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¿Qué QTSP es más activo en Criptoagilidad preparando el Criptocalipsis?


La criptoagilidad (o agilidad criptográfica) es la capacidad de un sistema, software o infraestructura tecnológica para adaptarse rápidamente a nuevos algoritmos criptográficos o cambiar los existentes sin requerir modificaciones significativas en su arquitectura. Esto implica poder actualizar, reemplazar o ajustar los métodos de cifrado, firmas digitales o protocolos de seguridad de manera eficiente para responder a amenazas emergentes, como el avance en la computación cuántica, vulnerabilidades descubiertas o cambios en estándares regulatorios.

EADTrust es el Prestador de Servicios de Confianza Cualificados más activo de España en lo relativo a la adecuación frente a los retos de la computación cuántica analizando y adoptando las soluciones emergentes de la criptogrfía postcuántica. A nivel europeo, también Digicert, Entrust y Sectigo han mostrado actividad en estos aspectos

Yo mismo he ido impartiendo conferencias a lo largo de los años sobre la necesaria preparación frente a a computación cuántica y algunas están disponibles en Youtube. Y publiqué un artículo en este blog en 2018: La urgente adopción de la criptografía postcuántica. También otro sobre recientes avances como el chip Majorana.

La criptoagilidad y la disponibilidad de infraestructuras con diferentes algoritmos permiten anticiparse al criptocalipsis. El criptocalipsis (o apocalipsis criptográfico) es un término que describe un escenario hipotético en el que los algoritmos criptográficos actuales, como RSA, ECC (curvas elípticas) o AES, se vuelven obsoletos o vulnerables debido a avances tecnológicos, particularmente la llegada de la computación cuántica

EADTrust fue la primera entidad de certificación que preparó jerarquías de certificación de tamaños de clave mejores que RSA de 2048 bits, y en la actualidad es la única con jerarquías de PKI para certificados cualificados de tamaños de clave RSA de 8196 bits, especialmente orientada a proyectos de alta seguridad, con resistencia a la computación cuántica.

También EADTrust fue la primera entidad de certificación que preparó jerarquías de certificación basadas en criptografía no-RSA. Cuenta con dos jerarquías de certificación basada en Criptografía de Curvas elípticas, ECC-255 y ECC-384.

La disponibilidad de jerarquías ECC por parte de EADTRUST fue esencial para que España pudiera desplegar los pasaportes COVID ágilmente, ya que EADTrust fue el Prestador que pudo emitir en tiempo récord los certificados adecuados basados en ECC-255 para todos los organismos sanitarios españoles con las especificaciones de la OMS y de la Unión Europea.

En estos momentos hemos anunciado un importante curso presencial de 2 dias: Formación sobre Computación Cuántica y Criptografía Postcuántica. Se enmarca entre los Servicios de EADTrust de preparación de infraestructuras para afrontar los retos de la Computación Cuántica en relación con la Criptografía y la Preservación de documentos.

Además estamos haciendo seguimiento de los nuevos estándares de criptografía postcuántica como el FIPS-206 Falcon al que nos hemos referido recientemente en este blog y el prometedor HQC (Hamming Quasi-Cyclic).

El NIST seleccionó HQC (procedente de la ronda 4) como algoritmo adicional para estandarizar como KEM de respaldo a ML-KEM. El NIST anunció que creará un borrador (IPD) para HQC y lo publicará para comentarios — el cronograma indicado apunta a publicar el borrador aproximadamente en 1 año desde su anuncio y una versión final alrededor de 2027.

Ya tenemos servicios disponible para clientes que se desean valorar el impacto de su preparación (criptoagilidad) para los grandes cambios que se avecinan:

  • Adaptación de servidores web (en la conexión segura «https://») para incluir TLS1.3 (RFC 8446) y la configuración necesaria para que la gestión de claves del cifrado de las comunicaciones se realice con el algoritmo ML-KEM/Kyber que ya soportan servidores y navegadores web como primera aproximación de mecanismos híbridos. Ver IETF draft-ietf-tls-kem-tls-13
  • Adaptación de servidores web para soportar el protocolo ACME (Automatic Certificate Management Environment) basado en el RFC 8555, como paso hacia una infraestructura automatizada, segura y criptoágil. Además de poder configurar a EADTrust como Autoridad de Certificación generadora de certificados para TSL con ACME, en el Certbot se pueden configurar otras CAs. Aunque contamos con varios mecanismos de verificación de dominio damos preferencia a las variantes con información actualizada en el DNS. La duración máxima de los certificados TLS públicos se reducirá progresivamente a 47 días, según lo aprobado por el CA/Browser Forum en abril de 2025 mediante el Ballot SC-081v3, propuesto por Apple y respaldado por los principales navegadores (Apple, Google, Mozilla y Microsoft). Esta es otra buena razón para incorporar a automatización a la renovación de certificados de servidor web

¿Qué certificado QSEALC necesito para EPREL?


Si tu empresa fabrica o importa productos que consumen energía en la UE, es probable que hayas oído hablar de EPREL y los certificados QSealC. Pero, ¿sabes realmente qué tipo de certificado necesitas y cómo obtenerlo? En este artículo, te explicamos todo lo que debes saber sobre los certificados QSeal para cumplir con los requisitos de la base de datos EPREL de manera sencilla y efectiva.

Un certificado QSealC es como un pasaporte digital para tu empresa. Sirve para demostrar que es quien dice ser cuando registras productos en EPREL, asegurando que los datos se han verificado y cumplen con las normativas de la UE.

Para registrar productos en la base de datos EPREL (European Product Database for Energy Labelling), necesitas un Certificado Cualificado de Sello Electrónico (QSealC) (es decir, de Persona Jurídica) emitido por un Prestador Cualificado de Servicios de Confianza (PCSC), conforme al Reglamento eIDAS (UE 910/2014).

Requisitos clave del certificado QSealC para EPREL:

  1. Debe ser un certificado cualificado: Debe cumplir con los estándares del reglamento eIDAS y la norma ETSI EN 319 412, con identificación NTR (EUID). Se puede consultar en el portal europeo «European e-Justice Portal – Business registers» 
  2. Emitido a nombre de la persona jurídica: El certificado debe identificar a la empresa, no a una persona física. Hay casuística especial para Autónomos.
  3. Emitido en un dispositivo cualificado (QSCD): Suele ser un token físico o una tarjeta chip.
  4. Debe permitir sellar electrónicamente documentos PDF: Como la declaración de proveedor exigida por EPREL. Por ejemplo con Adobe Reader.

¿Dónde obtenerlo?

