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Evento de ASEPEC el 26 de junio de 2024 para conmemorar el 25º aniversario de los servicios de confianza .


La Asociación de Prestadores de Servicios de Confianza de España (ASEPEC) conmemora el 25º aniversario del nacimiento formal de los servicios de confianza digital con un evento que tendrá lugar el 26 de junio de 2024 .

En la sesión del Consejo de Ministros de Telecomunicaciones de la Unión Europea, celebrada el 22 de abril de 1999, se informó favorablemente la adopción de una posición común, respecto del proyecto de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un marco común para la firma electrónica.

De esa posición común surgieron el Real Decreto-ley 14/1999, de 17 de septiembre, sobre firma electrónica y la Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 1999, por la que se establece un marco comunitario para la firma electrónica.

Para celebrar esta efeméride, ASEPEC organiza un evento en el que se tratarán los retos y oportunidades que afronta del sector de los Servicios de Confianza Digital. Este evento se llevará a cabo el próximo 26 de junio de 2024 en las oficinas del despacho ECIJA, ubicadas en la C/Serrano 69, Madrid.

También se podrá asistir al evento en formato online. Para asistir online hay que inscribirse (Inscripción al evento ASEPEC)

El evento contará con una programación diversa y enriquecedora que abordará los temas más actuales y relevantes del sector de los Servicios de Confianza Digital, desde la implementación de nuevos servicios cualificados de confianza definidos en el Reglamento UE 2024/1183 (EIDAS 2) que modifica el Reglamento UE 2014/910 (EIDAS 1) hasta la regulación NIS2 y los trabajos en curso en EBSI-NE.

La jornada promete ser una oportunidad de intercambio de conocimientos y experiencias, reuniendo a destacados profesionales y expertos de la industria.

🔹 Agenda:

09:30 – Bienvenida, registro y café
10:00 – Presentación: Ramiro Muñoz
10:15 – Delegación del uso de certificados cualificados: Alonso Hurtado
10:45 – Wallet y Credenciales verificables: Lluís Ariño
11:15 – Regulación y trabajos de EBSI-NE: Nacho Alamillo
11:45 – Vídeoidentificación tras EIDAS 2: Julián Inza
12:15 – Nuevos servicios de Confianza EIDAS 2: Paloma Llaneza
12:45 – Receso – Cocktail
13:10 – Debate:: Retos y oportunidades del sector, moderado por Raúl Rubio
14:00 – Fin del evento

¡Será un día repleto de aprendizaje y networking en compañía de destacados profesionales del sector que no te puedes perder!

🔗 ¡Regístrate ahora y asegura tu plaza!
https://lnkd.in/d3RhkrRS

Este evento está abierto en modalidad presencial para los prestadores de servicios de confianza cualificados, no cualificados y CAB. Todos los demás interesados podrán asistir de forma online.

Estaremos encantados de contar con tu compañía en un día tan importante para nosotros. 😊🎉

Evento en Vigo el 13 de junio de 2024: Identidad Digital Europea y Servicios Cualificados de Confianza Digital.


Se trata del Ciclo de sesiones sobre ciberseguridad e identidad digital organizado por Garrigues, Axencia para a modernizacion tecnolóxica de Galicia, Ciber.gal y Gradiant.

Esta es ya la Sesión 3 y toca varios aspectos regulatorios relacionados con la ciberseguridad:

  • Identidad digital y privacidad: EIDAS 2. Cartera de identidad digital europea y Servicios cualificados de Confianza Digital.
  • Mercados de datos: Reglamento de Gobernanza de Datos (DGA) y Reglamento de Datos (DA)

Cuando: Jueves, 13 de junio de 2024 • 10:00 a 13:00 h.
Donde: Sede Afundación – Rúa Policarpo Sanz, 24, 26, Santiago de Vigo, 36202 Vigo, Pontevedra.
Formulario de inscripción: Sitio web de Gradiant.


En este ciclo de sesiones se está tratando el mapa regulatorio de la ciberseguridad en Europa y en España. En esta tercera y última sesión, se tratarán cuestiones de máxima actualidad, como el alcance del Reglamento EIDAS-2 (Reglamento UE 2024/1183) , publicado el 30 de abril de 2024 y que ha entrado en vigor el 20 de mayo, y las normas que rigen los nuevos mercados regulados de datos en la UE y el acceso a información pública, sin perder el vínculo con la ciberseguridad.

Será un encuentro para el debate y el intercambio de experiencias prácticas.

