Archivo de la categoría: Buenas Prácticas

Certificados duales RSA – ECC (enmarcados en el ENS)


EADTrust ha iniciado una campaña de promoción de certificados electrónicos según un nuevo modelo. En vez de entregar un solo certificado, entrega dos. El primer certificado, RSA, con clave de 2048 bits puede ser utilizado de forma convencional, en servidores SSL. El segundo (vinculado con el primero por una regla de generación cruzada) cumple los principos Binum. Es un certificado ECC con clave de 256 bits (robustez equivalente a 3070 bits en claves RSA) y se utiliza también en servidores SSL.

Los certificados se entregan en formato PKCS#12 y la generación de claves (llevada a cabo por EADTrust) verifica las recomendaciones contra los ataques matemáticos identificados en la literatura académica. Los certificados tienen una duración de 3 años, por lo que requieren menos esfuerzo de gestión (que los certificados anuales). El precio de los certificados (de cada pareja) es de 99 euros si identifican un dominio y 199 euros en el caso de pareja de certificados multidominio (*). Hasta el 30 de junio de 2011, el coste de cada pareja de certificados será de 50 y 100 euros respectivamente.

Dado que los certificados ECC no los soportan todos los navegadores, ayudamos a las entidades solicitantes a configurar los servidores de forma que se usen los algoritmos más potentes que soporte cada navegador, combinando ambos certificados.

Compruebe si su navegador soporta ambas tecnologías instalando los certificados raíz de las dos jerarquías de certificación:

El uso de claves largas en RSA (al menos de 2048 bits) y el empleo de algoritmos ECC como ECDSA son algunos de los aspectos recomendados por el CCN (Centro Criptológico Nacional) en la documentación de seguridad relativa a la implantación del Esquema Nacional de Seguridad. En particular, el documento Guía 807 – Criptología de empleo en el Esquema Nacional de Seguridad estudia los diferentes alguritmos y sus ataques conocidos y hace recomendaciones sobre los más adecuados en función del objetivo perseguido (identificación, autenticación, cifrado, firma, confidencialidad en SSL,…)

También hay recomendaciones equivalente en los documentos de la administración nortemaericana NIST (National Institute of Standards and Technology) FIPS (Federal Information Processing Standards) 186 -2 y FIPS 186-3 respectivamente en los apéndices 6 y D en las secciones Recommended Elliptic Curves for Federal Government use (United States).

A nivel europeo, las especificaciones que tratan sobre los algoritmos criptográficos que se usan para firma electrónica (por ejemplo) se describen en el documento ETSI TS 102 176-1 V2.0.0 (2007-11) “Technical Specification. Electronic Signatures and Infrastructures (ESI); Algorithms and Parameters for Secure Electronic Signatures; Part 1: Hash functions and asymmetric algorithms».

Otras normas aplicables:

  • RFC 3278 «Use of Elliptic Curve Cryptography (ECC) Algorithms in Cryptographic Message Syntax (CMS)»
  • RFC 4050 «Using the Elliptic Curve Signature Algorithm (ECDSA) for XML Digital Signatures»
  • RFC 4051 “Additional XML Security Uniform Resource Identifiers (URIs)”
  • RFC 4492 “Elliptic Curve Cryptography (ECC) Cipher Suites for Transport Layer Security (TLS)”
  • ISO/IEC 15946 “Information technology — Security techniques — Cryptographic techniques based on elliptic curves”
  • ANSI X9.62:2005 “Public Key Cryptography for the Financial Services Industry, The Elliptic Curve Digital Signature Algorithm (ECDSA)”

Otras referencias a EADTrust en este Blog:

Actualización: A partir de 2020, solo se entrega el certificado solicitado. Las peticiones de certificado deben incluir el tipo de criptotografía deseado, que puede llegar a 8192 bits de tamaño en RSA y 384 bits en ECC.

Los 902 y sus equivalentes de teléfono fijo


Ayer, mientras me cercioraba de los números de teléfono a los que hay que llamar para comunicar la pérdida o el robo de tarjeta, di con varios sitios web interesantes que informan sobre la equivalencia de números de teléfono de forma que se pueda evitar llamar a los 901 y 902 de la red inteligente y se pueda llamar en su lugar a números de telefonía fija equivalentes.

Cuando aparecieron los servicios de red inteligente, la ventaja de ofrecer servicios de call center por un número fácil de recordar y con una tarifa más ventajosa para los que llamaban desde otra provincia hizo que se popularizaran. Ahora que es frecuente que los usuarios cuenten con tarifas planas, los números especiales han pasado a suponer un problema, porque su tarificación es separada del resto de llamadas, y, a veces llega a ser significativa, encareciendo la factura.

Actualización 2013: Pasados los años, este artículo ha sido uno de los más leidos del blog y me ha parecido buena idea aprovecharlo para que los lectores conozcan iniciativas con las que colaboro: Atenea Interactiva Formación en nuevas tecnologías para empresas,  EAD Trust Prestador de servicios de Certificación, Noticeman Notificaciones certificadas, Convocatorias de Juntas de accionistas via web Servicios societarios electrónicos.

