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Desde los usos cotidianos en la administración y en la empresa hasta su valor histórico, los documentos electrónicos plantean retos y oportunidades en su gestión

Caixa Galicia acepta contratos electrónicos con el DNI electrónico


Ayer tuve la ocasión de colaborar con Caixa Galicia en el lanzanmiento una nueva forma de contratación electrónica, pienera entre las entidades financieras y que fue presentada en rueda de prensa en La Coruña.

Rueda de Prensa - Caixa Galicia - José Valiño, Marcelino Fernández, Antonio Vázquez de Parga

En virtud de este desarrollo, las personas que deseen abrir una cuenta Caixa-Galicia-On podrán utilizar su DNI electrónico (DNIe) y otros certificados reconocidos para firmar el contrato por Internet. Todo desde la comodidad de su casa y sin tener que desplazarse a las oficinas de la caja de ahorros o al buzón de correos.  

El nuevo DNIe incluye un chip que contiene dos certificados, uno de autenticación y otro de firma. Algunos bancos y cajas, entre los que se encuentra Caixa Galicia ya han utilizado el certificado de autenticación para identificar a sus clientes cuando acceden a su página web. Caixa Galicia es la primera entidad que habilita el uso del certificado de firma electrónica y posibilita así la contratación de servicios financieros 100% online.  

Este anuncio se produce en el marco de los procesos de innovación que Caixa Galicia ha impulsado desde hace unos años. 

En Mayo de 2002, Caixa Galicia lanza su Oficina por Internet, On Caixa Galicia, con el fin de satisfacer la creciente demanda por parte de los clientes del uso de nuevos canales para la contratación de productos y servicios financieros.
 
Con esta iniciativa, Caixa Galicia marcaba distancias respecto al sector de cajas de ahorro por su mayor y más avanzado uso de las nuevas tecnologías y canales en su actividad comercial.

En ese momento, el proceso de contratación online era doble: por un lado, estaban los clientes de Banca Electrónica de la Caja gallega, que podía contratar productos financieros de manera online, utilizando sus claves como firma de los contratos; y por otro lado, los nuevos clientes, que por motivos de seguridad, debían identificarse a través de un sistema de correspondencia convencional.

Desde el año 2002, el avance tecnológico ha sido constante, y Caixa Galicia ha liderado diferentes iniciativas relacionadas con las mejoras de la autenticación de clientes en los servicios web, con el uso de la telefonía móvil o la funcionalidad disponible en los cajeros automáticos. De hecho, el DNI Electrónico ya se utiliza en Caixa Galicia como sistema de autenticación para acceder a su servicio de Banca Electrónica, Caixa Activa, a través de la página web de la entidad. 

El servicio que hoy se anuncia, reconoce el derecho de los ciudadanos a utilizar el DNI electrónico en sus transacciones telemáticas, y por ello se enmarca en un conjunto de iniciativas legislativas que se han producido durante el año 2007, que afectan a las entidades financieras y a otros sectores, y que se han tenido en cuenta de forma pionera al desarrollar el proyecto:

  • Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
  • Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.
  • Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.

El gobierno ha invertido más de 315 millones de euros en el despliegue del DNI electrónico. Próximamente se completará el despliegue de equipamiento en las comisarias de expedición del DNI y ya no será posible conseguir el antiguo DNI al ir a renovar.

En Marzo de 2008 se superará la barrera de los 3 millones de DNIe emitidos y a un ritmo de 20.000 unidades expedidas cada dia,  se estima que 2008 finalizará con más de 6 millones de documentos.

El DNIe va a ser un instrumento de capital importancia en la modernización de las relaciones entre ciudadanos, empresas y administraciones públicas. Muy pronto será habitual utilizarlo para la contratación de todo tipo de servicios por Internet, desde abrir una cuenta bancaria a contratar una hipoteca, pasando por la contratación del seguro del coche o el ADSL.

A la vista de esta tendencia,Caixa Galicia estima para que este año 2008, el 5% de los nuevos contratos de las modalidades de cuenta on-line se perfeccionarán mediante firma electrónica, y que en el año 2009 este sistema se extenderá al 20% de los contratos.

Antonio Vázquez de Parga

Según Antonio Vázquez de Parga, Director de Estrategia Digital de Caixa Galicia: «El DNI electrónico puede suponer una auténtica revolución para el sector bancario. Posibilita nuevos servicios y vías de comunicación. La adaptación de cajeros al nuevo DNIe y la firma electrónica de contratos forman parte de  una ambiciosa estrategia de modernización de Caixa Galicia enfocada a ofrecer servicios más cómodos, ágiles y seguros a nuestros clientes.»

