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Laboratorio de Confianza Digital ICADE Garrigues


La Universidad Pontificia Comillas y el despacho de abogados Garrigues, firmaron un convenio para crear el Observatorio ‘Legaltech’, Garrigues-ICADE.

El Observatorio, depende de la Facultad de Derecho (Comillas ICADE), a través del Centro de Innovación del Derecho (CID-ICADE).

En la organización del Observatorio destacan Fernando Vives (Presidente), Iñigo Navarro (Codirector), Moisés Menéndez (Codirector), Ofelia Tejerina (Coordinadora) y Hugo Alonso (Gestión de Proyectos).

Formando parte del Observatorio se han definido ya varios laboratorios:

Ahora se crea el Laboratorio de Confianza Digital ICADE Garrigues y he sido nombrado Director del Laboratorio, lo que para mi es un gran honor.

Aunque todavía estoy recopilando información para incorporarla a la página web del Laboratorio que se creará en el sitio de la Universidad de Comillas quisiera comentar que en este momento estamos dando prioridad al análisis del futuro Reglamento EIDAS2 y a la formulación de la Cartera IDUE que se espera que en unos dos años esté disponible para todos los ciudadanos europeos.

Hemos creado un Enlace de invitación al Canal de Whatsapp del Laboratorio de Confianza Digital en el que comentaremos novedades y al que se pueden conectar las personas interesadas.

Posteriormente organizaremos eventos presenciales con diversos ponentes en las instalaciones de la Universidad.

Y dado que soy de Pamplona y hoy es 6 de julio, pongo esta fotico del chupinazo que se ha disparado a las 12 de la mañana desde el balcón del ayuntamiento para celebrar que hoy comienzan las fiestas de San Fermín.

Diplomatica digital: la autenticidad de documentos desmaterializados


La Diplomática es una ciencia que tiene por objeto el estudio de la autenticidad de los documentos, teniendo en cuenta sus caracteres extrínsecos e intrínsecos, es decir, el soporte, la escritura, el lenguaje, los formulismos, los signos de suscripción y otros elementos.

El nombre «diplomática» procede del primer tratado sobre la materia De re Diplomatica, de Jean Mabillon, publicado en París en 1681. Mabillon fue un erudito benedictino que escribió el tratado para responder al cuestionamiento de la autenticidad de ciertas cartas de la abadía de Saint-Denis por parte del jesuita holandés Daniel Papenbroeck. El tratado describe una forma objetiva y sistemática de distinguir documentos auténticos de los falsos  y ha sentado las bases de los análisis críticos de los documentos desde el siglo XVII, auxiliando a otras ciencias como la historiografía.

El término «diploma» hunde sus orígenes en el diploma militar romano,  documento formado por dos chapas (di-ploma) de bronce unidas en las que se grababan los datos del soldado romano que se licenciaba, y en las que se dejaba constancia de que se le otorgaba la ciudadanía romana, así como la fecha de la  tribunicia potestas del emperador, y la del otorgamiento indicando los cónsules a cargo. En la parte exterior de la primera chapa se incluía el texto del otorgamiento y en la de la segunda los sellos de siete testigos. Las partes internas repetían el texto externo de la primera chapa y surtían el efecto de copia notarial de la constitutio publicada en Roma. El documento con las dos chapas atadas y selladas impedía la manipulación de la parte interna. La doble inscripción y los sellos  servían para evitar el fraude o la alteración del documento.

Medidas de seguridad destinadas a establecer sin un ápice de duda la autenticidad de tan preciado documento.

De un nivel equivalente a las medidas de seguridad que vemos en los documentos de identidad, en el papel moneda o en los billetes de lotería: marcas de agua, filigranas, hologramas, microimpresión, tintas magnéticas, imágenes infrarrojas o ultravioleta, relieves,…

Las medidas de seguridad del diploma permitían establecer presunciones de la autenticidad del documento, de modo que el término «diploma» hace referencia desde entonces a un documento en el que es relevante su autenticidad, por lo que se suelen incluir en cada época las medidas de seguridad más consolidadas, lo que también permite datar los documentos.

En las imágenes que se acompañan a este artículo se incluye un Diploma Romano datado en el siglo I encontrado en Croacia en 1997, al extraer arena del río Sava (Slavonski Brod). Es uno de los mejor preservados, y en el que los sellos de los testigos perviven bajo la tapa de madera que cubre el depósito soldado a la segunda hoja. El texto proporciona evidencias muy interesantes acerca de la actividad romana en lo que era la provincia de Panonia. Se expidió en el reinado del emperador Vespasiano. El titular del documento era el centurión «Liccaivs Birsi F.Masunnia»,

Aunque la ciencia diplomática se ha considerado tradicionalmente un instrumento auxiliar de los estudios históricos al permitir el análisis de documentos antiguos, su metodología puede extenderse al análisis de los documentos electrónicos determinando los elementos constitutivos de su autenticidad, más allá de lo indicado por las leyes.

