Identidad digital, Cartera IDUE, Firma electrónica, Archivo digital, blockchain, Medios de pago, eBanca, administración de justicia. administración pública, Seguridad Jurídica Preventiva Digital
Archivo de la categoría: Evidencias electrónicas
Las evidencias electrónicas son pruebas aportadas a un órgano jurisdiccional para demostrar que algo ha sucedido, o para identificar a su autor o las circunstancias en que aquello sucedió. Pero para que las acepte el juez, hay que cumplir algunos requisitos
Los despachos y entidades que se citan son Astara, BDO Abogados (Proyecto LOI), ClarkeModet, Gómez-Acebo & Pombo (CED-Centro de Excelencia de Datos), Ilunion (Legal Factory), KPMG Abogados, Repsol (Protea), Telefónica, Uría y Menéndez (UM Innovation Lab), y, destacadamente:
Garrigues
GoCertius es una solución legaltech diseñada para certificar cualquier documento electrónico como evidencia legalmente válida en procedimientos legales.
Y demás ya puede certificar contenidos de conversaciones o acuerdos alcanzados por chat «Telegram»
g-digital, es la división de negocios digitales de Garrigues (la mayor Firma de abogados de la Unión Europea) dedicada a fomentar la innovación y el desarrollo tecnológicos para ayudar a los clientes de la Firma en su transformación digital. Asume la misión de desarrollar soluciones tecnológicas que integren el conocimiento del derecho de los negocios del despacho legal en los procesos de sus clientes, no solo mejorando la eficiencia y la seguridad jurídica, sino también habilitando nuevas oportunidades de negocio en un entorno cada vez más digital.
Los profesionales de Garrigues Digital, que son los expertos del despacho en TechLaw y economía digital, trabajan estrechamente con los tecnólogos de g-digital en el diseño de sus soluciones, asegurando que tecnología y legalidad se integran en cada propuesta e identificando las necesidades y oportunidades del mercado. Esta colaboración es el factor clave y distintivo que asegura que sus productos y servicio sean innovadores y de confianza.
Las soluciones de g-digital están concebidas como herramientas esenciales para garantizar la seguridad jurídica, la eficiencia y el cumplimiento normativo en los procesos desplegados por o clientes del a Firma.
g-digital, trabaja en estrecha colaboración con EADTrust, prestador cualificado de servicios de confianza digital, participado por Garrigues.
Esta colaboración representa una alianza estratégica que redefine la forma en que las empresas gestionan sus transacciones digitales. Esta sinergia combina el liderazgo legal de Garrigues con la experiencia técnica de EADTrust para ofrecer soluciones integrales que garantizan seguridad, eficiencia y cumplimiento normativo.
¿Qué ofrecen juntos g-digital y EADTrust?
La propuesta comercial conjunta se basa en tres pilares fundamentales:
Servicios de confianza digital regulados
EADTrust aporta su experiencia en servicios cualificados, como la expedición de certificados cualificados de personas físicas para la realización de firmas electrónicas cualificadas, la expedición de certificados cualificados de personas jurídicas para la realización de sellos electrónicos cualificados, la emisión de sellos de tiempo cualificados, la provisión de servicios de custodia digital y notificaciones certificadas, esenciales para garantizar la autenticidad y seguridad de las transacciones digitales.
g-digital integra estos servicios en procesos legales, optimizando la gestión de contratos y asegurando que las empresas cumplan con normativas como eIDAS2.
Innovación tecnológica aplicada al ámbito legal
Ambas entidades han desarrollado soluciones como GoCertius, que permite certificar fotografías y videos captados con el móvil asociándolos al momento en que se tomaron, y que se ha ampliado para dejar constancia de lo tratado en chats «securizados» en plataformas como Telegram con alta eficacia probatoria, y que permitiría un sistema de contratación con muy baja fricción en la experiencia de usuario.
g-digitaltrabaja en proyectos basados en blockchain, como plataformas de activos financieros tokenizados bajo el régimen piloto de la UE (Reglamento UE 2022/858) y la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión y su constitución como ERIR (Entidad Responsable de la Inscripción y del Registro. También impulsa soluciones de «EAD Enterprise Suite» como «eArchiving» y «Signature Manager» una herramienta colaborativa que permite la firma electrónica de varios intervinientes en un acuerdo e incluso invitar asesores legales al proceso de firma.
Cumplimiento normativo y adaptación al mercado europeo
La colaboración está alineada con regulaciones clave como eIDAS2, NIS2, DORA y MiCA, asegurando que las empresas puedan operar dentro del marco legal europeo mientras aprovechan herramientas avanzadas para la gestión digital.
Beneficios para las empresas
La alianza entre g-digital y EADTrust ofrece ventajas tangibles para empresas de todos los sectores:
Seguridad jurídica: Las soluciones conjuntas garantizan que las transacciones digitales cumplan con los estándares legales más exigentes, reduciendo riesgos regulatorios.
Eficiencia operativa: La integración de servicios digitales permite automatizar procesos clave, como la firma electrónica o la custodia documental, optimizando tiempos y costes. El uso de sello de tiempo cualificado en pasos clave de procesos de negocio digitalizados los transforma en pruebas con presunción «Iuris Tantum»
Innovación adaptada: Con herramientas como blockchain y carteras digitales europeas (EUDI Wallets), las empresas pueden liderar la transformación digital sin comprometer la seguridad ni el cumplimiento normativo.