Programa
10:00 h – Apertura
Nicolas Santos, socio responsable de Garrigues en Galicia.
Luis Pérez Freire, director general de Gradiant.
10:15 h – EIDAS2 y la cartera de identidad digital europea
Jaime Loureiro Acuña, responsable de Seguridad Avanzada del Dato de Gradiant.
10:55 h – Servicios Cualificados de Confianza Digital. Certificación, firma y sello cualificados, sello de tiempo, archivo electrónico, identidad digital.
Julián Inza, presidente de EADTrust, grupo Garrigues.
11:35 h – Mercados de datos y su regulación en la UE. Reglamento de Gobernanza de Datos (DGA) y Reglamento de Datos (DA)
Alejandro Padín, socio de Garrigues, área de Economía del Dato, Privacidad y CiberSeguridad.
12:15 h – Cierre: Resumen y conclusiones del ciclo
Alejandro Padín, socio de Garrigues, área de Economía del Dato, Privacidad y CiberSeguridad.

Tras la sesión se dará paso al Coffee break y al momento de networking

Ver la hoja informativa sobre este evento en el sitio web de Garrigues.

El futuro de la identidad digital europea: expectativas vs realidad. Siguientes pasos


El próximo 28-05-2024 a las 17:00 tendrá lugar en el Comillas Conecta Lab sito en la Calle Galileo, 7, Madrid el evento «El futuro de la identidad digital europea: expectativas vs realidad» organizado por el Laboratorio de Identidad Digital que forma parte del Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE y que tengo el privilegio de dirigir

La inscripción gratuita para participar de forma presencial o a distancia se confirma en este enlace.

El Laboratorio de Identidad Digital que forma parte del Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE organiza esta interesante jornada, en el contexto del nuevo Reglamento (UE) 2024/1183 (eIDAS2), que ha entrado en vigor el 20 de mayo de 2024.

En el evento abordaremos los retos que se presentan para hacer realidad la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea (Cartera IDUE), y la nueva convocatoria de la «European Health and Digital Executive Agency» (HaDEA) denominada European Digital Identity and Trust Ecosystem (Standards and Sample Implementation).

La sesión se iniciará con una exposición de Julián Inza, sobre el proceso legislativo de eIDAS2, que ha concluido con la publicación del Reglamento (UE) 2024/1183  el pasado 30 de abril, y los desarrollos regulatorios y técnicos pendientes hasta la disponibilidad de las Carteras IDUE (EUDI Wallets) ofrecidas por los estados miembros, que se esperan para 2026 o 2027.

Se introducirán algunos de los retos pendientes de resolver, lo que dará pie al debate de la mesa redonda en la que participarán destacados expertos en servicios electrónicos de confianza. 

Entre los temas a debatir se incluye la posibilidad de que la Cartera ofrezca acceso a testimonios y credenciales de las Administraciones Públicas como si de una «Carpeta Ciudadana 2.0» se tratara. También sobre la forma en la que los ciudadanos podrán gestionar sus datos personales permitiendo cancelar datos cedidos con anterioridad. Se plantearán casos de uso transfronterizos con mención a los impulsados por los diferentes consorcios europeos participantes en los «Grandes Proyectos Piloto«.  

Programa

17:00 h – Bienvenida. 

Moisés Menéndez, Codirector del Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE.

17:05 h – Presentación: el camino marcado por eIDAS2.

Julián Inza, Presidente de EADTrust, y director del Laboratorio de Confianza Digital del Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE.

17:20 h – Mesa redonda: Retos y oportunidades en el proceso de creación de la Identidad Digital de la Unión Europea, y los servicios disponibles a través de la Cartera IDUE. 

Angel Puebla Martinez, Presidente del Comité Técnico de Normalización (UNE) SC17-SC37 de Identificación Digital.  

Julián Inza, Presidente de EADTrust, y director del Laboratorio de Confianza Digital del Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE.

Lucas Carmona, Director Identidad Digital Descentralizada de Teknei.

Tomás García-Merás, «Client Account Leadership Manager» de Accenture.

Modera Albi Rodríguez Jaramillo, colaborador del Observatorio Legaltech Garrigues-ICADE.

18:30 h – Clausura

Se han actualizado las especificaciones de los certificados digitales para el Cuaderno agrario


El Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE) tiene la finalidad de incorporar y mantener los datos de detalle de la gestión de la explotación agraria, de manera integrada con el nuevo Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA). Permite la grabación y actualización por parte del titular de la explotación de los datos de las actividades en la explotación en lo referente a las actuaciones fitosanitarias, la aplicación de fertilizantes, los riegos practicados, así como otras prácticas agrarias y no agrarias, e información indispensable relativa a la gestión de las explotaciones.

He escrito ya algunos artículos sobre el Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE):

Recientemente se han actualizado las especificaciones técnicas (con entrada en vigor en Junio de 2024) y se ha revisado la sección de certificados electrónicos.

En la actualidad, se recomiendan los certificados de Persona Jurídica para Sello Electrónico.

En el caso de solicitarlos a EADTrust, es posible elegir certificados basados en criptografía de curva elíptica ECC 256, que son los de uso más eficiente y seguro.

Contacte con EADTrust llamando al 902 365 612 o al 91 7160555, para obtener certificados electrónicos cualificados adecuados para el Cuaderno de Campo Digital. Indique, por favor, que es para ese uso, ya que las especificaciones son ligeramente diferentes a otras modalidades.

