Archivo de la categoría: Buenas Prácticas

Proyecto FactOffice Add-in en Codeplex


efactura_logoDesde hoy está disponible en Codeplex la información del proyecto FactOffice que hemos desarrollado con Microsoft y que está publicada como software abierto, bajo licencia MS-PL

Se trata de un componente (Add-in), que instalado sobre MS Office 2007 (MS Word), le habilita para la generación, recepción e intercambio de facturas electrónicas en el formato XML “facturae”. La aplicación, utilizando unas plantillas predefinidas y configurables, es capaz de generar la factura, firmarla electrónicamente (con el formato XAdES EPES o XAdES XL) con cualquiera de los certificados de los prestadores de servicios de certificación existentes,  validar su conformidad de esquema Facturae, de Firma electrónica, y de cuadre contable, así como mantener una pequeña gestión histórica del estado de cada factura .

FactOffice Add-in para Word 2007La disponibilidad del código fuente, habilita a los desarrolladores que quieran participar en el proyecto, a ampliar, modificar o personalizar sus características, así como a adaptar dicha solución a sus propias plataformas de factura electrónica (conexión a servicio WEB etc ..).

Uno de los aspectos de innovación aplicados es la configuración del formato OOXML como contenedor del formato facturae, de forma que manteniendo una completa compatibilidad con el formato facturae, hemos podido añadir elementos de aspecto, como el «layout» de la factura o la posición del logo que son completamente configurables.

Hemos probado la aplicación en diferentes configuraciones de Word 2007, basadas en Windows XP, Windows Vista y Windows 7 (las versiones de evaluación disponibles) y va como la seda.

Y además nos hemos currado el tema de idiomas, que ya incluye el español, el inglés y el catalán, con un sistema que nos permitirá añadir idiomas con facilidad.

En fin, tenemos un «roadmap» en mente con un montón de posibilidades: conexión por webservices con plataformas existentes, ampliación de funciones, extensiones para mejoras de aspecto, soporte a diferentes formatos,…

Los asistentes al IV Congreso de Factura Electrónica y Digitalización Certificada que se celebra mañana lo recibirán en el USB que entrega la Organización (ASIMELEC).

Microsoft va a difundir una Nota de Prensa con los detalles principales:NP-Microsoft-Albalia-FactOffice

EADTrust, en la Escuela Banespyme-Orange


Banespyme - OrangeOrange, la Fundación Banesto Sociedad y Tecnología y el IE Business School están llevando a cabo la 8ª Edición del Concurso Escuela Banespyme-Orange.

EADTrust, la spin-off de Albalia Interactiva especializada en Servicios de Confianza de la Sociedad de la Información,  ha sido seleccionada en la primera fase.

El proceso del Concurso es el siguiente:

Selección inicial de las veinte mejores ideas de negocio para la puesta en marcha de aquellas iniciativas empresariales en el ámbito de las tecnologías Innovadoras, consistentes en acceso a una fase de formación y tutoría personalizada para el desarrollo de Planes de Negocio.

Posterior selección de los diez mejores proyectos de entre los veinte anteriormente preseleccionados que optan a una segunda fase de formación especializada y presentación ante un Panel de Inversores.

Selección final de dos proyectos ganadores de entre los diez que hayan superado la segunda fase y que pasarán a la fase final de incubación de sus proyectos.

Los servicios que prestará EADTrust vienen avalados por el modelo testado por Albalia Interactiva y se destinan a empresas de toda Europa.

El pasado 23 de mayo se desarrolló la primera sesión en el Instituto de Empresa (para los participantes de Madrid)

Retos tecnológicos de la Banca


En el seminario de ayer de Finacial Tech y Adobe pudimos comprobar que, como siempre, la banca responde a los retos que va encontrando en su desarrollo. Retos regulatorios (la banca es el sector privado de mayor presión regulatoria, y en el evento yo fui el encargado de desgranar algunas de las recientes obligaciones que tienen que ver con la tecnología), retos comerciales (como los que generan los cambios sociales, que tienen su vertiente tecnológica actual en las redes sociales) que centró la ponencia de Oski Goldfryd al presentar el Informe de Datamonitor sobre la situación de las tecnologías en la banca comercial y retos tecnológicos como los que pueden resolverse con los productos de Adobe, tema del que habló Ramón de la Fuente.

