Archivo de la categoría: eConfianza

Versión 1.8 del ARF de la Cartera IDUE en español


La EUDI Wallet (European Union Digital Identity Wallet), conocida en español como la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea (Cartera IDUE) se está desarrollando desde el punto de vista de la concreción de especificaciones a través del ARF es decir, el Marco de Referencia y Arquitectura (Architecture and Reference Framework).

El ARF de la Cartera IDUE es un documento técnico clave que establece las bases para el diseño, desarrollo y funcionamiento de esta identidad digital en toda la Unión Europea. Es un marco de referencia que los estados miembros y desarrolladores usan para garantizar que las carteras digitales sean seguras, interoperables y cumplan con la regulación eIDAS 2.0.

Traduje varias versiones del documento ARF, pero en los últimos meses la actualización de versiones iba más rápido que mi capacidad de traducción

Recientemente se ha publicado la versión 1.8 y la he intentado traducir a toda prisa, por lo que aquí traigo la versión en español de este documento «Marco de Referencia y Arquitectura»:

Aquí están sus aspectos principales:

  • Estandarización: Define los protocolos técnicos, como el formato de los identificadores digitales (basados en estándares como OpenID o ISO/IEC 18013-5 para credenciales móviles), para que las carteras funcionen igual en todos los países de la UE.
  • Interoperabilidad: Asegura que una Cartera IDUE emitida en España, por ejemplo, pueda usarse sin problemas en Francia o Alemania para servicios públicos y privados (como abrir una cuenta bancaria o identificarse en línea).
  • Seguridad: Establece requisitos para proteger los datos personales, como el uso de elementos seguros en dispositivos (chips físicos o software encriptado) y autenticación multifactor.
  • Funcionalidad: Detalla cómo las carteras almacenarán y presentarán credenciales digitales, como el DNI electrónico, licencias de conducir o certificados académicos, de forma que sean verificables al instante por terceros autorizados.
  • Desarrollo práctico: Proporciona una «caja de herramientas» (toolbox) técnica para que los países implementen sus propias versiones de la cartera, manteniendo un estándar común.

El ARF fue publicado por la Comisión Europea como parte del proceso para preparar la implementación de la EUDI Wallet, que se espera esté plenamente operativa para las navidades de 2026.

«Verificación del Beneficiario» o «Verification of Payee»


La «Verificación del Beneficiario» (o Verification of Payee en inglés) es un servicio o proceso utilizado principalmente en el sector bancario y financiero para confirmar la identidad del destinatario de un pago antes de que se realice la transacción. Este mecanismo busca reducir el riesgo de fraude, errores en los pagos o transferencias a cuentas incorrectas.

En términos prácticos, cuando alguien inicia un pago (por ejemplo, a través de una transferencia bancaria), el sistema de Verificación del Beneficiario comprueba que los datos proporcionados (como el nombre del beneficiario y el número de cuenta) coincidan con los registros del banco receptor. Si hay una discrepancia, se puede alertar al usuario para que revise la información antes de ejecutar la transferencia.

Este servicio es especialmente común en países como el Reino Unido, donde se implementó como parte del esquema Confirmation of Payee bajo las regulaciones de la Autoridad de Conducta Financiera (FCA) para combatir el fraude de pagos autorizados (Authorised Push Payment fraud). Por ejemplo, al introducir los detalles de una transferencia, el banco podría devolver un mensaje como «Nombre coincide», «Nombre no coincide» o «Nombre similar» (Match, No Match o Close Match), ayudando al ordenante a tomar una decisión informada.

Contexto en España

En España existe un equivalente al concepto de «Verification of Payee» (Verificación del Beneficiario), aunque no se denomina exactamente así de manera oficial en la normativa española.

En España, la verificación de la identidad del beneficiario en transferencias bancarias no era un servicio obligatorio con un nombre específico como el «Confirmation of Payee» o «Verification of Payee», pero los bancos y entidades financieras han adoptado medidas similares para cumplir con las normativas de prevención de fraude y blanqueo de capitales. Estas medidas suelen incluir la validación de los datos del beneficiario (como el IBAN y el nombre) antes de procesar una transferencia, especialmente en el marco de las transferencias SEPA (Zona Única de Pagos en Euros). En la actualidad les aplica el Reglamento (UE) 2024/886.

La base legal y regulatoria para este tipo de procedimientos proviene principalmente de la legislación europea, que ha sido traspuesta al ordenamiento jurídico español. Los marcos principales son:

