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Ersetzendes Scannen: Digitalización Sustitutiva según la norma BSI TR-03138


Hace unos años hicimos para un cliente de EADTrust un análisis de toda la normativa de la Unión Europea y de un buen número de otros países para identificar las regulaciones y normas técnicas que permiten digitalizar documentos (empezando por facturas, pero con vocación de que se pudiera digitalizar cualquier documento en papel).

Una de las normas identificadas en aquel estudio, es la norma alemana BSI TR-03138 «Ersetzendes Scannen» también conocida por «RESISCAN«, abreviatura de «Replacement Scanning» por la traducción al inglés disponible en el sitio web de BSI.

He empezado a traducir esta norma al español para poderla aportar a nuestros clientes que nos contratan auditorías técnicas de verificación de cumplimiento respecto a las normas de «Digitalización Certificada de Facturas» de la AEAT, de «Digitalización Certificada de documentos de interés administrativo» aplicable en el contexto del Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI) y de las Normas Técnicas de Interoperabilidad (NTI) y la «Digitalización Certificada de documentos de interés procesal» orientada a generar documentos digitalizados a partir de documentos en papel que se adjuntan a los mensajes gestionados por Lexnet y que permite digitalizar cualquier documento que pudiera ser requerido en un proceso jurisdiccional. La norma de digitalización de este ámbito la publicó el CTEAJE (Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica).

El siguiente paso es recopilar los requisitos de todas las normas para completar nuestro checklist de evaluación de conformidad y poder orientar a nuestros clientes que desarrollan soluciones de digitalización de documentos en papel de forma que su software pueda cumplir las normas de digitalización de todos los países, especialmente los de la Unión Europea.

No he completado aun la traducción del documento, pero he querido exponer el borrador en mi blog, para animar a mis lectores que me envíen comentarios o me hagan llegar los errores que detecten.

También tengo previsto hacer traducciones de normas de digitalización existentes en otros países como la NF Z42-026, de «numérisation fidèle de documents sur support papier», y alguna más.

Este es el documento sobre «Digitalización sustitutiva» de BSI traducido al español,

La «digitalización sustitutiva» es el término elegido en español para designar al alemán ·Ersetzendes Scannen» recogido en la norma BSI TR-03138.

Esta norma establece los requisitos técnicos y organizativos para un proceso de digitalización de documentos en papel que sea legalmente seguro (rechtssicher). Este proceso, denominado «ersetzendes Scannen», permite que los documentos digitalizados (scanprodukt) sustituyan a los originales en papel, manteniendo su valor probatorio (Beweiswert) para usos legales, administrativos o judiciales, y permite la destrucción de los originales. La norma garantiza que el documento digital sea idéntico en contenido e imagen al original, cumpliendo con estándares de integridad, confidencialidad y disponibilidad.

Alcance:

  • Aplicable a entidades públicas (administración, justicia), empresas privadas y el sector sanitario.
  • Regula todas las fases del proceso de escaneado sustitutivo: preparación de documentos, digitalización, postprocesamiento y aseguramiento de la integridad.
  • Se alinea con leyes como el E-Government-Gesetz (EGovG) y el E-Justice-Gesetz, que exigen procesos de digitalización conformes al estado de la técnica.

Componentes principales:

  1. Documento principal: El que aquí se adjunta. Describe de forma compacta las medidas técnicas y organizativas necesarias para un proceso de escaneado seguro.
  2. Anexo P (Prüfspezifikation): Contiene casos de prueba para verificar la conformidad del proceso. Estos son obligatorios para la certificación, pero también sirven para autoevaluaciones sin certificación.
  3. Versiones relevantes:
    • Versión 1.4.1 (vigente hasta abril de 2020).
    • Versión 1.5 (publicada en agosto de 2024, vigente para certificaciones desde el 11.12.2024), que incluye la posibilidad de escaneado móvil mediante dispositivos como teléfonos o tabletas con aplicaciones específicas.

Requisitos clave:

  • Integridad: El documento digital debe ser idéntico al original en contenido e imagen, utilizando herramientas como firmas electrónicas cualificadas o sellos temporales para garantizar la no manipulación.
  • Transfervermerk (nota de transferencia): Un registro que documenta el proceso de digitalización, permitiendo rastrear los pasos desde el escaneado hasta el archivo, esencial para acreditar el valor probatorio en caso de disputas legales.
  • Clasificación de protección: La norma distingue tres niveles de protección (normal, alto, muy alto) según los objetivos de seguridad: integridad, confidencialidad y disponibilidad. Las medidas varían según la sensibilidad del documento.
  • Verfahrensdokumentation: Es obligatorio documentar el procedimiento de escaneado para garantizar la trazabilidad y cumplimiento normativo.
  • Auditoría y certificación: Para obtener la certificación BSI, se deben superar auditorías basadas en los casos de prueba del Anexo P.

