El «Certificado Verde Digital» para circular en tiempos de pandemia COVID-19 dentro de la UE


El «Certificado Verde Digital» (Digital Green Certificate) es un documento híbrido, que se puede usar con soporte cartáceo o digital (app móvil) para indicar si un viajero está vacunado contra el COVID-19, se ha realizado tests para comprobar que no está infectado o ha superado la enfermedad. Facilitará la seguridad y la libre circulación durante la pandemia originada por el virus SARS-CoV-2 dentro de la UE.

El Certificado Verde Digital puede utilizarse en todos los Estados miembros de la UE. También se podrá adoptar en Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.

El Certificado Verde Digital estará abierto a otras iniciativas que se desarrollen a nivel mundial.

Green Digital Certificate – paper and App

A continuación se presentan algunas preguntas y sus respuestas, relativas al «Certificado Verde Digital» por el COVID-19

¿Cuáles son las características del Digital Green Certificate?

  • El sistema Digital Green Certificate permite certificar en un solo instrumento tres tipos situaciones diferentes referidas a la posibilidad de contagiar la enfermedad COVID-19: un certificado de vacunación, un certificado de resultado de test de estar o haber estado infectado y un certificado de recuperación de la enfermedad.
  • Pueden emitirse y utilizarse en todos los Estados miembros de la UE para facilitar la libre circulación. Todos los ciudadanos de la UE y sus familiares, así como los nacionales no pertenecientes a la UE que permanezcan o residan en los Estados miembros y tengan derecho a viajar a otros Estados miembros, podrán recibirlos de forma gratuita.
  • Los certificados sólo deben incluir un conjunto mínimo de información necesaria para confirmar y verificar respecto al titular su estado de vacunación, del resultado de pruebas (como PCR) o de haber superado la enfermedad.
  • Vacunarse no será una condición previa para viajar. Todos los ciudadanos de la UE tienen un derecho fundamental a la libre circulación en la UE y esto se aplica independientemente de si están vacunados o no. El mismo principio se aplica a los derechos de los nacionales no pertenecientes a la UE que permanezcan o residan en los Estados miembros de la UE y que tengan derecho a viajar a otros Estados miembros.

¿Cómo ayudará a facilitar la libre circulación segura?

El Certificado Verde Digital acredita que el viajero cumple ciertos requisitos que pueden ser exigidos por un país para no aplicarle restricciones a la libre circulación por motivos de salud pública, como la realización de pruebas de infección en el país de destino o el cumplimiento de períodos de cuarentena en situación de confinamiento.

Si un Estado miembro acepta pruebas de vacunación del propio estado para no aplicar restricciones a la libre circulación, tendrá que aceptar las pruebas de vacunación emitida por otro Estado miembro en relación con las vacunas que hayan recibido autorización del mercado de la UE.

Los Estados miembros tienen la opción de facilitar la libre circulación a viajeros que hayan recibido otras vacunas.

Al viajar, todo titular del Certificado Verde Digital tendrá los mismos derechos de movilidad que los ciudadanos del Estado miembro que visita según se les exija estar vacunados, haberse hecho tests o acreditar que han superado la enfermedad.

Si un Estado miembro exigiera a los titulares de un certificado verde digital que se confinen en cuarentena o realicen nuevas pruebas de infección, deberá notificarlo a la Comisión y a todos los demás Estados miembros junto con la motivación para aplicar dichas medidas excepcionales.

¿Cómo se asegura de que las personas no vacunadas no sean discriminadas al ejercer su derecho a la libre circulación?

Para garantizar que se respete el derecho a la libre circulación en la UE y que no haya discriminación contra las personas que no están vacunadas, pero que se hayan sometido a otros controles, la Comisión propone que el certificado refleje diferentes situaciones.

Las personas que no estén vacunadas deberán poder seguir ejerciendo sus derechos de libre circulación, cuando sea necesario, aunque puedan aplicarse limitaciones como pruebas adicionales en el país de destino o confinamiento a la entrada del pais durante un cierto período.

¿La introducción del Certificado Verde Digital significa que los Estados miembros tendrán que reintroducir los controles en las fronteras interiores para comprobar los certificados?

No. El Certificado Verde Digital tiene por objeto facilitar la libre circulación dentro de la UE y la flexibilización de las restricciones actuales, no restringir los derechos a la libre circulación y el derecho a viajar.

La verificación de los certificados no puede justificar, por sí sola, la reintroducción temporal de controles fronterizos en las fronteras interiores, y tales controles no son necesarios para que los Estados miembros apliquen el Certificado Verde Digital.

