Identidad digital, Cartera IDUE, Firma electrónica, Archivo digital, blockchain, Medios de pago, eBanca, administración de justicia. administración pública, Seguridad Jurídica Preventiva Digital
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Ya se han publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea del 4 de diciembre de 2024 los 5 Actos de Implementación asociados al Reglamento EIDAS2 correspondientes al primer lote.
Entran en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, es decir, el 24 de diciembre de 2024, en plena «Nochebuena».
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2977 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los datos de identificación de la persona y las declaraciones electrónicas de atributos expedidos a carteras de identidad digital europea.
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2979 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la integridad y las funcionalidades básicas de las carteras de identidad digital europea.
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2980 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las notificaciones a la Comisión relativas al ecosistema de lacartera de identidad digital europea.
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2981 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la certificación de las carteras de identidad digital europea.
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2982 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los protocolos y las interfaces que admitirá el marco europeo de identidad digital.
El viernes 29 de noviembre de 2024 la Comisión Europea publicó nuevos borradores de Actos de Ejecución necesarios para el desarrollo de la Cartera IDUE (Identidad Digital de la Unión Europea) en el portal ‘Have your say’ (Díganos lo que piensa), solicitando comentarios de los expertos y partes interesadas hasta el 27 de diciembre.
Este segundo lote podría publicarse, tras las modificaciones propuestas que se hayan aceptado, en marzo de 2025 en el Diario Oficial.
Wallet lists This implementing act sets out rules for the submission to the Commission of information on certified wallet solutions and their associated electronic identification schemes by EU countries. It also sets out the requirements for the secure electronic system to be set up by the Commission for receiving the submissions.
Este acto de ejecución establece normas para la notificación a la Comisión por los países de la UE de la información sobre sus soluciones certificadas de cartera y los esquemas de identificación electrónica asociados. También establece los requisitos para el sistema electrónico seguro que debe desplegar la Comisión para recibir las notificaciones.
This implementing act sets out the provisions on unequivocal identity matching when using electronic identification means or European Digital Identity Wallets. It sets out what EU countries must do to ensure unequivocal identity matching when users want to access online cross-border public services when using electronic identification means or European digital identity wallets.
Este acto de ejecución establece las disposiciones sobre la correspondencia inequívoca de identidades cuando se utilizan medios de identificación electrónica o carteras europeas de identidad digital. Establece lo que deben hacer los países de la UE para garantizar la concordancia inequívoca de la identidad cuando los usuarios deseen acceder a servicios públicos transfronterizos en línea utilizando medios de identificación electrónica o carteras digitales de identidad europea.
This act sets out the provisions on the process for registering relying parties in EU countries. The provisions relate to information necessary for authentication to access European Digital Identity Wallets, and to relying parties’ contact details and their intended use of wallets, including what data relying parties may ask users for. The provisions include specifications and requirements for relying party access certificates issued after the registration of a wallet relying party.
Este acto establece las disposiciones sobre el proceso de registro de las partes usuarias (partes informadas) en los países de la UE. Las disposiciones se refieren a la información necesaria para la autenticación con el fin de acceder a las carteras de identidad digital europea, así como a los datos de contacto de las partes usuarias y el uso previsto de las carteras, incluidos los datos que las partes usuarias pueden solicitar a los usuarios. Las disposiciones incluyen especificaciones y requisitos para los certificados que habilitan el acceso de las partes usuarias a las que se expide tras su registro como parte usuaria (parte informada) de cartera.
This implementing act sets out rules for EU countries to have mechanisms in place to ensure the suspension and, where applicable, withdrawal of European Digital Identity Wallets if there is a security breach or partial compromise affecting a wallet’s reliability.
Este acto de ejecución establece normas para que los países de la UE dispongan de mecanismos que garanticen la suspensión y, en su caso, la retirada de las carteras de identidad digital europea si se produce una violación de la seguridad o un incidente de seguridad parcial que afecte a la fiabilidad de la cartera.