Para mí fue una interesante actualización conocer la gama de productos que Adobe ha desplegado para gestionar mejor los dopcumentos electrónicos, en Flash y en PDF, con un uso extensivo de XML y sacando el máximo provecho a los «clientes universales» basados en Internet: los navegadores de internet, junto con Flash Player y Adobe Reader  .

Y la gracia está precisamente en la arquitectura de la solución y en las herramientas de servidor. Vamos a tener que actualizar nuestro curso de formación sobre «Formularios Inteligentes con Adobe Designer«.

En todo caso, una interesante panoplia de herramientas adecuadas para desarrollar los sistemas de interlocución telemática que la Ley 56/2007 impone a las entidades de especial relevancia económica (como las entidades financieras) y las sedes electrónicas que la Ley 11/2007 impone a los organismos de las administraciones públicas.

Y por supuesto, con un uso muy visual de la firma electrónica.

Jornada: Los efectos de la crisis en las prioridades tecnológicas de la banca comercial


Financial Tech MagazineFinancialTech Magazine convoca a los profesionales de las entidades financieras a una Jornada que bajo el nombre «Un nuevo entorno tecnológico para la banca comercial», se llevará a cabo durante la mañana del día 20 de mayo de 2009, en el Hotel Meliá Avenida de América en Madrid.

Durante tres horas se presentarán tres interesantes ponencias, de interés para el sector. Se hablará de Las Nuevas obligaciones legales en Banca, de impacto tecnológico, (Ley 22/2007 y Ley 56/2007), de lo que me ocuparé yo, y de Soluciones para afrontar los retos actuales del Sector Financiero, que tratará Ramón de la Fuente de Adobe.

Por último, el Director de la publicación, Oski Goldfryd presentará un interesante estudio de Datamonitor, «Un nuevo entorno tecnológico para la banca comercial«. El objetivo: intentar comprender los efectos de la actual crisis financiera en las prioridades tecnológicas de la banca comercial.  

Este informe se entregará a los asistentes.

La participación en esta Jornada es gratuita, pero requiere de la inscripción previa en esta página web:
http://www.ateneainteractiva.com/financialtech 

El evento permitirá, además, un encuentro informal entre la redacción de FinancialTech y sus lectores. Habrá un cocktail al final de la Jornada, que servirá para intercambiar opiniones, en estos momentos tan complicados para todos.

AdobeLa Jornada cuenta con el patrocinio de Adobe Systems, y, como detalle, la inscripción se realiza sobre el propio folleto en PDF del evento que incorpora la tecnología de formularios inteligentes de Adobe.

Este evento está destinado exclusivamente para profesionales de entidades financieras. En el futuro también se organizarán eventos abiertos desde la publicación.

VI Foro de las Evidencias Electrónicas


6-foro-evidenciasYa tenemos fecha para el 6º Foro de las Evidencias Electrónicas, que este año tendrá lugar en los Teatros del Canal de Madrid. Será el 3 de junio de 2009.

La verdad es que aunque el Hotel Ritz era un marco muy adecuado para el Foro, en las últimas ediciones ya no cabíamos. En el nuevo entorno, los Teatros del Canal, esperamos acoger cómodamente a 800 asistentes.

Además este año el Foro cambia de formato y durará todo el dia, por lo que se nos quedarán menos temas en el tintero.

Estos dias estamos cerrando el programa, que tiene aún algunos flecos porque seguimos captando Patrocinadores. Por cierto, para quienes lean esto y piensen que les puede interesar el patrocinio, dejadme hacer una pequeña apología del evento, especialmente este año en el que el término «evidencias electrónicas» se está adoptando de forma generalizada.