El Organismo ha publicado una lista de Prestadores de Servicios de Confianza.

De entre ellas destaca EADTrust.

¿Qué precio tiene?

El certificado de persona jurídica de entidades españolas para EPREL de EADTrust por un año tiene un coste de 350 euros.

El certificado QSEAL para EPREL de EADTrust por un año para entidades de fuera de España tiene un coste de 700 euros. No se aplica IVA a las empresas con identificación VIES.

El Token SafeNet eToken 5110 CC (QSCD, Dispositivo Cualificado de Creación de Firma) tiene un coste de 110 euros.

Estos precios son los más competitivos en España y fuera de España

Además los clientes de EADTrust han dejado muy buenas reseñas en Maps

Robustez de las claves asimétricas recomendadas por el CCN


Recientemente, el Organismo Supervisor de Prestadores Cualificados de Confianza eIDAS en España ha comunicado a los prestadores de servicios de confianza la recomendación de abandonar el uso de claves RSA de hasta 2048 bits, indicando que la fuente de la recomendación es el CCN (Centro Criptógico Nacional) a través del documento CCN-STIC 221 – Guía de Mecanismos Criptográficos autorizados por el CCN.

Sin embargo, ese documento no entra en detalles de tamaños de clave recomendados aunque indica en su página 104

Los resultados del ataque ROCA obligó a varios gobiernos europeos a revocar todos
los certificados digitales de millones de tarjetas de identificación de sus ciudadanos,
ya que tenían claves de 1024 bits y se podía suplantar la identidad de sus ciudadanos. En España se optó por la misma medida de prevención, aunque los DNIe españoles no corrían el mismo peligro que los documentos de identidad utilizados en otros países, ya que el DNIe español utiliza claves de 2048 bits.

dando a entender que un tamaño de 2048 bits en RSA es apropiado.

En realidad, las claves de los dispositivos cualificados de casi todos los países (no solo España) eran en aquel momento de 2048 bits, pero la vulnerabilidad ROCA afectaba al algoritmo de generación de claves adoptado por Infineon (que lo limitó al uso de la variante «Fast Prime») con lo que hubiera sido sencillo sustituir las claves generadas por aquellos chips con generadores externos al propio chip.

En muchos lugares (incluida España) se optó por generar claves RSA de 1952-bits en el propio chip. A tal efecto se modificó el software de los «cajeros automáticos del DNI» para actualizar los certificados (y su clave privada asociada) cuando acudieran los ciudadanos a la renovación de certificados. Para siguientes emisiones de DNIe se usaron dispositivos diferentes.

El documento del CCN que entra en más detalles sobre la criptografía es el CCN-STIC 807 – Criptología de empleo en el Esquema Nacional de Seguridad, y la versión más reciente es de mayo de 2022.

En su apartado 3 se indica:

Los mecanismos criptográficos autorizados indicados en los siguientes apartados se han clasificado en dos (2) categorías (CAT) de acuerdo con su fortaleza estimada a corto y largo plazo:

a) Recomendados (R): mecanismos que ofrecen un nivel adecuado de seguridad a largo plazo. Se considera que representan el estado del arte actual en seguridad criptográfica y que, a día de hoy, no presentan ningún riesgo de seguridad significativo. Se pueden utilizar de forma segura a largo plazo, incluso teniendo en cuenta el aumento en potencia de computación esperado en un futuro próximo. Cualquier riesgo residual, solo podrá proceder del desarrollo de ataques muy innovadores.

b) Heredado o Legacy (L): mecanismos con una implementación muy extendida a día de hoy, pero que ofrecen un nivel de seguridad aceptable solo a corto plazo. Únicamente deben utilizarse en escenarios en los que la amenaza sea baja/media y el nivel de seguridad requerido por el sistema bajo/medio (como veremos en el apartado 5) y deben ser reemplazados tan pronto como sea posible, ya que se consideran obsoletos respecto al estado del arte actual en seguridad criptográfica, y su garantía de seguridad es limitada respecto a la que ofrecen los mecanismos recomendados. Como consecuencia de ello, para estos mecanismos se define el periodo de validez hasta 2025 (31 de diciembre), salvo indicación expresa de otro periodo.

En la Tabla 3-2. Tamaño de las primitivas RSA acordadas se considera (L)egacy la criptografía RSA de hasta 2048 bits.

En la Tabla 3-4. Curvas elípticas acordadas se consideran (R)ecomendada la criptografía ECC de todos los tamaños habituales entre los que se encuentran NIST P-256 o secp256r11 y NIST P-384 o secp384r1

En la Tabla 3-8. Esquemas de Firma electrónica autorizados se consideran L los tamaños de clave RSA hasta 2024 y R los tamaños de clave RSA de más de 3072 bits. Y en las variantes ECC las de tamaños a partir de 256 bits.

En la página 50 se entra en detalle sobre la firma electrónica [MP.INFO.3] tal como se encuentra definida en el Reglamento eIDAS y según la forma en la que se debe aplicar en las Administraciones Públicas en el contexto del Esquema Nacional de Seguridad.

Para los niveles bajo y medio del ENS se admiten claves RSA (del firmante) de, al menos, 2048 bits, claves de 224-255 bits si se emplean curvas elípticas y Funciones hash SHA-256 o superior.

Sin embargo, tal como se ha visto esa posibilidad entra en la consideración de «Legacy» y se tiene que dejar de usar desde el 1 de enero de 2026.

Para el nivel alto del ENS se requiere una fortaleza mínima de 128 bits, «los mecanismos utilizados deberán ser recomendados«, que, según se ve en las tablas indicadas anteriormente, debe ser en RSA de al menos, 3072 bits, y de más de 256 bits si se emplean curvas elípticas . Se entra en detalle en la Tabla 3-8 (página 16).

En cuanto a los Sellos de Tiempo [MP.INFO.4] se consideran los requisitos para el ENS alto:

  • Se utilizarán productos certificados conforme a lo establecido en el ENS ([op.pl.5] Componentes Certificados).
  • Se emplearán «sellos cualificados de tiempo electrónicos» atendiendo a lo establecido en el Reglamento eIDAS.
  • Se utilizarán mecanismos de firma electrónica recomendados y fortaleza mínima 128 bits, es decir:
     # RSA de, al menos, 3072 bits (aunque se recomienda el uso de 4096 bits).
     # Curvas elípticas con claves de, al menos, 256 bits.
     # Funciones resumen de las incluidas en la serie SHA-2 o SHA-3 con una seguridad mayor o igual que SHA-256. – Para los esquemas enlazados, la seguridad recae en la función resumen empleada, por tanto, se empleará cualquiera de las funciones de la serie SHA-2 o SHA-3 con una seguridad mayor o igual que SHA-256.