  1. Directiva (UE) 2015/2366 – PSD2 (Segunda Directiva de Servicios de Pago):
    • Entró en vigor en la UE en 2016 y fue traspuesta en España mediante el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, sobre servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.
    • Esta directiva busca mejorar la seguridad de los pagos electrónicos y proteger a los consumidores. Aunque no menciona explícitamente la «Verificación del Beneficiario» como un servicio obligatorio, exige a las entidades financieras implementar medidas de autenticación reforzada (Strong Customer Authentication, SCA) y garantizar la seguridad en las transacciones, lo que incluye verificar la identidad de las partes involucradas en un pago.
    • En la práctica, algunos bancos españoles han integrado sistemas que cotejan el IBAN con el nombre del beneficiario para evitar errores o fraudes, aunque esto depende de las políticas internas de cada entidad.
  2. Reglamento SEPA (Reglamento (UE) No 260/2012):
    • Establece los requisitos técnicos y comerciales para las transferencias y adeudos domiciliados en euros en la zona SEPA, que incluye España.
    • Aunque el foco está en la estandarización de los pagos, las entidades pueden implementar controles adicionales, como la verificación del beneficiario, para cumplir con las expectativas de seguridad.
  3. Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo:
    • Esta ley, modificada posteriormente para adaptarse a directivas europeas (como la 4ª y 5ª Directivas AML), obliga a las entidades financieras a identificar y verificar la identidad de los clientes y beneficiarios en las operaciones financieras. Esto incluye medidas para evitar que los fondos se transfieran a cuentas fraudulentas o no deseadas, lo que indirectamente fomenta la verificación de los datos del beneficiario.
  4. Reglamento de Transferencias inmediatas (Reglamento (UE) 2024/886)
    • Modifica varios reglamentos y directivas existentes relacionados con las transferencias inmediatas en euros. Este reglamento tiene como objetivo promover el uso generalizado de transferencias instantáneas en la Unión Europea, mejorando la eficiencia, la digitalización y la innovación en los pagos.

Bancos españoles

En la actualidad los bancos españoles ya cuentan con servicios equivalentes:

  • Algunos bancos, como Santander, BBVA o CaixaBank, han desarrollado sistemas internos que alertan al usuario si el nombre del beneficiario no coincide con el IBAN proporcionado, aunque esto no es un estándar obligatorio en todo el sector.
  • La adopción de estas medidas depende de la entidad y suele estar motivada por la necesidad de cumplir con las expectativas de seguridad de los clientes y reducir el riesgo de fraude, como el fraude de suplantación (Authorised Push Payment Fraud).

European Payments Council

El 19 de marzo de 2024 se publicó el Reglamento (UE) 2024/886 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de marzo de 2024 por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 260/2012 y (UE) 2021/1230 y las Directivas 98/26/CE y (UE) 2015/2366 en lo que respecta a las transferencias inmediatas en euros,

Establece que el servicio VoP «Verification of Payee», lo deben ofrecer los proveedores de servicios de pago sin cargo adicional.

La comprobación debe realizarse antes de que el ordenante autorice la transferencia. En caso de «nombre similar» (close match) el ordenante deberá ser informado del nombre asociado al IBAN proporcionado.

Los PSP deberán informar a los ordenantes sobre las implicaciones de la responsabilidad del PSP y de los derechos de reembolso del ordenante sobre la opción del PSP de ignorar la notificación proporcionada. En la medida de lo posible, el servicio que garantice la verificación deberá llevarse a cabo de conformidad con un conjunto de reglas y normas para toda la Unión (por ejemplo el «rulebook» del EPC – European Payments Council).

Los ordenantes que no sean consumidores y que envíen varias órdenes de pago en forma de paquete deben poder optar por no recibir los avisos de VoP en su relación contractual con el PSP. El Servicio VoP se debe ofrecer 18 meses después de la entrada en vigor de la regulación,es decir, el 9 de octubre de 2025.

El reglamento indica que los Estados miembros adoptarán, publicarán y aplicarán, a más tardar el 9 de abril de 2025, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 3 y 4. Comunicarán inmediatamente el texto de dichas disposiciones a la Comisión.

El Banco Central Europeo ha publicado un resumen del proceso del implantación del Servicio VoP.

Y el European Payment Council ha publicado en octubre de 2024 el «Verification of Payee Scheme Rulebook» y un video explicativo sobre VoP.

Como ayuda EADtrust

EADTrust proporciona certificados QWAC y QSEALC con el perfil PSD2 que se necesitan en las conexiones entre bancos y entidades de pagos. Se tienen en cuenta diferentes roles:

  1. PISP Payment Initiation Service Provider (Proveedor de Servicios de Iniciación de Pagos)
    • Estas entidades permiten a los usuarios iniciar pagos directamente desde sus cuentas bancarias a través de un tercero, sin necesidad de usar una tarjeta de crédito o débito. Actúan como intermediarios entre el pagador y el banco, facilitando transacciones seguras mediante APIs abiertas.
  2. AISP Account Information Service Provider (Proveedor de Servicios de Información de Cuentas)
    • Estas entidades recopilan y consolidan información de las cuentas bancarias del usuario (con su consentimiento), ofreciendo una visión unificada de sus finanzas. Por ejemplo, pueden mostrar saldos o historiales de transacciones de diferentes bancos en una sola plataforma.

Y están, claro, las entidades que gestionan las cuentas, que tienen su denominación propia del contexto normativo de PSD2:

  1. ASPSP Account Servicing Payment Service Provider (Proveedor de Servicios de Pago que Gestiona Cuentas)
    • Son los bancos o instituciones financieras tradicionales que mantienen las cuentas de los clientes y deben proporcionar acceso a PISP y AISP a través de interfaces seguras (como APIs) bajo el consentimiento del usuario.
  2. TPP Third Party Providers (Terceros Proveedores)
    • Es un término general que engloba a PISP y AISP, refiriéndose a cualquier entidad autorizada por PSD2 para ofrecer servicios de pago o información, distinta de los bancos tradicionales.