El evento ya va por su sexta edición y constituye el punto de encuentro más importante del año para altos responsables del mundo jurídico de las empresas y de las instituciones públicas, en conexión con los responsables técnicos de las especialidades relacionadas con el valor probatorio de los registros electrónicos de todo tipo.

Si el nivel de los ponentes es alto, también lo es el de los asistentes, por lo que en conjunto, la iniciativa es uno de los más importantes «think tanks» de la sociedad civil en relación con la seguridad jurídica en un entorno de tecnologías avanzadas y de sociedad de la información.

El acceso es gratuito para los asistentes y una escelente oportunidad para extender las relaciones sociales de personas con intereses afines, que además del evento presencial anual, se extiende con otras herramientas de la Web 2.0, como el Grupo de Interés en Linked In.

En definitiva, una excelente oportunidad de patrocinio con un retorno de inversión garantizado por la notoriedad del evento, el nivel de ponentes y asistentes, y la influencia en empresas e instituciones.

Prueba de ello son los premios recibidos por el Foro, entre los que destacan este año 2009 el reciente premio otorgado por la prestigiosa Revista SIC yel Reconocimiento Sintonía ACAM 2006

INTECO difunde lo perfiles de protección Common Criteria del DNI electrónico


ccra_logoEl Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (Inteco) difunde. con el apoyo del Centro Criptológico Nacional del Centro Nacional de Inteligencia, la certificación de seguridad de los perfiles de protección del DNI electrónico, cuatro documentos que recogen los requisitos técnicos esenciales para el desarrollo seguro y uso de aplicaciones del DNIe, en el marco de Common Criteria, ISO 15408.

Dichos perfiles han sido certificados con fecha del 23 de febrero y publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 14 de abril, con lo que están disponibles para su uso por desarrolladores de aplicaciones certificables en el entorno del DNIe.

Actualmente más de diez millones de ciudadanos españoles disponen de esta tarjeta de identificación electrónica que contiene en su «chip» los mecanismos necesarios para permitir acreditar la identidad y llevar a cabo la firma electrónica de los ciudadanos por medios electrónicos.

Los requisitos técnicos, elaborados por Inteco en una encomienda de gestión del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través de Red.es, se reconocen internacionalmente como Perfiles de Protección o ‘Protection Profiles’ y en ellos se recogen los requisitos de seguridad estándar según la normativa internacional de referencia Common Criteria, que consiste en  un marco normativo aprobado como estándar internacional por ISO (CCv3.1) en 1999.

Entre las principales ventajas que se obtienen de la certificación de estos perfiles de protección se encuentra la posibilidad por parte de los usuarios de disponer de aplicaciones seguras y certificadas para el uso del DNIe como dispositivo de firma electrónica, lo que fortalece su confianza en este dispositivo en los trámites electrónicos con la administración o con el sector privado. En particular cumplir el requisito que impone el certificado de firma del DNI electrónico respecto al «content commitment», lo que significa que la aplicación informática de firma electrrónica debe cerciorarse de que «lo que se ve es lo que se firma» («what you see is what you sign»).

Del mismo modo, la industria desarrolladora de aplicaciones tendrá a su disposición los medios para diseñar, certificar y comercializar servicios seguros bajo una normativa o estándar reconocido.

Por otra parte, para garantizar la protección del usuario en la utilización del DNIe, en el grupo de expertos para la elaboración de estos perfiles de protección han estado representados la Dirección General de la Policía, la Agencia Española de Protección de Datos, el Centro Criptológico Nacional y la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, así como las principales asociaciones de la industria española, como ASIMELEC.

Inteco, mediante un laboratorio acreditado (Epoche & Espri), ha elaborado cuatro documentos de perfiles de protección para aplicaciones de creación y verificación de firma electrónica con el DNIe: dos para plataformas TDT, PDA y dispositivos móviles y otros dos para ordenadores personales con sistemas operativos de propósito general.