Casos destacados
Entre los proyectos desarrollados conjuntamente se encuentran:
GoCertius: Una solución innovadora para certificar fotos, videos y documentos captados por la cámara controlada por la App y comunicaciones digitales por Telegram , ideal para sectores donde la evidencia legal es crítica.
EAD Factory: Servicios diseñados para transformar procesos empresariales tradicionales en entornos completamente digitales por diseño, beneficiando especialmente a industrias como banca y seguros. Puede implantarse en sus propios CPDs o en plataformas en la nube TIC
EAD Enterprise Suite: eArchiving: Solución de custodia digital de archivos, equivalente en cierto sentido al depósito notarial, con funcionalidades de escrow.
EAD Enterprise Suite: Signature Manager: Solución de firma electrónica de uso muy sencillo que reduce la fricción para los firmantes y sus asesores, y que resuelve los retos de la firma en contextos multinacionales donde aplican diferentes leyes y jurisdicciones.
Conclusión
La colaboración entre g-digital y EADTrust no solo fortalece la confianza digital en Europa, sino que también posiciona a ambas entidades como líderes en un mercado donde la seguridad jurídica y tecnológica son esenciales. Su propuesta conjunta es una invitación a las empresas a abrazar el futuro digital con herramientas que garantizan autenticidad, integridad y cumplimiento normativo. En un entorno donde la innovación es clave, esta alianza representa el puente perfecto entre tecnología avanzada y seguridad legal.
GoCertius es la base conceptual (con su forma particular de certificar evidencias digitales) sobre la que EADTrust y Garrigues (a través de su división g-digital) han construido los servicios de EAD Trust Factory. Una panoplia de servicios que pasan a formar parte de la infraestructura de nuestros clientes, como si ellos mismos fueran Prestadores Cualificados de Servicios de Confianza Digital.
Son clientes de diferentes tamaños y sectores que así pueden desarrollar entornos de gestión de evidencias electrónicas sacando ventaja de los servicios regulados, tales como los que se describen en el Reglamento europeo eIDAS y su ampliación eiDAS2.
Las soluciones de EAD Trust Factory, al integrar servicios de confianza digital y optimizar procesos legales, pueden beneficiar a diversas industrias que requieren gestión segura y eficiente de documentos y transacciones digitales. De esta forma se pueden optimizar los procesos empresariales de gestión rediseñándolos para que sean completamente digitales y confiables por diseño, sabiendo que se podrá contar con evidencias digitales prescindiendo del papel. Y que estas evidencias podrán acreditar los servicios prestados y su seguridad, con certeza del momento en que se prestaron en cualquier contexto de resolución de controversias.
A continuación, se presentan algunos de los sectores que se benefician de estas soluciones:
Sector Financiero y Seguros:
Beneficios: La gestión segura de documentos financieros y la autenticidad de las transacciones son cruciales en este sector. EAD Trust Factory añade servicios cualificados a la infraestructura de cada entidad para ayudar a cumplir con las regulaciones financieras y de protección de datos, como el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR), Digital Operational Resilience Act (DORA), Directiva 2022/2555 (NIS2) y el Reglamento 910/2014 eIDAS con los cambios introducidos por el Reglamento 1183/2024.
Industria Legal y Jurídica:
Beneficios: La generación de evidencias digitales y la gestión de contratos electrónicos son fundamentales para este sector. EAD Trust Factory facilita la creación de documentos legales electrónicos seguros y auténticos, mejorando la eficiencia en los procesos legales. Por su influencia en otras actividades el punto de vista legal es crucial para entender el ·»Compliance» la presunción Iuris Tantum de los servicios cualificados de confianza
Sector de la Salud:
Beneficios: La gestión de registros médicos electrónicos o los Consentimientos Informados requiere altos niveles de seguridad y confianza. EAD Trust Factory puede ayudar a proteger la privacidad de los pacientes y asegurar la integridad de los datos médicos. También ayuda digitalizar historias clínicas, respetando la normativa definida para ellos,
Industria de la Energía y Recursos Naturales:
Beneficios: La optimización de procesos y la gestión eficiente de documentos son clave en este sector, donde la seguridad y el cumplimiento normativo son fundamentales. EAD Trust Factory puede ayudar a mejorar la eficiencia operativa y reducir costes. También la contratación se beneficia de un marco regulatorio más garantista.
Sector de Transporte y Logística:
Beneficios: La gestión de documentos de transporte y la trazabilidad de mercancías requieren sistemas confiables. EAD Trust Factory proporciona soluciones para asegurar la autenticidad y seguridad en la gestión de documentos relacionados con el transporte y la logística. En particular, albaranes gestionados de forma digital que puedan surtir efecto también como documentos híbridos con versión en papel de ser necesaria.
En resumen, cualquier industria que requiera gestión segura de documentos y transacciones digitales puede beneficiarse de las soluciones de EAD Truat Factory. La plataforma es especialmente útil para sectores con altos requisitos de seguridad y cumplimiento normativo.
EAD Trust Factory está formado por diferentes servicios cualificados de confianza, entre los que destacan los sellos de tiempo`, las notificaciones fehacientes y las comprobaciones de validez de firmas y certificados electrónicos. También el Onboarding digital, incluyendo servicios de Videoidentificación.