Y seguidamente incluyo una selección de teléfonos de interés y sus equivalentes, obtenida en «Ahorradores«:

  • Abogacía:
    • LEGÁLITAS (902-900-777) = 91 837 38 14
  • Coches:
    • RENAULT asistencia: (902 35 02 00) = 93 488 37 27
    • RENAULT: (902 333 500) = 91 468 88 58 / 91 302 33 54
    • CITROEN: (902 445 566) = 91 585 11 00
    • SEAT: (902 402 601) = 91 594 94 48)
    • SEAT  (Averias: RACE): (902 402 602) = 91 594 94 49
  • Hospitales:
    • HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DE AMERICA: (902 50 01 12) = 91 214 31 00
    • SANITAS: (902 10 24 00) = 91 423 65 00
  • Supermercados y grandes almacenes:
    • TELECOMPRA MERCADONA: (902 350 200) = 963 88 33 28
    • EL CORTE INGLÉS atención al cliente: (901 122 122) = 91 724 36 99 / 91 401 85 00
    • CARREFOUR Atención al Cliente: (902 20 20 00) = 91 490 88 90
    • CARREFOUR Pass: (902 93 12 87 / 902 21 21 01) = 91 468 91 94
  • Bancos:
    • ING Clientes: (901 10 51 15) > 91 634 92 22
    • ING No clientes (901 02 09 01) = 91 634 92 80
    • LA CAIXA : (902 33 43 34) = 93 495 39 98
    • CAIXA DE CATALUÑA: (901 10 11 12) = 93 378 66 00
    • UNICAJA: (902 24 62 46) = 952 07 62 63
    • BANCO SANTANDER: (902 24 24 24) = 91 709 85 20
    • CAJA MADRID oficina telefónica: (902 10 20 10) > 91 334 93 00
    • CAJA MADRID centro de atención al cliente: (902 24 68 10 > 91 602 46 80
    • BBVA línea bbva: (902 22 44 66) = 91 537 63 22 / 91 374 73 68
    • BBVAnet: (902 18 18 18) = 91 374 73 68
    • BANESTO: (902 303 309) = 91 334 26 42
    • UNO-E BANK: (901 11 11 13) = 91 360 60 80
    • OPENBANK:Teléfono para Clientes (901 247 365) = 91 330 90 00
    • LA CAIXA Línea Abierta Personal(Banca Telefónica): (902 20 02 02)> 93 495 39 99
    • BANKINTER: (902 36 55 63) > 91 657 88 69
    • BANCO POPULAR (banca Telefonica): (902 36 55 55) = 91 436 50 00
    • CAJAMURCIA EMERGENCIAS: (902 24 07 12) = 968 36 13 27
    • CAJA CAMINOS: (902 100 845) = 91 310 95 50
    • DEUTSCHE BANK: (902 24 01 24) = 91 537 63 22 / 91 374 73 68
    • CAIXA ENGINYERS – CAJA DE INGENIEROS – TELEINGENIEROS-FONO: (902 20 08 88) = 93 310 26 26
    • BANCO CAIXA GERAL: (902 36 76 21) = 91 754 78 09
    • CAJA ESPAÑA: (902 365 024) = 987 27 71 00
    • BANCORREOS: (902 33 73 38) =93 366 51 01
  • Tarjetas
    • TARJETAS EURO6000 EMERGENCIAS: (902 20 60 00) = 91 596 53 35
    • TARJETAS SERVIRED: (902 19 21 00) = 91 519 21 00
    • TARJETAS 4B EMERGENCIAS: (902 11 44 00) = 913626200
    • Younique Money: (902006321) = 918299290
  • Seguros:
    • MUTUA MADRILEÑA: (902 555 550) = 91 557 82 00 / 91 592 25 00
    • AUTOCLUB MUTUA: (902 442 000) = 91 557 82 05
    • LÍNEA DIRECTA: (902 32 13 21) > 91 807 20 00
    • MAPFRE Clientes: (902 13 65 24) > 91 581 63 00
    • MAPFRE ASISTENCIA INTERNACIONAL: (902 44 88 44) = 91 581 18 18
    • ZURICH: (902 33 05 33) = 93 267 10 20
    • ZURICH (S.Hogar): (902 21 02 12) = 93 267 10 51 y 932 67 10 56
    • ZURICH (S.Coche): (902 11 03 30) = 91 327 72 61 / 91 327 75 35 / 91 327 75 62 / 91 327 75 80 / 93 561 71 64
    • ANTARES: (902 36 06 94) = 91 384 04 94 y 93 254 14 24
    • AXA Atención al Cliente: (902 40 40 84) = 91 807 00 55
    • AXA Siniestros Automóviles : (902 21 21 05) = 91 807 00 50
    • AXA Siniestros de Hogar, Comercio, Oficinas, Comunidades: (902 21 21 23) = 91 807 00 51
    • AXA Centro de Reclamaciones y Quejas: (902 21 21 44) = 91 807 00 55
    • CASER ASISTENCIA: ( 902 36 65 05) = 900 46 04 60
    • ADESLAS DENTAL MADRID: (902 53 09 53) = 91 429 34 26 y 91 429 66 96
  • Suministros de gas y electricidad:
    • IBERDROLA atención al cliente: (901 20 20 20) : 91 364 88 88
    • IBERDROLA Averías: (901 22 02 30) = 944 15 14 11 / 91 153 46 00
    • AQUALIA Averías: (902 13 60 13) = 98 579 41 21
  • transporte:
    • RENFE: (902 320 320) = 91 184 24 02
    • METRO Información: (902 44 44 03): 91 779 63 99 / 91 303 86 50 / 91 303 86 54 / 91 303 90 42
    • AIRMADRID información y reservas: (902 51 52 51) = 91 201 60 40
  • Telefonía:
    • ADSL TELEFONICA (902 35 70 00) = 91 707 74 60
    • TELE 2: (902 99 88 77) = 800 76 07 70
    • MOTOROLA: (902 20 23 02) = 91 413 89 93
    • TERRA: (902 15 20 25) = 91 453 28 40 / 91 327 76 86 / 91 452 30 00
    • ORANGE: (902 01 22 20) : 923 04 93 61 o 900901213
    • YA.COM: (902 90 29 02) = 91 291 05 20
    • ONO: (902 929 000/902 500 060) = 96 322 83 47 / 96 300 04 43/96 322 83 70 / 96 322 83 39
  • telentradas:
    • Telentrada: (902 10 12 12) = 93 326 29 32 / 93 326 29 45
  • Organizaciones:
    • OCU Información: (902 30 01 87) = 91 300 00 45
    • OCU Administración: (902 30 01 88) = 91 300 91 54
    • OCU Asesoría fiscal: (902 30 01 89) = 91 300 91 53
    • OCU Asesoría judicial: (902 11 94 79) = 91 300 91 51
  • Organismos oficiales:
    • HACIENDA (Información General): (901 33 55 33) = 91 423 20 11 / 93 484 10 09 / 93 484 40 04 / 954 24 56 05 / 954 34 99 39
    • HACIENDA (Información General): (901 20 03 45) = 91 584 81 80 / 93 274 64 45
    • HACIENDA (Declaración por teléfono): (901 22 22 50) = 91 540 81 80 / 93 274 64 46
    • HACIENDA (Inf. Devoluciones): (901 12 12 24) = 91 540 81 80 / 91 540 81 80-90
    • HACIENDA (Cita Previa) : (901 22 33 44) = 91 324 58 71 / 91 744 22 03 / 91 744 22 12 / 91 744 22 26 / 91 744 22 28 / 91 744 22 35 / 91 744 22 38 / 91 744 22 46 / 93 230 82 01 / 93 230 82 02 / 93 230 82 03 / 93 230 82 04 / 93 230 82 05 / 95 236 70 24 /
    • SEGURIDAD SOCIAL: (901 50 20 50) = 91 334 87 17 / 91 387 33 09 / 91 387 83 81 / 91 387 83 82 / 91 387 83 86 / 91 503 78 30 / 91 590 64 15 / 91 740 67 57 / 91 740 67 73 / 91 740 69 49 / 91 744 95 13 / 91 744 95 15
    • AYUNTAMIENTO DE MADRID Teléfono información: (010) = 91 529 82 10
  • Venta:
    • VENCA: (902 18 01 44) = 938 14 09 09
    • REVISTAS EN CASA: (902 36 38 72) = 91 564 34 25
  • Varios:
    • CORREOS: (902 19 71 97) > 91 387 33 14
    • LA VANGUARDIA ATENCIÓN AL SUSCRIPTOR: (902 48 14 82) = 93 481 24 92
    • MICROSOFT IBÉRICA: (902 19 71 98) = 91 353 69 60
    • INSTITUTO OFTALMOLÓGICO DE ALICANTE: (902 33 33 44) = 96 526 80 80
    • EL PAIS: (902 119 111) > 913 378 200

