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VI Foro de las Evidencias Electrónicas


6-foro-evidenciasYa tenemos fecha para el 6º Foro de las Evidencias Electrónicas, que este año tendrá lugar en los Teatros del Canal de Madrid. Será el 3 de junio de 2009.

La verdad es que aunque el Hotel Ritz era un marco muy adecuado para el Foro, en las últimas ediciones ya no cabíamos. En el nuevo entorno, los Teatros del Canal, esperamos acoger cómodamente a 800 asistentes.

Además este año el Foro cambia de formato y durará todo el dia, por lo que se nos quedarán menos temas en el tintero.

Estos dias estamos cerrando el programa, que tiene aún algunos flecos porque seguimos captando Patrocinadores. Por cierto, para quienes lean esto y piensen que les puede interesar el patrocinio, dejadme hacer una pequeña apología del evento, especialmente este año en el que el término «evidencias electrónicas» se está adoptando de forma generalizada.

El evento ya va por su sexta edición y constituye el punto de encuentro más importante del año para altos responsables del mundo jurídico de las empresas y de las instituciones públicas, en conexión con los responsables técnicos de las especialidades relacionadas con el valor probatorio de los registros electrónicos de todo tipo.

Si el nivel de los ponentes es alto, también lo es el de los asistentes, por lo que en conjunto, la iniciativa es uno de los más importantes «think tanks» de la sociedad civil en relación con la seguridad jurídica en un entorno de tecnologías avanzadas y de sociedad de la información.

El acceso es gratuito para los asistentes y una escelente oportunidad para extender las relaciones sociales de personas con intereses afines, que además del evento presencial anual, se extiende con otras herramientas de la Web 2.0, como el Grupo de Interés en Linked In.

En definitiva, una excelente oportunidad de patrocinio con un retorno de inversión garantizado por la notoriedad del evento, el nivel de ponentes y asistentes, y la influencia en empresas e instituciones.

Prueba de ello son los premios recibidos por el Foro, entre los que destacan este año 2009 el reciente premio otorgado por la prestigiosa Revista SIC yel Reconocimiento Sintonía ACAM 2006

INTECO difunde lo perfiles de protección Common Criteria del DNI electrónico


ccra_logoEl Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (Inteco) difunde. con el apoyo del Centro Criptológico Nacional del Centro Nacional de Inteligencia, la certificación de seguridad de los perfiles de protección del DNI electrónico, cuatro documentos que recogen los requisitos técnicos esenciales para el desarrollo seguro y uso de aplicaciones del DNIe, en el marco de Common Criteria, ISO 15408.

Dichos perfiles han sido certificados con fecha del 23 de febrero y publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 14 de abril, con lo que están disponibles para su uso por desarrolladores de aplicaciones certificables en el entorno del DNIe.

Actualmente más de diez millones de ciudadanos españoles disponen de esta tarjeta de identificación electrónica que contiene en su «chip» los mecanismos necesarios para permitir acreditar la identidad y llevar a cabo la firma electrónica de los ciudadanos por medios electrónicos.

Los requisitos técnicos, elaborados por Inteco en una encomienda de gestión del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través de Red.es, se reconocen internacionalmente como Perfiles de Protección o ‘Protection Profiles’ y en ellos se recogen los requisitos de seguridad estándar según la normativa internacional de referencia Common Criteria, que consiste en  un marco normativo aprobado como estándar internacional por ISO (CCv3.1) en 1999.

Entre las principales ventajas que se obtienen de la certificación de estos perfiles de protección se encuentra la posibilidad por parte de los usuarios de disponer de aplicaciones seguras y certificadas para el uso del DNIe como dispositivo de firma electrónica, lo que fortalece su confianza en este dispositivo en los trámites electrónicos con la administración o con el sector privado. En particular cumplir el requisito que impone el certificado de firma del DNI electrónico respecto al «content commitment», lo que significa que la aplicación informática de firma electrrónica debe cerciorarse de que «lo que se ve es lo que se firma» («what you see is what you sign»).

