Archivo de la categoría: Electronic Signature

Se publican más borradores de las normas de ETSI sobre firma electrónica


Los pasados 16, 17 y 19 de febrero se han añadido en el servidor de ETSI un nuevo lote de documentos «drafts» (borradores) relativos al esfuerzo de normalización de la firma electrónica bajo el Mandato M460, necesario también para aplicar el Reglamento UE 910/2014.

El mapa descriptivo del nuevo modelo de normalización se describe en tr_119000v003-rationalised_framework_document_COMPLETE-draft.pdf

Están  abiertos a comentarios por parte de los especialistas, con la vista puesta en su mejora antes de que se publiquen como definitivos. Para enviar comentarios se puede usar la siguiente plantilla: Template-for-comments.doc

16 de febrero de 2015

17 de febrero de 2015

19 de febrero de 2015

Seminario sobre Factura Electrónica Obligatoria – 16 diciembre 2014


La Factura Electrónica se ha instaurado como un modelo de factura eficiente y segura que cada vez tiene una mayor aceptación y que es de uso obligatorio a partir del 15 de enero de 2015 para las empresas que facturan a las administraciones públicas y para las de especial relevancia económica.

Considerando que pueden aplicarse sanciones de hasta 10.000 euros, es vital  conocer las implicaciones de la nueva normativa de facturación, el desarrollo en curso de la facturación electrónica en las administraciones públicas, y el marco internacional directamente relacionado con este tipo de facturas.

La temática descrita es de interés para ayuntamientos, diputaciones y organismos públicos y para sus empresas proveedoras de productos y servicios.

Por ello, el próximo 16 de diciembre, Bartolomé Borrego, y yo explicaremos en Madrid todos los aspectos esenciales para que los organismos públicos y las empresas puedan prepararse para cumplir su parte en esa fecha. Entre los aspectos que tratamos, se encuentran las herramientas que ya están disponibles para cada entidad y que permitirían cumplir los plazos, incluso a las entidaes públicas y privadas rezagadas.

Lo organiza Atenea Interactiva, y tiene un coste de 199 €

Lugar de realización

Hotel NH Príncipe de Vergara

Calle del Príncipe de Vergara, 92

28006 Madrid

Programa

09.00h Acreditación y Entrega de Documentación.
09.30h Aspectos técnicos.

  • La firma electrónica. Tipos de firma electrónica.
  • Certificados. Tipos de certificados.
  • Prestadores de Servicios de certificación. Como conseguir las claves y los certificados.
  • Formatos posibles para las facturas electrónicas: EDI, UBL, CII, facturae.
  • Intercambio de facturas. Sistemas de comunicación y de notificaciones electrónicas.
  • Envío de facturas electrónicas a las administraciones públicas a través de la Plataforma FACE.
  • Recomendaciones para integración de sistemas y automatización de procesos.

15:30 Aspectos legales y fiscales.

  • Implicaciones fiscales de la factura y los medios electrónicos. Efectos, Principios y Ámbito. Contenido de las factura, marco normativo de la factura electrónica y modalidades de facturas.
  • Tipología de sistemas de facturación electrónica, Gestión de las facturas (expedición, envío, recepción y conservación). Sistemas admitidos fiscalmente en la facturación electrónica.
  • Aplicaciones comerciales y gratuitas de generación de facturas electrónicas.
  • Plataformas de facturación. Subfacturación y Conservación por terceros de las factura. Otros formatos de facturas electrónicas. Digitalización y Digitalización certificada de facturas.
  • La Inspección tributaria y las facturas y obligaciones de los usuarios.
  • Direcciones y publicaciones de interés sobre la factura electrónica.

 

 

100 entradas gratis para el Exchange Summit el 6 y 7 de octubre de 2014 en Barcelona


El organizador de la Cumbre de las Interconexiones Empresariales (Exchange Summit) ofrece un centenar de entradas gratuitas para el evento que tendrá lugar  el 6 y 7 de octubre de 2014 en Barcelona.

