Identidad digital, Cartera IDUE, Firma electrónica, Archivo digital, blockchain, Medios de pago, eBanca, administración de justicia. administración pública, Seguridad Jurídica Preventiva Digital
Los próximos días 20 y 21 de marzo de 2024 asistiremos al II Plenario del Foro de Transformación Digital de la Justicia (FTDJ) que tendrá lugar en la Galería de las Colecciones Reales, Calle de Bailén, s/n, Madrid, España.
La inscripción para participar en las sesiones de mañana o tarde de cada día puede realizarse en este formulario.
El Foro de Transformación Digital de la Justicia (FTDJ) se puso en marcha el año 2022 gracias al impulso del Ministerio de Justicia, que actualmente forma parte del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Una iniciativa pionera en el ámbito de la creación conjunta de mejoras y soluciones de valor para la administración de Justicia. Este foro está activo todo el año y se organiza en 4 grandes líneas estratégicas que a su vez se dividen en varios grupos de trabajo. Expertos del sector tecnológico, del sector legal, tanto del ámbito privado cómo público, lideres de opinión, y representantes de diferentes administraciones e instituciones participan en estos grupos.
Todo esto posibilita recoger las propuestas e iniciativas de mejora con un trabajo constante y conjunto de la sociedad en general, del sector público y del privado, posicionando en la vanguardia de la transformación digital no solo al sector de la Justicia, sino a todo el país.
Su objetivo es mejorar la eficiencia general del sistema de justicia a través de la colaboración y utilizando la tecnología y la digitalización de los procesos judiciales y extrajudiciales para facilitar el acceso a la justicia. Todo ello enmarcado en el plan estratégico Justicia 2030.
Más información en la Web el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Se puede seguir por Youtube. Ya están preparados los enlaces, uno por sesión:
El pasado 12 de marzo de 2024 tuve el honor de recoger la medalla al mérito de la ciberdefensa, junto con varios otros agraciados, en un emocionante acto que tuvo lugar en el CETSE (Centro Tecnológico de Seguridad) en Madrid. Gracias a PETEC Asociación Profesional de Peritos de Nuevas Tecnologías por el reconocimiento y por facilitar el reencuentro de veteranos que pudimos contarnos nuestras más recientes vicisitudes.
La Medalla al Mérito en la Ciberdefensa es uno de los reconocimientos más importantes en el ámbito de la Ciberseguridad en España.
El evento se celebró el 12 de marzo en el CETSE (Centro Tecnológico de Seguridad) en Madrid, comenzando a las 11.00 am. Finalizó alrededor de la 13.00 con un vino español y fotos de familia.
Las presentadoras de este solemne acto fueron Carmen M. García, Presidente de Woman’s Week y Laura Giménez, Presidenta de AJPNE (Asociación de Jubilados de la Policía Nacional de España).
La bienvenida fue a cargo de Manuel Jesús Izquierdo Bernal, Sub. Gral. Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad.
El discurso de Ignacio Carrasco, Presidente del Comité de Grados de PETEC se centró en el nuevo RDL 6/2023 destacando algunos de sus aciertos y errores.
Al inicio del acto de imposición de medallas se llevó a cabo la bendición de medallas por parte de Javier Mairata, Vicario General de la Diócesis de Getafe.
Al finalizar el acto se llevó a cabo un breve homenaje a los caídos por parte de Javier Mairata y con la intervención de Luis Livinston, que interpretó un par de canciones «Yo soy de aquí» con la famosa frase «Soy español, a qué quieres que te gane,…»
Como asistentes por parte de Petec, representando a la Junta Directiva estuvieron Jorge Ruiz, Gerente de PETEC, Nacho Carrasco, Presidente del Comité de Grados y Secretario de Petec, José Raúl Elola, Vicepresidente 2º de PETEC, Fernando Mairata, Presidente de PETEC y Elena Marcos, miembro del Comité de Dirección, Vocal de Comunicación y DirCom de PETEC.
Facultativo Area de Informatica de la Unidad de informtica y Comunicaciones CNP
Rafael
Martínez López
Subdirector General de Logística e Innovación de CNP
¡Gracias a las FCSE por la labor que realizan siempre, al CETSE por ser el anfitrión del evento, a los premiados por hacer de este mundo un lugar más seguro y mejor y a todos por acompañarnos!