Los servicios orquestados por EAD Trust Factory incluyen servicios cualificados de confianza definidos por el reglamento #eIDAS y desarrollos auxiliares que permiten dotar a cualquier proceso que incluya gestión digital de un respaldo regulatorio en forma de evidencias digitales con valor «Iuris Tantum» que aportar tanto en entornos MASC (Medios adecuados de solución de controversias) como contextos de litigación.
Llame al (+34) 917160555 o envíe un email a info(at)eadtrust.eu para pedir información y compruebe que adoptar recursos técnicos de PSC en su propia infraestructura es más sencillo y económico de lo que parece
En relación con los Servicios de Confianza, en España rige la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, junto con el Reglamento 910/2014 (actualizado con el Reglamento 2024/1183).
En su preámbulo se menciona que
Todos los prestadores de servicios de confianza, cualificados y no cualificados, están sometidos a la obligación de adoptar las medidas técnicas y organizativas adecuadas para gestionar los riesgos para la seguridad de los servicios de confianza que prestan, así como de notificar al órgano de supervisión cualquier violación de la seguridad o pérdida de la integridad que tenga un impacto significativo en el servicio de confianza prestado.
Los prestadores de servicios no cualificados pueden prestar servicios sin verificación previa de cumplimiento de requisitos, sin perjuicio de su sujeción a las potestades de seguimiento y control posterior de la Administración. No obstante, deberán comunicar al órgano supervisor la prestación del servicio en el plazo de tres meses desde que inicien su actividad, a los meros efectos de conocer su existencia y posibilitar su supervisión
Y en su articulado:
Artículo 12. Inicio de la prestación de servicios electrónicos de confianza no cualificados.
Los prestadores de servicios de confianza no cualificados no necesitan verificación administrativa previa de cumplimiento de requisitos para iniciar su actividad, pero deberán comunicar su actividad al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en el plazo de tres meses desde que la inicien, que publicará en su página web el listado de prestadores de servicios de confianza no cualificados en una lista diferente a la de los prestadores de servicios de confianza cualificados, con la descripción detallada y clara de las características propias y diferenciales de los prestadores cualificados y de los prestadores no cualificados.
En el mismo plazo deberán comunicar la modificación de los datos inicialmente transmitidos y el cese de su actividad.
Identificación de Prestadores
En la actualidad el Ministerio ya publica la información básica de los Prestadores de Servicios Electrónicos de Confianza No Cualificados como su Nombre/Razón Social, su CIF, el Nombre Comercial y el Dominio, si bien todavía no incorpora la descripción detallada y clara de las características propias y diferenciales.
De la citada página se extrae la siguiente lista de prestadores, respecto a lo que hay que considerar que algunos de ellos son también Prestadores Cualificados de Servicios de Confianza y no queda claro qué servicios no cualificados de los que prestan hace recomendable su inclusión en este listado.
360nrs
3G Mobile Group (Foldersign)
Addalia
Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica – ACCV
ANF AC
Aplicaciones Inmovilla SLU
Aralink Wallet Id
Aviva Voice
Banco de España
Bianca Schulte Gutiérrez
Bigle Legal
Bounsel
BTP Onetec
Camerfirma
Cedro
CEREC Fábrica Nacional De Moneda Y Timbre – Real Casa De La Moneda E.P.E – M.P. (FNMT-RCM)
Certificacion De Envios ICPM
Certifirm
CGI Information Systems and Management Consultants España S.A
Codicert
Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla
Confirmsign, S.L.
Consorci AOC (Catcert)
Constata EU
Customer Comms
Digitaldocu Digitel TS
Dirección General de Política Digital – Consejería de Hacienda y Adm. Pública – Junta de Andalucía
Docalia
Docuten
Doyfe
EADTrust
ECS TSA
Edatalia
Edicom
Edigitaltrust
Eevidence
Efirma Go
Egarante
Elix Regtech
Factorymail
Factum Id
Fidestamp
Fikrea
Fingerink
Finveris
Firma Documentos
Firma365
Firmafy
Firmaprofesional, S.A.
Full Certificate – Wevote – Full Signature
Gohu TPA
Grupo Backup
Ianet Conecta S.L.
Icommunity
Idealista
IESA
Ilovepdf
Isigma
Izenpe, S.A.
Legal Intermedia «Verum Digital»
Legalbono
Legalpin
Leypal
Lleida.Net
Lleidanet Pki
Logalty Servicios de Tercero de Confianza S.L.
Mailsuite
Mailteck
Mensagia
Mensatek
Metaposta
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Ministerio de Defensa de España
Nivimu
Nodalblock
Notificad@S
On Diversity Limited España
Pipeline Software
Punto Neutro
R2 Docuo
RD Post
Registradores De España
Rubricae
Salvador Portillo Naranjo
Sectigo
Segursign
Seres
SGNTJ / GGTDAL
Signaturit
Signaturit- Ivnosys
Signe Autoridad De Certificación
Signicat Spain
Signyourdocs
Sihecert, S.L
Sinatura
Smartbiometrik
Softy
Spairal Commerce
Tecalis
Teenvio
Terraminium
Uanataca
Validated Id
Vintegris
Wiwink
Zertiban
Zertifika Outsourcing
Me ha parecido interesante publicar información más detallada de las entidades que así lo deseen.
Por ejemplo algunos servicios no cualificados de EADTrust:
Sistema de notificaciones Noticeman, usado también como sistema de prueba de Oferta y Aceptación (Contratación electrónica)
Si desea que incluya información adicional de alguno de los prestadores de servicios de confianza no cualificados, contacte conmigo a través de este mail. También si detecta algún error en la denominación.