¿Qué información incluirá el Certificado Verde Digital?

El Certificado Verde Digital contendrá la información clave necesaria, como el nombre, la fecha de nacimiento, el Estado miembro emisor y un identificador único del certificado. Además:

  • Para un certificado de vacunación: producto inoculado y fabricante, número de dosis, fechas de vacunación;
  • Para un certificado de test: tipo de prueba, fecha y hora de prueba, centro de pruebas y resultado;
  • Para un certificado de recuperación: fecha del resultado positivo de la prueba, emisor del certificado, fecha de emisión, fecha de validez.

¿Cómo será el formato del Certificado Verde Digital?

Los certificados se emitirán en formato digital, por lo que se pueden mostrar en un smartphone, o en papel, dependiendo de la preferencia de su titular. Los certificados contendrán un código QR interoperable y legible por máquina que contiene los datos clave necesarios, y que contendrá una firma digital. El código QR se utiliza para verificar de forma segura la autenticidad, integridad y validez del certificado. Para mejorar la aceptación transfronteriza, la información sobre el certificado debe escribirse en los idiomas del Estado miembro emisor y en idioma inglés.

¿Cómo funciona el Certificado Verde Digital en toda la UE?

El Certificado Verde Digital contiene un código QR con una firma digital (en este caso, sello digital, porque lo emiten personas jurídicas) para protegerlo contra la falsificación. Cuando se muestra el certificado, se escanea el código QR y se verifica el sello electrónico generado por el organismo emisor del certificado verde digital.

Cada organismo emisor (por ejemplo, un hospital, un laboratorio que realices tests, una autoridad sanitaria) realizará su propio certificado con un sello electrónico basado en criptografía de curva elíptica. Los organismos emisores deben contar con un sistema que genere el sello electrónico en base a una clave privada asociada a un certificado de clave asimétrica según el algoritmo ECC p-256.

Los certificados expedidos por los diferentes organismos de un país se almacenan en una base de datos segura de dicho país.

La Comisión Europea construye una pasarela que permite verificar los sellos electrónicos de los certificados verdes de cualquier país de la UE. Los datos personales del viajero no circulan por la pasarela ya que no son necesarios para comprobar el sello electrónico.

La Comisión Europea prepara en Github una implementación modelo en código abierto para apoyar a los Estados miembros de forma que los distintos organismos puedan puedan desarrollar sus propias implementaciones, tanto para generar los certificados como para escanear los códigos QR y comprobar su autenticidad.

¿Qué vacunas serán aceptadas?

Los Estados miembros deben expedir certificados de vacunación independientemente del tipo de vacuna COVID-19.

Cuando los Estados miembros acepten pruebas de vacunación para renunciar a determinadas restricciones de salud pública, como las pruebas o la cuarentena, estarían obligados a aceptar, en las mismas condiciones, certificados de vacunación expedidos en el marco del sistema de Certificados Verde Digitales. Sin embargo, esta obligación se limitaría a las vacunas que han recibido la autorización de comercialización a escala de la UE. Los Estados miembros tienen la opción de aceptar certificados de vacunación expedidos en relación con otras vacunas.

¿Qué pruebas covid-19 serán aceptadas?

Para garantizar la fiabilidad del resultado de la prueba, sólo se admiten los resultados de las denominadas pruebas NAAT (incluidas las pruebas RT-PCR) y las pruebas rápidas de antígeno, que figuran en la lista establecida sobre la base de la Recomendación 2021/C 24/01 del Consejo.

¿Qué pasa con las puebas que se compran en farmacias y se puede hacer uno mismo?

Dado que las autopruebas no se realizan en condiciones controladas se consideran menos fiables y no es posible responsabilizar de esas pruebas a un organismo emisor de certificados verdes digitales.

¿Habrá una validez mínima de los certificados?

El período de validez de los certificados depende de la evidencia científica respecto a la posibilidad de que un viajero transmita la enfermedad, según la prueba realizada, la recuperación de la enfermedad o la vacunación, lo que establecerá cada estado miembro y validará la pasarela común.

A medida que surjan nuevas pruebas científicas, podrían ajustarse los períodos para los que los certificados se consideren válidos.

El Reglamento propuesto garantiza que los certificados expedidos por otros Estados miembros se acepten siguiendo las mismas normas que los aplicados a los certificados expedidos a nivel nacional. El Reglamento también introduce algunos principios básicos, por ejemplo, que establecen el período máximo de validez del certificado de recuperación en 180 días.

