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ECC – Criptografía de curvas elípticas


El 3 de diciembre de 2007 se celebró el DISI 2007. Todos los años Jorge Ramió organiza unas jornadas interesantísimas, con ponentes de alto nivel, pero ese año fue especial, con la presencia de Mr Martin Hellman y la interesante propuesta de D. Hugo Scholnik respecto a la factorización de primos que componen el algoritmo RSA y que podría simplificar la forma de obtener la clave privada a partir de la pública.

Para mi fue un motivo de reflexión.

Ya se hablaba de criptografía de curva elíptica el año 1997 cuando me incorporé a FESTE (recuerdo que el tema salió en alguna de las charlas con D. José de Calasanz Pastor Franco, miembro del Patronato de la Fundación auspiciada por el Consejo General del Notariado, y con sus colaboradores en la Universidad de Zaragoza, Miguel Angel Sarasa López y José Luis Salazar Riaño).

La novedad es la sensación de que cada vez estamos más cerca de que el algoritmo RSA no sea suficiente para proteger las firmas electrónicas del futuro.

Por otro lado, desde hace algún tiempo se comentaba en círculos académicos que algunos algoritmos de hash no eran suficientemente robustos como para evitar colisiones en documentos alternativos al firmado, conservando el sentido que corresponde a la aplicación. Especialmente el algoritmo MD5.

Con estas ideas en mente, comenté con colegas de la Comisión de Seguridad de ASIMELEC (una de las principales patronales del Sector TIC) la posibilidad de presentar conjuntamente un proyecto de I+D al Plan Avanza que intentara resolver el reto que supone la gestión a largo plazo de firmas electrónicas. Jorge Gómez, de IDONEUM, fue quien percibió las implicaciones y pensó que podían ser interesantes para posicionar a su empresa (como yo a la mia).

Así iniciamos el Proyecto Binum. El uso simultáneo de algoritmia de firma electrónica en firmas duales, mucho más difíciles de quebrar, incluso en el supuesto de que cada uno de los algoritmos individuales utilizados fuera menos robusto de lo esperado. El proyecto lo presentamos en el año 2008 y fue finalmente aprobado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011,con referencia TSI-020100-2008-681.

En el proyecto, Idoneum desarrolla la tarjeta chip que permitirá el uso de criptografía RSA y ECC simultáneamente, y Albalia lleva a cabo el estudio de los estándares para intentar lograr que las firmas sean compatibles con los estándares actuales. Posteriormente desarrolla un entorno de referencia con una PKI dual y un sistema de firma electrónica (en este caso XAdES) que genera firmas dobles y las comprueba (con el matiz de que una aplicación «Binum-aware» detecta una firma dual, y una aplicación convencional detecta dos firmas).

Sin embargo, ya hemos dado un paso más de lo previsto en el proyecto. Hemos iniciado la actividad como Prestador de Servicios de Certificación de EADTrust (European Agency of Digital Trust) con una filosofía que intenta ser «future-proof». Esta nueva empresa (relativamente nueva), se inicia con algunas novedades:

  • No está prevista la emisión de certificados a entidades finales (al menos a personas físicas).
  • Se prevé que gestione servicios de confianza de la Sociedad de la Información, especialmente favoreciendo la creación de firmas electrónicas de alta calidad con servicios de timestamping, validación de certificados y custodia digital de documentos electrónicos
  • Proporcionará servicios avanzados a precios competitivos
  • Dispone de CAs root vinculadas que combinan criptografía RSA y criptografía ECC (Elliptic curve cryptography)

Este último es un hito significativo, al ser la primera autoridad de certificación del mundo con tecnología dual, y, posiblemente, la primera autoridad de certificación europea que cuenta con una jerarquía PKI basada en curvas elípticas.

Ya es posible acceder a los certificados de las root :

  • RSA (sha1RSA). Tamaño clave RSA 2048 bits
  • ECC (sha1ECDSA). Tamaño clave ECC: 256 bits (equivalente a 3020 bits en RSA)

Ambas root se generaron en presencia notarial, siguiendo un procedimiento que hemos ido perfeccionando en sucesivas ceremonias de  generación de claves de CA (Certification Authority) en FESTE, Camerfirma, Banesto y ANCERT.