Firma electrónica con el DNI electrónico

Para la prestación de este servicio Caixa Galicia ha llegado a un acuerdo con «Tractis«, una plataforma de contratación electrónica integrada con autoridades de certificación a nivel internacional y que permite la generación, almacenamiento y preservación de evidencias electrónicas con plena validez legal. Para mi es una doble satisfacción como consultor, por un lado por los matices técnicos y legales tenidos en cuenta por Caixa Galicia en el proyecto, y por otro por los considerados en la plataforma Tractis.

En la actualidad, la Oficina Virtual de la entidad gallega cuenta con más de 36.000 clientes y ya supera los 800 millones de euros de volumen de negocio, por lo que se consolida como una entidad de referencia en el sector online.

Tiempo de tertulia: Firma electrónica y Factura electrónica


Como he dicho, ayer fue un día intenso.

Algo después de las 12:00 participé en una interesante tertulia que se emitirá dentro de algunos días dentro del programa Tiempo de Tertulia.

El tema, uno de mis favoritos. La Firma Electrónica y la Factura Electrónica, salpicado con referencias al DNI electrónico, las barreras sociales a la adopción de la firma electrónica, y las cosas que se podrán hacer con ella, especialmente tras toda la reciente legislación que la estimula.

Y los compañeros de tertulia, insignes especialistas:

  • Juan Crespo de la Dirección General de la Policía
  • Julio Cesar Fernández de CECA
  • Adrián Moure de Safelayer
  • Oski Goldfryd  de FinancialTech Magazine
  • Salvador Soriano del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

y un servidor, Julián Inza de Albalia Interactiva.

Según he leído, Tiempo de Tertulia difundido por ATEI se considera uno de los mejores programas de divulgación.

Una multiencuesta, «Preferencias de los estudiantes universitarios en España e Iberoamérica», realizada con la colaboración de varias Federaciones Universitarias, Asociaciones y Universidades en España y 19 países iberoamericanos, ha recogido por primera vez, con la máxima cualificación, un programa español, «Tiempo de tertulia».

El sondeo considera a este espacio como el «mejor programa de divulgación y contenido cultural en español de TV». En el apartado de «documentales educativos», ha sido elegido National Geographic; como «canal cultural», Canal Historia; y Planeta como la «editorial más completa».

Digitalización Certificada y Compulsa electrónica


La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (LAECSP) introduce algunos aspectos interesantes en la gestión de documentos electrónicos, que, aunque requieren desarrollo, concretan obligaciones de todas las administraciones públicas.

Destaco hoy los artículos 3o y 31. 

Artículo 30. Copias electrónicas.

1. Las copias realizadas por medios electrónicos de documentos electrónicos emitidos por el propio interesado o por las Administraciones Públicas, manteniéndose o no el formato original, tendrán inmediatamente la consideración de copias auténticas con la eficacia prevista en el artículo 46 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siempre que el documento electrónico original se encuentre en poder de la Administración, y que la información de firma electrónica y, en su caso, de sellado de tiempo permitan comprobar la coincidencia con dicho documento.

2. Las copias realizadas por las Administraciones Públicas, utilizando medios electrónicos, de documentos emitidos originalmente por las Administraciones Públicas en soporte papel tendrán la consideración de copias auténticas siempre que se cumplan los requerimientos y actuaciones previstas en el artículo 46 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Las Administraciones Públicas podrán obtener imágenes electrónicas de los documentos privados aportados por los ciudadanos, con su misma validez y eficacia, a través de procesos de digitalización que garanticen su autenticidad, integridad y la conservación del documento imagen, de lo que se dejará constancia. Esta obtención podrá hacerse de forma automatizada, mediante el correspondiente sello electrónico.

4. En los supuestos de documentos emitidos originalmente en soporte papel de los que se hayan efectuado copias electrónicas de acuerdo con lo dispuesto en este artículo, podrá procederse a la destrucción de los originales en los términos y con las condiciones que por cada Administración Pública se establezcan.

5. Las copias realizadas en soporte papel de documentos públicos administrativos emitidos por medios electrónicos y firmados electrónicamente tendrán la consideración de copias auténticas siempre que incluyan la impresión de un código generado electrónicamente u otros sistemas de verificación que permitan contrastar su autenticidad mediante el acceso a los archivos electrónicos de la Administración Pública, órgano o entidad emisora.

