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Robustez de las claves asimétricas recomendadas por el CCN


Recientemente, el Organismo Supervisor de Prestadores Cualificados de Confianza eIDAS en España ha comunicado a los prestadores de servicios de confianza la recomendación de abandonar el uso de claves RSA de hasta 2048 bits, indicando que la fuente de la recomendación es el CCN (Centro Criptógico Nacional) a través del documento CCN-STIC 221 – Guía de Mecanismos Criptográficos autorizados por el CCN.

Sin embargo, ese documento no entra en detalles de tamaños de clave recomendados aunque indica en su página 104

Los resultados del ataque ROCA obligó a varios gobiernos europeos a revocar todos
los certificados digitales de millones de tarjetas de identificación de sus ciudadanos,
ya que tenían claves de 1024 bits y se podía suplantar la identidad de sus ciudadanos. En España se optó por la misma medida de prevención, aunque los DNIe españoles no corrían el mismo peligro que los documentos de identidad utilizados en otros países, ya que el DNIe español utiliza claves de 2048 bits.

dando a entender que un tamaño de 2048 bits en RSA es apropiado.

En realidad, las claves de los dispositivos cualificados de casi todos los países (no solo España) eran en aquel momento de 2048 bits, pero la vulnerabilidad ROCA afectaba al algoritmo de generación de claves adoptado por Infineon (que lo limitó al uso de la variante «Fast Prime») con lo que hubiera sido sencillo sustituir las claves generadas por aquellos chips con generadores externos al propio chip.

En muchos lugares (incluida España) se optó por generar claves RSA de 1952-bits en el propio chip. A tal efecto se modificó el software de los «cajeros automáticos del DNI» para actualizar los certificados (y su clave privada asociada) cuando acudieran los ciudadanos a la renovación de certificados. Para siguientes emisiones de DNIe se usaron dispositivos diferentes.

El documento del CCN que entra en más detalles sobre la criptografía es el CCN-STIC 807 – Criptología de empleo en el Esquema Nacional de Seguridad, y la versión más reciente es de mayo de 2022.

En su apartado 3 se indica:

Los mecanismos criptográficos autorizados indicados en los siguientes apartados se han clasificado en dos (2) categorías (CAT) de acuerdo con su fortaleza estimada a corto y largo plazo:

a) Recomendados (R): mecanismos que ofrecen un nivel adecuado de seguridad a largo plazo. Se considera que representan el estado del arte actual en seguridad criptográfica y que, a día de hoy, no presentan ningún riesgo de seguridad significativo. Se pueden utilizar de forma segura a largo plazo, incluso teniendo en cuenta el aumento en potencia de computación esperado en un futuro próximo. Cualquier riesgo residual, solo podrá proceder del desarrollo de ataques muy innovadores.

b) Heredado o Legacy (L): mecanismos con una implementación muy extendida a día de hoy, pero que ofrecen un nivel de seguridad aceptable solo a corto plazo. Únicamente deben utilizarse en escenarios en los que la amenaza sea baja/media y el nivel de seguridad requerido por el sistema bajo/medio (como veremos en el apartado 5) y deben ser reemplazados tan pronto como sea posible, ya que se consideran obsoletos respecto al estado del arte actual en seguridad criptográfica, y su garantía de seguridad es limitada respecto a la que ofrecen los mecanismos recomendados. Como consecuencia de ello, para estos mecanismos se define el periodo de validez hasta 2025 (31 de diciembre), salvo indicación expresa de otro periodo.

En la Tabla 3-2. Tamaño de las primitivas RSA acordadas se considera (L)egacy la criptografía RSA de hasta 2024 bits.

En la Tabla 3-4. Curvas elípticas acordadas se consideran (R)ecomendada la criptografía ECC de todos los tamaños habituales entre los que se encuentran NIST P-256 o secp256r11 y NIST P-384 o secp384r1

En la Tabla 3-8. Esquemas de Firma electrónica autorizados se consideran L los tamaños de clave RSA hasta 2024 y R los tamaños de clave RSA de más de 3072 bits. Y en las variantes ECC las de tamaños a partir de 256 bits.

En la página 50 se entra en detalle sobre la firma electrónica [MP.INFO.3] tal como se encuentra definida en el Reglamento eIDAS y según la forma en la que se debe aplicar en las Administraciones Públicas en el contexto del Esquema Nacional de Seguridad.

Para los niveles bajo y medio del ENS se admiten claves RSA (del firmante) de, al menos, 2048 bits, claves de 224-255 bits si se emplean curvas elípticas y Funciones hash SHA-256 o superior.

Sin embargo, tal como se ha visto esa posibilidad entra en la consideración de «Legacy» y se tiene que dejar de usar desde el 1 de enero de 2026.

Para el nivel alto del ENS se requiere una fortaleza mínima de 128 bits, que, según se ve en las tablas indicadas anteriormente debe ser en RSA de al menos, 3072 bits, y de más de 256 bits si se emplean curvas elípticas . Se entra en detalle en la Tabla 3-8.

En cuanto a los Sellos de Tiempo [MP.INFO.4] se consideran los requisitos para el ENS alto:

  • Se utilizarán productos certificados conforme a lo establecido en el ENS ([op.pl.5] Componentes Certificados).
  • Se emplearán «sellos cualificados de tiempo electrónicos» atendiendo a lo establecido en el Reglamento eIDAS.
  • Se utilizarán mecanismos de firma electrónica recomendados y fortaleza mínima 128 bits, es decir:
     # RSA de, al menos, 3072 bits (aunque se recomienda el uso de 4096 bits).
     # Curvas elípticas con claves de, al menos, 256 bits.
     # Funciones resumen de las incluidas en la serie SHA-2 o SHA-3 con una seguridad mayor o igual que SHA-256. – Para los esquemas enlazados, la seguridad recae en la función resumen empleada, por tanto, se empleará cualquiera de las funciones de la serie SHA-2 o SHA-3 con una seguridad mayor o igual que SHA-256.

Todos estos requisitos son muy difíciles de afrontar si se empiezan a considerar en el año 2025, pero EADTrust ya los tuvo en cuenta en la definición de sus jerarquías de certificación desde su creación.

Jerarquias de certificación de EADTrust.