Ponga al principio del asunto [PSCNC] para facilitar la búsqueda.
SI puede incluir en alguna parte del correo electrónico el texto exacto a incluir es preferible (incluyendo los enlaces), porque así puedo copiar y pegar el texto sin más. También puede incluir un logo si lo desea.
Ettore Majorana fue un físico italiano brillante y enigmático que dejó una huella imborrable en la ciencia antes de desaparecer misteriosamente en 1938. En 1937, propuso la existencia de unas partículas especiales, hoy llamadas “fermiones de Majorana”, que son únicas porque son sus propias antipartículas. Este concepto, inicialmente teórico, ha inspirado avances modernos como el chip Majorana 1, anunciado por Microsoft en febrero de 2025. Con este chip, la computación cuántica da un salto hacia adelante, pero también nos acerca a un “criptocalipsis”: el momento en que las claves privadas de los criptosistemas de clave pública actuales podrían descifrarse mediante la computación cuántica.
El avance en computación cuántica que supone el chip Majorana 1, con qubits topológicos, pone en riesgo la criptografía de clave pública basada en algortmos RSA y ECC.
Las autoridades de certificación (CAs), nos planteamos la disyuntiva: ¿priorizamos la emisión de certificados resistentes a la criptografía cuántica futuro o mejoramos los sistema de archivo electrónico para preservar documentos firmados electrónicamente con las técnicas actuales? Este artículo analiza el impacto técnico del Majorana 1, el papel del algoritmo de Shor y estrategias prácticas frente a esta transición.
Majorana 1 y el Algoritmo de Shor
El chip Majorana 1 usa los fermiones de Ettore para crear “qubits topológicos”, unidades de cálculo cuántico más estables que las tradicionales. Aunque el presentado estos días solo tiene 8 qubits, Microsoft promete escalarlo a miles o incluso un millón en pocos años. ¿Por qué importa? Porque con suficientes qubits (digamos, 3000-6000), una computadora cuántica podría usar el algoritmo de Shor para descifrar sistemas como ECC-512, comunes en certificados digitales, en cuestión de horas. Esto podría pasar hacia 2031-2033. Para RSA-4096, más resistente, harían falta 20,000 qubits o más, retrasando su caída quizás a 2035-2040. Sin embargo, el peligro ya existe: los datos protegidos hoy podrían ser guardados y descifrados después, un riesgo conocido como “recolectar ahora, descifrar después”.
Certificados Post-Cuánticos
La criptografía post-cuántica (PQC) utiiza algoritmos que no son vulnerables frente al algoritmos de Shor con problemas matemáticos resistentes, como los basados en retículos (lattices). En 2024, NIST estandarizó algoritmos clave:
CRYSTALS-Dilithium (ML-DSA): Usa Module-LWE y SIS; firmas de 2.7-4.8 KB, nivel 128-256 bits PQC.
FALCON (FN-DSA): Basado en NTRU-SVP; firmas compactas (0.6-1.2 KB), optimizado para verificación rápida.
CRYSTALS-Kyber (ML-KEM): Cifrado con MLWE; claves/cifrados de 0.8-1.6 KB.
La estrategia híbrida combina estos algoritmos con los clásicos: un certificado con ECDSA P-256 y ML-DSA-44 es válido hoy y seguro contra el algoritmo de Shor en el futuro. En eIDAS, un HSM QSCD como el Thales Luna S750 (firmware 7.7+, que figura en el listado de QSCD certificados en el Dashboard de la UE) genera estas claves duales. Para ECC, que se usó en pasaportes digitales COVID, la urgencia sería alta en otros usos que requieran validez a mayor plazo: 3000 qubits en 2031 podrían atacar estas longitudes de clave. Las claves basadas en RSA-4096 permiten una transición más pausada, pero iniciar PQC híbrido pronto evita prisas futuras.
Archivado Digital: Garantizar la Preservación
El archivado digital es un pilar técnico y regulatorio, especialmente bajo eIDAS (Art. 32), que exige poder validar firmas años después de su realización. Si el algoritmo de Shor rompe claves ECC en 2031 o RSA en 2035, las firmas y sello electrónicos basados en los certificados actuales deben seguir siendo verificables, Por lo que conviene ir adoptando técnicas apropiadas:
Sellos de tiempo cualificados: Firmarlos con ML-DSA asegura su resistencia cuántica.
Almacenamiento: Bases de datos replicadas y HSMs guardan certificados, CRLs y logs por 7-10 años (siguiendo las pautas de la norma ETSI EN 319 521).
Para CAs con predominio de RSA-4096, reforzar el servicio de archivo electróncio es prioritario: su mayor resistencia da tiempo, pero la trazabilidad es crítica. Para ECC, el archivado complementa PQC, protegiendo datos históricos mientras Shor acecha.
Recomendaciones para Prestadores de Servicios de Confianza DIgital
A modo de resumen
Prestadores que emiten certificados ECC : Deben considerar que existe una alta probabilidad de que se puede alcanzar un computador cuántico de 3000-6000 qubits en 2031, por lo que el algoritmo ECC-512 podría estar en riesgo (logaritmo discreto resuelto en O(n3)). Los PSC debería emitir certificados híbridos (ECC + PQC) ya y gestionar el archivo con sellos de tiempo basados en algoritmos PQC.