Del mismo modo, la industria desarrolladora de aplicaciones tendrá a su disposición los medios para diseñar, certificar y comercializar servicios seguros bajo una normativa o estándar reconocido.

Por otra parte, para garantizar la protección del usuario en la utilización del DNIe, en el grupo de expertos para la elaboración de estos perfiles de protección han estado representados la Dirección General de la Policía, la Agencia Española de Protección de Datos, el Centro Criptológico Nacional y la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, así como las principales asociaciones de la industria española, como ASIMELEC.

Inteco, mediante un laboratorio acreditado (Epoche & Espri), ha elaborado cuatro documentos de perfiles de protección para aplicaciones de creación y verificación de firma electrónica con el DNIe: dos para plataformas TDT, PDA y dispositivos móviles y otros dos para ordenadores personales con sistemas operativos de propósito general.

Para cada entorno se han certificado (a través de LGAI-Applus), a su vez, dos perfiles para que el desarrollador pueda optar a dos niveles de garantía de seguridad diferentes en cuanto a su certificación, denominados EAL1 y EAL3. El primero está dirigido a todo tipo de desarrollos, mientras que el segundo está diseñado para aquellos desarrollos que quieran obtener un nivel superior de garantía de seguridad.

Con la intención de facilitar a los desarrolladores y a la industria en general la adopción de estos perfiles de protección, como referente para el diseño y desarrollo de sus aplicaciones de firma con el DNIe, el Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación ha elaborado unas guías para la aplicación de los perfiles de protección en la elaboración de aplicaciones certificables de creación y verificación de firma con DNI electrónico.

Adicionalmente, el próximo día 20 de abril, Inteco presentará en su sede de León los perfiles de protección, conjuntamente con las guías de aplicación a la industria, las asociaciones sectoriales y a todos los desarrolladores interesados en estos documentos, su contenido y su aplicación.

 Estos perfiles, denominados técnicamente como PPSCVA-T1-EAL1, PPSCVA-T1-EAL3, PPSCVA-T2-EAL1 y PPSCVA-T2-EAL3, además de impulsar el desarrollo de aplicaciones seguras en el entorno del DNIe, son las herramientas básicas para difundir la cultura de la certificación entre desarrolladores y la cultura en el uso de herramientas seguras entre los usuarios de estas aplicaciones. Dichas guías y perfiles de protección estarán disponibles en la página web de la entidad: www.inteco.es y en la del Organismo de Certificación del Centro Criptológico Nacional.

Obligatoriedad de la facturación electrónica


Hace algo más de un año explicaba mi opinión de que la facturación electrónica era obligatoria desde el 1 de mayo de 2008. O desde el 1 de agosto de 2008 si los 3 meses de plazo para la obligatoriedad los contamos desde la entrada en vigor de la Ley 30/2007 en vez de la de la Orden PRE/2971/2007.

Algunos comentarios apuntaban a que quizá habría más desarrollos legislativos en un año, lo que justificaría dar ese margen adicional a la obligatoriedad. Pues bien, ya han transcurrido 11 meses y no se ha publicado ninguna norma adicional. Por un motivo muy sencillo. No es necesario. Porque la orden PRE/2971/2007 ya contiene lo que según la Ley 30/2007 permite la facturación electrónica al sector público.

Por las mismas fechas publiqué varios post en el mismo sentido:

Qué empresas deben facturar electrónicamente

Para qué empresas no es obligatoria la Factura Electrónica

y otros de temática afín:

Nuevas obligaciones tributarias. Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio,

Nuevas obligaciones tributarias. Orden EHA/3435/2007, de 23 de noviembre

Hoy me reafirmo en que la mayor parte de los organismos de la AGE están incumpliendo la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público en este específico aspecto, y obligan a incumplirlo a las empresas igualmente obligadas.

Y lo triste es que tampoco lo van a cumplir desde el 1 de mayo de 2009.

Actualización.

Parece que mis «post» han sido fuente de inspiración (aunque con diferentes conclusiones) para Xperimentos. Estaría bien que citaran la fuente. Ya me voy fijando que Xperimentos unas veces cita la fuente y otras no.