Las jerarquías de certificación de EADTrust ya cumplen los requisitos establecidos por el CCN desde que se diseñaron y se llevó a cabo la ceremonia de generación de claves de CA en 2019, sin esperar a la fecha límite de diciembre de 2025. Se estructuran en tres niveles (Root CA, Sub-CA e Issuing CA) y combinan tecnologías RSA y ECC, posicionando a EADTrust como pionera en Europa por su uso dual. Esta estructura soporta la emisión de certificados cualificados para firma electrónica, sellos electrónicos y autenticación de sitios web, cumpliendo con los estándares de ETSI y CEN para eIDAS y garantizando alta seguridad y confianza en transacciones electrónicas. La adopción de ECC refuerza su preparación para desafíos criptográficos futuros y ha sido clave para su designación como la entidad emisora de los certificados utilizados por los organismos sanitarios españoles para emitir el pasaporte COVID-19 durante la pandemia.

Las variantes de certificados ofrecidos por EADTrust son las siguientes:

  • Autenticación y firma electrónica de personas físicas,
  • Autenticación y firma electrónica de personas físicas, con indicación de entidad en la que trabajan,
  • Autenticación y firma electrónica de representantes legales de personas jurídicas,
  • Autenticación y firma electrónica de empleados públicos,
  • Autenticación y firma electrónica de empleados públicos, en el contexto de la Administración de Justicia
  • Autenticación y sello electrónico de personas jurídicas,
  • Autenticación y sello electrónico de órganos de la administración pública,
  • Autenticación y sello electrónico de personas jurídicas sujetas a la normativa PSD2,
  • La creación de sellos de tiempo electrónicos cualificados,
  • La comprobación y validación de firmas electrónicas, sellos electrónicos, y de sellos de tiempo electrónicos,
  • La conservación de firmas electrónicas, sellos o certificados para estos servicios

Se contemplan algoritmos criptográficos de tipo RSA con tamaños de clave de 2048 bits, 4196 bits y 8192 bits y algoritmos criptográficos de tipo ECC (Criptografía de Curva Elíptica) con tamaños de clave de 256 bits y 384 bits.

Los diferentes niveles de robustez de criptografía permiten el cumplimiento de los niveles medios y altos del ENS (Esquema Nacional de Seguridad) de España, tal como se describen en el documento “Guía de Seguridad de las TIC – CCN-STIC 807 – Criptología de empleo en el Esquema Nacional de Seguridad” citado, según las necesidades de las Administraciones Públicas.

Los tamaños de clave para los certificados cualificados (a partir de los certificados de Autoridad de Certificación raíz) son:

  • RSA Root CA 2048-bit key size with SHA256 digest algorithm para certificados cualificados.
  • RSA Root CA 4096-bit key size with SHA256 digest algorithm para certificados cualificados.
  • RSA Root CA 8192-bit key size with SHA512 digest algorithm para certificados cualificados.
  • ECC Root CA P-256 with SHA256 digest algorithm para certificados cualificados.
  • ECC Root CA P-384 with SHA384 digest algorithm para certificados cualificados.
    Para certificados no cualificados
  • RSA Root CA 2048-bit key size with SHA256 digest algorithm para certificados no cualificados.

En la siguiente figura se muestra la jerarquía RSA de 4096 bits que es similar a la de 8192 bits.

En la siguiente figura se muestra la jerarquía ECC de 384 bits que es similar a la de 256 bits.

Desde principios de 2023 EADTrust ha difundido además los nuevos certificados para la provisión de servicios de sello de tiempo cualificado diferenciados por usar diferentes algoritmos criptográficos, tamaño de clave y uso o no de Dispositivo Cualificado de Creación de Sello o de Firma (DCCF, DCCS o QSCD) Algunos están especialmente diseñados para cumplir requisitos establecidos en el Esquema nacional de Seguridad (ENS) para el Nivel de Seguridad Alto.

Los campos “CommonName” de los nuevos certificados son:

CertificadoCriptografíaTamaño ClaveQCSDENS
EADT QTSU 2023 RSA 2048RSA2048NONO
EADT QTSU 2023 ENS alto RSA 3072RSA3072NOSI
EADT QTSU QSCD 2023 ENS alto RSA 4096RSA4096SISI
EADT QTSU 2023 ENS alto ECC 256ECC256NOSI
EADT QTSU QSCD 2023 ENS alto ECC 384ECC384SISI

Por compatibilidad se mantienen los sellos de tiempo basados en criptografía RSA de 2048 bits, destinados a entidades no sujetas al cumplimiento del la normativa ENS del Esquema nacional de Seguridad.

EADTrust, la entidad líder en Digital Transaction Management (DTM)


El concepto Digital Transaction Management (DTM), Gestión de Transacciones Digitales engloba un conjunto de servicios y tecnologías basados en la nube diseñados para gestionar digitalmente transacciones basadas en documentos. El objetivo principal de la Gestión de Transacciones Digitales es eliminar la fricción inherente a las transacciones que involucran personas, documentos y datos, creando procesos más rápidos, fáciles, convenientes y seguros.

Los componentes clave de un sistema DTM incluyen:

  1. Firmas electrónicas: Permiten la vinculación de documentos a sus firmantes, su autenticación segura y la atribución legalmente vinculante de documentos firmados.
  2. Gestión de documentos y transacciones: Incluye almacenamiento digital, asociado al concepto de custodia, organización y recuperación eficiente de documentos y operaciones.
  3. Automatización de flujos de trabajo: Reduciendo tareas manuales y mejorando la consistencia de los procesos.
  4. Protocolos de seguridad: Implementando el cifrado donde se precisa (teniendo en ciuenta los riesgos que anuncia la computación cuántica) y controles de acceso para proteger información sensible.
  5. Autenticación digital: Verificando la identidad de los participantes en las transacciones.
  6. Gestión de evidencias digitales para favorecer la fuerza probatoria en contextos de resolución de controversias.
  7. Gestión de entornos híbridos de documentos digitales y en papel, con gestión de la digitalización cualificada de documentos en papel con fuerza probatoria y documentos nacidos digitales que se pueden usar impresos por la posibilidad de cotejo de su CSV (Código Seguro de Verificación) en su sede electrónica de referencia.