La autoridad de certificación basada en algoritmo de Curva Elíptica utiliza, en particular,  ECDSAFp de 256 BITS aleatorios (secp256r1), según se indica en los documentos generados por el NIST (National Institute of Standards and Technology) FIPS (Federal Information Processing Standards) 186-2 y FIPS 186-3 en sus apéndices 6 y D respectivamente en sus secciones referentes a las Curvas Elípticas Recomendadas para Uso del Gobierno Federal (Estados Unidos)

Por cierto, desde que iniciamos el proyecto, se han producido algunas noticias importantes que revelan hasta qué punto es necesario contar con tecnología como la anunciada. Por ejemplo, la demostración de que el algoritmo de Hash MD5 utilizado en muchos de los certificados de Root, admite colisiones provocadas que ponen en cuestión la tecnología PKI. En el artículo MD5 considered harmful today (MD5 se considera dañino a dia de hoy) Alexander Sotirov, Marc Stevens, Jacob Appelbaum, Arjen Lenstra, David Molnar, Dag Arne Osvik y Benne de Weger generan un certificado de root capaz de suplantar a una autoridad de certificación genuina. Sin necesidad de atacar la criptografía RSA, sino solo el algoritmo de Hash.

Decisión de la Comisión 2009/767/CE de 16 de octubre de 2009


Decisión de la Comisión de 16 de octubre de 2009 por la que se adoptan medidas que facilitan el uso de procedimientos por vía electrónica a través de las «ventanillas únicas» con arreglo a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los servicios en el mercado interior
[notificada con el número C(2009) 7806]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2009/767/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, y, en particular, su artículo 8, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1)    Las obligaciones de simplificación administrativa impues­ tas a los Estados miembros en el capítulo II de la Direc­ tiva 2006/123/CE, y, en particular, en sus artículos 5 y 8, incluyen la obligación de simplificar los procedimientos y trámites aplicables al acceso a actividades de servicios y su ejercicio y la obligación de garantizar que los presta­ dores de servicios puedan realizar fácilmente dichos pro­ cedimientos y trámites a distancia y por vía electrónica, a través de las «ventanillas únicas».

(2)    La realización de los procedimientos y trámites a través de las «ventanillas únicas» debe ser posible a través de las fronteras entre Estados miembros con arreglo al artículo 8 de la Directiva 2006/123/CE.

(3)    Para respetar la obligación de simplificar los procedi­ mientos y trámites y facilitar el uso transfronterizo de las «ventanillas únicas», los procedimientos por vía elec­ trónica deben basarse en soluciones sencillas, en particu­ lar en lo que se refiere al uso de firmas electrónicas. En los casos en que, tras una adecuada evaluación del riesgo de los procedimientos y trámites concretos, se considere necesario un nivel elevado de seguridad o una equivalen­ cia con la firma manuscrita, podrían exigirse a los pres­ tadores de servicios, para determinados procedimientos y trámites, firmas electrónicas avanzadas basadas en un certificado reconocido, con o sin dispositivo seguro de creación de firma.

(4)    El marco comunitario de la firma electrónica se creó en la Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 1999, por la que se establece un marco comunitario para la firma electró­nica . A fin de que del uso transfronterizo de las firmas electrónicas avanzadas basadas en un certificado recono­ cido resulte eficaz, debe reforzarse la confianza en estas firmas electrónicas con independencia del Estado miem­ bro en que esté establecido el firmante o el proveedor de servicios de certificación que expida el certificado reco­ nocido. Esto podría conseguirse ofreciendo más fácil­ mente en una forma confiable la información necesaria para validar las firmas electrónicas, y en particular la información relativa a los proveedores de servicios de certificación que están supervisados/acreditados en un Estado miembro y a los servicios que prestan.

(5)    Es necesario garantizar que los Estados miembros pongan esta información a disposición del público mediante un modelo común, a fin de facilitar su uso y garantizar un nivel de detalle apropiado que permita a la parte recep­ tora validar la firma electrónica.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1
Uso y aceptación de firmas electrónicas

1. Si se justifica sobre la base de una evaluación apropiada de los riesgos existentes y de conformidad con el artículo 5, apar­tados 1 y 3, de la Directiva 2006/123/CE, los Estados miembros podrán exigir, para la realización de algunos procedimientos y trámites a través de las ventanillas únicas con arreglo al artículo 8 de la Directiva 2006/123/CE, el uso por el prestador del servicio de firmas electrónicas avanzadas basadas en un certificado reconocido, con o sin dispositivo seguro de creación de firma, según se definen y regulan en la Directiva 1999/93/CE.