Proyecto de Ley de Servicios de Pago


En el Consejo de Ministros de ayer viernes, 3 de abril de 2009, se aprobó la remisión a las Cortes del Proyecto de Ley de Servicios de Pago. Enmarca los desarrollos SEPA a los que hemos hecho referencia en este blog.

Single Euro Payment AreaGarantiza seguridad, eficiencia y facilidad en las operaciones de pago realizadas en el ámbito de la Unión Europea.

Refuerza los derechos y la protección de los usuarios de este tipo de servicios financieros.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Servicios de Pago, por el que se transpone a la normativa española la Directiva comunitaria de 2007/64/CE  sobre servicios de pago en el mercado interior.

Esta norma garantiza que los pagos realizados en el ámbito de la Unión Europea, en concreto las transferencias, los adeudos directos y las operaciones de pago efectuadas mediante tarjeta, puedan realizarse con la misma facilidad, eficiencia y seguridad que los pagos nacionales internos de los Estados miembros.

Tras la entrada en vigor de la nueva regulación en los veintisiete Estados miembros, el cumplimiento de tales objetivos propiciará que los usuarios de servicios de pago se beneficien, entre otras, de las siguientes novedades:

  • La posibilidad de realizar más sencilla, segura y eficientemente transferencias transfronterizas, incluyendo adeudos.
  • La posibilidad de utilizar tarjetas de débito en cualquier otro Estado.
  • La posibilidad de operar con una sola cuenta corriente en todo el territorio, sin necesidad de abrir una nueva cuenta corriente si se desplazan a otro Estado por motivos laborales, de estudios, etcétera.
  • La mayor rapidez de los pagos, de manera que el beneficiario dispondrá de los fondos como muy tarde el día siguiente al de la realización de la transferencia.
  • La disposición de mayores niveles de protección y de mejor información, como por ejemplo la relativa a los gastos aplicados, el establecimiento de reglas más claras sobre el reembolso en caso de transacciones mal ejecutadas o la reducción o eliminación total de su responsabilidad en caso de pérdida o robo de un instrumento de pago.
  • La regulación de los gastos aplicables. En toda prestación de servicios de pago que no incluya una conversión en divisas, los gastos serán compartidos entre ordenante y beneficiario. Se trata de la cláusula “share”, novedosa en el ordenamiento jurídico español, ya que hasta el momento los gastos corren íntegramente de cuenta del ordenante.

Determinación de los servicios de pago y de los proveedores autorizados

Entre los servicios de pago regulados, el Proyecto de Ley establece la ejecución de transferencias, la ejecución de operaciones de pago mediante tarjeta de pago o dispositivo similar y la ejecución de los adeudos domiciliados, y extiende su ámbito a otros servicios de pago tales como la emisión y adquisición de instrumentos de pago o el envío de dinero.

En definitiva, la prestación de cualquiera de los servicios de pago enumerados y regulados por el Proyecto de Ley queda prohibida a cualquier persona física o jurídica que no tenga la condición de proveedor de servicios de pago.

Régimen jurídico de las entidades de pago

La norma establece un nuevo tipo de entidades autorizadas para la prestación y ejecución de los servicios de pago regulado por la Directiva, las entidades de pago, y configura el régimen jurídico de esta nueva categoría de entidades.

Entre los aspectos sustanciales del régimen jurídico, las entidades estarán sujetas a una autorización administrativa, que será concedida por el Ministro de Economía y Hacienda con los preceptivos informes del Banco de España y del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC). Se establecen, igualmente, los requisitos de capital inicial y recursos propios, el listado de actividades que pueden realizar y los requisitos de garantía previstos para la salvaguarda de los fondos recibidos para la ejecución de las operaciones de pago.

Además, el Proyecto completa el régimen jurídico de las entidades de pago con las oportunas disposiciones referidas al ejercicio del derecho de establecimiento y la libre prestación de servicios dentro de la Unión Europea, a la utilización de agentes y delegación de funciones, a la contabilidad y auditoría, y al ejercicio de la función supervisora del Banco de España en términos similares a los previstos por la legislación vigente para las entidades de crédito.