Para contactar con el autor de este artículo, el número «premium» es  902 365 6 12 que es fácil de recordar: 365 dias al año, 6 dias por semana, 12 horas al día . Y el de tarifa normal 91 716 0555.

EN ESTOS NÚMEROS NO PODEMOS INFORMAR SOBRE EQUIVALENCIAS DE NÚMEROS TELEFÓNICOS. DE VERDAD QUE NO PODEMOS

Otras fuentes de información de teléfonos 902 y sus equivalentes fijos:

Foro Electrónico de Accionistas


Foro-electronicoLa Ley 12/2010, de 30 de junio, modificaba la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores añadiendo un nuevo párrafo al apartado 2 del artículo 117.

En la página web de la sociedad se habilitará un Foro Electrónico de Accionistas, al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias que puedan constituir, con el fin de facilitar su comunicación con carácter previo a la celebración de las Juntas generales. En el Foro podrán publicarse propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día anunciado en la convocatoria, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria.

La legislación aplicable a las sociedades anónimas cotizadas ya contemplaba la obligatoriedad de cumplir las obligaciones de información a las que las somete la Ley de Sociedades Anónimas por cualquier medio técnico, informático o telemático, sin perjuicio de los derechos que corresponden a los accionistas, de acuerdo con la legislación vigente, para solicitar la información en forma impresa. Por ello, las sociedades anónimas cotizadas deben disponer de una página web para atender el ejercicio, por parte de los accionistas, del derecho de información, y para difundir la información relevante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 82.5 de la Ley del Mercado de Valores.

El Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital promulgado solo 3 dias después, deroga, entre otros, este artículo 117, pero introduce en el mismo sentido el apartado 2 del Artículo 528. Instrumentos especiales de información.

1. Las sociedades anónimas cotizadas deberán cumplir los deberes de información por cualquier medio técnico, informático o telemático, sin perjuicio del derecho de los accionistas a solicitar la información en forma impresa.

2. Las sociedades anónimas cotizadas deberán disponer de una página web para atender el ejercicio, por parte de los accionistas, del derecho de información, y para difundir la información relevante exigida por la legislación sobre el mercado de valores.

En la página web de la sociedad se habilitará un Foro Electrónico de Accionistas, al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias que puedan constituir, con el fin de facilitar su comunicación con carácter previo a la celebración de las Juntas generales. En el Foro podrán publicarse propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día anunciado en la convocatoria, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria.

