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Noticeman de EADTrust: La Solución Definitiva para Notificaciones Electrónicas Certificadas, alternativa al Burofax


En un mundo cada vez más digital, los particulares, las empresas y las organizaciones necesitan herramientas que garanticen comunicaciones seguras, rápidas y con validez legal. Noticeman, el sistema de notificaciones electrónicas certificadas desarrollado por EADTrust, se presenta como una solución innovadora que combina tecnología avanzada con cumplimiento normativo.

A continuacón exploraremos las ventajas de Noticeman, su respaldo legal bajo el Reglamento eIDAS, casos de uso que demuestran su versatilidad y una comparación con el tradicional burofax para ayudarte a elegir la mejor opción para tus necesidades de comunicación fehaciente.

¿Qué es Noticeman?

Noticeman es una plataforma de correo electrónico certificado diseñada por EADTrust, un Prestador de Servicios de Confianza Digital cualificado según el Reglamento eIDAS. Este sistema permite enviar notificaciones electrónicas con garantías de integridad, autenticidad y trazabilidad, asegurando que tanto el emisor como el receptor puedan demostrar la entrega, recepción y contenido de la comunicación. A diferencia de métodos tradicionales como el burofax o el correo postal certificado, Noticeman ofrece una alternativa más rápida, eficiente y sostenible, manteniendo plena validez jurídica.

Ventajas de Noticeman

Noticeman se distingue por ofrecer una serie de ventajas clave que lo convierten en una herramienta esencial para empresas, administraciones públicas, particulares y profesionales:

  1. Validez Legal y Cumplimiento Normativo: Noticeman opera bajo el marco del Reglamento eIDAS (Reglamento (UE) Nº 910/2014), que establece estándares para servicios de confianza digital en la Unión Europea. Esto garantiza que las notificaciones enviadas a través de la plataforma son admisibles como prueba en procedimientos judiciales o arbitrales, gracias a su capacidad de dejar constancia del momento de la notificación y de su contenido.
  2. Seguridad y Trazabilidad: Utilizando criptografía de clave pública y sellos de tiempo cualificados, Noticeman asegura la identificación del emisor y del receptor, la integridad del contenido y registra los momentos exactos de envío, recepción, lectura y descarga. Además, las evidencias electrónicas generadas se custodian en la plataforma Cartulario, complementada con tecnología blockchain, lo que refuerza su autenticidad y fiabilidad.
  3. Eficiencia y Ahorro de Costos: Al eliminar la necesidad de papel, envíos postales y procesos manuales, Noticeman reduce significativamente los costos asociados a las comunicaciones certificadas. Su interfaz sencilla permite enviar notificaciones en pocos pasos, agilizando procesos que antes podían tomar días.
  4. Sostenibilidad: Al ser un sistema completamente digital, Noticeman contribuye a la reducción del consumo de papel, apoyando la sostenibilidad ambiental y ayudando a las empresas a cumplir con sus objetivos de responsabilidad social corporativa.
  5. Integración y Escalabilidad: Noticeman ofrece integración mediante servicios web, ideal para empresas con altos volúmenes de notificaciones. Sus certificaciones ISO 9001, ISO 20000-1 e ISO 27001 aseguran un servicio robusto y adaptable a las necesidades de cualquier organización.

Legislación Relevante

Noticeman se alinea con el Reglamento eIDAS (Reglamento (UE) Nº 910/2014), que regula los servicios de identificación electrónica y confianza en la Unión Europea. Este marco legal establece que las notificaciones electrónicas certificadas tienen la misma validez que las comunicaciones tradicionales en papel, siempre que cumplan con requisitos como la identificación de las partes, la integridad del contenido y la certificación de los tiempos de envío y recepción. En España, además, la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común fomenta el uso preferente de notificaciones electrónicas en las administraciones públicas, reforzando la relevancia de herramientas como Noticeman. Estas normativas garantizan que las comunicaciones enviadas a través de Noticeman sean seguras, confiables y legalmente vinculantes.

Casos de Uso de Noticeman

Noticeman es una solución versátil que se adapta a una amplia variedad de sectores y necesidades. A continuación, presentamos algunos ejemplos prácticos:

  1. Sector Legal y Administrativo:
    • Notificaciones Judiciales y Administrativas: Noticeman permite a procuradores, y abogados enviar comunicaciones certificadas a sus clientes, dejando constancia de los pasos que dan en representación de sus intereses.
    • Perfeccionamiento de Contratos: Las empresas pueden cerrar contratos enviando una oferta y recibiendo la aceptación del destinatario, con evidencias electrónicas que certifican el consentimiento explícito.
  2. Sector Financiero y de Seguros:
    • Noticeman es ideal para enviar notificaciones certificadas sobre movimientos bancarios, renovaciones de pólizas o informes periciales. Las instituciones financieras y aseguradoras, altamente reguladas, se benefician de la trazabilidad y la capacidad de prueba ante posibles disputas.
  3. Telecomunicaciones y Servicios Públicos:
    • Las empresas de telecomunicaciones y proveedores de servicios esenciales (electricidad, agua, gas) pueden notificar a sus clientes cambios en el servicio, facturas electrónicas o cancelaciones, cumpliendo con las estrictas regulaciones del sector.
  4. Gestión Empresarial (B2B, B2C y B2E):
    • Relaciones con Proveedores y Clientes: Noticeman facilita la comunicación certificada en acuerdos comerciales, recordatorios de pagos o gestión de contratos con proveedores y clientes.
    • Gestión de Recursos Humanos: Las empresas pueden enviar nóminas, circulares internas o comunicaciones laborales (como cambios de ubicación o despidos) con garantías de recepción y sin disputas legales.
  5. Sector Educativo y Administraciones Públicas:
    • Universidades y organismos públicos utilizan Noticeman para notificar plazos, listas de admisión o resultados de procesos de selección, garantizando transparencia y cumplimiento normativo.
  6. Particulares:
    • Particulares pueden notificar circunstancias relativas al cumplimiento de convenios reguladores, circunstancias que afectan a los contratos de arrendamientos, y otras situaciones de las que deseen dejar constancia. También para Reclamaciones y quejas y para convocatorias y citaciones
    • Autores: pueden dejar constancia de la existencia de un documento (por ejemplo, para alegar la autoría o precedencia) en un momento dado.