Transparencia de los servicios de pago

Con objeto de garantizar la adecuada protección de los usuarios de servicios de pago, el nuevo texto incluye un conjunto de obligaciones de información (sobre los costes de las operaciones, la fecha de recepción de la orden de pago, el importe de la operación, etcétera) que el proveedor de un servicio de pago habrá de suministrar a los usuarios de dichos servicios, ya se trate de operaciones de pago singulares o de operaciones de pago reguladas por un contrato marco.

Los proveedores de servicios de pago quedarán obligados a facilitar de manera gratuita la información que en relación con la prestación de servicios de pago se determine reglamentariamente. El proveedor tan sólo podrá cobrar por información adicional o más frecuente, y, en todo caso, de manera proporcionada a los costes efectivamente soportados.

Derechos y obligaciones derivados de la prestación y utilización de los servicios de pago

Para la protección de los derechos de los clientes de servicios financieros, el Proyecto de Ley incluye un amplio conjunto de derechos y obligaciones derivados de la relación contractual entre el prestador del servicio de pago y el usuario de un servicio.

Asimismo, incide en el buen uso de los instrumentos de pago, incrementa de manera notable el nivel de protección de los usuarios, tanto a nivel general como en relación con cada uno de los aspectos sustanciales de la relación contractual previstos, es decir, los relativos a los gastos aplicables, la autorización de operaciones de pago y la ejecución de órdenes de pago.

Por último, el Proyecto se refiere a los gastos aplicables. Se prevé que en toda prestación de servicios de pago que no incluya una conversión en divisas los gastos serán compartidos entre ordenante y beneficiario. De nuevo, se trata de la conocida como cláusula “share” , novedosa en nuestro ordenamiento jurídico, ya que hasta el momento los gastos corren íntegramente de cuenta del ordenante.

Blanqueo de Capitales


Ya hace algún tiempo participé en uno de estas conferencias organizadas por IFAES.

La de este año (2009)  lleva por título: CUÁLES SON LOS MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y CONTROL PARA COMBATIR EL BLANQUEO DE CAPITALES.

Se celebra del 25 al 26 de Marzo de 2009 en el Hotel Meliá Madrid Princesa.

Este es el folleto.Y esta es la página de inscripción.

Y este es el programa:

PRIMER DIA
09.00 Recepción de los Asistentes y entrega de la documentación

09.20 Apertura de la Sesión por el Presidente de la Jornada

09.30 Cuáles son los objetivos de la actual legislación sobre el blanqueo de capitales

  • Cuál es el marco normativo actual
  • Qué medidas se pueden establecer contra el blanqueo de capitales: medidas preventivas y medidas represivas
  • Cuáles son las principales vías de colaboración para detectar e investigar operaciones de blanqueo de capitales
  • Cuál es el impacto de la III Directiva Comunitaria sobre Blanqueo de Capitales
  • Qué nuevos delitos quedan tipifi cados en la normativa
  • Sujetos obligados
  • Cuál es la distinción entre los conceptos diligencia debida, reforzada y simplificada
  • Principales características que deben recoger los sistemas de control interno de operaciones sospechosas
  • Nuevas tendencias regulatorias

D. Luis Manuel Rubí Blanc
SOCIO DIRECTOR
RUBÍ BLANC ABOGADOS

10.30 Qué obligaciones establece la ley de cara a luchar contra el blanqueo de capitales

  • Quiénes son los sujetos obligados a colaborar en materia de prevención de blanqueo de capitales
  • Principales obligaciones en la lucha contra el blanqueo de capitales
  • Identificación de clientes
  • Conservación de documentos
  • Comunicación de operaciones sospechosas
  • eporting sistemático
  • Sistemas especializados de control interno
  • En qué consiste el régimen de colaboración de autoridades, funcionarios y otros organismos de supervisión