Podrán optar a estas entradas los asistentes que cumplan los siguientes criterios:

  • Que procedan de organizaciones con más de 250 empleados 
  • Que dichas organizadciones sean remitentes o destinatarias de facturas electrónicas, o puedan llegar a serlo.
  • Que tengan un papel de cierta influencia en la toma de decisiones sobre selección de prestadores
  • No hayan asistido con anterioridad a un evento de los precedentes (EXPP Summit)

Nota:: No podrán optar a este tipo de entradas gratuitas  los consultores, y los prestadores de aplicaciones o de servicios de facturación electrónica. Su asignación será decidida por el organizador de 

 La distribución de las entradas gratuitas se está determinando y llevó a cabo-por el organizador de la Cumbre  de las Interconexiones Empresariales.

Más información en la Web del evento

Certificado de sello de empresa para firmar facturas electrónicas que se envían a FACE


La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público contiene varios aspectos muy interesantes.

En su artículo 5 se refiere al Formato de las facturas electrónicas y su firma electrónica, y en su apartado 2 dice lo siguiente:

2. También se admitirá el sello electrónico avanzado basado en un certificado reconocido que reúna los siguientes requisitos:

a) El certificado deberá identificar a la persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica que selle la factura electrónica, a través de su denominación o razón social y su número de identificación fiscal.

b) La solicitud del sello electrónico avanzado podrá formularse bien mediante comparecencia presencial de una persona física que acredite su representación, bien por medios electrónicos mediante el DNI electrónico y la remisión de los documentos que acrediten su poder de representación en formato papel o electrónico.

El sello electrónico es el conjunto de datos en forma electrónica, consignados o asociados con facturas electrónicas, que pueden ser utilizados por personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica para garantizar el origen y la integridad de su contenido.

Esta norma ha sido una adaptación anticipada al Reglamento europeo – Identificación electrónica y servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior que se ha aprobado hace pocos meses en el Parlamento Europeo.

Las definiciones de su artículo 3, recogen, entre otras, las siguientes:

(24) «creador de un sello», una persona jurídica que crea un sello electrónico;
(25) «sello electrónico», datos en formato electrónico anejos a otros datos electrónicos, o asociados de manera lógica con ellos, para garantizar el origen y la integridad de los datos asociados;
(26) «sello electrónico avanzado», un sello electrónico que cumple los requisitos siguientes:

a) estar vinculado al creador del sello de manera única;
b) permitir la identificación del creador del sello;
c) haber sido creado utilizando datos de creación del sello electrónico que el creador del sello puede utilizar para la creación de un sello electrónico, con un alto nivel de confianza, bajo su control exclusivo, y
d) estar vinculado con los datos a que se refiere de modo tal que cualquier modificación ulterior de los mismos sea detectable;
(27) «sello electrónico cualificado», un sello electrónico avanzado que se crea mediante un dispositivo cualificado de creación de sellos electrónicos y que se basa en un certificado cualificado de sello electrónico;
(28) «datos de creación del sello electrónico», los datos únicos que utiliza el creador del sello electrónico para crearlo;
(29 ) « ▌certificado de sello electrónico», una declaración electrónica que vincula los datos de validación de un sello con una persona jurídica y confirma el nombre de esa persona ;
(30) «certificado cualificado de sello electrónico», un certificado de sellos electrónicos que ha sido expedido por un prestador cualificado de servicios de confianza y que ▌ cumple los requisitos establecidos en el anexo III;
(31) «dispositivo de creación de sellos electrónicos», un equipo o programa informático configurado que se utiliza para crear un sello electrónico;
(32) «dispositivo cualificado de creación de sellos electrónicos », un dispositivo de creación de sellos electrónicos que cumple mutatis mutandis los requisitos enumerados en el anexo II;

Y la sección sobre sellos electrónicos (a partir del artículo 34 señala:)

Artículo 34

Efectos jurídicos del sello electrónico

1.  No se denegarán los efectos jurídicos y la admisibilidad como prueba en procedimientos judiciales de un sello electrónico por el mero hecho de ser un sello electrónico o de no cumplir los requisitos del sello electrónico cualificado .

2.  Un sello electrónico cualificado disfrutará de ▌la presunción de ▌integridad de los datos y de la corrección del origen de los datos a los que el sello electrónico cualificado esté vinculado.

3.  Un sello electrónico cualificado basado en un certificado cualificado emitido en un Estado miembro será reconocido como un sello electrónico cualificado en todos los demás Estados miembros.