Comparación entre Noticeman y Burofax

Tanto Noticeman como el burofax son herramientas utilizadas para enviar comunicaciones certificadas con validez legal, pero cada una tiene características que la hacen más adecuada según el contexto. A continuación, analizamos las diferencias clave, los casos en los que cada sistema es preferible y una tabla comparativa de costos.

Diferencias Clave

  • Formato y Entrega: Noticeman es un sistema completamente digital que opera a través de correo electrónico certificado, permitiendo envíos instantáneos y accesibles desde cualquier dispositivo con conexión a internet. El burofax, por su parte, es un servicio postal físico que combina correo postal con acuse de recibo, lo que implica tiempos de entrega más largos y dependencia de servicios postales.
  • Trazabilidad: Noticeman ofrece una trazabilidad completa, registrando eventos como el envío, la recepción, la apertura y la descarga del mensaje, respaldados por sellos de tiempo cualificados y tecnología blockchain. El burofax proporciona un acuse de recibo físico, pero no registra eventos intermedios ni garantiza la integridad del contenido con el mismo nivel de detalle.
  • Costos y Escalabilidad: Noticeman es significativamente más económico, especialmente para envíos masivos, y permite integraciones automáticas para empresas. El burofax tiene costos más altos debido a la logística física y no es práctico para grandes volúmenes.
  • Sostenibilidad: Noticeman es una solución sin papel, alineada con prácticas sostenibles, mientras que el burofax genera residuos físicos (papel, sobres, transporte).
  • Alcance Internacional: Noticeman permite enviar notificaciones a cualquier parte del mundo de forma instantánea, siempre que el destinatario tenga acceso a correo electrónico. El burofax, al depender de servicios postales, puede ser más lento y costoso para envíos internacionales.

Cuándo Usar Noticeman

Noticeman es la opción preferida en los siguientes casos:

  • Digitalización y Automatización: Empresas que buscan integrar notificaciones certificadas en sus sistemas (CRM, ERP) o enviar grandes volúmenes de comunicaciones.
  • Urgencia: Cuando se necesita una entrega inmediata, ya que Noticeman envía notificaciones en segundos.
  • Destinatarios Digitales: Si el destinatario está acostumbrado a comunicaciones electrónicas o prefiere recibir notificaciones por correo electrónico.
  • Sostenibilidad: Organizaciones que priorizan la reducción de su huella de carbono.
  • Costos Reducidos: Para empresas o profesionales que necesitan una solución económica sin sacrificar validez legal.

Cuándo Usar Burofax

El burofax puede ser más adecuado en los siguientes casos:

  • Requisitos Legales Específicos: En algunos procedimientos legales o administrativos en España, ciertas normativas pueden requerir explícitamente el uso de burofax físico como medio de notificación, aunque esto es cada vez menos común gracias a la aceptación de notificaciones electrónicas bajo eIDAS.
  • Destinatarios sin Acceso Digital: En casos excepcionales donde el destinatario no utiliza correo electrónico o no tiene acceso a herramientas digitales, el burofax garantiza la entrega física.
  • Preferencia por Documentos Físicos: En situaciones donde el destinatario o el emisor prefieren un documento físico como prueba tangible, aunque esto es menos relevante dado el reconocimiento legal de las evidencias electrónicas.

Tabla Comparativa de Costos

AspectoNoticemanBurofax
Costo por NotificaciónDesde 5 € por notificación (1 € comprando 100). Fichero de hasta 5MbDesde 9,9 € por notificación (1 página) + 0,9 € por cada página adicional
Costos AdicionalesSin costos adicionales. Custodia 60 meses. (integración API gratuita en planes avanzados)Con custodia de 60 meses, Prueba de Entrega Electrónica (PEE) y copia certificada 18,52 € Costes adicionales en envíos internacionales
Envíos MasivosDescuentos por volumen; integración automática para grandes cantidadesCostos proporcionales al número de envíos, sin descuentos significativos
Tiempo de EntregaInstantáneo (segundos)1-3 días laborables (nacional); más para internacional
SostenibilidadSin papel, 100% digitalConsumo de papel y transporte físico

Nota: Los costes son sin IVA

Conclusión

Noticeman de EADTrust representa un avance significativo en la gestión de notificaciones electrónicas, combinando seguridad, eficiencia y sostenibilidad con un respaldo legal sólido bajo el Reglamento eIDAS y la legislación nacional. Su comparación con el burofax muestra que, en la mayoría de los casos, Noticeman es la opción más rápida, económica y adaptable, especialmente para empresas que buscan digitalizar sus procesos. Sin embargo, el burofax sigue siendo relevante en casos específicos donde se requiera una entrega en una dirección postal.

Sea cual sea tu necesidad, Noticeman ofrece una solución moderna y confiable para llevar tus comunicaciones al siguiente nivel.

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Próximos eventos «Trust Services and eID Forum» y «CA-day» en Split, Croacia el 24 y 25 de septiembre de 2025


El 24 de septiembre de 2025, ENISA organiza el 11º Foro sobre Servicios de Confianza y Identificación Electrónica (11th Trust Services and eID Forum). El 25 de septiembre de 2025, D-TRUST, en colaboración con TÜV Nord Cert, celebrará la 17ª Jornada de CAs (17th CA-Day).