Artículo 31. Archivo electrónico de documentos.

1. Podrán almacenarse por medios electrónicos todos los documentos utilizados en las actuaciones administrativas.

2. Los documentos electrónicos que contengan actos administrativos que afecten a derechos o intereses de los particulares deberán conservarse en soportes de esta naturaleza, ya sea en el mismo formato a partir del que se originó el documento o en otro cualquiera que asegure la identidad e integridad de la información necesaria para reproducirlo. Se asegurará en todo caso la posibilidad de trasladar los datos a otros formatos y soportes que garanticen el acceso desde diferentes aplicaciones.

3. Los medios o soportes en que se almacenen documentos, deberán contar con medidas de seguridad que garanticen la integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos almacenados. En particular, asegurarán la identificación de los usuarios y el control de accesos, así como el cumplimiento de las garantías previstas en la legislación de protección de datos.

Habrá que ver como se desarrollan estos artículos, ya que se deja un margen de ambigüedad y potencial incompatibilidad alto (con expresiones del tipo «en los términos y con las condiciones que por cada Administración Pública se establezcan»). Desde luego, este tipo de matices hacen inutil una Ley como esta, salvo como enunciación de principios, ya que desde hace tiempo se producen interesantes aportaciones circunscritas a algunos organismos concretos.

Entre ellas, yo destacaría de foma inmediata el artículo 7 de la norma EHA/962/2007 y su desarrollo en la Resolución de 24 de octubre de 2007, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre procedimiento para la homologación de software de digitalización contemplado en la Orden EHA/962/2007, de 10 de abril de 2007 (Publicada en el BOE de 1 de noviembre de 2007) que definen de manera precisa las consideraciones técnicas de lo que en la LAECSP es una declaración de principios (e incluso acuñan la denominación de «digitalización certificada«) .

Aunque la norma tributaria contiene ciertas especificidades de las facturas, cabe pensar que la mayor parte de los productos homologados al amparo de esta norma serán igualmente válidos para cumplir los dispuesto en en los artículos mencionados de la LAECSP.

Por otro lado, merece la pena echar un vistazo a dos normas que aportan conceptos que van más allá de lo definido en estos artículos 30 y 31 de la LAECSP.

  • RESOLUCIÓN de 23 de agosto de 2005,de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se regula la presentación de determinados documentos electrónicos en el registro telemático general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

     (…)

    Segundo. Condiciones generales para la presentación de documentos electrónicos en el Registro Telemático General.
    (… )

    4.Se admitirá todo escrito que haya sido generado por un procesador de textos y cualquier documento que haya sido digitalizado y archivado en formato imagen, siempre que se ajusten a los formatos especificados en el programa de presentación que figura en la página de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Internet.

    Tercero. Presentación de documentos electrónicos.

    (…)

    2. Si el envío es aceptado, el Registro Telemático General emitirá por medios electrónicos un recibo de presentación en el que consten el número o código de registro individualizado, la fecha y hora de presentación, los títulos descriptivos de los documentos electrónicos anexados y, en su caso, el órgano destinatario.

    3. El interesado o, en su caso, su representante tanto voluntario como el presentador, en caso de colaboración social, podrá consultar de forma individualizada, mediante autenticación con su certificado de usuario, los recibos de las presentaciones realizadas, a través de la opción de consulta que se habilite al efecto en el «Registro Telemático».

    Orden ITC/1475/2006, de 11 de mayo, del MITyC

    La Orden ITC/1475/2006, de 11 de mayo, del Ministerio de Industria Comercio y Turismo, regula la Compulsa Electrónica de Documentos en Papel. Es un modelo a seguir para el resto de las Administraciones Públicas, aunque limite el alcance de la norma por un problema de competencias.

    Define la Fuente de Autenticidad ARCE: Archivo de Constancias Electrónicas. Repositorio electrónico de documentos firmados electrónicamente que se nutre de los documentos firmados en el P@C. La recuperación de los documentos firmados se realiza mediante el número del localizador generado en el momento de la firma y sóloconociendo los localizadores se facilita el acceso a los documentos originales.

    P@C: Portafirmas de Administrativo Común. Sistema de información unificado para la totalidad de los Órganos Administrativos del Ministerio que facilita la firma electrónicamente de cualquier tipo de documento en formato PDF. Sistema basado en estándares (IEFT RFC 3275, TS 101 903 sintaxis y reglas del estándar XML Signature, formato “Enveloped XML Signature”) que contiene tanto el documento original y firmados, las firmas y los certificados utilizados para las firmas lo que facilita su transporte y comprobación por terceros.