Para cada entorno se han certificado (a través de LGAI-Applus), a su vez, dos perfiles para que el desarrollador pueda optar a dos niveles de garantía de seguridad diferentes en cuanto a su certificación, denominados EAL1 y EAL3. El primero está dirigido a todo tipo de desarrollos, mientras que el segundo está diseñado para aquellos desarrollos que quieran obtener un nivel superior de garantía de seguridad.

Con la intención de facilitar a los desarrolladores y a la industria en general la adopción de estos perfiles de protección, como referente para el diseño y desarrollo de sus aplicaciones de firma con el DNIe, el Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación ha elaborado unas guías para la aplicación de los perfiles de protección en la elaboración de aplicaciones certificables de creación y verificación de firma con DNI electrónico.

Adicionalmente, el próximo día 20 de abril, Inteco presentará en su sede de León los perfiles de protección, conjuntamente con las guías de aplicación a la industria, las asociaciones sectoriales y a todos los desarrolladores interesados en estos documentos, su contenido y su aplicación.

 Estos perfiles, denominados técnicamente como PPSCVA-T1-EAL1, PPSCVA-T1-EAL3, PPSCVA-T2-EAL1 y PPSCVA-T2-EAL3, además de impulsar el desarrollo de aplicaciones seguras en el entorno del DNIe, son las herramientas básicas para difundir la cultura de la certificación entre desarrolladores y la cultura en el uso de herramientas seguras entre los usuarios de estas aplicaciones. Dichas guías y perfiles de protección estarán disponibles en la página web de la entidad: www.inteco.es y en la del Organismo de Certificación del Centro Criptológico Nacional.

Directorio de receptores de facturas electrónicas


Dejadme que siga insistiendo sobre este tema, ya que parece que pocas empresas se han enterado.

La Guía eFactura es un Directorio de Empresas que admiten la recepción de facturas en formato electrónico.

Permite al emisor de facturas electrónicas conocer si el receptor ha otorgado su consentimiento para la recepción de facturas electrónicas y bajo qué condiciones.  Para ello solo es necesario conocer el CIF de la empresa cliente.

Asimelec la pone a disposición del público a través de su portal la Guía de eFactura”.

En la Guía se puede encontrar la siguiente información:

  • Formato de factura: qué tipos de factura electrónica admite (facturae, UBL, PDF, …).
  • Formato de firma: qué formatos de firma asociados a la factura es capaz de validar (XAdES, CMS, …).
  • Protocolo de envío: bajo que protocolos es capaz de recibirlas (SMTP, HTTP, FTP, …)
  • Dirección de envío: dónde se le deberá enviar la factura (dirección de correo, WS, …).

Para darse de alta , la persona que realiza la inscripción en nombre de la empresa tendrá que tener un DNIe (DNI electrónico) para poder firmar la declaración de aceptación con el compromiso de veracidad de los datos.  Además, el sitio ofrece soporte telefónico, si es necesario.  El desarrollo de esta Guía ha sido encargado por Asimelec a Albalia Interactiva en el marco del Plan Avanza.

Proyecto de Ley de Servicios de Pago


En el Consejo de Ministros de ayer viernes, 3 de abril de 2009, se aprobó la remisión a las Cortes del Proyecto de Ley de Servicios de Pago. Enmarca los desarrollos SEPA a los que hemos hecho referencia en este blog.

Single Euro Payment AreaGarantiza seguridad, eficiencia y facilidad en las operaciones de pago realizadas en el ámbito de la Unión Europea.

Refuerza los derechos y la protección de los usuarios de este tipo de servicios financieros.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Servicios de Pago, por el que se transpone a la normativa española la Directiva comunitaria de 2007/64/CE  sobre servicios de pago en el mercado interior.

Esta norma garantiza que los pagos realizados en el ámbito de la Unión Europea, en concreto las transferencias, los adeudos directos y las operaciones de pago efectuadas mediante tarjeta, puedan realizarse con la misma facilidad, eficiencia y seguridad que los pagos nacionales internos de los Estados miembros.