Artículo 35

Sellos electrónicos en servicios públicos

1.  Si un Estado miembro impone un sello electrónico avanzado con el fin de utilizar un servicio en línea ofrecido por un organismo del sector público, o en nombre del mismo, dicho Estado miembro reconocerá los sellos electrónicos avanzados, los sellos electrónicas avanzados basados en un certificado reconocido para los sellos electrónicos y los sellos electrónicos cualificados por lo menos en los formatos o con los métodos contemplados en el apartado 5.

2.  Si un Estado miembro impone un sello electrónico avanzado basado en un certificado cualificado con el fin de utilizar un servicio en línea ofrecido por un organismo del sector público, o en nombre del mismo, dicho Estado miembro reconocerá los sellos electrónicos avanzados basados en un certificado y los sellos electrónicos cualificados por lo menos en los formatos o con los métodos contemplados en el apartado 5.

3.  Los Estados miembros no exigirán, para el uso transfronterizo en un servicio en línea ofrecido por un organismo del sector público, un sello electrónico cuyo nivel de seguridad sea superior al de un sello electrónico cualificado.

4.  ▌La Comisión podrá, mediante actos de ejecución, establecer números de referencia de normas relativas a los sellos electrónicos avanzados . Se presumirá el cumplimiento de los requisitos de los sellos electrónicos avanzados mencionados en los apartados 1 y 2 del presente artículo y en el punto 26 del artículo 3 cuando un sello electrónico avanzado se ajuste a dichas normas. Estos actos de ejecución se adoptarán con arreglo al procedimiento de examen contemplado en el artículo 46, apartado 2. La Comisión publicará estos actos en el Diario Oficial de la Unión Europea.

5.  A más tardar el … (21) , y teniendo en cuenta las prácticas existentes, las normas y actos jurídicos de la Unión, la Comisión adoptará actos de ejecución que definan los formatos de referencia de los sellos electrónicos avanzados o métodos de referencia cuando se utilicen formatos alternativos. Estos actos de ejecución se adoptarán con arreglo al procedimiento de examen contemplado en el artículo 46, apartado 2.

Artículo 36

Certificados cualificados de sello electrónico

1.  Los certificados cualificados de sello electrónico cumplirán los requisitos establecidos en el anexo III.

2.  Los certificados cualificados de sello electrónico no estarán sometidos a ningún requisito obligatorio que exceda de los requisitos establecidos en el anexo III.

3.  Los certificados cualificados de sellos electrónicos podrán incluir atributos específicos adicionales no obligatorios. Esos atributos no afectarán a la interoperabilidad y reconocimiento de los sellos electrónicos cualificados.

4.  Si un certificado cualificado de sello electrónico ha sido revocado después de su activación inicial, perderá su validez desde el momento de su revocación y no podrá en ninguna circunstancia recuperar su estado ▌.

5.  Según las condiciones expuestas a continuación, los Estados miembros podrán fijar normas nacionales sobre la suspensión temporal de certificados cualificados de sello electrónico:

a) Si un certificado cualificado de sello electrónico ha sido suspendido temporalmente, ese certificado perderá su validez durante el periodo de suspensión.
b) El periodo de suspensión se indicará claramente en la base de datos certificada y el estatuto de suspensión será visible, durante el período de suspensión, a partir del servicio que proporcione la información sobre el estatuto del certificado.

6.  La Comisión podrá, mediante actos de ejecución, establecer números de referencia de normas relativas a los certificados cualificados de sello electrónico. Se presumirá el cumplimiento de los requisitos establecidos en el anexo III cuando un certificado cualificado de sello electrónico se ajuste a dichas normas. Estos actos de ejecución se adoptarán con arreglo al procedimiento de examen contemplado en el artículo 46, apartado 2. ▌

Artículo 37

Dispositivos de creación de sellos electrónicos cualificados

1.  El artículo 28 se aplicará mutatis mutandis a los requisitos de los dispositivos de creación de sellos electrónicos cualificados.

2.  El artículo 29 se aplicará mutatis mutandis a la certificación de los dispositivos de creación de sellos electrónicos cualificados.

3.  El artículo 30 se aplicará mutatis mutandis a la publicación de una lista de dispositivos de creación de sellos electrónicos cualificados certificados.

Artículo 38

Validación y conservación de los sellos electrónicos cualificados

Los artículos 31, 32 y 33 se aplicarán mutatis mutandis a la validación y conservación de los sellos electrónicos cualificados.

Con esta normativa, parece claro que los certificados idóneos para firmar facturas, en el momento actual, son los de sello electrónico de empresa.