Beneficios:

  • Legalidad: Cumple con requisitos legales para la digitalización en contextos judiciales, administrativos y fiscales.
  • Eficiencia: Reduce costes y espacio al eliminar archivos físicos, optimiza procesos y mejora el acceso a documentos mediante búsqueda de texto completo (OCR).
  • Flexibilidad: Permite el acceso a documentos digitales en cualquier momento y lugar, incluyendo escaneado móvil en la versión 1.5.
  • Seguridad: Aumenta la protección de datos y la conformidad con regulaciones como el DSGVO (Reglamento General de Protección de Datos).

Documentos de apoyo:

  • Guía práctica: «Ersetzendes Scannen leichtgemacht» ofrece orientación para implementar el proceso.
  • Anexos informativos:
    • Anexo A: Resultados del análisis de riesgos.
    • Anexo R: Notas legales no vinculantes.
    • Anexo V: Modelo de documentación de procedimientos.
    • Anexo F: Preguntas frecuentes (FAQ), actualizadas regularmente.
  • Concepto genérico de escaneado: Proporciona un procedimiento base adaptable a empresas y autoridades, con ejemplos prácticos.

Aplicaciones prácticas:

  • Sector público: Obligatorio para autoridades federales según el EGovG, con plazos para la adopción de la gestión electrónica de documentos (por ejemplo, justicia hasta 2026).
  • Sector privado: Especialmente útil en salud (actas electrónicas de pacientes) y empresas que buscan digitalización sin perder el valor probatorio.
  • Escaneado móvil: La versión 1.5 permite digitalizar documentos con dispositivos móviles, ampliando la flexibilidad para empresas y administraciones.

Los días 20 y 21 de enero de 2025 tendrá lugar la reunión inicial del Grupo de Expertos de Certificación de la Cartera de identidad Digital de la Unión Europea (Cartera IDUE)


Justo antes de Navidades la Agencia ENISA me comunicó que había sido designado como uno de los Expertos que colaborarían en la definición del modelo de certificación de seguridad de la Cartera IDUE (EUDI Wallet, en inglés).

Un gran honor y una gran responsabilidad .

La Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad (ENISA) ha lanzado un Grupo de Trabajo Ad Hoc (AHWG-Ad Hoc Working Group) centrado en la certificación de las Carteras de Identidad Digital de la UE (EUDI Wallet). Esta iniciativa surge en respuesta a una solicitud de la Comisión Europea para desarrollar un esquema de certificación de ciberseguridad para las Carteras IDUE (EUDI Wallets).

La Agencia ENISA solicitó en octubre de 2024 (con límite del 18 de noviembre para presentar candidaturas) expresiones de interés para participar en el Grupo d Expertos: The European Union Agency for Cybersecurity (ENISA) launches a call for expression of interest to create an Ad Hoc Working Group on the certification of EU Digital Identity Wallets.

El Grupo de trabajo ad hoc (AHWG) tiene por objeto:

  • Cumplir los requisitos del Marco Europeo de Identidad Digital (European Digital Identity Framework – EDIF), garantizando que se tengan en cuenta los sistemas de certificación, las normas y las especificaciones técnicas existentes y relevantes;
  • encajar perfectamente con el conjunto de soluciones para EUDI Wallets debatidas durante los últimos años en el Grupo de Expertos de la Caja de Herramientas eIDAS y su Subgrupo de Certificación, garantizando la alineación con las aportaciones del Marco de Arquitectura y Referencia como parte del proceso de la Caja de Herramientas, el Grupo de Cooperación de Identidad Digital Europea y su Subgrupo de Certificación.

ENISA ha buscado expertos con amplio conocimiento y experiencia en:

  • Certificación de ciberseguridad
  • Carteras digitales
  • Identificación electrónica
  • Servicios de confianza

Parece ser que yo cumplo el conocimiento y experiencia de esos temas y he sido designado como uno de los miembros del AHWG, tras haber solicitado mi participación.

Un honor para mí y un reconocimiento para EADTRUST.

Ya se están convocando las primeras reuniones y espero contribuir durante todas las fases del proyecto que conducen al desarrollo del esquema de certificación.

La primera reunión tendrá lugar los días 20 y 21 de enero de 2025.