La diplomática digital considera las características de autenticidad de los documentos digitales si bien ya no se centra en las propiedades de los soportes documentales y tipos de letras empleados aunque sí en el uso de expresiones y pautas de organización de los documentos. Añade un componente el «metacolo» (aplicable a la información que se puede recoger en los metadatos) a la estructura formal de los documentos (tradicionalmente divididos en 3 partes: «protocolo», «cuerpo» y «escatocolo»).

Los criterios fundamentales de autenticidad de los documentos digitales son los elementos de «apariencia», el uso de técnicas de «firma electrónica» (asociadas o no al concepto jurídico de «prestación del consentimiento» ) y técnicas de preservación digital, especialmente asociadas a las referencias de autenticidad lo que con frecuencia se gestiona frecuentemente mediante códigos de localización de documentos  (en ocasiones denominados «códigos seguros de verificación»).

En un sistema de preservación orientado a la gestión de documentos auténticos se registrarían (y gestionarían) la obliterabilidad (o cancelabilidad, el agotamiento de un derecho asociado a un título, por ejemplo un billete de viaje), la endosabilidad (o transmisibilidad, la transmisión de un derecho vinculado al título cuando el transmitente firma electrónicamente el endoso y lo registra en la plataforma de preservación) y completitud (o grapa electrónica, cuando son posibles diferentes intervenciones sobre un documento, en la forma de documentos vinculados o de elementos modificadores posteriores del documento inicial).

En relación con la endosabilidad (y, a veces, con la obliterabilidad), la plataforma de preservación orientada a la gestión de documentos auténticos registra al poseedor del documento, por lo que se registran los endosos y los poseedores sucesivos.

Las técnicas de gestión de la autenticidad de documentos digitales se suelen emplear en contextos en los que se precisa desmaterializar procesos tradicionalmente soportados en documentos en papel.

Uno de estas situaciones ha sido la gestión de títulos valores.

Un Título Valor es un documento mercantil en el que está incorporado un derecho privado patrimonial, por lo que el ejercicio del derecho está vinculado jurídicamente a la posesión del documento.

En el  caso particular de las acciones que representan una fracción del capital de una sociedad, se trata de documentos en los que se incorporan y representan los derechos y obligaciones de los socios de una entidad jurídica por los que se facilita la transmisión y ejercicio de tales derechos. El título-acción puede ser nominativo o al portador. Cuando se emitía en un soporte en papel, cada acción solía ir numerada correlativamente y se extendía en libros talonarios cuyas matrices quedaban en poder de la sociedad anónima.

Aunque ya no se gestionan acciones en papel, de vez en cuando se pueden ver ejemplares antiguos enmarcados en despachos de abogados. Algunas acciones tenían incluso valor artístico.

La emisión desmaterializada de acciones es aquella que no requiere la expedición de títulos físicos individuales para respaldar la tenencia y transmisión de derechos.  La posibilidad de que los valores puedan representarse mediante anotaciones en cuenta se produjo e España a partir de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores. En esta  norma se establece que la llevanza del registro contable de los valores representados por medio de anotaciones en cuenta correspondientes a una emisión será atribuida a una única entidad.

La referencia a la custodia de registros en los que consta la propiedad de las acciones y sus transmisiones es lo esencial de la norma, que en cuanto al resto de requisitos formales se centra en administrar la migración de los conceptos de derechos a asociados a la posesión de trozos de papel a otros centrados en las anotaciones en soporte electrónico.

En el fondo, el sistema de anotaciones en cuenta se inspira en los sistemas contables, con un pequeño matiz: en la anotación de transferencias de efectivo (gestionadas, por ejemplo, en los sistemas de compensación y liquidación bancarias) el dinero se considera equivalente a cualquier otro y por ello, a veces se denomina «fungible», mientras que los títulos están numerados y diferenciados, y cada uno es singular, de modo que, aunque representan la misma proporción de propiedad de una entidad, un título es distinto te los demás, y por ello, a veces se denominan «no fungibles»,

Más información sobre la firma manuscrita digitalizada: ¿es firma electrónica avanzada?


Llevo varios años explicando como se puede desarrollar un sistema que capta firmas manuscritas de forma que tengan la consideración de firma electrónica avanzada según la definición del Reglamento europeo UE 910/2014 (#eIdAS) e impulsando en EADTrust un modelo (un «ecosistema» si se me permite usar la palabra en ese sentido) que puede ser auditado y certificado.

En estos años hemos auditado varias soluciones en entidades del sector sanitario, financiero y de telecomunicaciones que pueden lucir los certificado expedidos por EADTrust que lo acreditan.

Muchas de las ideas relacionadas con la firma biométrica y la firma digitalizada las he recogido en un sencillo blog especializado.

