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Versión 2.6 del documento ARF de la Cartera IDUE en español


Se incluye al final del artículo la traducción al español del documento Arquitectura y Marco de Referencia (ARF) V2.6 de la Cartera de Identidad Digital Europea.

La última versión del documento Arquitectura y Marco de Referencia (ARF) para la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea (Cartera IDUE, o EUDI Wallet en inglés) es la 2.6 , publicada el 13 de octubre de 2026.

Este documento se actualiza regularmente en el repositorio de GitHub de la Comisión Europea y se alinea con el Reglamento eIDAS 2.0 (Reglamento (UE) 2024/1183). Desde la versión 1.10 incorpora retroalimentación de los 4 pilotos a gran escala y ajustes para interoperabilidad.

El objetivo principal del ARF es proporcionar un conjunto de especificaciones técnicas, estándares comunes y mejores prácticas para desarrollar una solución interoperable, segura y basada en normas para la Cartera IDUE.

Esto incluye definiciones de arquitectura del ecosistema (emisoras, carteras, proveedores de servicios), protocolos de intercambio de información, requisitos de seguridad y privacidad (como divulgación selectiva de datos y políticas de control de atributos), y guías para la implementación en Estados miembros.

Facilita la integración con el Reglamento eIDAS 2, asegurando que las carteras funcionen de manera transfronteriza sin comprometer la soberanía de datos del usuario.

La Cartera Digital (EUDI Wallet) representa un avance clave en la identidad digital europea, permitiendo a los ciudadanos y residentes de la UE controlar de forma segura y autónoma su identidad digital, almacenando y compartiendo credenciales (declaraciones de atributos) selectivamente sin revelar datos innecesarios. Entre sus beneficios principales:

  • Acceso simplificado a servicios: Identificación con un solo clic para trámites públicos (impuestos, sanidad) y privados (bancos, educación, viajes), eliminando la necesidad de múltiples contraseñas y documentos físicos.
  • Privacidad y control: Los usuarios deciden qué atributos compartir (ej. edad sin nombre completo), con registro de transacciones para rastreo y cumplimiento del RGPD. Incluso se podrá retirar el consentimiento de cesión de datos personales con posterioridad de forma muy sencilla.
  • Interoperabilidad transfronteriza: Válida en toda la UE, facilita movilidad laboral, educativa, turística y de negocios.
  • Seguridad reforzada: Usa cifrado avanzado, biometría y firmas electrónicas cualificadas, y se espera que reduzca fraudes y costes administrativos.

En resumen, transforma la interacción digital en algo más eficiente, sencillo y centrado en el usuario, con expectativas de adopción del 80% de la población para 2030.

Obligatoriedad de adopción de protocolos técnicos para aceptar la interacción con las carteras de identidad para ciertas empresas y sectores

La aceptación de la Cartera IDUE por ciertas empresas será obligatoria a partir de las navidades de 2027, coincidiendo con la disponibilidad plena de las carteras en todos los Estados miembros (cada país debe ofrecer al menos una versión gratuita) que deberán ofrecerla en las navidades de 2026.

Sin embargo, el uso por ciudadanos es voluntario.

Las empresas obligadas no pueden rechazarla como medio de identificación electrónica si el servicio lo requiere, ya que implicaría el incumplimiento del Reglamento eIDAS y lo que llevaría aparejada la aplicación de sanciones.

Los sectores obligados incluyen tanto el sector público (todas las administraciones) como el privado en áreas esenciales donde la verificación de identidad es clave. A continuación, una tabla con los principales:

SectorEjemplos de aplicación obligatoriaRazón de obligatoriedad
TransportePermisos de conducir móviles, billetes de tren/aviónVerificación de identidad para movilidad segura.
EnergíaContratos de suministro, medidores inteligentesAcceso a servicios básicos con control de datos.
Banca y finanzasApertura de cuentas, transacciones PSD2/3Cumplimiento AML y seguridad financiera.
Seguridad socialPensiones, subsidiosAcceso a prestaciones públicas.
SaludRecetas electrónicas, historiales médicosIntercambio seguro de datos sensibles (RGPD).
Agua y suministrosContratos de abastecimientoServicios esenciales de infraestructura.
Servicios postalesEnvíos certificados, notificacionesVerificación para entregas seguras.
EducaciónInscripciones, diplomas digitalesReconocimiento transfronterizo de credenciales.
TelecomunicacionesActivación de SIM, contratos de telefoníaRegistro de usuarios y prevención de fraudes.
Plataformas digitales grandesRedes sociales (ej. Facebook, Instagram)Autenticación para servicios de alto impacto.

Estos sectores deben integrar interfaces compatibles con el ARF para aceptar credenciales de la cartera. Otros sectores privados pueden adoptarla voluntariamente para mayor eficiencia.

Todavía no se ha detallado el régimen sancionador específico para España salvo los marcos generales de la Unión Europea, como el del Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de octubre de 2022 relativo a un mercado único de servicios digitales y por el que se modifica la Directiva 2000/31/CE (Reglamento de Servicios Digitales).