El esquema de certificación de las Carteras IDUE es importante por varias razones:

  1. Garantiza que todas las Carteras EUDI emitidas a los ciudadanos de la UE funcionen de manera segura y uniforme en toda la UE.
  2. Verifica que cada cartera cumpla con los altos requisitos de seguridad establecidos por la regulación.
  3. Contribuye a proteger los datos y la privacidad de los usuarios

Disponibles los primeros borradores de normas ETSI para la Cartera IDUE y aspectos especiales de los certificados electrónicos


El ETSI (European Telecommunications Standards Institute) y el CEN (European Committee for Standardization) desempeñan un papel crucial en el desarrollo de normas técnicas para facilitar la implementación de la Cartera de Identidad Digital Europea (Cartera IDUE o EUDI Wallet) establecida por el Reglamento (UE) 2024/1183 (eIDAS2).

Entre otros aspectos se busca garantizar la interoperabilidad y la seguridad de la Cartera IDUE (EUDI Wallet) en toda Europa. ETSI y CEN están trabajando en la actualización y adaptación de normas preexistentes para alinearlas con los requisitos de eIDAS2 o creando nuevas normas si es necesario.

Por estas fechas se han publicado las versiones en estado borrador de las siguientes normas de ETSI:

  • Nuevo OID a incluir en los certificados cualificados con los que los organismos públicos firmen Testimonio o Declataciones de Atributos. 0.4.0.1862.1.10
  • Implementación de Certificados Cualificados de Sitio WEB a la luz del Reglamento UE 2014/1183. Ampliación de la normativa de servicios de emisión de certificados EN 319 411. Norma de Evaluación (Requerimientos de Política y Seguridad) TS 119 411-5
  • Norma para evaluar a los Prestadores de Servicios de Expedición de Testimonios/Credenciales de Atributos. Requerimientos de Política y Seguridad TS 119 471
  • Caracterización de «Partes Usuarias» o «Partes Informadas» para que puedan realizar consultas a las Carteras IDUE. Incluye OIDs específicos . Atributos en los certificados de Partes informadas TS 119 475.

IdentiSIC 2024: Identidad digital. Cebo y salvoconducto


El próximo 20 de noviembre de 2024, a partir de las 8:45 tendrá lugar el evento organizado por la Revista SIC IdentiSIC 2024 con el lema Identidad digital. Cebo y salvoconducto, al que me han invitado como ponente.

El evento IdentiSIC 2024 es gratuito y tendrá lugar en

Hotel Novotel Campo de las Naciones
Calle Amsterdam, 3
28042 Madrid

En el formulario de Inscripción hay que indicar si la participación se realizará de forma presencial o de forma remota por streaming.

Dada la limitación de aforo, tras cumplimentar el formulario hay que esperar a que la organización comunique si se ha podido confirmar la inscripción.

En el Programa se detallan los intervinientes:

08:45 – Acreditación y entrega de documentación.
9:00 – Identidad digital europea. El camino empieza a despejarse. Julián Inza – Presidente de EADTrust (Grupo Garrigues).
9:30 – La autenticación de usuario como atributo en la Cartera de Identidad Digital de la UE. Paloma Llaneza – CEO de Razona Legaltech.
10:00 – Evolucionando el role mining para robustecer los cimientos IAM – Julio Castilla
Director en Business Security Solutions – Identity and Data Governance de PwC.
11:00 – CISCO. Jorge Hormigos – Security Solutions Engineer.
11:30 – OKTA. Felipe San Román. Presales Engineer.
12:00 – OMADA. Jorge Sendra. Country Manager.
12:30 – Open Text. Jacinto Grijalba. Cybersecurity Sales Manager Spain and Portugal.
13:00 – SIA, an Indra company. Raúl Olivar. Digital Identity & Signature Manager.
13:30 – Coloquio.
14:00 – Almuerzo presencial

Actos de ejecución de #EIDAS2


El 12 de agosto de 2024 se publicaron los borradores de los primeros actos de ejecución (implementing acts) que se van a ir publicando en el desarrollo del Reglamento EIDAS2 y se abrió un plazo hasta el 9 de septiembre de 2024 para que se pudieran enviar comentarios.

Aunque el plazo ha vencido, he considerado útil recoger en este artículo la documentación de estos borradores.

Los desarrollos normativos se centran principalmente en la «Cartera IDUE» o «EUDI Wallet»

Carteras de identidad digital de la Unión Europea: Certificación

Esta iniciativa tiene por objeto establecer los requisitos para la certificación de la conformidad de las carteras de identidad digital de la Unión Europea . Si los Estados miembros no puedan utilizar los esquemas europeos de certificación de la ciberseguridad basados en el Reglamento (UE) 2019/881 o estos esquemas son insuficientes, deberán establecer esquemas nacionales de certificación que los completen. Dichos esquemas deben, por ejemplo, especificar los requisitos de competencia y un proceso de evaluación.

Carteras de identidad digital de la Unión Europea: Marco de confianza

Esta es una de las cuatro iniciativas sobre la configuración principal de las carteras de identidad digital de la Unión Europea.