2. Los Estados miembros aceptarán cualquier firma electró­nica avanzada basada en un certificado reconocido, con o sin dispositivo seguro de creación de firma, para la realización de los procedimientos y trámites a que se refiere el apartado 1, sin perjuicio de la posibilidad de que los Estados miembros limiten esta aceptación a las firmas electrónicas avanzadas basadas en un certificado reconocido y creadas mediante un dispositivo seguro de creación de firma si ello está en consonancia con la evaluación del riesgo a que se refiere el apartado 1.

3. Los Estados miembros no supeditarán la aceptación de las firmas electrónicas avanzadas basadas en un certificado reconocido, con o sin dispositivo seguro de creación de firma, a re­quisitos que obstaculicen el uso, por los prestadores de servicios, de procedimientos por vía electrónica a través de las ventanillas únicas.

4. El apartado 2 noimpedirá a los Estados miembros aceptar firmas electrónicas distintas de las firmas electrónicas avanzadas basadas en un certificado reconocido, con o sin dispositivo seguro de creación de firma.

Artículo 2
Establecimiento, mantenimiento y publicación de listas de confianza

1. Cada Estado miembro establecerá, mantendrá y publicará, de conformidad con las especificaciones técnicas que figuran en el anexo, una «lista de confianza» que contenga la información mínima referente a los proveedores de servicios de certificación que expiden certificados reconocidos al público por él supervi­sados/acreditados.

2. Los Estados miembros establecerán y publicarán, como mínimo, una versión legible por las personas de la lista de confianza de conformidad con las especificaciones que figuran en el anexo.

3. Los Estados miembros notificarán a la Comisión cuál es el organismo responsable del establecimiento, mantenimiento y publicación de la Lista de Confianza, el lugar en que está pu­ blicada dicha lista y cualquier eventual modificación al respecto.

Artículo 3
Aplicación

La presente Decisión se aplicará a partir del 28 de diciembre de 2009.

Artículo 4
Destinatarios

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 16 de octubre de 2009.

Por la Comisión
Charlie McCREEVY
Miembro de la Comisión

Características de zBackTrust


La firma electrónica es parte de los requisitos que tienen que cumplir entidades financieras y aseguradoras (junto con otras entidades «de especial relevancia económica») para implementar su sistema de interlocución telemática según se dicta en el artículo 2 de la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información. También forma parte de la Sede Electrónica, el Registro Telemático y los sistemas de publicación y notificación fehaciente que todos los organismo de la administración pública deben implementar como consecuencia de la aplicación de las Leyes  30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

En las instituciones que cuentan con equipos System z, la solución de firma electrónica de elección es zBackTrust, conjunto de módulos de firma electrónica diseñado por Albalia Interactiva para los equipos de IBM y comercializado conjuntamente con INSA.

El módulo principal es un servicio Web basado en el estándar OASIS DSS (Digital Signature Service) que se instala de forma centralizada y que ofrece funcionalidades de Firma Electrónica Remota, Verificación y Ampliación de Firmas XAdES-XL a toda la organización. Dispone de funcionalidades de firma electrónica de PDFs y está disponible también en forma de API.

Estas son algunas de las características de zBackTrust:

  • Celeridad en los procesos de generación y comprobación de Firmas electrónicas a través de API y DSS (Digital Signature Service).
  • Generación de firmas completas XAdES – XL
  • Validación de certificados y firmas electrónicas (permite comprobar los certificados de cualquier prestador de servicios de certificación)
  • Generación de evidencias electrónicas para la custodia digital de documentos electrónicos firmados
  • Compatible con el procesador criptográfico (HSM) IBM 4764
  • Compatible con diferentes Middleware: WebSphere, Weblogic y Tomcat.
  • Entornos z/OS y z/Linux
  • Cumplimiento de estándares de ETSI y OASIS.