Prestadores que emiten certificados RSA-4096: Se requieren 20,000+ qubits (factorización en O(n3)), por lo que el computador cuántico apropiado podría no llegar hasta hasta 2035+. En este caso convendría priorizar el archivado digital, con sellos de tiempo basados en algoritmos PQC.
El chip Majorana 1, heredero del genio de Ettore, hace que el algoritmo de Shor se convierta en una amenaza más inminente de lo que se pensaba para los algoritmos de criptografía de clave pública ECC y RSA. La respuesta técnica combinará certificados PQC híbridos y un archivado robusto.
El año pasado publiqué el artículo «Como generar evidencias digitales con GoCertius cuando se comparte lotería» dando instrucciones sobre la manera de generar evidencias digitales por parte del depositario de un décimo de lotería que surte los efectos del «recibo » de participación de lotería usado durante muchos años.
La posibilidad de generar evidencias digitales de lotería con GoCertius ya era un gran avance porque permite dejar constancia de información crucial como el décimo concreto que se comparte, la persona que ejerce como depositaria, la identidad de los participantes y las reglas de reparto en caso de premio.
Nueva funcionalidad de GoCertius de certificación de canales especiales en Telegram
Pero ahora la App GoCertius se amplía para incluir la opción de gestionar «Chats Certificados» de Telegram y entre muchos usos potenciales, en esta época del año tiene sentido poner como ejemplo de sus usos el «Acuerdo Lotero GoCertius«.
En EADTrust, g-digital y Garrigues creemos que estamos dando un paso disruptivo en lo que se refiere a la gestión de evidencias digitales, al poder incorporar el testimonio reforzado con sellos de tiempo cualificados de acuerdo a la Regulación EIDAS de los diálogos de un canal de Telegram para los que participan en el.
Generación de un canal de chat certificado de Telegram desde GoCertius
Para el caso que proponemos, el «Acuerdo Lotero» el depositario del décimo (o décimos, si hay mas de uno) organiza un canal de chat de Telegram certificado desde GoCertius.
Para ello, en la App GoCertius hay que pulsar el botón de «Menú» (abajo), luego «Mis chats» y luego la opción «Crear chat» en la que se define el nombre del chat en la App GoCertius, el Título que tendrá el canal de Telegram y la descripción que aparecerá en «Información» en el canal de Telegram. Es recomendable que esta Información sea clara ya que será lo primero que se verá a entrar en el canal.
Hay que esperar un poco a que se cree el canal porque no es instantáneo y después, pulsando de nuevo «Mis chats» ya aparece el que se ha creado.
En esa pantalla se pincha en «Abrir en Telegram» y se entra en el nuevo canal, ya en la App de mensajería.
Inicialmente hay 3 participantes: EADtrust que es el «Propietario», Certy, que es el robot que recoge los mensajes y los convierte en constancias y el usuario que ha creado el chat desde GoCertius y que ya puede invitar al resto de participantes en el canal.
Inicialmente se explica el objetivo de la creación del canal para ayudar a formar el consentimiento de los participantes, preferentemente cuando están dados de alta en el canal todos los que recibirán participaciones de la lotería, luego se añade el texto contractual y la foto del décimo o décimos y se inicia una «encuesta» para recoger el consentimiento de los participantes, en forma de votación.
Para crear encuestas en Telegram hay que pinchar en el icono del clip que aparece abajo en la pantalla de App de mensajería y luego en el icono de Encuesta.
La encuesta solicita la conformidad de los participantes y la expresión del consentimiento por lo que habrá que redactarla de forma acorde. La encuesta la reformula «Certy» para capturar la respuesta de cada participante y dejarla recogida en la constancia que se genera al final en forma de «Certificación».
Con esta funcionalidad de Chat Certificado cada mensaje, archivo o encuesta queda registrado con un sello de tiempo cualificado regulado en el Reglamento europeo EIDAS y su certificación está disponible para todos los participantes.
¿Qué aporta la posibilidad de certificar la mensajería?
Las plataformas de mensajería son parte de nuestra experiencia digital cotidiana. La posibilidad de añadirles servicios de confianza digital regulados que dejen constancia de lo tratado (cuando interese) y que generen certificaciones que puedan presentarse como pruebas en contextos de resolución de controversias (Negociación, Conciliación, Mediación, Arbitraje o la Vía Jurisdiccional) es una importante aportación a a seguridad jurídica preventiva digital.
El condicionado lo decide cada grupo, pero podría parecerse a esto:
ACUERDO DE COMPARTICIÓN DEL DÉCIMO DE LOTERÍA NÚMERO 00245 – SORTEO DE NAVIDAD 2024
FECHA: 12 de diciembre de 2024 PARTICIPANTES: Todos los miembros del grupo «Nombre del Grupo» que hayan expresado su conformidad a través de la herramienta de votación del canal en GoCertius Chat certificado.
Por tanto quien no vote en el chat de Telegram no será beneficiario de este acuerdo.
DÉCIMO:
• Número: XXXXX • Sorteo: Sorteo Extraordinario de Navidad 2024 • Administración de lotería: la URL, si la sabemos • Custodia física: Persona depositaria del décimo • Custodia digital: Confirmada por la administración de lotería citada.
REPARTO DEL PREMIO: En caso de resultar premiado el décimo número XXXXX en el Sorteo Extraordinario de Navidad 2024, el premio se repartirá de forma equitativa entre todos los participantes que hayan aprobado este acuerdo a través de la herramienta de votación en GoCertius Chatcertificado.