Su objetivo es garantizar que el sistema electrónico de notificación establecido por la Comisión Europea funcione como un canal de comunicación seguro y transparente para el intercambio de información entre la Comisión y los Estados miembros.

Carteras de identidad digital de la Unión Europea: datos de identificación de la persona y declaraciones electrónicas de atributos

Esta es una de las cuatro iniciativas sobre la configuración principal de las carteras de identidad digital de la Unión Europea.

Su objetivo es garantizar una gestión fluida del ciclo de vida de los datos de identificación personal y de las declaraciones electrónicas, que abarca la expedición, la verificación, la revocación y la suspensión. Esto garantiza que los datos de identificación personal y las certificaciones electrónicas de los usuarios se expidan a la cartera y puedan divulgarse a las partes pertinentes.


Carteras de identidad digital de la Unión Europea: protocolos e interfaces que deben admitir

Esta es una de las cuatro iniciativas sobre la configuración principal de las carteras de identidad digital de la Unión Europea . Su objetivo es garantizar la correcta aplicación de protocolos e interfaces cruciales para el funcionamiento eficaz de las carteras.

Al admitir protocolos e interfaces comunes, las carteras pueden garantizar:

  • la correcta expedición y presentación de los datos de identificación y las declaraciones electrónicas,
  • el adecuado intercambio de datos entre carteras, y
  • una comunicación eficiente con las partes pertinentes.

Carteras europeas de identidad digital: integridad y funcionalidades básicas

Esta es una de las cuatro iniciativas sobre la configuración principal de las carteras europeas de identidad digital. Su objetivo es establecer normas para garantizar que los Estados miembros proporcionen carteras interoperables y que puedan utilizarse para todos los fines previstos.

Por ejemplo, las carteras deben permitir:

  • la identificación transfronteriza segura en línea para una amplia gama de servicios públicos y privados;
  • compartir certificaciones electrónicas, y
  • la expedición de firmas electrónicas.

Evento de ASEPEC el 26 de junio de 2024 para conmemorar el 25º aniversario de los servicios de confianza .


La Asociación de Prestadores de Servicios de Confianza de España (ASEPEC) conmemora el 25º aniversario del nacimiento formal de los servicios de confianza digital con un evento que tendrá lugar el 26 de junio de 2024 .

En la sesión del Consejo de Ministros de Telecomunicaciones de la Unión Europea, celebrada el 22 de abril de 1999, se informó favorablemente la adopción de una posición común, respecto del proyecto de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un marco común para la firma electrónica.

De esa posición común surgieron el Real Decreto-ley 14/1999, de 17 de septiembre, sobre firma electrónica y la Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 1999, por la que se establece un marco comunitario para la firma electrónica.

Para celebrar esta efeméride, ASEPEC organiza un evento en el que se tratarán los retos y oportunidades que afronta del sector de los Servicios de Confianza Digital. Este evento se llevará a cabo el próximo 26 de junio de 2024 en las oficinas del despacho ECIJA, ubicadas en la C/Serrano 69, Madrid.

También se podrá asistir al evento en formato online. Para asistir online hay que inscribirse (Inscripción al evento ASEPEC)

El evento contará con una programación diversa y enriquecedora que abordará los temas más actuales y relevantes del sector de los Servicios de Confianza Digital, desde la implementación de nuevos servicios cualificados de confianza definidos en el Reglamento UE 2024/1183 (EIDAS 2) que modifica el Reglamento UE 2014/910 (EIDAS 1) hasta la regulación NIS2 y los trabajos en curso en EBSI-NE.

La jornada promete ser una oportunidad de intercambio de conocimientos y experiencias, reuniendo a destacados profesionales y expertos de la industria.

🔹 Agenda:

09:30 – Bienvenida, registro y café
10:00 – Presentación: Ramiro Muñoz
10:15 – Delegación del uso de certificados cualificados: Alonso Hurtado
10:45 – Wallet y Credenciales verificables: Lluís Ariño
11:15 – Regulación y trabajos de EBSI-NE: Nacho Alamillo
11:45 – Vídeoidentificación tras EIDAS 2: Julián Inza
12:15 – Nuevos servicios de Confianza EIDAS 2: Paloma Llaneza
12:45 – Receso – Cocktail
13:10 – Debate:: Retos y oportunidades del sector, moderado por Raúl Rubio
14:00 – Fin del evento

¡Será un día repleto de aprendizaje y networking en compañía de destacados profesionales del sector que no te puedes perder!

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Este evento está abierto en modalidad presencial para los prestadores de servicios de confianza cualificados, no cualificados y CAB. Todos los demás interesados podrán asistir de forma online.