Un cartulario (Chartularium en latín o Cartulary en inglés) también conocido con otras denominaciones como códice diplomático (Codex Diplomaticus en latín, Diplomatic Codex en inglés) es un libro manuscrito medieval en forma de códice o rollo.
La RAE añade otras acepciones: Escribano, y principalmente el de número de un juzgado, o el notario en cuyo oficio se custodian las escrituras de que se habla.
Su contenido consiste en transcripciones de documentos originales relacionados con la fundación, privilegios y derechos legales de diversos establecimientos y gestionados en un apartado privilegiado de sus archivos:
Archivos reales
Archivos eclesiásticos: Incluyendo iglesias y monasterios.
Archivos municipales: Documentos relacionados con ciudades y municipios.
Archivos de Empresas y asociaciones industriales: Privilegios y derechos comerciales.
Archivos de Instituciones de enseñanza: Información sobre escuelas y universidades.
Archivos de Familias,y nobleza: Documentos relacionados con genealogía y propiedades.
Los cartularios solían ser manuscritos en pergamino o, en tiempos más recientes, en papel. A veces, el copista del cartulario reproduce el documento original con exactitud literal, mientras que en otros casos, se permite cierta libertad para mejorar la composición de la frase o actualizar la escritura de nombres propios.
Los cartularios actúan como una copia de seguridad de documentos esenciales, y se han admitido como prueba en controversias desde hace cientos de años, con documentos recogidos en los archivos de las Chancillerías de Valladolid y de Granada.
A la hora de decidir el nombre de un servicio de Custodia digital de documentos esenciales, referenciables por su código seguro de verificación, un concepto que viene a la mente es el del Protocolo notarial, colección ordenada de documentos matriz en los que intervienen los notarios.
Los protocolos notariales se refieren a un año, transcurrido el cual se encuadernan de forma que se garantiza su orden cronológico por la propia estructura de la encuadernación. Cada protocolo lo custodia su notario. Cuando los protocolos cumplen 25 años, se mandan a los Archivos de Distrito notariales, donde permanecen hasta cumplir 100 años de antigüedad. Finalmente, a los 100 años, pasan al Archivo Histórico de Protocolos de cada Colegio Notarial.
La idea de recurrir al término Cartulario Digital es consecuencia de formular un servicio con unas garantías equivalentes a las que los notarios aplican sobre los Protocolos notariales, pero sin inducir a interpretaciones equívocas adoptando términos propios de los notarios.
El término acuñado de cartulario permite transmitir la idea de que se trata de un sistema singular de preservación de documentos de especial relevancia y que se utiliza en contextos diferentes del notarial.
Cartulario Digital es una plataforma multiusuario, desarrollada en modo SaaS por EADTrust y disponible en modalidad “Cloud Computing” o “Nube TIC“, que permite una rápida puesta en marcha de las soluciones de Confianza Digital con presevación de documentos electrónicos direccionables con un Código Seguro de Verificación.
De esta forma, garantiza la seguridad de los intercambios, la confianza del archivo y la gestión de la prueba jurídica. Gracias al uso de sellos de tiempo cualificados la información preservada se beneficia de las presunciones del apartado 4 del artículo 326 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Las tecnologías que ofrece CartularioDigital lo consolidan como instrumento de Prueba Digital y garantizan la seguridad en el Intercambio y el Archivo.
Entre las prestaciones cabe mencionar:
Autenticación,
Cifrado,
Registro,
Trazabilidad,
Orden cronológico
Control de la integridad,
Sellado de tiempo (interno y por un tercero de confianza).
Metadatos de original electrónico (que facilit la gestión de propiedades como Completitud, Obliterabilidad y Endosabilidad)
Diferentes niveles de gestión, que permiten ofrecer estas funcionalidades a las empresas, a las administraciones públicas o al público general, de forma flexible y escalable.
Cuenta con un webservice para el depósito de documentos y administra diferentes mecanismos de gestión de CSV (Código Seguro de Verificación).
Contacte con EADTrust en el 91 716 0555 para ampliar información
Hay una alternativa a Valide que ayuda distinguir mejor las firmas cualificadas y los sellos cualificados, y da mayor detalle sobre si se emplea o no Dispositivo Cualificado de Creación de Firma (en inglés QSCD Qualified Signature/Seal Creation Device):
La Plataforma DSS (Digital Signature Service) de EADTrust es una herramienta de validación de certificados y firmas mucho más completa, y también indica si el certificado utilizado se incluye en la lista de confianza de prestadores y servicios cualificados de la Unión Europea.