¿A quién va dirigido?

El foro, organizado en colaboración con la Comisión Europea desde 2015, se ha convertido en «la cita ineludible» para las partes interesadas del amplio ámbito del Reglamento eIDAS. Reúne a responsables políticos, prestadores de servicios de confianza, organismos de evaluación de la conformidad, supervisores, instituciones europeas y de los Estados miembros y usuarios finales interesados, ofreciendo un lugar único para los debates relacionados con las identidades digitales en Europa. Este año, el evento se traslada a Split, Croacia, y se garantiza también la retransmisión en línea para la participación virtual.

Contenido

Entre los temas que se debatirán este año, abordaremos los siguientes

  • Normalización y certificación de la Cartera de Identidad Digital Europea
  • Interacción de eIDASv2 con otra legislación (CRA, Ley de Chips de la UE, NISD2), incluidos los aspectos relacionados con la privacidad
  • Aplicación de los servicios de confianza nuevos y previamente definidos, desde el punto de vista técnico y organizativo
  • Nuevas necesidades de colaboración entre todos los servicios de confianza y las partes interesadas en la identificación electrónica
  • Estrategias para promover el mercado de la identidad digital

Como en años anteriores (desde 2018), el Trust Services and eID Forum irá seguido del CA-Day, organizado por D-Trust y TÜV Nord Cert, que tendrá lugar el 25 de septiembre en el mismo lugar.

Agenda en inglés

El borrador del programa ya está disponible. Contiene interesantes presentaciones y cautivadores debates entre expertos reconocidos en la materia. Tenga en cuenta que se seguirá actualizando en las próximas semanas. Ver la traducción más abajo

Inscripción

Ya puede reservar su plaza inscribiéndose aquí. Reserve su plaza presencial solo si está seguro de que podrá asistir al evento en persona. Tenga en cuenta que no es posible acoger presencialmente a más de 2-3 participantes de la misma organización.

Agenda en español

Nuevos actos de ejecución de EIDAS2 publicados hoy


Se acaban de publicar hoy (7 de mayo de 2025) en el Diario Oficial de la Unión Europea nuevos actos de ejecución en desarrollo del Reglamento UE 910/2014 con las modificaciones incluida en el Reglamento UE 1183/2024. Básicamente en relación con las Carteras IDUE:

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/846 DE LA COMISIÓN de 6 de mayo de 2025 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n. o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la correspondencia transfronteriza de la identidad de las personas físicas.

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/847 DE LA COMISIÓN de 6 de mayo de 2025 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las reacciones a las violaciones de la seguridad de las carteras europeas de identidad digital.

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/848 DE LA COMISIÓN de 6 de mayo de 2025 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n. o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al registro de las partes usuarias de las carteras.

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/849 DE LA COMISIÓN de 6 de mayo de 2025 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la presentación de información a la Comisión y al Grupo de Cooperación para la lista de carteras europeas de identidad digital certificadas.

Entrarán en vigor el 27 de mayo de 2025.

Logo EUDI Wallet

Recordemos que en el Diario Oficial de la Unión Europea de 4 de diciembre de 2024 (con entrada en vigor el 24 de diciembre) se publicaron:

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2977 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2024 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los datos de identificación de la persona y las declaraciones electrónicas de atributos expedidos a carteras europeas de identidad digital.

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2979 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2024 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la integridad y las funcionalidades básicas de las carteras europeas de identidad digital

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2980 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2024 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las notificaciones a la Comisión relativas al ecosistema de la cartera europea de identidad digital

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2981 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2024 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la certificación de las carteras europeas de identidad digital

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2982 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2024 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los protocolos y las interfaces que admitirá el marco europeo de identidad digital

Versión 1.8 del ARF de la Cartera IDUE en español


La EUDI Wallet (European Union Digital Identity Wallet), conocida en español como la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea (Cartera IDUE) se está desarrollando desde el punto de vista de la concreción de especificaciones a través del ARF es decir, el Marco de Referencia y Arquitectura (Architecture and Reference Framework).

El ARF de la Cartera IDUE es un documento técnico clave que establece las bases para el diseño, desarrollo y funcionamiento de esta identidad digital en toda la Unión Europea. Es un marco de referencia que los estados miembros y desarrolladores usan para garantizar que las carteras digitales sean seguras, interoperables y cumplan con la regulación eIDAS 2.0.

Traduje varias versiones del documento ARF, pero en los últimos meses la actualización de versiones iba más rápido que mi capacidad de traducción

Recientemente se ha publicado la versión 1.8 y la he intentado traducir a toda prisa, por lo que aquí traigo la versión en español de este documento «Marco de Referencia y Arquitectura»:

Aquí están sus aspectos principales:

  • Estandarización: Define los protocolos técnicos, como el formato de los identificadores digitales (basados en estándares como OpenID o ISO/IEC 18013-5 para credenciales móviles), para que las carteras funcionen igual en todos los países de la UE.
  • Interoperabilidad: Asegura que una Cartera IDUE emitida en España, por ejemplo, pueda usarse sin problemas en Francia o Alemania para servicios públicos y privados (como abrir una cuenta bancaria o identificarse en línea).
  • Seguridad: Establece requisitos para proteger los datos personales, como el uso de elementos seguros en dispositivos (chips físicos o software encriptado) y autenticación multifactor.
  • Funcionalidad: Detalla cómo las carteras almacenarán y presentarán credenciales digitales, como el DNI electrónico, licencias de conducir o certificados académicos, de forma que sean verificables al instante por terceros autorizados.
  • Desarrollo práctico: Proporciona una «caja de herramientas» (toolbox) técnica para que los países implementen sus propias versiones de la cartera, manteniendo un estándar común.