Aquí os ofrezco el documento ARF de la Cartera IDUE en su Versión 2.6 traducida al español por mi (Julián Inza):

He procurado usar ciertos términos en español de forma consistente, evitando, por ejemplo utilizar las palabras «monedero» o billetera» ya que la palabra «cartera» se adapta mejor a la idea de recoger en ella documentos y declaraciones de atributos y tenerlos disponibles según los necesite su usuario, para presentarlos a las partes interesadas (partes informadas).

Y a continuación incluyo la versión 2.6 del ARF en inglés:

Como resumen gráfico de la Cartera IDEU (EUDI Wallet) y de su ecosistema se incluye este diagrama:

Ante las dudas que pueden surgir a las entidades obligadas, ofrecemos en EADTrust un servicio de resolución de dudas sobre eIDAS 2 y Cartera IDUE y otro de implementación de interfaces de «Fuentes Auténticas» y «Partes Interesadas».

Podéis llamar al (+34) 917160555.

Hoy se han publicado 3 nuevos Actos de Ejecución en desarrollo del Reglamento EIDAS y EIDAS2


Hoy se han publicado 3 nuevos Actos de Ejecución en el Diario Oficial de de la Unión Europea de 28 de octubre (Journal of the European Union) en desarrollo del Reglamento EIDAS y EIDAS2.

  • Decisión de Ejecución (UE) 2025/2164 de la Comisión de 27 de octubre de 2025 por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2015/1505 en lo que respecta a la versión de la norma en la que se basa la plantilla común para las listas de confianza.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2162 de la Comisión de 27 de octubre de 2025 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la acreditación de los organismos de evaluación de la conformidad que realizan la evaluación de los prestadores cualificados de servicios de confianza y de los servicios de confianza cualificados que prestan, el informe de evaluación de la conformidad y el sistema de evaluación de la conformidad
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2160 de la Comisión de 27 de octubre de 2025 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas de referencia, las especificaciones y los procedimientos para la gestión de riesgos para la prestación de servicios de confianza no cualificados

Aquí está la lista de todos los actos de ejecución publicados anteriormente. Y este cuadro lo ha preparado Joerg Lenz que sigue muy de cerca todos los desarrollos normativos:

Se acaban de publicar varios reglamentos de ejecución adicionales de #EIDAS2


En el DOCE del 30 de septiembre se han publicado 6 reglamentos de ejecución que conocíamos en estado de borrador. Son los siguientes:

Español

CIR-2025-1929-ES Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1929 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2025, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la vinculación de la fecha y la hora con los datos y al establecimiento de la exactitud de las fuentes de información temporal para el suministro de sellos cualificados de tiempo electrónicos

CIR-2025-1942-ES Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1942 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2025, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los servicios cualificados de validación de firmas electrónicas cualificadas y los servicios cualificados de validación de sellos electrónicos cualificados

CIR-2025-1943-ES Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1943 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2025, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas de referencia para los certificados cualificados de firma electrónica y los certificados cualificados de sello electrónico

CIR-2025-1944-ES Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1944 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2025, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas de referencia de los procesos de envío y recepción de datos en los servicios cualificados de entrega electrónica certificada y en lo que respecta a la interoperabilidad de tales servicios

CIR-2025-1945-ES Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1945 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2025, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la validación de las firmas electrónicas cualificadas y de los sellos electrónicos cualificados y a la validación de las firmas electrónicas avanzadas basadas en certificados cualificados y de los sellos electrónicos avanzados basados en certificados cualificados

CIR-2025-1946-ES Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1946 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2025, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los servicios cualificados de conservación de firmas electrónicas cualificadas y de sellos electrónicos cualificados

English

CIR-2025-1929-EN Commission Implementing Regulation (EU) 2025/1929 of 29 September 2025 laying down rules for the application of Regulation (EU) No 910/2014 of the European Parliament and of the Council as regards the binding of date and time to data and establishing the accuracy of the time sources for the provision of qualified electronic time stamps

CIR-2025-1942-EN Commission Implementing Regulation (EU) 2025/1942 of 29 September 2025 laying down rules for the application of Regulation (EU) No 910/2014 of the European Parliament and of the Council as regards qualified validation services for qualified electronic signatures and qualified validation services for qualified electronic seals

CIR-2025-1943-EN Commission Implementing Regulation (EU) 2025/1943 of 29 September 2025 laying down rules for the application of Regulation (EU) No 910/2014 of the European Parliament and of the Council as regards reference standards for qualified certificates for electronic signatures and qualified certificates for electronic seals

CIR-2025-1944-EN Commission Implementing Regulation (EU) 2025/1944 of 29 September 2025 laying down rules for the application of Regulation (EU) No 910/2014 of the European Parliament and of the Council as regards reference standards for processes for sending and receiving data in qualified electronic registered delivery services and as regards interoperability of those services

CIR-2025-1945-EN Commission Implementing Regulation (EU) 2025/1945 of 29 September 2025 laying down rules for the application of Regulation (EU) No 910/2014 of the European Parliament and of the Council as regards the validation of qualified electronic signatures and of qualified electronic seals and the validation of advanced electronic signatures based on qualified certificates and of advanced electronic seals based on qualified certificates

CIR-2025-1946-EN Commission Implementing Regulation (EU) 2025/1946 of 29 September 2025 laying down rules for the application of Regulation (EU) No 910/2014 of the European Parliament and of the Council as regards qualified preservation services for qualified electronic signatures and for qualified electronic seals

Noticeman de EADTrust: La Solución Definitiva para Notificaciones Electrónicas Certificadas, alternativa al Burofax


En un mundo cada vez más digital, los particulares, las empresas y las organizaciones necesitan herramientas que garanticen comunicaciones seguras, rápidas y con validez legal. Noticeman, el sistema de notificaciones electrónicas certificadas desarrollado por EADTrust, se presenta como una solución innovadora que combina tecnología avanzada con cumplimiento normativo.

