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Funcionalidades de BackTrust


BackTrust es una plataforma de servicios (SOA)  asociados a la firma electrónica que puede ser utilizada en entornos de Administración Electrónica y también, en el sector privado, en el marco de las obligaciones de Interlocución Telemática.

Es un producto de Albalia Interactiva, con versiones para plataformas Mainframe (System z), entornos Linux y entornos Windows Server

Entre los servicios que presta BackTrust cabe citar los siguientes:

  • Servicio de Firma (DSS). El servicio de firma automatizada permite firmar documentos XML y PDF, respectivamente con firmas XAdES y PAdES. Los documentos de otro tipo pueden encapsularse en firmas CAdES o firmas XAdES, si bien requerirán de servicios de comprobación compatibles con la técnica de encapsulado.  Este servicio permite también  verificar las firmas de documentos ya firmados. El servicio permite utilizar diferentes claves y certificados, asociados a diferentes políticas, que se gestionan de forma centralizada en un HSM (Hardware Security Module). Se usa, por ejemplo, para automizar el uso de los sellos de órgano.
  • Ejecutable de firma en cliente: permite la firma de documentos por parte de un usuario, haciendo uso de su clave y sucertificado digital. Existen 2 variantes: firmador java (websigner) y firmador de escritorio.
  • Servicio de Sellado. Este servicio emite y verifica sellos de tiempo sobre protocolo RFC 3161 y (o)  webservice (DSS). Si se usa con un certificado de TSU de una CA apropiada, en el marco de un acuerdo de gestión, estos sellos de tiempo pueden tener valor legal.  El sistema permite sincronización mediante NTP (accediendo a ROA), GPS y DCF77.
  • Servicio de Validación Avanzada de Certificados. Este servicio permite comprobar la validez de un certificado y extraer la información contenida en él, relativa al titular del mismo (nombre y apellidos, NIF/CIF, correo electrónico, etc.).
  • Servicio de Copia. Este servicio añade información gráfica (Código QR) relativa a una firma electrónica sobre una copia constatable de un documento electrónico (albalá), facilitando así posteriores procesos de comprobación de documentos electrónicos impresos.
  • Servicio de Potestades. Este servicio permite gestionar y comprobar atribuciones en un marco de gestión de políticas de firma, o en relación con flujos de proceso (worlflows) de diferentes roles del organismo (cargos administrativos, firmantes finales por nombramiento oficial, responsables, apoderados, …).
  • Servicio de Custodia. Este servicio permite almacenar y recuperar documentos almacenados en el Sistema de Constancias (Cartulario). Existen varios tipos de custodia con diferentes restricciones de acceso (o sin restricciones). Se utiliza el concepto de Código Seguro de Verificación.
  • Servicio de Interconexión con otras Redes. Este servicio permite obtener información de validación de certificados y otras informaciones de redes asociadas. En particular existen integraciones con la Red SARA y con el sistema de acceso a información de certificados revocados definido por la AEAT (ycaestec).
  • Servicio de Publicación Fehaciente. Este servicio permite obtener certificados que acrediten fehacientemente el momento en el que los documentos son publicados en una Sede Electrónica. Utiliza el sistema de sello de tiempo y permite cumplir el artículo 42 de la Ley de Contratos del Sector Público (en el caso de las administraciones públicas) o la normativa de publicación de convocatorias de juntas de la Ley de Sociedades de Capital (en el caso del sector privado).

Además de la dispobilidad de funcionalidades en modalidad de servicio SOA, existen módulos que desarrollan las funcionalidades en forma de API (SDK) para ser invocadas por otras aplicaciones en entorno cliente o en entorno servidor. En particular, en entornos EDITRAN, permitiendo la firma y comprobación de firma de mensajes intercambiados entre plataformas de diferente tecnología.

Convocatoria de Juntas de Accionistas en página web


El Artículo único del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital unifica el tratamiento de los diferentes tipos de sociedades en una única norma:

Se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, al que se incorpora el contenido de la sección IV del título I del libro II del Código de Comercio de 1885, relativa a las sociedades comanditarias por acciones; el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas; la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada; y el contenido del título X de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, relativo a las sociedades anónimas cotizadas.

El artículo 173 de la LSC (Ley de Sociedades de Capital) no quedó muy claro y fue modificado por el Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.

Finalmente ha quedado así:

Artículo 173. Forma de la convocatoria. Redacción según Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre.

1. La junta general será convocada mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en la página web de la sociedad o, en el caso de que no exista, en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia en que esté situado el domicilio social.

2. Los estatutos de las sociedades de responsabilidad limitada podrán establecer, en sustitución del sistema anterior, que la convocatoria se realice mediante anuncio publicado en la página web de la sociedad o, en el caso de que no exista, en un determinado diario de circulación en el término municipal en que esté situado el domicilio social, o por cualquier procedimiento de comunicación, individual y escrita, que asegure la recepción del anuncio por todos los socios en el domicilio designado al efecto o en el que conste en el Libro-registro de socios. En caso de socios que residan en el extranjero, los estatutos podrán prever que sólo serán individualmente convocados si hubieran designado un lugar del territorio nacional para notificaciones.