Ventajas de la Solución

  • Indenpendiza los servicios de seguridad y confianza de los procesos de negocio, al disponer de una infraestructura común de firma electrónica para todas las aplicaciones en las que se requiere integrar dichas funcionalidades.
  • Garantiza el crecimiento del sistema con nuevas funcionalidades, sin que afecte al desarrollo del resto de aplicaciones.
  • Minimiza los costes de desarrollo y mantenimiento, evitando la programación de código común en múltiples aplicaciones y plataformas.
  • Garantiza la capacidad de aceptar certificados de cualquier prestador de servicios de certificación europeo.
  • Permite cumplir con la normativa reciente:
    • Factura electrónica (Orden PRE/2971/2007)
    • Contratación Pública (Ley 30/2007)
    • Administración Electrónica (Ley 11/2007)
    • Interlocución Telemática (Ley 56/2007)
    • Directiva 1999/93/CE

Otros artículos relacionados:

zBackTrust, firma electrónica para System Z


Acaba de incluirse en la oferta de INSA la solución desarrollada por Albalia Interactiva zBackTrust, que permite desarrollar el soporte a la firma electrónica desde las plataformas corporativas más avanzadas basadas en equipos System z de IBM.

En su continuo empuje por los sistemas Mainframe, IBM tiene planeado el lanzamiento de unas 30 mejoras de software para la plataforma System z, las cuales se irán introduciendo a lo largo del 2009.

12 de ellas ya se han puesto en el mercado y están relacionadas con las herramientas de desarrollo Rational Software, la administración de los datos de InfoSphere y Cognos, las ofertas de gestión de transacciones de WebSphere y los servicios TI de Tivoli.

El Gigante Azul ha hablado durante años del resurgimiento de los sistemas Mainframe para dar respuesta a las nuevas cargas de trabajo. El aumento de los MIPS (Millones de Instrucciones por Segundo) y el creciente interés de los ISV (Vendedores de Software Independientes) por estos sistemas así lo confirma.

No en vano y según la compañía, durante el año pasado más de 150 ISVs se han pasado a la plataforma System z y se han añadido más de 1.000 aplicaciones que pueden ser ejecutadas en los mainframes.

Los analistas indican que buena parte de este resurgir de la plataforma se puede atribuir a los nuevos motores de procesado que IBM ha construido para hacer más fácil la ejecución de tareas Linux y Java en los System z.

Otros vendedores también están ayudando a este crecimiento. Es el caso de los desarrolladores de software CA o BMC Software, que siguen mejorando sus soluciones para la gestión de los mainframes. Por su parte Unisys lanzó a finales de mayo nuevos equipos basados en la plataforma de IBM.

Los sistemas z son excelentes entornos de ejecución Java, tanto operando sobre sistema operativo z/OS como zLinux, por lo que permiten la adopción de las tecnologías más avanzadas en un marco de ejecución de alto rendimiento corporativo.

Referencias:

Interoperabilidad de los Prestadores de Servicios de Certificación


En pasados artículos he hecho referencia a que un cumplimiento diligente de la Directiva 199/93/CE de firma electrónica implicaba la aceptación de los certificados reconocidos (o cualificados) de todos los prestadores de servicios de certificación europeos.

Este punto de vista ha quedado recogido, por ejemplo en la Orden EHA/962/2007, pero hay quien piensa que la Ley 11/2007 y el Esquema Nacional de Interoperabilidad dejan margen para que un organismo concreto pueda establecer criterios propios de aceptación.

Debe aclararse que «los criterios propios» de aceptación solo son de aplicación a las firmas avanzadas, y que el criterio general es que las firmas avanzadas basadas en un certificado reconocido (es decir, cualificado), o en un certificado en cuya política se han utilizado mecanismos de verificación de identidad del firmante presenciales o equivalentes a presenciales, tienen un nivel de aceptación próximo al de las firmas reconocidas o cualificadas.

Sin embargo para facilitar la interoperabilidad de las firmas electrónicas en el marco europeo, hay algunos detalles que conviene tener en cuenta:

  1. Las URL de la CRL y del OCSP del prestador deben estar correctamente codificados en todos sus certificados (extensión AIA).
  2. El servicio OCSP, o, al menos el de CRL, de los prestadores válidos (los que figuran en la TSL) han de estar accesibles sin coste
  3. La información de URL de la Root, de la CPS, de los servicios OCSP y CRL de cada prestador de servicios de certificación deben estar codificados en las TSL de cada estado (que en España corresponde al MITyC, no al MAP) y en la TSL armonizada.
  4. Siempre que el destinatario de una firma sea una entidad privada, la firma electrónica debería construirse con arreglo a las especificaciones XAdES-XL o CAdES-XL (respectivamente descritas en las normas TS 101 903 y TS 101 733). En general, este tipo de firma debería ser de elección en todos los casos. Las administraciones públicas que generen firmas siempre deberían hacerlo con estos formatos (ya que eliminan la carga de la verificación de validez del certificado al receptor)

Es necesario contar con una lista actualizada de prestadores europeos, que debería ser posible obtener a partir del sistema de notificación del artículo 11 de la directiva 1999/93/CE. La información de cada prestador debería contener, además de la URL de la home page, su dirección, email y teléfono (lo que más o menos ya se recoge hoy en día) junto con las URL de la Root, de la CPS, de los servicios OCSP y de la CRL de sus CAs (lo que es esencial para la interoperabilidad, pero resulta difícil de encontrar en la página web del prestador en el sistema actual) .