A continuacón exploraremos las ventajas de Noticeman, su respaldo legal bajo el Reglamento eIDAS, casos de uso que demuestran su versatilidad y una comparación con el tradicional burofax para ayudarte a elegir la mejor opción para tus necesidades de comunicación fehaciente.

¿Qué es Noticeman?

Noticeman es una plataforma de correo electrónico certificado diseñada por EADTrust, un Prestador de Servicios de Confianza Digital cualificado según el Reglamento eIDAS. Este sistema permite enviar notificaciones electrónicas con garantías de integridad, autenticidad y trazabilidad, asegurando que tanto el emisor como el receptor puedan demostrar la entrega, recepción y contenido de la comunicación. A diferencia de métodos tradicionales como el burofax o el correo postal certificado, Noticeman ofrece una alternativa más rápida, eficiente y sostenible, manteniendo plena validez jurídica.

Ventajas de Noticeman

Noticeman se distingue por ofrecer una serie de ventajas clave que lo convierten en una herramienta esencial para empresas, administraciones públicas, particulares y profesionales:

  1. Validez Legal y Cumplimiento Normativo: Noticeman opera bajo el marco del Reglamento eIDAS (Reglamento (UE) Nº 910/2014), que establece estándares para servicios de confianza digital en la Unión Europea. Esto garantiza que las notificaciones enviadas a través de la plataforma son admisibles como prueba en procedimientos judiciales o arbitrales, gracias a su capacidad de dejar constancia del momento de la notificación y de su contenido.
  2. Seguridad y Trazabilidad: Utilizando criptografía de clave pública y sellos de tiempo cualificados, Noticeman asegura la identificación del emisor y del receptor, la integridad del contenido y registra los momentos exactos de envío, recepción, lectura y descarga. Además, las evidencias electrónicas generadas se custodian en la plataforma Cartulario, complementada con tecnología blockchain, lo que refuerza su autenticidad y fiabilidad.
  3. Eficiencia y Ahorro de Costos: Al eliminar la necesidad de papel, envíos postales y procesos manuales, Noticeman reduce significativamente los costos asociados a las comunicaciones certificadas. Su interfaz sencilla permite enviar notificaciones en pocos pasos, agilizando procesos que antes podían tomar días.
  4. Sostenibilidad: Al ser un sistema completamente digital, Noticeman contribuye a la reducción del consumo de papel, apoyando la sostenibilidad ambiental y ayudando a las empresas a cumplir con sus objetivos de responsabilidad social corporativa.
  5. Integración y Escalabilidad: Noticeman ofrece integración mediante servicios web, ideal para empresas con altos volúmenes de notificaciones. Sus certificaciones ISO 9001, ISO 20000-1 e ISO 27001 aseguran un servicio robusto y adaptable a las necesidades de cualquier organización.

Legislación Relevante

Noticeman se alinea con el Reglamento eIDAS (Reglamento (UE) Nº 910/2014), que regula los servicios de identificación electrónica y confianza en la Unión Europea. Este marco legal establece que las notificaciones electrónicas certificadas tienen la misma validez que las comunicaciones tradicionales en papel, siempre que cumplan con requisitos como la identificación de las partes, la integridad del contenido y la certificación de los tiempos de envío y recepción. En España, además, la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común fomenta el uso preferente de notificaciones electrónicas en las administraciones públicas, reforzando la relevancia de herramientas como Noticeman. Estas normativas garantizan que las comunicaciones enviadas a través de Noticeman sean seguras, confiables y legalmente vinculantes.

Casos de Uso de Noticeman

Noticeman es una solución versátil que se adapta a una amplia variedad de sectores y necesidades. A continuación, presentamos algunos ejemplos prácticos:

  1. Sector Legal y Administrativo:
    • Notificaciones Judiciales y Administrativas: Noticeman permite a procuradores, y abogados enviar comunicaciones certificadas a sus clientes, dejando constancia de los pasos que dan en representación de sus intereses.
    • Perfeccionamiento de Contratos: Las empresas pueden cerrar contratos enviando una oferta y recibiendo la aceptación del destinatario, con evidencias electrónicas que certifican el consentimiento explícito.
  2. Sector Financiero y de Seguros:
    • Noticeman es ideal para enviar notificaciones certificadas sobre movimientos bancarios, renovaciones de pólizas o informes periciales. Las instituciones financieras y aseguradoras, altamente reguladas, se benefician de la trazabilidad y la capacidad de prueba ante posibles disputas.
  3. Telecomunicaciones y Servicios Públicos:
    • Las empresas de telecomunicaciones y proveedores de servicios esenciales (electricidad, agua, gas) pueden notificar a sus clientes cambios en el servicio, facturas electrónicas o cancelaciones, cumpliendo con las estrictas regulaciones del sector.
  4. Gestión Empresarial (B2B, B2C y B2E):
    • Relaciones con Proveedores y Clientes: Noticeman facilita la comunicación certificada en acuerdos comerciales, recordatorios de pagos o gestión de contratos con proveedores y clientes.
    • Gestión de Recursos Humanos: Las empresas pueden enviar nóminas, circulares internas o comunicaciones laborales (como cambios de ubicación o despidos) con garantías de recepción y sin disputas legales.
  5. Sector Educativo y Administraciones Públicas:
    • Universidades y organismos públicos utilizan Noticeman para notificar plazos, listas de admisión o resultados de procesos de selección, garantizando transparencia y cumplimiento normativo.
  6. Particulares:
    • Particulares pueden notificar circunstancias relativas al cumplimiento de convenios reguladores, circunstancias que afectan a los contratos de arrendamientos, y otras situaciones de las que deseen dejar constancia. También para Reclamaciones y quejas y para convocatorias y citaciones
    • Autores: pueden dejar constancia de la existencia de un documento (por ejemplo, para alegar la autoría o precedencia) en un momento dado.