Hoy se ha publicado en el DOUE el Reglamento (UE) 2024/1183 (EIDAS2)


El DOUE del 30 de abril de 2024 publica el Reglamento (UE) 2024/1183 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) 910/2014 en lo que respecta al establecimiento del marco europeo de identidad digital, conocido como Reglamento eIDAS2.

Entre otros aspectos, establece las condiciones que permitirán el despliegue de la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea (Cartera IDUE), que favorecerá el uso transfronterizo de un sistema digital de gestión de Identidad, por el que los ciudadanos europeos podrán realizar diferentes gestiones de forma digital en su país y fuera de el.

Los países deberán emitir las Carteras Digitales (posiblemente durante el año 2027) y establecer la forma en la que se incorporarán a ella los «Datos de Identificación Personal (DIP)» del ciudadano que haya optado por usar la Cartera. No es obligatorio el uso de la Cartera por los ciudadanos.

También se gestionarán desde la Cartera los Testimonios Electrónicos (Cualificados y No Cualificados) de Atributos (TEA, TECA), para canalizar datos referidos al usuario de la Cartera desde Partes Informantes a Partes Informadas.

De esta manera se llevará el control de todas las cesiones de datos personales que haya autorizado el titular, y se podrá retirar el permiso de uso de esos datos en el futuro, de modo que por fin podremos registrar todas las veces en las que se nos pide información y la damos y decidir el ejercicio de los derechos SOPLAR (o ARCO) desde la propia Cartera.

También permitirá la realización de firmas electrónicas cualificadas (por las las persona físicas) y de sellos electrónicos cualificados (por las persona jurídicas).

Resumen del Reglamento

El Reglamento eIDAS 2 se divide en dos artículos, precedidos de 74 considerandos.

El artículo 1 realiza cincuenta y dos modificaciones en el Reglamento 910/2014. (EIDAS1), por lo que quedará una nueva versión de este reglamento

El artículo 2 establece la entrada en vigor de sus disposiciones a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Además, se modifican los 4 Anexos del Reglamento 910/2014. (EIDAS1) y se añaden 3 más.

Servicios cualificados tras el Reglamento eIDAS2

La lista de servicios cualificados será más amplia:

  • Certificado de persona física para realizar firmas electrónicas,
  • Certificado de persona jurídica para realizar sellos electrónicos,
  • Certificados para la autenticación de sitios web mediante protocolo TLS (QWAC)
  • Testimonios electrónicos de atributos (declaraciones electrónicas de atributos)
  • Sellos de tiempo electrónicos,
  • Servicios de entrega electrónica certificada,
  • Servicios de custodia digital de documentos (archivo electrónico)
  • Servicios de registro de transacciones con garantía de orden cronológico

La Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea

Gran parte del Reglamento se dedica a la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea de la que hemos hablado bastante en este Blog. Merece la pena ver, por ejemplo, la traducción que he realizado del documento de Arquitectura y Marco de Referencia 1.2 de la citada Cartera.

Los sistemas de verificación de identidad por videoconferencia para la emisión de certificados cualificados.

Una modificación que tendrá gran impacto en España es la que se refiere al artículo 24, apartado 1. La redacción anterior de este apartado indicaba:

  1. Al expedir un certificado cualificado para un servicio de confianza, un prestador cualificado de servicios de confianza verificará, por los medios apropiados y de acuerdo con el Derecho nacional, la identidad y, si procede, cualquier atributo específico de la persona física o jurídica a la que se expide un certificado cualificado.

La información a que se refiere el párrafo primero será verificada por el prestador de servicios de confianza bien directamente o bien por medio de un tercero de conformidad con el Derecho nacional:

a) en presencia de la persona física o de un representante autorizado de la persona jurídica, o

b) a distancia, utilizando medios de identificación electrónica, para los cuales se haya garantizado la presencia de la persona física o de un representante autorizado de la persona jurídica previamente a la expedición del certificado cualificado, y que cumplan los requisitos establecidos con el artículo 8 con respecto a los niveles de seguridad «sustancial» o «alto», o

c) por medio de un certificado de una firma electrónica cualificada o de un sello electrónico cualificado expedido de conformidad con la letra a) o b), o

d) utilizando otros métodos de identificación reconocidos a escala nacional que aporten una seguridad equivalente en términos de fiabilidad a la presencia física. La seguridad equivalente será confirmada por un organismo de evaluación de la conformidad.

Este pequeño detalle «métodos de identificación reconocidos a escala nacional» dio pie a que en España se aprobara la Orden ETD/465/2021. Pero ahora, el texto queda así:

«1. Al expedir un certificado cualificado o una declaración electrónica cualificada de atributos, el prestador cualificado de servicios de confianza verificará la identidad y, si procede, cualquier atributo específico de la persona física o jurídica a la que se expida el certificado cualificado o la declaración electrónica cualificada de atributos.