Dña. Raquel Cabeza Pérez
CONSEJERO TÉCNICO
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE MOVIMIENTOS DE CAPITALES
Dirección del Tesoro y Política Financiera
MINISTERIO ECONOMÍA Y HACIENDA

11.30 Pausa café

12.00 Cuáles son los principales mecanismos que difi cultan la acción blanqueadora y facilitan información útil para posteriores investigaciones judiciales

  • Comunicación de operaciones sospechosas
  • Qué tipo de operaciones deben comunicarse
  • Cómo detectar si una operación presenta indicios o sospechas de estar relacionada con el blanqueo de dinero
  • Cómo informar al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales
  • Reporting Sistemático
  • Qué operaciones deben ser siempre comunicadas
  • Periodicidad del Reporting
  • Excepciones a la obligación de comunicación
  • Qué tipos de sanciones se aplican ante los incumplimientos

D. Carlos Sáiz Díaz
SOCIO
GOMEZ ACEBO & POMBO

13.00 Cómo deben actuar las Entidades Financieras para cumplir con las exigencias de lucha contra el blanqueo de capitales

  • Que papel debe asumir la Alta Dirección
  • Cuál es el coste del cumplimiento de la normativa legal
  • Cuáles son los pasos a seguir para detectar y demostrar una operación fraudulenta
  • Cómo implementar mecanismos internos de control para la detección y prevención del blanqueo
  • Qué riesgos afrontan las entidades fi nancieras al ser empleadas como instrumentos para el blanqueo de capitales: riesgos reputacionales, riesgos legales y riesgos operacionales
  • Cómo afronta la Banca estos cambios de adaptación a las nuevas exigencias legales

D. Manuel Domínguez Mayán
DIRECTOR AUDITORÍA SUCURSALES PONTEVEDRA
CAIXANOVA

14.00 Almuerzo

15.30 Qué mecanismos internos de control pueden implantar las Entidades Financieras para prevenir el blanqueo de capitales

  • La elaboración de un manual de procedimientos y mecanismos internos de control
  • Etapas a tener en cuenta a la hora de establecer los mecanismos internos de control: apertura de cuenta, conocimiento del cliente, monitorización, surveillance
  • Creación de equipos de revisión interna
  • Verificación de los procedimientos
  • Puesta en marcha de órganos internos de prevención del blanqueo
  • Responsabilidad compartida
  • La gestión y control de las cuentas de clientes en países de Alto Riesgo
  • uál es la operativa de los Paraísos Fiscales y países de Alto Riesgo
  • Qué tipo de monitorización se puede realizar en las cuentas Offshore

Dña. Pilar López-Aranguren Velarde
EXECUTIVE DIRECTOR
COMPLIANCE
GOLDMAN SACHS GESTIÓN SGIIC SA

16.30 Cómo desarrollar y establecer políticas y procedimientos de identificación de clientes (KYC)

  • Cómo elaborar el perfi l de cliente
  • ué documentación se debe solicitar y cómo se deben validar dichos documentos
  • Personas físicas vs. personas jurídicas
  • Clientes establecidos vs. clientes ocasionales
  • Cómo defi nir estrategias para controlar con más precisión sus movimientos de capitales y las transacciones económicas
  • Qué novedades introduce la Directiva 2006/70/CE en relación a la identifi cación de clientes PEP’s (PPE:“Persona Políticamente Expuesta”)
  • Diferencias entre Directiva 2006/70/CE y la legislación española
  • Por qué la clasificación como PEP’s aumenta el perfi l de riesgo de un cliente
  • Qué tipo de seguimiento de actividad de las cuentas de los PEP’s se debe realizar
  • Cómo mitigar el riesgo reputacional gestionando la identifi cación de los PEP’s mediante la implantación de un sistema efi caz y fi able

D. Pablo Bernad Ramoneda
SOCIO RESPONSABLE DE FORENSIC EN EUROPA, ORIENTE MEDIO Y ÁFRICA (EMA)
KPMG

17.30 La colaboración internacional contra el blanqueo de capitales

  • Principales recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional
  • Qué impacto tienen estas recomendaciones en el sector financiero
  • Cuáles son los principales incumplimientos que se detectan
  • Comparativa con otros países
  • Principios de Wolfsberg Antiblanqueo para la prevención del blanqueo de dinero
  • Cómo diseñar, implementar y controlar un programa Anti-Money Laundering (AML) a nivel internacional que cumpla con los requisitos y regulaciones de los distintos países