For the successful implementation of European Digital Identity Wallets, this implementing act sets out requirements for issuing and validating electronic attestations of attributes.
It also establishes a catalogue of attributes that must be verifiable against authentic sources, and sets out rules on notifying and publishing information on public sector bodies that issue attestations of attributes and are responsible for managing the authentic sources these attestations come from.
Para implantar con éxito las Carteras de Identidad Digital Europea, este acto de ejecución establece requisitos para la emisión y validación de declaraciones electrónicas o testimonios electrónicos de atributos.
También establece un catálogo de atributos que deben poder verificarse a partir de fuentes auténticas, así como normas sobre notificación y publicación de información sobre los organismos del sector público que expiden declaraciones o testimonios de atributos y son responsables de la gestión de las fuentes auténticas de las que proceden dichos certificados.
La Comisión ha adoptado el 28 de noviembre de 2024 el primer paquete de normas para las funcionalidades básicas y la certificación de la Cartera de Identidad Digital Europea (eID ) con arreglo al Marco Europeo de Identidad Digital. Se trata de un paso importante para que los Estados miembros creen sus propias Carteras y las pongan en circulación antes de que finalice 2026.
Cuatro reglamentos de ejecución establecen normas, especificaciones y procedimientos uniformes para las funcionalidades técnicas de las carteras, como los formatos de datos necesarios para el uso transfronterizo de documentos digitales y las medidas para garantizar la fiabilidad y seguridad de las carteras. El establecimiento de normas y especificaciones uniformes permitirá a cada Estado miembro desarrollar carteras interoperables y aceptadas en toda la UE, protegiendo al mismo tiempo los datos personales y la privacidad. Los datos se almacenan localmente en la cartera, y los usuarios tienen el control sobre la información que comparten, sin posibilidad de rastreo o de elaboración de perfiles en el diseño de las carteras. También se incorporará un cuadro de mandos de privacidad que ofrecerá total transparencia sobre cómo y con quién se comparte la información de la cartera.
El quinto Reglamento de ejecución establece especificaciones y procedimientos para crear un marco robusto de certificación de las carteras electrónicas, garantizando su seguridad y la protección de la intimidad y de los datos personales de los usuarios.
Las carteras de identidad digital europea ofrecerán a los usuarios particulares y a las empresas una forma universal, fiable y segura de identificarse cuando accedan a servicios públicos y privados de su país y de otros países de la Unión Europea.
Algunos ejemplos de uso de las carteras digitales son la apertura de una cuenta bancaria, la posibilidad de demostrar la edad sin revelar la fecha de nacimiento, la posibilidad de exhibir recetas médicas para su dispensación, el alquiler de un coche o la presentación de billetes de avión en un punto de embarque.
La normativa de aplicación se publicará en breve en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor 20 días después.
Estos actos establecen las especificaciones técnicas y los procedimientos para la Cartera de Identidad Digital Europea (𝗘𝘂𝗿𝗼𝗽𝗲𝗮𝗻 𝗗𝗶𝗴𝗶𝘁𝗮𝗹 𝗜𝗱𝗲𝗻𝘁𝗶𝘁𝘆 𝗪𝗮𝗹𝗹𝗲𝘁), incluidas las normas de referencia para los certificados electrónicos y las medidas de seguridad. La Comisión hizo hincapié en que estos actos son cruciales para garantizar la interoperabilidad y la seguridad entre los Estados miembros, con un plazo para que los Estados miembros proporcionen al menos un monedero de identidad digital para 2026.
Los proyectos de actos de ejecución aprobados están relacionados con los Artículos 𝟱𝗮(𝟮𝟯) (5 bis) y 𝟱𝗰(𝟲) (5 quater) del Reglamento (UE) nº 910/2014 (eIDAS), modificado por el REGLAMENTO (UE) 2024/1183 (eIDAS2) . Estos artículos se refieren al marco jurídico de la identificación electrónica y los servicios de confianza en toda la Unión Europea.
Hay que recordar que los primeros borradores públicos se difundieron el 12 de agosto de 2024, y ya preparé un artículo sobre ello: Actos de ejecución de #EIDAS2 que incluye los textos publicados en aquella ocasión.