Como sigue sin quedar claro, los registradores mercantiles le han dado unas cuantas vueltas al asunto y han redactado unas guías que dejen claros los aspectos relevantes, al menos para los propios registradores, y posiblemente para las empresas de su demarcación.

La que sigue a continuación es la guía elaborada por el Registro Mercantil de Alava. La he editado un poco para adaptar su aspecto estético al contexto de un blog, pero sin tocar lo esencial de su contenido. Aunque hay un par de matices en los que yo haría las cosas de forma un poco distinta, me descubro ante lo avanzado de la reflexión que incluye el concepto de «sello de tiempo».

Logo EAD Trust EADTrust ya está prestando el servicio de publicación fehaciente de convocatorias, y ya contamos con nuestros primeros clientes.

Este es el documento preparado por el Registro Mercantil de Alava:

Convocatoria de Juntas de Accionistas en página web

SOCIEDADES ANÓNIMAS ‘YA EXISTENTES QUE NO HAN MODIFICADO LOS ESTATUTOS y que en consecuencia tienen como forma de convocatoria el sistema legal preexistente

En el caso de Sociedades Anónimas ya inscritas y con estatutos anteriores a la modificación del Art. 173 LSC  hay que hacer las siguientes precisiones:

El sistema legal previsto en la redacción anterior del art. 173 y recogido en los Estatutos hay que considerarlo sustituido, por la nueva redacción de dicho artículo (Res. 26  de octubre de 1.999 y Res- 26 de febrero de 1993). En consecuencia el sistema legal es el de BORME y página web, o periódico si aquella no existe, sin que exista lo posibilidad de que se pacten formas alternativas de convocatoria.

De aquí se derivan las siguientes consecuencias

  1.  Convocatoria en BORME y periódico. Si llega una escritura de acuerdos sociales diciendo que la convocatoria se ha publicado en el BORME y un periódico y hay que admitirla pues se debe considerar como una declaración tacita de que la sociedad no tiene pagina web. También hay que admitirlo aunque haya una página web antigua registrada porque puede’ haber cambiado o desaparecido.
  2. Convocatoria en BORME y pagina web. Para que pueda utilizarse este sistema de convocatorias debe constar necesariamente en el Registro Mercantil (RM)  la determinación de la pagina web de la sociedad

Si la sociedad tuviera inscrito un solo dominio en el RM (antes de que se suprimiera la obligación de hacerlo constar), será admisible la utilización del mismo para la convocatoria Aquí hoy que estudiar tres cuestiones:

  • Cuando debe constar la web en el RM
  • Cómo se acredita
  • Cómo se hace constar

Cuando se hace constar

La regla general es  que la página web tiene que constar en el RM antes de que se publique la convocatoria

No obstante, para la primera junta que se convoque por web, se puede admitir  que lleguen  unos acuerdos de junta en los que conste que la convocatoria se ha hecho por página web que no conste previamente inscrita, siempre que se den los siguientes requisitos:

  1. Que el administrador certifique que todos los socios tuvieron conocimiento de que se iba a convocar por ese medio y de cuál era la página
  2. Que se declare expresamente que a partir de ese momento las convocatorias se harán por web y que esa es la página elegida o efectos de Su constancia en el RM.

Como se acredita

En el momento de hacer la declaración de que los convocatorias se harán por página web debe determinarse la misma y además el administrador tiene que manifestar el tipo de sellado de tiempo que tiene la sociedad, y si no lo tiene, debe certificar bajo su responsabilidad que el anuncio ha estado 1 mes  como mínimo colgado en la web, sin ninguna alteración en el contenido de la misma.

El sellado de tiempo puede ser de dos tipos:

  • Marca de tiempo: Se asigna por el propio servidor en que está alojada la página sin intervención de nadie más
  • Sellado de tiempo se realiza mediante la intervención de una entidad de certificación que ofrezca un servicio de time stamping

Como se hace constar la web

Se puede hacer constar en el RM por cualquiera de los siguientes medios

  1. Por acuerdo del órgano de administración de la sociedad en el que se indique la página a efectos de convocatorias y anuncios
  2. Certificación expedida por la entidad registradora del dominio asignado a la sociedad (lo que se denomina “consulta whois”)
  3. Cualquier otro documento inscribible que contenga indicación del nombre de la pagina web bajo responsabilidad de los administradores o apoderados con facultades suficientes (puede hacerse constar en documentos de modificación de estatutos, nombramiento de administradores o cualquier otro que contenga acto inscribible o depositable)
  4. Instancia suscrita por los representantes legibles o voluntarios de los entes sujetos  a inscripción obligatoria o voluntaria

El Registrador realizara las comprobaciones necesarias para asegurarse de la vigencia y pertenencia de la web a la sociedad. Esta comprobación se puede realizar en las siguientes paginas

SOCIEDADES LIMITADAS EXISTENTES QUE NO HAN MODIFICADO LOS ESTATUTOS

  1. Si los estatutos de la SL han previsto un medio de convocatoria alternativo al legal, se aplicara este salvo que se modifiquen expresamente para incluir la web
  2. Si en los estatutos aparece como régimen de convocatorias el legal o no se dice nada, se aplica lo mismo que se ha dicho para las sociedades anónimas.