D. Javier Odriozola Villanueva
RESPONSABLE DE LA LÍNEA DE SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES
SOCIO
DELOITTE

18.30 Fin de la Jornada

SEGUNDO DIA

09.00 Recepción de los Asistentes

09.20 Apertura de la Sesión por el Presidente de la Jornada

09.30 Cómo actúan los Cuerpos de Seguridad del Estado en la lucha contra el blanqueo de capitales

  • Cuáles son las principales estrategias de blanqueo de capitales
  • Cuáles son los delitos previos base de la actividad blanqueadora: terrorismo, narcotráfi co, tráfi co de armas, prostitución, etc.
  • Qué instrumentos son utilizados para dar legitimidad o legalidad a estos bienes o activos de origen delictivo
  • Cómo descubrir el perfi l del blanqueador
  • Objetivos policiales de las investigaciones por blanqueo: decomiso, embargo de bienes de procedencia ilícita. Ventajas e inconvenientes.

D. Pedro Merino Castro

COMANDANTE
Unidad Técnica de Policía Judicial
GUARDIA CIVIL

10.30 La importancia del informe de revisión del experto externo sobre el sistema de prevención del blanqueo de capitales

  • Cómo ha de realizar el experto externo la revisión para asegurar al sujeto obligado que su informe cumple con los requisitos exigidos y, en consecuencia, que el sujeto obligado cumple con la obligación de someter su sistema de prevención del blanqueo de capitales a la revisión anual
  • Proceso elaboración del informe de experto externo
  • Principales conclusiones de los informes de experto externo realizados

D. Javier González de las Heras
DIRECTOR DEL ÁREA DE AUDITORÍA INTERNA Y GESTIÓN DEL RIESGO
ERNST & YOUNG

11.30 Pausa café

12.00 Transparencia de formas societarias y paraísos fi scales en la prevención del blanqueo de capitales

  • Uso de formas societarias para fi nes ilícitos
  • Los paraísos fi scales y otros mecanismos de elusión
  • Banca Privada, uso de formas societarias y la problemática específi ca de las personas políticamente expuestas (PPE)
  • l riesgo reputacional
  • Los indicadores de transparencia de una sociedad

Dña. Concepción Cornejo García
SUBDIRECTORA GENERAL ADJUNTA DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES
Dirección del Tesoro y Política Financiera
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

13.00 La experiencia práctica del Grupo Santander como sujeto obligado

  • Cómo implicar todas las áreas de negocio y niveles de la organización en el diseño, aplicación y supervisión de un sistema adecuado de prevención de blanqueo
  • ¿Es necesaria la creación de órganos específi cos internos de control y comunicación?
  • Qué normas y procedimientos específi cos deben ser tenidos en cuenta en la elaboración de un sistema de control interno
  • Cómo afrontar estas obligaciones con el estricto cumplimiento del deber de confi dencialidad
  • Cómo formar y capacitar a los empleados de la entidad en el programa antiblanqueo
  • Cuáles son las responsabilidades y requisitos legales que deben conocer y asumir
  • Qué empleados deben ser formados en el programa antiblanqueo de la entidad
  • Sobre qué temas deben recibir información

D. Jesús Gómez Gómez

RESPONSABLE DE FORMACIÓN, PREVENCIÓN Y BLANQUEO DE CAPITALES
GRUPO SANTANDER

14.00 Almuerzo

15.30 Régimen sancionador: el marco represivo del blanqueo de capitales

  • Los principios informadores del derecho sancionador administrativo y penal
  • La problemática de la concurrencia e incidencia del procedimiento ante el SEPBLAC con el proceso penal
  • Infracciones administrativas: muy graves y graves
  • Cuáles son las sanciones que se establecen para cada tipo de infracción
  • Prescripción del delito y de las infracciones
  • Procedimiento sancionador y proceso penal: órganos competentes
  • Problemática procesal y probatoria en el delito de blanqueo de capitales
  • La comisión del delito de blanqueo de capitales por imprudencia