Contacte con EADTrust en +34 91716 0555 si necesita certificados cualificados para PSD2

Prestadores de servicios de confianza no cualificados


En relación con los Servicios de Confianza, en España rige la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, junto con el Reglamento 910/2014 (actualizado con el Reglamento 2024/1183).

En su preámbulo se menciona que

  • Todos los prestadores de servicios de confianza, cualificados y no cualificados, están sometidos a la obligación de adoptar las medidas técnicas y organizativas adecuadas para gestionar los riesgos para la seguridad de los servicios de confianza que prestan, así como de notificar al órgano de supervisión cualquier violación de la seguridad o pérdida de la integridad que tenga un impacto significativo en el servicio de confianza prestado.
  • Los prestadores de servicios no cualificados pueden prestar servicios sin verificación previa de cumplimiento de requisitos, sin perjuicio de su sujeción a las potestades de seguimiento y control posterior de la Administración. No obstante, deberán comunicar al órgano supervisor la prestación del servicio en el plazo de tres meses desde que inicien su actividad, a los meros efectos de conocer su existencia y posibilitar su supervisión

Y en su articulado:

Artículo 12. Inicio de la prestación de servicios electrónicos de confianza no cualificados.

Los prestadores de servicios de confianza no cualificados no necesitan verificación administrativa previa de cumplimiento de requisitos para iniciar su actividad, pero deberán comunicar su actividad al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en el plazo de tres meses desde que la inicien, que publicará en su página web el listado de prestadores de servicios de confianza no cualificados en una lista diferente a la de los prestadores de servicios de confianza cualificados, con la descripción detallada y clara de las características propias y diferenciales de los prestadores cualificados y de los prestadores no cualificados.

En el mismo plazo deberán comunicar la modificación de los datos inicialmente transmitidos y el cese de su actividad.

Identificación de Prestadores

En la actualidad el Ministerio ya publica la información básica de los Prestadores de Servicios Electrónicos de Confianza No Cualificados como su Nombre/Razón Social, su CIF, el Nombre Comercial y el Dominio, si bien todavía no incorpora la descripción detallada y clara de las características propias y diferenciales.

De la citada página se extrae la siguiente lista de prestadores, respecto a lo que hay que considerar que algunos de ellos son también Prestadores Cualificados de Servicios de Confianza y no queda claro qué servicios no cualificados de los que prestan hace recomendable su inclusión en este listado.

  • 360nrs
  • 3G Mobile Group (Foldersign)
  • Addalia
  • Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica – ACCV
  • ANF AC
  • Aplicaciones Inmovilla SLU
  • Aralink Wallet Id
  • Aviva Voice
  • Banco de España
  • Bianca Schulte Gutiérrez
  • Bigle Legal
  • Bounsel
  • BTP Onetec
  • Camerfirma
  • Cedro
  • CEREC Fábrica Nacional De Moneda Y Timbre – Real Casa De La Moneda E.P.E – M.P. (FNMT-RCM)
  • Certificacion De Envios ICPM
  • Certifirm
  • CGI Information Systems and Management Consultants España S.A
  • Codicert
  • Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla
  • Confirmsign, S.L.
  • Consorci AOC (Catcert)
  • Constata EU
  • Customer Comms
  • Digitaldocu Digitel TS
  • Dirección General de Política Digital – Consejería de Hacienda y Adm. Pública – Junta de Andalucía
  • Docalia
  • Docuten
  • Doyfe
  • EADTrust
  • ECS TSA
  • Edatalia
  • Edicom
  • Edigitaltrust
  • Eevidence
  • Efirma Go
  • Egarante
  • Elix Regtech
  • Factorymail
  • Factum Id
  • Fidestamp
  • Fikrea
  • Fingerink
  • Finveris
  • Firma Documentos
  • Firma365
  • Firmafy
  • Firmaprofesional, S.A.
  • Full Certificate – Wevote – Full Signature
  • Gohu TPA
  • Grupo Backup
  • Ianet Conecta S.L.
  • Icommunity
  • Idealista
  • IESA
  • Ilovepdf
  • Isigma
  • Izenpe, S.A.
  • Legal Intermedia «Verum Digital»
  • Legalbono
  • Legalpin
  • Leypal
  • Lleida.Net
  • Lleidanet Pki
  • Logalty Servicios de Tercero de Confianza S.L.
  • Mailsuite
  • Mailteck
  • Mensagia
  • Mensatek
  • Metaposta
  • Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
  • Ministerio de Defensa de España
  • Nivimu
  • Nodalblock
  • Notificad@S
  • On Diversity Limited España
  • Pipeline Software
  • Punto Neutro
  • R2 Docuo
  • RD Post
  • Registradores De España
  • Rubricae
  • Salvador Portillo Naranjo
  • Sectigo
  • Segursign
  • Seres
  • SGNTJ / GGTDAL
  • Signaturit
  • Signaturit- Ivnosys
  • Signe Autoridad De Certificación
  • Signicat Spain
  • Signyourdocs
  • Sihecert, S.L
  • Sinatura
  • Smartbiometrik
  • Softy
  • Spairal Commerce
  • Tecalis
  • Teenvio
  • Terraminium
  • Uanataca
  • Validated Id
  • Vintegris
  • Wiwink
  • Zertiban
  • Zertifika Outsourcing

Me ha parecido interesante publicar información más detallada de las entidades que así lo deseen.