3. Al consejo de administración corresponde establecer el contenido de la información a facilitar en la página web, de conformidad con lo que establezca el Ministerio de Economía y Hacienda o, con su habilitación expresa, la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

4. Los accionistas de cada sociedad cotizada podrán constituir Asociaciones específicas y voluntarias para el ejercicio de sus derechos y la mejor defensa de sus intereses comunes. Las Asociaciones de accionistas deberán inscribirse en un Registro especial habilitado al efecto en la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Reglamentariamente se desarrollará el régimen jurídico de las Asociaciones de Accionistas que comprenderá, al menos, los requisitos y límites para su constitución, las bases de su estructura orgánica, las reglas de su funcionamiento, los derechos y obligaciones que les correspondan, especialmente en su relación con la sociedad cotizada.

5. Asimismo, se faculta al Gobierno y, en su caso, al Ministerio de Economía y Hacienda y, con su habilitación expresa, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, para desarrollar las especificaciones técnicas y jurídicas necesarias respecto a lo establecido en este artículo.

La puesta en marcha de este tipo de infraestructuras no requiere se implemente como un chat, con los mensajes apareciendo instantáneamente, sino como un foro en el que es posible controlar el lenguaje y comprobar que las intervenciones se centran en los aspectos que determina la norma, es decir, cabe la posibilidad de definirlos como «foros moderados» en términos técnicos.

La identidad de quienes acceden para leer los foros, o para escribir en ellos, se puede controlar de varias formas, pero la más adecuada es la que aprovecha el uso de certificados electrónicos de cualquier prestador de servicios de certificación, entre los que destaca el DNI electrónico (que en la actualiad ya poseen más de 20 millones de ciudadanos españoles). La forma natural de hacerlo es a través de accesos SSL con autenticación de usuario, por ejemplo con certificado de autenticación del DNIe. En determinadas circunstancias puede utilizarse la firma electrónica cualificada o reconocida para firmar la solicitud de acceso, de forma que subsecuentemente se otorgue al usuario un identificador y una clave que no haga necesario el uso del certificado para el acceso convencional.

La condición de accionista puede controlarse a través de la información disponible en el fichero X25 de Iberclear (por ejemplo, de convocatorias anteriores, con la debida cautela, considerando la desactualización de la información), o la identificación de la tarjeta de identificación para la Junta (una vez se haya convocado esta).

Además el sistema de control debe declararse a la Agencia de Protección de Datos, en cumplimiento de la LOPD, junto con el utilizado para organizar la Junta general de Accionistas.

Sin olvidar que puede limitarse el uso del foro ante cuestiones que no sean las específicamente tasadas:

  • Publicar propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día anunciado en la convocatoria
  • Solicitudes de adhesión a tales propuestas
  • Iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la LSC
  • Ofertas o peticiones de representación voluntaria

Conviene además acometer las acciones formales:

  • Definición del reglamento de uso del Foro
  • Aprobación del reglamento y de la creación del Foro por el Consejo (art. 528.1 de la LSC)
  • Incorporación al Reglamento de la Junta
  • Mención de la existencia del Foro en la convocatoria de la Junta

EADTrust presta el servicio con costes muy competitivos y colabora en la definición y gestión del Foro Electrónico de Accionistas, definiendo el reglamento del foro, o dando soporte técnico para su implementación tanto en las instalaciones de la entidad, como en modalidad de servicios externalizados. También colabora con la sociedades cotizadas para gestionar el Voto electrónico en la Junta con su plataforma Innovoto.

Cuenta con herramientas y plataformas propias que reducen el tiempo de puesta en marcha del foro electrónico y del sistema de voto y participación a distancia.

EADtust es uno de los mayores especialistas de Europa en servicios relacionado con los certificados y la firma electrónica y en su empleo en diferentes aplicaciones: voto electrónico, factura electrónica, administración electrónica, banca electrónica, etc. Puede contactar llamando al 902 365 612 o al 91 716 0555.

Digitalización Certificada. Últimas novedades


Anunciamos un nuevo curso de Digitalización Certificada organizado por Atenea Interactiva.

Desde el  10 de Abril de 2007,  fecha de la publicación de  la Orden EHA/962/2007, y más concretamente,  tras la publicación de la resolución del director de la Agencia Tributaria, del 24 de Octubre de 2007 sobre el procedimiento para la homologación de software de Digitalización,  las empresas pueden eliminar las facturas en papel sustituyéndolas por una imagen  digital que sea un reflejo fiel del documento que se quiere eliminar.

Por otro lado, la Ley 11/2007 prevé en sus artículos 30 y 31 la posibilidad de gestionar versiones electrónicas de documentos en  papel, que ha recibido una referencia adicional con la reciente publicación del Real Decreto 4/2010 de 8 de Enero, del Esquema Nacional de Interoperabilidad, que enmarca el desarrollo de la futura normativa que unifique los criterios de digitalización en el sector público.

Es, pues, un momento propicio para conocer los últimos desarrollos en torno a la  Digitalización Certificada, que se cubrirán en este seminario con un planteamiento que se enfocará a los intereses de las Administraciones Públicas, y también al de las empresas que desarrollan soluciones de Digitalización Certificada, o que prestan servicios de digitalización.

De todas formas, todas las entidades que hayan iniciado o piensen acometer proyectos de eliminación de papel se beneficiarán de los conceptos presentados en este evento. Los ahorros y la eficiencia obtenidos son de especial relevancia en un entorno económico como el actual.