Los servicios de EADTrust encajan perfectamente en el concepto de Digital Transaction Management, ya que ofrecen varias soluciones clave que son fundamentales para la gestión digital de transacciones:

  1. Firmas electrónicas cualificadas: EADTrust emite certificados cualificados para personas físicas y entidades legales, que permiten la creación de firmas y sellos electrónicos avanzados y cualificados. También ofrece servicios de comprobación de las firmas electrónicas que se reciben en las entidades.
  2. Sellos de tiempo cualificados: Estos sellos permiten probar el momento exacto en que ocurrió un evento digital, dejando un registro irrefutable de la fecha, hora y contenido del evento mediante criptografía. Se asocia un sello de teiempo con cada transacción.
  3. Custodia digital: EADTrust ha desarrollado una tecnología que permite a los usuarios almacenar documentos digitalmente, pudiendo probar su autenticidad a través de CSV y su inalterabilidad mediante métodos criptográficos avanzados. En línea con la normativa de eArchivos de EIDAS2
  4. Notificaciones certificadas (Noticeman): Ofreciendo una plataforma de gestión de correo electrónico y SMS certificados que permite registrar la identidad del remitente, el receptor, el contenido y el momento exacto en que se realizaron las comunicaciones.
  5. Servicios corporativos: Proporcionan testimonios de publicación de documentos a las entidades obligadas para convocatorias de juntas generales de accionistas, foros y gestión de voto electrónico, cumpliendo con la Ley de Sociedades de Capital.
  6. Custodia de claves privadas: Celebran ceremonias de creación de claves, generando pares de claves asimétricas y manteniendo la clave privada para garantizar la integridad. Estos servicios son esenciales en la gestión de firmas manuscritas capturadas en tabletas digitalizadoras

Estos servicios de EADTrust abordan aspectos críticos de DTM, como la autenticación, la seguridad, la gestión de documentos y el cumplimiento normativo. Al ofrecer estas soluciones, EADTrust contribuye significativamente a la transformación digital de las empresas, permitiéndoles gestionar sus transacciones de manera más eficiente, segura y conforme a la normativa vigente.

En relación con las Carteras IDUE ayuda a adaptarse a las entidades obligadas por mandato del Reglamento EIDAS2 en el articulo 5 septies: 

Cuando el Derecho de la Unión o nacional exija que las partes usuarias privadas que prestan servicios —con la excepción de las microempresas y pequeñas empresas según se definen en el artículo 2 del anexo de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión ( 5 )— utilicen una autenticación reforzada de usuario para la identificación en línea, o cuando se requiera una autenticación reforzada de usuario para la identificación en línea en virtud de una obligación contractual, en particular en los ámbitos del transporte, la energía, la banca, los servicios financieros, la seguridad social, la sanidad, el agua potable, los servicios postales, la infraestructura digital, la educación o las telecomunicaciones, dichas partes usuarias privadas también aceptarán, a más tardar treinta y seis meses a partir de la fecha de entrada en vigor de los actos de ejecución a que se refieren el artículo 5 bis, apartado 23, y el artículo 5 quater, apartado 6, y únicamente a petición voluntaria del usuario, las carteras europeas de identidad digital proporcionadas de conformidad con el presente Reglamento.

Los días 20 y 21 de enero de 2025 tendrá lugar la reunión inicial del Grupo de Expertos de Certificación de la Cartera de identidad Digital de la Unión Europea (Cartera IDUE)


Justo antes de Navidades la Agencia ENISA me comunicó que había sido designado como uno de los Expertos que colaborarían en la definición del modelo de certificación de seguridad de la Cartera IDUE (EUDI Wallet, en inglés).

Un gran honor y una gran responsabilidad .

La Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad (ENISA) ha lanzado un Grupo de Trabajo Ad Hoc (AHWG-Ad Hoc Working Group) centrado en la certificación de las Carteras de Identidad Digital de la UE (EUDI Wallet). Esta iniciativa surge en respuesta a una solicitud de la Comisión Europea para desarrollar un esquema de certificación de ciberseguridad para las Carteras IDUE (EUDI Wallets).

La Agencia ENISA solicitó en octubre de 2024 (con límite del 18 de noviembre para presentar candidaturas) expresiones de interés para participar en el Grupo d Expertos: The European Union Agency for Cybersecurity (ENISA) launches a call for expression of interest to create an Ad Hoc Working Group on the certification of EU Digital Identity Wallets.

El Grupo de trabajo ad hoc (AHWG) tiene por objeto:

  • Cumplir los requisitos del Marco Europeo de Identidad Digital (European Digital Identity Framework – EDIF), garantizando que se tengan en cuenta los sistemas de certificación, las normas y las especificaciones técnicas existentes y relevantes;
  • encajar perfectamente con el conjunto de soluciones para EUDI Wallets debatidas durante los últimos años en el Grupo de Expertos de la Caja de Herramientas eIDAS y su Subgrupo de Certificación, garantizando la alineación con las aportaciones del Marco de Arquitectura y Referencia como parte del proceso de la Caja de Herramientas, el Grupo de Cooperación de Identidad Digital Europea y su Subgrupo de Certificación.

ENISA ha buscado expertos con amplio conocimiento y experiencia en:

  • Certificación de ciberseguridad
  • Carteras digitales
  • Identificación electrónica
  • Servicios de confianza

Parece ser que yo cumplo el conocimiento y experiencia de esos temas y he sido designado como uno de los miembros del AHWG, tras haber solicitado mi participación.

Un honor para mí y un reconocimiento para EADTRUST.

Ya se están convocando las primeras reuniones y espero contribuir durante todas las fases del proyecto que conducen al desarrollo del esquema de certificación.

La primera reunión tendrá lugar los días 20 y 21 de enero de 2025.

El esquema de certificación de las Carteras IDUE es importante por varias razones:

  1. Garantiza que todas las Carteras EUDI emitidas a los ciudadanos de la UE funcionen de manera segura y uniforme en toda la UE.
  2. Verifica que cada cartera cumpla con los altos requisitos de seguridad establecidos por la regulación.
  3. Contribuye a proteger los datos y la privacidad de los usuarios

El NIST publica los primeros estándares de criptografía resistente a la computación cuántica


El pasado 13 de agosto de 2024 el NIST ha publicado la versión final de los primeros estándares de criptografía resistente a la computación cuántica (Quantum Safe cryptography standards ) que habían estado circulando en versión «borrador»,

La criptografía, un pilar fundamental para la seguridad en la era digital de muchos sectores, ha sido desafiada por los avances en la computación cuántica. La llegada gradual de computadoras cuánticas con tamaños en qubits cada vez más grandes plantea amenazas significativas a los sistemas criptográficos tradicionales, que han sido la base de la seguridad informática durante décadas.