Comparación entre Noticeman y Burofax

Tanto Noticeman como el burofax son herramientas utilizadas para enviar comunicaciones certificadas con validez legal, pero cada una tiene características que la hacen más adecuada según el contexto. A continuación, analizamos las diferencias clave, los casos en los que cada sistema es preferible y una tabla comparativa de costos.

Diferencias Clave

  • Formato y Entrega: Noticeman es un sistema completamente digital que opera a través de correo electrónico certificado, permitiendo envíos instantáneos y accesibles desde cualquier dispositivo con conexión a internet. El burofax, por su parte, es un servicio postal físico que combina correo postal con acuse de recibo, lo que implica tiempos de entrega más largos y dependencia de servicios postales.
  • Trazabilidad: Noticeman ofrece una trazabilidad completa, registrando eventos como el envío, la recepción, la apertura y la descarga del mensaje, respaldados por sellos de tiempo cualificados y tecnología blockchain. El burofax proporciona un acuse de recibo físico, pero no registra eventos intermedios ni garantiza la integridad del contenido con el mismo nivel de detalle.
  • Costos y Escalabilidad: Noticeman es significativamente más económico, especialmente para envíos masivos, y permite integraciones automáticas para empresas. El burofax tiene costos más altos debido a la logística física y no es práctico para grandes volúmenes.
  • Sostenibilidad: Noticeman es una solución sin papel, alineada con prácticas sostenibles, mientras que el burofax genera residuos físicos (papel, sobres, transporte).
  • Alcance Internacional: Noticeman permite enviar notificaciones a cualquier parte del mundo de forma instantánea, siempre que el destinatario tenga acceso a correo electrónico. El burofax, al depender de servicios postales, puede ser más lento y costoso para envíos internacionales.

Cuándo Usar Noticeman

Noticeman es la opción preferida en los siguientes casos:

  • Digitalización y Automatización: Empresas que buscan integrar notificaciones certificadas en sus sistemas (CRM, ERP) o enviar grandes volúmenes de comunicaciones.
  • Urgencia: Cuando se necesita una entrega inmediata, ya que Noticeman envía notificaciones en segundos.
  • Destinatarios Digitales: Si el destinatario está acostumbrado a comunicaciones electrónicas o prefiere recibir notificaciones por correo electrónico.
  • Sostenibilidad: Organizaciones que priorizan la reducción de su huella de carbono.
  • Costos Reducidos: Para empresas o profesionales que necesitan una solución económica sin sacrificar validez legal.

Cuándo Usar Burofax

El burofax puede ser más adecuado en los siguientes casos:

  • Requisitos Legales Específicos: En algunos procedimientos legales o administrativos en España, ciertas normativas pueden requerir explícitamente el uso de burofax físico como medio de notificación, aunque esto es cada vez menos común gracias a la aceptación de notificaciones electrónicas bajo eIDAS.
  • Destinatarios sin Acceso Digital: En casos excepcionales donde el destinatario no utiliza correo electrónico o no tiene acceso a herramientas digitales, el burofax garantiza la entrega física.
  • Preferencia por Documentos Físicos: En situaciones donde el destinatario o el emisor prefieren un documento físico como prueba tangible, aunque esto es menos relevante dado el reconocimiento legal de las evidencias electrónicas.

Tabla Comparativa de Costos

AspectoNoticemanBurofax
Costo por NotificaciónDesde 5 € por notificación (1 € comprando 100). Fichero de hasta 5MbDesde 9,9 € por notificación (1 página) + 0,9 € por cada página adicional
Costos AdicionalesSin costos adicionales. Custodia 60 meses. (integración API gratuita en planes avanzados)Con custodia de 60 meses, Prueba de Entrega Electrónica (PEE) y copia certificada 18,52 € Costes adicionales en envíos internacionales
Envíos MasivosDescuentos por volumen; integración automática para grandes cantidadesCostos proporcionales al número de envíos, sin descuentos significativos
Tiempo de EntregaInstantáneo (segundos)1-3 días laborables (nacional); más para internacional
SostenibilidadSin papel, 100% digitalConsumo de papel y transporte físico

Nota: Los costes son sin IVA

Conclusión

Noticeman de EADTrust representa un avance significativo en la gestión de notificaciones electrónicas, combinando seguridad, eficiencia y sostenibilidad con un respaldo legal sólido bajo el Reglamento eIDAS y la legislación nacional. Su comparación con el burofax muestra que, en la mayoría de los casos, Noticeman es la opción más rápida, económica y adaptable, especialmente para empresas que buscan digitalizar sus procesos. Sin embargo, el burofax sigue siendo relevante en casos específicos donde se requiera una entrega en una dirección postal.