1 bis. La verificación de la identidad a que se refiere el apartado 1 se llevará a cabo por los medios adecuados, por el prestador cualificado de servicios de confianza, bien directamente o bien por medio de un tercero, sobre la base de uno de los siguientes métodos o de una combinación de los mismos cuando sea necesario de conformidad con los actos de ejecución a que se refiere el apartado 1 quater:

a) a través de la cartera europea de identidad digital o de un medio de identificación electrónica notificado que satisfaga los requisitos establecidos en el artículo 8 con respecto al nivel de seguridad alto;

b) por medio de un certificado de una firma electrónica cualificada o de un sello electrónico cualificado expedido de conformidad con la letra a), c) o d);

c) utilizando otros métodos de identificación que garanticen la identificación de la persona con un nivel alto de confianza, cuya conformidad será confirmada por un organismo de evaluación de la conformidad;

d) a través de la presencia física de la persona física o de un representante autorizado de la persona jurídica, mediante pruebas y procedimientos adecuados, de conformidad con el Derecho nacional.

Es decir, este nuevo reglamento desplaza la Orden ETD/465/2021 y la conformidad se establecerá a través de la norma europea de ETSI ETSI TS 119 461, ya publicada.

Pasos finales en la aprobación del Reglamento EIDAS 2


La mañana del 29 de junio de 2023 comenzó con una pequeña celebración en relación con el proceso de aprobación del Reglamento EIDAS2.

El anuncio de que el Consejo y el Parlamento alcanzaban un acuerdo sobre el marco legislativo de la identidad digital europea

Un acuerdo logrado entre las 2 y las 3 de la madrugada para consensuar los aspectos más espinosos del futuro Reglamento. La noticia (publicada en la web de la unión europea alrededor de las 3 y media de la madrugada) matizaba «los representantes de la Presidencia del Consejo y del Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo político provisional sobre los elementos principales de un nuevo marco para una identidad digital europea«.

El trílogo político final tuvo lugar del 8 de noviembre de 2023 cerrando formalmente las negociaciones durante la Presidencia española de la Unión Europea..

“Con la aprobación del Reglamento de Identidad Digital Europea damos un paso fundamental para que los ciudadanos puedan disponer de una identidad digital europea única y segura. Se trata de un avance clave para que la Unión Europea sea un referente en el ámbito digital protegiendo nuestros derechos y valores democráticos”, ha afirmado la vicepresidenta Nadia Calviño.

Al trílogo han asistido también el comisario europeo de Mercado Interior, Thierry Breton, y los colegisladores de este reglamento, los eurodiputados Cristian-Silviu Buşoi y Romana Jerković.

Durante estos dos años, se ha venido trabajando en el Parlamento Europeo, en el Consejo de la UE y en la Comisión Europea para alcanzar, tras 19 reuniones técnicas bajo la Presidencia española del Consejo de la UE, un acuerdo de texto final que será de obligado cumplimiento en todos los Estados miembros de la Unión Europea. celebración en relación con el proceso de aprobación del Reglamento EIDAS2.

El texto fue aprobado por la Comisión de Industria, Investigación y Energía del Parlamento Europeo (ITRE) el 7 de diciembre de 2023 y por el Comité de Representantes Permanentes de los Estados miembros de la UE (COREPER) el 6 de diciembre de 2023.

El Pleno de Parlamento Europeo lo aprobó el 29 de febrero de 2024 (335 votos a favor, 190 votos en contra y 31 abstenciones).

¡Con esta votación histórica se da otro paso en el desarrollo de una identidad digital europea para todos los ciudadanos europeos, válida y reconocida en toda Europa!

Con las nuevas normas, se establece un nuevo estándar mundial sobre cómo será en el futuro una identidad digital fiable, segura y fácil de usar.

El 26.03.2024, en el penúltimo paso para la publicación del EIDAS2 en el Diario Oficial, el Consejo de la Unión Europea adoptó el texto que modifica el Reglamento eIDAS.

El Reglamento revisado constituye un claro cambio de paradigma para la identidad digital en Europa. Su objetivo es garantizar que las personas y las empresas de toda Europa tengan acceso universal a una identificación y autenticación electrónicas seguras y fiables.

Principales elementos del Reglamento revisado:

🔹 El lanzamiento del monedero europeo de identidad digital.

🔹 Los testimonios electrónicos cualificados de atributos (TECA)

🔹 Cualquier persona puede utilizar una firma electrónica cualificada gratuita en la Cartera IDUE  para uso no profesional.

El 11.04.024 se firma por los Presidentes del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo el texto final del Reglamento EIDAS 2 que se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

En el siguiente diagrama se describen los hitos ya logrados y se detallan los procesos en curso

Durante la tramitación del Reglamento eIDAS2, la Agencia Ejecutiva Europea en los ámbitos de la Salud y Digital (HaDEA) licitó el desarrollo de «Grandes Proyectos Piloto» que dio lugar a la aparición de cuatro grandes consorcios con participación Publico / Privada que han ido desarrollando sus proyectos desde mayo de 2023. Contemplan 11 casos de uso: diplomas universitarios, carné de conducir, identificaciones nacionales, apertura de cuentas bancarias…

Estos consorcios son Potential, Nobid, EWC o DC4EU, con presencia española en los dos últimos.