No he verificado aun qué diferencias hay entre los nuevos textos y los de agosto, pero más abajo hago referencia a la información publicada por Epicenter Work.
3. 𝗔𝗿𝘁𝗶𝗰𝗹𝗲 𝟱𝗮: 𝗣𝗜𝗗 & 𝗘𝗔𝗔 Artículo 5 bis. Carteras de identidad digital europea – Datos de identificación de la persona y Declaraciones electrónicas de atributos.
4. 𝗔𝗿𝘁𝗶𝗰𝗹𝗲 𝟱𝗮: 𝗪𝗮𝗹𝗹𝗲𝘁 𝗘𝗰𝗼𝘀𝘆𝘀𝘁𝗲𝗺 𝗡𝗼𝘁𝗶𝗳𝗶𝗰𝗮𝘁𝗶𝗼𝗻𝘀 Artículo 5 bis. Carteras de identidad digital europea – Notificaciones a la Comisión en relación con el Ecosistema de la Cartera de identidad digital europea.
1. 𝗢𝗽𝗲𝗻 𝗦𝗼𝘂𝗿𝗰𝗲 𝗥𝗲𝗾𝘂𝗶𝗿𝗲𝗺𝗲𝗻𝘁: La obligación de que el código fuente de la Cartera Europea de Identidad Digital se publique bajo una licencia de código abierto suscitó preocupaciones sobre la seguridad y la propiedad intelectual.
2. 𝗠𝗮𝗻𝗱𝗮𝘁𝗼𝗿𝘆 𝗗𝗮𝘁𝗮 𝗗𝗶𝘀𝗰𝗹𝗼𝘀𝘂𝗿𝗲: las propuestas que exigen la divulgación de un conjunto mínimo de datos para la identificación podría entrar en conflicto con la protección de la privacidad y obstaculizar las alternativa de empleo de métodos de divulgación selectiva.
3. 𝗨𝗻𝗶𝗾𝘂𝗲 𝗜𝗱𝗲𝗻𝘁𝗶𝗳𝗶𝗲𝗿𝘀: la introducción de identificadores únicos para los usuarios encontró oposición debido a posibles violaciones de la privacidad y conflictos con las leyes nacionales vigentes en algunos Estados miembros.
Cambios en los borradores sometidos a votación, respecto a las versiones de agosto
A continuación se detallan los cambios relevantes en el último borrador de los actos de ejecución del artículo 5 bis del eIDAS (con los cambios de EIDAS2). El análisis procede de Epicenter Works que había identificado aspectos controvertidos. La base de este análisis es el texto que fue enviado por la Comisión Europea el pasado 15. noviembre de 2024 y se votó el 21de Noviembre. Desde entonces, el texto ha sido publicado por el parlamento austriaco. Para facilitar la comprensión, este documento puede leerse conjuntamente con las presentaciones anteriores de esta entidad (Epicenter Works).
1. Inobservabilidad
Al retirar una adición en la definición de «instancia de cartera», ahora se garantiza una vez más que los registros de transacciones solo permanezcan en el dispositivo del usuario final. Anteriormente, la información sobre el comportamiento de uso concreto de todos los usuarios de la cartera habría sido visible para el operador de la cartera a través del almacenamiento de todos los registros de transacciones en el servidor. Esto contradice el principio de inobservabilidad establecido en el artículo 5 bis, apartado 14, y en el considerando 32 del Reglamento. Esta enmienda refleja la recomendación de Epicenter Works.
2. Regulación de casos de uso
El registro de los usuarios de confianza que incluye los atributos que pretenden solicitar ahora se refleja en la introducción de los «certificados de registro de usuarios de confianza de cartera». Gracias a las modificaciones introducidas en los artículos 2 y 3 del acto de ejecución sobre protocolos e interfaces, ahora se advierte al usuario al menos si la parte usuaria va más allá de su registro. De conformidad con el artículo 5b, apartado 3, del eIDAS, estas solicitudes de información que vayan más allá del registro serían ilegales. Los Estados miembros individuales ahora pueden ir más allá y evitar por completo que tales consultas ilegales se presenten al usuario. Esta no es la solución óptima, pero al menos una arquitectura que permita proteger a los usuarios y que pueda evitar que se repita un desastre de banner de cookies.