Todos estos requisitos son muy difíciles de afrontar si se empiezan a considerar en el año 2025, pero EADTrust ya los tuvo en cuenta en la definición de sus jerarquías de certificación desde su creación.

Jerarquias de certificación de EADTrust.

Las jerarquías de certificación de EADTrust ya cumplen los requisitos establecidos por el CCN desde que se diseñaron y se llevó a cabo la ceremonia de generación de claves de CA en 2019, sin esperar a la fecha límite de diciembre de 2025. Se estructuran en tres niveles (Root CA, Sub-CA e Issuing CA) y combinan tecnologías RSA y ECC, posicionando a EADTrust como pionera en Europa por su uso dual. Esta estructura soporta la emisión de certificados cualificados para firma electrónica, sellos electrónicos y autenticación de sitios web, cumpliendo con los estándares de ETSI y CEN para eIDAS y garantizando alta seguridad y confianza en transacciones electrónicas. La adopción de ECC refuerza su preparación para desafíos criptográficos futuros y ha sido clave para su designación como la entidad emisora de los certificados utilizados por los organismos sanitarios españoles para emitir el pasaporte COVID-19 durante la pandemia.

Las variantes de certificados ofrecidos por EADTrust son las siguientes:

  • Autenticación y firma electrónica de personas físicas,
  • Autenticación y firma electrónica de personas físicas, con indicación de entidad en la que trabajan,
  • Autenticación y firma electrónica de representantes legales de personas jurídicas,
  • Autenticación y firma electrónica de empleados públicos,
  • Autenticación y firma electrónica de empleados públicos, en el contexto de la Administración de Justicia
  • Autenticación y sello electrónico de personas jurídicas,
  • Autenticación y sello electrónico de órganos de la administración pública,
  • Autenticación y sello electrónico de personas jurídicas sujetas a la normativa PSD2,
  • La creación de sellos de tiempo electrónicos cualificados,
  • La comprobación y validación de firmas electrónicas, sellos electrónicos, y de sellos de tiempo electrónicos,
  • La conservación de firmas electrónicas, sellos o certificados para estos servicios

Se contemplan algoritmos criptográficos de tipo RSA con tamaños de clave de 2048 bits, 4196 bits y 8192 bits y algoritmos criptográficos de tipo ECC (Criptografía de Curva Elíptica) con tamaños de clave de 256 bits y 384 bits.

Los diferentes niveles de robustez de criptografía permiten el cumplimiento de los niveles medios y altos del ENS (Esquema Nacional de Seguridad) de España, tal como se describen en el documento “Guía de Seguridad de las TIC – CCN-STIC 807 – Criptología de empleo en el Esquema Nacional de Seguridad” citado, según las necesidades de las Administraciones Públicas.

Los tamaños de clave para los certificados cualificados (a partir de los certificados de Autoridad de Certificación raíz) son:

  • RSA Root CA 2048-bit key size with SHA256 digest algorithm para certificados cualificados.
  • RSA Root CA 4096-bit key size with SHA256 digest algorithm para certificados cualificados.
  • RSA Root CA 8192-bit key size with SHA512 digest algorithm para certificados cualificados.
  • ECC Root CA P-256 with SHA256 digest algorithm para certificados cualificados.
  • ECC Root CA P-384 with SHA384 digest algorithm para certificados cualificados.
    Para certificados no cualificados
  • RSA Root CA 2048-bit key size with SHA256 digest algorithm para certificados no cualificados.

En la siguiente figura se muestra la jerarquía RSA de 4096 bits que es similar a la de 8192 bits.

En la siguiente figura se muestra la jerarquía ECC de 384 bits que es similar a la de 256 bits.

Desde principios de 2023 EADTrust ha difundido además los nuevos certificados para la provisión de servicios de sello de tiempo cualificado diferenciados por usar diferentes algoritmos criptográficos, tamaño de clave y uso o no de Dispositivo Cualificado de Creación de Sello o de Firma (DCCF, DCCS o QSCD).

Algunos están especialmente diseñados para cumplir requisitos establecidos en el Esquema nacional de Seguridad (ENS) para el Nivel de Seguridad Alto.

Los campos “CommonName” de los nuevos certificados son:

Certificado CriptografíaTamaño ClaveQCSDENS
EADT QTSU 2023 RSA 2048RSA2048NONO
EADT QTSU 2023 ENS alto RSA 3072RSA3072NOSI
EADT QTSU QSCD 2023 ENS alto RSA 4096RSA4096SISI
EADT QTSU 2023 ENS alto ECC 256ECC256NOSI
EADT QTSU QSCD 2023 ENS alto ECC 384ECC384SISI

Por compatibilidad se mantienen los sellos de tiempo basados en criptografía RSA de 2048 bits, destinados a entidades no sujetas al cumplimiento de la normativa ENS del Esquema nacional de Seguridad.

El reto de las entidades del sector público

Los cambios en la criptografía de los certificados y de los sellos de tiempo no solo afectan a los Prestadores de Servicios de Confianza, también afectan a las entidades públicas que deben aceptar los nuevos certificados.

Por eso, en EADTrust hemos creado un servicio de apoyo sin coste para entidades públicas que orienta sobre los puntos de la infraestructura que deberían revisar para facilitar la transición a la criptografía más robusta (sobre todo su página web de servicios al ciudadano). Además, aportamos un juego completo de certificados de prueba vigentes y revocados para que puedan comprobar los diferentes casos de uso. Pueden llamar al 91 7160555.

Próximos eventos «Trust Services and eID Forum» y «CA-day» en Split, Croacia el 24 y 25 de septiembre de 2025


El 24 de septiembre de 2025, ENISA organiza el 11º Foro sobre Servicios de Confianza y Identificación Electrónica (11th Trust Services and eID Forum). El 25 de septiembre de 2025, D-TRUST, en colaboración con TÜV Nord Cert, celebrará la 17ª Jornada de CAs (17th CA-Day).

¿A quién va dirigido?

El foro, organizado en colaboración con la Comisión Europea desde 2015, se ha convertido en «la cita ineludible» para las partes interesadas del amplio ámbito del Reglamento eIDAS. Reúne a responsables políticos, prestadores de servicios de confianza, organismos de evaluación de la conformidad, supervisores, instituciones europeas y de los Estados miembros y usuarios finales interesados, ofreciendo un lugar único para los debates relacionados con las identidades digitales en Europa. Este año, el evento se traslada a Split, Croacia, y se garantiza también la retransmisión en línea para la participación virtual.