Por ejemplo algunos servicios no cualificados de EADTrust:

Si desea que incluya información adicional de alguno de los prestadores de servicios de confianza no cualificados, contacte conmigo a través de este mail. También si detecta algún error en la denominación.

Ponga al principio del asunto [PSCNC] para facilitar la búsqueda.

SI puede incluir en alguna parte del correo electrónico el texto exacto a incluir es preferible (incluyendo los enlaces), porque así puedo copiar y pegar el texto sin más. También puede incluir un logo si lo desea.

XI Congreso Internacional de Derecho Digital ENATIC


Madrid acogerá el próximo 27 de febrero de 2025, la undécima edición del Congreso Internacional de Derecho Digital de ENATIC, en la que me han invitado a participar.

El congreso se celebrará en la sede del Consejo General de la Abogacía Española en Paseo de Recoletos 13 – 28004 Madrid y ya es posible inscribirse.

La cita reunirá a expertos de referencia y líderes en sus áreas de actividad en el ámbito del Derecho Digital, como inteligencia artificial, Blockchain, servicios y mercados digitales, ciberseguridad o privacidad.

Estructura de la jornada

9:00 Inaugración. Belén Arribas (Abogada y Presidenta de ENATIC). Participan Miguel Hermosa (Consejero adjunto a Presidencia CGAE), SEDIA, Red.es y ENATIC

9:30 Mesa redonda: Los Derechos Digitales para la nueva era. Modera: Rodolfo Tesone (Presidente emérito ENATIC)

  • Borja Adsuara
  • Ofelia Tejerina
  • Ramsés Gallego

10:15 Mesa redonda: Los Derechos Digitales y la IA. Modera: José Manuel Muñoz

  • Carmen Muñoz
  • Antonio Serrano
  • Belén Arribas

11:00 Pausa – Café

11:30 Mesa redonda: Protección de Datos. Modera: Esther García

  • Francisco Pérez
  • Joana Marí
  • Marcos Mª Judel

12:15 Mesa redonda: Ciberseguridad. Modera: Carlos Saiz

  • Francisco Lázaro
  • Daniel García

13:00 TBD- Enatic, ISMS, ESYS, ICMedia, Registradores

14:00 Comida Asamblea General

15:30 Mesa redonda: Identidad Digital (eIDAS2). Moderada por Pilar Garrido

  • Elena Gil
  • Lucas Carmona
  • Julián Inza

16:15 Mesa redonda: Legaltech. Modera: Carlos Fernández

  • Sara Molina
  • Ferrán Sala

16:45 Mesa redonda: Protección de menores de edad y Ciberseguridad. Moderada por Pilar Tintoré

  • Beatriz Izquierdo
  • Escarlata Gutiérrez

17:15 Modernización de la Justicia. Modera: Laura Fra

  • Miguel Hermosa
  • Ana de la Ser
  • Joaquín Delgado

18:00 Los Derechos Digitales y el Compliance. Leandro Núñez

  • Eloy Velasco
  • Concepción Campos

18:45 Clausura.

  • Belén Arribas
  • Rodolfo Tesone
  • Participan: CGAE, SEDIA, Red.es y ENATIC

Congreso Internacional «Desafíos pendientes en la digitalización de los mercados financieros (del 4 al 6 de marzo de 2025)


El Congreso Internacional «Desafíos pendientes en la digitalización de los mercados financieros» tendrá lugar los días 4, 5 y 6 de marzo de 2025 en el Salón de Grados de la Facultad de Derecho Universidad Complutense de Madrid.

Mi presentación, titulada «Seguridad Jurídica Preventiva Digital. Los servicios cualificados de confianza europeos EIDAS y EIDAS2” tendrá lugar el 4 de marzo.

Organizado en el marco del proyecto de investigación La digitalización de los mercados financieros (análisis jurídico) – PID2020-113447RB-I00, IP es la prof. Isabel Fernández Torres.

  • Dir. Isabel Fernández Torres, Catedrática (Ac.), UCM
  • Dir. Adjunta: Luz María García, UCM

Acceso libre hasta completar aforo.

Martes, 4 de marzo de 2025


9:00 Inauguración de las Jornadas
9:15 Ponencia inaugural: Miguel Ángel Fernández Ordoñez, ex – gobernador del Banco
de España


METAVERSO, IA, MACHINE LEARNING Y SU IMPACTO EN EL MUNDO JURÍDICO

9:45 Conferencia: “IA en el mercado financiero”, Isabel Fernández Torres, Universidad
Complutense
10: 45 Conferencia: “AI Regulation”, T. Bonneau, Univ. Paris II Panthéon-Assas


11:00 Mesa redonda. Modera Maite Martínez Martínez, Universidad Complutense

  • Almudena de la Mata (Blockchain Intellingence Law Institute): “Confluencia de IA y Blockchain en el Metaverso y los nuevos servicios financieros”
  • Julián Inza (Presidente EAD Trust): “Seguridad Jurídica Preventiva Digital. Los servicios cualificados de confianza europeos EIDAS y EIDAS2”
  • Noemí Brito (KPMG): “Ética Digital e IA Confiable”
  • Pedro Portellano (Universidad Autónoma de Madrid): “Decisiones financieras, inteligencia artificial y Business Judgment Rule”

12:00 Pausa-Café

DATOS

12:30 Conferencia: “Minería de datos”, Begoña González Otero, Max Planck for
innovation and competition (Munich).


