Identidad digital, Cartera IDUE, Firma electrónica, Archivo digital, blockchain, Medios de pago, eBanca, administración de justicia. administración pública, Seguridad Jurídica Preventiva Digital
Explica la arquitectura: detalla los componentes del sistema y sus interacciones, Cartera de Identidad Digital Europea sirviendo de información de referencia para los requisitos de alto nivel (HLR) que figuran en el anexo 2.
Orienta la implementación: actúa como referencia común para la implementación armonizada del [Reglamento sobre la Identidad Digital Europea], orientando el desarrollo de especificaciones técnicas, normas y procedimientos operativos.
Apoya el desarrollo de la implementación de referencia: se utiliza para desarrollar la implementación de referencia de la solución de cartera digital y servirá de base para futuras actualizaciones de los actos de ejecución en función de los avances tecnológicos.
Este ARF tiene carácter informativo y está destinado a apoyar la implementación; no sustituye al [Reglamento sobre la Identidad Digital Europea], que es jurídicamente vinculante, ni a sus actos de ejecución y delegados adoptados, que son los únicos requisitos obligatorios.
Este documento se aplica exclusivamente a los ecosistemas de Cartera IDUE que cumplen con el Reglamento. Representa el estado actual de la situación del Grupo de Cooperación sobre la Identidad Digital Europea y se actualizará con el tiempo.
El público destinatario del ARF está compuesto por:
Entidades que actúan como prestadores de DIP, prestadores de DECA, prestadores de DEA-AAPP o prestadores de DEA no cuaificadas,
Prestadores de carteras,
Partes usuarias (o informadas),
Organismos de Evaluación de Conformidad (OEC) y
Organismos de supervisión.
En esta versión del ARF se han introducido los siguientes cambios:
Cambios derivados de los comentarios recibidos de la Agencia ENISA en el contexto de la línea de trabajo sobre certificación de Carteras.
Cambios debidos al documento de debate de la ronda de revisión para el Tema C (Declaraciones clave y declaraciones de instancias de cartera).
Se han resuelto varias cuestiones planteadas a través de Confluence y GitHub.
Aparte de estos cambios, se han corregido algunos errores editoriales
Las Unidades de Cartera para personas jurídicas, que podrían contener un DIP de Persona Jurídica, se han eliminado de este ARF en vista del desarrollo de una cartera empresarial independiente que se está impulsando a nivel normativo.
El Artículo 5 septies del Reglamento (UE) 2024/1183, conocido como eIDAS 2, introduce una obligación directa para algunas empresas del sector privado: a más tardar en diciembre de 2027 (36 meses después de la entrada en vigor tras su publicación de los actos de ejecución correspondientes), las entidades obligadas deberán aceptar la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea (EUDI Wallet) como medio de identificación y autenticación reforzada del usuario.
Esta obligación afecta a todas las entidades que, por disposición legal o contractual, deban realizar una autenticación reforzada del cliente (SCA – Strong Customer Authentication) conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), la Directiva PSD2 o normativa sectorial específica.
Salvo microempresas y pequeñas empresas de los sectores aludidos.
La Cartera funciona mediante declaraciones electrónicas de atributos basadas en estándares abiertos (ISO/IEC 18013-5, OpenID4VCI y OpenID4VP), lo que permite la divulgación selectiva de atributos y la firma criptográfica de pruebas de posesión, sin que el prestador de servicios almacene datos biométricos ni documentos.
A continuación se detallan los casos de uso técnicos principales de onboarding (contratación inicial) y autenticación posterior por cada sector referenciado en el artículo 5 septies.
1. Banca y servicios financieros
Onboarding: El usuario presenta su Cartera a través de un flujo OpenID4VP. El banco recibe, en tiempo real los Datos de Identificación Personal (DIP) del titular de la Cartera (DNI/NIE, datos de residencia, fecha de nacimiento y, opcionalmente, mediante Declaraciones Electrónicas de Atributos complementarias, otros datos como nivel de ingresos o scoring crediticio). Se elimina la necesidad de videoidentificación o carga manual de documentos. La cartera puede gestionar la firma electrónica cualificada (QES, Qualified Electronic Signature) del contrato, por lo que todo el proceso podría completarse en uno o dos minutos.
Autenticación para acceder al servicio: Login en banca online o app móvil mediante protocolo OpenID Connect con presentación de credencial firmada. La Cartera actúa como segundo factor criptográfico (equivalente a un dispositivo seguro), cumpliendo los requisitos de SCA de PSD2 y sustituyendo o complementando OTP y contraseñas.
2. Suministros (empresas eléctricas, de gas y de agua)
Onboarding: Contratación de nuevo punto de suministro o cambio de comercializadora. La Cartera entrega atributos verificados de titularidad y domicilio, permitiendo la activación inmediata del contrato sin intervención manual. La cartera puede gestionar la firma electrónica cualificada a distancia del contrato,
Autenticación para acceder al servicio: Acceso al área de cliente para consulta de consumos, facturas o modificación de potencia contratada. La integridad criptográfica garantiza que solo el titular autorizado pueda modificar datos sensibles.
3. Telecomunicaciones
Onboarding: Alta de línea móvil, fibra óptica, servicios audiovisuales o paquete convergente. Verificación automática de identidad y titularidad sin videollamada ni envío de documentación. El operador recibe, en tiempo real los Datos de Identificación Personal (DIP) del titular de la Cartera (DNI/NIE, datos de residencia, fecha de nacimiento).
Autenticación para acceder al servicio: Login en la app del operador para gestión de la línea, portabilidades o contratación adicional de servicios complementarios. Ideal para procesos que requieren SCA (cambio de titular, eSIM, etc.).
4. Transporte
Onboarding: Compra de abonos de transporte, alquiler de vehículos o contratación de seguros de viaje. La Cartera puede entregar atributos verificados del carnet de conducir o pasaporte.
Autenticación para acceder al servicio: Validación de títulos de transporte digitales o acceso a plataformas de movilidad compartida. La credencial permite la verificación offline y online con firma de prueba de posesión. Podría controlar la interfaz NFC para que la propia cartera se pueda usar como título de transporte.
5. Sanidad
Onboarding: Alta en plataformas de telemedicina, contratación de seguros médicos privados o integración en sistemas de historial clínico compartido.
Autenticación para acceder al servicio: Login seguro para consulta de resultados, recetas electrónicas o citas. La divulgación selectiva protege datos de salud especialmente sensibles (art. 9 RGPD). Posible uso en farmacias para la dispensación de medicamentos.
6. Educación
Onboarding: Matrícula en universidades privadas, plataformas de formación continua o cursos de posgrado. Con posibilidad de aportar Declaraciones Electrónicas de Atributos de haber superado cierto nivel formativo cuando se exige para matricularse en otro superior.
Autenticación para acceder al servicio: Acceso a campus virtuales, entrega de exámenes o consulta de calificaciones, presentación de trabajos. La Cartera puede portar credenciales académicas verificadas (títulos, certificados de competencias).
7. Otros servicios básicos y plataformas en línea de muy gran tamaño (VLOPs)
Onboarding: Contratación de servicios postales premium, infraestructuras críticas o cualquier servicio que requiera SCA.
Autenticación para acceder al servicio: Gestión de envíos, seguimiento o acceso a portales de infraestructuras.
Caso específico de VLOPs (X, Google y Microsoft)
El párrafo 3 del artículo 5 septies impone una obligación específica a las plataformas definidas como Very Large Online Platforms (VLOPs) conforme al artículo 33 del Digital Services Act (Reglamento (UE) 2022/2065): cuando requieran autenticación del usuario para acceder a sus servicios en línea, deberán aceptar y facilitar el uso de la Cartera de Identidad Digital Europea (EUDI Wallet) para la autenticación, siempre bajo petición voluntaria del usuario y limitándose a los datos mínimos necesarios para el servicio concreto.
Esta obligación entra en vigor en el mismo plazo que para el resto del sector privado (diciembre de 2027) y busca reducir el fraude, mejorar la verificación de edad, combatir cuentas falsas y garantizar el cumplimiento del principio de minimización de datos del RGPD.
X: Autenticación reforzada para cuentas verificadas, funciones premium (X Premium) o publicación de contenido monetizado. La Cartera permite verificación de identidad real mediante divulgación selectiva y firma de prueba de posesión, reduciendo significativamente cuentas falsas y bots sin necesidad de vincular cuentas externas. Soporte técnico mediante OpenID4VP.
Google: Login en Gmail, YouTube, Google Workspace o Google Play Store mediante protocolo OpenID4VP. Ejemplos prácticos incluyen verificación de edad para contenido restringido (sin revelar la fecha de nacimiento), autenticación en Workspace para empresas o compras en Play Store. La Cartera actuaría como credencial única, eliminando la necesidad de contraseñas o factores adicionales y facilitando el cumplimiento de normativas de protección de menores.
Microsoft: Autenticación en Microsoft 365, Azure (Entra ID), Outlook o Xbox. Especialmente relevante en entornos B2B y educativos, donde la trazabilidad criptográfica y la Wallet Attestation garantizan el cumplimiento de políticas de seguridad corporativa y permiten single sign-on (SSO) con credenciales verificadas de forma nativa.
En todos los casos, las VLOPs deben implementar los flujos de presentación de credenciales (OpenID4VP) y respetar el principio de minimización de datos.
Cómo prepararse: hoja de ruta técnica para entidades obligadas
Se sugiere a las empresas obligadas que reserven presupuesto para llevar a cabo los trabajos de adaptación durante 2026 y 2027:
Diagnóstico (Q3-Q4 2026): Mapear todos los procesos que requieren SCA y evaluar el impacto de la obligación.
Integración técnica (2026-2027):
Implementar endpoints OpenID4VCI / OpenID4VP y soporte para Wallet Attestation.
Conectar con un servicio cualificado de archivo electrónico (conforme al Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2532) para conservar las evidencias de presentación.
Adaptar sistemas de backend para procesar Verifiable Credentials y Selective Disclosure.
Certificación y auditoría: Obtener certificación eIDAS como Qualified Trust Service Provider (QTSP) o contratar uno ya acreditado.