Contenido

Entre los temas que se debatirán este año, abordaremos los siguientes

  • Normalización y certificación de la Cartera de Identidad Digital Europea
  • Interacción de eIDASv2 con otra legislación (CRA, Ley de Chips de la UE, NISD2), incluidos los aspectos relacionados con la privacidad
  • Aplicación de los servicios de confianza nuevos y previamente definidos, desde el punto de vista técnico y organizativo
  • Nuevas necesidades de colaboración entre todos los servicios de confianza y las partes interesadas en la identificación electrónica
  • Estrategias para promover el mercado de la identidad digital

Como en años anteriores (desde 2018), el Trust Services and eID Forum irá seguido del CA-Day, organizado por D-Trust y TÜV Nord Cert, que tendrá lugar el 25 de septiembre en el mismo lugar.

Agenda en inglés

El borrador del programa ya está disponible. Contiene interesantes presentaciones y cautivadores debates entre expertos reconocidos en la materia. Tenga en cuenta que se seguirá actualizando en las próximas semanas. Ver la traducción más abajo

Inscripción

Ya puede reservar su plaza inscribiéndose aquí. Reserve su plaza presencial solo si está seguro de que podrá asistir al evento en persona. Tenga en cuenta que no es posible acoger presencialmente a más de 2-3 participantes de la misma organización.

Agenda en español

Participo en el IV Seminario Internacional RENIEC 2025


En vez de ir a los Sanfermines (tengo que hacer esta mención, siendo, como soy, de Pamplona) el 7 de julio viajaré a Lima (Perú) para participar en el IV Seminario Internacional RENIEC 2025, coincidiendo con la celebración del trigésimo aniversario de la fundación de RENIEC.

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) se fundó el 12 de julio de 1995. Su creación se formalizó mediante la Ley N.º 26497, en cumplimiento de lo dispuesto por la Constitución Política del Perú de 1993, que estableció la necesidad de un organismo autónomo encargado de la identificación de las personas y la administración de los registros civiles en el país.

En mi reflexión sobre la Identidad Digital intentaré extrapolar la experiencia de la Unión Europea tras la publicación del Reglamento (UE) 2024/1183 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, como base para adoptar enfoques parecidos en otros países, siempre respetando su modelo de soberanía, de forma que la gestión futura de la identidad digital pueda llegar a ser interoperable en la provisión de servicios digitales con un enfoque transfronterizo. Y explicaré qué nuevos servicios se pueden ofrecer con Carteras Digitales como la «EUDI Wallet» o «Cartera IDUE».

El Seminario Internacional RENIEC es un evento organizado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) de Perú, enfocado en la identidad digital y la transformación digital de los servicios de identificación ciudadana. Su objetivo principal es promover el uso de la identidad digital como mecanismo legal, seguro y confiable para acceder a servicios electrónicos tanto del gobierno como del sector privado.

Durante el seminario se abordan temas como:

  • Importancia del derecho a la identidad y su ejercicio en entornos digitales.
  • Procesos de identificación y autenticación para servicios de gobierno y comercio electrónico.
  • Evolución de la identidad digital y su impacto en la seguridad jurídica y competitividad del país.
  • Experiencias nacionales e internacionales en gestión de identidad digital.
  • Rol del DNI electrónico (DNIe) y los certificados digitales en la provisión de servicios virtuales.

El evento está dirigido a funcionarios públicos, directivos de empresas privadas, especialistas técnicos y legales, así como a todos los interesados en la implementación de servicios electrónicos seguros y proyectos de gobierno digital. Además, el seminario sirve como un espacio de intercambio y aprendizaje con expertos internacionales, fortaleciendo conocimientos y compartiendo buenas prácticas sobre transformación digital e innovación en identificación ciudadana.

Esta será mi tercera participación después de la del 2022 y de la del 2024. Aquí están los videos de las intervenciones anteriores:

Intervención de Julián Inza en el Seminario Internacional RENIEC (Identificación para un Perú Digital) de 13 julio 2022 con la ponencia «Tecnologías de Identificación emergentes» enfatizando la idea de que la Identidad es uno de los derechos humanos y como se prevé que será la EUDI Wallet (EIDAS 2)

Intervención de Julián Inza en el Seminario Internacional RENIEC (Oportunidades de la identificación digital: impacto del DNIe para más y mejores servicios) de 16 de julio de 2024 con la ponencia «Identidad digital basada en Blockchain y su evolución hacia la Cartera de Identidad Digital Europea» enfatizando la vigencia de las 7 leyes de la identidad de Kim Cameron.

Versión 1.8 del ARF de la Cartera IDUE en español


La EUDI Wallet (European Union Digital Identity Wallet), conocida en español como la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea (Cartera IDUE) se está desarrollando desde el punto de vista de la concreción de especificaciones a través del ARF es decir, el Marco de Referencia y Arquitectura (Architecture and Reference Framework).

El ARF de la Cartera IDUE es un documento técnico clave que establece las bases para el diseño, desarrollo y funcionamiento de esta identidad digital en toda la Unión Europea. Es un marco de referencia que los estados miembros y desarrolladores usan para garantizar que las carteras digitales sean seguras, interoperables y cumplan con la regulación eIDAS 2.0.

Traduje varias versiones del documento ARF, pero en los últimos meses la actualización de versiones iba más rápido que mi capacidad de traducción

Recientemente se ha publicado la versión 1.8 y la he intentado traducir a toda prisa, por lo que aquí traigo la versión en español de este documento «Marco de Referencia y Arquitectura»:

Aquí están sus aspectos principales:

  • Estandarización: Define los protocolos técnicos, como el formato de los identificadores digitales (basados en estándares como OpenID o ISO/IEC 18013-5 para credenciales móviles), para que las carteras funcionen igual en todos los países de la UE.
  • Interoperabilidad: Asegura que una Cartera IDUE emitida en España, por ejemplo, pueda usarse sin problemas en Francia o Alemania para servicios públicos y privados (como abrir una cuenta bancaria o identificarse en línea).
  • Seguridad: Establece requisitos para proteger los datos personales, como el uso de elementos seguros en dispositivos (chips físicos o software encriptado) y autenticación multifactor.
  • Funcionalidad: Detalla cómo las carteras almacenarán y presentarán credenciales digitales, como el DNI electrónico, licencias de conducir o certificados académicos, de forma que sean verificables al instante por terceros autorizados.
  • Desarrollo práctico: Proporciona una «caja de herramientas» (toolbox) técnica para que los países implementen sus propias versiones de la cartera, manteniendo un estándar común.