Sea cual sea tu necesidad, Noticeman ofrece una solución moderna y confiable para llevar tus comunicaciones al siguiente nivel.

¿Listo para optimizar tus comunicaciones certificadas? Regístrate hoy en Noticeman y descubre cómo puedes ahorrar tiempo, reducir costos y garantizar la validez legal de tus notificaciones. ¡Mira los precios! Y lee las preguntas frecuentes y sus respuestas.


Próximos eventos «Trust Services and eID Forum» y «CA-day» en Split, Croacia el 24 y 25 de septiembre de 2025


El 24 de septiembre de 2025, ENISA organiza el 11º Foro sobre Servicios de Confianza y Identificación Electrónica (11th Trust Services and eID Forum). El 25 de septiembre de 2025, D-TRUST, en colaboración con TÜV Nord Cert, celebrará la 17ª Jornada de CAs (17th CA-Day).

¿A quién va dirigido?

El foro, organizado en colaboración con la Comisión Europea desde 2015, se ha convertido en «la cita ineludible» para las partes interesadas del amplio ámbito del Reglamento eIDAS. Reúne a responsables políticos, prestadores de servicios de confianza, organismos de evaluación de la conformidad, supervisores, instituciones europeas y de los Estados miembros y usuarios finales interesados, ofreciendo un lugar único para los debates relacionados con las identidades digitales en Europa. Este año, el evento se traslada a Split, Croacia, y se garantiza también la retransmisión en línea para la participación virtual.

Contenido

Entre los temas que se debatirán este año, abordaremos los siguientes

  • Normalización y certificación de la Cartera de Identidad Digital Europea
  • Interacción de eIDASv2 con otra legislación (CRA, Ley de Chips de la UE, NISD2), incluidos los aspectos relacionados con la privacidad
  • Aplicación de los servicios de confianza nuevos y previamente definidos, desde el punto de vista técnico y organizativo
  • Nuevas necesidades de colaboración entre todos los servicios de confianza y las partes interesadas en la identificación electrónica
  • Estrategias para promover el mercado de la identidad digital

Como en años anteriores (desde 2018), el Trust Services and eID Forum irá seguido del CA-Day, organizado por D-Trust y TÜV Nord Cert, que tendrá lugar el 25 de septiembre en el mismo lugar.

Agenda en inglés

El borrador del programa ya está disponible. Contiene interesantes presentaciones y cautivadores debates entre expertos reconocidos en la materia. Tenga en cuenta que se seguirá actualizando en las próximas semanas. Ver la traducción más abajo

Inscripción

Ya puede reservar su plaza inscribiéndose aquí. Reserve su plaza presencial solo si está seguro de que podrá asistir al evento en persona. Tenga en cuenta que no es posible acoger presencialmente a más de 2-3 participantes de la misma organización.

Agenda en español

Participo en el IV Seminario Internacional RENIEC 2025


En vez de ir a los Sanfermines (tengo que hacer esta mención, siendo, como soy, de Pamplona) el 7 de julio viajaré a Lima (Perú) para participar en el IV Seminario Internacional RENIEC 2025, coincidiendo con la celebración del trigésimo aniversario de la fundación de RENIEC.

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) se fundó el 12 de julio de 1995. Su creación se formalizó mediante la Ley N.º 26497, en cumplimiento de lo dispuesto por la Constitución Política del Perú de 1993, que estableció la necesidad de un organismo autónomo encargado de la identificación de las personas y la administración de los registros civiles en el país.

En mi reflexión sobre la Identidad Digital intentaré extrapolar la experiencia de la Unión Europea tras la publicación del Reglamento (UE) 2024/1183 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, como base para adoptar enfoques parecidos en otros países, siempre respetando su modelo de soberanía, de forma que la gestión futura de la identidad digital pueda llegar a ser interoperable en la provisión de servicios digitales con un enfoque transfronterizo. Y explicaré qué nuevos servicios se pueden ofrecer con Carteras Digitales como la «EUDI Wallet» o «Cartera IDUE».

El Seminario Internacional RENIEC es un evento organizado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) de Perú, enfocado en la identidad digital y la transformación digital de los servicios de identificación ciudadana. Su objetivo principal es promover el uso de la identidad digital como mecanismo legal, seguro y confiable para acceder a servicios electrónicos tanto del gobierno como del sector privado.

Durante el seminario se abordan temas como:

  • Importancia del derecho a la identidad y su ejercicio en entornos digitales.
  • Procesos de identificación y autenticación para servicios de gobierno y comercio electrónico.
  • Evolución de la identidad digital y su impacto en la seguridad jurídica y competitividad del país.
  • Experiencias nacionales e internacionales en gestión de identidad digital.
  • Rol del DNI electrónico (DNIe) y los certificados digitales en la provisión de servicios virtuales.