Estos principios podrían ajustarse más adelante por la Comisión mediante actos delegados para alinearse con nuevas pruebas científicas una vez que estén disponibles.

¿Qué pasará con aquellas personas que ya han sido vacunadas?

Las personas que hayan sido vacunadas antes de que se ponga en marcha el Certificado Verde Digital también deben tener la posibilidad de obtener el certificado de vacunación necesario. Si recibieron un certificado de vacunación que no cumplía las normas de interoperabilidad exigidas en virtud del Reglamento, podrán solicitar uno nuevo.

por otro lado, los Estados miembros podrán seguir emitiendo pruebas de vacunación en otros formatos para otros fines, en particular con fines médicos.

¿Durante cuánto tiempo estará vigente el Certificado Verde Digital?

Los certificados están vinculados a la pandemia COVID-19. El sistema de Certificados Verdes Digitales se suspenderá una vez que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declare el fin de la emergencia internacional de salud pública causada por covid-19. Del mismo modo, si la OMS declara una nueva emergencia internacional de salud pública causada por covid-19, una variante de la misma o una enfermedad infecciosa similar, el sistema podría reactivarse.

¿Cuánto cuestan los Certificados Verdes Digitales?

Los certificados serán gratuitos.

Los Estados miembros asumen el coste de la creación de la infraestructura a nivel nacional. La Comisión Europea proporcionará financiación para apoyar a los Estados miembros en la creación de la infraestructura requerida, si es necesario.

La Comisión asumirá la creación de la pasarela de comprobación de certificados para toda la UE y apoyará a los Estados miembros para que desarrollen programas informáticos para emitir y comprobar los códigos QR.

¿Cómo se garantiza la interoperabilidad de los Certificados Verdes Digitales?

La interoperabilidad se logra partiendo de cierto nivel de de normalización de especificaciones consensuadas, pariendo de políticas y reglas comunes.

Cualquier certificado expedido en un Estado miembro puede verificarse en otro Estado miembro. Cada estado dispone de cierta flexibilidad para diseñar sus certificados siempre que cumplan las normas comunes.

Los Estados miembros, con el apoyo de la Comisión, acordaron un marco de confianza para garantizar la aplicación oportuna de los Certificados Verdes Digitales, su interoperabilidad y el pleno cumplimiento de la protección de datos personales. Esto se basa en directrices sobre elementos básicos de interoperabilidad que se adoptaron el 27 de enero de 2021 y se actualizaron el 12 de marzo de 2021.

La pasarela desplegada por la Comisión para la verificación de los certificados verdes es uno de los componentes de la interoperabilidad.

¿Será compatible el Certificado Verde Digital con otros sistemas desarrollados a nivel internacional?

La Comisión persigue que los certificados sean compatibles con sistemas de terceros países fuera de la UE. La propuesta está abierta a iniciativas mundiales y tiene en cuenta los esfuerzos en curso de organismos especializados de las Naciones Unidas como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización de Aviación Civil Internacional (ICAO), para establecer especificaciones y orientación sobre el uso de tecnologías digitales para documentar el estado de vacunación y otra información que permita considerar bajo el potencial de contagio de un viajero.

Se anima a terceros países a reconocer el Certificado Verde Digital europeo para facilitar la movilidad de los viajeros y reducir las restricciones.

El texto legal del Reglamento se incorporaría al Acuerdo EEE, Espacio Economico Europeo, permitiendo a los países del que forman parte del EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega) aplicar el sistema de certificados verdes digitales de la UE. Por lo que respecta a Suiza, la Comisión podrá decidir aceptar certificados suizos expedidos de conformidad con el proyecto de Reglamento del Certificado Verde Digital, basado en el principio de reciprocidad.

Ese mismo principio de reciprocidad favorece el reconocimiento de certificados expedidos por terceros países a los ciudadanos de la UE y a sus familiares, cuando dichos certificados cumplan los estándares de calidad y sean interoperables con el marco de confianza de la UE.

¿Cómo se procesarán los datos personales?

Dado que los datos personales contenidos en los certificados incluyen datos médicos sensibles, se garantiza un nivel muy alto de protección de datos.

Los certificados solo incluirán un conjunto limitado de información personal necesaria. Esta información no puede ser extraída de los pasaportes verdes por los países a los que llega el viajero. A efectos de verificación, solo se comprueba la validez y autenticidad del certificado, verificando quién lo emitió y selló digitalmente. Todos los datos sanitarios permanecen en el Estado miembro que emitió el Certificado Verde Digital.