El ARF fue publicado por la Comisión Europea como parte del proceso para preparar la implementación de la EUDI Wallet, que se espera esté plenamente operativa para las navidades de 2026.

G-digital y EADTrust


g-digital, es la división de negocios digitales de Garrigues (la mayor Firma de abogados de la Unión Europea) dedicada a fomentar la innovación y el desarrollo tecnológicos para ayudar a los clientes de la Firma en su transformación digital. Asume la misión de desarrollar soluciones tecnológicas que integren el conocimiento del derecho de los negocios del despacho legal en los procesos de sus clientes, no solo mejorando la eficiencia y la seguridad jurídica, sino también habilitando nuevas oportunidades de negocio en un entorno cada vez más digital.

Los profesionales de Garrigues Digital, que son los expertos del despacho en TechLaw y economía digital, trabajan estrechamente con los tecnólogos de g-digital en el diseño de sus soluciones, asegurando que tecnología y legalidad se integran en cada propuesta e identificando las necesidades y oportunidades del mercado. Esta colaboración es el factor clave y distintivo que asegura que sus productos y servicio sean innovadores y de confianza.

Las soluciones de g-digital están concebidas como herramientas esenciales para garantizar la seguridad jurídica, la eficiencia y el cumplimiento normativo en los procesos desplegados por o clientes del a Firma.

g-digital, trabaja en estrecha colaboración con EADTrust, prestador cualificado de servicios de confianza digital, participado por Garrigues.

Esta colaboración representa una alianza estratégica que redefine la forma en que las empresas gestionan sus transacciones digitales. Esta sinergia combina el liderazgo legal de Garrigues con la experiencia técnica de EADTrust para ofrecer soluciones integrales que garantizan seguridad, eficiencia y cumplimiento normativo.

¿Qué ofrecen juntos g-digital y EADTrust?

La propuesta comercial conjunta se basa en tres pilares fundamentales:

  1. Servicios de confianza digital regulados
    • EADTrust aporta su experiencia en servicios cualificados, como la expedición de certificados cualificados de personas físicas para la realización de firmas electrónicas cualificadas, la expedición de certificados cualificados de personas jurídicas para la realización de sellos electrónicos cualificados, la emisión de sellos de tiempo cualificados, la provisión de servicios de custodia digital y notificaciones certificadas, esenciales para garantizar la autenticidad y seguridad de las transacciones digitales.
    • g-digital integra estos servicios en procesos legales, optimizando la gestión de contratos y asegurando que las empresas cumplan con normativas como eIDAS2.
  2. Innovación tecnológica aplicada al ámbito legal
    • Ambas entidades han desarrollado soluciones como GoCertius, que permite certificar fotografías y videos captados con el móvil asociándolos al momento en que se tomaron, y que se ha ampliado para dejar constancia de lo tratado en chats «securizados» en plataformas como Telegram con alta eficacia probatoria, y que permitiría un sistema de contratación con muy baja fricción en la experiencia de usuario.
    • g-digital trabaja en proyectos basados en blockchain, como plataformas de activos financieros tokenizados bajo el régimen piloto de la UE (Reglamento UE 2022/858) y la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión y su constitución como ERIR (Entidad Responsable de la Inscripción y del Registro. También impulsa soluciones de «EAD Enterprise Suite» como «eArchiving» y «Signature Manager» una herramienta colaborativa que permite la firma electrónica de varios intervinientes en un acuerdo e incluso invitar asesores legales al proceso de firma.
  3. Cumplimiento normativo y adaptación al mercado europeo
    • La colaboración está alineada con regulaciones clave como eIDAS2, NIS2, DORA y MiCA, asegurando que las empresas puedan operar dentro del marco legal europeo mientras aprovechan herramientas avanzadas para la gestión digital.

Beneficios para las empresas

La alianza entre g-digital y EADTrust ofrece ventajas tangibles para empresas de todos los sectores:

  • Seguridad jurídica: Las soluciones conjuntas garantizan que las transacciones digitales cumplan con los estándares legales más exigentes, reduciendo riesgos regulatorios.
  • Eficiencia operativa: La integración de servicios digitales permite automatizar procesos clave, como la firma electrónica o la custodia documental, optimizando tiempos y costes. El uso de sello de tiempo cualificado en pasos clave de procesos de negocio digitalizados los transforma en pruebas con presunción «Iuris Tantum»
  • Innovación adaptada: Con herramientas como blockchain y carteras digitales europeas (EUDI Wallets), las empresas pueden liderar la transformación digital sin comprometer la seguridad ni el cumplimiento normativo.

Casos destacados

Entre los proyectos desarrollados conjuntamente se encuentran:

  • GoCertius: Una solución innovadora para certificar fotos, videos y documentos captados por la cámara controlada por la App y comunicaciones digitales por Telegram , ideal para sectores donde la evidencia legal es crítica.
  • EAD Factory: Servicios diseñados para transformar procesos empresariales tradicionales en entornos completamente digitales por diseño, beneficiando especialmente a industrias como banca y seguros. Puede implantarse en sus propios CPDs o en plataformas en la nube TIC
  • EAD Enterprise Suite: eArchiving: Solución de custodia digital de archivos, equivalente en cierto sentido al depósito notarial, con funcionalidades de escrow.
  • EAD Enterprise Suite: Signature Manager: Solución de firma electrónica de uso muy sencillo que reduce la fricción para los firmantes y sus asesores, y que resuelve los retos de la firma en contextos multinacionales donde aplican diferentes leyes y jurisdicciones.

Conclusión

La colaboración entre g-digital y EADTrust no solo fortalece la confianza digital en Europa, sino que también posiciona a ambas entidades como líderes en un mercado donde la seguridad jurídica y tecnológica son esenciales. Su propuesta conjunta es una invitación a las empresas a abrazar el futuro digital con herramientas que garantizan autenticidad, integridad y cumplimiento normativo. En un entorno donde la innovación es clave, esta alianza representa el puente perfecto entre tecnología avanzada y seguridad legal.

«Verificación del Beneficiario» o «Verification of Payee»


La «Verificación del Beneficiario» (o Verification of Payee en inglés) es un servicio o proceso utilizado principalmente en el sector bancario y financiero para confirmar la identidad del destinatario de un pago antes de que se realice la transacción. Este mecanismo busca reducir el riesgo de fraude, errores en los pagos o transferencias a cuentas incorrectas.

En términos prácticos, cuando alguien inicia un pago (por ejemplo, a través de una transferencia bancaria), el sistema de Verificación del Beneficiario comprueba que los datos proporcionados (como el nombre del beneficiario y el número de cuenta) coincidan con los registros del banco receptor. Si hay una discrepancia, se puede alertar al usuario para que revise la información antes de ejecutar la transferencia.