APROBACIÓN DEL ACUERDO Y EFECTOS EQUIVALENTES A LA FIRMA:
Este acuerdo entrará en vigor y surtirá plenos efectos una vez que cada participante lo haya aprobado de manera individual a través de la herramienta de votación (encuestas) habilitada en el Canal. La aprobación de este acuerdo mediante la votación en el chat certificado constituye una manifestación inequívoca de la voluntad de cada participante de adherirse al mismo y produce los mismos efectos legales que la firma manuscrita. Dicha votación implica la aceptación incondicional de las condiciones establecidas y la conformidad para participar en el reparto del premio en caso de resultar ganador.
CONSIDERACIONES ADICIONALES: • Confirmación de la custodia: El depositario en calidad de custodio del décimo, se compromete a presentar una prueba fehaciente de la custodia física y/o digital del décimo a solicitud de cualquier participante. • Transparencia: El depositario se compromete a informar a todos los participantes de cualquier novedad relevante relacionada con el décimo y a mantener un registro de todas las comunicaciones relacionadas con este acuerdo. • Legislación aplicable: Este acuerdo se regirá por la legislación española vigente.
ACEPTACIÓN (MEDIANTE VOTACIÓN EN GoCertius Chatcertificado): La participación en la votación con la opción de «APROBAR» implica la lectura, comprensión y aceptación total de este acuerdo.
OBSERVACIONES: • Evidencia digital: La aprobación a través de la herramienta de votación de GoCertius Chatcertificado constituye una evidencia digital irrefutable de la aceptación de este acuerdo por parte de cada participante. • Adaptación: Este acuerdo podrá ser modificado o complementado únicamente por consenso unánime de todos los participantes que lo hayan aprobado inicialmente, mediante una nueva votación certificada en el mismo chat de GoCertius Chatcertificado. ¡Mucha suerte a todos! El depositario (indicar nombre y apellidos), CUSTODIO Y TITULAR DEL DÉCIMO XXXXX REPRODUCIDO A CONTINUACIÓN
Prueba GoCertius:
Te invitamos a descargar y probar GoCertius, una herramienta gratuita que te ofrece tranquilidad y seguridad en tu start up o para desarrollar tu idea de negocio innovadora. GoCertius es una aplicación provista por EAD Trust, proveedor cualificado de servicios de confianza digital, visítanos en https://www.eadtrust.eu/.
Referencias
Se mencionó la novedad desarrollada en GoCertius que otorga la posibilidad de certificar el contenido de ciertos canales de Telegram en una publicación de LinkedIn que resume este mismo tema del «Acuerdo Lotero»
Ayer y anteayer se celebró en Madrid el evento GLTHDAY y EADTrust ha sido uno de los patrocinadores.
El evento tuvo lugar en ESPACIO FUNDACIÓN TELEFÓNICA de Gran Vía, con entrada por C/ Fuencarral, 3 28004 Madrid
El equipo de EADTrust y el de Garrigues estuvieron presentes en el evento, resumiendo las ventajas de GoCertius en el «Elevator Pitch» y en el Stand, en el que entrábamos en detalle para explicarlo a los interesados.
En esta foto aparecemos parte del equipo que estuvo en el evento:
GoCertius es la base conceptual sobre la que hemos construidos los servicios de EAD Factory. Una panoplia de servicios para que empresas de diferentes tamaños puedan desarrollar entornos de gestión de evidencias electrónicas sacando ventaja de los servicios regulados, tales como los que se describen en el Reglamento europeo eIDAS.
En la era digital, la comunicación electrónica se ha convertido en «lo normal». Sin embargo, cuando se trata de comunicaciones importantes que requieren prueba de envío y recepción, el correo electrónico tradicional se queda corto corto. Aquí es donde entra en juego Noticeman.net, una plataforma que ofrece correo electrónico certificado con plenas garantías legales.
Noticeman es un método de comunicación rápido, seguro y verificabls y constituye una solución innovadora que puede sustituir al tradicional burofax, ofreciendo un servicio de correo electrónico certificado que garantiza la validez legal de las comunicaciones.
¿Qué es Noticeman.net?
Noticeman.net es un servicio online desarrollado por EADTrustque permite enviar correos electrónicos certificados, similares a un burofax pero de forma electrónica. Esto significa que cada correo enviado a través de Noticeman.net genera evidencias electrónicas que prueban el envío, la recepción y el contenido del mensaje. El justificante de envío, semejante a la hoja rosa de los envíos de correo postal certificado, refleja el uso de sello de tiempo cualificado para cada paso de la comunicación, beneficiándose de la presunción «iuris tantum» que le otorga la actual redacción del artículo 326 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Gracias a la criptografía de clave pública, Noticeman.net certifica toda la cadena de envío, asegurando que el contenido del correo no ha sido alterado y que ha llegado a su destinatario.
¿Cómo funciona?
El proceso es sencillo:
Redactas tu mensaje: Escribes tu correo electrónico como lo harías normalmente, incluyendo un documento adjunto que necesites enviar.
Envías a través de Noticeman.net: En lugar de usar tu proveedor de correo habitual, envías el mensaje a través de la plataforma de Noticeman.net
Noticeman.net certifica el envío: La plataforma genera evidencias electrónicas que demuestran el envío del correo, incluyendo la fecha y hora, el contenido del mensaje y el archivo adjunto.