CONSTITUCIONES O MODIFICACION DE ESTATUTOS TANTO EN SL COMO EN SA

  1. Si se regula la forma de convocatorias hay que elegir entre los sistemas previstos en la ley, es decir:
    • BORME y web
    • BORME y periódico
    • Sistema alternativo para las SL

    En el caso de que opten por la web hay que identificarla.

  2. Si en los estatutos no se dice nada sobre convocatoria, puesto que no es obligatorio, se considera que el sistema legal es el de BORME y Web (art. 173.1). Respecto del momento de determinación de la pagina web, se pueden admitir dos teorías:

    a)    Exigir que se haga constar el nombre de la web en el momento de la constitución de la sociedad, en  los estatutos o en otro documento que se aporte simultáneamente

    b)    Admitir que se determine a posteriori, en cualquier momento o bien que se haga constar cuando lleguen los acuerdos de la junta, en los mismos términos que se han indicado anteriormente al tratar de este supuesto.

  3. Si los estatutos se limitan a copiar el art. 173 sin optar por un sistema de convocatoria, este supuesto no es admisible ya que deja indeterminado el sistema de convocatoria de la junta y quebranta la conveniencia de certeza en la regulación de las relaciones entre la sociedad y los socios, siento una cuestión principal la convocatoria de la junta en la que los socios pueden expresar su voluntad.

La libertad de estipulación respecto del concreto sistema de convocatoria, dentro de los márgenes legales, debe materializarse al configurar los estatutos, de manera que los socios no tengan ninguna duda respecto de la forma de la convocatoria y sin que quede al arbitrio del órgano de administración elegir entre varios alternativos.

Por otra parte es necesario que se determine la página web (en cualquiera de los dos momentos que hemos dicho) para que los socios no tengan que estar rastreando en los buscadores de internet para conocerla, lo cual sería una tarea extraordinaria difícil por las siguientes razones:

  • La página web puede estar alojada en buscadores ubicados en cualquier lugar del mundo
  • Decir que se publicara “ en la página web de la sociedad” es tanto como decir domiciliada en Madrid sin concretar el domicilio
  • La página web no tiene que coincidir necesariamente con la denominación de la sociedad, lo que dificultaría mucho la búsqueda.
  •  Cualquier persona o entidad puede crear un página web utilizando nombres o denominaciones que puedan dar lugar a confusión por su similitud con otras existentes.
  • La sociedad puede tener varias direcciones de internet

En las sociedades cotizadas la Orden ECO/3722/2003 de 26 de diciembre sobre el informe anual del Gobierno corporativo y otros instrumentos de información de las sociedades anónimas cotizadas y otras entidades, establece la obligación de que las citadas sociedades tendrán una página web para atender el ejercicio de información por parte de los accionistas y para difundir la información relevante.

Esta orden desarrollada por circular de 1/2001 de 17 de marzo y 4/2007 de 27 de diciembre, ambas de la Comisión Nacional de Mercado de Valores, regula que se comunique a la Comisión la dirección concreta de la página web.

Hay que resaltar que esta página web es meramente informativa y sin consecuencias jurídicas de magnitud superior, como es la de que en ellas se convoquen las juntas de socios y, sin embargo, se exige que se comunique a la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Por tanto, por aplicación analógica, se debe comunicar el Registro Mercantil la dirección concreta en internet en la que se puede convocar la Junta.

En el caso de que una sociedad anónima que se constituya después de la entrada en vigor de la nueva ley opte por establecer en los estatutos el sistema de convocatoria de BORME y periódico no se puede considerar como defecto que impida la inscripción. Se considera como una declaración tacita de que tiene pagina web.

En este caso no se podrá hacer constar la página web en el Registro si no se modifican simultáneamente los estatutos sociales.

OTROS ANUNCIOS EN LA WEB

La constancia de la web en el RM es imprescindible si la sociedad quiere usarla para cualquier otra de las publicaciones en que con arregle a la Ley se pueden sustituir los anuncios  en periódicos por la pagina web (cambio de domicilio, de objeto etc. Art 289 modificado). En este caso también hay que reiterar lo dicho al principio. Cuando conste previamente inscrito en el registro el dominio y se haya comprobado su vigencia acudiendo a las paginas antes citadas, y del propio documento presentado se deduzca de alguna forma, aunque sea indirecta que esa es la pagina de la sociedad, hay que admitir la publicación así realizada siempre que además conste la declaración de los administradores sobre el tiempo que el anuncio ha estado colgado en la web

Bundle: Todo lo necesario para gestionar la firma electrónica corporativa


La Ley 11/2007 marca una serie de obligaciones a los organismos del sector público, de forma parecida al artículo 2 de la Ley 56/2007, que impone a las entidades privadas de especial relevancia económica la obligación de contar con un sistema de interlocución telemática.