Sin embargo, pese a lo indicado en el artículo 6. Punto general de entrada de facturas electrónicas, en su apartado 3:

3. El punto general de entrada de facturas electrónicas permitirá el envío de facturas electrónicas en el formato que se determina en esta Ley. El proveedor o quien haya presentado la factura podrá consultar el estado de la tramitación de la factura.

Lo cierto es que por algún ignorado motivo, el FACE (Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado) no admite facturas firmadas haciendo uso de certificados de sello de empresa.

Si alguien lo sabe, se agradece que lo indique en los comentarios del artículo.

Mientras, continuaré estudiando la interesante información publicada en el portal de la administración electrónica, sobre el FACE. Si encuentro la razón actualizaré el artículo.

Reached Member States’ endorsement of a final draft regulation on electronic identification and trust services for electronic transactions in the internal market


Vice-President Neelie Kroes and Commissioner Michel Barnier welcomed last friday (February, the 28th) Member States’ endorsement of a “Draft regulation on electronic identification and trust services for electronic transactions” in the internal market.

The Regulation will enable, for example, students to enrol at a foreign university online; citizens to fill on-line tax returns in another EU country; and businesses to participate electronically in public calls for tenders across the EU, to mention just a few of multiple new digital trust related services.

Neelie Kroes said: «The adoption of this Regulation on e-ID is a fundamental step towards the completion of the Digital Single Market. This agreement boost trust and convenience in cross-border and cross-sector electronic transactions. I would like to thank the European Parliament, especially ITRE’s rapporteur, Marita Ulvskog and IMCO’s rapporteur, Marielle Gallo, the shadow rapporteurs, as well as the Greek, Lithuanian, Irish and Cypriot Presidencies for all their work on this file.»

Last friday (February, the 28th), EU ambassadors endorsed the political agreement reached between representatives of the European Parliament, Commission and Council on Tuesday 25 February on the final elements of this significant single market proposal.

A predictable regulatory environment for eID and electronic trust services is key to promote innovation and stimulate competition. On the one hand, it will ensure that people and businesses can use and leverage across borders their national eIDs to access at least public services in other EU countries fully respecting privacy and data protection rules. On the other hand, it will remove the barriers to seamless electronic trust services across borders by ensuring that they enjoy the same legal value as in paper-based processes.

Michel Barnier, Commissioner for Internal Market and Services added:

«I welcome this agreement which is key to completing our work on the Single Market Act. It is an important step for the development of e-commerce, e-invoicing and e-procurement. The new rules will allow all actors in the single market – citizens, consumers, businesses and administrative authorities – to develop their «on-line» activities.»

Background regarding draft Regulation on electronic identification and trust services for electronic transactions

On 4 June 2012, the European Commission proposed a draft Regulation on electronic identification and trust services for electronic transactions in the internal market (see IP/12/558 and MEMO/12/403)

The Regulation is due to be formally endorsed by the European Parliament in the April 2014 plenary session and by the Council of Ministers in June. It will come into force on 1st July 2014 and will be directly applicable cross the EU from that date. The economic effect will be immediate, overcoming problems of fragmented national legal regimes and cutting red tape and unnecessary costs.

Foster the interoperability of eID usage and trust services. The existing EU legislation on eSignatures has been strengthened and extended to cover the full set of electronic identification and trust services and make it more fit for the digital single market. This will have a huge impact on the legal validity and interoperability of national and cross-border electronic transactions.

The so named eIDAS Regulation provides for principles, like:

  • Transparency and accountability: well-defined minimal obligations for Trust Services Providers (TSPs) and liability;
  • Trustworthiness of the services together with security requirements for TSPs
  • Technological neutrality: avoiding requirements which could only be met by a specific technology;
  • Market rules and building on standardisation

And defines digital trust related services such as:

  • Electronic identification,
  • Electronic signatures,
  • Electronic seals,
  • Time stamping,
  • Electronic delivery service,
  • Electronic documents admissibility,
  • Website authentication

After eIDAS entering into force,  a EU Member State:

  • May ‘notify’ the ‘national’ electronic identification scheme(s) used at home for access to its public services
  • Must recognise ‘notified’ eIDs of other Member States for cross-border access to its online services when its national laws mandate e-identification
  • Must provide a free online authentication facility for its ‘notified’ eID(s)
  • Is liable for unambiguous identification of persons and for authentication;