Se indican seguidamente alguno de los artículos más recientes recogidos en dicho blog:

 

 

Seminario sobre autenticidad de los documentos electrónicos


Tanto en el ámbito publico como en el privado, existe una cierta preocupación sobre la forma de determinar la autenticidad de los documentos electrónicos.

En el ámbito público, las cosas están algo más claras con la normativa desarrollada a partir de la Ley 11/2007, pero en el sector privado, las opciones se reducen a lo prescrito por la Ley 34/2002 y un solo artículo (el segundo) de la Ley 56/2007.

Este seminario se centra en la determinacion de los principios que regulan la autenticidad de los documentos electrónicos, de forma que tales principios son igualmente aplicables al sector privado y al sector público. Luego la identificacion de los principios con normas concretas  permiten la argumentación jurídica que sea necesaria.

En última instancia, los conceptos de firma eletrónica y custodia digital  son los componentes básicos de los sistemas que garantizan la autenticidad de los documentos electrónicos y estos conceptos junto con otros auxiliares permiten establecer el cuerpo de conocimento de la Diplomática Digital.

Un ejemplo: ¿cual es el valor de la firma digitalizada en los documentos electrónicos? En principio, muy poco. Pero si se aplican ciertas premisas y se hace un uso adecuado de la criptografía, el resultado puede llegar a ser considerado «firma avanzada» de acuerdo con la Ley 59/2003, con equivalencia funcional con la firma manuscrita.

Para profundizar en estos temas y entender el por qué de muchas indicaciones legales, es esencial acudir a este seminario de Diplomática Digital, que organiza Atenea Interactiva el próximo 24 de marzo de 2011 en Madrid.

Documentoscopia digital


La Documentoscopia es un área de conocimiento de la Criminalística que tiene por objeto la investigación tendente a la determinación de la autenticidad o falsedad de un «documento» o de su contenido, ya sea  impreso o manuscrito, de los medios utilizados para la falsificación, en su caso, y a la identificación, cuando sea posible, de su autor.  

Documento, desde este punto de vista es «todo soporte capaz de albergar un contenido gráfico, sea impreso o manuscrito». Con este punto de vista en ocasiones se trata utiliza el término «documentología» como sinónimo de «documentoscopia», si bien en sentido estricto el primero engloba al segundo (por sus indicaciones etimológicas del griego skopein = observar, examinar y logos = ciencia, tratado).

De todo estudio, con su demostración técnica y conclusiones se elabora el correspondiente INFORME PERICIAL por peritos independientes, o pertenecientes a la Policía Científica.

Los tipos delictivos correspoden a la «falsedad documental». Cuando los documentos se basan en papel, se trabaja especialmente sobre los siguientes tipos de documentos:

  • Documentos acreditativos de identidad. 
  • Pasaportes y títulos de viaje.
  • Tarjetas de crédito, o de fidelización.
  • Billetes de banco y cheques de viaje.
  • Billetes de lotería y juegos de azar.
  • Documentos oficiales.
  • Sellos (húmedos, en seco, etc.).
  • Cheques y talones de entidades financieras. 
  • Escritos mecanográficos.
  • Escritos de impresora.
  • Fotocopias.
  • Falsificaciones de marcas registradas (signos distintivos) y etiquetados.
  • Documentos relativos a vehículos y transporte.
  • Material de impresión
  • Soportes no convencionales (tatuajes, marcajes de ganado, graffittis)

Existen especialidades como la grafoscopia (pericial caligráfica) que permite detrminar si el autor de un documento manuscrito o de una firma es o no una determinada persona.

Otra especialidad, relativa a las obras de arte, se centra en la datación, y caracterización de obras de arte para determinar su autenticidad. En este sentido se trabaja también sobre las firmas de obras de arte para determinar si se trata de falsificaciones.

Cuando los documentos son electrónicos, la disciplina se emparenta con la informática forense, en la que cabe distinguir el diferente tratamiento que merecen los documentos estructurados y los no estructurados.

Cuando la información obtenida se extrae de los vestigios remanentes en los sistemas de almacenamiento, es esencial un conocimiento profundo de los sistemas operativos, de las aplicaciones y de los formatos de los ficheros. De esta forma es posible acceder, por ejemplo, a documentos borrados, a rastros grabados en logs a información de metadatos de documentos, a diferentes versiones de documentos, a información de sistema y a históricos de comandos. Con la información obtenida es posible recomponer el relato fáctico y asociarlo a otras fuentes de investigación, como los seguimientos, los interrogatorios, los registros o las confidencias. Este contexto da lugar a la prueba pericial informática. 

Por el lado de los documentos estructurados, es preciso profundizar en las peculiaridades del entorno de uso (frecuentemente administraciones públicas), en los formatos normalizados y en los formatos de las firma electrónicas. Este contexto da lugar a la prueba pericial documentoscópica digital.