Formación y gobernanza: Designar un Responsable de la Cartera Digital y actualizar políticas de privacidad y seguridad.
Pruebas piloto: Participar en los entornos sandbox de la Comisión Europea o en los pilotos nacionales.
Las entidades que inicien la preparación en 2026 contarán con ventaja competitiva y evitarán sanciones por incumplimiento.
EADTrust, tu aliado para la transición
En EADTrust ya prestamos servicios cualificados de confianza (certificados para la firma electrónica cualificada y para el sello electrónico cualificado, sello de tiempo cualificado y archivo electrónico) y ya contamos con implementaciones de cartera que se adaptan a los proyectos.
Participamos en el CSC Interoperability Event 2026 en Bucarest con nuestra herramienta de Firma Remota que se puede invocar desde diferentes despliegues de Cartera.
Ofrecemos consultoría especializada para la integración de la EUDI Wallet.
Nuestro equipo de especialistas en Confianza Digital puede ayudarte a cumplir el artículo 5 septies de forma ágil y conforme a la normativa publicada.
Un «rulebook» en el contexto de la EUDI Wallet (European Union Digital Identity Wallet) es un documento técnico de especificación que forma parte del «Architecture and Reference Framework» (ARF) o Arquitectura y Marco de Referencia, de la cartera de identidad digital europea. Los rulebooks definen los requisitos específicos para cada tipo de declaración de atributos o caso de uso dentro del ecosistema EUDI (regulado por eIDAS 2.0 y los Actos de Ejecución como el CIR 2024/2977 y 2024/2979).
No son documentos legales vinculantes en sí mismos (son «working documents» documentos de trabajo del eIDAS Expert Group), pero son obligatorios para lograr interoperabilidad, certificación y cumplimiento técnico entre Carteras, proveedores de PID (Person Identification Data», Datos de Identificación Personal) y Partes usuarias (Relying Parties) en toda la UE.
El PID Rulebook (o Annex 3.01 – PID Rulebook) es el específico para los Person Identification Data (PID): la declaración de atributos de identidad básica obligatoria emitida por un Estado miembro (o su PID Provider designado). Contiene requisitos adicionales a los del ARF general, que aplican a todos los casos de uso (incluyendo EAAs,(Electronic Attribute Attestation o Declaración Electrónica de Atributos, QEAAs, Qualified Electronic Attribute Attestation o Declaración Electrónica Cualificada de Atributos, etc.). Define cómo se estructura, codifica, emite y valida el PID para garantizar privacidad (selective disclosure, unlinkability), seguridad (firmas criptográficas) y portabilidad transfronteriza.
Detalles técnicos del PID Rulebook
El PID Rulebook especifica:
Namespaces y schema de atributos:
Namespace europeo principal: eu.europa.ec.eudi.pid.1 (para el tipo de documento y atributos comunes).
Domestic namespaces: Cada Estado miembro puede definir atributos nacionales adicionales (ej. eu.europa.ec.eudi.pid.es.1 para España). Se publican públicamente y se usan tanto en codificación ISO como SD-JWT.
Atributos obligatorios (M) y opcionales (O), basados en el Anexo del CIR 2024/2977 y codificados según CDDL (RFC 8610):
Código Alpha-2 (ISO 3166-1); multi-valor en domestic
O
array de tstr
Metadatos del PID (tratados como atributos técnicos): issuance_date (M), expiry_date (M), issuing_authority (M), document_number, issuing_country (ISO 3166-1, M), issuing_jurisdiction (ISO 3166-2, O), etc.
Formatos de codificación y presentación (PID_01 requiere soporte dual):
ISO/IEC 18013-5 (mdoc / CBOR): Para verificación offline/proximidad (tap NFC o QR). Usa CBOR (RFC 8949), MSO (Mobile Security Object) firmado por el PID Provider. Canonical CBOR obligatorio. Nacionalidad como array; portrait (foto) como JPEG puro (ISO/IEC 19794-5, sin headers).
SD-JWT VC (IETF RFC): Para online (OpenID4VP). JSON + selective disclosure (disclosure salts para privacidad). Soporta batch issuance y re-issuance para unlinkability.
Los datos deben ser válidos en el momento del validFrom del MSO o del VP Token. La firma siempre la hace el PID Provider (no el wallet). Los elementos domestic pueden firmarse opcionalmente por el wallet.
Trust infrastructure: PID Providers se listan en Trusted Issuer Lists (formato ETSI TS 119 612). Revocación vía status lists o embedded en el MSO/SD-JWT.
Otros requisitos: Soporte OpenID4VCI para emisión (incluyendo batch y re-issuance), Wallet Unit Attestation (WUA) previa, y activación del PID a LoA High (según Reglamento de Ejecución 2015/1502).
El rulebook asegura que el PID sea interoperable, minimice datos (data minimization) y cumpla privacy-by-design (zero-knowledge proofs para edad, etc.).
En el caso de España, aunque el número de DNI no forma parte de la lista de atributos obligatorios, se incluirá en todo caso, ya que es posible hacerlo en los opcionales (documet_number o personal_administrative_number) junto con otros datos correspondientes a la entidad emisora del DNI.
Reto principal para los países miembros al inicializar la cartera con el PID.
La inicialización (onboarding/provisioning) del PID es el paso crítico y más complejo. El wallet solo es plenamente operativo tras recibir un PID válido emitido por un «PID Provider» certificado del Estado miembro.
Retos técnicos y operativos:
Autenticación fuerte (LoA High): El usuario debe probar su identidad real frente al PID Provider (usando eID nacional, biometría, NFC, etc.). Esto requiere integración segura con fuentes auténticas nacionales.
Protocolos de emisión: Soporte completo de OpenID4VCI + activación del PID (verificación de que llegó al Wallet Secure Cryptographic Application – WSCA, normalmente en Secure Element del móvil o software certificado).
Certificación: Toda la solución (wallet + PID Provider) debe certificarse según CIR 2024/2981/CIR 2024/2982 (Common Criteria EAL4+ o equivalente). Incluye hardware/software del móvil, NFC reader mode y WSCA.
Privacidad y escalabilidad: Batch issuance para evitar linkability, soporte de selective disclosure, revocación eficiente y gestión de millones de usuarios sin fricción.
Interoperabilidad transfronteriza: El PID debe ser aceptable en toda la UE independientemente del formato (ISO o SD-JWT).
Infraestructura de confianza: Crear y mantener Trusted Issuer Lists, integrar con eIDAS nodes y garantizar que el wallet sea «certified EUDI Wallet Solution».
Experiencia de usuario vs. seguridad: Evitar fricción (muchos usuarios no tienen NFC o no quieren tapear el DNI físico) mientras se cumple el nivel High de assurance.
Muchos países usan lectura NFC del documento físico (DNIe, eID, pasaporte) como método principal de onboarding inicial, combinado con selfie + verificación biométrica y backend de autenticación.
Caso específico de España: Inicialización con NFC del móvil leyendo el DNIe
En España, el PID Provider se espera que sea la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre), que emitirá el PID vinculado al DNI (Documento Nacional de Identidad). La cartera nacional en desarrollo es la Cartera Digital (presentada en EUDI Wallet Launchpad 2025), que se prevé que se integrará con Cl@ve (que ya cuenta con más de 24 millones de usuarios) y aprovecha el DNIe 3.0/4.0 (con chip NFC obligatorio desde 2021).
Flujo técnico detallado de inicialización (onboarding con NFC):
El usuario descarga la app oficial de la Cartera Digital IDUE e inicia la configuración (crea PIN, asocia biometría captada con el móvil, obtiene la «Wallet Unit Attestation» – WUA).
Para solicitar el PID: la app activa el NFC reader mode del móvil (Android e iOS soportan lector de tarjetas ISO 14443 tipo A/B; el DNIe usa PACE/BAC para acceso seguro al chip).
El usuario acerca el DNIe físico al móvil. La app lee criptográficamente:
Datos del chip (MRZ, foto, datos personales, certificados de autenticación).
Verifica la integridad y autenticidad del chip (firmas, claves de lectura protegidas).
Autenticación del titular:
Comparación biométrica: mediante foto del usuario vs. foto conservada en el chip (usando verificación facial certificada según la norma ETSI TS 119 461).
Posible PIN del DNIe .
La app envía datos anonimizados o challenge-response al servidor de la FNMT para validación (en teoría relativa a la información del registro civil (fuente auténtica).
Una vez autenticado (LoA High), el PID Provider genera el PID:
En ambos formatos: mdoc (ISO 18013-5/CBOR) + SD-JWT VC.
Firma con clave del emisor (listada en Trusted Issuer List).
Emite vía OpenID4VCI (posiblemente batch para privacidad futura).
El wallet recibe, verifica y activa el PID (WSCA lo almacena de forma segura). El usuario puede ahora usarlo para identificación online/offline en toda la UE.
Retos específicos en España:
Compatibilidad NFC: El DNIe 4.0 está optimizado, pero requiere que la app gestione correctamente protocolos PACE (Password Authenticated Connection Establishment) y que el móvil tenga interfaz NFC (casi todos los actuales lo tienen). iOS restringe algo más el acceso NFC a apps de terceros, por lo que la app oficial debe estar pre-aprobada por Apple.
Integración con Cl@ve: La identificación y autenticación en Cl@ve con la Cartera dará lugar seguramente a un nuevo icono de autenticación en la página web de Cl@ve que posiblemente desencadene la apertura de una página con código QR que lea la Cartera y desencadene la autenticación.
Certificación y escalabilidad: La solución completa (app + obtención del PID) debe superar la auditoría establecida por la norma de certificación de carteras de ENISA, posiblemente mediante el esquema Lince del CCN.
El «Rulebook» del PID marca la primera implementación de una «Declaración Electrónica de Atributos» (contando con que cada tipo de «Declaración Electrónica de Aributos» tiene su propio «Rulebook»). Los «rulebooks» son las reglas de juego de tipo técnico para el PID y para las DEA e indican los tipos de datos necesarios para cada caso de uso..