Estaremos encantados de contar con tu compañía en un día tan importante para nosotros. 😊🎉

Evento en Vigo el 13 de junio de 2024: Identidad Digital Europea y Servicios Cualificados de Confianza Digital.


Se trata del Ciclo de sesiones sobre ciberseguridad e identidad digital organizado por Garrigues, Axencia para a modernizacion tecnolóxica de Galicia, Ciber.gal y Gradiant.

Esta es ya la Sesión 3 y toca varios aspectos regulatorios relacionados con la ciberseguridad:

  • Identidad digital y privacidad: EIDAS 2. Cartera de identidad digital europea y Servicios cualificados de Confianza Digital.
  • Mercados de datos: Reglamento de Gobernanza de Datos (DGA) y Reglamento de Datos (DA)

Cuando: Jueves, 13 de junio de 2024 • 10:00 a 13:00 h.
Donde: Sede Afundación – Rúa Policarpo Sanz, 24, 26, Santiago de Vigo, 36202 Vigo, Pontevedra.
Formulario de inscripción: Sitio web de Gradiant.


En este ciclo de sesiones se está tratando el mapa regulatorio de la ciberseguridad en Europa y en España. En esta tercera y última sesión, se tratarán cuestiones de máxima actualidad, como el alcance del Reglamento EIDAS-2 (Reglamento UE 2024/1183) , publicado el 30 de abril de 2024 y que ha entrado en vigor el 20 de mayo, y las normas que rigen los nuevos mercados regulados de datos en la UE y el acceso a información pública, sin perder el vínculo con la ciberseguridad.

Será un encuentro para el debate y el intercambio de experiencias prácticas.

Programa
10:00 h – Apertura
Nicolas Santos, socio responsable de Garrigues en Galicia.
Luis Pérez Freire, director general de Gradiant.
10:15 h – EIDAS2 y la cartera de identidad digital europea
Jaime Loureiro Acuña, responsable de Seguridad Avanzada del Dato de Gradiant.
10:55 h – Servicios Cualificados de Confianza Digital. Certificación, firma y sello cualificados, sello de tiempo, archivo electrónico, identidad digital.
Julián Inza, presidente de EADTrust, grupo Garrigues.
11:35 h – Mercados de datos y su regulación en la UE. Reglamento de Gobernanza de Datos (DGA) y Reglamento de Datos (DA)
Alejandro Padín, socio de Garrigues, área de Economía del Dato, Privacidad y CiberSeguridad.
12:15 h – Cierre: Resumen y conclusiones del ciclo
Alejandro Padín, socio de Garrigues, área de Economía del Dato, Privacidad y CiberSeguridad.

Tras la sesión se dará paso al Coffee break y al momento de networking

Ver la hoja informativa sobre este evento en el sitio web de Garrigues.

Decae la Orden ETD/465/2021


La forma de evaluar los sistemas de verificación de identidad a distancia (videoconferencia, videoidentificación y otros sistemas) para la emisión de de certificados cualificados de persona física, cambian tras la publicación de Reglamento (UE) 2024/1183 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.° 910/2014 en lo que respecta al establecimiento del marco europeo de identidad digital

En el artículo 24 del Reglamento EIDAS, modificado por el EIDAS2 cambia la forma de identificar a distancia al solicitante de un certificado y el texto que describía el requisito:

«d) utilizando otros métodos de identificación 𝐫𝐞𝐜𝐨𝐧𝐨𝐜𝐢𝐝𝐨𝐬 𝐚 𝐞𝐬𝐜𝐚𝐥𝐚 𝐧𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥 que aporten una seguridad equivalente en términos de fiabilidad a la presencia física. La seguridad equivalente será confirmada por un organismo de evaluación de la conformidad»

Pasa a ser:

«c) utilizando otros métodos de identificación 𝐪𝐮𝐞 𝐠𝐚𝐫𝐚𝐧𝐭𝐢𝐜𝐞𝐧 𝐥𝐚 𝐢𝐝𝐞𝐧𝐭𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐩𝐞𝐫𝐬𝐨𝐧𝐚 𝐜𝐨𝐧 𝐮𝐧 𝐧𝐢𝐯𝐞𝐥 𝐚𝐥𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐜𝐨𝐧𝐟𝐢𝐚𝐧𝐳𝐚, cuya conformidad será confirmada por un organismo de evaluación de la conformidad»

Por tanto, queda desplazada la 𝐎𝐫𝐝𝐞𝐧 𝐄𝐓𝐃/𝟒𝟔𝟓/𝟐𝟎𝟐𝟏 y, en su lugar, los Evaluadores de Conformidad usarán la norma 𝐄𝐓𝐒𝐈 𝐓𝐒 𝟏𝟏𝟗 𝟒𝟔𝟏.