El ARF fue publicado por la Comisión Europea como parte del proceso para preparar la implementación de la EUDI Wallet, que se espera esté plenamente operativa para las navidades de 2026.

«Verificación del Beneficiario» o «Verification of Payee»


La «Verificación del Beneficiario» (o Verification of Payee en inglés) es un servicio o proceso utilizado principalmente en el sector bancario y financiero para confirmar la identidad del destinatario de un pago antes de que se realice la transacción. Este mecanismo busca reducir el riesgo de fraude, errores en los pagos o transferencias a cuentas incorrectas.

En términos prácticos, cuando alguien inicia un pago (por ejemplo, a través de una transferencia bancaria), el sistema de Verificación del Beneficiario comprueba que los datos proporcionados (como el nombre del beneficiario y el número de cuenta) coincidan con los registros del banco receptor. Si hay una discrepancia, se puede alertar al usuario para que revise la información antes de ejecutar la transferencia.

Este servicio es especialmente común en países como el Reino Unido, donde se implementó como parte del esquema Confirmation of Payee bajo las regulaciones de la Autoridad de Conducta Financiera (FCA) para combatir el fraude de pagos autorizados (Authorised Push Payment fraud). Por ejemplo, al introducir los detalles de una transferencia, el banco podría devolver un mensaje como «Nombre coincide», «Nombre no coincide» o «Nombre similar» (Match, No Match o Close Match), ayudando al ordenante a tomar una decisión informada.

Contexto en España

En España existe un equivalente al concepto de «Verification of Payee» (Verificación del Beneficiario), aunque no se denomina exactamente así de manera oficial en la normativa española.

En España, la verificación de la identidad del beneficiario en transferencias bancarias no era un servicio obligatorio con un nombre específico como el «Confirmation of Payee» o «Verification of Payee», pero los bancos y entidades financieras han adoptado medidas similares para cumplir con las normativas de prevención de fraude y blanqueo de capitales. Estas medidas suelen incluir la validación de los datos del beneficiario (como el IBAN y el nombre) antes de procesar una transferencia, especialmente en el marco de las transferencias SEPA (Zona Única de Pagos en Euros). En la actualidad les aplica el Reglamento (UE) 2024/886.

La base legal y regulatoria para este tipo de procedimientos proviene principalmente de la legislación europea, que ha sido traspuesta al ordenamiento jurídico español. Los marcos principales son:

  1. Directiva (UE) 2015/2366 – PSD2 (Segunda Directiva de Servicios de Pago):
    • Entró en vigor en la UE en 2016 y fue traspuesta en España mediante el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, sobre servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.
    • Esta directiva busca mejorar la seguridad de los pagos electrónicos y proteger a los consumidores. Aunque no menciona explícitamente la «Verificación del Beneficiario» como un servicio obligatorio, exige a las entidades financieras implementar medidas de autenticación reforzada (Strong Customer Authentication, SCA) y garantizar la seguridad en las transacciones, lo que incluye verificar la identidad de las partes involucradas en un pago.
    • En la práctica, algunos bancos españoles han integrado sistemas que cotejan el IBAN con el nombre del beneficiario para evitar errores o fraudes, aunque esto depende de las políticas internas de cada entidad.
  2. Reglamento SEPA (Reglamento (UE) No 260/2012):
    • Establece los requisitos técnicos y comerciales para las transferencias y adeudos domiciliados en euros en la zona SEPA, que incluye España.
    • Aunque el foco está en la estandarización de los pagos, las entidades pueden implementar controles adicionales, como la verificación del beneficiario, para cumplir con las expectativas de seguridad.
  3. Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo:
    • Esta ley, modificada posteriormente para adaptarse a directivas europeas (como la 4ª y 5ª Directivas AML), obliga a las entidades financieras a identificar y verificar la identidad de los clientes y beneficiarios en las operaciones financieras. Esto incluye medidas para evitar que los fondos se transfieran a cuentas fraudulentas o no deseadas, lo que indirectamente fomenta la verificación de los datos del beneficiario.
  4. Reglamento de Transferencias inmediatas (Reglamento (UE) 2024/886)
    • Modifica varios reglamentos y directivas existentes relacionados con las transferencias inmediatas en euros. Este reglamento tiene como objetivo promover el uso generalizado de transferencias instantáneas en la Unión Europea, mejorando la eficiencia, la digitalización y la innovación en los pagos.

Bancos españoles

En la actualidad los bancos españoles ya cuentan con servicios equivalentes:

  • Algunos bancos, como Santander, BBVA o CaixaBank, han desarrollado sistemas internos que alertan al usuario si el nombre del beneficiario no coincide con el IBAN proporcionado, aunque esto no es un estándar obligatorio en todo el sector.
  • La adopción de estas medidas depende de la entidad y suele estar motivada por la necesidad de cumplir con las expectativas de seguridad de los clientes y reducir el riesgo de fraude, como el fraude de suplantación (Authorised Push Payment Fraud).

European Payments Council

El 19 de marzo de 2024 se publicó el Reglamento (UE) 2024/886 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de marzo de 2024 por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 260/2012 y (UE) 2021/1230 y las Directivas 98/26/CE y (UE) 2015/2366 en lo que respecta a las transferencias inmediatas en euros,

Establece que el servicio VoP «Verification of Payee», lo deben ofrecer los proveedores de servicios de pago sin cargo adicional.

La comprobación debe realizarse antes de que el ordenante autorice la transferencia. En caso de «nombre similar» (close match) el ordenante deberá ser informado del nombre asociado al IBAN proporcionado.