Lanzamiento de Document Engineering Services en Madrid el próximo 14 de Marzo de 2008 en el Hotel Conde Orgaz


Invinet Sistemes, empresa con la que colaboramos en Albalia Interactiva,  se ha adherido a una iniciativa internacional llamada Document Engineering Services,  que, liderada por Tim McGrath (autor del libro «Document Engineering«) aglutina a los mejores y más expertos  profesionales en el ámbito del intercambio electrónico de documentos, tanto desde el punto de vista de negocio como desde un punto de vista de soporte técnico en la implementación de proyectos.

Para anunciarlo, ha preparado dos eventos, uno en Madrid y otro en Barcelona que tendrán lugar respectivamente el 14 de marzo  y el 18 de marzo de 2008, a los que ya es posible inscribirse.

Esta es la agenda prevista para Madrid.

10:00 – Discurso de apertura – Julián Inza – Albalia Interactiva
10:15 – Ingeniería documental y UBL – Tim McGrath – Document Engineering Services
10:45 – Contratación Electrónica – Oriol Bausà – Invinet Sistemes
11:15 – Pausa – Café
11:30 – Facturación electrónica – Arturo González MacDowell – Eurobits
12:00 – Descripción de Document Engineering Services – Tim McGrath
12:45 – Preguntas y debate
13:00 – Cierre del acto

Document Engineering Services

La visión del proyecto Document Engineering Services consiste en la explotación de una nueva generación de oportunidades de negocio basadas en el intercambio de documentos con información estandarizada entre comunidades de negocio para posibilitar la interoperabilidad tanto a nivel de los procesos de negocio como a nivel de intercambios transnacionales.

La visión y objetivo de la compañía se alinea con las acciones impulsadas por la UE con las directivas que pretenden homogeneizar los intercambios documentales para garantizar la interoperabilidad en el ámbito de los estados miembros de la Unión, y la creación de Workshops y subvención de proyectos para posibilitar este objetivo como el CEN WS/BII, el CEN INV2 o el proyecto paneuropeo PEPPOL.

También el gobierno español está impulsando este proceso de convergencia europea en materia legislativa, con la aprobación de leyes como la LCSP (Ley de Contratos del Sector Público) o la Orden de Presidencia respecto de la factura electrónica en España,   y la participación en los foros europeos de definición de estos estándares sobre factura electrónica y eProcurement en general.

Temas Avanzados en Seguridad y Sociedad de la Información


En el marco de la Universidad Politécnica de Madrid (EUI-Escuela Univesitaria de Informática), Jorge Ramió organiza el IV Ciclo de Conferencias sobre Seguridad y Sociedad de la Información, al que muy amablemente me ha invitado.

Las conferencias son de libre acceso, y no requieren inscripción previa, por lo que están abiertas a los alumnos de la asignatura y al público en general.

Los objetivos perseguidos son:

  • Dar a conocer los últimos avances en materia de seguridad informática y protección de la información desde diversos puntos de vista: redes, datos, gestión, legislación, estándares.
  • Dar a conocer los nuevos avances en tecnologías de la información.
  • Fomentar el conocimiento crítico de la sociedad de la información con sus aspectos positivos de desarrollo así como sus amenazas.
  • Analizar el impacto social, ambiental y ético del uso de las tecnologías de la información, los entornos de libertad y privacidad del ser humano
  • Conocer la realidad empresarial, industrial y de organismos del estado relacionada con la seguridad y la sociedad de la información.

Las fechas y temas a tratar son las siguientes:

Martes 26 de febrero 2008 Seguridad: un aspecto esencial para la tutela de la protección de datos
  Dña. Celia Fernández – UPM
Martes 11 de marzo 2008 Inseguridad en redes inalámbricas: WiFi, Bluetooth y RFID
  D. Sergio González y D. Félix Ortega – WiFiSlax
Martes 1 de abril 2008 Introducción a la criptografía cuántica: alternativas y retos actuales
  D. Fernando Acero – Hispalinux
Martes 14 de abril 2008 Malware
  D. Sergio de los Santos – Hispasec
Martes 29 de abril 2008 Documentos electrónicos que conviven con los de papel
  D. Julián Inza – Albalia
Martes 13 de mayo 2008 Auditoría de la seguridad. Certificaciones en seguridad
  Dña. Gemma Deler – Applus+

Las conferencias se celebrarán de 10:00 a 12:00 en la Sala de Grados 3004 de la EUITT ,

Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Telecomunicación
Carretera de Valencia Km. 7 – 28031 MADRID

Ver mapa de acceso a la E.U.I.T. de Telecomunicación

Más información.