Los cuatro proyectos piloto a gran escala son:

  • El Consorcio de Carteras de Identidad Digital de la UE (EWC) se centra en definir credenciales de viaje digitales en todos los Estados miembros. El EWC tiene la intención de basarse en la aplicación de Carterade referencia para permitir los usos relacionados con las credenciales de viaje digitales.
  • El Consorcio Potential tiene como objetivo fomentar la innovación, la colaboración y el crecimiento en seis sectores que hacen uso de la identidad digital: administración pública, banca, telecomunicaciones, licencias de conducción móvil, firmas electrónicas y salud.
  • EL Consorcio NOBID se impulsa desde algunos países nórdicos y bálticos que, junto con Italia y Alemania, pondrán a prueba el uso de la cartera de identidad digital de la UE para gestión de pagos en un contexto de uso bancario.
  • En el Consorcio DC4EU (Digital Credentials for Europe) colaboran el sector público y el sector privado incluyendo el ámbito educativo y la seguridad social mediante el despliegue y el acceso a infraestructuras de servicios digitales interoperables en un marco de confianza transfronterizo.

Entre unos y otros, los pilotos están explorando el uso de la cartera digital en estas 11 áreas:

  1. Acceso a los servicios públicos: Acceso seguro a servicios públicos digitales, como solicitar un pasaporte o licencia de conducir, presentar impuestos o acceder a la información de seguridad social.
  2. Apertura de una cuenta bancaria: Verificación de la identidad de un usuario al abrir una cuenta bancaria en línea, eliminando la necesidad de que el usuario proporcione repetidamente su información personal
  3. Registro de tarjeta SIM: Prueba de identidad a efectos de contratos de tarjeta SIM pre y postpago (registro y activación), reduciendo el fraude y los costes para los operadores de redes móviles de telecomunicaciones.
  4. Licencia de conducción móvil: El almacenamiento y la presentación del carnet de conducir móvil en interacciones tanto en línea como presenciales (fuera de línea), por ejemplo mostrando a un agente el carnet de conducir.
  5. Firma de contratos: Crear firmas digitales seguras para firmar contratos en línea, eliminando la necesidad de documentos en papel y firmas manuscritas.
  6. Presentación de recetas: Proporcionar detalles de prescripción médica de medicamentos a las farmacias para que estas puedan dispensarlas.
  7. Documentación de viaje: Para presentar información de documentos de viaje (por ejemplo, pasaporte, visado), lo que permite un acceso rápido y fácil cuando se pasa por los controles de seguridad de aeropuertos y aduanas.
  8. Identidades digitales organizativas: Para demostrar el otorgamiento de poderes a los representantes de las empresas.
  9. Pagos: Verificación de la identidad de un usuario al iniciar un pago en línea.
  10. Certificación de educación: Prueba de posesión de títulos y diplomas educativos, para acreditarlos en la solicitud de empleo o al inscribirse en un nuevo proceso formativo.
  11. Seguridad Social: La cartera de identidad digital de la UE permite acreditar la cobertura de un seguro para acceder a las prestaciones de seguridad social de un usuario (por ejemplo, pensiones o prestaciones por discapacidad) en su país o en otro, por ejemplo . acogiendo la tarjeta sanitaria europea.

Además, la la Agencia Ejecutiva Europea en los ámbitos de la Salud y Digital (HaDEA) licitó el desarrollo del código fuente de referencia de la Cartera IDUE que fue adjudicado a la empresa sueca Scytale AB y que esta ha liberado como primera versión en el portal GitHub: EUDI Wallet Reference Implementation

Por otro lado, el Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones (ETSI) está desarrollando algunas normas técnicas necesarias para la implementación de las nuevas funcionalidades de la Cartera IDUE.

Call to action:

Si tu empresa utiliza sistemas de identificación digital y queréis ver como podéis prepararos para ser parte del nuevo ecosistema que se ha de crear en torno a la Cartera IDUE contacta con EADTrust en el +34 917160555 (o por email: infor (sin r) at eadtrust punto eu) y explora los servicios que podemos ofreceros.

Ya somos Prestador Cualificado de Servicios de Confianza y algunos de nuestros servicios cualificados pueden resolver ya retos que os estéis planteando.

Validación de certificados y firmas cualificadas


Hay una alternativa a Valide que ayuda distinguir mejor las firmas cualificadas y los sellos cualificados, y da mayor detalle sobre si se emplea o no Dispositivo Cualificado de Creación de Firma (en inglés QSCD Qualified Signature/Seal Creation Device):

La Plataforma DSS (Digital Signature Service) de EADTrust es una herramienta de validación de certificados y firmas mucho más completa, y también indica si el certificado utilizado se incluye en la lista de confianza de prestadores y servicios cualificados de la Unión Europea.