Los PSP deberán informar a los ordenantes sobre las implicaciones de la responsabilidad del PSP y de los derechos de reembolso del ordenante sobre la opción del PSP de ignorar la notificación proporcionada. En la medida de lo posible, el servicio que garantice la verificación deberá llevarse a cabo de conformidad con un conjunto de reglas y normas para toda la Unión (por ejemplo el «rulebook» del EPC – European Payments Council).

Los ordenantes que no sean consumidores y que envíen varias órdenes de pago en forma de paquete deben poder optar por no recibir los avisos de VoP en su relación contractual con el PSP. El Servicio VoP se debe ofrecer 18 meses después de la entrada en vigor de la regulación,es decir, el 9 de octubre de 2025.

El reglamento indica que los Estados miembros adoptarán, publicarán y aplicarán, a más tardar el 9 de abril de 2025, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 3 y 4. Comunicarán inmediatamente el texto de dichas disposiciones a la Comisión.

El Banco Central Europeo ha publicado un resumen del proceso del implantación del Servicio VoP.

Y el European Payment Council ha publicado en octubre de 2024 el «Verification of Payee Scheme Rulebook» y un video explicativo sobre VoP.

Como ayuda EADtrust

EADTrust proporciona certificados QWAC y QSEALC con el perfil PSD2 que se necesitan en las conexiones entre bancos y entidades de pagos. Se tienen en cuenta diferentes roles:

  1. PISP – Payment Initiation Service Provider (Proveedor de Servicios de Iniciación de Pagos)
    • Estas entidades permiten a los usuarios iniciar pagos directamente desde sus cuentas bancarias a través de un tercero, sin necesidad de usar una tarjeta de crédito o débito. Actúan como intermediarios entre el pagador y el banco, facilitando transacciones seguras mediante APIs abiertas.
  2. AISP – Account Information Service Provider (Proveedor de Servicios de Información de Cuentas)
    • Estas entidades recopilan y consolidan información de las cuentas bancarias del usuario (con su consentimiento), ofreciendo una visión unificada de sus finanzas. Por ejemplo, pueden mostrar saldos o historiales de transacciones de diferentes bancos en una sola plataforma.

Y están, claro, las entidades que gestionan las cuentas, que tienen su denominación propia del contexto normativo de PSD2:

  1. ASPSP – Account Servicing Payment Service Provider (Proveedor de Servicios de Pago que Gestiona Cuentas)
    • Son los bancos o instituciones financieras tradicionales que mantienen las cuentas de los clientes y deben proporcionar acceso a PISP y AISP a través de interfaces seguras (como APIs) bajo el consentimiento del usuario.
  2. TPP – Third Party Providers (Terceros Proveedores)
    • Es un término general que engloba a PISP y AISP, refiriéndose a cualquier entidad autorizada por PSD2 para ofrecer servicios de pago o información, distinta de los bancos tradicionales.

Contacte con EADTrust en +34 91716 0555 si necesita certificados cualificados para PSD2

Prestadores de servicios de confianza no cualificados


En relación con los Servicios de Confianza, en España rige la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, junto con el Reglamento 910/2014 (actualizado con el Reglamento 2024/1183).

En su preámbulo se menciona que

  • Todos los prestadores de servicios de confianza, cualificados y no cualificados, están sometidos a la obligación de adoptar las medidas técnicas y organizativas adecuadas para gestionar los riesgos para la seguridad de los servicios de confianza que prestan, así como de notificar al órgano de supervisión cualquier violación de la seguridad o pérdida de la integridad que tenga un impacto significativo en el servicio de confianza prestado.
  • Los prestadores de servicios no cualificados pueden prestar servicios sin verificación previa de cumplimiento de requisitos, sin perjuicio de su sujeción a las potestades de seguimiento y control posterior de la Administración. No obstante, deberán comunicar al órgano supervisor la prestación del servicio en el plazo de tres meses desde que inicien su actividad, a los meros efectos de conocer su existencia y posibilitar su supervisión

Y en su articulado:

Artículo 12. Inicio de la prestación de servicios electrónicos de confianza no cualificados.

Los prestadores de servicios de confianza no cualificados no necesitan verificación administrativa previa de cumplimiento de requisitos para iniciar su actividad, pero deberán comunicar su actividad al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en el plazo de tres meses desde que la inicien, que publicará en su página web el listado de prestadores de servicios de confianza no cualificados en una lista diferente a la de los prestadores de servicios de confianza cualificados, con la descripción detallada y clara de las características propias y diferenciales de los prestadores cualificados y de los prestadores no cualificados.

En el mismo plazo deberán comunicar la modificación de los datos inicialmente transmitidos y el cese de su actividad.

Identificación de Prestadores

En la actualidad el Ministerio ya publica la información básica de los Prestadores de Servicios Electrónicos de Confianza No Cualificados como su Nombre/Razón Social, su CIF, el Nombre Comercial y el Dominio, si bien todavía no incorpora la descripción detallada y clara de las características propias y diferenciales.

De la citada página se extrae la siguiente lista de prestadores, respecto a lo que hay que considerar que algunos de ellos son también Prestadores Cualificados de Servicios de Confianza y no queda claro qué servicios no cualificados de los que prestan hace recomendable su inclusión en este listado.