En España hay bastantes servicios de «recogida de firmas» que captan firmas simples o firmas avanzadas y que dicen cumplir con la normativa EIDAS.
Eso, en realidad, es fácil porque el artículo 25 del Reglamento EIDAS establece :
Artículo 25
Efectos jurídicos de las firmas electrónicas
No se denegarán efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba en procedimientos judiciales a una firma electrónica por el mero hecho de ser una firma electrónica o porque no cumpla los requisitos de la firma electrónica cualificada.
Una firma electrónica cualificada tendrá un efecto jurídico equivalente al de una firma manuscrita.
Una firma electrónica cualificada basada en un certificado cualificado emitido en un Estado miembro será reconocida como una firma electrónica cualificada en todos los demás Estados miembros.
Pero lo cierto es que esos sistemas de recogida de firmas simples y avanzadas lo que hacen es confundir a los usuarios, porque los ciudadanos de a pie no tienen por qué ser expertos en firma electrónica cualificada. Se espera que los expertos estén detrás de esas empresas «especialistas», que están gestionando algunas de estas firmas, que tienen «menos papeles que un conejo de monte».
En realidad, a las empresas (y a sus clientes) les interesa que las firmas electrónicas que se gestionan «on-line» sean de tipo «cualificado«, entre otros motivos porque su fuerza probatoria es, en términos que usan los los abogados «iuris tantum«. Es decir, válidas salvo prueba en contrario, que deberá aportar la parte que niega su validez
En efecto, la Ley 6/2020 introdujo una aclaración de sus efectos en la Ley de Enjuiciamiento Civil:
«4. Si se hubiera utilizado algún servicio de confianza cualificado de los previstos en el Reglamento citado en el apartado anterior (Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior), se presumirá que el documento reúne la característica cuestionada y que el servicio de confianza se ha prestado correctamente si figuraba, en el momento relevante a los efectos de la discrepancia, en la lista de confianza de prestadores y servicios cualificados.
Si aun así se impugnare el documento electrónico, la carga de realizar la comprobación corresponderá a quien haya presentado la impugnación. Si dichas comprobaciones obtienen un resultado negativo, serán las costas, gastos y derechos que origine la comprobación exclusivamente a cargo de quien hubiese formulado la impugnación. Si, a juicio del tribunal, la impugnación hubiese sido temeraria, podrá imponerle, además, una multa de 300 a 1200 euros.»
Esa es una de las razones por lo que es tan útil una herramienta como esta: si recibimos un documento PDF firmado electrónicamente, el software «Adobe Reader» ya nos dice , por ejemplo, si el certificado es cualificado mostrando un candadito en la propiedades de la firma electrónica (con ello se comprueba, por ejemplo, si el prestador que emitió el certificado está en la lista TSL europea), incluso si se ha usado un QSCD. Pero para saber todo el detalle de las firmas electrónicas y de los certificados, esta herramienta DSS es posiblemente la más potente y la más sencilla de usar.
En junio de 2021, la Comisión Europea propuso un marco para una identidad digital europea que estuviera a disposición de todos los ciudadanos, residentes y empresas de la UE por medio de una cartera europea de identidad digital.
El nuevo marco propuesto modifica el Reglamento 910/2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (Reglamento eIDAS), que sentó las bases para acceder de forma segura a los servicios públicos y realizar transacciones en línea y transfronterizas en la UE, creando los certificados cualificados y las firmas y sellos cualificados junto con otros servicios de confianza digital.
Tras las negociaciones interinstitucionales («diálogos tripartitos»), el 29 de junio de 2023 los colegisladores lograron alcanzar un acuerdo provisional inicial sobre los elementos clave del expediente, con sujeción a la introducción de algunos ajustes técnicos adicionales al proyecto de texto legislativo del Reglamento revisado.
El 8 de noviembre de 2023 la Presidencia española del Consejo de la Unión Europea culminó con éxito la negociación del reglamento europeo de servicios cualificados de confianza y de Identidad Digital europea y el texto final se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea probablemente en marzo de 2024.
En 2026 estará disponible en los teléfonos móviles de todos los ciudadanos europeos la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea para realizar todo tipo de gestiones, tanto en el ámbito privado como en el público.