En España hay bastantes servicios de «recogida de firmas» que captan firmas simples o firmas avanzadas y que dicen cumplir con la normativa EIDAS.

Eso, en realidad, es fácil porque el artículo 25 del Reglamento EIDAS establece :

Artículo 25

Efectos jurídicos de las firmas electrónicas

  1. No se denegarán efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba en procedimientos judiciales a una firma electrónica por el mero hecho de ser una firma electrónica o porque no cumpla los requisitos de la firma electrónica cualificada.
  2. Una firma electrónica cualificada tendrá un efecto jurídico equivalente al de una firma manuscrita.
  3. Una firma electrónica cualificada basada en un certificado cualificado emitido en un Estado miembro será reconocida como una firma electrónica cualificada en todos los demás Estados miembros.

Pero lo cierto es que esos sistemas de recogida de firmas simples y avanzadas lo que hacen es confundir a los usuarios, porque los ciudadanos de a pie no tienen por qué ser expertos en firma electrónica cualificada. Se espera que los expertos estén detrás de esas empresas «especialistas», que están gestionando algunas de estas firmas, que tienen «menos papeles que un conejo de monte».

En realidad, a las empresas (y a sus clientes) les interesa que las firmas electrónicas que se gestionan «on-line» sean de tipo «cualificado«, entre otros motivos porque su fuerza probatoria es, en términos que usan los los abogados «iuris tantum«. Es decir, válidas salvo prueba en contrario, que deberá aportar la parte que niega su validez

En efecto, la Ley 6/2020 introdujo una aclaración de sus efectos en la Ley de Enjuiciamiento Civil:

«4. Si se hubiera utilizado algún servicio de confianza cualificado de los previstos en el Reglamento citado en el apartado anterior (Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior), se presumirá que el documento reúne la característica cuestionada y que el servicio de confianza se ha prestado correctamente si figuraba, en el momento relevante a los efectos de la discrepancia, en la lista de confianza de prestadores y servicios cualificados.

Si aun así se impugnare el documento electrónico, la carga de realizar la comprobación corresponderá a quien haya presentado la impugnación. Si dichas comprobaciones obtienen un resultado negativo, serán las costas, gastos y derechos que origine la comprobación exclusivamente a cargo de quien hubiese formulado la impugnación. Si, a juicio del tribunal, la impugnación hubiese sido temeraria, podrá imponerle, además, una multa de 300 a 1200 euros.»

Esa es una de las razones por lo que es tan útil una herramienta como esta: si recibimos un documento PDF firmado electrónicamente, el software «Adobe Reader» ya nos dice , por ejemplo, si el certificado es cualificado mostrando un candadito en la propiedades de la firma electrónica (con ello se comprueba, por ejemplo, si el prestador que emitió el certificado está en la lista TSL europea), incluso si se ha usado un QSCD. Pero para saber todo el detalle de las firmas electrónicas y de los certificados, esta herramienta DSS es posiblemente la más potente y la más sencilla de usar.

Charla grabada sobre la cartera de identidad digital de la Unión Europea en el contexto del nuevo Reglamento europeo de servicios de confianza


El 22 de febrero de 2022 se publicó una versión preliminar del documento «ARF» (European Digital Identity Architecture and Reference Framework – Outline).

Inmediatamente, el Instituto Blockchain intelligence convocó el Simposio “Actualidad de la Identidad digital autosoberana y su impacto en la economía digital” para el día 27 de febrero de 2022.

La jornada arrancó con una mesa redonda “El nuevo marco europeo de identidad digital: Reglamento EIDAS2, el ARF y la cartera de identidad digital europea (EUID Wallet)”, moderada por Isabel Fernández Torres, que contó con la participación de Cristina Timón López de la Universidad de Murcia, Carlos Pastor de INETUM y yo mismo, Julián Inza de EADTrust.

En la segunda mesa redonda, moderada por Almudena de la Mata, expertos de la Comisión Europea como José Manuel Panizo, y de la industria como Lucas Carmona de Teknei y Lluis Ariño, de la Universitat Rovira i Virgili se analizó el uso de la identidad digital en la red EBSI.

La última mesa estuvo moderada por Almudena de la Mata, y en ella participaron Arturo Brazal de la Agencia Española de Protección de datos, Javier Ibañez de Alastria y Rafael Eguilior de Procesia.

De aquel evento he extraído mi charla, que está disponible en Youtube.

Charla sobre EIDAS2 y la Cartera IDUE

Aunque los que seguís el Blog ya sabéis que he ido publicando las traducciones al español (y al euskera, catalá y galego) de las diferentes versiones del documento ARF (en español, Arquitectura y Marco de Referencia), lo que hoy os traigo es un pequeño reto.

¿En qué minuto del video se menciona al elefante?