Por ello, tras e impulso del NIST, de ETSI y de otros organismos, se han desarrollado nuevos estándares de criptografía resistente a la computación cuántica que han superado un proceso de selección tras analizar las propiedades de diferentes algoritmos candidatos.

Los algoritmos criptográficos clásicos, como RSA y ECC (Elliptic Curve Cryptography), se basan en problemas matemáticos que son difíciles de resolver con las computadoras convencionales. Sin embargo, las computadoras cuánticas, aprovechando principios como la superposición y el entrelazamiento cuántico, podrían resolver estos problemas exponencialmente más rápido, comprometiendo la seguridad de la información protegida por estos métodos clásicos.

El algoritmo de Shor, uno de los algoritmos cuánticos más famosos, publicado en 1999, es capaz de factorizar números grandes en un tiempo mucho más corto que los métodos tradicionales, lo que pondría en riesgo la criptografía basada en RSA. Para la criptografía ECC también existe una variante del algoritmo de Shor. Todavía son necesarios tamaños en qubits de ordenadores cuánticos mucho mayores que los disponibles en la actualidad, pero cada pocos meses se van publicando nuevos logros de grandes empresas o de algunos estados con ordenadores cuánticos cada vez más potentes que marcan el camino hcia la «supremacía cuántica».

Ante esta amenaza, investigadores y organizaciones especializadas de todo el mundo han estado desarrollando y evaluando algoritmos criptográficos que, pese a usar métodos computacionales «no cuánticos» sean resistentes a los ataques cuánticos. Estos algoritmos, enmarcados en la denominada criptografía post-cuántica, están diseñados para ser seguros incluso frente a las computadoras cuánticas más potentes.

En agosto de 2024 se han publicado los primeros estándares oficiales de criptografía «Quantum Safe» que incluyen una serie de algoritmos recomendados y pautas para su implementación, y que han sido rigurosamente evaluados por la comunidad científica y las agencias de seguridad.

La publicación de estos estándares no es solo un avance técnico, sino también una llamada a la acción para gobiernos, empresas y profesionales de la seguridad en todo el mundo, para que se preparen para el día en el que llegue el «Criptocalipsis».

La transición hacia la criptografía «Quantum Safe» no será inmediata, pero es crucial que comience cuanto antes. Los sistemas actuales deberán ser actualizados o reemplazados y conviene que cada institución analice el uso que hace de la criptografía realice un análisis de riesgos y empiece a preparar la planificación que le permita adoptar los algoritmos «postcuánticos».

La publicación de los estándares de criptografía resistente a la computación cuántica marca el comienzo de una nueva era en la seguridad digital. A medida que avanzamos hacia un futuro donde la computación cuántica se vuelve una realidad, la adopción de estos nuevos estándares será fundamental para proteger la información y mantener la confianza en los sistemas de comunicación y transacciones globales. Es un momento decisivo para la criptografía, y los nuevos estándares servirán de guía hacia un futuro más seguro en el mundo cuántico que está llegando.

FIPS PUB 203, FIPS PUB 204 y FIPS PUB 205 Normalización de la criptografía resistente a la Computación Cuántica


Actualización de las normas PQC FIPS y pruebas de interoperabilidad

La reciente publicación de los borradores FIPS PUB 203, FIPS PUB 204 y FIPS PUB 205 por el NIST abre la fase implementación de los algoritmos criptograficos resistentes a la Computación Cuántica.

Se han recibido comentarios de cada una de las propuestas de estandarización:

También desde el IETF se ha llevado a cabo una «Hackaton» para explorar la implementación de los algoritmos PQC en la emisión de certificados y en la gestión de comunicaciones TLS o firmas de documentos electrónicos.

Este proceso facilitará la interoperabilidad de diferentes implementaciones. El éxito de cualquier implantación de certificados y claves públicas depende de su capacidad para interoperar eficazmente.

También es preciso avanzar en la compatibilidad de DTLS, Datagram Transport Layer Security, la base del soporte de las comunicaciones TLS.

Normalización de ETSI

También ETSI va publicando informes técnicos y propuestas de normalización que contribuirán a la interoperabilidad:

  1. ETSI GR QSC 001 V1.1.1 (2016-07) Quantum-Safe Cryptography (QSC); Quantum-safe algorithmic framework
  2. ETSI GR QSC 006 V1.1.1 (2017-02) Quantum-Safe Cryptography (QSC); Limits to Quantum Computing applied to symmetric key sizes
  3. ETSI GR QSC 003 V1.1.1 (2017-02) Quantum Safe Cryptography; Case Studies and Deployment Scenarios
  4. ETSI GR QSC 004 V1.1.1 (2017-03) Quantum-Safe Cryptography; Quantum-Safe threat assessment
  5. ETSI TR 103 570 V1.1.1 (2017-10) CYBER; Quantum-Safe Key Exchanges
  6. ETSI TR 103 617 V1.1.1 (2018-09) Quantum-Safe Virtual Private Networks
  7. ETSI TR 103 618 V1.1.1 (2019-12) CYBER; Quantum-Safe Identity-Based Encryption
  8. ETSI TR 103 619 V1.1.1 (2020-07) CYBER; Migration strategies and recommendations to Quantum Safe schemes
  9. ETSI TS 103 744 V1.1.1 (2020-12) CYBER; Quantum-safe Hybrid Key Exchanges An update is in preparation. 
  10. ETSI TR 103 823 V1.1.2 (2021-10) CYBER; Quantum-Safe Public-Key Encryption and Key Encapsulation
  11. ETSI TR 103 616 V1.1.1 (2021-09) CYBER; Quantum-Safe Signatures
  12. ETSI TR 103 692 V1.1.1 (2021-11) CYBER; State management for stateful authentication mechanisms
  13. ETSI TR 103 949 V1.1.1 (2023-05) Quantum-Safe Cryptography (QSC) Migration; ITS and C-ITS migration study

Diplomática, diplomática digital, administración electrónica y administración de justicia digital


La diplomática es una ciencia auxiliar de la historia que se ocupa de la autenticidad de los documentos, y que se definió inicialmente en 1681 a partir de la obra fundacional “De re diplomática” del benedictino Jean Mabillon.

La reflexión provocada por una controversia dio como resultado esa obra en la que se determinan las características de los documentos que permite que se consideren auténticos.

El monje benedictino de la abadía de Saint-Germain-des-Prés Jean Mabillon (1632-1707), tras leer la obra del jesuita flamenco Daniel Papenbroeck (1628-1714), en la que se ponía en duda la autenticidad de algunos documentos merovingios conservados en la abadía de Saint Dennis, llegó a la conclusión de que no estaba de acuerdo.

