En relación con los Servicios de Confianza, en España rige la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, junto con el Reglamento 910/2014 (actualizado con el Reglamento 2024/1183).
En su preámbulo se menciona que
- Todos los prestadores de servicios de confianza, cualificados y no cualificados, están sometidos a la obligación de adoptar las medidas técnicas y organizativas adecuadas para gestionar los riesgos para la seguridad de los servicios de confianza que prestan, así como de notificar al órgano de supervisión cualquier violación de la seguridad o pérdida de la integridad que tenga un impacto significativo en el servicio de confianza prestado.
- Los prestadores de servicios no cualificados pueden prestar servicios sin verificación previa de cumplimiento de requisitos, sin perjuicio de su sujeción a las potestades de seguimiento y control posterior de la Administración. No obstante, deberán comunicar al órgano supervisor la prestación del servicio en el plazo de tres meses desde que inicien su actividad, a los meros efectos de conocer su existencia y posibilitar su supervisión
Y en su articulado:
Artículo 12. Inicio de la prestación de servicios electrónicos de confianza no cualificados.
Los prestadores de servicios de confianza no cualificados no necesitan verificación administrativa previa de cumplimiento de requisitos para iniciar su actividad, pero deberán comunicar su actividad al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en el plazo de tres meses desde que la inicien, que publicará en su página web el listado de prestadores de servicios de confianza no cualificados en una lista diferente a la de los prestadores de servicios de confianza cualificados, con la descripción detallada y clara de las características propias y diferenciales de los prestadores cualificados y de los prestadores no cualificados.
En el mismo plazo deberán comunicar la modificación de los datos inicialmente transmitidos y el cese de su actividad.
Identificación de Prestadores
En la actualidad el Ministerio ya publica la información básica de los Prestadores de Servicios Electrónicos de Confianza No Cualificados como su Nombre/Razón Social, su CIF, el Nombre Comercial y el Dominio, si bien todavía no incorpora la descripción detallada y clara de las características propias y diferenciales.
De la citada página se extrae la siguiente lista de prestadores, respecto a lo que hay que considerar que algunos de ellos son también Prestadores Cualificados de Servicios de Confianza y no queda claro qué servicios no cualificados de los que prestan hace recomendable su inclusión en este listado.
- 360nrs
- 3G Mobile Group (Foldersign)
- Addalia
- Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica – ACCV
- ANF AC
- Aplicaciones Inmovilla SLU
- Aralink Wallet Id
- Aviva Voice
- Banco de España
- Bianca Schulte Gutiérrez
- Bigle Legal
- Bounsel
- BTP Onetec
- Camerfirma
- Cedro
- CEREC Fábrica Nacional De Moneda Y Timbre – Real Casa De La Moneda E.P.E – M.P. (FNMT-RCM)
- Certificacion De Envios ICPM
- Certifirm
- CGI Information Systems and Management Consultants España S.A
- Codicert
- Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla
- Confirmsign, S.L.
- Consorci AOC (Catcert)
- Constata EU
- Customer Comms
- Digitaldocu Digitel TS
- Dirección General de Política Digital – Consejería de Hacienda y Adm. Pública – Junta de Andalucía
- Docalia
- Docuten
- Doyfe
- EADTrust
- ECS TSA
- Edatalia
- Edicom
- Edigitaltrust
- Eevidence
- Efirma Go
- Egarante
- Elix Regtech
- Factorymail
- Factum Id
- Fidestamp
- Fikrea
- Fingerink
- Finveris
- Firma Documentos
- Firma365
- Firmafy
- Firmaprofesional, S.A.
- Full Certificate – Wevote – Full Signature
- Gohu TPA
- Grupo Backup
- Ianet Conecta S.L.
- Icommunity
- Idealista
- IESA
- Ilovepdf
- Isigma
- Izenpe, S.A.
- Legal Intermedia «Verum Digital»
- Legalbono
- Legalpin
- Leypal
- Lleida.Net
- Lleidanet Pki
- Logalty Servicios de Tercero de Confianza S.L.
- Mailsuite
- Mailteck
- Mensagia
- Mensatek
- Metaposta
- Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
- Ministerio de Defensa de España
- Nivimu
- Nodalblock
- Notificad@S
- On Diversity Limited España
- Pipeline Software
- Punto Neutro
- R2 Docuo
- RD Post
- Registradores De España
- Rubricae
- Salvador Portillo Naranjo
- Sectigo
- Segursign
- Seres
- SGNTJ / GGTDAL
- Signaturit
- Signaturit- Ivnosys
- Signe Autoridad De Certificación
- Signicat Spain
- Signyourdocs
- Sihecert, S.L
- Sinatura
- Smartbiometrik
- Softy
- Spairal Commerce
- Tecalis
- Teenvio
- Terraminium
- Uanataca
- Validated Id
- Vintegris
- Wiwink
- Zertiban
- Zertifika Outsourcing
Me ha parecido interesante publicar información más detallada de las entidades que así lo deseen.
Por ejemplo algunos servicios no cualificados de EADTrust:
- Consultoría de despliegue de funcionalidad EIDAS y EIDAS2 en entidades obligadas.
- Verificación de conformidad (Auditoría) de sistemas de firma biométrica: FMDA Firma Manuscrita Digitalizada Avanzada
- Verificación de conformidad (Auditoría) de sistemas de firma biométrica vocal
- Verificación de conformidad (Auditoría) de sistemas de Digitalización Certificada
- Servicios de despliegue de Cartera de Identidad Digital Europea y de interconexión de entidades obligadas.
- Sistema de notificaciones Noticeman, usado también como sistema de prueba de Oferta y Aceptación (Contratación electrónica)
Si desea que incluya información adicional de alguno de los prestadores de servicios de confianza no cualificados, contacte conmigo a través de este mail. También si detecta algún error en la denominación.
Ponga al principio del asunto [PSCNC] para facilitar la búsqueda.
SI puede incluir en alguna parte del correo electrónico el texto exacto a incluir es preferible (incluyendo los enlaces), porque así puedo copiar y pegar el texto sin más. También puede incluir un logo si lo desea.