Hoy se ha publicado en el DOUE el Reglamento (UE) 2024/1183 (EIDAS2)


El DOUE del 30 de abril de 2024 publica el Reglamento (UE) 2024/1183 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) 910/2014 en lo que respecta al establecimiento del marco europeo de identidad digital, conocido como Reglamento eIDAS2.

Entre otros aspectos, establece las condiciones que permitirán el despliegue de la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea (Cartera IDUE), que favorecerá el uso transfronterizo de un sistema digital de gestión de Identidad, por el que los ciudadanos europeos podrán realizar diferentes gestiones de forma digital en su país y fuera de el.

Los países deberán emitir las Carteras Digitales (posiblemente durante el año 2027) y establecer la forma en la que se incorporarán a ella los «Datos de Identificación Personal (DIP)» del ciudadano que haya optado por usar la Cartera. No es obligatorio el uso de la Cartera por los ciudadanos.

También se gestionarán desde la Cartera los Testimonios Electrónicos (Cualificados y No Cualificados) de Atributos (TEA, TECA), para canalizar datos referidos al usuario de la Cartera desde Partes Informantes a Partes Informadas.

De esta manera se llevará el control de todas las cesiones de datos personales que haya autorizado el titular, y se podrá retirar el permiso de uso de esos datos en el futuro, de modo que por fin podremos registrar todas las veces en las que se nos pide información y la damos y decidir el ejercicio de los derechos SOPLAR (o ARCO) desde la propia Cartera.

También permitirá la realización de firmas electrónicas cualificadas (por las las persona físicas) y de sellos electrónicos cualificados (por las persona jurídicas).

Resumen del Reglamento

El Reglamento eIDAS 2 se divide en dos artículos, precedidos de 74 considerandos.

El artículo 1 realiza cincuenta y dos modificaciones en el Reglamento 910/2014. (EIDAS1), por lo que quedará una nueva versión de este reglamento

El artículo 2 establece la entrada en vigor de sus disposiciones a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Además, se modifican los 4 Anexos del Reglamento 910/2014. (EIDAS1) y se añaden 3 más.

Servicios cualificados tras el Reglamento eIDAS2

La lista de servicios cualificados será más amplia:

  • Certificado de persona física para realizar firmas electrónicas,
  • Certificado de persona jurídica para realizar sellos electrónicos,
  • Certificados para la autenticación de sitios web mediante protocolo TLS (QWAC)
  • Testimonios electrónicos de atributos (declaraciones electrónicas de atributos)
  • Sellos de tiempo electrónicos,
  • Servicios de entrega electrónica certificada,
  • Servicios de custodia digital de documentos (archivo electrónico)
  • Servicios de registro de transacciones con garantía de orden cronológico

La Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea

Gran parte del Reglamento se dedica a la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea de la que hemos hablado bastante en este Blog. Merece la pena ver, por ejemplo, la traducción que he realizado del documento de Arquitectura y Marco de Referencia 1.2 de la citada Cartera.

Los sistemas de verificación de identidad por videoconferencia para la emisión de certificados cualificados.

Una modificación que tendrá gran impacto en España es la que se refiere al artículo 24, apartado 1. La redacción anterior de este apartado indicaba:

  1. Al expedir un certificado cualificado para un servicio de confianza, un prestador cualificado de servicios de confianza verificará, por los medios apropiados y de acuerdo con el Derecho nacional, la identidad y, si procede, cualquier atributo específico de la persona física o jurídica a la que se expide un certificado cualificado.

La información a que se refiere el párrafo primero será verificada por el prestador de servicios de confianza bien directamente o bien por medio de un tercero de conformidad con el Derecho nacional:

a) en presencia de la persona física o de un representante autorizado de la persona jurídica, o

b) a distancia, utilizando medios de identificación electrónica, para los cuales se haya garantizado la presencia de la persona física o de un representante autorizado de la persona jurídica previamente a la expedición del certificado cualificado, y que cumplan los requisitos establecidos con el artículo 8 con respecto a los niveles de seguridad «sustancial» o «alto», o

c) por medio de un certificado de una firma electrónica cualificada o de un sello electrónico cualificado expedido de conformidad con la letra a) o b), o

d) utilizando otros métodos de identificación reconocidos a escala nacional que aporten una seguridad equivalente en términos de fiabilidad a la presencia física. La seguridad equivalente será confirmada por un organismo de evaluación de la conformidad.

Este pequeño detalle «métodos de identificación reconocidos a escala nacional» dio pie a que en España se aprobara la Orden ETD/465/2021. Pero ahora, el texto queda así:

«1. Al expedir un certificado cualificado o una declaración electrónica cualificada de atributos, el prestador cualificado de servicios de confianza verificará la identidad y, si procede, cualquier atributo específico de la persona física o jurídica a la que se expida el certificado cualificado o la declaración electrónica cualificada de atributos.