13.00 Mesa redonda. Modera Antonio Alonso Bartol Bustos, Universidad Complutense

  • Luis Felipe López (UDIMA): “Protección de Datos”
  • Cristina Timón (Universidad de Murcia): “Identidad Digital”
  • Julio V. González (Universidad Complutense): “Transferencia internacional de datos”
  • Julia Suderow (Universidad de Deusto): “Big data: nuevos modelos y mala regulación”

14:00 Comida

15.30 Mesa redonda. INATBA
16.30 Comunicaciones


Miércoles, 5 de marzo de 2025


MERCADOS DE CAPITAL DIGITALES

9.00 Conferencia. Montserrat Martínez Parera, Vicepresidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
9.30 Conferencia, Francesca Romana Medda, “Sandboxes”, University College of London

10:15 Mesa redonda. Modera Javier Juste Mencía, Universidad Complutense

  • Nuria Fernández (Universidad de Alicante): “Protección al inversor”
  • Luz María García (Universidad Complutense): “Abuso de mercado y descentralización”
  • Konstantinos Sergakis (Glasgow University): “Democratizing Finance via AI: Investor Protection and Investor Engagement”
  • Juan Ignacio Peinado Gracia (Universidad de Málaga): “Sostenibilidad y digitalización”

11:45 Pausa/café

PRESENTE Y FUTURO DE LOS CRIPTOACTIVOS

12:15 Conferencia. Carmen Pastor, Universidad de Alicante

12.45 Mesa redonda. Modera Javier Megías López, Universidad Complutense

  • Cristina Guerrero (Universidad Complutense): “Taxonomía”
  • Alfredo Muñoz (Universidad Complutense): “Colocación y venta de tokens”
  • Emilio Díaz Ruíz (Universidad Complutense): “Transparencia en la promoción y colocación”
  • Rebeca Herrero Morant (Universidad de Zaragoza): “Algunos problemas jurídicos de los security tokens”

14.15 Comida

EURODIGITAL, TRIBUTACION Y BLANQUEO DE CAPITALES

16.00 Conferencia: Francisco Javier Priego, Secretario General del Banco de España

16.30 Conferencia: Joachim Wüermeling, former member of the Executive Committee Bundesbank, Partner Allen y Board Member Blockchain Intelligence

17.00 Mesa redonda. Modera: José Luis Colino Mediavilla, Universidad Complutense

  • José María López (Universidad de Málaga): “Proveedores de servicios de pago”
  • Xavier Codina (CUNEF): “Blanqueo de capitales”
  • Pablo Sanz Bayón (ICADE): “Comparativa CBDCs”
  • Rosa Galán (Universidad Complutense): “Tributación” DEFI, DAOS, P2P

18.15 Modera: Eva Recamán Graña, Universidad Complutense

  • Alfonso Martínez Echevarría (CEU): “Tokens de gobernanza”
  • Sagrario Navarro (UCLM): “DAOS”
  • Ana Muñoz (URJC): “DEFI”
  • Fernando Carbajo (Universidad de Salamanca): “NFT”

Jueves, 6 de marzo de 2025

9.00 DIGITALIZACION Y REGISTROS

NUEVOS DESAFIOS EN EL DERECHO BANCARIO

10.30 Conferencia: Rosa María Barresi, University of Florence

11.00 Conferencia: Alicia Muñoz Lombardía, Banco Santander

11:30 Pausa Café

12.00 Mesa redonda. Modera José Carlos González Vázquez, Universidad Complutense

  • Alberto Ruiz Ojeda (Universidad de Málaga): “Resolución y digitalización”
  • Mª Ángeles Alcalá (Universidad de Castilla la Mancha): “Digitalización y Buen Gobierno Corporativo”
  • Francisco Uría (KPMG): “PSD3”
  • Silvia Madrid (Unicredit): “Compliance”
  • Sofia País (Universidad Católica de Porto): “Prácticas anticompetitivas en el sector Bancario”

13.30 PONENCIA DE CLAUSURA: Montserrat Martínez Parera, Vicepresidenta de la
CNMV

Present and Future of the European and Global Remote Signature Market


🚨 Last chance to be first to receive the report! 🚨
Be among the first to receive exclusive insights into the European and Global Remote Signature Market—but time is running out! Before February 14th

💡 Share your perspective now in our 👉 survey:
📊 «Present and Future of the European and Global Remote Signature Market»

We’re uncovering key trends, challenges, and opportunities, with a focus on:
✅ Legal frameworks (eIDAS 2.0)
✅ Availability, integration, and adoption of remote signatures
✅ Market dynamics & customer expectations
This survey is conducted by Obserwatorium.biz and Nimbus Technologieberatung GmbH for the Cloud Signature Consortium.
The results will be featured in an upcoming CSC publication.
⏳ Don’t miss your chance—take the survey today!