El nuevo Reglamento exige, de hecho, a los Estados miembros que expidan una cartera digital en el marco de un sistema de identidad electrónica, con arreglo a normas técnicas comunes y tras una certificación obligatoria.
A fin de establecer la arquitectura técnica necesaria, acelerar la aplicación del Reglamento revisado, impartir directrices a los Estados miembros y evitar la fragmentación, la propuesta se acompañó de una Recomendación sobre la creación de un Grupo de Expertos que defina un conjunto de instrumentos de la Unión (Toolbox) que ha recoge las especificaciones técnicas de la cartera digital.
Este es el contexto del evento que tendrá lugar el próximo martes 20 de febrero de 2024, de 9:30 a 11:00 de mañana, en el Círculo de Empresarios de Galicia situado en Av. García Barbón, 62, 36201, Vigo (Pontevedra) .
En este encuentro, en el colaboran Canon EMEA, EADTrust y Garrigues, veremos cómo se deben preparar las empresas y los organismos para ese momento y como impactará en su negocio.
La jornada arrancó con una mesa redonda “El nuevo marco europeo de identidad digital: Reglamento EIDAS2, el ARF y la cartera de identidad digital europea (EUID Wallet)”, moderada por Isabel Fernández Torres, que contó con la participación de Cristina Timón López de la Universidad de Murcia, Carlos Pastor de INETUM y yo mismo, Julián Inza de EADTrust.
En la segunda mesa redonda, moderada por Almudena de la Mata, expertos de la Comisión Europea como José Manuel Panizo, y de la industria como Lucas Carmona de Teknei y Lluis Ariño, de la Universitat Rovira i Virgili se analizó el uso de la identidad digital en la red EBSI.
La última mesa estuvo moderada por Almudena de la Mata, y en ella participaron Arturo Brazal de la Agencia Española de Protección de datos, Javier Ibañez de Alastria y Rafael Eguilior de Procesia.
De aquel evento he extraído mi charla, que está disponible en Youtube.
Charla sobre EIDAS2 y la Cartera IDUE
Aunque los que seguís el Blog ya sabéis que he ido publicando las traducciones al español (y al euskera, catalá y galego) de las diferentes versiones del documento ARF (en español, Arquitectura y Marco de Referencia), lo que hoy os traigo es un pequeño reto.
¿En qué minuto del video se menciona al elefante?
Los que lleguéis a encontrarlo podéis mandarme un mensaje privado por Twitter (X). Mientras, iré pensando en algún tipo de premio, algo humorístico y de escaso valor, para los que acierten (y me lo comuniquen).
Animo a las empresas y organismos que están analizando el futuro impacto de la normativa EIDAS2 y de la Cartera IDUE en sus actividades a que nos contacten porque podemos plantear sesiones conjuntas de análisis de situación en las que participan expertos de Garrigues y de EADTrust y puede quedar más claro como actuar de cara a los próximos años.
Se puede llamar al 91 7160555 para solicitar presupuesto. O contactar a través del correo electrónico indicado en nuestra página web.
El viernes 19 de enero de 2024 vi que se había publicado la versión V1.2 del documento «European Digital Identity Wallet Architecture and Reference Framework» que también tiene otros títulos: The Common Union Toolbox for a Coordinated Approach Towards a European Digital Identity Framework (en español, «La Caja de herramientas Común de la Unión para un enfoque coordinado hacia un Marco Europeo de Identidad Digital»).
Esta versión del ARF incluye un nuevo capítulo 5 que describe el modelo de confianza del ecosistema de Cartera IDUE y detalla, por ejemplo, los estados de la Instancia de Cartera IDUE:
Desde que se aprobó la versión por el Grupo de Expertos del Toolbox, han pasado varios meses hasta verla publicada, considerando las menciones a futuros desarrollos del documento parece que pronto se podría publicar la versión V1.3..
Me he dado prisa en traducirla, como premio a los lectores de este Blog, y también pensando en proyectos de Cartera IDUE (o EUDI Wallet) en curso, como algunos de los que que estamos contribuyendo a impulsar desde EADTRUST.
Aquí está la traducción al español de «European Digital Identity Wallet Architecture and Reference Framework», es decir «Arquitectura y marco de referencia de la cartera de identidad digital de la Unión Europea»:
Animo a las empresas y organismos que están analizando el futuro impacto de la normativa EIDAS2 y de la Cartera IDUE en sus actividades a que nos contacten porque podemos plantear sesiones conjuntas de análisis de situación en las que participan expertos de Garrigues y de EADTrust y puede quedar más claro como actuar de cara a los próximos años.