Los que lleguéis a encontrarlo podéis mandarme un mensaje privado por Twitter (X). Mientras, iré pensando en algún tipo de premio, algo humorístico y de escaso valor, para los que acierten (y me lo comuniquen).

Animo a las empresas y organismos que están analizando el futuro impacto de la normativa EIDAS2 y de la Cartera IDUE en sus actividades a que nos contacten porque podemos plantear sesiones conjuntas de análisis de situación en las que participan expertos de Garrigues y de EADTrust y puede quedar más claro como actuar de cara a los próximos años.

Se puede llamar al 91 7160555 para solicitar presupuesto. O contactar a través del correo electrónico indicado en nuestra página web.

ARF V1.2 – Arquitectura y marco de referencia de la cartera de identidad digital de la Unión Europea


El viernes 19 de enero de 2024 vi que se había publicado la versión V1.2 del documento «European Digital Identity Wallet Architecture and Reference Framework» que también tiene otros títulos: The Common Union Toolbox for a Coordinated Approach Towards a European Digital Identity Framework (en español, «La Caja de herramientas Común de la Unión para un enfoque coordinado hacia un Marco Europeo de Identidad Digital»).

El documento ARF V1.2 está fechado en noviembre de 2023, pero desde entonces ya se ha publicado el texto final del reglamento EIDAS2 que modifica el Reglamento EIDAS «1» acordado en noviembre de 2023 tras el proceso de trílogos, y después ratificado por el Comité ITRE del Parlamento Europeo en diciembre de 2023.

Esta versión del ARF incluye un nuevo capítulo 5 que describe el modelo de confianza del ecosistema de Cartera IDUE y detalla, por ejemplo, los estados de la Instancia de Cartera IDUE:

Desde que se aprobó la versión por el Grupo de Expertos del Toolbox, han pasado varios meses hasta verla publicada, considerando las menciones a futuros desarrollos del documento parece que pronto se podría publicar la versión V1.3..

Me he dado prisa en traducirla, como premio a los lectores de este Blog, y también pensando en proyectos de Cartera IDUE (o EUDI Wallet) en curso, como algunos de los que que estamos contribuyendo a impulsar desde EADTRUST.

Aquí está la traducción al español de «European Digital Identity Wallet Architecture and Reference Framework», es decir «Arquitectura y marco de referencia de la cartera de identidad digital de la Unión Europea»:

Animo a las empresas y organismos que están analizando el futuro impacto de la normativa EIDAS2 y de la Cartera IDUE en sus actividades a que nos contacten porque podemos plantear sesiones conjuntas de análisis de situación en las que participan expertos de Garrigues y de EADTrust y puede quedar más claro como actuar de cara a los próximos años.

Se puede llamar al 91 7160555 para solicitar presupuesto. O contactar a través del correo electrónico indicado en nuestra página web.

GoCertius, una App que testimonia pruebas electrónicas irrefutables de audio, video y documentos


Fruto de la colaboración entre Garrigues y EADTrust tras la entrada en el capital del Prestador Cualificado de Servicios de Confianza por parte de la Firma de Abogados líder en España, hemos puesto a disposición de los ciudadanos una nueva App para teléfonos móviles denominada GoCertius.

Ayer se hicieron públicas algunas pinceladas respecto a la estrategia del bufete Garrigues que impulsa una factoría ‘legaltech’ y lanza con EADTrust la ‘app’ GoCertius de certificación digital de videos, audios y documentos.

La noticia cita algunas ideas de Eduardo Abad, socio responsable del Comité de Innovación y Digitalización, de Garrigues.

Como presidente de EADTust, es para mi un honor que formemos parte de esta vanguardista propuesta que busca transformar el panorama de la confianza digital en el nuevo contexto regulatorio basado en EIDAS2 y la propia evolución de la economía digital en los próximos años..

En estos momentos Garrigues muestra su oferta de servicios con «nuevos negocios digitales poco habituales en el ámbito legal».

En la que estamos contribuyendo desde EADTrust, creando conjuntamente una «factoría digital» ideada por Garrigues que diseña y desarrolla nuevos productos, servicios y herramientas. que permiten desplegar servicios o soluciones legaltech del ámbito de la confianza digital, contribuyendo a la adopción de la digitalización de los contratos y aportando un ecosistema de desarrollo alrededor de los activos digitales.

Un «gran laboratorio» que ya ofrece en los repositorios de aplicaciones de iPhone y Android su primera aplicación, GoCertius, dedicada a certificar digitalmente lo que se pueda captar con la cámara o el micrófono del teléfono móvil o los documentos que pasen por el.

Además, GoCertius permite ejemplificar la apariencia de las certificaciones de pruebas electrónicas de forma que se puedan presentar en juicio o en entornos de resolución de controversias, beneficiándose de que la certificación describe de forma entendible por no expertos las circunstancias en las que se han recogido las pruebas.