Entre los aspectos que las entidades deben manejar para ello están los relativos a la firma electrónica. Deben saber como realizar y comprobar firmas electrónicas, y como integrarlas en sus sistemas informáticos.

Para más información llamar...

Para facilitarlo, un conjunto de empresas especialistas de primer orden nos hemos puesto de acuerdo para configurar un «bundle», un paquete de elementos tecnológicos, que facilitan el despliegue de la firma electrónica de una manera sencilla y económica, y sin rebajar las exigencias de normas de referencia como el Esquema Nacional de Seguridad y el Esquema Nacional de Interoperabilidad.

El «bundle» (con un precio imbatible) está compuesto de los siguientes elementos:

  • Un HSM de red de Safenet
  • Una auditoría especializada (de DSCF) de Albalia Interactiva
  • Un certificado de AC Camerfirma
  • Un conjunto de horas de asesoramiento de Albalia Interactiva
  • Un curso de formación sobre firma electrónica de Atenea Interactiva.

Este «bundle» permite incorporar un Dispositivo Seguro de Creación de Firma (DSCF) en aquellas instituciones que ya cuentan con sistemas de firma electrónica pero todavía no han incorporado este elemento imprescindible en su infraestructura.

Si la entidad no cuenta con un sistema de firma electrónica, hay servicios y productos adicionales disponibles:

  • Software de firma electrónica de Albalia Interactiva
  • Software de comprobación de firmas electrónicas de Albalia Interactiva
  • Software de centralización de claves para múltiples puestos de trabajo de Vanios

Y, por supuesto, también está disponible todo el catálogo de productos y servicios de todos los partners participantes en esta promoción.

Firma electrónica en arquitectura SOA


El próximo 5 de Mayo de 2011 se celebra en Madrid, en el Hotel Nuevo Madrid y organizado por Atenea Interactiva un nuevo seminario sobre Firma electrónica en arquitectura SOA, destinado a las entidades públicas y privadas. Las primeras obligadas por la ley 11/2007, y las segundas, por la ley 56/2007, y todas aprovechando las oportunidad que brinda la ley 59/2003. Por tan solo 350 euros +IVA.

Para garantizar la confidencialidad y la integridad de las transacciones, así como la identificación inequívoca de su autor  es necesario recurrir a soluciones basadas en Técnicas Criptográficas, Certificación Digital y Firma Electrónica. En soluciones que redunden en la confianza de las transacciones para todos los participantes. En el marco de  Ley de Firma Electrónica publicada en 2003 se han establecido hasta la fecha las bases para conseguir extender el uso y desarrollo de estas tecnologías en la Sociedad de la Información.

Ocho años después, la evolución de las  TICs  hacia entornos basados en el Cloud Computing y la movilidad, están cambiando los paradigmas preestablecidos respecto a la  Firma Electrónica y a  la Identidad Digital, creando a su vez un abanico de servicios relacionados hasta ahora prácticamente desconocidos.

Conceptos como la  Firma Remota, la Gestión centralizada de claves, la Firma electrónica en Movilidad, la Firma Digitalizada, la Custodia de documentos  a largo plazo y los nuevos escenarios creados por el desarrollo de la  Administración Electrónica y sus normas de aplicación, especialmente en lo relativo a la adecuación de los  Esquemas Nacionales de Interoperabilidad y Seguridad, están haciendo evolucionar los recursos de  PKI de un contexto  basado en aplicaciones distribuidas hacia un elemento crítico de infraestructura y el consumo de servicios de  Firma Electrónica.

Este es el programa:

1.- Service-oriented architecture

  • Iniciación a SOA
  • Descripción de entornos típicos de SOA

2. Cumplimiento de obligaciones con SOA

  • Sector Privado: cumplimiento de las obligaciones de Interlocución Telemática de la Ley 56/2007 con SOA
  • Sector Público: cumplimiento de las obligaciones de Administración Electrónica de la Ley 11/2007 con SOA

3. Conceptos de Firma Electrónica y PKI

  • Propiedad de la Firma Electrónica
  • Conceptos Criptográficos
  • Los Certificados Electrónicos. Tipos
  • El proceso de Firma Electrónica
  • Legislación

4. La Firma Electrónica como elemento de Arquitectura

  • La Firma Electrónica como servicio
  • Servidores de Firma y Validación
  • Repositorios de claves centralizadas
  • Despliegue de PKIs internas
  • Dispositivos criptográficos. HSM

5. Servicios avanzados de PKI

  • Firmas remotas y “upgrade” de firmas
  • Servicios de Validación de firmas y certificados centralizados. CRL, CSP, SCVP
  • Servicios de Sellado de Tiempo
  • Firma en entornos móviles. Posibles enfoques
  • Firma manuscrita digitalizada y servicios PKI avanzados.

