financieras identificar digitalmente a los clientes.

El trabajo del grupo de expertos se dividió en dos grupos de trabajo.

El grupo de trabajo 1 realizó un mapeo de las soluciones de on-boarding a distancia existentes en el sector bancario, incluyendo la identificación y evaluación de los riesgos y cómo pueden mitigarse, así como, las perspectivas de interoperabilidad y funcionalidad global en un momento determinado, ya que explora las cuestiones relativas a la identificación electrónica y los procesos de KYC («Know your Customer») a distancia basados en el Reglamento eIDAS.

El grupo de trabajo 2 definió el alcance de un posible marco futuro para soluciones portátiles de KYC («Know your Customer») y CDD («Customer Due Diligence») y una evaluación del conjunto mínimo de atributos necesarios con el nivel de garantía (LoA, Level of Assurance) adecuado, tomando como referencia el marco del Reglamento eIDAS.

Para mi ha sido un privilegio formar parte de este Grupo de Expertos de Identidad Digital con énfasis en la Prevención de Blanqueo de Capitales.

Call to action

Las entidades financieras desarrollan una actividad muy regulada en la que la verificación de identidad es clave y se incluye entre las obligaciones legales de cada entidad.

Si usted trabaja en una entidad financiera puede considerar interesante contactar con EADTrust en el +34 917160555 (o por email: infor (sin r) at eadtrust punto eu) y explorar los servicios que podemos ofrecerles. Al formar parte del Grupo Garrigues armamos equipos de trabajo mixtos de grandes juristas y expertos en Identidad Digital especializada en contextos regulatorios, que trabajan con las entidades ayudando a definir aspectos estratégicos y tácticos

Laboratorio de Confianza Digital ICADE Garrigues


La Universidad Pontificia Comillas y el despacho de abogados Garrigues, firmaron un convenio para crear el Observatorio ‘Legaltech’, Garrigues-ICADE.

El Observatorio, depende de la Facultad de Derecho (Comillas ICADE), a través del Centro de Innovación del Derecho (CID-ICADE).

En la organización del Observatorio destacan Fernando Vives (Presidente), Iñigo Navarro (Codirector), Moisés Menéndez (Codirector), Ofelia Tejerina (Coordinadora) y Hugo Alonso (Gestión de Proyectos).

Formando parte del Observatorio se han definido ya varios laboratorios:

Ahora se crea el Laboratorio de Confianza Digital ICADE Garrigues y he sido nombrado Director del Laboratorio, lo que para mi es un gran honor.

Aunque todavía estoy recopilando información para incorporarla a la página web del Laboratorio que se creará en el sitio de la Universidad de Comillas quisiera comentar que en este momento estamos dando prioridad al análisis del futuro Reglamento EIDAS2 y a la formulación de la Cartera IDUE que se espera que en unos dos años esté disponible para todos los ciudadanos europeos.

Hemos creado un Enlace de invitación al Canal de Whatsapp del Laboratorio de Confianza Digital en el que comentaremos novedades y al que se pueden conectar las personas interesadas.

Posteriormente organizaremos eventos presenciales con diversos ponentes en las instalaciones de la Universidad.

Y dado que soy de Pamplona y hoy es 6 de julio, pongo esta fotico del chupinazo que se ha disparado a las 12 de la mañana desde el balcón del ayuntamiento para celebrar que hoy comienzan las fiestas de San Fermín.

Articulo 12 de la Ley 10/2010 (PBC): Relaciones de negocio y operaciones no presenciales.


La Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo contempla en su artículo 3 la identificación formal de los clientes de los sujetos obligados (entidades de crédito, aseguradoras, gestoras de fondos e inversiones, entidades de dinero electrónico, notarios y registradores, y otros muchos colectivos citados en el artículo 2).

En su artículo 12 establece la posibilidad de identificación no presencial y describe diversas casuísticas, entre las que destaca la opción de identificar a los usuarios mediante sistemas de firma cualificada según lo previsto en el Reglamento EIDAS.

La reciente Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas ha actualizado el artículo con algunas precisiones adicionales.