Ver folleto PDF del evento: TASSI 2008

Pautas para el desarrollo normativo de la Digitalización Certificada


Logo Digitalización certificadaLa normativa sobre Digitalización Certificada está bastante desarrollada en el ámbito tributario, hasta el punto de que próximamente empezaremos a ver las primeras soluciones homologadas. En Albalia Interactiva hemos preparado un «minisite» informativo sobre la homologación de las soluciones de Digitalización Certificada.

Sin embargo, se corre el riesgo de que el desarrollo de la norma en las provincias y autonomías forales (Alava, Guipuzcoa, Navarra y Vizcaya) fragmente el esfuerzo de los desarrolladores de soluciones, y pueda dar lugar a cuatro normas forales frente a la de régimen común.

Ciertamente, es un riesgo remoto, porque hasta la fecha el desarrollo de la normativa foral de índole tributaria, salvando las especificidades del régimen foral ha seguido un camino integrador y armónico con el régimen común.

Sin embargo puede darse la circunstancia de que un software homologado bajo una norma, pueda no estarlo bajo su réplica foral.

Esto podría suceder en el caso de la Digitalización Certificada a la luz de lo indicado respecto al proceso de homologación de soluciones.

Veamos la comparativa entre:

  • Régimen Común: ORDEN EHA/962/2007, de 10 de abril, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación
  • Navarra: ORDEN FORAL 228/2007, de 12 de junio del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Decreto Foral 205/2004, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
  • Guipuzcoa: ORDEN FORAL 865/2007, de 2 de agosto, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Decreto Foral 61/2004, de 15 de junio, por el que se regulan las obligaciones de facturación. 

Artículo 7 (Régimen Común):

3. Las entidades desarrolladoras que deseen homologar software de digitalización que cumplan los requisitos del apartado 2 de este artículo deberán cumplir los siguientes trámites:

a) Las entidades interesadas presentarán una solicitud ante el Director del Departamento de Informática Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que deberá contener una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente Orden, acompañada de la documentación que acredite su cumplimiento.

Artículo 8 (Régimen Foral de Navarra) 

3. Las entidades desarrolladoras que deseen homologar software de digitalización que cumplan los requisitos del apartado 2 de este artículo deberán cumplir los siguientes trámites:

a) Las entidades interesadas presentarán una solicitud ante el Director del Servicio de Planificación e Información Tributaria de la Hacienda Tributaria de Navarra que deberá contener una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente Orden Foral, acompañada de la documentación que acredite su cumplimiento.

Artículo 8 (Régimen Foral de Guipuzcoa) 

3.ª    Las entidades desarrolladoras que deseen homologar software de digitalización que cumplan los requisitos del apartado 2 de este artículo deberán cumplir los siguientes trámites:

a)    Las entidades interesadas presentarán una solicitud ante la Subdirección General de Inspección que deberá contener una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente Orden Foral, acompañada de la documentación que acredite su cumplimiento.

Todavía faltan por publicar las normas equivalentes de Álava y Vizcaya. Mi recomendación es que la redacción sea un poco diferente a la vista en el caso de Navarra y Guipuzcoa:

3.ª    Las entidades desarrolladoras que deseen homologar software de digitalización que cumplan los requisitos del apartado 2 de este artículo, podrán actuar según lo dispuesto en la norma EHA 962/2007 puesto que serán válidas las homologaciones realizadas bajo normativa tributaria común. Las entidades que solo deseen operar en el territorio foral de …….. deberán cumplir los siguientes trámites:

a)    Las entidades interesadas presentarán una solicitud ante el Organismo ……………… que deberá contener una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente Orden Foral, acompañada de la documentación que acredite su cumplimiento.

La redacción, claro, deberá adaptarse a la técnica legislativa que corresponda, pero creo que se capta la idea.

Para Navarra y Guipuzcoa no se agotan las posibilidades de reencauzar el problema, ya que está pendiente de publicación la norma equivalente a la

RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2007, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre procedimiento para la homologación de software de digitalización contemplado en la Orden EHA/962/2007, de 10 de abril de 2007

Y en esta norma de nuevo se podrían dar las pautas que permitan dar valor a los procedimientos de homologación del régimen común.