Es necesario que los sistemas nacionales de supervisión que notifican el estado de gestión de los sistemas de certificación de su pais a la Comisión Europea recojan los datos mencionados en sus repositorios. En España, esta responsabilidad corresponde al MITyC, según se establece en la Ley 59/2003.

Conviene poner en valor los Sistemas Voluntarios de Acreditación, como el de ASIMELEC.

Y es conveniente ir eliminando mecanismos alternativos de verificación de validez de certificados como los definidos en la orden EHA/1181/2003 que tuvieron su razón de ser antes de la publicación de la Ley 59/2003, pero no tienen sentido en el actual marco legislativo. El repositorio de la AEAT ya solo tendría sentido en el marco de la normativa de factura electrónica. En su momento supuso un gran empuje a los prestadores de servicios de certificación españoles, pero en la actualidad supone  un ejemplo mal copiado por muchos organismos públicos que crean sus propias listas de prestadores de servicios de certificación sin ser conscientes con que basta con remitirse a la lista del MITyC.

El problema de censar a los prestadores de servicios de certificación, que NUNCA debería ser un problema del tercero que confía, se está convirtiendo en uno de los frenos al desarrollo de la firma electrónica. Y hubiera sido algo muy sencillo de desarrollar si se hubiera aplicado correctamente el artículo 11 de la directiva 1999/93/CE. Es decir, si los datos antes indicados (URL de la Root, de la CPS, de los servicios OCSP y de la CRL de las CAs de cada pais) se hubieran recogido correctamente desde el principio, y el comité del artículo 9 hubiera sido más proactivo.

Por esta ineficiencia de la Comisión ha sido necesario gastar cientos de miles de euros en proyectos de interoperabilidad cuyos resultados están por ver, y se han creado malas costumbres que se tardará años en erradicar.

Otros artículos relacionados:

FESTE, Fundación para el Estudio de la Seguridad de las telecomunicaciones


Fui Director Gerente de la Fundación FESTE hasta 1999, fecha en la que me llamaron, de nuevo, a Banesto. Fue la tercera autoridad de certificación de España, tras ACE y la FNMT y estaba respaldada por los representantes de la fe pública extrajudicial, en aquel momento el Consejo General del Notariado y el de Corredores de Comercio, lo que suponía un plus, en mi opinión a los certificados de identidad y de representación de sociedades.

Conservo buenos recuerdos de mi paso por Barcelona, sede de la Fundación (en la emblemática calle Tuset, entre la Diagonal y Travessera de Gracia).

Con 10 años de perspectiva, es interesante que siga siendo posible encontrar con Google noticias de FESTE:

Seminario eAdministración en Sevilla


El próximo 20 de octubre de 2009 tendrá lugar en Sevilla el Seminario «eAdministración –
Adaptación a la Ley 11/2007 y a la Ley 30/2007» que impartiremos, mano a mano, Bartolomé Borrego, Vocal Responsable de la División de Nuevas Tecnologías en la Delegación Especial de la AEAT en Andalucía y yo.

Lo organiza Atenea Interactiva y cuesta 300 euros + IVA.

Creo que puede ser de interés para organismos públicos o de participación pública que se enfrentan al reto de aplicar la Ley 11/2007 y a la Ley 30/2007, en lo relativo a la Administración Electrónica y a la Contratación Pública Electrónica.

Incluyo a continuación el programa previsto.

9:00-9:30    Recepción de los asistentes y entrega de la documentación

9:30-10:15 Obligaciones para las administraciones públicas derivadas del nuevo marco normativo de e-administración y  contratación pública.

D. Julián Inza

10:15 -10:45 Identidad Digital y DNIe.

  • La identidad digital en Internet.
  • Los sistemas de federación de identidades
  • Los sistemas “fuertes” de autenticación
  • Los certificados digitales y el DNIe
  • La gestión de las capacidades y la representación.
  • Aceptación de Certificados de otros países.