Se está desarrollando un estudio sobre «Presente y futuro del mercado europeo y mundial de la firma remota» y los que participen en la encuestan recibirán el informe sin coste, tan pronto como se complete. Y quedan pocos días para responder a la encuesta. ¡El plazo acaba el 14 de febrero!

Dos reconocidas consultoras del ámbito de los Servicios de Confianza Digital y EIDAS Obserwatorium.biz y Nimbus Technologieberatung GmbH han diseñado la encuesta para el Cloud Signature Consortium, que publicará los resultados del estudio.

🚨 ¡Última oportunidad para ser de los primeros en recibir el informe! 🚨
Sea de los primeros en recibir información exclusiva sobre el mercado europeo y mundial de la firma a distancia, ¡pero se acaba el tiempo!

💡 Comparte tu perspectiva ahora en esta👉 encuesta::
📊 «Presente y futuro del mercado europeo y mundial de la firma remota»

El estudio está descubriendo tendencias, retos y oportunidades clave, con especial atención a:
✅ Marcos jurídicos (eIDAS 2.0)
✅ Disponibilidad, integración y adopción de firmas remotas
✅ Dinámica del mercado y expectativas de los clientes

Los resultados aparecerán en una próxima publicación del Cloud Signature Consortium.

⏳ No pierda su oportunidad: ¡responda a la encuesta hoy mismo!

Nos vemos en el evento: Nuevo Modelo de Identidad Digital: telemática y segura – SocInfo Digital


El jueves 13 de febrero 2025 tendrá lugar en el INAP. C/ Atocha, 106. 28012 Madrid este evento de la revista «Sociedad de la Información Digital», con el patrocinio de Teknei, SICPA, EAD Trust y VeriDas.

Mi ponencia se centrará en la Certificación de la Cartera de Identidad Europea, gracias al impulso de la Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad (ENISA) que ha lanzado un Grupo de Trabajo Ad Hoc (AHWG-Ad Hoc Working Group) centrado en la certificación de las Carteras de Identidad Digital de la UE (EUDI Wallet) y para el que he sido seleccionado como uno de los expertos.

El encuentro “Nuevo Modelo de Identidad Digital: telemática y segura” promete ser muy interesante y nos actualizará sobre el desarrollo del marco normativo y tecnológico de la Identidad Digital Europea.

La inscripción en el evento es gratuita para funcionarios de sector público.

La inscripción de asistentes de sector privado tiene un coste de 199 euros (IVA incluido), y, para gestionarla, deben ponerse en contacto con la organización: administracion@socinfodigital.es


El programa es el siguiente:

09.30 Acreditación. Entrega de Identificador personal y documentación.

10.00 Bienvenida.
Dª Carolina Sánchez Sánchez. Directora. Revista Sociedad de la Información Digital.

10.10 Nuevo Modelo de identidad Digital: telemática y segura.
D. Ángel Martín Bautista. Subdirector Adjunto de Planificación y Gobernanza de la Administración Digital. Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

10.25 El Ecosistema Europeo de Identidad Digital (EUDI): más allá del wallet.
D. Lucas Carmona. Director Identidad Digital. Teknei.

10.40 Dirección General de la Policía.
Responsable de la Unidad de Informática y Telecomunicación.
Dirección General de la Policía.

10.55 Del Fraude a la Confianza: La Identidad Digital como pilar de la Administración Pública.
Ciberseguridad, centralidad del dato y el Wallet de Identidad para la transformación digital.
D. David Luquin.Director de Sector Público. Veridas.

11.10 Modelo de Identidad Digital en la Comunidad de Madrid.
Dª Marta Bilbao. Directora de Innovación, Datos y Transformación Digital. Madrid Digital. Comunidad de Madrid.

11.25 Turno de preguntas.

11.30 Pausa Café.

12.00 Viajes inteligentes: los beneficios de las credenciales de viaje digitales en 2026 con el nuevo EU Wallet.
D. Fabián Torres. Director. Business Development. SICPA.

12.15 Benidorm sandbox en el nuevo modelo de la identidad digital.
Dª Leire Bilbao. Directora General. Fundación Visit-Benidorm.

12.30 Certificación de la Cartera de Identidad Europea.
D. Julián Inza. Presidente. EAD Trust.

12.45 AOC.
D. Miquel Estapé. Director Gerente. Administración Oberta de Cataluña.

13.15 Turno de preguntas.

13.20 Cierre.

Puede ver el programa actualizado en el siguiente enlace: https://socinfodigital.es/2025…

EADTrust, la entidad líder en Digital Transaction Management (DTM)


El concepto Digital Transaction Management (DTM), Gestión de Transacciones Digitales engloba un conjunto de servicios y tecnologías basados en la nube diseñados para gestionar digitalmente transacciones basadas en documentos. El objetivo principal de la Gestión de Transacciones Digitales es eliminar la fricción inherente a las transacciones que involucran personas, documentos y datos, creando procesos más rápidos, fáciles, convenientes y seguros.