En España, el uso del interfaz NFC del DNIe posiblemente sea el método más directo y seguro para la inicialización de los datos de identidad de la Cartera, con el aliciente de aprovechar la infraestructura ya existente y convirtiendo el móvil en lector de DNIe criptográficamente seguro. Esto minimizaría la fricción y maximizaría la adopción.
En todo caso, se requiere que la app esté certificada en cuanto a los requisitos de seguridad.
1. ¿Cuándo debe tener servicios activables por la Cartera IDUE la Administración Pública?
Muchos organismos y ayuntamientos (los que al menos conocen que existirá una «Cartera IDUE») empiezan a inquietarse porque la fecha del 24 de diciembre de 2026 se acerca y no saben qué tienen que hacer ni si recibirán apoyo de organismos más especializados. Otros, los que ni siquiera saben que en 2024 se publicó el Reglamento UE 2024/1083 y que sus disposiciones son obligatorias en toda Europa, no son conscientes de que en Navidades estarán al margen de la Ley y no cumplirán sus obligaciones de dar servicios a sus ciudadanos y mantener los sistemas de interlocución telemática a la que están obligados (en aplicación de otras leyes que también rigen en este nuevo contexto: La Ley 39/2015 «LPACAP» y el RD 203/2021).
Es urgente la adaptación de los organismos públicos que prestan servicios electrónicos, desde los ayuntamientos más pequeños hasta los grandes ministerios, universidades y organismos reguladores.
¿Cómo deben prepararse los ayuntamientos y otros organismos públicos para aceptar la EUDI Wallet a tiempo, antes de finales de 2026, y cómo pueden aprovecharla en casos de uso concretos?
La buena noticia es que muchas administraciones ya cuentan con una base sólida de administración electrónica, Cl@ve, DNIe, sede electrónica y archivo electrónico, carpeta ciudadana que puede reutilizarse. La mala noticia, vista la proximidad de los plazos, es que las entidades que aún no han iniciado la adaptación a la EUDI Wallet ya van tarde y corren un riesgo evidente de no llegar a tiempo si no actúan con rapidez.
2. Qué es la EUDI Wallet y por qué afecta tanto a ayuntamientos y organismos públicos
La EUDI Wallet, o Cartera IDUE es la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea prevista en el nuevo Reglamento de identidad digital europea y servicios cualificados de confianza digital que modifica Reglamento eIDAS (al nuevo Reglamento se le denomina eIDAS2).
Permitirá a ciudadanos y empresas:
Identificarse digitalmente ante servicios públicos y privados en toda la UE.
Presentar atributos verificables (edad, domicilio, titulaciones, licencias, calidad de representante, etc.) de forma segura y estandarizada.
Desde la perspectiva de un ayuntamiento o de cualquier organismo público, la EUDI Wallet no es simplemente un nuevo botón en la pantalla de acceso de la sede electrónica:
Es un canal europeo estandarizado para autenticación e intercambio seguro de datos y certificados.
Permite desplegar de forma real el principio de “solo una vez” (once‑only): dejar de pedir al ciudadano que aporte documentos que ya obran en poder de las administraciones.
Facilita trámites transfronterizos, algo cada vez más relevante en ciudades con alta movilidad de estudiantes, trabajadores y jubilados europeos.
En el contexto municipal y regional, algunos de los atributos que podrían gestionarse a través de la EUDI Wallet son:
Domicilio de empadronamiento (certificado de empadronamiento).
Condición de familia numerosa u otros títulos específicos autonómicos.
Titulaciones académicas emitidas por universidades públicas.
Licencias y autorizaciones (apertura, obras, terrazas, espectáculos, etc.).
Condición de representante de una empresa o entidad ante el ayuntamiento.
3. Marco normativo y plazos: qué debe estar listo para finales de 2026
El Reglamento EIDAS2 establece que todos los Estados miembros deben ofrecer al menos una EUDI Wallet interoperable y gratuita para ciudadanos y empresas el 24 de diciembre de 2026 (24 meses tras la entrada en vigor de los primeros «Reglamentos de ejecución» que se publicaron el 4 de diciembre de 2024).
Se están adoptando actos de ejecución que concretan los requisitos técnicos de las wallets, de los emisores de declaraciones de atributos y de los servicios que las aceptan.
A finales de 2026 deberán existir EUDI Wallets operativas en los Estados miembros. La Cartera IDUE de España ya se presentó en el evento «EUDI Wallet launchpad» organizado por la Comisión Europea los días 10, 11 y 12 de diciembre de 2025 en Bruselas, Bélgica.
Se espera que las administraciones públicas estén en condiciones de aceptar la cartera como medio de identificación y de intercambio de atributos en ese mismo horizonte.
En este contexto, el mensaje ya no es “conviene empezar pronto”, sino mucho más contundente:
Las administraciones que deban adaptarse a la EUDI Wallet y no hayan iniciado ya el proceso de análisis y adaptación están, de facto, llegando tarde.
No se trata de generar alarma, pero sí de transmitir que el margen para “experimentar con calma” se está agotando.
4. Impacto en la prestación de servicios electrónicos públicos
La introducción de la EUDI Wallet impacta en varios niveles de la prestación de servicios electrónicos:
4.1. Identificación y acceso a la sede electrónica
La EUDI Wallet se convierte en un nuevo método de autenticación que deberá convivir con los ya existentes (DNIe, Cl@ve, certificados). En la práctica, implicará:
Añadir un botón de “Acceder con Cartera de Identidad Digital Europea / EUDI Wallet” en la sede electrónica.
Gestionar flujos de autenticación basados en los estándares europeos definidos en el ARF.
4.2. Aportación de documentos y datos
Muchos documentos hoy aportados como PDF escaneados (certificados, justificantes, etc.) pueden transformarse en declaraciones de atributos verificables suministrados por la EUDI Wallet, tras obtenerlos de una Fuente Auténtica a través de un Prestador de Declaraciones de Atributos.
El ciudadano ya no sube un PDF de un certificado, sino que autoriza a la cartera a compartir un atributo oficial y verificable con el organismo.
4.3. Automatización del back‑office y reducción de subsanaciones
Al recibir datos estructurados y verificados, los sistemas de gestión pueden:
Validar más campos de forma automática.
Reducir requerimientos de subsanación por documentación incorrecta o ilegible.
Disminuir tiempos de tramitación y cargas administrativas.
5. Casos de uso en ayuntamientos y otros organismos públicos
Para visualizar el impacto real, es útil aterrizar la EUDI Wallet en casos de uso concretos.
5.1. Empadronamiento y certificado de empadronamiento
Caso de uso 1: solicitud de alta en el padrón municipal
El ciudadano se identifica con su EUDI Wallet en la sede del ayuntamiento.
Autoriza la lectura de atributos de identidad y, eventualmente, de domicilio procedentes de otras administraciones.
El ayuntamiento utiliza esos datos para pre‑rellenar el formulario de empadronamiento y verificar la identidad.
Una vez completado el trámite (tras las verificaciones pertinentes), el ayuntamiento puede emitir una declaración electrónica de atributo “domicilio empadronado en el municipio X” que el ciudadano incorpora a su cartera.
Caso de uso 2: obtención del certificado de empadronamiento
En lugar de descargar un PDF desde la sede, el ciudadano podría:
Recuperar desde su EUDI Wallet un atributo de empadronamiento emitido previamente por el ayuntamiento.
Presentarlo en otros organismos sin necesidad de solicitar de nuevo el certificado.
5.2. Bonificaciones y ayudas municipales (familia numerosa, transporte, tasas)
Caso de uso 3: bonificación de tasas para familias numerosas
La comunidad autónoma emite una declaración deatributos de “familia numerosa” que el ciudadano guarda en su EUDI Wallet.
Al solicitar una bonificación en el IBI, tasas escolares o actividades deportivas, el ciudadano:
Se identifica con la EUDI Wallet.
Autoriza la transmisión del atributo “familia numerosa”.
El sistema municipal valida automáticamente el requisito, sin PDFs ni copias en papel.
Caso de uso 4: ayudas al alquiler u otras ayudas sociales
Atributos como situación de desempleo o determinada información tributaria pueden presentarse desde la cartera.
El ayuntamiento reduce al mínimo la documentación aportada manualmente y los errores de cumplimentación.
5.3. Licencias urbanísticas y de actividad
Caso de uso 5: solicitud de licencia de obras o apertura de negocio
Personas físicas y representantes de empresas se identifican con la EUDI Wallet, presentando atributos de identidad y de representación.
Se consumen atributos relativos a:
Capacidad de representación de la empresa solicitante.
Situación censal o registral de la entidad.
El ayuntamiento realiza más rápido las verificaciones previas, reduciendo requerimientos posteriores.
Caso de uso 6: declaraciones responsables y comunicaciones previas
En procedimientos basados en declaración responsable, el solicitante puede firmarla electrónicamente a través de credenciales vinculadas a su cartera, reforzando la vinculación jurídica entre identidad, atributos y acto.
5.4. Educación y servicios universitarios en universidades públicas
Caso de uso 7: matrícula y servicios universitarios
Estudiantes se identifican con la EUDI Wallet para matricularse o acceder a servicios universitarios.
Aportan atributos como:
Titulaciones previas.
Reconocimiento de discapacidad para bonificaciones.
La universidad puede emitir credenciales académicas verificables (títulos, certificados de notas) que el estudiante incorpora a su cartera para trámites futuros, incluso en otros países de la UE.
5.5. Transporte público y servicios metropolitanos
Caso de uso 8: abonos de transporte y tarifas reducidas
La autoridad de transporte utiliza la EUDI Wallet para:
Identificar al usuario.
Verificar atributos como edad, condición de estudiante, familia numerosa o discapacidad.
La asignación de tarifas reducidas se automatiza y se evitan múltiples aportaciones de documentos a lo largo del tiempo.
5.6. Reserva de instalaciones deportivas municipales y acceso a las instalaciones
Caso de uso 9: reserva de frontones, piscinas pistas, pabellones y otros espacios deportivos
El ciudadano accede a la sede electrónica o al portal de reservas del ayuntamiento.