Este servicio es especialmente común en países como el Reino Unido, donde se implementó como parte del esquema Confirmation of Payee bajo las regulaciones de la Autoridad de Conducta Financiera (FCA) para combatir el fraude de pagos autorizados (Authorised Push Payment fraud). Por ejemplo, al introducir los detalles de una transferencia, el banco podría devolver un mensaje como «Nombre coincide», «Nombre no coincide» o «Nombre similar» (Match, No Match o Close Match), ayudando al ordenante a tomar una decisión informada.

Contexto en España

En España existe un equivalente al concepto de «Verification of Payee» (Verificación del Beneficiario), aunque no se denomina exactamente así de manera oficial en la normativa española.

En España, la verificación de la identidad del beneficiario en transferencias bancarias no era un servicio obligatorio con un nombre específico como el «Confirmation of Payee» o «Verification of Payee», pero los bancos y entidades financieras han adoptado medidas similares para cumplir con las normativas de prevención de fraude y blanqueo de capitales. Estas medidas suelen incluir la validación de los datos del beneficiario (como el IBAN y el nombre) antes de procesar una transferencia, especialmente en el marco de las transferencias SEPA (Zona Única de Pagos en Euros). En la actualidad les aplica el Reglamento (UE) 2024/886.

La base legal y regulatoria para este tipo de procedimientos proviene principalmente de la legislación europea, que ha sido traspuesta al ordenamiento jurídico español. Los marcos principales son:

  1. Directiva (UE) 2015/2366 – PSD2 (Segunda Directiva de Servicios de Pago):
    • Entró en vigor en la UE en 2016 y fue traspuesta en España mediante el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, sobre servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.
    • Esta directiva busca mejorar la seguridad de los pagos electrónicos y proteger a los consumidores. Aunque no menciona explícitamente la «Verificación del Beneficiario» como un servicio obligatorio, exige a las entidades financieras implementar medidas de autenticación reforzada (Strong Customer Authentication, SCA) y garantizar la seguridad en las transacciones, lo que incluye verificar la identidad de las partes involucradas en un pago.
    • En la práctica, algunos bancos españoles han integrado sistemas que cotejan el IBAN con el nombre del beneficiario para evitar errores o fraudes, aunque esto depende de las políticas internas de cada entidad.
  2. Reglamento SEPA (Reglamento (UE) No 260/2012):
    • Establece los requisitos técnicos y comerciales para las transferencias y adeudos domiciliados en euros en la zona SEPA, que incluye España.
    • Aunque el foco está en la estandarización de los pagos, las entidades pueden implementar controles adicionales, como la verificación del beneficiario, para cumplir con las expectativas de seguridad.
  3. Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo:
    • Esta ley, modificada posteriormente para adaptarse a directivas europeas (como la 4ª y 5ª Directivas AML), obliga a las entidades financieras a identificar y verificar la identidad de los clientes y beneficiarios en las operaciones financieras. Esto incluye medidas para evitar que los fondos se transfieran a cuentas fraudulentas o no deseadas, lo que indirectamente fomenta la verificación de los datos del beneficiario.
  4. Reglamento de Transferencias inmediatas (Reglamento (UE) 2024/886)
    • Modifica varios reglamentos y directivas existentes relacionados con las transferencias inmediatas en euros. Este reglamento tiene como objetivo promover el uso generalizado de transferencias instantáneas en la Unión Europea, mejorando la eficiencia, la digitalización y la innovación en los pagos.

Bancos españoles

En la actualidad los bancos españoles ya cuentan con servicios equivalentes:

  • Algunos bancos, como Santander, BBVA o CaixaBank, han desarrollado sistemas internos que alertan al usuario si el nombre del beneficiario no coincide con el IBAN proporcionado, aunque esto no es un estándar obligatorio en todo el sector.
  • La adopción de estas medidas depende de la entidad y suele estar motivada por la necesidad de cumplir con las expectativas de seguridad de los clientes y reducir el riesgo de fraude, como el fraude de suplantación (Authorised Push Payment Fraud).

European Payments Council

El 19 de marzo de 2024 se publicó el Reglamento (UE) 2024/886 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de marzo de 2024 por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 260/2012 y (UE) 2021/1230 y las Directivas 98/26/CE y (UE) 2015/2366 en lo que respecta a las transferencias inmediatas en euros,

Establece que el servicio VoP «Verification of Payee», lo deben ofrecer los proveedores de servicios de pago sin cargo adicional.

La comprobación debe realizarse antes de que el ordenante autorice la transferencia. En caso de «nombre similar» (close match) el ordenante deberá ser informado del nombre asociado al IBAN proporcionado.

Los PSP deberán informar a los ordenantes sobre las implicaciones de la responsabilidad del PSP y de los derechos de reembolso del ordenante sobre la opción del PSP de ignorar la notificación proporcionada. En la medida de lo posible, el servicio que garantice la verificación deberá llevarse a cabo de conformidad con un conjunto de reglas y normas para toda la Unión (por ejemplo el «rulebook» del EPC – European Payments Council).

Los ordenantes que no sean consumidores y que envíen varias órdenes de pago en forma de paquete deben poder optar por no recibir los avisos de VoP en su relación contractual con el PSP. El Servicio VoP se debe ofrecer 18 meses después de la entrada en vigor de la regulación,es decir, el 9 de octubre de 2025.

El reglamento indica que los Estados miembros adoptarán, publicarán y aplicarán, a más tardar el 9 de abril de 2025, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 3 y 4. Comunicarán inmediatamente el texto de dichas disposiciones a la Comisión.

El Banco Central Europeo ha publicado un resumen del proceso del implantación del Servicio VoP.

Y el European Payment Council ha publicado en octubre de 2024 el «Verification of Payee Scheme Rulebook» y un video explicativo sobre VoP.

Como ayuda EADtrust

EADTrust proporciona certificados QWAC y QSEALC con el perfil PSD2 que se necesitan en las conexiones entre bancos y entidades de pagos. Se tienen en cuenta diferentes roles:

  1. PISP Payment Initiation Service Provider (Proveedor de Servicios de Iniciación de Pagos)
    • Estas entidades permiten a los usuarios iniciar pagos directamente desde sus cuentas bancarias a través de un tercero, sin necesidad de usar una tarjeta de crédito o débito. Actúan como intermediarios entre el pagador y el banco, facilitando transacciones seguras mediante APIs abiertas.
  2. AISP Account Information Service Provider (Proveedor de Servicios de Información de Cuentas)
    • Estas entidades recopilan y consolidan información de las cuentas bancarias del usuario (con su consentimiento), ofreciendo una visión unificada de sus finanzas. Por ejemplo, pueden mostrar saldos o historiales de transacciones de diferentes bancos en una sola plataforma.