Exploratory seminar on e-signatures for e-business transactions in the Southern Mediterranean region


Los días 22 y 23 de enero de 2014 se ha celebrado en el Palacio de Pedralbes de Barcelona el encuentro de especialistas  en firma electrónica de Europa y de los países del mediterráneo para analizar conjuntamente la posibiidad de crear modelos de confianza electrónica para permitir el despliegue de sistemas de certificación interoperables. Este encuentro, el segundo tras la reunión de Amán, fue auspiciado por el organismo europeo  Union for the Mediterranean (UfM) que tiene su sede en Barcelona y cedió sus instalaciones. Pude participar en el encuentro y pienso que fue un intercambio de pareceres muy enriquecedor.

eSignature-Barcelona

In order to promote e-signature solutions for e-business development in the Euro Mediterranean region, the European Commission organised two seminars.

The first explanatory seminar took place in Amman, Jordan on November 11/12, 2013 and was co-hosted by the Telecommunications Regulatory Commission (TRC). The principle aim was to identify some of the common business needs for intra-regional and EU-Southern Mediterranean transactions, compare the existing legislation in place and discuss the common and local challenges of implementing an e-signature framework. The seminar was attended by around 100 government and private stakeholders from over 23 different European, Southern Mediterranean and Gulf countries, as well as from UNCITRAL (United Nations Commission on International Trade Law). It confirmed that the potential and the interest to cooperate is indeed great.

The final explanatory seminar took place in Barcelona, Spain on January 22/23, 2014 and was co-hosted by the Union for the Mediterranean (UfM). The principle aim was to build on the findings of the previous seminar, include any additional information, and reach a set of concrete common conclusions and recommendations through the organisation of panels. The seminar was attended by around 60 government and private stakeholders from over 19 different European and Southern Mediterranean countries. The seminar reached 9 main conclusions.

eIDAS: The missing standard – Mandate 460


Under the Mandate 460 a lot of new electronic signature european standards are being published, in some cases changing the identification code of previous stablished standards.

One of the aspects I think is missing is the standard definition of form signing in browsers.

Or what I would call form signing in «High penetration World Wide Avalilable Applications» (which would include Adobe Acrobat or similar applications).

Something browsers developers could include in the basic browser functionality without the need oj java extensions (which are hard to maintain among java virtual machine versions, browser types and versions and underlying  operating systems).

It is curious thar old Netscape Navigator versions included that option, but later browser droped the funtionality, and finally was even abandoned in Netscape an Mozilla.

Having a standard way to sign forms that works in the same way in all browser without additional software would be a nice addition. And this could help foster the adoption of the eIDAS Regulation.

Auditoría de firma electrónica: firma electrónica certificada


Los sistemas de gestión de firmas electrónicas se basan en un enjambre de normas técnicas y jurídicas que hacen difícil saber si se han adoptado adecuadamente.

Las múltiples opciones en la gestión de las firmas electrónicas permiten mucha flexibilidad a la hora de diseñar los sistemas, pero un error de implementación puede arruinar un buen diseño inicial.

Por eso, la posibilidad de auditar y certificar las soluciones de firma electrónica es una garantía para los implementadores de sistemas que gestionan firmas electrónicas y también para los usuarios de esos sistemas.

EADTrust es una entidad que audita sistemas de gestión, workflows, gestores documentales, CRMs y ERPs que emplean firmas electrónicas y da una opinión sobre si se implementan de forma adecuada. El análisis contempla gestión de archivo de los documentos electrónicos firmados y los procesos anejos que en los que se precisa la fuerza probatoria de la firma electrónica.

Los sistemas auditados por EADTrust contemplan los siguientes elementos:

  1. La firma se realiza con certificados reconocidos y dispositivos seguros de creación de firma, o se usa en contextos en los que alguno de estos requisitos no es exigible.
  2. La firma incluye información del momento de firma y de que el certificado utilizado para firmar no estaba revocado en ese momento.
  3. La firma se realiza con certificados emitidos por prestadores que cumplen la normativa aplicable sin más restricciones que las debidas al interés de los ciudadanos que usan las firmas.
  4. La firma permite comprobar los datos principales de los firmantes a partir de los certificados, sin necesidad de usar herramientas especiales
  5. Es posible acceder a una versión del documento que incluye la firma electrónica diseñado para ser apreciado por una persona sin conocimientos especiales, incluso en detalles derivados de la propia interpretación de la firma electrónica
  6. Los documentos son verificables en cualquier momento por un tercero a partir de la información de representacion visible de documento, y a partir de la codificación (código fuente) que incluye sus datos estructurados, de ser aplicable.