3. Divulgación selectiva
Si los consumidores se enfrentan a solicitudes de información, tienen derecho, en virtud del Reglamento eIDAS, a responderlas en su totalidad, no responderlas en absoluto o responderlas de forma parcial o selectiva. Este principio de divulgación selectiva no se incluyó anteriormente en los actos de ejecución y ahora se ha adoptado con la redacción de las enmiendas propuestas por el Tribunal en el artículo 3 del acto de ejecución sobre protocolos e interfaces.
Una desacierto sería que en el artículo 14 del acto de ejecución sobre integridad y funcionalidades básicas, el uso de un seudónimo sigue yendo de la mano con la transferencia de datos personales solicitada sin necesidad de un consentimiento por separado.
4 Derecho al seudónimo
Epicenter Works Lamenta que el artículo 14 del acto de ejecución sobre integridad y funcionalidades básicas no ha adoptado sus recomendaciones. Y, el considerando 14 se limita a reiterar el tenor literal del Reglamento. La norma técnica del Anexo V también ha cambiado aquí de «WebAuthn» a «Credenciales Verificables». Incluso después de consultar con varios negociadores, existe confusión en cuanto a cómo exactamente se supone que esto funciona para la autenticación y la declaración de atributos.
Parece preocupante que todavía no hay una forma técnica de que la cartera pueda averiguar si un caso de uso específico está sujeto a una obligación legal de identificar al usuario (KYC: Know Your Customer). Sin embargo, esta distinción es necesaria para garantizar el derecho al seudónimo en los casos que no se exija el cumplimiento de la normativa KYC.
5. Ampliación de las bases de datos
El anexo del PID contiene dos nuevos campos de datos opcionales: correo electrónico y número de teléfono. Estos dos identificadores únicos causan preocupación a Epicenter Works y se agregaron en la última versión del texto.
Este artículo está basado en la publicación en LinkedIn de Roberto Garavaglia y la citada de Epicenter Works
En EADTrust hemos creado un sitio web orientado a proporcionar información sobre sistemas de identidad centrados en el usuario, en primer lugar y sobre la Cartera IDUE en concreto , como modelo de ese tipo de gestión digital de la identidad.
Estos son algunos de los artículos que podéis encontrar:
La «user-centric identity» (identidad centrada en el usuario) se refiere a un enfoque en el diseño y la gestión de la identidad digital que coloca al usuario en el centro de las decisiones. Esto significa que la identidad de un individuo en el entorno digital se define, gestiona y personaliza en función de sus necesidades, preferencias y control sobre su propia información.
Tres años después de la entrada en vigor de los actos de ejecución (varios de los cuales se deberían publicar antes del 21 de noviembre de 2024) las empresas de ciertos sectores deben poder manejar las interacciones con la Cartera IDUE según establece el Articulo 5 septies del Reglamento EIDAS modificado con el Reglamento UE 2024/1183.
Básicamente las partes usuarias privadas que utilizan o vayan a utilizar autenticación reforzada de usuario para la identificación en línea, en particular en los ámbitos del transporte, la energía, la banca, los servicios financieros, la seguridad social, la sanidad, el agua potable, los servicios postales, la infraestructura digital, la educación o las telecomunicaciones.
Formulario en el que se inscribe cualquier interesado para saber qué requisitos debería cumplir una empresa o un organismo que pueda proporcionar información de ciudadanos o qué requisitos debería cumplir para pedir información a la Cartera IDUE en caso de que su usuario desee contratar su servicio o iniciar un trámite.
El próximo 20 de noviembre de 2024, a partir de las 8:45 tendrá lugar el evento organizado por la Revista SICIdentiSIC 2024 con el lema Identidad digital. Cebo y salvoconducto, al que me han invitado como ponente.