Los componentes clave de un sistema DTM incluyen:

  1. Firmas electrónicas: Permiten la vinculación de documentos a sus firmantes, su autenticación segura y la atribución legalmente vinculante de documentos firmados.
  2. Gestión de documentos y transacciones: Incluye almacenamiento digital, asociado al concepto de custodia, organización y recuperación eficiente de documentos y operaciones.
  3. Automatización de flujos de trabajo: Reduciendo tareas manuales y mejorando la consistencia de los procesos.
  4. Protocolos de seguridad: Implementando el cifrado donde se precisa (teniendo en ciuenta los riesgos que anuncia la computación cuántica) y controles de acceso para proteger información sensible.
  5. Autenticación digital: Verificando la identidad de los participantes en las transacciones.
  6. Gestión de evidencias digitales para favorecer la fuerza probatoria en contextos de resolución de controversias.
  7. Gestión de entornos híbridos de documentos digitales y en papel, con gestión de la digitalización cualificada de documentos en papel con fuerza probatoria y documentos nacidos digitales que se pueden usar impresos por la posibilidad de cotejo de su CSV (Código Seguro de Verificación) en su sede electrónica de referencia.

Los servicios de EADTrust encajan perfectamente en el concepto de Digital Transaction Management, ya que ofrecen varias soluciones clave que son fundamentales para la gestión digital de transacciones:

  1. Firmas electrónicas cualificadas: EADTrust emite certificados cualificados para personas físicas y entidades legales, que permiten la creación de firmas y sellos electrónicos avanzados y cualificados. También ofrece servicios de comprobación de las firmas electrónicas que se reciben en las entidades.
  2. Sellos de tiempo cualificados: Estos sellos permiten probar el momento exacto en que ocurrió un evento digital, dejando un registro irrefutable de la fecha, hora y contenido del evento mediante criptografía. Se asocia un sello de teiempo con cada transacción.
  3. Custodia digital: EADTrust ha desarrollado una tecnología que permite a los usuarios almacenar documentos digitalmente, pudiendo probar su autenticidad a través de CSV y su inalterabilidad mediante métodos criptográficos avanzados. En línea con la normativa de eArchivos de EIDAS2
  4. Notificaciones certificadas (Noticeman): Ofreciendo una plataforma de gestión de correo electrónico y SMS certificados que permite registrar la identidad del remitente, el receptor, el contenido y el momento exacto en que se realizaron las comunicaciones.
  5. Servicios corporativos: Proporcionan testimonios de publicación de documentos a las entidades obligadas para convocatorias de juntas generales de accionistas, foros y gestión de voto electrónico, cumpliendo con la Ley de Sociedades de Capital.
  6. Custodia de claves privadas: Celebran ceremonias de creación de claves, generando pares de claves asimétricas y manteniendo la clave privada para garantizar la integridad. Estos servicios son esenciales en la gestión de firmas manuscritas capturadas en tabletas digitalizadoras

Estos servicios de EADTrust abordan aspectos críticos de DTM, como la autenticación, la seguridad, la gestión de documentos y el cumplimiento normativo. Al ofrecer estas soluciones, EADTrust contribuye significativamente a la transformación digital de las empresas, permitiéndoles gestionar sus transacciones de manera más eficiente, segura y conforme a la normativa vigente.

En relación con las Carteras IDUE ayuda a adaptarse a las entidades obligadas por mandato del Reglamento EIDAS2 en el articulo 5 septies: 

Cuando el Derecho de la Unión o nacional exija que las partes usuarias privadas que prestan servicios —con la excepción de las microempresas y pequeñas empresas según se definen en el artículo 2 del anexo de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión ( 5 )— utilicen una autenticación reforzada de usuario para la identificación en línea, o cuando se requiera una autenticación reforzada de usuario para la identificación en línea en virtud de una obligación contractual, en particular en los ámbitos del transporte, la energía, la banca, los servicios financieros, la seguridad social, la sanidad, el agua potable, los servicios postales, la infraestructura digital, la educación o las telecomunicaciones, dichas partes usuarias privadas también aceptarán, a más tardar treinta y seis meses a partir de la fecha de entrada en vigor de los actos de ejecución a que se refieren el artículo 5 bis, apartado 23, y el artículo 5 quater, apartado 6, y únicamente a petición voluntaria del usuario, las carteras europeas de identidad digital proporcionadas de conformidad con el presente Reglamento.

Cinco Reglamentos de Ejecución para el desarrollo de las carteras de identidad digital europea se han publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea.


Ya se han publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea del 4 de diciembre de 2024 los 5 Actos de Implementación asociados al Reglamento EIDAS2 correspondientes al primer lote.

Entran en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, es decir, el 24 de diciembre de 2024, en plena «Nochebuena».

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2977 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los datos de identificación de la persona y las declaraciones electrónicas de atributos expedidos a carteras de identidad digital europea.

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2979 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la integridad y las funcionalidades básicas de las carteras de identidad digital europea.

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2980 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las notificaciones a la Comisión relativas al ecosistema de la cartera de identidad digital europea.

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2981 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la certificación de las carteras de identidad digital europea.

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2982 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los protocolos y las interfaces que admitirá el marco europeo de identidad digital.