  • 360nrs
  • 3G Mobile Group (Foldersign)
  • Addalia
  • Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica – ACCV
  • ANF AC
  • Aplicaciones Inmovilla SLU
  • Aralink Wallet Id
  • Aviva Voice
  • Banco de España
  • Bianca Schulte Gutiérrez
  • Bigle Legal
  • Bounsel
  • BTP Onetec
  • Camerfirma
  • Cedro
  • CEREC Fábrica Nacional De Moneda Y Timbre – Real Casa De La Moneda E.P.E – M.P. (FNMT-RCM)
  • Certificacion De Envios ICPM
  • Certifirm
  • CGI Information Systems and Management Consultants España S.A
  • Codicert
  • Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla
  • Confirmsign, S.L.
  • Consorci AOC (Catcert)
  • Constata EU
  • Customer Comms
  • Digitaldocu Digitel TS
  • Dirección General de Política Digital – Consejería de Hacienda y Adm. Pública – Junta de Andalucía
  • Docalia
  • Docuten
  • Doyfe
  • EADTrust
  • ECS TSA
  • Edatalia
  • Edicom
  • Edigitaltrust
  • Eevidence
  • Efirma Go
  • Egarante
  • Elix Regtech
  • Factorymail
  • Factum Id
  • Fidestamp
  • Fikrea
  • Fingerink
  • Finveris
  • Firma Documentos
  • Firma365
  • Firmafy
  • Firmaprofesional, S.A.
  • Full Certificate – Wevote – Full Signature
  • Gohu TPA
  • Grupo Backup
  • Ianet Conecta S.L.
  • Icommunity
  • Idealista
  • IESA
  • Ilovepdf
  • Isigma
  • Izenpe, S.A.
  • Legal Intermedia «Verum Digital»
  • Legalbono
  • Legalpin
  • Leypal
  • Lleida.Net
  • Lleidanet Pki
  • Logalty Servicios de Tercero de Confianza S.L.
  • Mailsuite
  • Mailteck
  • Mensagia
  • Mensatek
  • Metaposta
  • Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
  • Ministerio de Defensa de España
  • Nivimu
  • Nodalblock
  • Notificad@S
  • On Diversity Limited España
  • Pipeline Software
  • Punto Neutro
  • R2 Docuo
  • RD Post
  • Registradores De España
  • Rubricae
  • Salvador Portillo Naranjo
  • Sectigo
  • Segursign
  • Seres
  • SGNTJ / GGTDAL
  • Signaturit
  • Signaturit- Ivnosys
  • Signe Autoridad De Certificación
  • Signicat Spain
  • Signyourdocs
  • Sihecert, S.L
  • Sinatura
  • Smartbiometrik
  • Softy
  • Spairal Commerce
  • Tecalis
  • Teenvio
  • Terraminium
  • Uanataca
  • Validated Id
  • Vintegris
  • Wiwink
  • Zertiban
  • Zertifika Outsourcing

Me ha parecido interesante publicar información más detallada de las entidades que así lo deseen.

Por ejemplo algunos servicios no cualificados de EADTrust:

Si desea que incluya información adicional de alguno de los prestadores de servicios de confianza no cualificados, contacte conmigo a través de este mail. También si detecta algún error en la denominación.

Ponga al principio del asunto [PSCNC] para facilitar la búsqueda.

SI puede incluir en alguna parte del correo electrónico el texto exacto a incluir es preferible (incluyendo los enlaces), porque así puedo copiar y pegar el texto sin más. También puede incluir un logo si lo desea.

XI Congreso Internacional de Derecho Digital ENATIC


Madrid acogerá el próximo 27 de febrero de 2025, la undécima edición del Congreso Internacional de Derecho Digital de ENATIC, en la que me han invitado a participar.

El congreso se celebrará en la sede del Consejo General de la Abogacía Española en Paseo de Recoletos 13 – 28004 Madrid y ya es posible inscribirse.

La cita reunirá a expertos de referencia y líderes en sus áreas de actividad en el ámbito del Derecho Digital, como inteligencia artificial, Blockchain, servicios y mercados digitales, ciberseguridad o privacidad.

Estructura de la jornada

9:00 Inaugración. Belén Arribas (Abogada y Presidenta de ENATIC). Participan Miguel Hermosa (Consejero adjunto a Presidencia CGAE), SEDIA, Red.es y ENATIC

9:30 Mesa redonda: Los Derechos Digitales para la nueva era. Modera: Rodolfo Tesone (Presidente emérito ENATIC)

  • Borja Adsuara
  • Ofelia Tejerina
  • Ramsés Gallego

10:15 Mesa redonda: Los Derechos Digitales y la IA. Modera: José Manuel Muñoz

  • Carmen Muñoz
  • Antonio Serrano
  • Belén Arribas

11:00 Pausa – Café

11:30 Mesa redonda: Protección de Datos. Modera: Esther García

  • Francisco Pérez
  • Joana Marí
  • Marcos Mª Judel

12:15 Mesa redonda: Ciberseguridad. Modera: Carlos Saiz

  • Francisco Lázaro
  • Daniel García

13:00 TBD- Enatic, ISMS, ESYS, ICMedia, Registradores

14:00 Comida Asamblea General

15:30 Mesa redonda: Identidad Digital (eIDAS2). Moderada por Pilar Garrido

  • Elena Gil
  • Lucas Carmona
  • Julián Inza

16:15 Mesa redonda: Legaltech. Modera: Carlos Fernández

  • Sara Molina
  • Ferrán Sala

16:45 Mesa redonda: Protección de menores de edad y Ciberseguridad. Moderada por Pilar Tintoré

  • Beatriz Izquierdo
  • Escarlata Gutiérrez

17:15 Modernización de la Justicia. Modera: Laura Fra

  • Miguel Hermosa
  • Ana de la Ser
  • Joaquín Delgado

18:00 Los Derechos Digitales y el Compliance. Leandro Núñez

  • Eloy Velasco
  • Concepción Campos

18:45 Clausura.

  • Belén Arribas
  • Rodolfo Tesone
  • Participan: CGAE, SEDIA, Red.es y ENATIC

Congreso Internacional «Desafíos pendientes en la digitalización de los mercados financieros (del 4 al 6 de marzo de 2025)


El Congreso Internacional «Desafíos pendientes en la digitalización de los mercados financieros» tendrá lugar los días 4, 5 y 6 de marzo de 2025 en el Salón de Grados de la Facultad de Derecho Universidad Complutense de Madrid.