Se identifica con su EUDI Wallet, lo que permite al sistema:
Verificar la identidad y, si procede, atributos como edad (por ejemplo, horario o tarifa para menores), condición de estudiante o residente del municipio.
El ayuntamiento asocia automáticamente la reserva a la identidad verificada del usuario, reduciendo fraudes o usos de reserva de terceros.
En el pago de las tasas (si aplica), el ciudadano puede autorizar, desde la misma cartera, la presentación de atributos necesarios para bonificaciones (familia numerosa, estudiantes, etc.), sin necesidad de presentar documentos adicionales.
Caso de uso 10: autenticación en el acceso físico a las instalaciones
En el acceso a las instalaciones deportivas municipales (pabellón, polideportivo, pistas), el usuario puede:
Autenticarse mediante la EUDI Wallet en un terminal o punto de control electrónico (lectura de QR, NFC, o integración con sistemas de control de acceso).
El sistema valida la identidad y la reserva activa o el pase de uso almacenado en la cartera.
En entornos donde se requiera verificación de capacidad de representación (por ejemplo, menor acompañado por un adulto), el ayuntamiento puede validar también ese atributo procedente de la cartera, sin necesidad de presentar documentos en papel en el acceso.
Este doble flujo —reserva online con identidad verificada y acceso físico basado en la misma cartera— convierte a la EUDI Wallet en un elemento articulador entre la administración electrónica y los servicios presenciales, reforzando la seguridad, reduciendo fraudes y mejorando la experiencia de usuario.
6. Relación con Cl@ve, DNIe, Carpeta Ciudadana, certificados y otros medios actuales
España parte de una posición ventajosa gracias a sistemas como Cl@ve, el uso extendido del DNIe y los certificados electrónicos, que ya proporcionan una alta capilaridad de identificación electrónica en servicios públicos. Posiblemente la autenticación por EUDI Wallet se incorpore a las opciones de autenticación por Cl@ve simplificando la adopción de este sistema de autenticación
Pero también habrá organismos que den la opción de autenticación por EUDI Wallet en su propia página web de sede electrónica sin sustituir de un día para otro el resto de sistemas de autenticación:
Durante años, veremos un escenario de coexistencia: Cl@ve, certificados, DNIe y EUDI Wallet.
Muchas inversiones en infraestructura de administración electrónica, carpeta ciudadana, firma y sello electrónicos y archivo electrónico son directamente reutilizables en el nuevo modelo.
El foco de la transformación se desplaza desde el “cómo identifico al ciudadano” al “cómo gestiono, admito y genero declaraciones de atributos”, donde la EUDI Wallet se convierte en el articulador principal.
7. Hoja de ruta de adaptación para ayuntamientos y organismos públicos
Con los plazos ya tan próximos, la hoja de ruta deja de ser un ejercicio teórico y se convierte casi en un plan de choque para quienes aún no han empezado.
7.1. Gobernanza y planificación del proyecto
La integración de la EUDI Wallet no es un proyecto exclusivamente TIC. Requiere:
Un equipo de proyecto con: TIC, servicios jurídicos, administración electrónica/procedimientos, protección de datos y atención ciudadana.
Alinear la cartera con proyectos ya en marcha: carpeta ciudadana, archivo electrónico, cita previa, sistemas de gestión interna, etc.
7.2. Análisis de procedimientos y sedes electrónicas
Es imprescindible identificar con rapidez:
Procedimientos prioritarios por volumen e impacto (empadronamiento, ayudas, licencias, transporte, educación).
Puntos de fricción donde la EUDI Wallet pueda aportar más valor (mucha documentación, colas, subsanaciones reiteradas).
7.3. Integración técnica: ARF, APIs y proveedores
La integración se basará en:
Interfaces alineados con el Architectural Reference Framework (ARF) europeo.
APIs y SDKs de la solución de EUDI Wallet que despliegue el Estado miembro.
Colaboración con prestadores cualificados de servicios de confianza y proveedores especializados en identidad y firma.
7.4. Seguridad, eIDAS2, ENISA y esquemas nacionales de certificación (en España, Lince)
La EUDI Wallet estará sometida a esquemas de certificación de seguridad. Para los organismos públicos eso implica:
Tratar la integración con la cartera como una función crítica soportada por TIC, sujeta a análisis de riesgos, medidas de seguridad y continuidad.
Alinear las soluciones con marcos nacionales como el Esquema Nacional de Seguridad (a través de «Lince») y la normativa vinculada a NIS2, cuando resulte aplicable.
7.5. Comunicación y gestión del cambio con la ciudadanía
La adopción no será homogénea:
Es necesario diseñar campañas informativas explicando qué es la cartera, cómo se obtiene y en qué trámites locales ya aporta ventajas.
Deben mantenerse métodos alternativos de acceso, para no discriminar a quienes no usen la cartera.
Hay que formar al personal de atención presencial y telefónica para que ayude a los ciudadanos a utilizar la EUDI Wallet.
8. Oportunidades y riesgos de la inacción
La EUDI Wallet abre una ventana de oportunidad para:
Aplicar de forma real el principio once‑only.
Reducir cargas administrativas para ciudadanía y empresas.
Facilitar la movilidad europea en el ámbito local (estudiantes, trabajadores, jubilados, teletrabajadores).
Pero la inacción tiene costes claros:
Desfase tecnológico frente a otras administraciones y entidades privadas que ya aceptan la cartera.
Proyectos de última hora con sobrecostes y mayor riesgo operativo.
Percepción negativa de la ciudadanía, que puede ver a su administración local “a remolque” en identidad digital y servicios electrónicos.
9. Conclusiones: quien no haya empezado, ya llega tarde
Los plazos normativos nos sitúan ante una realidad difícil de ignorar:
La EUDI Wallet debe estar operativa a escala de la UE en el entorno de finales de 2026.
Las administraciones públicas deberán estar preparadas para aceptarla como medio de identificación y de generación o aceptación de declaraciones de atributos.
En este contexto, el mensaje para ayuntamientos, comunidades autónomas, universidades y otros organismos públicos es claro:
Las entidades que deban adaptarse a la EUDI Wallet y no estén ya trabajando activamente en ello, van tarde.
Eso no significa que sea imposible llegar, pero sí que el margen de maniobra se ha reducido drásticamente.
Los próximos meses deberían concentrarse en:
Acelerar la gobernanza y la planificación, sin dilaciones.
Priorizar casos de uso de alto impacto como los descritos.
Apoyarse en proveedores expertos en identidad digital y servicios de confianza, evitando comenzar desde cero.
La EUDI Wallet no es solo un tema de cumplimiento regulatorio: es una oportunidad estratégica para simplificar trámites, reducir cargas, mejorar la experiencia de la ciudadanía y posicionar a cada administración en el ecosistema europeo de identidad digital. Quien se mueva ahora con decisión aún puede llegar a tiempo; quien siga esperando, probablemente no.
EADTrust acompaña la adaptación a la EUDI Wallet
Para las administraciones públicas y otros organismos que ya están descubriendo que la adaptación a la EUDI Wallet no es un “próximo proyecto”, sino una prioridad de año 2026, el reto no solo es técnico, sino también de gobernanza, integración y pruebas controladas.
EADTrust ofrece servicios de consultoría especializada para:
Analizar y adaptar los sistemas existentes (sede electrónica, portales de reservas, sistemas de control de acceso, gestión de ayudas, etc.) a un entorno preparado para el uso de la EUDI Wallet.
Definir casos de uso prioritarios (empadronamiento, ayudas, licencias, reservas de instalaciones deportivas, educación, etc.) y alinearlos con la hoja de ruta de la entidad pública.
Implementar entornos de prueba a modo “sandbox”, donde los organismos públicos pueden:
Probar integraciones con la EUDI Wallet.
Validar flujos de autenticación y de atributos.
Formar a equipos de TIC y de atención ciudadana en un entorno realista pero sin riesgo para la producción.
Las entidades interesadas en conocer cómo EADTrust puede ayudarles a adaptarse a la EUDI Wallet, a definir proyectos de integración o a acceder a un entorno de prueba, pueden solicitar más información en el sitio web:
👉 usercentric.id (plataforma de EADTrust dedicada a soluciones de identidad digital y servicios de confianza).
Sesión práctica desde el Laboratorio de Confianza Digital del Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE para tratar sobre el marco legal, operación y gobierno de la nueva identidad digital europea.
Se presentarán enfoques y arquitecturas de despliegue, con resultados de proyectos piloto europeos contados por quienes los han construido. Se abordarán los estándares disponibles para Declaraciones Electrónicas de Atributos (DEA) (considerando sus 3 modalidades) y sus oportunidades en el mercado y la sociedad europea.
La sesión reunirá a expertos del ámbito público, tecnológico y jurídico para analizar el estado de despliegue de la European Digital Identity Wallet (EUDI Wallet), los avances derivados de eIDAS2 y las experiencias prácticas de implementación en los pilotos europeos.
Ya tenemos un primer borrador de las intervenciones previstas:
Bienvenida y apertura. Albi Rodríguez Jaramillo, coordinador del Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE.
Hoja de ruta de la Cartera de Identidad Digital de la UE. Ainhoa Inza Blasco, Responsable de Políticas Tecnológicas de EADTrust.
La Cartera Nacional Española. La implementación desde el Estado con Angel Luis Martín Bautista, Subdirector del Departamento de Tecnologías Disruptivas e Integridad de la Información. de la Agencia Estatal de Administración Digital y Sancho Canela Sancho, Experto Senior de Identidad Digital y Director de Proyectos en NTT Data.
Las Declaraciones Electrónicas de Atributos (DEA) en Poderes y Representación. Referencias al Catálogo Estatal de Apoderamientos (CEA) impulsado por el Ministerio de Justicia. Moisés Menéndez Andrés, codirector del Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE.
Panel: Pilotos Europeos y casos de uso
DC4EU, con Lluis Alfons AriñoMartín Adjunto a la Dirección y Comisionado de Gobierno Abierto y TIC de la Universitat Rovira i Virgili y Nacho AlamilloDomingo– Director – Astrea La Infopista Jurídica S.L.