IFO PYME, Proyecto AvanzaPYME con ERP, eFactura y Formación


La Dirección General de Desarrollo de la Sociedad de la Información del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha impulsado una linea de subvenciones (Avanza PYME – Soluciones de negocio y factura electrónica) para la realización de proyectos y actuaciones de desarrollo e incorporación de soluciones de negocio y facturación electrónicos adaptadas a las necesidades de las pequeñas y medianas empresas de manera que, de forma progresiva, éstas vayan incorporando las tecnologías de la información y las comunicaciones a sus procesos de negocio, a fin de contribuir a su competitividad y a la mejora de su productividad, así como para la realización de proyectos y actuaciones de desarrollo de contenidos digitales por parte de las PYME.

Entre los proyectos subvencionados destaca IFOPyme, identificado con el número de proyecto PAV-080100-2007-360. Pronto indicaré la página web del proyecto.

El proyecto se está llevando a cabo por las siguientes empresas: IFO (Instituto de Formación on-line),  Albalia,  Gepelia, y Desarrollo y Recursos.

El proyecto incluye  una HERRAMIENTA (el ERP Openbravo) adaptada a las necesidades de cada empresa, una PLATAFORMA de Factura Electrónica (de Albalia) asociada a servicios de adecuación a la misma, ASESORAMIENTO y FORMACIÓN en utilización del ERP y la plataforma.

Se dirige especialmente a empresas relacionadas con la construcción, que trabajan directamente en el sector o suministran servicios y productos a otras grandes empresas del mismo, con un tamaño de 10 a 50 trabajadores, principalmente de las comunidades autónomas de Galicia, Andalucía, Castilla la Mancha, Extremadura y Canarias (la nueva normativa europea de límite de ayudas es algo compleja, de modo que si está interesado, consulte para comprobar si puede beneficiarse de la ayuda).

El sistema disponible en modalidad ASP aporta las siguientes funcionalidades:

  • Como ERP:
    • Gestión económico-financiera: se trabajará sobre
      • Contabilidad general: Planes contables, Impuestos, Asientos, Balances, Libro Mayor, Cuenta de Resultados, PGC
      • Cuentas a pagar y cuentas cobrar: Gestión de efectos, Cajas, Bancos, Liquidaciones
      • Activos fijos: Definición de los elementos de inmovilizado, precio de adquisición y valoración contable
    • Gestión comercial y gestión de las relaciones con clientes: Pedidos de venta, tarifas, albaranes, facturación, comisiones
    • Gestión de los datos maestros: Productos, componentes, listas de materiales, clientes, proveedores, etc.
  • Factura electrónica:
    • Envío y recepción de facturas electrónicas en formato XML  facturae con firma TS 101 903 (ES-XL)
    • Envío centralizado del resto de facturas
  • Capacitación en el uso de sistemas de información: con carácter más amplio será importante el trabajo de capacitación de todos los empleados en el nuevo modelo de trabajo que implica el uso del sistema. (ONLINE, 20 HORAS)
  • Formación aplicativa: mediante consultores especializados en se formará a las diferentes empresas en la descripción y funcionalidad de las aplicaciones (ONLINE, 50 HORAS)
  • Formación específica: dado que la implantación implica personalizar las aplicaciones, y desarrollar módulos e informes muy concretos, se deberá dedicar un espacio importante de la formación de expertos dentro de las empresas, también de manera personalizada a cada empresa (ONLINE, 40 HORAS)

Para más información contactar con Susana de la Plaza ( sdelaplaza (arroba) ifoline.net)  o llamar al 91.639.55.62.

facturae y XAdES-XL (TS 101 903 ES-X-L)


Ya está disponible la nueva versión 2.0 de Faccil.

Un esfuerzo de programación que combina técnicas de Ruby on Rails y Java y que supone la primera implementación conjunta de los estándares facturae y XAdES-XL .

De momento nos encontramos con que ninguna otra aplicación es capaz de entender la firma XAdES-XL basada en el estándar TS 101 903 (es nuestra ventaja, pero no deja de ser un problema). Habrá que esperar a que CENATIC en colaboración con el Ministerio de Industria Turismo y Comercio promueva vesiones «Open Software» de un visor de factura electrónica generalizado. Quizá lo veamos como «plug-in» de Mozilla para Firefox.