El evento está dirigido a funcionarios públicos, directivos de empresas privadas, especialistas técnicos y legales, así como a todos los interesados en la implementación de servicios electrónicos seguros y proyectos de gobierno digital. Además, el seminario sirve como un espacio de intercambio y aprendizaje con expertos internacionales, fortaleciendo conocimientos y compartiendo buenas prácticas sobre transformación digital e innovación en identificación ciudadana.

Esta será mi tercera participación después de la del 2022 y de la del 2024. Aquí están los videos de las intervenciones anteriores:

Intervención de Julián Inza en el Seminario Internacional RENIEC (Identificación para un Perú Digital) de 13 julio 2022 con la ponencia «Tecnologías de Identificación emergentes» enfatizando la idea de que la Identidad es uno de los derechos humanos y como se prevé que será la EUDI Wallet (EIDAS 2)

Intervención de Julián Inza en el Seminario Internacional RENIEC (Oportunidades de la identificación digital: impacto del DNIe para más y mejores servicios) de 16 de julio de 2024 con la ponencia «Identidad digital basada en Blockchain y su evolución hacia la Cartera de Identidad Digital Europea» enfatizando la vigencia de las 7 leyes de la identidad de Kim Cameron.

Nuevos actos de ejecución de EIDAS2 publicados hoy


Se acaban de publicar hoy (7 de mayo de 2025) en el Diario Oficial de la Unión Europea nuevos actos de ejecución en desarrollo del Reglamento UE 910/2014 con las modificaciones incluida en el Reglamento UE 1183/2024. Básicamente en relación con las Carteras IDUE:

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/846 DE LA COMISIÓN de 6 de mayo de 2025 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n. o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la correspondencia transfronteriza de la identidad de las personas físicas.

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/847 DE LA COMISIÓN de 6 de mayo de 2025 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las reacciones a las violaciones de la seguridad de las carteras europeas de identidad digital.

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/848 DE LA COMISIÓN de 6 de mayo de 2025 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n. o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al registro de las partes usuarias de las carteras.

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/849 DE LA COMISIÓN de 6 de mayo de 2025 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la presentación de información a la Comisión y al Grupo de Cooperación para la lista de carteras europeas de identidad digital certificadas.

Entrarán en vigor el 27 de mayo de 2025.

Logo EUDI Wallet

Recordemos que en el Diario Oficial de la Unión Europea de 4 de diciembre de 2024 (con entrada en vigor el 24 de diciembre) se publicaron:

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2977 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2024 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los datos de identificación de la persona y las declaraciones electrónicas de atributos expedidos a carteras europeas de identidad digital.

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2979 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2024 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la integridad y las funcionalidades básicas de las carteras europeas de identidad digital

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2980 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2024 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las notificaciones a la Comisión relativas al ecosistema de la cartera europea de identidad digital

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2981 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2024 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la certificación de las carteras europeas de identidad digital

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2982 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2024 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los protocolos y las interfaces que admitirá el marco europeo de identidad digital

Versión 1.8 del ARF de la Cartera IDUE en español


La EUDI Wallet (European Union Digital Identity Wallet), conocida en español como la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea (Cartera IDUE) se está desarrollando desde el punto de vista de la concreción de especificaciones a través del ARF es decir, el Marco de Referencia y Arquitectura (Architecture and Reference Framework).

El ARF de la Cartera IDUE es un documento técnico clave que establece las bases para el diseño, desarrollo y funcionamiento de esta identidad digital en toda la Unión Europea. Es un marco de referencia que los estados miembros y desarrolladores usan para garantizar que las carteras digitales sean seguras, interoperables y cumplan con la regulación eIDAS 2.0.

Traduje varias versiones del documento ARF, pero en los últimos meses la actualización de versiones iba más rápido que mi capacidad de traducción

Recientemente se ha publicado la versión 1.8 y la he intentado traducir a toda prisa, por lo que aquí traigo la versión en español de este documento «Marco de Referencia y Arquitectura»:

Aquí están sus aspectos principales:

  • Estandarización: Define los protocolos técnicos, como el formato de los identificadores digitales (basados en estándares como OpenID o ISO/IEC 18013-5 para credenciales móviles), para que las carteras funcionen igual en todos los países de la UE.
  • Interoperabilidad: Asegura que una Cartera IDUE emitida en España, por ejemplo, pueda usarse sin problemas en Francia o Alemania para servicios públicos y privados (como abrir una cuenta bancaria o identificarse en línea).
  • Seguridad: Establece requisitos para proteger los datos personales, como el uso de elementos seguros en dispositivos (chips físicos o software encriptado) y autenticación multifactor.
  • Funcionalidad: Detalla cómo las carteras almacenarán y presentarán credenciales digitales, como el DNI electrónico, licencias de conducir o certificados académicos, de forma que sean verificables al instante por terceros autorizados.
  • Desarrollo práctico: Proporciona una «caja de herramientas» (toolbox) técnica para que los países implementen sus propias versiones de la cartera, manteniendo un estándar común.

El ARF fue publicado por la Comisión Europea como parte del proceso para preparar la implementación de la EUDI Wallet, que se espera esté plenamente operativa para las navidades de 2026.