EWC. con Ivan Basart Carrillo, Director de eWallet y de los Productos de Firma Electrónica en España. en Signaturit (Namirial)
WEBUILD. con Raquel Garay Ruiz De Azúa, Responsable del Área de Cumplimiento de Izenpe.
El reto de desarrollo de ecosistema: una experiencia práctica, –Lucas CarmonaAmpuero – Director de Identidad Digital Descentralizada de Teknei
Consideraciones sobre la certificación de Carteras y Cierre. Julián InzaAldaz, Presidente EAD Trust y miembro del Ad Hoc Working Group on EU Digital Identity Wallets Cybersecurity Certificaction de Enisa.
Ayer, 8 de abril de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2026/798 DE LA COMISIÓN de 7 de abril de 2026 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas de referencia y especificaciones para la incorporación a distancia de usuarios a las carteras europeas de identidad digital por medios de identificación electrónica conformes con el nivel de seguridad sustancial junto con procedimientos adicionales de incorporación a distancia cuando la combinación cumpla los requisitos del nivel de seguridad alto.
Este acto de ejecución se basa en el artículo 5 bis, apartado 24, del Reglamento eIDAS (UE) 910/2014.
Su objetivo es fijar normas técnicas y especificaciones armonizadas para permitir la incorporación remota (onboarding) segura de usuarios a las carteras europeas de identidad digital (EUDI Wallets), utilizando medios de identificación electrónica (eID) de nivel de seguridad sustancial, y procedimientos adicionales para alcanzar el nivel alto. Esto garantiza confianza, seguridad y coherencia en toda la UE.
Los «Considerandos» principales:
La incorporación remota es esencial para verificar la identidad del usuario y vincularla a la cartera y al dispositivo.
Se utilizan normas ya consolidadas (basadas en ETSI) adaptadas al contexto de las carteras europeas.
Cuando el eID ya tiene nivel alto, no es necesario repetir verificaciones.
Para eID no notificados, se exige evaluación por organismos acreditados.
Se aplican plenamente las normas de protección de datos (RGPD, Reglamento 2018/1725 y Directiva 2002/58/CE).
Incluye 2 artículos:
Artículo 1: Establece que las normas de referencia y especificaciones aplicables figuran en el Anexo.
Artículo 2: Entrada en vigor y aplicabilidad (ver abajo).
El Anexo remite a la norma ETSI TS 119 461 V2.1.1 (febrero 2025) y selecciona/adapta sus cláusulas para dos escenarios:
Incorporación remota con eID de nivel sustancial (Baseline LoIP).
Procedimientos adicionales para alcanzar nivel alto (Extended LoIP).
Sección 1 – Cláusulas aplicables (selección de la ETSI TS 119 461):
Gestión de riesgos operativos, políticas y prácticas, gestión del servicio de verificación de identidad, requisitos del servicio, casos de uso concretos (con documento de identidad atendido/no atendido, por autenticación con eID, y refuerzo de nivel).
Gestión del servicio (notificaciones, conservación de pruebas, gestión de crisis, acuerdos de cese).
Protección de datos por diseño y por defecto (limitación de datos biométricos).
Requisitos de verificación de identidad: uso de eID notificados o certificados por organismo acreditado, captura de imagen facial segura (comunicación de campo cercano con chip), tasas de falsa aceptación/rechazo (FAR/FRR).
Refuerzo de nivel: procedimientos para pasar de Baseline a Extended LoIP (solo cuando no se usó comparación facial automatizada).
Todo el proceso debe cumplir los requisitos de los Reglamentos de Ejecución (UE) 2015/1502 y ETSI EN 319 401.
Disposiciones finales
Entrada en vigor: a los veinte días de su publicación en el DOUE (es decir, el 28 de abril de 2026).
Aplicabilidad: obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en todos los Estados miembros.
Con este acto de ejecución se confirma que decae (pierde aplicabilidad efectiva) la Orden ETD/465/2021 en el contexto de la incorporación remota a las carteras europeas de identidad digital (EUDI Wallets) y en las evaluaciones de conformidad de sistemas de verificación de identidad remota.
Por esta razón:
El Reglamento eIDAS 2.0 (Reglamento (UE) 2024/1183) y especialmente el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/798 establecen un marco armonizado a nivel europeo.
Ambos remiten directamente a la norma ETSI TS 119 461 (versión 2.1.1 o posterior) como estándar único para la verificación de identidad remota.
La Orden ETD/465/2021 era una norma aplicable en España antes de la publicación del EIDAS2 (Reglamento UE 2024/1183) que detallaba cómo realizar la identificación remota y pierde sentido una vez publicada la norma europea armonizada ETSI TS 119 461.
Todavía podría utilizarse la Orden ETD/465/2021 en España para la expedición de certificados cualificados “tradicionales” (no para gestionar la identidad en «wallets»). Pero para esa funcionalidad también es posible optar por aplicar la norma ETSI TS 119 461.
Cambios a la norma ETSI TS 119 461
El Anexo del Reglamento de Ejecución da indicaciones respecto a la forma de usar la norma de referencia:
La conformidad se evalúa con arreglo a las cláusulas de ETSI TS 119 461 V2.1.1 (2025-02) enumeradas en la sección 1, con sujeción a las adaptaciones enumeradas en la sección 2.
Sección 1 — Cláusulas aplicables
5
Operational risk assessment;
6
Policies and practices;
7
Identity proofing service management and operation;
8
Identity proofing service requirements;
9.1
Introduction, compliance with the present document, general requirements for all use cases;
9.2.2
Use cases using an identity document for attended remote identity proofing;
9.2.3
Use cases using an identity document for unattended remote identity proofing;
9.2.4
Use case for identity proofing by authentication using eID means;
9.5
Use cases for additional identity proofing to enhance an identity proven by use of an eID from Baseline LoIP to Extended LoIP.
Sección 2 — Adaptaciones
1)
5
Operational risk assessment
—
OVR-5-01: Se aplicarán los requisitos especificados en la norma ETSI EN 319401 [1], cláusula 5.
—
Nota 1: Cuando la acreditación de la identidad sea realizada por el propio proveedor de datos de identificación de la persona, la evaluación de riesgos del proveedor de datos de identificación de la persona puede abarcar la acreditación de la identidad.
2)
6.1
Identity proofing service practice statement
—
OVR-6.1-02: Los prestadores de servicios de acreditación de la identidad (IPSP) identificarán en su declaración de prácticas los casos de uso para los que se declara la conformidad con el presente documento.
—
Nota 1: Cuando la acreditación de la identidad sea realizada por el propio proveedor de datos de identificación de la persona, la declaración de prácticas del servicio de acreditación de la identidad del proveedor de datos de identificación de la persona puede abarcar la información sobre la acreditación de la identidad y no será necesaria ninguna declaración de prácticas específica para la acreditación de la identidad.
3)
7.9
Vulnerabilities and incident management
—
OVR-7.9-02: Las obligaciones de notificación con arreglo a la norma ETSI EN 319401 [1], REQ-7.9.2-02X y cláusula 7.9.3, se cumplirán según lo exigido por el contexto de la acreditación de la identidad y las obligaciones del proveedor de datos de identificación de la persona que se base en el servicio del IPSP.
—
EJEMPLO: La notificación a la autoridad de control que supervise a un proveedor de carteras europeas de identidad digital establecido en el Estado miembro que efectúa la designación puede llevarse a cabo en cooperación entre el IPSP y el proveedor de datos de identificación de la persona.
4)
7.10
Collection of evidence
—
OVR-7.10-01: Se aplicarán los requisitos especificados en la norma ETSI EN 319401 [1], cláusula 7.10.
—
Nota 1: Los requisitos a largo plazo para la conservación de pruebas pueden ser cumplidos por el proveedor de datos de identificación de la persona que solicita la acreditación de la identidad en lugar de por el IPSP cuando ambos sean entidades diferentes.
—
Nota 2: Se aplican los requisitos del punto 8.5.2 del presente documento.
5)
7.11
Business continuity management
—
OVR-7.11-02: Los procesos para la gestión de crisis con arreglo a la norma ETSI EN 319401 [1], REQ-7.11.3-01X, serán los requeridos por el contexto de la acreditación de la identidad y las obligaciones del proveedor de datos de identificación de la persona que se base en el servicio del IPSP.
6)
7.12
Termination and termination plans
—
OVR-7.12-01: Se aplicarán los requisitos especificados en la norma ETSI EN 319401 [1], cláusula 7.12, excepto REQ-7.12-11.
—
Nota: Cuando el IPSP y el proveedor de datos de identificación de la persona que solicita la acreditación de la identidad sean entidades diferentes, pueden acordar una asistencia mutua o unilateral a la hora de establecer planes de cese.
7)
8.1
Initiation
—
INI-8.1-05: En caso de que el proceso de acreditación de la identidad a distancia se interrumpa o falle, el IPSP garantizará que se proporcionen a las personas explicaciones suficientes y vías de recurso, en particular en el caso de la acreditación de la identidad a distancia no atendida. La información debe garantizar que las personas puedan contribuir eficazmente a la rápida resolución del problema y, en caso necesario, ejercer sus derechos como interesados, como el derecho de rectificación o la posibilidad de impugnar la decisión, contra el responsable del tratamiento pertinente.
8)
8.2.1
General requirements
—
COL-8.2.1-08: El IPSP aplicará medidas para garantizar el cumplimiento de los requisitos de protección de datos desde el diseño y por defecto de conformidad con el artículo 25 del Reglamento (UE) 2016/679 durante el proceso de incorporación, especialmente en lo que respecta al tratamiento de datos biométricos. Las medidas pertinentes podrán consistir en controles criptográficos, dispositivos y medidas organizativas adecuados que mejoren la privacidad. Tales medidas deben limitar la recogida de datos a lo estrictamente necesario para el tratamiento de los datos biométricos y cualquier otro dato personal que deba recogerse de las fuentes físicas y digitales de identificación a fin de vincular los datos de identificación personal del usuario a sus carteras y al dispositivo del usuario en el que esté instalada la unidad de cartera.