Y están, claro, las entidades que gestionan las cuentas, que tienen su denominación propia del contexto normativo de PSD2:

  1. ASPSP Account Servicing Payment Service Provider (Proveedor de Servicios de Pago que Gestiona Cuentas)
    • Son los bancos o instituciones financieras tradicionales que mantienen las cuentas de los clientes y deben proporcionar acceso a PISP y AISP a través de interfaces seguras (como APIs) bajo el consentimiento del usuario.
  2. TPP Third Party Providers (Terceros Proveedores)
    • Es un término general que engloba a PISP y AISP, refiriéndose a cualquier entidad autorizada por PSD2 para ofrecer servicios de pago o información, distinta de los bancos tradicionales.

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Qualified Certificates for PSD2 (Second Payment Services Directive)


EADTrust offers several services related to the issuance of PSD2 qualified certificates, including the issuance of test certificates.

But, what Are PSD2 Certificates?

PSD2 certificates are specialized digital certificates mandated under the European Union’s Revised Payment Services Directive (PSD2, EU Directive 2015/2366), designed to enhance the security, transparency, and interoperability of electronic payment systems across the EU. Introduced to foster open banking, PSD2 requires financial institutions, such as banks, and third-party providers (TPPs) to allow secure access to customer account data and payment services, provided customer consent is given. To facilitate this securely, PSD2 mandates the use of qualified electronic certificates compliant with the eIDAS Regulation (EU No 910/2014), which ensures trust and authenticity in electronic transactions.

These certificates serve as a digital “company ID” for payment service providers (PSPs), identifying them and their roles within the payment ecosystem while securing communications between parties, such as banks (Account Servicing Payment Service Providers, or ASPSPs) and TPPs. The certificates are critical for meeting the Regulatory Technical Standards (RTS) outlined in EU 2018/389, particularly Article 34, which specifies requirements for strong customer authentication (SCA) and secure communication channels. Issued by Qualified Trust Service Providers (QTSPs) listed in the EU Trusted List, PSD2 certificates ensure that only authorized entities can access sensitive financial data or initiate payments, thereby reducing fraud and enhancing consumer protection.

Types of PSD2 Certificates

There are two primary types of PSD2 certificates, each serving distinct purposes within the PSD2 framework:

  1. Qualified Website Authentication Certificate (QWAC):
    • Purpose: QWACs are used to establish a secure, encrypted Transport Layer Security (TLS) connection between parties, such as a TPP and a bank’s API. They authenticate the identity of the PSP or TPP and secure the communication channel, ensuring data confidentiality and integrity during transmission.
    • Use Case: QWACs are mandatory for identifying PSPs when they access a bank’s dedicated interface (API) or fallback mechanism (emergency interface). They are akin to Extended Validation (EV) TLS/SSL certificates but include additional PSD2-specific fields.
    • Technical Details: QWACs rely on a minimum key length of 2048 bits and are generated using a Certificate Signing Request (CSR) that includes the public key and specific attributes (e.g., Organization, Country).
  2. Qualified Certificate for Electronic Seal (QSealC or QSEAL):
    • Purpose: QSealCs provide a digital signature or “seal” on data or messages exchanged between parties, ensuring the data’s origin and integrity. They prevent tampering and offer non-repudiation, meaning the sender cannot deny having sent the message.
    • Use Case: QSealCs are used to sign requests or transactions (e.g., payment initiation or account information retrieval), providing evidence of the request’s authenticity. While not always mandatory, some banks or standards (e.g., Berlin Group’s NextGenPSD2) may require their use alongside QWACs.
    • Technical Details: QSealCs require a minimum key length of 3072 bits for higher security. They can be implemented as “soft seals” (stored digitally without hardware) or with hardware security modules (HSMs) or smart cards, depending on the provider.

Both certificate types are defined under the ETSI TS 119 495 standard, which outlines their technical specifications and ensures interoperability across the EU.

Information Contained in PSD2 Certificates

PSD2 certificates include standard fields found in digital certificates, as well as additional PSD2-specific information to meet regulatory requirements. The key details are:

  • Standard Certificate Fields:
    • Organization (O): The legal name of the PSP or entity.
    • Organizational Unit (OU): Optional, specifying a department or division (if applicable).
    • Common Name (CN): Typically the domain or identifier of the entity.
    • Country Code (C): The two-letter code of the entity’s home country (e.g., “DE” for Germany).
    • State or Province (S): The entity’s state or region (optional).
    • City (L): The entity’s city of operation.
  • PSD2-Specific Fields (in the Qualified Certificate Statement, QC Statement):
    • Authorization Number: A unique identifier issued by the National Competent Authority (NCA) upon registration or licensing of the PSP. This links the certificate to the official public register.
    • PSD2 Roles: The specific roles or entitlements of the PSP, indicating the services they are authorized to provide (detailed below).
    • Name of the National Competent Authority (NCA): The regulatory body overseeing the PSP (e.g., BaFin in Germany, Bank of Spain in Spain).

These fields ensure that the certificate unambiguously identifies the PSP, its authorized activities, and the supervising authority, enabling banks and other parties to verify legitimacy during transactions.

Requirements for Issuance of PSD2 Certificates

The issuance of PSD2 certificates involves strict requirements to ensure security and compliance with EU regulations. These include:

  1. Authorization by a National Competent Authority (NCA):
    • Before applying for a certificate, a PSP must obtain a license or registration from its NCA (e.g., the Financial Conduct Authority in the UK, KNF in Poland). This process confirms the entity’s eligibility to operate as a PSP under PSD2.
    • CRR credit institutions (banks with a full banking license) do not require additional authorization and can directly apply for certificates covering all roles.
  2. Application to a Qualified Trust Service Provider (QTSP):
    • Certificates must be issued by a QTSP accredited under eIDAS and listed in the EU Trusted List. Examples include DigiCert, GlobalSign, and Buypass.
    • The PSP submits a Certificate Signing Request (CSR) containing the public key and required attributes, generated with specified key lengths (2048 bits for QWACs, 3072 bits for QSealCs).
  3. Identity Verification:
    • A natural person (e.g., an authorized signatory) must be identified to represent the PSP. This can be:
      • The signatory themselves for a Qualified Seal Card PSD2.
      • A delegated representative (subscriber’s representative) for QWACs or QSealCs, authorized via a signed request form.
    • Identification methods vary by country:
      • In Germany, PostIdent is standard.
      • Elsewhere, it may involve embassies, consulates, or notaries listed in the European Directory of Notaries.
  4. Validation Against Public Registers:
    • The QTSP verifies the PSP’s authorization number and roles against the NCA’s public register or the European Banking Authority (EBA) register to ensure accuracy and legitimacy.
  5. Technical Requirements:
    • The PSP generates and manages its own private keys, ensuring they remain secure (e.g., using an HSM for QSealCs).
    • Test certificates, which do not require an NCA license, are available for pre-authorization testing but follow the same technical standards.
  6. Certificate Validity and Renewal:
    • QWACs are typically valid for one year, while QSealCs may vary depending on the QTSP. Changes (e.g., PSP name or roles) require revocation of the old certificate and issuance of a new one, as fields cannot be edited.