6. Formatos y estándares de firma

  • Tipos de Firma “legales”
  • Formatos básicos
  • Formatos AdES. XAdES, CAdES y PAdES (TS 101 733, TS 101 903, TS 102 778)
  • Estándar Oasis DSS (Digital Signature Services). Descripción y perfiles
  • Firmas longevas, la importancia de la firma en la conservación de documentos
  • La importancia de las políticas de firma

7. Firma e Identidad Electrónica en las Administraciones
Públicas

  • La Firma Electrónica en la Ley 11/2007, el ENI y el ENS. Norma CCN-STIC-807
  • Procesos de firma automatizados. Sello de órgano y CSV
  • Servicios de Firma y Validación disponibles para Administraciones Públicas
  • Identidad Digital y Administración Pública
  • Políticas de firma en las AAPP. Descripción y Diseño
  • Interoperabilidad. TSL (Ttrust Services Status List) TS 102 231. Proyecto Stork

Wolters Kluwer España compra la empresa SIE


Visto en Diario Informático

Wolters Kluwer España compra la empresa catalana SIE (por una cantidad que no se ha hecho pública) y se hace con una base instalada de 8.500 clientes y una facturación aproximada de dos millones de euros. Así lo adelantó en rueda de prensa el director general de la firma compradora, Josep Aragonés, quién, además, aseguró que prácticamente el cien por cien de la plantilla de SIE se quedará en el nuevo proyecto, y que en este momento su grupo es “el único fabricante en España que puede dar todos los servicios que giran alrededor del asesor y de la pequeña y mediana empresa”.

Tal y como se puso de relieve, la operación supone un avance estratégico para Wolters Kluwer España, líder en el segmento de Asesorías, con más de 25.000 clientes en este mercado a través de las marcas A3 Software y CISS, permitiendo atender la demanda de los Asesores clientes de Wolters Kluwer para integrar y conectar completamente la solución de gestión de la Asesoría con el producto ERP de sus clientes Pymes, facilitando y optimizando así la relación y operativa entre ambos.

SIE ha diseñado y desarrollado sus aplicaciones pensando en las pequeñas y medianas empresas desde sus inicios, hace 20 años. La compañía catalana cuenta con esos 8.500 clientes gracias a su red de 150 distribuidores certificados repartidos por el territorio nacional, hecho que le permite actualizarse con rapidez ante cualquier cambio normativo o fiscal.

Actualmente la solución ERP de SIE ya enlaza con el software de gestión de Asesoría de A3 Software y con la incorporación a Wolters Kluwer España el producto evolucionará exponencialmente permitiendo una integración total entre las soluciones de la Asesoría y las de sus clientes.

En palabras de Josep Aragonés la adquisición de SIE supone para Wolters Kluwer “un paso clave dentro de nuestra estrategia corporativa dirigida a mejorar la productividad y eficiencia de los procesos y maximizar el valor de los productos ofrecidos a nuestros clientes”.

Con esta incorporación, Wolters Kluwer España insiste en que se convierte en el único fabricante del país que puede ofrecer, bajo una misma marca, un portafolio completo de soluciones para el Asesor y la Pyme:

  • Software de Gestión para Asesorías
  • Bases de Datos de contenidos Jurídicos, Fiscales, Contables o Laborales
  • Anuarios y Revistas Especializadas
  • Seminarios Especializados y Formación para el Asesor
  • Portales de Comunicación entre Asesor y Pyme
  • Newsletters y Canales informativos del Asesor para sus clientes
  • Software de Gestión para Pymes

La compañía ha aprobado un plan a cinco años en el que espera unos notables crecimientos, empezando por 2011 en el que tiene previsto hacerlo en un diez por ciento.

FORO ASESORES «Innovación Constante» Wolters Kluwer


El próximo 10 de marzo de 2011 participaré en el FORO ASESORES «Innovación Constante» Wolters Kluwer que tiene lugar en el Palacio de Congresos de Barcelona (Fira de Montjüic), para hablar de Digitalización Certificada.

Este es el Programa de conferencias.

08.45 Acreditaciones y entrega de documentación

09.30 Apertura de la Jornada

Josep Aragonés. Dtor. Gral. Division T&A Wolters Kluwer España.

9.45

SESIÓN PLENARIA I

Liderazgo 2020. Descubriendo al nuevo gran líder

JESÚS VEGA DE LA FALLA

¿Cuáles son los factores que van a determinar el éxito de las pymes y de sus líderes en los próximos 10 años?
¿Cómo debemos anticiparnos a los cambios que están alterando de forma radical los puestos de trabajo y las empresas?
¿Has comprado ya el billete hacia el Nuevo Mundo de la Hiperconectividad?
¿Por qué en el nuevo entorno de trabajo no habrá «entorno»?