08:45 – Acreditación y entrega de documentación. 9:00 – Identidad digital europea. El camino empieza a despejarse. Julián Inza – Presidente de EADTrust (Grupo Garrigues). 9:30 – La autenticación de usuario como atributo en la Cartera de Identidad Digital de la UE. Paloma Llaneza – CEO de Razona Legaltech. 10:00 – Evolucionando el role mining para robustecer los cimientos IAM – Julio Castilla Director en Business Security Solutions – Identity and Data Governance de PwC. 11:00 – CISCO. Jorge Hormigos – Security Solutions Engineer. 11:30 – OKTA. Felipe San Román. Presales Engineer. 12:00 – OMADA. Jorge Sendra. Country Manager. 12:30 – Open Text. Jacinto Grijalba. Cybersecurity Sales Manager Spain and Portugal. 13:00 – SIA, an Indra company. Raúl Olivar. Digital Identity & Signature Manager. 13:30 – Coloquio. 14:00 – Almuerzo presencial
Este artículo vuelca al español el titulado EUDI Wallet Reference Implementation, explicado por la Unión Europea sobre la disponibilidad del código fuente de la cartera IDUE.
La implementación de referencia de la Cartera IDUE se basa en su documento resúmen de arquitectura y marco de referencia y tiene como objetivo mostrar una plataforma robusta e interoperable para la identificación digital de personasy entidades, la autenticación y las firmas electrónicas basadas en estándares comunes en toda la Unión Europea.
La implementación de referencia de la cartera EUDI se adopta una arquitectura modular compuesta por un conjunto de componentes reutilizables para cada funciónque se desarrollarán paulatinamente y se podrán reutilizar en otros proyectos. En concreto, como parte de la implementación de referencia de la cartera IDUE, se entregará el siguiente conjunto de componentes:
Consulte la documentación publicada en Github que se detalla en las siguientes secciones para saber como compilar y participar en la Implementación de referencia de Cartera IDUE (EUDI Wallet).
Ámbito funcional
El alcance de la Implementación de Referencia de la Cartera IDUEse publica pensando en mejoras sucesivas de funcionalidad enfatizando las funcionalidades clave que permiten acoger un amplio conjunto de casos de uso. Por ejemplo:
Permiso de conducir móvil
Acceso a servicios públicos y privados en línea
Apertura de una cuenta bancaria
Registro de SIM
Autorización de pago
Autenticar un servicio de terceros para firmar documentos
Las siguientes observaciones se considerarán en relación con las funcionalidades proporcionadas.
Presentación remota
Flujos entre dispositivos y en el mismo dispositivo para autenticación y autorización en línea (OpenID4VP (borrador 20) que transfiere mDoc para autenticación y autorización remotas)
Plataformas aplicables: Android, iOS
Compartir proximidad
Uso de protocolos de proximidad QR/BLE
Etiqueta NFC para compatibilidad con dispositivos (entrega estática)
Plataformas aplicables: Android, iOS
Emisor
Una implementación de un servicio de emisión de credenciales, según OpenId4VCI (borrador 13) (proporciona un servicio de emisión de PID y mDL de prueba en formato mDoc y SD-JWT-VC)
Hoja de ruta
La hoja de ruta de la implementación de referencia de EUDI Wallet ofrece una visión transparente de las características y mejoras que se están desarrollando actualmente o que se planean para el futuro. Su propósito es promover la comunicación y la colaboración abiertas en nuestra comunidad.
Le animamos a que contribuya o proporcione sus comentarios o sugerencias para la implementación de referencia de EUDI Wallet. Según el tipo de comentarios que desee proporcionar, puede utilizar uno de los siguientes canales:Contribuciones al códigoSugerencias para la hoja de rutaOtros comentarios
Repositorios
En esta sección se ofrece una descripción general de los repositorios clave de la implementación de referencia de EUDI. La tabla que aparece a continuación sirve como ayuda de navegación para encontrar la información que está buscando.