G-digital y EADTrust


g-digital, es la división de negocios digitales de Garrigues (la mayor Firma de abogados de la Unión Europea) dedicada a fomentar la innovación y el desarrollo tecnológicos para ayudar a los clientes de la Firma en su transformación digital. Asume la misión de desarrollar soluciones tecnológicas que integren el conocimiento del derecho de los negocios del despacho legal en los procesos de sus clientes, no solo mejorando la eficiencia y la seguridad jurídica, sino también habilitando nuevas oportunidades de negocio en un entorno cada vez más digital.

Los profesionales de Garrigues Digital, que son los expertos del despacho en TechLaw y economía digital, trabajan estrechamente con los tecnólogos de g-digital en el diseño de sus soluciones, asegurando que tecnología y legalidad se integran en cada propuesta e identificando las necesidades y oportunidades del mercado. Esta colaboración es el factor clave y distintivo que asegura que sus productos y servicio sean innovadores y de confianza.

Las soluciones de g-digital están concebidas como herramientas esenciales para garantizar la seguridad jurídica, la eficiencia y el cumplimiento normativo en los procesos desplegados por o clientes del a Firma.

g-digital, trabaja en estrecha colaboración con EADTrust, prestador cualificado de servicios de confianza digital, participado por Garrigues.

Esta colaboración representa una alianza estratégica que redefine la forma en que las empresas gestionan sus transacciones digitales. Esta sinergia combina el liderazgo legal de Garrigues con la experiencia técnica de EADTrust para ofrecer soluciones integrales que garantizan seguridad, eficiencia y cumplimiento normativo.

¿Qué ofrecen juntos g-digital y EADTrust?

La propuesta comercial conjunta se basa en tres pilares fundamentales:

  1. Servicios de confianza digital regulados
    • EADTrust aporta su experiencia en servicios cualificados, como la expedición de certificados cualificados de personas físicas para la realización de firmas electrónicas cualificadas, la expedición de certificados cualificados de personas jurídicas para la realización de sellos electrónicos cualificados, la emisión de sellos de tiempo cualificados, la provisión de servicios de custodia digital y notificaciones certificadas, esenciales para garantizar la autenticidad y seguridad de las transacciones digitales.
    • g-digital integra estos servicios en procesos legales, optimizando la gestión de contratos y asegurando que las empresas cumplan con normativas como eIDAS2.
  2. Innovación tecnológica aplicada al ámbito legal
    • Ambas entidades han desarrollado soluciones como GoCertius, que permite certificar fotografías y videos captados con el móvil asociándolos al momento en que se tomaron, y que se ha ampliado para dejar constancia de lo tratado en chats «securizados» en plataformas como Telegram con alta eficacia probatoria, y que permitiría un sistema de contratación con muy baja fricción en la experiencia de usuario.
    • g-digital trabaja en proyectos basados en blockchain, como plataformas de activos financieros tokenizados bajo el régimen piloto de la UE (Reglamento UE 2022/858) y la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión y su constitución como ERIR (Entidad Responsable de la Inscripción y del Registro. También impulsa soluciones de «EAD Enterprise Suite» como «eArchiving» y «Signature Manager» una herramienta colaborativa que permite la firma electrónica de varios intervinientes en un acuerdo e incluso invitar asesores legales al proceso de firma.
  3. Cumplimiento normativo y adaptación al mercado europeo
    • La colaboración está alineada con regulaciones clave como eIDAS2, NIS2, DORA y MiCA, asegurando que las empresas puedan operar dentro del marco legal europeo mientras aprovechan herramientas avanzadas para la gestión digital.

Beneficios para las empresas

La alianza entre g-digital y EADTrust ofrece ventajas tangibles para empresas de todos los sectores:

  • Seguridad jurídica: Las soluciones conjuntas garantizan que las transacciones digitales cumplan con los estándares legales más exigentes, reduciendo riesgos regulatorios.
  • Eficiencia operativa: La integración de servicios digitales permite automatizar procesos clave, como la firma electrónica o la custodia documental, optimizando tiempos y costes. El uso de sello de tiempo cualificado en pasos clave de procesos de negocio digitalizados los transforma en pruebas con presunción «Iuris Tantum»
  • Innovación adaptada: Con herramientas como blockchain y carteras digitales europeas (EUDI Wallets), las empresas pueden liderar la transformación digital sin comprometer la seguridad ni el cumplimiento normativo.

Casos destacados

Entre los proyectos desarrollados conjuntamente se encuentran:

  • GoCertius: Una solución innovadora para certificar fotos, videos y documentos captados por la cámara controlada por la App y comunicaciones digitales por Telegram , ideal para sectores donde la evidencia legal es crítica.
  • EAD Factory: Servicios diseñados para transformar procesos empresariales tradicionales en entornos completamente digitales por diseño, beneficiando especialmente a industrias como banca y seguros. Puede implantarse en sus propios CPDs o en plataformas en la nube TIC
  • EAD Enterprise Suite: eArchiving: Solución de custodia digital de archivos, equivalente en cierto sentido al depósito notarial, con funcionalidades de escrow.
  • EAD Enterprise Suite: Signature Manager: Solución de firma electrónica de uso muy sencillo que reduce la fricción para los firmantes y sus asesores, y que resuelve los retos de la firma en contextos multinacionales donde aplican diferentes leyes y jurisdicciones.