1 bis. La verificación de la identidad a que se refiere el apartado 1 se llevará a cabo por los medios adecuados, por el prestador cualificado de servicios de confianza, bien directamente o bien por medio de un tercero, sobre la base de uno de los siguientes métodos o de una combinación de los mismos cuando sea necesario de conformidad con los actos de ejecución a que se refiere el apartado 1 quater:

a) a través de la cartera europea de identidad digital o de un medio de identificación electrónica notificado que satisfaga los requisitos establecidos en el artículo 8 con respecto al nivel de seguridad alto;

b) por medio de un certificado de una firma electrónica cualificada o de un sello electrónico cualificado expedido de conformidad con la letra a), c) o d);

c) utilizando otros métodos de identificación que garanticen la identificación de la persona con un nivel alto de confianza, cuya conformidad será confirmada por un organismo de evaluación de la conformidad;

d) a través de la presencia física de la persona física o de un representante autorizado de la persona jurídica, mediante pruebas y procedimientos adecuados, de conformidad con el Derecho nacional.

Es decir, este nuevo reglamento desplaza la Orden ETD/465/2021 y la conformidad se establecerá a través de la norma europea de ETSI ETSI TS 119 461, ya publicada.

Pasos finales en la aprobación del Reglamento EIDAS 2


La mañana del 29 de junio de 2023 comenzó con una pequeña celebración en relación con el proceso de aprobación del Reglamento EIDAS2.

El anuncio de que el Consejo y el Parlamento alcanzaban un acuerdo sobre el marco legislativo de la identidad digital europea

Un acuerdo logrado entre las 2 y las 3 de la madrugada para consensuar los aspectos más espinosos del futuro Reglamento. La noticia (publicada en la web de la unión europea alrededor de las 3 y media de la madrugada) matizaba «los representantes de la Presidencia del Consejo y del Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo político provisional sobre los elementos principales de un nuevo marco para una identidad digital europea«.

El trílogo político final tuvo lugar del 8 de noviembre de 2023 cerrando formalmente las negociaciones durante la Presidencia española de la Unión Europea..

“Con la aprobación del Reglamento de Identidad Digital Europea damos un paso fundamental para que los ciudadanos puedan disponer de una identidad digital europea única y segura. Se trata de un avance clave para que la Unión Europea sea un referente en el ámbito digital protegiendo nuestros derechos y valores democráticos”, ha afirmado la vicepresidenta Nadia Calviño.

Al trílogo han asistido también el comisario europeo de Mercado Interior, Thierry Breton, y los colegisladores de este reglamento, los eurodiputados Cristian-Silviu Buşoi y Romana Jerković.

Durante estos dos años, se ha venido trabajando en el Parlamento Europeo, en el Consejo de la UE y en la Comisión Europea para alcanzar, tras 19 reuniones técnicas bajo la Presidencia española del Consejo de la UE, un acuerdo de texto final que será de obligado cumplimiento en todos los Estados miembros de la Unión Europea. celebración en relación con el proceso de aprobación del Reglamento EIDAS2.

El texto fue aprobado por la Comisión de Industria, Investigación y Energía del Parlamento Europeo (ITRE) el 7 de diciembre de 2023 y por el Comité de Representantes Permanentes de los Estados miembros de la UE (COREPER) el 6 de diciembre de 2023.

El Pleno de Parlamento Europeo lo aprobó el 29 de febrero de 2024 (335 votos a favor, 190 votos en contra y 31 abstenciones).

¡Con esta votación histórica se da otro paso en el desarrollo de una identidad digital europea para todos los ciudadanos europeos, válida y reconocida en toda Europa!

Con las nuevas normas, se establece un nuevo estándar mundial sobre cómo será en el futuro una identidad digital fiable, segura y fácil de usar.

El 26.03.2024, en el penúltimo paso para la publicación del EIDAS2 en el Diario Oficial, el Consejo de la Unión Europea adoptó el texto que modifica el Reglamento eIDAS.

El Reglamento revisado constituye un claro cambio de paradigma para la identidad digital en Europa. Su objetivo es garantizar que las personas y las empresas de toda Europa tengan acceso universal a una identificación y autenticación electrónicas seguras y fiables.

Principales elementos del Reglamento revisado:

🔹 El lanzamiento del monedero europeo de identidad digital.

🔹 Los testimonios electrónicos cualificados de atributos (TECA)

🔹 Cualquier persona puede utilizar una firma electrónica cualificada gratuita en la Cartera IDUE  para uso no profesional.