D. Julián Inza

10:45-11:15 Coffee-Break

11:15-11:45 Firma Electrónica

  • Certificados Reconocidos
  • Dispositivos seguros de creación de firma. 
  • La firma electrónica reconocida
  • Servicios de validación de certificados.
  • La certificación de tiempo. El TimeStamping
  • La firma electrónica de larga duración (CAdES/XAdES)
  • Los servicios de firma electrónica (OASIS DSS)

D. Julián Inza

11:45-12:15 Implementación del Perfil del Contratante

  • Requisitos a cumplir. Artículo 42 de la Ley de 30/2007.
  • La Plataforma de Contratación del Estado
  • La prueba del momento: Time Stamping. 
  • El testigo electrónico.

D. Julián Inza

12:15-13:15 Facturación electrónica en el sector público

  • Formatos y Firmas. 
  • Plataformas.
  • Gestión integrada de recepción de facturas (papel y electrónicas)

D. Julián Inza

13:15-13:45 Claves de la reforma de la Ley 11/2007 de acceso de los ciudadanos a los servicios electrónicos

  • Ámbito.
  • Principios.
  • Derechos de los ciudadanos.

D. Bartolomé Borrego Zabala

13:45-14:15  Registros Electrónicos o telemáticos

  • Antecedentes. Requisitos.
  • Justificaciones de presentaciones telemáticas.
  • Regulación de los plazos

D. Bartolomé Borrego Zabala

14:15-15:30  Comida: Cocktail Buffet

15:30-16:15 Notificaciones fehacientes por medios electrónicos

  • Notificaciones telemáticas seguras.
  • Consulta de notificaciones.
  • Notificación por comparecencia.
  • Publicación electrónica del tablón de anuncios o edictos.
  • SMS y Correo electrónico certificados.

D. Bartolomé Borrego Zabala

16:15-16:45  Uso de la firma electrónica en la Administración Pública

  • Sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa automatizada.
  • Firma electrónica del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
  • Identificación y autenticación de los ciudadanos por funcionarios públicos.

D. Bartolomé Borrego Zabala

16:45-17:15  Plataformas de Pagos

  • Justificante electrónico del pago. Medios de pago.
  • Pasarela de pago de la AEAT. Otras pasarelas de pago.
  • Centralización de servicios de pagos electrónicos.
  • Plataforma de Servicio de Pago Telemático (Red.es)

D. Bartolomé Borrego Zabala

17:15-17:45  Copias electrónicas, Compulsa electrónica y Digitalización Certificada.

  • Documento electrónico
  • La compulsa electrónica por las Administraciones Públicas.
  • Copia de documentos electrónicos. Digitalización Certificada.

D. Bartolomé Borrego Zabala

17:45-18:30  Representación en los procedimientos electrónicos.

  • La representación y la Colaboración Social.
  • Apoderamiento para la realización de trámites electrónicos

D. Bartolomé Borrego Zabala
 
18:30-19:00  Coloquio y conclusiones

Proyecto FactOffice Add-in en Codeplex


efactura_logoDesde hoy está disponible en Codeplex la información del proyecto FactOffice que hemos desarrollado con Microsoft y que está publicada como software abierto, bajo licencia MS-PL

Se trata de un componente (Add-in), que instalado sobre MS Office 2007 (MS Word), le habilita para la generación, recepción e intercambio de facturas electrónicas en el formato XML “facturae”. La aplicación, utilizando unas plantillas predefinidas y configurables, es capaz de generar la factura, firmarla electrónicamente (con el formato XAdES EPES o XAdES XL) con cualquiera de los certificados de los prestadores de servicios de certificación existentes,  validar su conformidad de esquema Facturae, de Firma electrónica, y de cuadre contable, así como mantener una pequeña gestión histórica del estado de cada factura .

FactOffice Add-in para Word 2007La disponibilidad del código fuente, habilita a los desarrolladores que quieran participar en el proyecto, a ampliar, modificar o personalizar sus características, así como a adaptar dicha solución a sus propias plataformas de factura electrónica (conexión a servicio WEB etc ..).

Uno de los aspectos de innovación aplicados es la configuración del formato OOXML como contenedor del formato facturae, de forma que manteniendo una completa compatibilidad con el formato facturae, hemos podido añadir elementos de aspecto, como el «layout» de la factura o la posición del logo que son completamente configurables.