10.30

SESIÓN PLENARIA II

La web social: nuevo entorno, nuevas reglas

ENRIQUE DANS

El desarrollo progresivo de la web social como fenómeno vertiginoso de adopción tecnológico ha determinado la aparición de toda una serie de reglas nuevas que afectan a la manera en que nos relacionados, en que nos comunicamos y en que competimos. La aparición de fenómenos como los blogs, las redes sociales o los entornos bidireccionales llevan a cambios que es preciso analizar con una cierta perspectiva para llegar a plantearse su impacto sobre todo tipo de actividades económicas y sobre la sociedad en su conjunto. ¿Qué reglas debemos manejar para ver esos cambios con cierto contexto y entender hasta qué punto afectan a nuestra actividad y a la de nuestros clientes?

11.15 Coffee break

12.00

MESA DE DEBATE I

El papel del asesor frente a la Administración Tributaria

Moderadora:

IOLANDA GUIU Socio DOMÍNGUEZ & GUIU.

Ponentes invitados:

EUDALD VIGO i TARRÉS Jefe del Area de Estrategia y Relaciones Externas de la Agència Tributària de Catalunya

PILAR ARXÉ I FONALLERAS Presidenta de APTTCB

JOSEP MARÍA COMA CONSEJO Directivo del REAF

MIGUEL ÁNGEL BAÑOS LÓPEZ

13.00

MESA DEBATE II

La reforma de las pensiones

Moderador:

JORDI PUIGBÓ. Socio Laboral. Barcelona. CUATRECASAS GONÇALVES PEREIRA

Ponentes invitados:

CARMELO PALOMERO MONTES Director provincial INSS

PEDRO SOLER MACIA Abogado

JOAN GIRONELLA presidente del Grupo TAX Economistas y Abogados

CARME PUJOL Vicesecretaria del Colegio Graduados Sociales Barcelona

14.00 – 15.30 Almuerzo

15.30

SESION PARALELA I

La factura digitalizada. Digitalización certificada y compulsa electrónica. ¿Se puede eliminar el papel al escanear las facturas?

JULIÁN INZA. Presidente de Albalia.

15.30

SESION PARALELA II

Las redes sociales y su aplicación a las asesorías y despachos

La credibilidad de que los servicios nos lo venda otro usuario y no la marca: las ventajas de las redes sociales al servicio de la asesoría

Tipos de Redes Sociales

Cómo puede mi asesoría entrar, comunicar y generar valor de marca en una red social

XAVIER RIBAS ALEJANDRO. Socio. Responsable nacional de Derecho de las Nuevas Tecnologías de la Información.LANDWELL PwC ESPAÑA

16.30

SESION PARALELA III

La gestión del entusiasmo para lograr la satisfacción de los clientes

La sesión desarrolla la importancia de las actitudes personales para lograr la satisfacción y fidelización de los clientes. El valor de un profesional viene determinado por sus conocimientos, sus habilidades y sus actitudes, y lo que diferencia a los grandes profesionales del resto es precisamente esta tercera variable. Durante esta sesión se trabajará las variables que caracterizan a los profesionales que mejor gestionan la relación con sus clientes: el equilibrio personal, la proactividad y el entusiasmo.

VÍCTOR KÜPPERS. Autor de “El efecto actitud”.

16.30

SESIÓN PARALELA IV

La auditoría socio-laboral: oportunidad, prestigio y negocio

JUAN PAÑELLA MARTÍ. Presidente de CEAL (Centro Europeo de Auditores Sociolaborales).

17.30

SESIÓN DE CLAUSURA

Empresas y profesionales que avanzan adaptándose a los cambios contables, financieros y del entorno

ORIOL AMAT

Seminario de Diplomática Digital


La diplomática es una ciencia auxiliar de la historia que se ocupa de la autenticidad de los documentos, y que se definió inicialmente en 1681 a partir de la obra fundacional “De re diplomática” del benedictino Jean Mabillon.

En el ámbito de las Administraciones Públicas ha dado lugar al concepto de “diplomática contemporánea” que se ha uniformizado gracias a la Ley 30/1992.

Con la Ley 11/2007 se les da un nuevo impulso a los aspectos digitales de la diplomática, pero quienes tienen que implantarlos se encuentran frecuentemente con que no tienen el bagaje conceptual que permita resolver las dudas de aplicación más allá de la letra de la ley.

En el sector privado, la LSSI y el artículo 2 de la Ley 56/2007 marcan una orientación en la Gestión Electrónica de Documentos, pero hay dudas sobre el valor jurídico de muchas de las iniciativas destinadas a mejorar la eficiencia en la Gestión de Documentos. Cuando los proyectos de desmaterialización documental se acometen, se experimentan ahorros de decenas de millones de euros (en función de la dimensión de los proyectos), y períodos de recuperación de la inversión de entre 9 y 12 meses.