Se puede llamar al 91 7160555 para solicitar presupuesto. O contactar a través del correo electrónico indicado en nuestra página web.
He traducido el documento sobre ARF (Architecture and Reference Framework) de la EUDI Wallet (o Cartera IDUE) a euskera, galego y catalá. En concreto la versión 1.1. Como no domino estos idiomas tanto como el español, recurro a los amables lectores de este blog para que me ayuden en la revisión de los textos.
En relación con los artículos recientes en este blogs sobre GoCertius contamos en un video de 1 minuto varios aspectos:
EADTrust es un Prestador Cualificado de Servicios de Confianza, lo que se puede comprobar aquí y aquí.
Por la Disposición final segunda de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, se ha modificado el artículo 326 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Que señala:
«4. Si se hubiera utilizado algún servicio de confianza cualificado de los previstos en el Reglamento citado en el apartado anterior, se presumirá que el documento reúne la característica cuestionada y que el servicio de confianza se ha prestado correctamente si figuraba, en el momento relevante a los efectos de la discrepancia, en la lista de confianza de prestadores y servicios cualificados.
Si aun así se impugnare el documento electrónico, la carga de realizar la comprobación corresponderá a quien haya presentado la impugnación. Si dichas comprobaciones obtienen un resultado negativo, serán las costas, gastos y derechos que origine la comprobación exclusivamente a cargo de quien hubiese formulado la impugnación. Si, a juicio del tribunal, la impugnación hubiese sido temeraria, podrá imponerle, además, una multa de 300 a 1200 euros.»
La cámara y el micrófono los controla directamente la App. No se puede instalar en móviles «rooteados» (con permisos de superusuario).
Cada prueba electrónica recogida en la Certificación se respalda por un sello de tiempo cualificado tal como se define en el Reglamento EIDAS (Reglamento 910/2014, artículo 41).
Cada Certificación se rubrica con un Sello electrónico cualificado de entidad (de la propia EADTrust) tal como se define en el Reglamento EIDAS (Reglamento 910/2014, artículo 35).
Cada certificación de GoCertius constituye un «Soporte duradero» según se exige en diferentes normas (por ejemplo, la Ley 3/2014 de defensa de consumidores y usuarios).
Por tanto las capturas de pruebas electrónicas registradas por GoCertius se benefician de esa presunción «Iuris Tantum» que impone la carga de la prueba a quien quiera negar su fuerza probatoria.
Y todo está hecho para que se pueda entender de la mejor forma posible qué es lo que se está demostrando y para dar certeza de su autenticidad.
GoCertius está disponible para iPhone y Android y su uso es gratuito.
Una asentada tradición española es la de compartir décimos de la lotería de Navidad (y del Niño) con familiares, amigos o compañeros de trabajo.
Con la disponibilidad de aplicaciones móviles de comunicación como WhatsApp y Telegram frecuentemente se envían fotos de los décimos por esa vía y todo va bien si no surgen controversias.
Pero ya se conocen bastantes casos de décimos premiados que no se han repartido como parecía que se tenía que haber hecho y que se han dirimido en los tribunales.
Por lo que una muestra de buena voluntad por parte del depositario de uno de estos décimo sería generar una evidencia digital con GoCertius.
Rellenamos una breve declaración indicando el nombre de la persona que comparte el décimo, y el de las personas con las que se comparte (concretando cuanto dinero juega cada uno). Ponemos la fecha y la firma.
Hacemos la foto desde la propia aplicación GoCertius y compartimos por Whatsapp o Telegram (o la red que se prefiera) el enlace a la certificación generada por GoCertius.
Se puede ver cómo queda la certificación. Una prueba electrónica con el mismo valor probatorio para todos los intervinientes.
Agradecemos la disponibilidad de la herramienta «ASN.1 JavaScript decoder» de Lapo Luchini que permite comprobar en un lenguaje un poco más claro para los humanos lo que se recoge en una secuencia codificada en «ASN.1«. Estas secuencias pueden recoger diferentes datos, y en la Certificación GoCertius se codifican de esta forma los sellos de tiempo cualificados. Aunque el propio informe de Certificación describe la información, es interesante ver que esa información es la misma que se puede apreciar con herramientas de terceros.
GoCertius está disponible para iPhone y Android y su uso es gratuito.