El destinatario recibe el correo: El destinatario recibe el correo electrónico en su bandeja de entrada, con un enlace para acceder al contenido certificado.
Evidencias disponibles: Tanto el remitente como el destinatario pueden acceder a las evidencias electrónicas en cualquier momento, garantizando la validez legal de la comunicación y la simetría probatoria.
¿Por qué usar Noticeman.net?
Seguridad jurídica: Las evidencias electrónicas generadas por Noticeman.net tienen plena validez legal, lo que te brinda tranquilidad en tus comunicaciones importantes
Ahorro de tiempo y dinero: Olvídate de desplazamientos y largas esperas en oficinas de correos. Con Noticeman.net, envías tus comunicaciones certificadas de forma rápida y económica desde cualquier lugar.
Facilidad de uso: La plataforma es intuitiva y fácil de usar, sin necesidad de conocimientos técnicos especiales
Respeto al medio ambiente: Al evitar el uso de papel, contribuyes a la sostenibilidad del planeta
¿Cuándo usar Noticeman.net?
Noticeman.net es ideal para cualquier comunicación que requiera prueba de envío y recepción, como:
Notificaciones legales. Inclusive de ámbito privado, cuando los interlocutores prevén que puedan necesitar demostrar el intento de notificación.
Contratos y acuerdos. Noticeman es una estupenda herramienta de contratación electrónica al dejar constancia de la oferta y de su aceptación
Comunicaciones oficiales
Reclamaciones y quejas
Convocatorias y citaciones
Facturas electrónicas, de las que quedará constancia de recepción
Un caso de uso habitual es el de las comunicaciones recogidas en los contratos de arrendamiento.
También se usa para la reclamación de deudas.
Precios
los precios de Noticeman.net para el envío de correos electrónicos certificados son los siguientes:
Individual: 4€ + IVA por notificación.
Pack de 20 notificaciones: 3€ + IVA por notificación.
Pack de 100 notificaciones: 2€ + IVA por notificación.
Estos precios incluyen varios servicios, como la certificación del contenido, la custodia del envío y la respuesta durante 5 años, y la posibilidad de añadir hasta dos destinatarios por notificación.
Además se puede pagar con tarjeta y con Bizum con el TPV virtual.
Conclusión
Noticeman.net es una herramienta valiosa para cualquier persona o empresa que necesite enviar comunicaciones electrónicas con garantías legales. Su facilidad de uso, seguridad jurídica y respeto al medio ambiente la convierten en una opción ideal para agilizar tus comunicaciones importantes.
Noticeman.net se posiciona como una herramienta esencial para cualquier persona o empresa que necesite enviar comunicaciones certificadas con garantías legales de manera rápida, económica y segura. Con su capacidad para sustituir al burofax, esta plataforma digital representa el futuro de las comunicaciones legales.
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Actualización de las normas PQC FIPS y pruebas de interoperabilidad
La reciente publicación de los borradores FIPS PUB 203, FIPS PUB 204 y FIPS PUB 205 por el NIST abre la fase implementación de los algoritmos criptograficos resistentes a la Computación Cuántica.
También desde el IETF se ha llevado a cabo una «Hackaton» para explorar la implementación de los algoritmos PQC en la emisión de certificados y en la gestión de comunicaciones TLS o firmas de documentos electrónicos.
Este proceso facilitará la interoperabilidad de diferentes implementaciones. El éxito de cualquier implantación de certificados y claves públicas depende de su capacidad para interoperar eficazmente.
También es preciso avanzar en la compatibilidad de DTLS, Datagram Transport Layer Security, la base del soporte de las comunicaciones TLS.
Normalización de ETSI
También ETSI va publicando informes técnicos y propuestas de normalización que contribuirán a la interoperabilidad:
La diplomática es una ciencia auxiliar de la historia que se ocupa de la autenticidad de los documentos, y que se definió inicialmente en 1681 a partir de la obra fundacional “De re diplomática” del benedictino Jean Mabillon.
La reflexión provocada por una controversia dio como resultado esa obra en la que se determinan las características de los documentos que permite que se consideren auténticos.
El monje benedictino de la abadía de Saint-Germain-des-Prés Jean Mabillon (1632-1707), tras leer la obra del jesuita flamenco Daniel Papenbroeck (1628-1714), en la que se ponía en duda la autenticidad de algunos documentos merovingios conservados en la abadía de Saint Dennis, llegó a la conclusión de que no estaba de acuerdo.
Mabillon decidió refutar a Papenbroeck escribiendo De Re Diplomatica, una obra con la que pretendía cuestionar algunas de las ideas propuestas por el erudito holandés. La indignación de Mabillon le impulsó a revisar y recopilar la obra de su vida, y a sentar sistemáticamente las bases de una nueva ciencia. Sin duda, ¡una disputa muy beneficiosa para completar el análisis académico de la archivistica respecto a la autenticidad de los documentos!
En el ámbito de las Administraciones Públicas, el estudio de los documentos que se manejan para el trámite administrativo ha dado lugar al concepto de “diplomática contemporánea” que se uniformizó gracias a la Ley 30/1992.
Con la Ley 11/2007 se da un nuevo impulso a los aspectos digitales de la diplomática, pero quienes tienen que implantarlos se encuentran frecuentemente con que no tienen el bagaje conceptual que permita resolver las dudas de aplicación más allá de la letra de la ley.