Atenea Interactiva organiza el próximo 24 de marzo de 2010 en el Hotel Nuevo Madrid el Seminario «Diplomática Digital«, en el que se desarrollan los conceptos claves para manejar documentos electrónicos auténticos, de la mano de expertos en Gestión Documental Electrónica de carácter probatorio, y se contextualizan en el marco jurídico español, aunque las ideas claves sean de aplicación universal.

El coste del evento es de 350 € + IVA (18%). Total 413 € por asistente. Este es el formulario de inscripción. Y este es el programa:

CONCEPTOS DE DIPLOMÁTICA

  • Archivística, Paleografía, Sigilografía.
  • Cartularios, Códices Diplomáticos, Tumbos, Becerros
  • Autenticidad de los documentos en papel
  • Partes de un documento
  • Tipos de documentos

MARCO LEGAL

  • Normativa en relación con los archivos
  • Normativa en relación con la Firma Electrónica
  • Normativa de Administración Electrónica
  • Normativa sobre Contratación Electrónica
  • Estándares aplicables en la Gestión de Documentos Electrónicos

DIPLOMÁTICA DIGITAL

  • Autenticidad de los Documentos Electrónicos. Obliterabilidad, Endosabilidad, Completitud
  • Firma Electrónica. Firma Avanzada. Firma Completa
  • Custodia Digital. Cartulario Digital. Archivo de Constancias Electrónicas. Código de Verificación
  • Convivencia de Documentos Electrónicos y de papel. Albalá, Copia constatable, Digitalización Certificada. Localizador

GESTIÓN DE DOCUMENTOS EN EL SECTOR PÚBLICO

  • Sede Electrónica. Código seguro de verificación.
  • Registro de entrada, registro de salida, registro telemático, interconexión de registros. SICRES.
  • Expediente Electrónico
  • Digitalización de Documentos
  • Interoperabilidad de Gestión de Documentos entre Administraciones
  • Clasificación de documentos. Metadatos.
  • Notificaciones Fehacientes. Notificaciones Obligatorias.

GESTIÓN DE DOCUMENTOS EN EL SECTOR PRIVADO

  • Contratos. Novación Electrónica. Prestación del consentimiento.
  • Digitalización Certificada de facturas. Digitalización Certificada de otros tipos de documentos.
  • Uso de la Firma Electrónica.
  • Requisitos de la digitalización de la firma manuscrita para que sea considerada Firma Electrónica avanzada. Tabletas digitalizadoras, bolígrafos electrónicos.
  • Notificaciones Fehacientes. Correo Electrónico Certificado

GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS EN ENTORNOS JURISDICCIONALES

  • La Prueba Electrónica en la Ley de Enjuiciamiento Civil
  • Evidencias Electrónicas estructuradas y no estructuradas.
  • Informática forense.
  • Documentos privados. Documentos públicos. El informe pericial. El testigo perito.

BackTrust, electronic signature suite


Spanish company Abalia has developed an Electronic Signature technology (Backtrust) as a system to different needs related with digital signature and digital custody of electronic documents. The system provides signature and validation tools in XML, CMS and PDF format available in different modules separately or as a whole pack. The obtained signatures include validation and time-stamping data in every format for a long term. The company is looking for commercial and licensing agreement.

See Profile and link in the Technology market section of Enterprise Europe Network

The Electronic Signature technology suite holds the following tools:

  • Batch Signer: A desktop tool that allows to sign several electronic documents in every batch. It supports versions to sign PDF and XML files such as electronic invoices (UBL, CII and other formats).
  • API: Integration tool for electronic signatures inclusion in the applications by developers. It supports versions for
    Microsoft .NET and Java.
  • WebSigner: Component of AdES basic electronic signature for Web sites.
  • BackTrust DSS Server: Electronic signature server based on OASIS DSS webservice standard.» PKI or Public Key Infrastructure servers: Certification authority, validation and timestamping authority.

Innovative Aspects:

The innovative Electronic Signature technology includes an integration API tool for electronic signatures in third party applications. Designed for software developers and integrators to help them to complete their applications with electronic signature services, its main key features are:

  • Microsoft .NET and Java standards availability.
  • Local signatures management through different keystores access. (i.e.: windows keystore, files in PKCS#12 format, HSM devices using PKCS#11 format).
  • It generates CMS, XMLDsig, PDF and XadES signature formats.
  • It generates complete signature format (XAdES-XL) by accessing to new company’s services.
  • Full integration with the other company developments and applications. Easy connection to other VA and TSA servers.
  • The system holds a specific version for electronic signatures in billing systems based on an invocing with security
    sytem format with specific signature policies compliance (XadES-EPES or XadES-XL).

8000 descargas de FactOffice


Aunque es una cifra que palidece frente a las descargas de software o contenidos relacionados con el ocio, estamos orgullosos de esta cifra por lo que significa.

En bastantes ocasiones, el software de fuentes abiertas se descarga porque es gratis (aunque no tenga por qué serlo) y raramente por la libertad que se deriva de la disponibilidad del código fuente.