Mabillon decidió refutar a Papenbroeck escribiendo De Re Diplomatica, una obra con la que pretendía cuestionar algunas de las ideas propuestas por el erudito holandés. La indignación de Mabillon le impulsó a revisar y recopilar la obra de su vida, y a sentar sistemáticamente las bases de una nueva ciencia. Sin duda, ¡una disputa muy beneficiosa para completar el análisis académico de la archivistica respecto a la autenticidad de los documentos!

En el ámbito de las Administraciones Públicas, el estudio de los documentos que se manejan para el trámite administrativo ha dado lugar al concepto de “diplomática contemporánea” que se uniformizó gracias a la Ley 30/1992.

Con la Ley 11/2007 se da un nuevo impulso a los aspectos digitales de la diplomática, pero quienes tienen que implantarlos se encuentran frecuentemente con que no tienen el bagaje conceptual que permita resolver las dudas de aplicación más allá de la letra de la ley.

En el sector privado, la LSSI y el artículo 2 de la Ley 56/2007 marcan una orientación en la Gestión Electrónica de Documentos, pero hay dudas sobre el valor jurídico de muchas de las iniciativas destinadas a mejorar la eficiencia en la Gestión de Documentos. Cuando los proyectos de desmaterialización documental se acometen, se experimentan ahorros de decenas de millones de euros (en función de la dimensión de los proyectos), y períodos de recuperación de la inversión de entre 9 y 12 meses.

En la Administración de Justicia, se desarrolla la Ley 18/2011 con clara inspiración en la Ley 11/2007 y que sistematiza la gestión digital de documentos a partir de las ideas del Real Decreto 84/2007, de 26 de enero, sobre implantación en la Administración de Justicia del sistema informático de telecomunicaciones Lexnet para la presentación de escritos y documentos, el traslado de copias y la realización de actos de comunicación procesal por medios telemáticos.

Las Leyes 39/2015 y 40/2015, promulgadas en octubre de 2015, establecen el procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Estas leyes consagran el derecho de las personas a relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas, simplificando el acceso y fomentando el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones.

Algunos puntos claves de estas leyes son:

  • Identificación y Firma: Los interesados deben identificarse y firmar electrónicamente utilizando sistemas admitidos por las administraciones públicas, que incluyen las firmas basadas en certificados cualificados
  • Presentación de Documentos: Los documentos deben presentarse a través de registros electrónicos habilitados al efecto, vinculado a las Sedes electrónicas de los organismos.
  • Notificaciones: Las notificaciones deben realizarse electrónicamente, asegurando que los interesados reciban la información de manera oportuna. Este aspecto tiene una regulación mejorable.
  • Plazos: Se deben respetar los plazos establecidos para cada fase del procedimiento, incluyendo la presentación de documentos y la resolución de trámites.
  • Derechos de los Interesados: Los interesados tienen derecho a conocer el estado de sus procedimientos, acceder a los documentos y recibir asistencia en el uso de medios electrónicos.

Más recientemente, se ha modificado la Ley 18/2011 con el Real Decreto-ley 6/2023 que introduce varias reformas importantes en el ámbito de la justicia en España, con el objetivo de modernizar y digitalizar el sistema judicial. Algunos de los aspectos más relevantes:

  • Digitalización de la Justicia: Se promueve el uso de tecnologías de la información y la comunicación en los procedimientos judiciales. Esto incluye la posibilidad de realizar comparecencias electrónicas y la tramitación de documentos de manera digital.
  • Eficiencia Procesal: Se han introducido medidas para mejorar la eficiencia de los procesos judiciales. Por ejemplo, se ha elevado la cuantía de los juicios ordinarios y verbales de 6.000 a 15.000 euros, lo que agiliza la resolución de casos menores.
  • Tramitación Preferente: Se establece una tramitación preferente para los procesos en los que intervengan personas mayores de 80 años, permitiendo que sus vistas se realicen en las primeras o últimas horas de audiencia.
  • Legitimación de Derechos: Se amplía la legitimación para la defensa de los derechos e intereses de los trabajadores autónomos del arte y la cultura, facilitando su acceso a la justicia.
  • Reclamación de Honorarios: Se introducen nuevas disposiciones para la reclamación de honorarios por parte de abogados y procuradores, incluyendo la posibilidad de que los jueces examinen de oficio la existencia de cláusulas abusivas en los contratos.
  • Cuestión Prejudicial Europea: Se regula la suspensión de actuaciones judiciales en caso de planteamiento de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, hasta que se resuelva dicha cuestión.

Existe una gran conexión entre la gestión digital de documentos en la empresa y la que tiene lugar en las administraciones publicas y la administración de justicia y en todas ellas entran en juego conceptos de evidencias electrónicas y de normativa que ayuda a interpretar lo que se empieza a denominar «Seguridad Jurídica Preventiva Digital«. Que extiende el concepto de Seguridad Jurídica Preventiva tradicionalmente respaldada por Notarios y Registradores a las funciones que aportan los Prestadores Cualificados de Servicios de Confianza.

Con la publicación de Reglamento UE 2024/1183 (EIDAS2) se va completando el mapa regulatorio que establece las presunciones «Iuris Tantum» de los servicios de confianza.

Con lo que la «Diplomática Digital» va extendiendo la panoplia de componentes que permiten establecer si un documento digital es auténtico, más allá de los elementos básicos:

  • Atribuibilidad: Firma electrónica (o sello electrónico)
  • Integridad: Firma electrónica (o sello electrónico) o custodia de referencia (punto único de verificación)
  • Transferibilidad (Endosabilidad): Custodia de referencia (punto único de verificación)
  • Cancelabilidad (Obliterabilidad): Custodia de referencia (punto único de verificación)
  • Completitud: Anotaciones en el registro matriz de la Custodia de referencia (punto único de verificación).
  • Presunción de efectos: con el concepto de notificaciones
  • Punto de ingesta (registro de entrada): Efectos de iniciación de procedimientos, verificación de autenticidad de documentos y garantía de custodia.