El sistema de certificados verde digitales no requiere de la creación y el mantenimiento de una base de datos de certificados sanitarios a nivel de la UE.

¿Se emite el Certificado Verde Digital a ciudadanos de países no pertenecientes a la UE?

Sí. El Certificado Verde Digital se expide a los familiares de los ciudadanos de la UE, independientemente de su nacionalidad y a residentes en Estados miembros o Estados asociados a Schengen. También a los visitantes que tengan derecho a viajar a otros Estados miembros. Son necesarias bases jurídicas separadas para dar la misma cobertura a todas las personas presentes en la UE independientemente de su nacionalidad, o la razón por la que están en la UE.

El Certificado Verde Digital también podría expedirse a nacionales o residentes de Andorra, Mónaco, San Marino y el Vaticano/Santa Sede, en particular cuando sean vacunados por un Estado miembro.

¿Cómo afecta el certificado verde al viaje a la UE desde terceros países?

Por el momento, los viajes no esenciales a la UE están restringidos a terceros países, a excepción de un número limitado de países. Un nacional no perteneciente a la UE que pueda viajar a la UE puede obtener un certificado verde digital. El nacional no perteneciente a la UE podría solicitar un Certificado Verde Digital a un Estado miembro al que viaja, proporcionando toda la información necesaria, incluida una prueba fiable de vacunación. A continuación, el Estado miembro tendría que evaluar si se ha proporcionado pruebas fiables y decidir si expide o no un Certificado Verde Digital.

A medio plazo, cuando la Comisión esté convencida de que los certificados expedidos un tercer país cumplen normas y usan sistemas internacionales interoperables con el de la UE, la Comisión puede realizar un acto de ejecución basado en el Reglamento que se aprueb. A continuación, dichos certificados de terceros países se aceptarían en las mismas condiciones que los Certificados Verde Digital.

En todos los casos, las normas de aceptación de la prueba de vacunación serían las mismas que para los nacionales de la UE: las vacunas que han recibido autorización de comercialización a escala de la UE deben ser aceptadas, pero los Estados miembros pueden decidir aceptar o nos otras posibles vacunas.

¿Cómo son los certificados de clave pública que utilizan las entidades sanitarias?

Aunque inicialmente las especificaciones del modelo de confianza se orientaron para ser similares al utilizado en el pasaporte digital descrito en el Documento 9303 de ICAO (OACI), finalmente se ha optado por flexibilizar el modelo dando cabida a los certificados EIDAS (Reglamento (UE) 910/2014).

En base a esta posibilidad, se admiten certificados cualificados de sello de órgano o certificados cualificados de persona jurídica para sello que se basen en Criptografía de Curva Elíptica (ECC p-256).

Se han definido varios OID opcionales para incluir en la sección «Extended Key Usage» de los certificados emitidos a organismos que no vayan a emitir alguna variante de certificado verde.

Inicialmente se han definido estos:

  • OID 1.3.6.1.4.1.0.1847.2021.1.1 — valid for test
  • OID 1.3.6.1.4.1.0.1847.2021.1.2 — valid for vaccinations
  • OID 1.3.6.1.4.1.0.1847.2021.1.3 — valid for recovery

Sin embargo estos OID tienen un error, por lo que desde el punto de vista de la verificación puede ser que los certificados incluyan los OID indicados (incorrectos) o los correctos:

  • OID 1.3.6.1.4.1.1847.2021.1.1 — valido para certificados que indiquen resultados de test
  • OID 1.3.6.1.4.1.1847.2021.1.2 — valido para certificados que indiquen vacunación
  • OID 1.3.6.1.4.1.1847.2021.1.3 — valido para certificados que indiquen que se ha superado la enfermedad

Si no se incluye ningún OID (que es lo recomendado en esta fase) el certificado ECC se podrá usar para realizar el sello electrónico del certificado verde con cualquiera de las variantes.

Contacte con el +34 91 716 0555 si necesita certificados de persona jurídica ECC p-256 para su entidad, para realizar los sellos electrónicos del Certificado Verde Digital (Pasaporte COVID-19).

Referencias

Este documento se basa en la información publicada por la Unión Europea:

Documentos en español:

Hay, además otros documentos relacionados:

2 comentarios en “El «Certificado Verde Digital» para circular en tiempos de pandemia COVID-19 dentro de la UE

  1. Pingback: Uso de certificados electrónicos para la firma electrónica de certificados verdes digitales | Todo es electrónico

Deja un comentario

Este sitio utiliza Akismet para reducir el spam. Conoce cómo se procesan los datos de tus comentarios.