En el sector privado, la LSSI y el artículo 2 de la Ley 56/2007 marcan una orientación en la Gestión Electrónica de Documentos, pero hay dudas sobre el valor jurídico de muchas de las iniciativas destinadas a mejorar la eficiencia en la Gestión de Documentos. Cuando los proyectos de desmaterialización documental se acometen, se experimentan ahorros de decenas de millones de euros (en función de la dimensión de los proyectos), y períodos de recuperación de la inversión de entre 9 y 12 meses.
En la Administración de Justicia, se desarrolla la Ley 18/2011 con clara inspiración en la Ley 11/2007 y que sistematiza la gestión digital de documentos a partir de las ideas del Real Decreto 84/2007, de 26 de enero, sobre implantación en la Administración de Justicia del sistema informático de telecomunicaciones Lexnet para la presentación de escritos y documentos, el traslado de copias y la realización de actos de comunicación procesal por medios telemáticos.
Las Leyes 39/2015 y 40/2015, promulgadas en octubre de 2015, establecen el procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Estas leyes consagran el derecho de las personas a relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas, simplificando el acceso y fomentando el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones.
Algunos puntos claves de estas leyes son:
Identificación y Firma: Los interesados deben identificarse y firmar electrónicamente utilizando sistemas admitidos por las administraciones públicas, que incluyen las firmas basadas en certificados cualificados
Presentación de Documentos: Los documentos deben presentarse a través de registros electrónicos habilitados al efecto, vinculado a las Sedes electrónicas de los organismos.
Notificaciones: Las notificaciones deben realizarse electrónicamente, asegurando que los interesados reciban la información de manera oportuna. Este aspecto tiene una regulación mejorable.
Plazos: Se deben respetar los plazos establecidos para cada fase del procedimiento, incluyendo la presentación de documentos y la resolución de trámites.
Derechos de los Interesados: Los interesados tienen derecho a conocer el estado de sus procedimientos, acceder a los documentos y recibir asistencia en el uso de medios electrónicos.
Más recientemente, se ha modificado la Ley 18/2011 con el Real Decreto-ley 6/2023 que introduce varias reformas importantes en el ámbito de la justicia en España, con el objetivo de modernizar y digitalizar el sistema judicial. Algunos de los aspectos más relevantes:
Digitalización de la Justicia: Se promueve el uso de tecnologías de la información y la comunicación en los procedimientos judiciales. Esto incluye la posibilidad de realizar comparecencias electrónicas y la tramitación de documentos de manera digital.
Eficiencia Procesal: Se han introducido medidas para mejorar la eficiencia de los procesos judiciales. Por ejemplo, se ha elevado la cuantía de los juicios ordinarios y verbales de 6.000 a 15.000 euros, lo que agiliza la resolución de casos menores.
Tramitación Preferente: Se establece una tramitación preferente para los procesos en los que intervengan personas mayores de 80 años, permitiendo que sus vistas se realicen en las primeras o últimas horas de audiencia.
Legitimación de Derechos: Se amplía la legitimación para la defensa de los derechos e intereses de los trabajadores autónomos del arte y la cultura, facilitando su acceso a la justicia.
Reclamación de Honorarios: Se introducen nuevas disposiciones para la reclamación de honorarios por parte de abogados y procuradores, incluyendo la posibilidad de que los jueces examinen de oficio la existencia de cláusulas abusivas en los contratos.
Cuestión Prejudicial Europea: Se regula la suspensión de actuaciones judiciales en caso de planteamiento de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, hasta que se resuelva dicha cuestión.
Existe una gran conexión entre la gestión digital de documentos en la empresa y la que tiene lugar en las administraciones publicas y la administración de justicia y en todas ellas entran en juego conceptos de evidencias electrónicas y de normativa que ayuda a interpretar lo que se empieza a denominar «Seguridad Jurídica Preventiva Digital«. Que extiende el concepto de Seguridad Jurídica Preventiva tradicionalmente respaldada por Notarios y Registradores a las funciones que aportan los Prestadores Cualificados de Servicios de Confianza.
Con la publicación de Reglamento UE 2024/1183 (EIDAS2) se va completando el mapa regulatorio que establece las presunciones «Iuris Tantum» de los servicios de confianza.
Con lo que la «Diplomática Digital» va extendiendo la panoplia de componentes que permiten establecer si un documento digital es auténtico, más allá de los elementos básicos:
Atribuibilidad: Firma electrónica (o sello electrónico)
Integridad: Firma electrónica (o sello electrónico) o custodia de referencia (punto único de verificación)
Transferibilidad (Endosabilidad): Custodia de referencia (punto único de verificación)
Cancelabilidad (Obliterabilidad): Custodia de referencia (punto único de verificación)
Completitud: Anotaciones en el registro matriz de la Custodia de referencia (punto único de verificación).
Presunción de efectos: con el concepto de notificaciones
Punto de ingesta (registro de entrada): Efectos de iniciación de procedimientos, verificación de autenticidad de documentos y garantía de custodia.
Y cuando los documentos son estructurados se añadiría:
Marco formal, que añade sintaxis y semántica
Ahora que pienso en ello, también viene a mi memoria mi colaboración hace varios años con el organismo OASIS para la normalización en el estándar UBL de la firma electrónica (necesario en la factura electrónica y útil en otros documentos empresariales). Se puede ver en Universal Business Language Version 2.1