Y cuando los documentos son estructurados se añadiría:

  • Marco formal, que añade sintaxis y semántica

Ahora que pienso en ello, también viene a mi memoria mi colaboración hace varios años con el organismo OASIS para la normalización en el estándar UBL de la firma electrónica (necesario en la factura electrónica y útil en otros documentos empresariales). Se puede ver en Universal Business Language Version 2.1

Principio de acuerdo entre Qureka y EADTrust 


Los días 14 y 15 de enero de 2024, El Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE organizó un taller práctico sobre computación cuántica con sus colaboradores, para para evaluar qué impacto tendrá este tipo de tecnología en el ámbito legal. Los profesores Jorge Christen y Araceli Venegas aplicaron la metodología ENSAR (Experience Name, Speak, Apply and Repeat) y la Qureka! Box, pequeñas manualidades para ver y tocar aspectos como el entrelazamiento cuántico y la superposición cuántica.

Se presentaron algunos hitos de la física cuántica de la mano de sus descubridores, desde finales del sigo XIX hasta llegar a la computación cuántica que se aplica ya en el siglo XXI. Como colofón, los asistentes realizaron ejercicios de computación cuántica gracias al Quantum Composer de IBM.

Yo era uno de los alumnos, y para mi fue una de las experiencias más estimulantes de los últimos años, que me permitió ver la conexión entre la física cuántica y la computación de una forma inesperada.

Además, en mi caso, dado que utilizo la criptografía de clave pública a nivel profesional, ya había percibido el reto que suponía el algoritmo de Shor para considerar que hay que explorar algoritmos de clave pública alternativos a RSA y ECC lo antes posible. Pero esa inquietud indeterminada ha dado paso a una percepción más concreta respecto a la forma en que trabajan los criptoanalistas cuánticos.

De modo que este Taller está marcando en estos momentos la agenda y las prioridades de mi actividad profesional a corto plazo.

Ahora desde EADTrust podemos anunciar un principio de acuerdo con Qureka ya que ayer mantuvimos una productiva reunión con Jorge Christen y Alberta Gava para impulsar activamente la oferta formativa de Qureka entre nuestros clientes, tanto en modelos presenciales como telemáticos.

También lanzamos, combinando el conocimiento de los especialistas de Qureka y los de EADTrust un nuevo servicio de análisis de riesgos con un enfoque GRC (siglas en inglés de «Governance, Risk, and Compliance») para ayudar a las empresas que utilizan algún tipo de criptografía a entender el riesgo que supone la computación cuántica en sus procesos digitales, de modo que pueden planificar con tiempo la forma de gestionarlo.

Preparando la transición postcuántica


Tras la interesantísima sesión postcuántica de ayer patrocinada por Entrust, quedé gratamente impresionado por los servicios PQLab que está ofreciendo la entidad a sus clientes.

La ponencia estratégica/técnica impartida por Rocío Martínez y Juan Carlos Fernández, desveló muchos puntos claves de lo que podría llegar a ser el «Criptocalipsis» («Cryptocalypse» en inglés), el momento en que se generalice lo suficiente el empleo de la computación cuántica para encontrar la clave privada asociada al certificado de cualquier documento firmado electrónicamente (por ejemplo).

El algoritmo de Shor establece el tamaño en qubits de los ordenadores cuánticos capaces de descifrar claves privadas de los principales algoritmos de cifrado asimétrico. Con 2.330 qubits ya se pueden atacar claves ECDSA (y de otros algoritmos basados en curvas elípticas) de 256 bits, y con 4.098 qubits se pueden atacar claves RSA de 2.048 bits.

IBM presentó a finales de 2023 la generación Condor, un procesador cuántico que gestiona 1.121 qubits. Según mejora la gestión del ruido en la computación cuántica los posibilidades de este tipo de ordenadores serán imbatibles en varios tipos de problemas, básicamente intratables con computación convencional.

Por tanto, no conviene aplazar excesivamente el análisis de riesgos y otros aspectos metodológicos de la adecuación de las entidades a la exposición cuántica de la criptografía que se utiliza en diferentes contextos en la propia entidad.

Recomiendo a los clientes de Entrust que contacten con su proveedor para colaborar en ese análisis de riesgos y para probar las herramientas que ya ofrece.

El criptoanálisis y la normalización de los algoritmos criptográficos requieren tiempo y esfuerzo para que los gobiernos y la industria confíen en su seguridad, y aquí merece la pena mencionar las actividades del NIST y de ETSI.

El NIST inició un proceso para solicitar, evaluar y normalizar uno o más algoritmos criptográficos de clave pública resistentes al criptoanálisis cuántico. Ofrece una interesante página sobre normalización de la criptografía postcuántica.

También el ETSI está adoptando un enfoque proactivo para definir las normas que protegerán la información información ante el avance tecnológico de la computación cuántica.

Ha creado un grupo de trabajo sobre criptografía segura frente a la computación cuántica (Quantum Safe Cryptography, QSC) que tiene como objetivo evaluar y hacer recomendaciones sobre protocolos de primitivas criptográficas seguras frente a la cuántica y consideraciones de implementación, teniendo en cuenta tanto el estado actual de la investigación académica sobre criptografía y algoritmos cuánticos como los requisitos industriales para su despliegue en el mundo real. Se busca la implementación práctica de primitivas cuánticas seguras, incluyendo consideraciones de rendimiento, capacidades de implementación, protocolos, evaluación comparativa y consideraciones arquitectónicas prácticas para aplicaciones específicas.

Este grupo tiene en cuenta las propiedades de seguridad de los algoritmos y protocolos propuestos junto con consideraciones prácticas, como arquitecturas de seguridad extensibles y costes de cambio de tecnología, que permitirán que estas recomendaciones sean compatibles con diversos casos de uso industrial. se realizan comparaciones pragmáticas y caracterizaciones y recomendaciones concretas para ayudar a la comunidad tecnológica mundial a seleccionar y desplegar las mejores alternativas de seguridad cuántica disponibles.

Para ayudar a la comunidad a preparar sus sistemas digitales para la era de los ordenadores cuánticos, ETSI ha publicado el «Technical report TR 103 619 en el que se definen las estrategias de migración y las recomendaciones para los esquemas «Quantum-Safe», y se mejora la concienciación sobre la criptografía en todos los sectores empresariales

Pioneros de los servicios de confianza: el sello de tiempo


El sello de tiempo entró oficialmente en el entorno regulado con el Reglamento (UE) 910/2014 de 23 de julio de 2014 (EIDAS).