9)
8.2.4
Use of existing eID means as evidence
—
[CONDICIONAL] COL-8.2.4-02X: Si el objetivo es el nivel básico de acreditación de la identidad (Baseline LoIP), los medios de identificación electrónica deberán haber sido notificados al menos como de un nivel de seguridad eIDAS sustancial o su nivel de seguridad deberá haber sido confirmado por un organismo de evaluación de la conformidad acreditado, tal como se define en el artículo 2, punto 13, del Reglamento (CE) n.o 765/2008, o por un organismo equivalente, y, si se cumplen todos los requisitos aplicables, la evaluación dará lugar a un certificado de conformidad basado en una auditoría de certificación. Este proceso de certificación formal se basará en un proceso de evaluación de la seguridad que se refiera a los niveles de seguridad definidos para los medios de identificación electrónica notificados o para las carteras europeas de identidad digital certificadas en virtud del Reglamento (UE) n.o 910/2014 [i.25].
—
COL-8.2.4-02A: sin efecto.
10)
8.3.1
General requirements
—
VAL-8.3.1-11X: El proceso de acreditación de la identidad verificará que las pruebas sean válidas en el momento de la acreditación de la identidad.
11)
8.3.3
Validation of physical identity document
—
VAL-8.3.3-21: La eficacia de las medidas para cumplir los requisitos VAL-8.3.3-05X, VAL-8.3.3-05A, VAL-8.3.3-05B, VAL-8.3.3-05C, VAL-8.3.3-07A y VAL-8.3.3-07X será confirmada por un organismo de evaluación de la conformidad acreditado, tal como se define en el artículo 2, punto 13, del Reglamento (CE) n.o 765/2008, o por un organismo equivalente.
—
VAL-8.3.3-22: La imagen facial de referencia del documento físico de identidad se recogerá utilizando la comunicación de campo cercano y el proceso llevará a cabo la autenticación pasiva o activa del chip del documento físico de identidad.
12)
9.1
Introduction, compliance with the present document, general requirements for all use cases
—
USE-9.1-01X: Para ser conformes con el presente documento, los procesos de acreditación de la identidad se ajustarán al caso de uso de la cláusula 9.5 del presente documento para el nivel ampliado de acreditación de la identidad (Extended LoIP).
—
USE-9.1-03X: sin efecto.
13)
9.2.3.4
Use case for automated operation
—
USE-9.2.3.4-04: El IPSP establecerá valores objetivo para la tasa de falsa aceptación (FAR) y la tasa de falso rechazo (RRF), sobre la base de un análisis de riesgos y su procedimiento de inteligencia sobre amenazas, siguiendo la metodología establecida en el informe de ENISA «Methodology for sectoral cybersecurity assessments» («Metodología para las evaluaciones sectoriales de la ciberseguridad», documento en inglés) [i.28] o una metodología equivalente, en procesos de acreditación de identidad totalmente automatizados. Los valores objetivo utilizados por el IPSP serán iguales o inferiores a los establecidos para los casos de uso de carácter híbrido, cuando existan. El IPSP mantendrá estos valores objetivo para la FAR y la RRF de manera coherente, con el apoyo de un análisis de riesgos y su procedimiento de inteligencia sobre amenazas.
14)
9.5.1
General requirements
—
Primer apartado: Cuando el solicitante sea una persona física, también una persona física que represente a una persona jurídica, y se haya acreditado la identidad del solicitante al nivel básico de acreditación de la identidad (Baseline LoIP) mediante autenticación utilizando una identificación electrónica, y se requiera un refuerzo hasta el Extended LoIP, se aplicarán los requisitos siguientes.
—
USE-9.5.1-08: La acreditación de la identidad adicional necesaria para reforzar la fiabilidad de una identidad solo es aplicable a la identificación electrónica que no se haya expedido basándose en una comparación automatizada entre imágenes faciales para el proceso de expedición inicial.
15)
9.5.2
Use case for enhancing identity proofing to Extended LoIP by a full identity proofing using an identity document
—
USE-9.5.2-01: La acreditación de la identidad a fin de pasar del Baseline LoIP al Extended LoIP se ajustará a los requisitos del nivel ampliado de acreditación de la identidad de uno de los casos de uso descritos en las cláusulas 9.2.2 o 9.2.3 del presente documento para el Extended LoIP.
16)
9.5.3
Use case for enhancing identity proofing to Extended LoIP by use of a previously captured reference face image
—
USE-9.5.3-01: Para captar una imagen facial de referencia y vincular los atributos de identidad necesarios a dicha imagen, se utilizará un proceso de acreditación de la identidad que cumpla los requisitos del Extended LoIP de uno de los casos de uso descritos en las cláusulas 9.2.2 o 9.2.3 del presente documento, o el proceso de acreditación de la identidad ha sido revisado por pares o certificado por un organismo de evaluación de la conformidad acreditado definido en el artículo 2, punto 13, del Reglamento (CE) n.o 765/2008 o un organismo equivalente para cumplir el nivel de seguridad alto con arreglo al Reglamento (UE) n.o 910/2014 [i.25].
Estos son requisitos que no se incluyen en la norma indicada: ETSI TS 119 461 V2.1.1 (2025-02) por lo que puede ser interesante tener una «norma» modificada como referencia.
La Agencia europea ENISA acaba de lanzar una consulta pública sobre el borrador del esquema candidato de certificación para la Cartera de Identidad Digital Europea (EUDI Wallet), tras su desarrollo por el Grupo de Trabajo Ad Hoc (Ad Hoc Working Group) auspiciado por ENISA y del que me honro en formar parte.
Tras la adopción del Reglamento que establece el Marco Europeo de Identidad Digital (EIDAS2), la Comisión Europea solicitó a ENISA que apoyara la certificación de las Carteras de Identidad Digital Europea, incluyendo el desarrollo de un esquema europeo de certificación de ciberseguridad conforme al Cybersecurity Act.
Ahora, la Agencia europea ENISA publica el borrador de la norma y lo somete a una consulta pública.
La consulta pública tiene como objetivo validar los principios y la organización general del esquema propuesto, así como recopilar comentarios sobre los elementos del borrador y sus anexos. El plazo para enviar respuestas finaliza el 30 de abril de 2026.
Próximo seminario web
ENISA organizará un webinar para presentar el borrador del esquema candidato de la EUDI Wallet y responder preguntas: el Miércoles 8 de abril, de 15:00 a 16:30 CEST.
Esquemas nacionales de certificación de la EUDI Wallet
En febrero de 2026, ENISA firmó un Acuerdo de Contribución por 1,6 millones de euros con la Comisión Europea, con una duración de dos años, para apoyar el desarrollo, despliegue e implementación de esquemas nacionales de certificación de la Cartera de Identidad Digital Europea.
Financiado por el Programa Europa Digital (DEP) 2025–2027, el acuerdo establece los siguientes ámbitos de actividad:
Desarrollo de esquemas nacionales de certificación por parte de los Estados miembros
Aumento del conocimiento, capacidades y confianza mutua entre los Estados miembros y el ecosistema de certificación
Incremento de la capacidad y eficacia operativa para los Estados miembros y el ecosistema
Inicio de la alineación y transición efectiva desde los esquemas nacionales hacia un esquema europeo de certificación de ciberseguridad
Los Estados miembros deberán proporcionar al menos una Cartera de Identidad Digital Europea certificada antes de finales de 2026.
ENISA apoyará a la Comisión Europea y a los Estados miembros en la definición de controles de ciberseguridad en el ámbito de la identificación digital, facilitando su adopción oportuna en toda la UE.
¿Qué es la EUDI Wallet?
El uso de carteras digitales (EUDI Wallet, European Union Digital Identity Wallet) es un paso clave hacia una identificación fluida y segura tanto en el mundo físico como en el digital. Garantiza la seguridad y la protección de la privacidad de los usuarios y de sus datos personales.
El esquema de certificación verificará que cada cartera cumple altos requisitos de seguridad.
Hasta 2026, las implementaciones de carteras digitales rara vez habían pasado por procesos formales de certificación. El desarrollo de esquemas de certificación responde a la necesidad de un marco coherente de ciberseguridad que facilite el cumplimiento para los fabricantes, mejore la transparencia y apoye el uso seguro de productos y servicios digitales.
Las Carteras de Identidad Digital Europea también se debatirán en la Conferencia Europea de Certificación de Ciberseguridad 2026, titulada “Construir confianza mediante la certificación: las afirmaciones de seguridad deben demostrarse, no prometerse”, el 15 de abril de 2026 en Chipre.
Esquema de Certificación propuesto (EUDIW v0.4.614) para Revisión Pública
Esta publicación es una versión preliminar del esquema candidato de certificación de EUDIW (Esquema Europeo de Certificación de Ciberseguridad para las Carteras de Identidad Digital Europeas —EUDI Wallets— y los sistemas de identidad electrónica bajo los cuales se proporcionan).
El documento es el resultado del trabajo conjunto de los expertos del Ad Hoc Working Group (creado según lo previsto en el Artículo 48.2 del Reglamento (UE) 2019/881 «Ley de Ciberseguridad») y se presenta como base para una revisión pública, cuyo objetivo es:
Validar los principios y la organización general del esquema propuesto.
Recoger comentarios y observaciones sobre los elementos del borrador y sus anexos.
El esquema aborda la certificación de la ciberseguridad de los servicios en la nube relacionados con:
Las Carteras de Identidad Digital Europea (EUDI Wallets).
Los sistemas de identidad electrónica que las sustentan.
El borrador se acompaña de una versión preliminar del documento:
Requisitos de Seguridad para Proveedores de Servicios Relacionados con la Cartera (Wallet-Related Service Provider Security Requirements), v0.5.614
Este documento se incluye solo como referencia y para obtener una opinión temprana sobre el enfoque seguido.
Está abierta una revisión pública mediante el siguiente formulario (EUDIW Public Review) con Fecha límite:jueves 30 de abril de 2026 (incluido)
La Universidad Pontificia Comillas (ICADE) organiza los días 22 y 23 de abril de 2026 el Congreso del Observatorio de Derechos Digitales, bajo el título “Una mirada multidisciplinar a los Derechos Digitales”, en el que me han invitado a participar.