Mi presentación, titulada «Seguridad Jurídica Preventiva Digital. Los servicios cualificados de confianza europeos EIDAS y EIDAS2” tendrá lugar el 4 de marzo.

Organizado en el marco del proyecto de investigación La digitalización de los mercados financieros (análisis jurídico) – PID2020-113447RB-I00, IP es la prof. Isabel Fernández Torres.

  • Dir. Isabel Fernández Torres, Catedrática (Ac.), UCM
  • Dir. Adjunta: Luz María García, UCM

Acceso libre hasta completar aforo.

Martes, 4 de marzo de 2025


9:00 Inauguración de las Jornadas
9:15 Ponencia inaugural: Miguel Ángel Fernández Ordoñez, ex – gobernador del Banco
de España


METAVERSO, IA, MACHINE LEARNING Y SU IMPACTO EN EL MUNDO JURÍDICO

9:45 Conferencia: “IA en el mercado financiero”, Isabel Fernández Torres, Universidad
Complutense
10: 45 Conferencia: “AI Regulation”, T. Bonneau, Univ. Paris II Panthéon-Assas


11:00 Mesa redonda. Modera Maite Martínez Martínez, Universidad Complutense

  • Almudena de la Mata (Blockchain Intellingence Law Institute): “Confluencia de IA y Blockchain en el Metaverso y los nuevos servicios financieros”
  • Julián Inza (Presidente EAD Trust): “Seguridad Jurídica Preventiva Digital. Los servicios cualificados de confianza europeos EIDAS y EIDAS2”
  • Noemí Brito (KPMG): “Ética Digital e IA Confiable”
  • Pedro Portellano (Universidad Autónoma de Madrid): “Decisiones financieras, inteligencia artificial y Business Judgment Rule”

12:00 Pausa-Café

DATOS

12:30 Conferencia: “Minería de datos”, Begoña González Otero, Max Planck for
innovation and competition (Munich).


13.00 Mesa redonda. Modera Antonio Alonso Bartol Bustos, Universidad Complutense

  • Luis Felipe López (UDIMA): “Protección de Datos”
  • Cristina Timón (Universidad de Murcia): “Identidad Digital”
  • Julio V. González (Universidad Complutense): “Transferencia internacional de datos”
  • Julia Suderow (Universidad de Deusto): “Big data: nuevos modelos y mala regulación”

14:00 Comida

15.30 Mesa redonda. INATBA
16.30 Comunicaciones


Miércoles, 5 de marzo de 2025


MERCADOS DE CAPITAL DIGITALES

9.00 Conferencia. Montserrat Martínez Parera, Vicepresidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
9.30 Conferencia, Francesca Romana Medda, “Sandboxes”, University College of London

10:15 Mesa redonda. Modera Javier Juste Mencía, Universidad Complutense

  • Nuria Fernández (Universidad de Alicante): “Protección al inversor”
  • Luz María García (Universidad Complutense): “Abuso de mercado y descentralización”
  • Konstantinos Sergakis (Glasgow University): “Democratizing Finance via AI: Investor Protection and Investor Engagement”
  • Juan Ignacio Peinado Gracia (Universidad de Málaga): “Sostenibilidad y digitalización”

11:45 Pausa/café

PRESENTE Y FUTURO DE LOS CRIPTOACTIVOS

12:15 Conferencia. Carmen Pastor, Universidad de Alicante

12.45 Mesa redonda. Modera Javier Megías López, Universidad Complutense

  • Cristina Guerrero (Universidad Complutense): “Taxonomía”
  • Alfredo Muñoz (Universidad Complutense): “Colocación y venta de tokens”
  • Emilio Díaz Ruíz (Universidad Complutense): “Transparencia en la promoción y colocación”
  • Rebeca Herrero Morant (Universidad de Zaragoza): “Algunos problemas jurídicos de los security tokens”

14.15 Comida

EURODIGITAL, TRIBUTACION Y BLANQUEO DE CAPITALES

16.00 Conferencia: Francisco Javier Priego, Secretario General del Banco de España

16.30 Conferencia: Joachim Wüermeling, former member of the Executive Committee Bundesbank, Partner Allen y Board Member Blockchain Intelligence

17.00 Mesa redonda. Modera: José Luis Colino Mediavilla, Universidad Complutense

  • José María López (Universidad de Málaga): “Proveedores de servicios de pago”
  • Xavier Codina (CUNEF): “Blanqueo de capitales”
  • Pablo Sanz Bayón (ICADE): “Comparativa CBDCs”
  • Rosa Galán (Universidad Complutense): “Tributación” DEFI, DAOS, P2P

18.15 Modera: Eva Recamán Graña, Universidad Complutense

  • Alfonso Martínez Echevarría (CEU): “Tokens de gobernanza”
  • Sagrario Navarro (UCLM): “DAOS”
  • Ana Muñoz (URJC): “DEFI”
  • Fernando Carbajo (Universidad de Salamanca): “NFT”

Jueves, 6 de marzo de 2025

9.00 DIGITALIZACION Y REGISTROS

NUEVOS DESAFIOS EN EL DERECHO BANCARIO

10.30 Conferencia: Rosa María Barresi, University of Florence

11.00 Conferencia: Alicia Muñoz Lombardía, Banco Santander

11:30 Pausa Café

12.00 Mesa redonda. Modera José Carlos González Vázquez, Universidad Complutense

  • Alberto Ruiz Ojeda (Universidad de Málaga): “Resolución y digitalización”
  • Mª Ángeles Alcalá (Universidad de Castilla la Mancha): “Digitalización y Buen Gobierno Corporativo”
  • Francisco Uría (KPMG): “PSD3”
  • Silvia Madrid (Unicredit): “Compliance”
  • Sofia País (Universidad Católica de Porto): “Prácticas anticompetitivas en el sector Bancario”