Bibliotecas
Bibliotecas coordinadoras de Wallet Core (Android) y Wallet Kit (iOS)
Implementación de la biblioteca EUDI Wallet (Cartera IDUE) Core para Android que sirve como capa coordinadora entre la aplicación UI y las bibliotecas Wallet. Actualmente, coordina las bibliotecas de emisión, proximidad y presentación remota.
Implementación de la biblioteca EUDI Wallet Kit (Cartera IDUE) para iOS que sirve como capa coordinadora entre la aplicación UI y las bibliotecas Wallet. Actualmente coordina las bibliotecas de emisión, proximidad y presentación remota.
Implementación de la aplicación de interfaz de usuario de carterapara Android. Actualmente, también incluye una aplicación de demostración que demuestra las siguientes capacidades: presentación de proximidad, autenticación en línea en el mismo dispositivo y emisión de PID y mDL.
Implementación de la aplicación de interfaz de usuario de cartera para iOS. Actualmente, también incluye la aplicación de demostración, que demuestra las siguientes capacidades: presentación de proximidad y presentación en línea desde el mismo dispositivo y emisión de PID y mDL.
Aplicación de interfaz de usuario (frontend) de Web Verifier de demostración que actúa como punto final de confianza de Verifier/RP. Disponible en https://verifier.eudiw.dev
Una implementación de un servicio de emisión de credenciales, según OpenId4VCI (borrador 13), en JVM Kotlin. Disponible en https://issuer-backend.eudiw.dev/
Trust Provider Signer es un proveedor y cliente de servicios de firma remota en Java
Preguntas frecuentes y guías prácticas
Se ha recogido una lista de preguntas frecuentes sobre la implementación de la referencia de cartera IDUE.
Las instrucciones para instalar y utilizar las aplicaciones/bibliotecas correspondientes se pueden encontrar en los archivos ‘ReadMe’ correspondientes, es decir:
El software publicado en GitHub es una versión de desarrollo inicial:
La versión de desarrollo inicial es un entregable inicial que refleja los esfuerzos de un período de tiempo corto y no puede considerarse el producto final.
La versión de desarrollo inicial puede modificarse sustancialmente con el tiempo, puede acoger nuevas características pero también puede cambiar o eliminar las existentes, renunciando, potencialmente, a la compatibilidad con su código preexistente.
La versión de desarrollo inicial tiene un alcance funcional limitado.
La versión de desarrollo inicial puede contener errores o fallos de diseño y otros problemas que podrían causar fallas del sistema u otros errores y pérdida de datos.
La versión de desarrollo inicial hace uso de un juego de estándares de seguridad, privacidad, disponibilidad y confiabilidad reducidos en relación con las versiones futuras. Esto podría hacer que el software sea más lento, menos confiable o más vulnerable a ataques que el software maduro.
La versión de desarrollo inicial aún no está documentada exhaustivamente.
Los usuarios del software deben realizar ingeniería y pruebas adicionales suficientes para evaluar adecuadamente su aplicación y determinar si alguno de los componentes de código abierto es adecuado para su uso en esa aplicación.
Se recomienda encarecidamente no utilizar esta versión del software en producción.
Inscripción por email: confirmaciones.madrid (at) garrigues.com
Con la entrada en vigor de regulaciones clave como el Reglamento de Inteligencia Artificial, la Ley de Servicios Digitales (DSA) o el Reglamento eIDAS2, las organizaciones enfrentan el reto de revisar su estrategia de cumplimiento sobre la materia e integrar soluciones tecnológicas y legales enfocadas a la gestión del riesgo.
En esta jornada, Garrigues reúne a abogados y tecnólogos para explorar, a través de un formato práctico, cómo las herramientas tecnolegales facilitan el cumplimiento normativo, utilizando ejemplos y demostraciones reales de soluciones basadas en los servicios de confianza digital.