El evento se celebrará de forma presencial en el Auditorio del Espacio de Investigación y Transferencia de la universidad, ubicado en la calle Rey Francisco 4, Madrid.
El congreso, dirigido por los profesores Íñigo A. Navarro Mendizábal (Codirector del Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE) y Ricardo Pazos Castro (Director del Centro Internacional de Investigación Jurídica Comillas-ICADE), tiene como objetivo principal analizar desde una perspectiva interdisciplinar los principales desafíos jurídicos y sociales que plantean las tecnologías digitales en la actualidad. Se abordarán cuestiones relacionadas con los derechos fundamentales en el entorno digital, con especial atención a su dimensión multidisciplinar.
Información práctica
Fechas y horario: 22 de abril de 2026 (inicio a las 09:00 h) y 23 de abril de 2026 (cierre a las 13:15 h).
Lugar: Auditorio del Espacio de Investigación y Transferencia, Universidad Pontificia Comillas, C/ Rey Francisco 4, Madrid.
Formato: Exclusivamente presencial.
La inscripción estará abierta desde el 27 de marzo de 2026 a las 08:00 h hasta el 21 de abril de 2026 a las 14:00 h.
Este congreso representa una oportunidad para académicos, profesionales del derecho, responsables de políticas públicas y expertos en tecnología interesados en el análisis riguroso de los derechos digitales. La organización corresponde a la Facultad de Derecho de la Universidad Pontificia Comillas en el marco del Observatorio de Derechos Digitales.
Para más detalles sobre el programa definitivo, ponentes y agenda, se recomienda consultar la página web del evento, donde se publicará la información actualizada a medida que se acerque la fecha de celebración.
Si su actividad profesional o académica está relacionada con el derecho digital, la protección de datos, la ciberseguridad o la regulación de las tecnologías emergentes, este congreso constituye un espacio relevante para el intercambio de conocimiento y la reflexión conjunta.
El Programa (sujeto a cambios), es el siguiente:
22 de abril – mañana –
09:00-09:15. Recepción de los participantes
09:15-09:30. Bienvenida
Abel Veiga Copo, Decano de la Facultad de Derecho, Universidad Pontificia Comillas (ICADE) Pendiente de determinar, Red.es Íñigo A. Navarro Mendizábal, Profesor Propio Ordinario, Universidad Pontificia Comillas. Codirector del Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE
Primer bloque. LegalTech: identidad digital, privacidad y ciberseguridad Modera Íñigo A. Navarro Mendizábal Codirector del Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE
09:30-09:55. Derechos del ciudadano frente a la IA generativa: El Reglamento de Inteligencia Artificial y el Reglamento General de Protección de Datos. Alejandro Padín, Socio de Garrigues, responsable del área de Economía del Dato, Privacidad y Ciberseguridad
09:55-10:20. Arquitectura y Servicios de Confianza para una Identidad Digital Europea Centrada en el Usuario. Julián Inza, Presidente de EADTrust
10:20-10:45.Debate
10:45-11:10. Pausa café
Segundo bloque Modera Andrés Chomczyk Penedo Investigador posdoctoral, Universidad Pontificia Comillas
11:10-11:35. Título por determinar Edoardo Celeste, Associate Professor, Dublin City University
11:35-12:00. La responsabilidad civil por daños causados por productos defectuosos. En especial, la inteligencia artificial. Ana I. Berrocal Lanzarot, Profesora Contratada Doctora (acred. a Profesora Titular) de Derecho Civil, Universidad Complutense de Madrid
12:00-12:25.Debate
12:25-12:30. Pausa
Tercer bloque. La disrupción tecnológica en el ámbito laboral. Modera Ana Belén Muñoz Ruiz. Profesora Titular (acred. a Catedrática) de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Universidad Carlos III de Madrid
12:30-12:55. ¿Neuroderechos laborales o Derechos Fundamentales aumentados? Jesús Mercader Uguina, Catedrático de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, Universidad Carlos III de Madrid
12:55-13:20. La irrupción de la IA en el ámbito retributivo. Ana Matorras Díaz-Caneja, Profesora Propia Ordinaria, Universidad Pontificia Comillas
13:20-13:45.Debate
13:45. Comida
22 de abril – tarde
Primer bloque. Autoprotección, y protección de los vulnerables. Modera Myriam Cabrera Martín Directora de la Cátedra de Derechos del Niño
16:00-16:25. Nuevos hábitos y cultura en la época de la IA Jaime García Chaparro, Senior AI Engineer, Devoteam
16:25-16:50. Derechos de la infancia en el entorno digital Laura Barroso Gonzalo, Investigadora predoctoral, Universidad Pontificia Comillas
17:15-17:40.Debate
17:40-17:45. Pausa
Segundo bloque. Protección penal de la identidad y la intimidad en el entorno digital Modera María Quintas Pérez Profesora Ayudante Doctora, Universidad Pontificia Comillas
17:45-18:10. Lasuplantación de identidad digital. M.ª Eugenia Sanmartín, Magistrada del Tribunal de Instancia de Navalcarnero
18:10-18:35. Delitos contra la intimidad en el entorno laboral ligados a la vigilancia del uso de dispositivos digitales facilitados por el empleador. Javier Gómez Lanz, Profesor Propio Ordinario, Universidad Pontificia Comillas
18:35-19:00.Debate
19:00. Fin de la primera jornada
23 de abril – mañana
Primer bloque: Transformación digital y fiscalidad Modera Francisco Javier Alonso Madrigal Codirector de la Cátedra Deloitte Legal de Tributación Empresarial
09:30-09:55. La digitalización y el papel de la inteligencia artificial en la AEAT Javier Hurtado, Inspector de Hacienda en AEAT Carlos Serrano, Socio de Deloitte Legal
09:55-10:20. Desafíos futuros. La inteligencia artificial y el principio de buena administración “digital” Elena Martínez Pastor, Counsel Deloitte Legal
10:20-10:45.Debate
10:45-11:15. Pausa café
Segundo bloque. Investigación digital y cooperación judicial en el ciberespacio: una perspectiva procesal Modera Marta Gisbert Pomata Profesora Propia Ordinaria, Universidad Pontificia Comillas
11:15-11:40. El ciberpatrullaje en el ciberespacio y la externalización del law enforcement Juan Carlos Ortiz Pradillo, Profesor Titular, Universidad Complutense de Madrid
11:40-12:05. Cooperación judicial y acceso transfronterizo a prueba electrónica Elisabet Cueto Santa Eugenia, Profesora Colaboradora Asistente, Universidad Pontificia Comillas
12:05-12:30.Debate
Tercer bloque. Una mirada prospectiva desde la filosofía Presenta M.ª ÁngelesBengoechea Gil Profesora Propia Adjunta, Universidad Pontificia Comillas
12:30-12:55. La persona en el Estado digital. ¿Sujeto de derechos sin circunstancias? Vanesa Morente Parra, Profesora Colaboradora Asistente, Universidad Pontificia Comillas
12:55-13:15.Debate
13:15. Clausura del congreso
Congreso del Observatorio de Derechos Digitales: Una mirada multidisciplinar a los Derechos Digitales
En mayo de 2026, Bogotá acogerá una de las citas más relevantes del año en el ámbito de la identidad digital y los servicios de confianza interoperables: el CSC Trust without Borders Summit 2026, organizado por el Cloud Signature Consortium (CSC).
El lema “Trust without Borders” capta muy bien el espíritu del evento: tender puentes entre marcos regulatorios, infraestructuras y servicios de confianza en Europa y América, con foco especial en la interoperabilidad de la firma electrónica, la identidad digital y las wallets de identidad.
Lugar: Bogotá, Colombia. El 13 de mayo en el Hilton Bogotá Corferias y el 14 de mayo en la Universidad de los Andes, Edificio Mario Laserna
Organización: Cloud Signature Consortium (CSC).
Inscripción:
Página oficial en español: https://cscsummit.com/es (desde ahí se accede al registro de asistentes, condiciones para expositores y, si procede, a la convocatoria de ponentes).
La cumbre se plantea como un punto de encuentro entre reguladores, autoridades de identidad, proveedores de servicios de confianza, fabricantes de infraestructuras de seguridad, academia y estándares, con el objetivo común de avanzar hacia un ecosistema de confianza globalmente interoperable.
Entre los temas clave que se abordarán:
Interoperabilidad de la firma electrónica y servicios de confianza en el contexto de eIDAS 2.0 europeo y marcos latinoamericanos.
Identidad digital, wallets y cómo alinear infraestructuras europeas (EUDI Wallet, eID de base eIDAS) con ecosistemas de identidad en Colombia y en la región.
Criptografía Post‑cuántica, infraestructuras de confianza resilientes y estándares abiertos (CSC, ETSI, W3C, FIDO, etc.).
Regulación, reciprocidad jurídica y comercio internacional seguro, con especial atención a la interoperabilidad entre la UE y las Américas.
El programa reúne un panel muy sólido de expertos internacionales, con figuras conocidas en el ámbito de la identidad digital, eIDAS, servicios de confianza y estándares de firma. A continuación una selección orientativa (la lista completa está disponible en la web oficial de ponentes: https://cscsummit.com/speakers).
Viky Manaila – Presidenta del Cloud Signature Consortium y experta en eIDAS/eIDAS 2.0, mercados digitales seguros y servicios de confianza.
Borja Carreras – Presidente de GSE y fundador de bemyself ID, con décadas de experiencia en identidad digital, autosoberanía y ciberseguridad en Europa y Latinoamérica.
Kim Nguyen – Senior VP de Innovación en Bundesdruckerei, trabajando en identidad digital, IA de confianza, post‑cuántica y soberanía digital.
Jean Everson Martina – Profesor asociado de Ciencia de la Computación (UFSC, Brasil), especializado en identidad digital, documentos electrónicos y proyectos de interoperabilidad en América Latina.
Sebastian Elfors – CTO/CSO en IDnow, experto en eIDAS 2.0, QTSP, wallets de identidad y estándares internacionales (ETSI, CEN, W3C, FIDO, CSC).