El coste de participación en el seminario es de 350€ + IVA (18%), pero es posible descontar el importe del curso de las cuotas de la Seguridad Social,  a través del convenio que Atenea Interactiva ha suscrito con la Fundación Tripartita.

La jornada la impartiremos Fernando PinoJulián Inza con experiencia en más de 20 proyectos en este ámbito a nuestras espaldas.

Esta es la Agenda:

1. Similitudes y diferencias entre la Digitalización Certificada aplicable en el sector privado y en el sector Público

  • Periodos Contables
  • Llevanza de los libros de Gestión de Documentos
  • Certificado utilizado en las Firmas Electrónicas del proceso de Digitalización
  • Prestadores de Servicios de Digitalización Certificada
  • Digitalización Certificada en los registros de entrada
  • Digitalización Certificada en los registros telemáticos
  • Digitalización Certificada por  los órganos de gestión de la administración pública

2. Normativa relacionada con la Facturación Electrónica y la Digitalización Certificada

  • Directiva 2006/112/CE: sistema común del Impuesto sobre el Valor añadido.
  • Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y de Consejo: marco comunitario para la Firma Electrónica
  • Directiva 2010/45/UE del Consejo de 13 de Julio de 2010 por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en lo que respecta a las normas de facturación
  • Real Decreto 1496/2003 de 28 de Noviembre: Cómo se regulan las obligaciones de facturación.
  • Reseña sobre la normativa foral relativa a la facturación
  • Ley 59/2003 de Firma Electrónica
  • Facturación Electrónica en la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público
  • La facturación Electrónica en la Ley 56/2007 de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información
  • RESOLUCIÓN de 24 de Octubre de 2007, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre procedimiento para la homologación de software de Digitalización.
  • Digitalización de documentos en la Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
  • Digitalización de documentos en el Esquema Nacional de Interoperabilidad.

3. Firma Electrónica. Autenticidad de la Factura Electrónica y de la copia Digitalizada

  • Cumplimiento de los requisitos de integridad y autenticidad de origen
  • Tipos de firmas: simple, avanzada y cualificada. Tipos de Certificados Electrónicos. Personas físicas y Jurídicas
  • Dispositivos seguros de creación de Firma
  • Prestadores de servicios de Certificación disponibles en España. DNI Electrónico
  • Formatos de las Firmas Electrónicas. Estándares TS 101 733 (CAdES) y TS 101 903 (XAdES). Firmas PDF TS 102 778 (PAdES)
  • Servicios de Validación (VA) y de Sellado de Tiempo (TSA). Servicios DSS
  • Herramientas de Firma: BackTrust y EADTrust
  • Control de la integridad de la base de datos. Técnicas de Hash encadenados

4. Orden EHA/962/2007, de 10 de Abril

  • Estudio de la Orden EHA/962/2007, de 10 de Abril: desarrollo de disposiciones sobre Facturación Telemática y conservación electrónica de facturas
  • Obligaciones del expedidor en la conservación de las Facturas y Documentos sustitutivos
  • Obligaciones de los destinatarios de la conservación electrónica de las facturas y documentos sustitutivos
  • Digitalización Certificada de las facturas recibidas y documentos sustitutivos recibidos y de otros documentos o justificantes
  • Impresión de facturas y documentos sustitutivos remitidos en formato electrónico
  • Certificados Electrónicos de las entidades prestadoras de servicios de Certificación y Firma Electrónica

5. Proyectos de Digitalización Certificada y de Facturación Electrónica

  • Arquitectura Tecnológica y  requerimientos funcionales de proyecto de implantación
  • Soluciones tecnológicas empaquetadas y “a medida”: ventajas y limitaciones
  • Gestión de la Firma Electrónica y de la Validación. Excepciones a la Validación
  • Protección de Datos en relación con las Facturas Electrónicas
  • Archivo y conservación de las Facturas Electrónicas. Disponibilidad para auditoría e inspección tributaria
  • Digitalización de Facturas en el Sector Público: la destrucción de facturas en papel y tratamiento deFacturas Digitalizadas como originales de cara a la Intervención General.

6. Proceso de Homologación del Software de Digitalización certificada

  • Procedimientos y controles para garantizar la fidelidad del proceso de Digitalización Certificada
  • Funcionalidades del software de Digitalización Certificada: Gestión de metadatos. Firma en memoria del documento electrónico. Firma de la base de datos para garantizar la integridad de datos e imágenes. Períodos contables
  • Imagen binaria del documento digitalizado o enlace al fichero que la contenga
  • Garantía de acceso a base de datos: consulta en línea, búsqueda selectiva. CD-ROM y On-line
  • Proceso de Digitalización.  Garantías del Sistema: Autenticidad e Integridad
  • Organización documental de los campos exigibles del registro de datos (según Art. 62 y siguientes del RD 1624/1992
  • Proceso de Homologación del software de Digitalización Certificada. Documentación a preparar: Declaración responsable, Memoria técnica, Plan de calidad, Informe de Auditoría.
  • Auditoría del software de Digitalización Certificada
  • Digitalización Certificada por terceros: cómo garantizar que es correcta la Digitalización efectuada por el prestador.
  • Ampliación de requisitos, en previsión de nuevos desarrollos legislativos en torno a la Ley 11/2007
  • Lista de software homologado por la AEAT

¿Expulsar a los antisistema de Internet?


Hoy se publica en El Pais una reflexión sobre si se deben o no cerrar páginas web que pueden hacer apología de la violencia.