Conclusión

La colaboración entre g-digital y EADTrust no solo fortalece la confianza digital en Europa, sino que también posiciona a ambas entidades como líderes en un mercado donde la seguridad jurídica y tecnológica son esenciales. Su propuesta conjunta es una invitación a las empresas a abrazar el futuro digital con herramientas que garantizan autenticidad, integridad y cumplimiento normativo. En un entorno donde la innovación es clave, esta alianza representa el puente perfecto entre tecnología avanzada y seguridad legal.

EAD Trust Factory los servicios cualificados de EADTrust como infraestructura propia de entidades digitalizadas


GoCertius es la base conceptual (con su forma particular de certificar evidencias digitales) sobre la que EADTrust y Garrigues (a través de su división g-digital) han construido los servicios de EAD Trust Factory. Una panoplia de servicios que pasan a formar parte de la infraestructura de nuestros clientes, como si ellos mismos fueran Prestadores Cualificados de Servicios de Confianza Digital.

Son clientes de diferentes tamaños y sectores que así pueden desarrollar entornos de gestión de evidencias electrónicas sacando ventaja de los servicios regulados, tales como los que se describen en el Reglamento europeo eIDAS y su ampliación eiDAS2.

Las soluciones de EAD Trust Factory, al integrar servicios de confianza digital y optimizar procesos legales, pueden beneficiar a diversas industrias que requieren gestión segura y eficiente de documentos y transacciones digitales. De esta forma se pueden optimizar los procesos empresariales de gestión rediseñándolos para que sean completamente digitales y confiables por diseño, sabiendo que se podrá contar con evidencias digitales prescindiendo del papel. Y que estas evidencias podrán acreditar los servicios prestados y su seguridad, con certeza del momento en que se prestaron en cualquier contexto de resolución de controversias.

A continuación, se presentan algunos de los sectores que se benefician de estas soluciones:

  1. Sector Financiero y Seguros:
    • Beneficios: La gestión segura de documentos financieros y la autenticidad de las transacciones son cruciales en este sector. EAD Trust Factory añade servicios cualificados a la infraestructura de cada entidad para ayudar a cumplir con las regulaciones financieras y de protección de datos, como el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR), Digital Operational Resilience Act (DORA), Directiva 2022/2555 (NIS2) y el Reglamento 910/2014 eIDAS con los cambios introducidos por el Reglamento 1183/2024.
  2. Industria Legal y Jurídica:
    • Beneficios: La generación de evidencias digitales y la gestión de contratos electrónicos son fundamentales para este sector. EAD Trust Factory facilita la creación de documentos legales electrónicos seguros y auténticos, mejorando la eficiencia en los procesos legales. Por su influencia en otras actividades el punto de vista legal es crucial para entender el ·»Compliance» la presunción Iuris Tantum de los servicios cualificados de confianza
  3. Sector de la Salud:
    • Beneficios: La gestión de registros médicos electrónicos o los Consentimientos Informados requiere altos niveles de seguridad y confianza. EAD Trust Factory puede ayudar a proteger la privacidad de los pacientes y asegurar la integridad de los datos médicos. También ayuda digitalizar historias clínicas, respetando la normativa definida para ellos,
  4. Industria de la Energía y Recursos Naturales:
    • Beneficios: La optimización de procesos y la gestión eficiente de documentos son clave en este sector, donde la seguridad y el cumplimiento normativo son fundamentales. EAD Trust Factory puede ayudar a mejorar la eficiencia operativa y reducir costes. También la contratación se beneficia de un marco regulatorio más garantista.
  5. Sector de Transporte y Logística:
    • Beneficios: La gestión de documentos de transporte y la trazabilidad de mercancías requieren sistemas confiables. EAD Trust Factory proporciona soluciones para asegurar la autenticidad y seguridad en la gestión de documentos relacionados con el transporte y la logística. En particular, albaranes gestionados de forma digital que puedan surtir efecto también como documentos híbridos con versión en papel de ser necesaria.

En resumen, cualquier industria que requiera gestión segura de documentos y transacciones digitales puede beneficiarse de las soluciones de EAD Truat Factory. La plataforma es especialmente útil para sectores con altos requisitos de seguridad y cumplimiento normativo.

EAD Trust Factory está formado por diferentes servicios cualificados de confianza, entre los que destacan los sellos de tiempo`, las notificaciones fehacientes y las comprobaciones de validez de firmas y certificados electrónicos. También el Onboarding digital, incluyendo servicios de Videoidentificación.

Los servicios orquestados por EAD Trust Factory incluyen servicios cualificados de confianza definidos por el reglamento #eIDAS y desarrollos auxiliares que permiten dotar a cualquier proceso que incluya gestión digital de un respaldo regulatorio en forma de evidencias digitales con valor «Iuris Tantum» que aportar tanto en entornos MASC (Medios adecuados de solución de controversias) como contextos de litigación.

Y con infraestructura de Criptoagilidad Postcuántica resistente al futuro Criptocalipsis.

Llame al (+34) 917160555 o envíe un email a info(at)eadtrust.eu para pedir información y compruebe que adoptar recursos técnicos de PSC en su propia infraestructura es más sencillo y económico de lo que parece