Sven Prinsloo – Presidente del Comité Técnico del CSC y CTO de Ascertia, con fuerte experiencia en estándares de firma y API CSC para interoperabilidad.
Guillaume Forget – EVP de innovación en Cryptomathic, trabajando en firmas digitales, identidades, gestión de claves, pagos y seguridad móvil.
Arno Fiedler – Vicepresidente de ETSI Working Group ESI, con amplia experiencia en infraestructuras de confianza, eIDAS, PSD2, GDPR y CA/B Forum.
Daniel Rendon – EVP de Strategic Partnerships & Business Development en SSL.com, contribuyendo al ecosistema de certificados y servicios de identidad.
Igor Marcolongo – Head of Business Evolution en Tinexta InfoCert, miembro de la Junta del CSC y experto en eIDAS y servicios de confianza europeos.
Es especialmente interesante el enfoque de muchas sesiones en arquitecturas de identidad, interoperabilidad entre frameworks y adopción práctica de estándares como CSC.
En el Summit se combinarán mesas de alto nivel, sesiones técnicas y talleres prácticos, con un enfoque híbrido entre regulación, estándares y despliegue en el mundo real. Entre los bloques que más podrían interesar a tu audiencia:
Regulación e interoperabilidad
Armonización de la firma electrónica y la identidad digital en el marco de eIDAS 2.0 y de iniciativas latinoamericanas.
Reciprocidad jurídica y reconocimiento de servicios de confianza para el comercio transfronterizo en la UE y América.
Tecnología, estándares y arquitecturas
Infraestructuras de identidad y PKI alineadas con eIDAS 2.0, API CSC y estándares de interoperabilidad.
Criptografía Post‑cuántica, wallets de identidad europea y latinoamericana, y modelos de autosoberanía compatible con marcos regulatorios existentes.
Casos de uso y adopción en Latinoamérica
Proyectos de gobierno digital, e‑administración y servicios financieros electrónicos en Colombia y otros países de la región.
Lecciones aprendidas de despliegues de identidad digital y firmas interoperables en distintos contextos regulatorios.
Negocio y ecosistema de servicios de confianza
Cómo los frameworks de CSC y la estandarización abierta fortalecen el “business case” de proveedores, autoridades de identidad y fintech.
Nuevas iniciativas de CSC LATAM y alianzas público‑privadas para impulsar la confianza digital en la región.
Para los expertos en identidad digital, servicios de confianza, eIDAS y gobierno digital, el Summit de Bogotá es una oportunidad privilegiada para:
Conectar con los actores clave que están definiendo la interoperabilidad de la firma electrónica y la identidad digital en el Atlántico.
Contrastar la evolución de marcos europeos (eIDAS 2.0, EUDI Wallet) con la realidad de la adopción en Latinoamérica, y entender cómo se pueden articular ambos mundos.
Participar en debates muy concretos sobre estándares CSC, API de firma, adaptación a la criptografía post‑cuántica y arquitecturas de identidad que ya están en pruebas de campo.
Si te interesa seguir de cerca la evolución de los servicios de confianza interoperables entre la UE y América Latina, el CSC Trust without Borders Summit 2026 en Bogotá es una cita imprescindible.
EUCC y FITCEM son dos enfoques europeos para evaluar y certificar la ciberseguridad de productos TIC: EUCC es el gran “esquema europeo” basado en Common Criteria, mientras que FITCEM es una norma EN de evaluación MÁS “ligera” y de tiempo fijo que aspira a armonizar esquemas nacionales más ágiles, como LINCE, en España.
Qué es EUCC
EUCC es el primer esquema europeo de certificación de ciberseguridad adoptado bajo el Cybersecurity Act (Reglamento (UE) 2019/881).
Está pensado como esquema horizontal para productos TIC (hardware, software y componentes) reutilizable en múltiples sectores.
Se basa en Common Criteria y en la Common Evaluation Methodology (ISO/IEC 15408 e ISO/IEC 18045), sustituyendo paulatinamente a los esquemas nacionales CC y al acuerdo SOG-IS.
Aplica los niveles de garantía del Cybersecurity Act (básico, sustancial, alto), con requisitos estrictos para organismos de evaluación (CB acreditados según ISO/IEC 17065 e ITSEF según ISO/IEC 17025).
Es voluntario en origen, pero puede convertirse en requisito a través de NIS2 u otra normativa sectorial para determinados operadores.certification.enisa.
Ejemplo: un módulo criptográfico hardware certificado bajo Common Criteria en un esquema nacional pasará, con el periodo transitorio, a buscar el sello EUCC para tener reconocimiento uniforme en toda la UE.
Qué es FITCEM (EN 17640)
FITCEM es la denominación habitual de la norma europea EN 17640, que define una metodología de evaluación de ciberseguridad “fixed-time” (tiempo fijo) para productos TIC.
Se concibe también como marco modular, adaptable a diferentes necesidades de aseguramiento e integrable en distintos dominios y esquemas.
Está alineado con los niveles de aseguramiento del Cybersecurity Act (básico, sustancial y alto), aunque su foco es permitir certificaciones más ágiles que las basadas en Common Criteria.
Aspira a sustituir o armonizar esquemas nacionales “ligeros” como LINCE (España), BSZ (Alemania), BSPA, CSPN (Francia) u otros equivalentes, proporcionando un lenguaje común europeo para evaluaciones limitadas en tiempo y esfuerzo.
Puede actuar como base técnica para esquemas europeos de ciberseguridad “ligeros” orientados a productos con ciclos de vida rápidos (IoT, componentes, etc.).
Ejemplo: un dispositivo IoT de consumo que necesita una certificación rápida y económica podría evaluarse con una metodología basada en FITCEM, con un tiempo máximo predefinido de análisis y pruebas.
Similitudes clave
Aspecto
EUCC
FITCEM (EN 17640)
Ámbito jurídico
Esquema oficial UE bajo Cybersecurity Act. certification.
Norma EN apoyando esquemas y normas UE.
Tipo de esquema
Esquema horizontal de certificación CC.
Marco modular de evaluación fixed‑time.
Niveles (basic/substantial/high)
Aplica niveles y requisitos detallados.
Metodología alineada con dichos niveles.
Sector/aplicación
Productos TIC de alta criticidad, uso general.
Productos TIC, incluido IoT y esquemas ligeros.
Rol frente a esquemas nacionales
Sustituye esquemas CC y acuerdo SOG‑IS.
Destinado a reemplazar/armonizar LINCE, BSZ, CSPN, etc.
Diferencias fundamentales
Base técnica y profundidad
EUCC hereda todo el rigor de Common Criteria: perfiles de protección, objetivos de seguridad, familias de requisitos, metodologías de ensayo exhaustivas, etc.certification.
FITCEM define una evaluación con tiempo y alcance acotado, priorizando practicidad y coste frente a exhaustividad máxima.
Posición en el ecosistema
EUCC es, en la práctica, el “pilar CC” del sistema europeo de certificación junto a otros esquemas como EUCS (cloud) o futuros esquemas 5G.itif+3
FITCEM actúa como estándar horizontal de referencia para esquemas “ligeros” en distintos países y sectores, facilitando convergencia y compatibilidad.
Casos de uso típicos
EUCC encaja mejor en productos con alto impacto en seguridad y ciclos de desarrollo más largos (equipamiento de red, módulos criptográficos, dispositivos industriales).
FITCEM se orienta a productos de rotación rápida y a necesidades de certificación ágiles, donde el mercado no soporta ni tiempo ni coste de una evaluación CC completa.
Estimación de costes
Para CC/EUCC de niveles medios (equivalentes a EAL2–EAL4), fuentes especializadas sitúan los costes de laboratorio típicos en un rango aproximado de 80 000–300 000 USD/EUR, pudiendo subir a 300 000–750 000 USD/EUR en EAL4 alto o productos muy complejos.
En FITCEM se estiman costes de laboratorio del orden de 10 000–50 000 EUR para este tipo de evaluaciones “light”, dependiendo del alcance, tipo de producto y posicionamiento del laboratorio
Los costes internos y de consultoría son del mismo orden de magnitud que los del laboratorio.
Tipos de productos certificados
EUCC puede aplicarse a cualquier producto TIC con un conjunto significativo de funciones de seguridad, pero en la práctica se concentra en familias muy concretas.
Circuitos integrados y tarjetas inteligentes: chips de seguridad, smart cards, tarjetas de pago, SIM/UICC, módulos seguros embebidos, etc.
Módulos y dispositivos criptográficos: HSM, módulos criptográficos hardware, TPM, QSCD y otros dispositivos de firma/digital ID de alta garantía.
Equipos de red y comunicaciones: routers, switches, firewalls, VPN gateways, puntos de acceso y otros componentes de infraestructura crítica.
Sistemas y plataformas especializadas: servidores seguros, appliances de seguridad, componentes de infraestructuras industriales o públicas donde se requiere alto nivel de aseguramiento.
En general, son productos B2B con alto impacto en seguridad, ciclos de vida largos y para los que un proceso de certificación de meses y costes de seis cifras puede amortizarse comercialmente.
FITCEM, como metodología de tiempo fijo, está pensada para apoyar esquemas como CSPN, LINCE, BSZ, BSPA, etc., que históricamente se han orientado a productos con necesidad de evaluación ágil.
Productos IoT y dispositivos conectados: sensores, actuadores, gateways IoT, cámaras IP, pequeños appliances, donde el time‑to‑market es crítico.
Software y appliances de seguridad de complejidad media: soluciones de red, productos de seguridad endpoint o de infraestructura donde se busca una “foto” de robustez razonable, pero sin el coste de CC/EUCC.
Productos TIC de fabricantes que dan sus primeros pasos en certificación: se usan esquemas tipo FITCEM como vía de entrada o como complemento a otros esquemas regulatorios.
Verticales específicos con esquemas acelerados: por ejemplo, infraestructuras industriales o sectoriales que adoptan metodologías fixed‑time para certificar ciertos componentes o gateways a niveles basic/substantial.