Si puede haber duda de que sea una muestra de Libertad de Expresión y no una verdadera apología de la Violencia, deben seguirse las máximas cautelas.

Si el delito es claro, cabe solicitar al MITyC la «Acción de Cesación» prevista en la LSSI. Si no, es mejor que sea el juez el que dicte las medidas cautelares, si es que corresponde.

Diseño y planificación de una infraestructura de clave pública (PKI)


Albalia Interactiva, empresa especializada en firma electrónica, factura electrónica, banca electrónica y administración electrónica, en colaboración con IBM,  ofrece el servicio de Diseño y planificación de una infraestructura de claves públicas (PKI)

Una infraestructura de claves públicas (PKI) bien planificada y construida permite afrontar los requisitos estrictos de autenticación, cifrado y firma digital que se espera de las actuales aplicaciones de e-business.

Destacamos

Los servicios de diseño y planificación de la infraestructura de claves públicas de IBM preparan la estructura necesaria para cumplir con los objetivos de su empresa y mejorar la seguridad de sus iniciativas de e-business.

Gracias al aprovechamiento de las metodologías probadas y del capital intelectual, los asesores y arquitectos de IBM le permiten comprender cómo debe aplicarse la infraestructura de claves públicas (PKI) a su entorno empresarial, desarrollar la solución y preparar el despliegue de la tecnología PKI en su empresa.

El servicio incluye:

El siguiente conjunto de actividades conforma las fases de planificación y diseño de la infraestructura completa de servicios de PKI probados y se ofrece de forma individual o en paquetes, según sus necesidades:

  • La estrategia de la infraestructura de claves públicas (PKI) examina el entorno y la estrategia de su empresa y construye los fundamentos para tomar en consideración una infraestructura de claves públicas.
  • El asesoramiento de preparación de la PKI determina el modo en el que la creación de una infraestructura de claves públicas incidirá en la empresa y recomienda los pasos a seguir para su preparación.
  • El valor de la PKI describe las ventajas y la justificación empresarial de una infraestructura de claves públicas.
  • Los requisitos de la PKI definen los requisitos empresariales, tecnológicos y del proceso de seguridad que responden a las necesidades de su empresa.
  • La política de PKI define las políticas operativas, de procedimiento y de seguridad que regularán la infraestructura de claves públicas.
  • La arquitectura conceptual identifica la estructura de la PKI, el modelo de seguridad y los principios del diseño.
  • La arquitectura funcional se basa en la arquitectura conceptual de la infraestructura de claves públicas y define sus funciones requeridas y las relaciones entre dichas funciones.
  • La selección de productos de PKI proporciona un análisis de los requisitos de su infraestructura de claves públicas y de la arquitectura conceptual de la misma, en comparación con las soluciones del sector para que pueda escoger la tecnología que mejor se ajusta a sus necesidades.
  • La selección del sitio y el diseño de la infraestructura le permiten evaluar las posibles ubicaciones y ofrece recomendaciones para el diseño y el despliegue del recurso.
  • La arquitectura de los componentes se basa en la arquitectura funcional de la infraestructura de claves públicas y define las tecnologías, los estándares, las interfaces y los productos seleccionados que cumplan con los requisitos, la estrategia y la política de la infraestructura de claves públicas de su empresa.
  • El desarrollo de procesos describe los procesos necesarios para dar soporte a la infraestructura de claves públicas, incluidos el registro, la revocación, el mantenimiento de registros y la generación de claves de la entidad emisora de certificados.
  • Las prácticas de certificación de la PKI destacan los componentes técnicos de los documentos de la política de infraestructura de claves públicas más importantes, la declaración de práctica de certificación y las políticas de certificación.
  • El plan de implementación incluye los pasos, los conocimientos y los recursos necesarios para implementar la infraestructura de claves públicas.

Una vez definidos los planes, el siguiente paso es integrar e implementar su solución de PKI mediante nuestros servicios personalizados, que están disponibles previa petición.

En los entornos corporativos, que disponen de Mainframe, con z/OS, parte de los recursos hardware y software necesarios están ya disponibles, por lo que la estrategia de gestión de PKI es una alternativa económica o otros sistemas de gestión de certificados.

IBM ha publicado los documentos que explican la forma de desplegar su PKI en organizaciones con sistemas z/OS:

Otros artículos relacionados:

    El uso del DNIe en Caixa Galicia se incrementa un 400 por ciento


    En el pasado mes de mayo, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a través de la Entidad pública empresarial Red.es seleccionaba a Caixa Galicia y Banesto como las dos entidades financieras en mejor disposición para abordar el proyecto ‘Fomento de uso del DNI electrónico entre los ciudadanos’. En el mismo proceso, Albalia quedó seleccionada como una de las cuatro empresas desarrolladoras de software que impulsa también el DNIe.

    Esta colaboración incluye el compromiso de las entidades seleccionadas de establecer cauces informativos acerca del DNIe y promocionar su uso entre los ciudadanos mediante dos líneas de actuación: la difusión de las ventajas que este medio de identificación y firma y la eliminación de barreras tecnológicas asociadas a su utilización.