El Artículo 41 referido al efecto jurídico de los sellos de tiempo electrónicos decía

  1. No se denegarán efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba en procedimientos judiciales a un sello de tiempo electrónico por el mero hecho de estar en formato electrónico o de no cumplir los requisitos de sello cualificado de tiempo electrónico.
  2. Los sellos cualificados de tiempo electrónicos disfrutarán de una presunción de exactitud de la fecha y hora que indican y de la integridad de los datos a los que la fecha y hora estén vinculadas.
  3. Un sello cualificado de tiempo electrónico emitido en un Estado miembro será reconocido como sello cualificado de tiempo electrónico en todos los Estados miembros.

Y el Artículo 42 referido a los requisitos de los sellos cualificados de tiempo electrónicos:

  1. Un sello cualificado de tiempo electrónico cumplirá los requisitos siguientes:

a) vincular la fecha y hora con los datos de forma que se elimine razonablemente la posibilidad de modificar los datos sin que se detecte;

b) basarse en una fuente de información temporal vinculada al Tiempo Universal Coordinado, y

c) haber sido firmada mediante el uso de una firma electrónica avanzada o sellada con un sello electrónico avanzado del prestador cualificado de servicios de confianza o por cualquier método equivalente.

  1. La Comisión podrá, mediante actos de ejecución, establecer números de referencia de normas relativas a la vinculación de la fecha y hora con los datos y a una fuente de información temporal exacta. Se presumirá el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 1 cuando la vinculación de la fecha y hora con los datos y la fuente de información temporal exacta se ajuste a dichas normas. Estos actos de ejecución se adoptarán con arreglo al procedimiento de examen contemplado en el artículo 48, apartado 2.

Para entonces ya existía el estándar técnico RFC 3161 publicado en agosto de 2001, por lo que había una base, que luego se completaría con las normas europeas de ETSI EN 319421 y EN 319422. Estas normas fueron la evolución de la norma ETSI TS 102023 a la que contribuyó Ignacio Alamillo en los meses previos hasta su publicación en abril de 2002. Posteriormente se publicó en 2003, el estándar RFC 3628 derivado de la versión 1.2.1 de citada norma ETSI TS 102 023.

Todo ello en un contexto en el que estaba vigente la Directiva 1999/93/CE de 13 de diciembre de 1999 que no contemplaba el sello de tiempo como servicio de confianza regulado. Curiosamente, la transposición a la regulación española de esa directiva se hizo de forma anticipada (gracias a que el texto final de la directiva estaba disponible antes de la publicación oficial): Real Decreto-ley 14/1999, de 17 de septiembre, sobre firma electrónica.

Pero unos años antes unos cuantos locos ayudamos a impulsar una de las primeras investigaciones sobre sello de tiempo en España.

Un paper de investigación de 2002 de Sattam S. Al-Riyami y Chris J. Mitchell titulado Renewing Cryptographic Timestamps muestra que el esquema descrito en Haber y Stornetta [Haber y Stornetta Jr., 1994] para extender la validez de una marca de tiempo criptográfica para un Servicio de Sellado de Tiempo contiene deficiencias de seguridad. Y propone una modificación para rectificar las deficiencias identificadas.

En la bibliografía se cita el proyecto:

(PKITS, 1998] PKITS (1998). PKITS – Public Key In/rastracture with Time Stamping Authority. Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), Madrid, Spain. ETS Project: 23.192, Architecture of Time-Stamping Service and Scenarios of Use: Services and Features.

Uno de los impulsores del proyecto PKITS de 1998 (también conocido con el nombre «PITA») fue mi amigo José Antonio Mañas que preparó un artículo junto con Manuel Heras que todavía está disponible: «Fechado Digital«.

Y entre los participantes en aquel proyecto:

Project Director: Mr. Jesús Pita Andreu.
Project Manager: Mr. Antonio Muñoz .
Technical Team:
Multimedia documents. Mr. José Antonio Mañas.
Unstructured documents. Mr. Alvaro de la Escalera.
EDI documents: Mr. Manel Medina.
Financial Team responsible: Mr. Tomás Sánchez.
Legal Team leader: Mr. Miguel Angel Amutio.

Esta es la descripción del proyecto:

ETS-II
Public Key Infrastructure with Time Stamping Authority – PITA
Main Objectives.

The aim of the project is to provide an appropriate background in order to evaluate the functional and implementation aspects involved in the provision of a time stamping service within a pan-European Public Key Infrastructure. Conclusions compiled in deliverable documents are meant to be the starting point for further standardisation work on Time Stamping and Notary services. Special efforts will be taken to sort out protocols that will lead to a solution of the mutual trust problem.

Entregables del proyecto PKITS (a.k.a. PITA): Public Key Infrastructure with Time-Stamping Authority (ETS PROJECT: 23.192)

Pasos finales en la aprobación del Reglamento EIDAS 2


La mañana del 29 de junio de 2023 comenzó con una pequeña celebración en relación con el proceso de aprobación del Reglamento EIDAS2.

El anuncio de que el Consejo y el Parlamento alcanzaban un acuerdo sobre el marco legislativo de la identidad digital europea

Un acuerdo logrado entre las 2 y las 3 de la madrugada para consensuar los aspectos más espinosos del futuro Reglamento. La noticia (publicada en la web de la unión europea alrededor de las 3 y media de la madrugada) matizaba «los representantes de la Presidencia del Consejo y del Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo político provisional sobre los elementos principales de un nuevo marco para una identidad digital europea«.

El trílogo político final tuvo lugar del 8 de noviembre de 2023 cerrando formalmente las negociaciones durante la Presidencia española de la Unión Europea..

“Con la aprobación del Reglamento de Identidad Digital Europea damos un paso fundamental para que los ciudadanos puedan disponer de una identidad digital europea única y segura. Se trata de un avance clave para que la Unión Europea sea un referente en el ámbito digital protegiendo nuestros derechos y valores democráticos”, ha afirmado la vicepresidenta Nadia Calviño.

Al trílogo han asistido también el comisario europeo de Mercado Interior, Thierry Breton, y los colegisladores de este reglamento, los eurodiputados Cristian-Silviu Buşoi y Romana Jerković.

Durante estos dos años, se ha venido trabajando en el Parlamento Europeo, en el Consejo de la UE y en la Comisión Europea para alcanzar, tras 19 reuniones técnicas bajo la Presidencia española del Consejo de la UE, un acuerdo de texto final que será de obligado cumplimiento en todos los Estados miembros de la Unión Europea. celebración en relación con el proceso de aprobación del Reglamento EIDAS2.