16:30 h – Introducción: el marco regulatorio de la UE y su impacto en las empresas. 16:45 h – Inteligencia artificial y cumplimiento del Reglamento de IA. Alejandro Padín. 17:30 h – Contratación digital en la economía de plataformas. Especial referencia a la DSA. Cristina Mesa. 18:15 h – EIDAS2: Hacia las ‘EUDI Wallet Ready Organizations’ Moisés Menéndez y Julián Inza. 18:45 h – Conclusiones y preguntas 19:00 h – Cóctel
Ayer y anteayer se celebró en Madrid el evento GLTHDAY y EADTrust ha sido uno de los patrocinadores.
El evento tuvo lugar en ESPACIO FUNDACIÓN TELEFÓNICA de Gran Vía, con entrada por C/ Fuencarral, 3 28004 Madrid
El equipo de EADTrust y el de Garrigues estuvieron presentes en el evento, resumiendo las ventajas de GoCertius en el «Elevator Pitch» y en el Stand, en el que entrábamos en detalle para explicarlo a los interesados.
En esta foto aparecemos parte del equipo que estuvo en el evento:
GoCertius es la base conceptual sobre la que hemos construidos los servicios de EAD Factory. Una panoplia de servicios para que empresas de diferentes tamaños puedan desarrollar entornos de gestión de evidencias electrónicas sacando ventaja de los servicios regulados, tales como los que se describen en el Reglamento europeo eIDAS.
España es el país europeo que más prestadores de servicios de certificación acoge.
Según la lista oficiosa que sitúa los prestadores cualificados en el mapa de Europa, España tiene 52 Prestadores de Servicios de Confianza (TSP; Trust Service Providers, en inglés) cualificados.
Hay unos pocos menos porque algunos prestadores figuran con dos denominaciones societarias (a veces por ser empresas con CIF distintos participadas por otra) y otros pertenecen a grupos internacionales que registran varios prestadores en diferentes listas de confianza (TSL, Trust Services List) de países europeos y que en la práctica supondría que hay menos prestadores en el conjunto de Europa de lo que parece (en teoría 268).
Esta es la lista de prestadores que incluye un enlace por cada uno a la descripción de servicios reflejada en la relación de la Unión Europea:
De estos, ANF figuraría por duplicado, así como Lleidanet (que adquirió inDenova) y Logalty (que adquirió Firmaprofesional). Algo similar sucede con Signaturit e Ivnosys que pertenecen al mismo grupo (ahora «Signaturit Group«) respaldado por el inversor PSG Equity L.L.C.) que también incluye Universign, registrada en Francia como Cryptolog International.
Evicertia y Uanataca también forman parte de un grupo, en este caso Ambienta SGR SpA (“Ambienta”), que en 2022 adquirió Bit4 Group S.r.l. (“Bit4id”), proveedor tecnológico especializado en identidad digital y confianza digital con sede en Nápoles (Italia) para unirlo a Namirial que adquirió en 2020. Recientemente la estructura societaria en España se ha gestionado como una absorción de empresas en la que UANATACA, S.A.U. absorbe las empresas BIT4ID IBÉRICA, S.L.U. y EVICERTIA, S.L.U.
Otra vinculación a nivel internacional es la de AC Camerfirma, que forma parte del grupo Infocert (que posee el 51% e Camerfirma) desde mayo de 2018. El mismo año, Infocert tomó una participación del 50% en LuxTrust. InfoCert, del Grupo Tinexta, es posiblemente es el mayor QTSP (Qualified Trust Service Provider) de Europa, con presencia en más de 60 países. Infocert agrupa además a CertEurope (100%), Ascertia (65%) y Authada (16.7%).
Otra inversión relevante en el segmento ha sido la de la firma de abogados Garrigues, que tomó el 51% de EADTrust en 2023.
También conviene aclarar que la ACCV (Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica) de la Comunidad Valenciana sigue prestando servicios como parte de Istec, (Infraestructures i Serveis de Telecomunicacions i Certificació, SA).
De modo que, a efectos prácticos, en España hay 47 Prestadores Cualificados de Servicios de Confianza Digital, que tampoco está nada mal.