Yo creo que en el caso de FactOffice es al contrario. Me consta que muchas empresas desarrolladoras se lo descargan precisamente porque es una de las pocas implementaciones en entornos de ejecución de Windows  de tecnologías relacionadas con la firma electrónica y la factura electrónica. Y se aprovechan de la libertad que otorga la licencia MSPL para incorporar parte de nuestro código a sus aplicaciones.

Para nosotros es un motivo de orgullo contribuir al desarrolllo de la factura electrónica y de la firma electrónica en España.

Aunque a lo largo de 2010 hemos dedicado un gran esfuerzo a OffInvoice, la versión más internacional de nuestro ribbon de facturación electrónica, en estos momentos estamos preparando una nueva versión de FactOffice que aporta algunos aspectos que nos han solicitado con frecuencia y resuelve algunas incidencias menores de la versión anterior.

Para elegir la versión más apropiada, puede estar bien conocer algunas de las diferencias entre ambos productos:

  • FactOffice: Funciona sobre Word 2007. Soporta el formato facturae. Está disponible en español, inglés y catalán. Utiliza una licencia especial de BackTrust para realizar la firma electrónica. Permite firmas XAdES-XL (TS 101 903)
  • OffInvoice: Funciona sobre Word 2010 y Excel 2010. Soporta los formatos facturae, UBL y CII. Está disponible en español, inglés y catalán (y próximamente en todos los idiomas de la Unión Europea). Utiliza una licencia especial de BackTrust para realizar la firma electrónica. Permite firmas XAdES-XL (TS 101 903)

Animamos a los lectores de este blog a que nos den sus opiniones sobre estos programas y nos aporten sugerencias sobre aquellos aspectos que les gustaría que mejoráramos. Y a que lo difundan en sus entornos para mejorar las estadísticas de uso de la factura electrónica en España.

zBackTrust en Caixa Galicia


Ayer mencioné a Caixa Galicia en relación con sus 40 años de actividades en torno a System z. Y después, repasando algunos temas de nuestra colaboración he caído en la cuenta de que existe información muy interesante en Internet que me gustaría compartir con los lectores del blog.

Por un lado, este artículo internacional sobre el uso del System z en Caixa Galicia:
Lean, Efficient IBM System z™ Mainframe Platform Powered Caixa Galicia’s Dramatic Growth, National Success – Delivers Bank Transaction Costs 30% Below Spain’s Average!

Si vais hasta la página 12 y os leéis el apartado Future Trends in Electronic Document

Management, veréis la importancia que la caja da a nuestra solución zBackTrust de firma electrónica en Host.

Por otro lado, la intervención del propio Ricardo Carballo  en un reciente evento organizado por IBM: Soluciones para Cajas de Ahorro. Hacia una banca más inteligente.

El evento tuvo lugar el pasado 18 y 19 de mayo de 2010 en IBM Forum de Barcelona. Esta fue la Agenda:

Agenda
Agenda: Martes 18 de Mayo
14:00 – 17:00 Llegada al hotel
17:30 Encuentro en la recepción del hotel para traslado** al Centro Nacional de Supercomputación
18:00 Visita al Superordenador Marenostrum del Centro Nacional de Supercomputación
Bienvenida por D. Frances Subirada – Director Asociado del Centro Nacional de Supecomputación.
19:30 Fin de la visita y regreso al hotel
21:00 Encuentro en la recepción del hotel para traslado al restaurante
21:15 Cena

Agenda: Miercoles 19 de Mayo
09:45 Bienvenida e introducción
D. Alfred Escala, Vicepresidente Sector Servicios Financieros, IBM
10:00 Experiencias de éxito:
+ Caixa Galicia: zBackTrust, solución de firma electrónica en System z. D. Ricardo Carballo – Director del Centro de Operaciones de Caixa Galicia
+ BBK, Kutxa, Caja Vital: Solución Integral de Medios de Pago y Control de Fraude D. Jesús Jusué, Director Gerente Serinor
+ Caja de Burgos: Entorno Informacional con Cognos e Infosphere D.Angel Serrano, Responsable del Centro de Información de Caja de Burgos
11:30 Café
12:00 Framework del documento electrónico
D. Víctor Usobiaga – Equipo de desarrollo de negocio de entidades financieras (IBDT), IBM.
12:30 Demostraciones de soluciones para banca:
1) Gestión multicanal de la relación con el cliente
2) Análisis y utilización de la información de cliente
D. Antonio Plana – Director del Centro Internacional de IBM de Soluciones para Banca
13:30 Conclusiones y cierre
13:45 Cóctel

Ciertamente, la colaboración de Albalia Interactiva con Caixa Galicia ha sido y es muy fructífera. Lo que ha permitido que desarrolláramos juntos algunas iniciativas de impulso al DNI electrónico. En breve comentaré otra iniciativa en la explicaré como vamos a seguir impulsando el DNIe.

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