Tras la entrada en vigor de la nueva regulación en los veintisiete Estados miembros, el cumplimiento de tales objetivos propiciará que los usuarios de servicios de pago se beneficien, entre otras, de las siguientes novedades:

  • La posibilidad de realizar más sencilla, segura y eficientemente transferencias transfronterizas, incluyendo adeudos.
  • La posibilidad de utilizar tarjetas de débito en cualquier otro Estado.
  • La posibilidad de operar con una sola cuenta corriente en todo el territorio, sin necesidad de abrir una nueva cuenta corriente si se desplazan a otro Estado por motivos laborales, de estudios, etcétera.
  • La mayor rapidez de los pagos, de manera que el beneficiario dispondrá de los fondos como muy tarde el día siguiente al de la realización de la transferencia.
  • La disposición de mayores niveles de protección y de mejor información, como por ejemplo la relativa a los gastos aplicados, el establecimiento de reglas más claras sobre el reembolso en caso de transacciones mal ejecutadas o la reducción o eliminación total de su responsabilidad en caso de pérdida o robo de un instrumento de pago.
  • La regulación de los gastos aplicables. En toda prestación de servicios de pago que no incluya una conversión en divisas, los gastos serán compartidos entre ordenante y beneficiario. Se trata de la cláusula “share”, novedosa en el ordenamiento jurídico español, ya que hasta el momento los gastos corren íntegramente de cuenta del ordenante.

Determinación de los servicios de pago y de los proveedores autorizados

Entre los servicios de pago regulados, el Proyecto de Ley establece la ejecución de transferencias, la ejecución de operaciones de pago mediante tarjeta de pago o dispositivo similar y la ejecución de los adeudos domiciliados, y extiende su ámbito a otros servicios de pago tales como la emisión y adquisición de instrumentos de pago o el envío de dinero.

En definitiva, la prestación de cualquiera de los servicios de pago enumerados y regulados por el Proyecto de Ley queda prohibida a cualquier persona física o jurídica que no tenga la condición de proveedor de servicios de pago.

Régimen jurídico de las entidades de pago

La norma establece un nuevo tipo de entidades autorizadas para la prestación y ejecución de los servicios de pago regulado por la Directiva, las entidades de pago, y configura el régimen jurídico de esta nueva categoría de entidades.

Entre los aspectos sustanciales del régimen jurídico, las entidades estarán sujetas a una autorización administrativa, que será concedida por el Ministro de Economía y Hacienda con los preceptivos informes del Banco de España y del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC). Se establecen, igualmente, los requisitos de capital inicial y recursos propios, el listado de actividades que pueden realizar y los requisitos de garantía previstos para la salvaguarda de los fondos recibidos para la ejecución de las operaciones de pago.

Además, el Proyecto completa el régimen jurídico de las entidades de pago con las oportunas disposiciones referidas al ejercicio del derecho de establecimiento y la libre prestación de servicios dentro de la Unión Europea, a la utilización de agentes y delegación de funciones, a la contabilidad y auditoría, y al ejercicio de la función supervisora del Banco de España en términos similares a los previstos por la legislación vigente para las entidades de crédito.

Transparencia de los servicios de pago

Con objeto de garantizar la adecuada protección de los usuarios de servicios de pago, el nuevo texto incluye un conjunto de obligaciones de información (sobre los costes de las operaciones, la fecha de recepción de la orden de pago, el importe de la operación, etcétera) que el proveedor de un servicio de pago habrá de suministrar a los usuarios de dichos servicios, ya se trate de operaciones de pago singulares o de operaciones de pago reguladas por un contrato marco.

Los proveedores de servicios de pago quedarán obligados a facilitar de manera gratuita la información que en relación con la prestación de servicios de pago se determine reglamentariamente. El proveedor tan sólo podrá cobrar por información adicional o más frecuente, y, en todo caso, de manera proporcionada a los costes efectivamente soportados.

Derechos y obligaciones derivados de la prestación y utilización de los servicios de pago

Para la protección de los derechos de los clientes de servicios financieros, el Proyecto de Ley incluye un amplio conjunto de derechos y obligaciones derivados de la relación contractual entre el prestador del servicio de pago y el usuario de un servicio.