Las soluciones auditadas que cumplen todos estos requisitos reciben un informe favorable y pueden exhibir el logo de “firma certificada” creado por EADTrust.

La información sobre los sistemas auditados se incluye en las siguientes páginas web de referencia:

ETSI CAdES Plugtest 2013


ETSI Centre for Testing and Interoperability (CTI) is organizing a remote Plugtests Interoperability event on CMS Advanced Electronic Signature (CAdES) scheduled to run from 2-13 December 2013.

This event aims at conducting interoperability test cases on CAdES signatures (ETSI TS 101 733) V2.2.1 as well as the CAdES Baseline Profile TS 103 173 V2.2.1. It will take into account the introduction of the new Archive Time Stamp attribute V3.

This event will provide full test coverage of the specifications including testing signatures evolution simulating real life situations. It will be based on the future test specification ETSI TS 119 124 “CAdES Testing Conformance & Interoperability”.

This Plugtests event will enable participants to conduct 4 types of tests (Interoperability and Conformance):

  • Generation and cross-verification (Positive) tests.
  • Only-verification (Negative) tests.
  • Upgrade and Arbitration tests.
  • Conformance testing (including new archive time stamp attribute V3).

The purpose of this event is:

  • To enable participants to assess the level of interoperability of CAdES.
  • To identify additional issues that should be taken into account in future CAdES standardization activities.
  • To improve the quality of CAdES specifications.
  • To ease the introduction of CAdES signatures, by providing the means to solve interoperability problems before widespread deployment.

ETSI plays a key role in the development of electronic signature related standards, including XAdES (TS 101 903), CAdES (TS 101 733), PAdES (ETSI TS 102 778) and TSL (TS 102 231).

This plugtest will include a set of specific test cases which will be defined in the future test suite ETSI TS 119 124 “CAdES Testing Conformance & Interoperability”. It provides full test coverage of the CAdES specification (ETSI TS 101 733) and to the related Baseline profile (ETSI TS 103 173).

As this is a REMOTE event, there will be no need for the participants to travel to the ETSI premises and all signature exchanges and verifications will be performed via the dedicated portal http://xades-portal.etsi.org.

El 20 de junio de 2013 se celebra en Zaragoza la jornada “FACTURA ELECTRÓNICA Y FIRMA ELECTRÓNICA”


El Centro demostrador del DNI electrónico con sede en Walqa (Huesca) organiza en Zaragoza el próximo 20 de junio de 2013 la jornada gratuita “FACTURA ELECTRÓNICA Y FIRMA ELECTRÓNICA” al que han tenido la amabilidad de invitarme.

El evento comienza a las 9:30 y tiene lugar en:

Edificio Pignatelli – Puerta 19 – Sala Jerónimo Zurita

Paseo María Agustín, 36

Zaragoza

Para asistir hay que inscribirse pinchando este enlace.

AGENDA DE LA JORNADA

09:30-09:45 Registro de asistentes

09:45-10:00 Presentación de la Jornada “FACTURA ELECTRÓNICA Y FIRMA ELECTRÓNICA”

10:00-10:45 “Factura electrónica”. D. Julián Inza. Presidente de EADTrust

10:45-11:30 “Software de facturación: Facturae y su utilización en el Ministerio de Industria, Energía y Turismo”. Dª. Mª Jesús García Martín. Ministerio de Industria, Energía y Turismo

11:30-12:15 “Digitalización certificada”. D. Ismael Barrero. Notarnet

12:15-12:30 Pausa

12:30-13:45 Mesa redonda “VISIÓN PRÁCTICA DEL DNI ELECTRÓNICO. PERSPECTIVAS FUTURAS” moderada por D. Julián Inza.

  • Dª. María Puyuelo. Directora Área de Innovación y TIC. Cámara de Comercio de Huesca
  • D. Miguel Angel Barea. Incita
  • Dª. Mª Jesús García Martín. Ministerio de Industria, Energía y Turismo

13:45-14:00 Networking