Esta herramienta, Faccil,  es gratuita para los participantes en el proyecto ePYMES de Albalia Interactiva (aun quedan plazas libres). Además el proyecto se complementa con formación on-line sobre Firma electrónica y Factura electrónica, y sobre negocios electrónicos, y con el uso de la herramienta CatSEO que comentaré los próximos dias. Se identifica con el código PAV-080200-2007-24.

Aunque ya tenemos pensadas algunas ampliaciones para Faccil (especialmente para facilitar la facturación hacia el sector público, que empieza a ser obligatoria a partir de marzo de 2008, y para dar la opción de darse de alta y autenticarse con el DNI electrónico) estamos abiertos a sugerencias y próximamente abriremos un foro para ello.

Por cierto, estamos pensando en algunas futuras características de la plataforma que confiamos en que contribuyan a reducir la morosidad, y a faciltar el acceso a los servicios de factoring de varias instituciones financieras, con las que ya estamos hablando.

Backtrust


La semana pasada diseñamos en Albalia Interactiva el portfolio para 2008.

Creo que va a ser una oferta de productos y servicios muy equibrada y muy enfocada en nuestra especialización de firma electrónica y factura electrónica, y ya estamos realizando ofertas basadas en sus principales puntos.

En particular, nos estamos dirigiendo a utilities y a administraciones públicas para explicarles cuales son las tendencias en el desarrollo de infraestructuras de gestión de firma electrónica y les damos pautas para identificar si las soluciones con las que cuentan se adaptan a ellas o no. Y si no cuentan con soluciones, está claro que van con retraso, tras las normas aprobadas recientemente y que se han comentado en este blog.

Una de las lineas de producto se llama Backtrust y ya hemos empezado a desarrollar el minisite que recogerá sus principales características en el dominio  backtrust.net.

Entre los aspectos más destacables del producto están los siguientes:

  • Se proporcionan herramientas de firma electrónica con soporte a validación y sellado de tiempo («timestamping«)
  • Existen implementaciones software (inicialmente para entornos Java y próximemente para .Net) y hardware.
  • La versión hardware es un appliance (caja negra) que se entrega configurado y adaptado a la arquitectura de la institución. En particular, damos sopote al estándar DSS de OASIS (Digital Signature Services).
  • En el appliance utilizamos una placa criptográfica homologada bajo FIPS-140-2
  • Generamos firmas CMS/PKCS#7, XAdES y PDF con rendimientos muy elevados (estamos preparando unos tests de stress y casi no nos creemos los resultados preliminares).
  • Generamos las diferentes modalidades de firma recogidas en el estándar RFC-3126 Electronic Signature Formats for long term electronic signatures.
  • En particular generamos firmas ES-X-L en XML. Es el tipo de firma que siempre recomendamos y que al final hemos tenido que implementar nosotros mismos ya que no encontrábamos productos adecuados para nuestros proyectos. Este tipo de firma, recogido en el RFC-3126 se implementa según la norma europea TS 101 903. Por cierto, la que se está adoptando de forma generalizada en la normativa española. 

Bajo la misma denominación paraguas de Backtrust, además de lo indicado, diseñado para organizaciones con necesidades sofisticadas de gestión de firmas electronicas e infraestructuras informáticas centralizadas, hay algunos productos de uso individual,

  • Plug-in Java para firmar en el navegador en aplicaciones web
  • Programa de firma de escritorio PKCS#7 (evolución a la que hemos añadido firmas ES-T y ES-X-L del software que distribuimos gratuitamente en nuestros cursos y seminarios, probado en Windows XP: AlbaliaFirma ).
    Nota: Ante consultas recibidas al respecto, confirmamos que no estamos contemplando el desarrollo de una versión para Windows Vista del programa gratuito.
  • Programa portafirmas PDF de uso individual. Este será el destinado a micropymes, por su sencillez, potencia y flexibilidad, si bien «solo» firma ficheros PDF. Por cierto, hemos logrado incluir en la firma PDF la validación y el timestamping, por lo que las firmas resultantes son «firmas completas«, del mismo tipo que las definidas como ES-X-L por las normas mencionadas anteriormente. Hemos definido un precio muy agresivo para este producto: 250 euros.
  • Una versión del portafirmas PDF para grandes organizaciones permite personalizar el aspecto o la funcionalidad y negociar tarifas planas de uso ilimitado en la organización, para permitir su extensión a todos los empleados o colaboradores externos.