    Transcurridos dos meses desde el inicio del proyecto, Caixa Galicia realiza con Red.es el primer balance de acciones correspondiente a los meses junio y julio. Entre estas acciones, la caja gallega ha destacado esta mañana las siguientes: 

    • Despliegue interno de 5.000 ordenadores habilitados para utilizar el DNIe como elemento identificador.
    • Reparto de 5.500 lectores de DNI-e entre la plantilla de empleados de la Caja, Obra Social y Fundación.
    • Reparto de 1.500 lectores y folletos informativos entre clientes y preparación de otras 12.000 unidades para ampliar la difusión de lectores a partir de la segunda quincena de agosto.
    • Cursos de formación entre los asistentes a los Centros Ciberalia  y planificación de los nuevos seminarios en  Centros de Mayores, Edificios de Fundación y Centros On.
    • Difusión a través de la web y distintas redes sociales como facebook, twitter, youtube, etc. sobre cómo obtener el DNI-e, forma de uso, gestiones que se pueden realizar con diversos organismos públicos y servicios a los que se puede acceder.

    Caixa Galicia está potenciando la utilización del DNI-e en las operaciones con sus clientes. Así, dentro de su banca electrónica para particulares ‘Caixa Activa’, los accesos mediante DNI-e se han incrementado un 400% desde septiembre del pasado año, y en el mes de junio 1.181 usuarios lo utilizaron como método para entrar en su banca electrónica. El total de accesos con este método en el mes fue de 5.270. Otras opciones disponibles con DNI-e son la contratación de On productos dentro de la Oficina Virtual On CaixaGalicia o las consultas desde algunos cajeros automáticos preparados para este uso. 

    La difusión de las ventajas de identificación y firma a través del DNI-e, así como la eliminación de barreras tecnológicas asociadas a su utilización, son actuaciones importantes que se enmarcan dentro del plan Avanza2, cuyo principal objetivo es contribuir a la recuperación económica de España gracias al uso intensivo y generalizado de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), prestando una especial atención a los proyectos que compaginen, además, la sostenibilidad y el ahorro energético.

    Visto en Caixa Galicia

    Hogar Conectado a Internet (HCI)


    Hace unos días, Alfonso Arbaiza. Director General de Fundetec escribió un artículo en Cinco Días que merece la pena reproducir: Llamamiento al legislador

    En un momento como el actual, en el que el Gobierno trata de alejarse del déficit con medidas para reducir el gasto e incrementar los ingresos del Estado, toda aportación en este sentido resulta positiva y merece la pena ser tenida en cuenta.

    Desde Fundetec (Fundación para el Desarrollo Infotecnológico de Empresas y Sociedad), queremos llamar la atención del legislador sobre la iniciativa Hogar Conectado a Internet (HCI), regulada por la disposición adicional vigésima quinta de la Ley 35/2006 del IRPF, que considera gastos de formación profesional, y no renta en especie para el empleado a efectos de IRPF, las cantidades destinadas por su empresa a facilitarle la conexión a internet y adquisición de equipos informáticos para uso desde el hogar, al tiempo que la empresa obtiene una deducción en el Impuesto sobre Sociedades.

    Los programas HCI son una herramienta eficaz para contribuir a la reducción de la brecha digital en España: 332.000 familias españolas se conectaron a internet entre 2006 y 2008 gracias a esta iniciativa.

    Pero además de esta aportación al avance de la Sociedad de la Información, HCI dinamiza el comercio, repercute en las ventas del sector tecnológico y se traduce, por tanto, en más ingresos para el Estado en concepto de IVA. Un dato: durante 2009, los fabricantes de ordenadores vendieron en España 5,28 millones de equipos, según Gartner. El 4,4% de ellos se comercializaron a través de programas HCI.

    Y ahora, una estimación a futuro: el Estado español obtendría unos ingresos de 38,3 millones de euros en cuatro años si se decide ampliar la vigencia de la citada disposición que regula esta iniciativa, cuyo plazo expira el 31 de diciembre de 2010.

    Esta proyección ha sido calculada a partir del coste medio de un ordenador y de una línea ADSL, el número de equipos vendidos y un IRPF medio del 18% aplicado en España durante el año 2009, calculando después la diferencia entre la desgravación por IRPF que dejaría de ingresar el Estado a través de los programas HCI y los ingresos por IVA, resultantes de la venta de equipos y conexiones a internet.

    Si bien es cierto que durante el primer año el Estado obtendría un saldo negativo de casi 8,9 millones de euros (motivado por las desgravaciones en el IRPF), durante los tres años posteriores los ingresos serían de 15,7 millones de euros anuales, lo que arroja un saldo positivo al finalizar el cuarto año de 38,3 millones de euros. A ello habría que añadir el incremento de la productividad laboral y de la capacitación tecnológica de todos los miembros de la unidad familiar española.

    Fundetec, asesorada por el despacho de Garrigues, ha presentado una enmienda ante diputados populares y socialistas de la Comisión de Industria, Turismo y Comercio del Congreso, que plantea la ampliación de la vigencia de la disposición adicional vigésima quinta de la Ley 35/2006 a través de su incorporación al Proyecto de Ley de Economía Sostenible.

    Evidentemente, 38 millones de euros no es mucho al lado de las estadísticas que maneja el decretazo. Pero todo suma y no debería pasarse por alto una disposición que beneficia a la sociedad española en su conjunto y que, al mismo tiempo, genera ingresos tan necesarios en la actual coyuntura económica.

    Telefónica empieza a cumplir la Ley 56/2007


    Telefónica, a através de su marca Movistar es la primera operadora de telecomunicaciones que dispone de acceso a sus servicios a través del DNI electrónico.

    Este tipo de acceso denominado por la Ley 56/2007 como «Interlocución Telemática«, debería haber estado disponible por todos los operadores (entre otros obligados, como entidades financieras, de transporte y de servicios de suministro) antes del 31 de diciembre de 2008.