GoCertius es una aplicación que permite certificar vídeos, fotos y cualquier archivo digital, añadiendo a la captura un sello de tiempo cualificado que crea una prueba de máxima eficacia legal permitida por la regulación vigente. Además registra el rasttro de evidencias en una blockchain. Las certificaciones generadas por GoCertius se sellan electrónicamente con un sello electrónico cualificado y explican la vinculación de los elementos testimoniados con sellos de tiempo cualificados asociados a cada uno de ellos.

«Con este y los productos que le seguirán, Garrigues pretende dar un paso más en su contribución a la seguridad jurídica de las empresas y ciudadanos en una sociedad cada vez más digitalizada», en palabras de Eduardo Abad.

GoCertius es de uso abierto para cualquier persona que lo instale en su móvil y es de uso gratuito en la mayor parte de los casos. Para los usuarios que necesiten testimoniar de manera habitual un gran número de pruebas digitales existe un modelo de tarificación muy atractivo. Este modelo «freemium» permite probar la App sin coste y valorar si puede ser interesante adoptarlo como herramienta profesional.

Con los mismos principios, Garrigues y EADTrust promovemos una plataforma que se puede implantar en diferentes entornos profesionales (bancos, aseguradoras, empresas de telecomunicaciones, compañías eléctricas,…) para reforzar sus sistemas de contratación a distancia generando certificaciones disponibles para la entidad y para sus clientes que así pueden disponer de la misma posición probatoria, lo que yo llamo «simetría probatoria», y que coincide con la expresión acuñada de «igualdad de armas ante la ley».

Esta «factoría» se erige como un punto de convergencia entre la innovación y la legalidad, ofreciendo soluciones integrales que abordan las necesidades emergentes en seguridad jurídica digital y cumplimiento.

La plataforma está disponible en entornos Cloud respetuosos con las legislaciones europeas y como «armario digital» desplegable «on premise».

Tanto Eduardo Abad como yo pensamos que «la factoría» es, probablemente, el elemento más disruptivo y diferenciador en materia de innovación puesto en marcha por nuestras organizaciones recientemente.

Gracias a «la factoría» de Garrigues, estamos iniciando una etapa crucial en la que transformamos la experiencia y conocimiento acumulados a lo largo de los años en este blog, en un catálogo completo de soluciones digitales. Este catálogo abarca diversos formatos y está diseñado para facilitar la seguridad jurídica digital y el cumplimiento normativo, adaptándose a las necesidades actuales y futuras del sector.

Un aspecto que diferencia esta iniciativa es el papel activo de Garrigues en el pensamiento y diseño de estos productos y servicios. Al estar ideados desde un despacho legal, adquieren un carácter único y están intrínsecamente alineados con las normativas y los estándares de seguridad jurídica digital. Este enfoque no solo garantiza la legalidad de las soluciones propuestas, sino que también las enriquece con una perspectiva legal integral.

La factoría es un paso más en la senda iniciada por Garrigues que anunció el pasado mes de marzo de 2023 la compra de un 51% de EADTrust.

EADTrust, es un prestador cualificado de servicios electrónicos de confianza bajo la supervisión del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Aquel anuncio reflejaba un posicionamiento estratégico en un mercado «clave» en el nuevo marco regulatorio definido por el reglamento elDAS 2 (en inglés, electronic identification, authentication and trust services 2), que impulsa nuevos servicios cualificados prestados por los proveedores de servicios de confianza en el marco de la economía digital, y les permite ofrecer productos y servicios «críticos» para la seguridad jurídica.

Desde EADTrust también colaboramos con Garrigues en temas como la Inteligencia Artificial (IA) generativa.

Garrigues cuenta con un equipo de más de 150 profesionales de diversas áreas que está desarrollando «una arquitectura integrada por modelos propios» para resolver tareas específicas, de momento, al servicio de sus propios abogados, pero que «en poco tiempo se podría ofrecer también a clientes» para trabajos concretos.

En EADtrust estamos completando un modelo de verificación de cumplimiento que permitirá certificar que los datos con que se entrenan ciertos sistemas de LLM (Large Language Model) son propios y no sufren sesgos derivados de fuentes externas de datos.

«En Garrigues, consideramos que la innovación es fundamental para el desarrollo de nuestro negocio«, en palabras de Eduardo Abad. Un planteamiento que va más allá de una reflexión táctica ya que la clave del proceso de transformación digital del bufete se configura como un planteamiento estratégico.

Y en EADTrust estamos muy orgullosos se ser una pieza clave de esa estrategia.

Conclusión

La factoría ‘legaltech’ de Garrigues, apoyada por EADTrust, representa un paso significativo hacia la innovación en el campo de la confianza digital. Con proyectos como GoCertius, estamos no solo proporcionando herramientas útiles, sino también educando al mercado sobre la importancia de la seguridad jurídica en el entorno digital. Esta iniciativa marca el comienzo de una nueva era en la que la tecnología y la ley se fusionan para crear un entorno digital más sencillo, seguro y confiable.