Aunque el lanzamiento es nuevo, los productos ya se han probado en varios proyectos del Plan Avanza en los que colaboramos, y en algunos clientes que los han desplegado internamente. 

En fin, en los próximos días os iré contando más detalles de estos productos y de algunos interesantes servicios que les acompañarán.

Con el despliegue del DNI electrónico el uso de la firma electrónica se extiende en las entidades financieras


Inza en AlbaliaGracias a Comunicación Empresarial por la referencia a Albalia Interactiva.

Desde la publicación de la Ley 59/2003, el sector de la firma electrónica ha recibido un gran impulso que se ha traducido en cientos de trámites en entidades públicas o de gestiones en empresas privadas que no requieren personación. El DNI electrónico se está desplegando desde el año 2006 a un ritmo que a finales de 2007 supondrá casi dos millones de unidades expedidas. En la actualidad está concluyendo el despliegue en las Comunidades de Catalunya y Castilla-La Mancha.

Esta infraestructura tecnológica en manos de los ciudadanos representa una gran oportunidad para desplegar servicios de atención presencial y a distancia que utilicen documentos electrónicos y que se firmen electrónicamente con el nuevo DNI-e. Muchas entidades financieras ya lo han detectado y están desplegando servicios de banca electrónica por Internet que permiten hacer uso del DNI-e para la identificación del usuario, aminorando los riesgos de ataques informáticos como los denominados “phishing” y “pharming”.

“No se trata solamente de comprobar la identidad electrónica”, indica Santi Casas, Director General de la Delegación de Catalunya de Albalia Interactiva, “sino de que ésta permanece vigente y no se ha revocado como consecuencia del robo o de la pérdida del DNI. Por ello la verificación de la firma electrónica requiere servicios adicionales como el denominado “Timestamping” que permite tener certeza del momento del uso de la firma o el denominado “de Validación”, que permite saber que el certificado no estaba revocado en ese momento”.

Albalia Interactiva desarrolla desde el año 2004 servicios de asesoramiento en la adopción del DNI-e en las entidades financieras, en aspectos legales, técnicos y operativos, que van desde el rediseño de las oficinas hasta la revisión de contratos, incluyendo las adaptaciones técnicas necesarias.

Para facilitar la adaptación de los sistemas de las entidades, Albalia Interactiva ha desarrollado una plataforma de funciones de seguridad denominado “Backtrust”, la columna vertebral (denominada en inglés “backbone”) de los servicios de seguridad y confianza electrónicos. “Es un conjunto de funciones basadas en diferentes estándares que facilita la puesta en marcha de los sistemas tecnológicos con plenas garantías” señala Santi Casas.

La facturación electrónica es otro de los ámbitos en los que están entrando las entidades financieras. Con una normativa que se ha desarrollado intensamente en España desde el año 2002, es posible incluir la opción de “facturación por terceros” en los servicios de banca electrónica de empresas, dotando de posibilidades adicionales de financiación a las empresas y facilitando la emisión y recepción de facturas electrónicas.

Por otro lado, el desarrollo de la normativa de facturación electrónica permite que los receptores de facturas en papel puedan digitalizarlas de forma que la versión digital toma el carácter de original y el documento en papel se puede destruir. “Suelo hacer referencia a todas las novedades que van apareciendo en firma electrónica y facturación electrónica en mi blog” señala Inza. Este blog está accesible en la dirección http://blog.inza.com y recoge de manera informal noticias y novedades del mundo de la seguridad, los medios de pago y la certificación. Es el contrapunto de la página web oficial de la empresa http://www.albalia.com con abundante información legal y con la posibilidad de descargar gratuitamente algunas herramientas sencillas de firma electrónica.

Julián Inza está orgulloso de que muchas empresas han aprendido qué es la factura electrónica con Albalia. “Además hemos escrito un librito sobre la ‘Factura Electrónica’ editado por Asimelec y por Red.es, disponible de forma impresa y en PDF por Internet del que se han realizado más de 100.000 descargas”.
No cabe duda de que la firma electrónica está abriendo muchas posibilidades en el ámbito de las entidades financieras, de los particulares y de las empresas, y de que en España se van dando los pasos para aprovechar sus ventajas.

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Albalia Interactiva

Albalia Interactiva es una entidad especializada en firma electrónica en el sector financiero que ha asesorado a entidades como Caja Madrid, Caixa Galicia, Unicaja o Eurobits. Recientemente ha inaugurado su delegación en Barcelona desde la que atiende a algunos organismos autonómicos, compañías aéreas y otros clientes.