Nuevos borradores de Actos de Ejecución necesarios para el desarrollo de la Cartera IDUE (Identidad Digital de la Unión Europa) correpondientes al segundo lote


El viernes 29 de noviembre de 2024 la Comisión Europea publicó nuevos borradores de Actos de Ejecución necesarios para el desarrollo de la Cartera IDUE (Identidad Digital de la Unión Europea) en el portal ‘Have your say’ (Díganos lo que piensa), solicitando comentarios de los expertos y partes interesadas hasta el 27 de diciembre.

Este segundo lote podría publicarse, tras las modificaciones propuestas que se hayan aceptado, en marzo de 2025 en el Diario Oficial.

Wallet lists
This implementing act sets out rules for the submission to the Commission of information on certified wallet solutions and their associated electronic identification schemes by EU countries. It also sets out the requirements for the secure electronic system to be set up by the Commission for receiving the submissions.

Este acto de ejecución establece normas para la notificación a la Comisión por los países de la UE de la información sobre sus soluciones certificadas de cartera y los esquemas de identificación electrónica asociados. También establece los requisitos para el sistema electrónico seguro que debe desplegar la Comisión para recibir las notificaciones.

Draft implementing regulation – Ares(2024)8509195

Annex – Ares(2024)8509195

Identity matching – Cross-border identity matching of natural persons by public sector bodies (RP)

This implementing act sets out the provisions on unequivocal identity matching when using electronic identification means or European Digital Identity Wallets. It sets out what EU countries must do to ensure unequivocal identity matching when users want to access online cross-border public services when using electronic identification means or European digital identity wallets.

Este acto de ejecución establece las disposiciones sobre la correspondencia inequívoca de identidades cuando se utilizan medios de identificación electrónica o carteras europeas de identidad digital. Establece lo que deben hacer los países de la UE para garantizar la concordancia inequívoca de la identidad cuando los usuarios deseen acceder a servicios públicos transfronterizos en línea utilizando medios de identificación electrónica o carteras digitales de identidad europea.

Draft implementing regulation – Ares(2024)8509332


Relying parties – The registration of relying parties and the common mechanism for allowing the identification and authentication of relying parties

This act sets out the provisions on the process for registering relying parties in EU countries. The provisions relate to information necessary for authentication to access European Digital Identity Wallets, and to relying parties’ contact details and their intended use of wallets, including what data relying parties may ask users for. The provisions include specifications and requirements for relying party access certificates issued after the registration of a wallet relying party.

Este acto establece las disposiciones sobre el proceso de registro de las partes usuarias (partes informadas) en los países de la UE. Las disposiciones se refieren a la información necesaria para la autenticación con el fin de acceder a las carteras de identidad digital europea, así como a los datos de contacto de las partes usuarias y el uso previsto de las carteras, incluidos los datos que las partes usuarias pueden solicitar a los usuarios. Las disposiciones incluyen especificaciones y requisitos para los certificados que habilitan el acceso de las partes usuarias a las que se expide tras su registro como parte usuaria (parte informada) de cartera.

Draft implementing regulation – Ares(2024)8509234

Annex – Ares(2024)8509234

Security Breaches

This implementing act sets out rules for EU countries to have mechanisms in place to ensure the suspension and, where applicable, withdrawal of European Digital Identity Wallets if there is a security breach or partial compromise affecting a wallet’s reliability.

Este acto de ejecución establece normas para que los países de la UE dispongan de mecanismos que garanticen la suspensión y, en su caso, la retirada de las carteras de identidad digital europea si se produce una violación de la seguridad o un incidente de seguridad parcial que afecte a la fiabilidad de la cartera.

Draft implementing regulation – Ares(2024)8509261

Annex – Ares(2024)8509261

Electronic Attestations of Attributes

For the successful implementation of European Digital Identity Wallets, this implementing act sets out requirements for issuing and validating electronic attestations of attributes.

It also establishes a catalogue of attributes that must be verifiable against authentic sources, and sets out rules on notifying and publishing information on public sector bodies that issue attestations of attributes and are responsible for managing the authentic sources these attestations come from. 

Para implantar con éxito las Carteras de Identidad Digital Europea, este acto de ejecución establece requisitos para la emisión y validación de declaraciones electrónicas o testimonios electrónicos de atributos.

También establece un catálogo de atributos que deben poder verificarse a partir de fuentes auténticas, así como normas sobre notificación y publicación de información sobre los organismos del sector público que expiden declaraciones o testimonios de atributos y son responsables de la gestión de las fuentes auténticas de las que proceden dichos certificados.

Se pueden ver todas las iniciativas en el portal ‘Have your say‘ (Díganos lo que piensa)

Justamente el dia anterior, 28 de noviembre de 2024, se hizo oficial la aprobación de los actos de ejecución del lote 1 y lo comenté en este Blog.

También he comentado en este blog la aprobación formal del primer lote de actos de ejecución que tuvo lugar el dia 21 de noviembre de 2024. En ese artículo se incorporaba el texto con las modificaciones introducidas a los borradores de Actos de Ejecución publicados en agosto que se llevaban al Comité EIDAS para su aprobación.

Ese primer lote de borradores de los primeros actos de ejecución (implementing acts) se publicaron 12 de agosto de 2024 y se abrió un plazo hasta el 9 de septiembre de 2024 para que se pudieran enviar comentarios. También me referí a ellos en el Blog.