13.30 PONENCIA DE CLAUSURA: Montserrat Martínez Parera, Vicepresidenta de la
CNMV

Present and Future of the European and Global Remote Signature Market


🚨 Last chance to be first to receive the report! 🚨
Be among the first to receive exclusive insights into the European and Global Remote Signature Market—but time is running out! Before February 14th

💡 Share your perspective now in our 👉 survey:
📊 «Present and Future of the European and Global Remote Signature Market»

We’re uncovering key trends, challenges, and opportunities, with a focus on:
✅ Legal frameworks (eIDAS 2.0)
✅ Availability, integration, and adoption of remote signatures
✅ Market dynamics & customer expectations
This survey is conducted by Obserwatorium.biz and Nimbus Technologieberatung GmbH for the Cloud Signature Consortium.
The results will be featured in an upcoming CSC publication.
⏳ Don’t miss your chance—take the survey today!

Se está desarrollando un estudio sobre «Presente y futuro del mercado europeo y mundial de la firma remota» y los que participen en la encuestan recibirán el informe sin coste, tan pronto como se complete. Y quedan pocos días para responder a la encuesta. ¡El plazo acaba el 14 de febrero!

Dos reconocidas consultoras del ámbito de los Servicios de Confianza Digital y EIDAS Obserwatorium.biz y Nimbus Technologieberatung GmbH han diseñado la encuesta para el Cloud Signature Consortium, que publicará los resultados del estudio.

🚨 ¡Última oportunidad para ser de los primeros en recibir el informe! 🚨
Sea de los primeros en recibir información exclusiva sobre el mercado europeo y mundial de la firma a distancia, ¡pero se acaba el tiempo!

💡 Comparte tu perspectiva ahora en esta👉 encuesta::
📊 «Presente y futuro del mercado europeo y mundial de la firma remota»

El estudio está descubriendo tendencias, retos y oportunidades clave, con especial atención a:
✅ Marcos jurídicos (eIDAS 2.0)
✅ Disponibilidad, integración y adopción de firmas remotas
✅ Dinámica del mercado y expectativas de los clientes

Los resultados aparecerán en una próxima publicación del Cloud Signature Consortium.

⏳ No pierda su oportunidad: ¡responda a la encuesta hoy mismo!

Nos vemos en el evento: Nuevo Modelo de Identidad Digital: telemática y segura – SocInfo Digital


El jueves 13 de febrero 2025 tendrá lugar en el INAP. C/ Atocha, 106. 28012 Madrid este evento de la revista «Sociedad de la Información Digital», con el patrocinio de Teknei, SICPA, EAD Trust y VeriDas.

Mi ponencia se centrará en la Certificación de la Cartera de Identidad Europea, gracias al impulso de la Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad (ENISA) que ha lanzado un Grupo de Trabajo Ad Hoc (AHWG-Ad Hoc Working Group) centrado en la certificación de las Carteras de Identidad Digital de la UE (EUDI Wallet) y para el que he sido seleccionado como uno de los expertos.

El encuentro “Nuevo Modelo de Identidad Digital: telemática y segura” promete ser muy interesante y nos actualizará sobre el desarrollo del marco normativo y tecnológico de la Identidad Digital Europea.

La inscripción en el evento es gratuita para funcionarios de sector público.

La inscripción de asistentes de sector privado tiene un coste de 199 euros (IVA incluido), y, para gestionarla, deben ponerse en contacto con la organización: administracion@socinfodigital.es


El programa es el siguiente:

09.30 Acreditación. Entrega de Identificador personal y documentación.

10.00 Bienvenida.
Dª Carolina Sánchez Sánchez. Directora. Revista Sociedad de la Información Digital.

10.10 Nuevo Modelo de identidad Digital: telemática y segura.
D. Ángel Martín Bautista. Subdirector Adjunto de Planificación y Gobernanza de la Administración Digital. Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

10.25 El Ecosistema Europeo de Identidad Digital (EUDI): más allá del wallet.
D. Lucas Carmona. Director Identidad Digital. Teknei.

10.40 Dirección General de la Policía.
Responsable de la Unidad de Informática y Telecomunicación.
Dirección General de la Policía.

10.55 Del Fraude a la Confianza: La Identidad Digital como pilar de la Administración Pública.
Ciberseguridad, centralidad del dato y el Wallet de Identidad para la transformación digital.
D. David Luquin.Director de Sector Público. Veridas.

11.10 Modelo de Identidad Digital en la Comunidad de Madrid.
Dª Marta Bilbao. Directora de Innovación, Datos y Transformación Digital. Madrid Digital. Comunidad de Madrid.

11.25 Turno de preguntas.

11.30 Pausa Café.

12.00 Viajes inteligentes: los beneficios de las credenciales de viaje digitales en 2026 con el nuevo EU Wallet.
D. Fabián Torres. Director. Business Development. SICPA.

12.15 Benidorm sandbox en el nuevo modelo de la identidad digital.
Dª Leire Bilbao. Directora General. Fundación Visit-Benidorm.

12.30 Certificación de la Cartera de Identidad Europea.
D. Julián Inza. Presidente. EAD Trust.

12.45 AOC.
D. Miquel Estapé. Director Gerente. Administración Oberta de Cataluña.

13.15 Turno de preguntas.

13.20 Cierre.

Puede ver el programa actualizado en el siguiente enlace: https://socinfodigital.es/2025…