Las entidades Fintech, Insurtech, Regtech deberían contactar con EADTrust para explorar cómo integrar los certificados cualificados en los procesos de Onboarding de clientes.

Informe de experto externo de evaluación de las medidas de control interno destinadas a prevenir el blanqueo de capitales


Se establece una nueva actividad sujeta a la opinión de expertos externos para evaluar las medidas de control utilizadas en los entornos de «video onboarding» de las entidades financieras en el contexto de la reciente normativa publicada al efecto por el SEBPLAC (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias).

video-conferenciaRecientemente se ha  publicado la AUTORIZACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE IDENTIFICACIÓN NO PRESENCIAL MEDIANTE VIDEOCONFERENCIA que permite cumplir con los requisitos de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo y del Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

El apartado 1 del artículo 21 del Real Decreto 304/2014 (Requisitos en las relaciones de negocio y operaciones no presenciales) indica:

1. Los sujetos obligados podrán establecer relaciones de negocio o ejecutar operaciones a través de medios telefónicos, electrónicos o telemáticos con clientes que no se encuentren físicamente presentes, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) La identidad del cliente quede acreditada de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable sobre firma electrónica.
  • b) La identidad del cliente quede acreditada mediante copia del documento de identidad, de los establecidos en el artículo 6, que corresponda, siempre que dicha copia esté expedida por un fedatario público.
  • c) El primer ingreso proceda de una cuenta a nombre del mismo cliente abierta en una entidad domiciliada en España, en la Unión Europea o en países terceros equivalentes.
  • d) La identidad del cliente quede acreditada mediante el empleo de otros procedimientos seguros de identificación de clientes en operaciones no presenciales, siempre que tales procedimientos hayan sido previamente autorizados por el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (en adelante, Servicio Ejecutivo de la Comisión).

La Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias , dependiente de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa del Ministerio de Economía y Competitividad, creada por la Ley 19/1993 de 28 de diciembre, es un órgano colegiado del que forman parte representantes de diferentes departamentos ministeriales y Agencias, el Ministerio Fiscal, así como de las Comunidades Autónomas. Es el máximo responsable del desarrollo de la política preventiva y de lucha contra el blanqueo de capitales en España. Actualmente se encuentra regulada por la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

La Comisión cuenta con el apoyo de la Secretaría, actualmente desempeñada por la Subdirección General de Inspección y Control de Movimientos de Capitales de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, y del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC).

El SEPBLAC es la unidad de inteligencia financiera española y desempeña las actuaciones tendentes a la prevención e impedimento de la utilización del sistema financiero o de empresas o profesionales de otra naturaleza para el blanqueo de capitales, así como las funciones de investigación y prevención de las infracciones administrativas del régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior.

El artículo 28 de la Ley 10/2010 establece que las medidas de control interno a que se refiere el artículo 26 de dicha Ley serán objeto de examen anual por un experto externo y que quienes pretendan actuar como tal deberán comunicarlo al Servicio Ejecutivo de la Comisión antes de iniciar su actividad e informar a éste semestralmente de la relación de sujetos obligados cuyas medidas de control interno hayan examinado.

El artículo 28 de la Ley 10/2010 establece que las medidas de control interno a que se refiere el artículo 26 de dicha Ley serán objeto de examen anual por un experto externo y que quienes pretendan actuar como tal deberán comunicarlo al Servicio Ejecutivo de la Comisión antes de iniciar su actividad e informar a éste semestralmente de la relación de sujetos obligados cuyas medidas de control interno hayan examinado.

Es responsabilidad de los sujetos obligados seleccionar profesionales idóneos, así como verificar que el examen externo se realice en los términos establecidos en la Orden EHA/2444/2007, de 31 de julio.

El Informe de experto externo contempla la evaluación de las medidas de control interno destinadas a prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. En particular en aplicación de la AUTORIZACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE IDENTIFICACIÓN NO PRESENCIAL MEDIANTE VIDEOCONFERENCIA publicada por el SEBPLAC.