    Ahora falta ver como funciona con otros certificados, además del DNI electrónico, y si se cumplen el resto de requisitos de la norma.

    Interlocución Telemática
    Por cierto, aun no he conseguido acceder con mi DNIe a los servicios de Telefónica.

    Nota. Incluyo a continuación el artículo 2 de la LMISI (obtenido de Noticias Jurídicas) , al que hago referencia en el post:

    Artículo 2. Obligación de disponer de un medio de interlocución telemática para la prestación de servicios al público de especial trascendencia económica.

    1. Sin perjuicio de la utilización de otros medios de comunicación a distancia con los clientes, las empresas que presten servicios al público en general de especial trascendencia económica deberán facilitar a sus usuarios un medio de interlocución telemática que, mediante el uso de certificados reconocidos de firma electrónica, les permita la realización de, al menos, los siguientes trámites:

    1. Contratación electrónica de servicios, suministros y bienes, la modificación y finalización o rescisión de los correspondientes contratos, así como cualquier acto o negocio jurídico entre las partes, sin perjuicio de lo establecido en la normativa sectorial.
    2. Consulta de sus datos de cliente, que incluirán información sobre su historial de facturación de, al menos, los últimos tres años y el contrato suscrito, incluidas las condiciones generales si las hubiere.
    3. Presentación de quejas, incidencias, sugerencias y, en su caso, reclamaciones, garantizando la constancia de su presentación para el consumidor y asegurando una atención personal directa.
    4. Ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la normativa reguladora de protección de datos de carácter personal.

    2. A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, tendrán la consideración de empresas que presten servicios al público en general de especial trascendencia económica, las que agrupen a más de cien trabajadores o su volumen anual de operaciones, calculado conforme a lo establecido en la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido, exceda de 6.010.121,04 euros y que, en ambos casos, operen en los siguientes sectores económicos:

    1. Servicios de comunicaciones electrónicas a consumidores, en los términos definidos en la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
    2. Servicios financieros destinados a consumidores, que incluirán los servicios bancarios, de crédito o de pago, los servicios de inversión, las operaciones de seguros privados, los planes de pensiones y la actividad de mediación de seguros. En particular, se entenderá por:
      1. Servicios bancarios, de crédito o de pago: las actividades relacionadas en el artículo 52 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito.
      2. Servicios de inversión: los definidos como tales en la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
      3. Operaciones de seguros privados: las definidas en el artículo 3 del texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.
      4. Planes de pensiones: los definidos en el artículo 1 del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre.
      5. Actividad de corredor de seguros: la definida en la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación en seguros y reaseguros privados.
    3. Servicios de suministro de agua a consumidores, definidos de acuerdo con la normativa específica.
    4. Servicios de suministro de gas al por menor, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
    5. Servicios de suministro eléctrico a consumidores finales, de acuerdo con lo dispuesto en el título VIII de la Ley 54/1997, de 27 noviembre, del Sector Eléctrico.
    6. Servicios de agencia de viajes, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo, por el que se regula el ejercicio de las actividades propias de las agencias de viajes.
    7. Servicios de transporte de viajeros por carretera, ferrocarril, por vía marítima, o por vía aérea, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa específica aplicable.
    8. Actividades de comercio al por menor, en los términos fijados en el apartado 2 del artículo 1 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista y en su normativa de desarrollo, a las que serán de aplicación únicamente los apartados c y d del apartado 1 del presente artículo.

    3. Excepcionalmente, el Gobierno o, en su caso, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas podrán ampliar el ámbito de aplicación del apartado 1 del presente artículo a otras empresas diferentes de las previstas en la Ley, en aquellos casos en los que, por la naturaleza del servicio que presten, se considere que en el desarrollo de su actividad normal deban tener una interlocución telemática con sus clientes o usuarios.

    En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la obligación a que se refiere el apartado 1, el Gobierno analizará la aplicación del apartado 2 de este artículo a otras empresas con más de cien trabajadores o que tengan un volumen anual de operaciones, calculado conforme a lo establecido en la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido, superior a 6.010.212,04 euros, que en el desarrollo de su actividad normal, presten servicios en los que se considere que deban tener una interlocución telemática con sus clientes o usuarios.

    Las Comunidades Autónomas con competencias exclusivas en las materias objeto de obligación de comunicación telemática podrán modificar el ámbito y la intensidad de aplicación del apartado 1 del presente artículo en aquellos casos en que precisamente debido al desarrollo sectorial de sus competencias lo consideren oportuno.

    Alcampo impulsa el DNI electrónico


    Los lectores de este Blog sabéis que desde hace varios años estoy intentando impulsar (con las limitaciones de mi humilde púlpito) el DNI electrónico y la firma electrónica.

    Una de las formas de hacerlo ha sido la campaña «Queremos ordenadores con chipetera» que lleva varios años activa, y que no se puede decir que haya recibido muchas adhesiones.

    En todo caso, siempre que puedo, destaco las iniciativas de otras empresas e instituciones que vayan en la mism linea.

    En este ocasión, creo que merece la pena reseñar la labor de Alcampo, la conocida marca de distribución comercial.

    En estos momentos tienen en marcha una acción comercial que permite conseguir el lector de tarjeta chip de forma gratuita.

    Alcampo impulsa el DNI electrónico

    Un mensaje muy positivo de una de las entidades que se han comprometido con Red.es a impulsar el DNIe.

    Por mi parte, una razón más para comprar en Alcampo, frente a otras grandes cadenas…