Roles Encoded in PSD2 Certificates

PSD2 recognizes four distinct roles for PSPs, which define their authorized activities within the payment ecosystem. These roles are encoded in the certificates and align with the ETSI TS 119 495 standard abbreviations:

  1. Account Information Service Provider (AISP, PSP_AI):
    • Description: AISPs aggregate and provide consolidated views of a customer’s payment accounts (e.g., from multiple banks). They help with budgeting, expense tracking, and financial planning.
    • Function: Read-only access to account data, with customer consent.
  2. Payment Initiation Service Provider (PISP, PSP_PI):
    • Description: PISPs initiate payments on behalf of customers directly from their bank accounts, acting as intermediaries between merchants and banks.
    • Function: Facilitates online credit transfers or direct debits, bypassing traditional card payments.
  3. Account Servicing Payment Service Provider (ASPSP, PSP_AS):
    • Description: Typically traditional banks or institutions that maintain payment accounts for customers.
    • Function: Provides account management services and must open APIs for TPPs to access customer data or initiate payments.
  4. Payment Service Provider Issuing Card-Based Payment Instruments (PSP_IC):
    • Description: Entities authorized to issue card-based payment instruments (e.g., debit or credit cards).
    • Function: Enables card payments as part of the payment ecosystem.

A single PSP can hold multiple roles (e.g., both AISP and PISP), and these are all encoded in the certificate’s QC Statement. Banks with a full CRR license can apply for all roles without additional authorization, while TPPs must specify their roles during NCA registration.


Conclusion

PSD2 certificates (QWACs and QSealCs) are vital tools for ensuring secure, authenticated, and interoperable electronic payments under the PSD2 framework. They identify PSPs, secure communications, and protect data integrity, relying on strict issuance processes overseen by QTSPs and NCAs. Containing detailed organizational and regulatory information, they encode one or more of the four PSP roles (AISP, PISP, ASPSP, PSP_IC), reflecting the diverse functions within the open banking landscape. This robust system supports PSD2’s goals of enhancing security, promoting competition, and protecting consumers across the EU.

Participación en Tinku TV para hablar de EIDAS2 y de la Cartera IDUE


Hoy participo en Tinku TV, en el Programa de Derecho que dirige Lara Novis y en el que comentaremos brevemente algunos de los aspectos más relevantes del Reglamento EIDAS2 y de la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea.

Lara siempre organiza debates interesantes para garantizar un análisis exhaustivo de las cuestiones actuales y emergentes en el ámbito jurídico, por lo que agradezco que me haya invitado a su programa.

A través de cada episodio, da pie a que abogados, empresarios y responsables de diversas áreas compartan su visión y sus experiencias prácticas, dando respuesta a las preguntas más apremiantes del entorno jurídico actual.

El programa se emite en directo a las 17:00 y quedará disponible en la plataforma de Tinku TV

🔴 Para verlo en directo en Tinku Televisión (plataforma propia)
https://tinku.es/live/

🔴 Para verlo en directo y suscribirte a su canal en YouTube
https://www.youtube.com/channel/UCXd4lSr-NWwfLF7hUqT6HUQ?sub_confirmation=1

🔴 Para verlo en directo por LinkedIn
https://www.linkedin.com/company/tinku-es/

Y para que tengáis contexto de qué es el Reglamento EIDAS 2 y la Cartera IDUE, y podáis seguir mejor la entrevista (que quizá entre en detalles técnicos y legales), os incluyo información adicional a continuación.

El eIDAS2 es una actualización del Reglamento eIDAS original (Reglamento UE 910/2014), que entró en vigor el 20 de mayo de 2024 como el Reglamento (UE) 2024/1183. Este nuevo marco legal busca mejorar la identificación electrónica y los servicios de confianza en la Unión Europea, adaptándose a las necesidades actuales de un entorno digital en constante evolución. Su objetivo principal es garantizar una identidad digital segura, interoperable y fácil de usar para todos los ciudadanos, residentes y empresas de la UE, promoviendo transacciones digitales más seguras y eficientes tanto a nivel nacional como transfronterizo.

Uno de los elementos más destacados del eIDAS2 es la introducción de la Cartera de Identidad Digital Europea, conocida como EUDI Wallet (European Digital Identity Wallet) o Cartera IDUE en español (Identidad Digital de la Unión Europea). Se trata de una aplicación móvil que permitirá a los usuarios almacenar, gestionar y compartir de manera segura datos de identidad y declaraciones electrónicas de atributos personales, (como el DNI, el carné de conducir, títulos académicos, certificados médicos, datos de empadronamiento o poderes de representación) y firmar documentos electrónicamente con firma cualificada. Esta cartera digital no sustituye los propios documentos físicos como el DNI, pero amplía sus funcionalidades al ámbito digital, ofreciendo un medio unificado para autenticarse en servicios públicos y privados, tanto en línea como presencialmente.

La Cartera IDUE está diseñada para dar a los usuarios un mayor control sobre sus datos personales. Por ejemplo, permite compartir solo la información necesaria para una transacción específica (como probar que eres mayor de edad sin revelar tu fecha de nacimiento completa) y registrar todas las interacciones para mayor transparencia. En el futro permitirá retirar el consentimiento sobre datos personales aportados con anterioridad por lo que será una de las primeras herramientas para ejercer los derechos SOPLAR (antiguos ARCO) con un click.

Además, deberá ser aceptada obligatoriamente por empresas y organismos en todos los países de la UE, lo que facilita la interoperabilidad y el acceso a servicios transfronterizos. Los Estados miembros deberán proporcionar esta cartera a sus ciudadanos en un plazo de 24 meses tras la aprobación de las especificaciones técnicas detalladas, previstas en actos de ejecución que complementan el reglamento. Es decir, en diciembre de 2026.