Asimismo, incide en el buen uso de los instrumentos de pago, incrementa de manera notable el nivel de protección de los usuarios, tanto a nivel general como en relación con cada uno de los aspectos sustanciales de la relación contractual previstos, es decir, los relativos a los gastos aplicables, la autorización de operaciones de pago y la ejecución de órdenes de pago.

Por último, el Proyecto se refiere a los gastos aplicables. Se prevé que en toda prestación de servicios de pago que no incluya una conversión en divisas los gastos serán compartidos entre ordenante y beneficiario. De nuevo, se trata de la conocida como cláusula “share” , novedosa en nuestro ordenamiento jurídico, ya que hasta el momento los gastos corren íntegramente de cuenta del ordenante.

Gestionando la crisis: fortaleciendo al débil sin debilitar al fuerte


Me encantó el artículo «La tercera de ABC» firmado por Alfredo Saenz que se publicó ayer martes 31 de marzo de 2009.

LOS líderes del G20 se reúnen esta semana en Londres para buscar un consenso sobre el camino a seguir por la economía y el sistema financiero mundial. Banco Santander aprecia los esfuerzos del G20 por buscar una respuesta global a la crisis, así como el liderazgo demostrado por Reino Unido como organizador de la Cumbre.

Creemos que es preciso adoptar medidas urgentes para hacer frente a los riesgos generados por las crisis económicas y financieras, estrechamente relacionadas.

Banco Santander no ha tenido exposición a activos tóxicos. No hemos recibido capital público ni otras ayudas durante esta crisis y hemos seguido generando un beneficio recurrente gracias a nuestro foco en banca minorista.

Entendemos la necesidad de medidas extraordinarias destinadas a reestablecer el funcionamiento del sistema financiero internacional y a restaurar la confianza. Sin embargo, estamos muy preocupados por las distorsiones a la competencia que las ayudas públicas a los bancos en distintos países pueden generar, penalizando la buena gestión llevada a cabo por los que no han requerido fondos públicos. Como ya dijera Abraham Lincoln, «No se puede fortalecer a los débiles debilitando a los fuertes».

Para evitar estas distorsiones y mantener unas mismas reglas de juego, creemos que las medidas de apoyo al sistema financiero que en su caso se acuerden de forma multilateral deben cumplir las siguientes pautas y principios:

En primer lugar, los coeficientes de capital deben calcularse de la misma manera en todos los países: las definiciones del ratio Tier 1 y core capital, así como de los activos ponderados por riesgo, deberían ser claras y consistentes. Esto es absolutamente crucial para que los inversores y el resto de agentes del mercado puedan valorar la salud y la fortaleza de las entidades, teniendo en cuenta su perfil de riesgo.

En segundo lugar, los programas de recapitalización deberían limitarse a aquellos bancos que sean viables; esto es, se debe ofrecer tratamiento paliativo, pero no «respiración asistida» de por vida. Además, los bancos sanos no deberían verse obligados a recibir capital del gobierno, tal y como se está sugiriendo en algunos países.

En tercer lugar, las aportaciones de capital público no deben aumentar los coeficientes de solvencia a niveles superiores de los de los bancos bien gestionados (aquellos bancos comparables que no han tenido que recurrir a los fondos públicos). Las autoridades no deben tratar de aumentar los requisitos de capital de forma generalizada e indiscriminada a sus sectores bancarios.

Por otra parte, si bien apoyamos la introducción de medidas contracíclicas que aseguren que el capital o las reservas aumenten en el mejor momento del ciclo para tener margen de ajuste en los momentos menos buenos, su aplicación debe ser transparente y coordinada entre países. En este sentido, la provisión genérica o anticíclica que aplicamos los bancos en España ha demostrado ser un ejemplo de éxito, despertando el interés de supervisores en todo el mundo.