El 11.04.024 se firma por los Presidentes del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo el texto final del Reglamento EIDAS 2 que se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

En el siguiente diagrama se describen los hitos ya logrados y se detallan los procesos en curso

Durante la tramitación del Reglamento eIDAS2, la Agencia Ejecutiva Europea en los ámbitos de la Salud y Digital (HaDEA) licitó el desarrollo de «Grandes Proyectos Piloto» que dio lugar a la aparición de cuatro grandes consorcios con participación Publico / Privada que han ido desarrollando sus proyectos desde mayo de 2023. Contemplan 11 casos de uso: diplomas universitarios, carné de conducir, identificaciones nacionales, apertura de cuentas bancarias…

Estos consorcios son Potential, Nobid, EWC o DC4EU, con presencia española en los dos últimos.

Los cuatro proyectos piloto a gran escala son:

  • El Consorcio de Carteras de Identidad Digital de la UE (EWC) se centra en definir credenciales de viaje digitales en todos los Estados miembros. El EWC tiene la intención de basarse en la aplicación de Carterade referencia para permitir los usos relacionados con las credenciales de viaje digitales.
  • El Consorcio Potential tiene como objetivo fomentar la innovación, la colaboración y el crecimiento en seis sectores que hacen uso de la identidad digital: administración pública, banca, telecomunicaciones, licencias de conducción móvil, firmas electrónicas y salud.
  • EL Consorcio NOBID se impulsa desde algunos países nórdicos y bálticos que, junto con Italia y Alemania, pondrán a prueba el uso de la cartera de identidad digital de la UE para gestión de pagos en un contexto de uso bancario.
  • En el Consorcio DC4EU (Digital Credentials for Europe) colaboran el sector público y el sector privado incluyendo el ámbito educativo y la seguridad social mediante el despliegue y el acceso a infraestructuras de servicios digitales interoperables en un marco de confianza transfronterizo.

Entre unos y otros, los pilotos están explorando el uso de la cartera digital en estas 11 áreas:

  1. Acceso a los servicios públicos: Acceso seguro a servicios públicos digitales, como solicitar un pasaporte o licencia de conducir, presentar impuestos o acceder a la información de seguridad social.
  2. Apertura de una cuenta bancaria: Verificación de la identidad de un usuario al abrir una cuenta bancaria en línea, eliminando la necesidad de que el usuario proporcione repetidamente su información personal
  3. Registro de tarjeta SIM: Prueba de identidad a efectos de contratos de tarjeta SIM pre y postpago (registro y activación), reduciendo el fraude y los costes para los operadores de redes móviles de telecomunicaciones.
  4. Licencia de conducción móvil: El almacenamiento y la presentación del carnet de conducir móvil en interacciones tanto en línea como presenciales (fuera de línea), por ejemplo mostrando a un agente el carnet de conducir.
  5. Firma de contratos: Crear firmas digitales seguras para firmar contratos en línea, eliminando la necesidad de documentos en papel y firmas manuscritas.
  6. Presentación de recetas: Proporcionar detalles de prescripción médica de medicamentos a las farmacias para que estas puedan dispensarlas.
  7. Documentación de viaje: Para presentar información de documentos de viaje (por ejemplo, pasaporte, visado), lo que permite un acceso rápido y fácil cuando se pasa por los controles de seguridad de aeropuertos y aduanas.
  8. Identidades digitales organizativas: Para demostrar el otorgamiento de poderes a los representantes de las empresas.
  9. Pagos: Verificación de la identidad de un usuario al iniciar un pago en línea.
  10. Certificación de educación: Prueba de posesión de títulos y diplomas educativos, para acreditarlos en la solicitud de empleo o al inscribirse en un nuevo proceso formativo.
  11. Seguridad Social: La cartera de identidad digital de la UE permite acreditar la cobertura de un seguro para acceder a las prestaciones de seguridad social de un usuario (por ejemplo, pensiones o prestaciones por discapacidad) en su país o en otro, por ejemplo . acogiendo la tarjeta sanitaria europea.

Además, la la Agencia Ejecutiva Europea en los ámbitos de la Salud y Digital (HaDEA) licitó el desarrollo del código fuente de referencia de la Cartera IDUE que fue adjudicado a la empresa sueca Scytale AB y que esta ha liberado como primera versión en el portal GitHub: EUDI Wallet Reference Implementation

Por otro lado, el Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones (ETSI) está desarrollando algunas normas técnicas necesarias para la implementación de las nuevas funcionalidades de la Cartera IDUE.

Call to action:

Si tu empresa utiliza sistemas de identificación digital y queréis ver como podéis prepararos para ser parte del nuevo ecosistema que se ha de crear en torno a la Cartera IDUE contacta con EADTrust en el +34 917160555 (o por email: infor (sin r) at eadtrust punto eu) y explora los servicios que podemos ofreceros.

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