Hemos probado la aplicación en diferentes configuraciones de Word 2007, basadas en Windows XP, Windows Vista y Windows 7 (las versiones de evaluación disponibles) y va como la seda.

Y además nos hemos currado el tema de idiomas, que ya incluye el español, el inglés y el catalán, con un sistema que nos permitirá añadir idiomas con facilidad.

En fin, tenemos un «roadmap» en mente con un montón de posibilidades: conexión por webservices con plataformas existentes, ampliación de funciones, extensiones para mejoras de aspecto, soporte a diferentes formatos,…

Los asistentes al IV Congreso de Factura Electrónica y Digitalización Certificada que se celebra mañana lo recibirán en el USB que entrega la Organización (ASIMELEC).

Microsoft va a difundir una Nota de Prensa con los detalles principales:NP-Microsoft-Albalia-FactOffice

Oesía adquiere el 51% de Retemsa a través de Tecnobit.


TecnobitLa empresa española Oesía, antigua IT Deusto, ha tomado a través de su filial de ingeniería, defensa y seguridad, Tecnobit, una participación del 51 % en Retemsa (Redes de Telefonía Móvil S.A.). Esta adquisición permite a ampliar su oferta de productos y sistemas en el campo de las comunicaciones, en el que ya estaba presente a través de sus procesadores de comunicaciones tácticas y sus sistemas de cifrado. También reforzará la posición de Retemsa en el acceso al mercado de seguridad y defensa en el que Tecnobit se encuentra sólidamente implantado desde hace más de 30 años.

RetemsaRetemsa, compañía con más de 10 años en el mercado, posee en su cartera de productos una amplia gama de repetidores de telefonía móvil 2G, GPRS, 3G y UMTS, así como diversos modelos de inhibidores de radiofrecuencia, destinados a usos civiles y militares.

Además Retemsa es uno de los pocos fabricantes españoles de dispositivos HSM (Hardware Security Module), un tipo de equipo de cifrado que se utiliza en Prestadores de Servicios de Certificación, Banca y Defensa.

Tecnobit refuerza así su posición dedicada al diseño, desarrollo, fabricación y mantenimiento de equipos y sistemas de electrónica profesional. Su principal línea de actuación es la ingeniería de hardware y software, así como la integración y pruebas de equipos y sistemas de alta tecnología. Su dilatada experiencia en el sector de defensa y seguridad le ha permitido tomar parte en importantes proyectos, tanto nacionales como internacionales.

Las áreas de negocio más relevantes de la filial de Oesía son Aviónica, Optrónica, Mando y Control, Simulación y Sistemas de Información.

OesiaOesía cuenta ya con más de 3.500 profesionales altamente cualificados y desarrolla su actividad en sectores como defensa, telecomunicaciones, energía, banca y seguros, sanidad o Administración Pública. Su accionariado está integrado mayoritariamente por importantes cajas de ahorro (Cajasol, Cajagranada, Caja Castilla La Mancha, Caja Inmaculada, Caja Burgos y  Caja Navarra). Opera en España y en países como EEUU, Portugal, Colombia, Brasil, México, Argentina o Emiratos Árabes Unidos.

Exito en el evento de eAdministración de Atenea Interactiva


Escribo este post desde el Instituto de Postgrado de la UAX (Universidad Alfonso X El Sabio), en cuya sede se celebra el evento eAdministración (eGovernment) organizado por Atenea Interactiva, del que ya informé.

La verdad es que con algo más de 80 asistentes, la asistencia se acerca el límite de capacidad de la sala, por lo que Atenea ha tenido que cerrar la inscripción.

Asistencia al evento de eGovernment organizado por Atenea Interactiva

Para los que no han podido acudir a esta sesión, Atenea ya ha abierto una nueva convocatoria que tendrá lugar el 12 de marzo de 2009.

Os recuerdo los titulares del contenido de la Jornada:

  • Obligaciones para las administraciones públicas derivadas del nuevo marco normativo de e-administración y  contratación pública.
  • Identidad Digital y DNIe.
  • Firma Electrónica
  • Implementación del Perfil del Contratante
  • Facturación electrónica en el sector público
  • Claves para transformar procesos administrativos e implementar procesos telemáticos
  • Notificaciones fehacientes por vía telemática
  • La Compulsa electrónica y la Digitalización Certificada.
  • Archivo de Constancias Electrónicas y Carpeta Ciudadana
  • Registro Telemático
  • Coloquio y conclusiones