En cuarto lugar, los instrumentos utilizados para realizar inyecciones de capital deben estar basados en precios de mercado, en consonancia con el perfil de riesgo de la entidad. Aquellos bancos con mayor riesgo de insolvencia deberían pagar un precio más alto por recibir apoyo público, con independencia de su país de origen.

En quinto lugar, los planes de rescate deben incluir estrategias claras de salida. La presencia de capital público debe ser temporal y su coste debe incrementarse con el tiempo para así incentivar una salida rápida.

Por último, para mantener la disciplina de mercado y evitar un exceso de riesgo moral, los accionistas de las instituciones que reciben ayudas públicas deben compartir las pérdidas a través de la dilución o la no distribución de dividendos.

Como banco global con sede en España, un país cuyo sistema financiero ha salido fortalecido tras las graves crisis bancarias de los años 80 y 90, la Dirección del Banco Santander tiene experiencia en hacer frente a reestructuraciones bancarias. En particular, reestructuramos Banesto después de que fuera intervenido por el Banco de España en 1993, aplicando esquemas muy parecidos a los que se están proponiendo hoy en distintos países. Las principales conclusiones de esta experiencia fueron:

  • Las reestructuraciones inevitablemente llevarán a que se reduzca el tamaño del sistema.
  • El proceso es complejo y debe ser liderado por gestores especializados.
  • Los activos deteriorados deben valorarse a un precio razonable, que permita que se alineen los intereses de los contribuyentes y los incentivos a los bancos afectados para que saquen de sus balances los «activos malos».
  • Accionistas y contribuyentes compartirán las potenciales pérdidas y ganancias que se produzcan por la gestión de estos activos deteriorados.
  • La valoración inicial de estos activos malos es una decisión política que siempre despertará controversia, pero que debe adoptarse con rapidez.

Revisar el marco actual de supervisión también es un elemento clave para evitar en el futuro crisis como ésta. Desde Banco Santander apoyamos una mayor cooperación y convergencia internacional de las prácticas supervisoras. Creemos que el planteamiento del Informe De Larosi_re, que establece el marco para una nueva arquitectura supervisora en la Unión Europea, es el correcto: la solución no pasa por una mayor regulación, sino por una mejor supervisión y una correcta aplicación de la ya existente.

Defendemos que la supervisión micro-prudencial (el seguimiento permanente de cada entidad) debe permanecer a nivel nacional. La crisis ha demostrado la importancia de un conocimiento más cercano y profundo de las entidades supervisadas. Además, no es fácil transferir la experiencia de supervisores como el Banco de España a organismos nuevos que centralicen esta supervisión a nivel europeo. En el caso de los bancos transfronterizos, los colegios de supervisores deberán permitir la convergencia y cooperación en las prácticas supervisoras. Es muy importante que los colegios funcionen de la forma más ágil posible, por lo que deberían participar en el colegio de forma general sólo los supervisores más relevantes para cada entidad.

En todo caso, cuestionamos las propuestas que pretenden limitar el tamaño de los bancos o su ámbito de actividad. El tamaño no es un problema; lo que determina la solvencia de un banco y su capacidad de afrontar una crisis es su modelo de negocio y su estructura. Por ejemplo, el tamaño ha proporcionado a Banco Santander economías de escala, diversificación del riesgo y una cartera de negocios equilibrada entre mercados emergentes y maduros. Todo ello ayuda a afrontar la crisis desde una posición mucho más sólida.

El buen funcionamiento del mercado financiero internacional no volverá hasta que se aclare la solvencia del sistema. Para ello, debe ser prioridad recapitalizar a las entidades que lo necesiten lo antes posible. El G20 es una magnífica oportunidad para acordar medidas globales que permitan salir de esta crisis con bases más firmes.

ALFREDO SÁENZ Vicepresidente segundo y consejero delegado de Banco Santander Martes, 31-03-09

Vivero PYME


Hace unos meses participamos en unas grabaciones de ViveroPYME para impulsar la adopción de tecnologías de la información. Contenidos digitales y casos de éxito para animar a los emprendedores.

Ya está disponible un pequeño extracto de aquella sesión.