El texto fue aprobado por la Comisión de Industria, Investigación y Energía del Parlamento Europeo (ITRE) el 7 de diciembre de 2023 y por el Comité de Representantes Permanentes de los Estados miembros de la UE (COREPER) el 6 de diciembre de 2023.

El Pleno de Parlamento Europeo lo aprobó el 29 de febrero de 2024 (335 votos a favor, 190 votos en contra y 31 abstenciones).

¡Con esta votación histórica se da otro paso en el desarrollo de una identidad digital europea para todos los ciudadanos europeos, válida y reconocida en toda Europa!

Con las nuevas normas, se establece un nuevo estándar mundial sobre cómo será en el futuro una identidad digital fiable, segura y fácil de usar.

El 26.03.2024, en el penúltimo paso para la publicación del EIDAS2 en el Diario Oficial, el Consejo de la Unión Europea adoptó el texto que modifica el Reglamento eIDAS.

El Reglamento revisado constituye un claro cambio de paradigma para la identidad digital en Europa. Su objetivo es garantizar que las personas y las empresas de toda Europa tengan acceso universal a una identificación y autenticación electrónicas seguras y fiables.

Principales elementos del Reglamento revisado:

🔹 El lanzamiento del monedero europeo de identidad digital.

🔹 Los testimonios electrónicos cualificados de atributos (TECA)

🔹 Cualquier persona puede utilizar una firma electrónica cualificada gratuita en la Cartera IDUE  para uso no profesional.

El 11.04.024 se firma por los Presidentes del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo el texto final del Reglamento EIDAS 2 que se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

En el siguiente diagrama se describen los hitos ya logrados y se detallan los procesos en curso

Durante la tramitación del Reglamento eIDAS2, la Agencia Ejecutiva Europea en los ámbitos de la Salud y Digital (HaDEA) licitó el desarrollo de «Grandes Proyectos Piloto» que dio lugar a la aparición de cuatro grandes consorcios con participación Publico / Privada que han ido desarrollando sus proyectos desde mayo de 2023. Contemplan 11 casos de uso: diplomas universitarios, carné de conducir, identificaciones nacionales, apertura de cuentas bancarias…

Estos consorcios son Potential, Nobid, EWC o DC4EU, con presencia española en los dos últimos.

Los cuatro proyectos piloto a gran escala son:

  • El Consorcio de Carteras de Identidad Digital de la UE (EWC) se centra en definir credenciales de viaje digitales en todos los Estados miembros. El EWC tiene la intención de basarse en la aplicación de Carterade referencia para permitir los usos relacionados con las credenciales de viaje digitales.
  • El Consorcio Potential tiene como objetivo fomentar la innovación, la colaboración y el crecimiento en seis sectores que hacen uso de la identidad digital: administración pública, banca, telecomunicaciones, licencias de conducción móvil, firmas electrónicas y salud.
  • EL Consorcio NOBID se impulsa desde algunos países nórdicos y bálticos que, junto con Italia y Alemania, pondrán a prueba el uso de la cartera de identidad digital de la UE para gestión de pagos en un contexto de uso bancario.
  • En el Consorcio DC4EU (Digital Credentials for Europe) colaboran el sector público y el sector privado incluyendo el ámbito educativo y la seguridad social mediante el despliegue y el acceso a infraestructuras de servicios digitales interoperables en un marco de confianza transfronterizo.

Entre unos y otros, los pilotos están explorando el uso de la cartera digital en estas 11 áreas:

  1. Acceso a los servicios públicos: Acceso seguro a servicios públicos digitales, como solicitar un pasaporte o licencia de conducir, presentar impuestos o acceder a la información de seguridad social.
  2. Apertura de una cuenta bancaria: Verificación de la identidad de un usuario al abrir una cuenta bancaria en línea, eliminando la necesidad de que el usuario proporcione repetidamente su información personal
  3. Registro de tarjeta SIM: Prueba de identidad a efectos de contratos de tarjeta SIM pre y postpago (registro y activación), reduciendo el fraude y los costes para los operadores de redes móviles de telecomunicaciones.
  4. Licencia de conducción móvil: El almacenamiento y la presentación del carnet de conducir móvil en interacciones tanto en línea como presenciales (fuera de línea), por ejemplo mostrando a un agente el carnet de conducir.
  5. Firma de contratos: Crear firmas digitales seguras para firmar contratos en línea, eliminando la necesidad de documentos en papel y firmas manuscritas.
  6. Presentación de recetas: Proporcionar detalles de prescripción médica de medicamentos a las farmacias para que estas puedan dispensarlas.
  7. Documentación de viaje: Para presentar información de documentos de viaje (por ejemplo, pasaporte, visado), lo que permite un acceso rápido y fácil cuando se pasa por los controles de seguridad de aeropuertos y aduanas.
  8. Identidades digitales organizativas: Para demostrar el otorgamiento de poderes a los representantes de las empresas.
  9. Pagos: Verificación de la identidad de un usuario al iniciar un pago en línea.
  10. Certificación de educación: Prueba de posesión de títulos y diplomas educativos, para acreditarlos en la solicitud de empleo o al inscribirse en un nuevo proceso formativo.
  11. Seguridad Social: La cartera de identidad digital de la UE permite acreditar la cobertura de un seguro para acceder a las prestaciones de seguridad social de un usuario (por ejemplo, pensiones o prestaciones por discapacidad) en su país o en otro, por ejemplo . acogiendo la tarjeta sanitaria europea.

Además, la la Agencia Ejecutiva Europea en los ámbitos de la Salud y Digital (HaDEA) licitó el desarrollo del código fuente de referencia de la Cartera IDUE que fue adjudicado a la empresa sueca Scytale AB y que esta ha liberado como primera versión en el portal GitHub: EUDI Wallet Reference Implementation

Por otro lado, el Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones (ETSI) está desarrollando algunas normas técnicas necesarias para la implementación de las nuevas funcionalidades de la Cartera IDUE.

Call to action:

Si tu empresa utiliza sistemas de identificación digital y queréis ver como podéis prepararos para ser parte del nuevo ecosistema que se ha de crear en torno a la Cartera IDUE contacta con EADTrust en el +34 917160555 (o por email: infor (sin r) at eadtrust punto eu) y explora los servicios que podemos ofreceros.

Ya somos Prestador Cualificado de Servicios de Confianza y algunos de nuestros servicios cualificados pueden resolver ya retos que os estéis planteando.