D. Santiago Milans del Bosch
SOCIO
CUATRECASAS

16.30 Herramientas de gestión antiblanqueo en banca electrónica

  • Riesgos y oportunidades del entorno Internet
  • Detección de operaciones fraudulentas y sospechas de blanqueo
  • Actuaciones frente al phishing y al pharming
  • Evolución de la delincuencia a través de Internet
  • Firma electrónica
  • Nuevas disposiciones normativas de 2007: Ley 22/2007, Ley 56/2007

D. Julián Inza Aldaz
PRESIDENTE
ALBALIA INTERACTIVA

17.30 Fin de las Jornadas

II Convención Internacional de Derecho Informático, Electrónico y de las Comunicaciones


La Asociación Multisectorial de Empresas de Electrónica y Comunicaciones-ASIMELEC va a celebrar en Oviedo, desde el próximo 30 de Marzo al 2 de Abril de 2009, la II Convención Internacional de Derecho Informático, Electrónico y de las Comunicaciones, que cuenta con la Presidencia de Honor de S.A.R. El Príncipe de Asturias.

La asistencia al Congreso es gratuita previa Inscripción. Para la asistencia a los actos sociales que se ofrecen, es necesario indicar su asistencia en el apartado de OBSERVACIONES que aparece en su formulario de Inscripción.

Las entidades organizadoras de la 2ª Convención Internacional son la Fundación CTIC, a través del programa e-Asturias subvencionado por el Gobierno del Principado de Asturias, la Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones (ASIMELEC), y el Centro Internacional de Informática y Derecho (CIID), en colaboración con destacadas instituciones y empresas de la Región.

La 2ª Convención Internacional de Derecho Informático, Electrónico y de las Comunicaciones (Convención del Principado de Asturias), que se celebra en el Auditorio Príncipe Felipe de Oviedo, del 30 de marzo al 2 de abril de 2009, es continuación de la Iª Convención Internacional de Derecho Informático, Documentación y Documento Electrónico (Convención de Bogotá), que tuvo lugar en la Universidad Externado de Colombia, del 18 al 20 de octubre de 2006.

Este es el Programa previsto:

LUNES 30 DE MARZO: ACOGIDA E INSCRIPCIÓN DE PARTICIPANTES.
 
 
MARTES 31 DE MARZO: DERECHOS CIUDADANOS EN EL CIBERESPACIO E INFORMÁTICA JURÍDICA.
 
9:00 – Acreditación y entrega de documentación.
 
10:30 – Solemne Acto de Apertura de la Convención. Intervienen: Martín Pérez Sánchez, Presidente de ASIMELEC. Roberto Paraja, Presidente de la Fundación CTIC. Pedro Rodríguez Menéndez, Director de la Cámara de Comercio de Oviedo. Carmen Manjón González, Concejala de Turismo y Congresos del Ayuntamiento de Oviedo. Reinaldo Rodríguez, Presidente de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT). Vicente Álvarez Areces, Presidente del Principado de Asturias.
 
11:00 Conferencia inaugural; “Sociedad de la Información y Convergencia Multimedia”: Manuel Núñez Encabo, Catedrático de la Universidad Compl- Conferencia Inautense de Madrid, Eurodiputado.
 
11:45 – Descanso-tiempo de café.
 
12:15 – Conferencia. Los Derechos Humanos en el Ciberespacio”. Emilio Suñé Llinás, Director de Postgrados en Derecho Informático, Universidad Complutense de Madrid, Presidente del CIID.
 
12:45 – Mesa Redonda: “Hacia un nuevo Derecho de Protección de Datos”. Modera: Teresa Vargas Osorno, Directora de Informática Jurídica de la Universidad Externado de Colombia. Ponentes: Emilio Suñé Llinás, Director de Postgrados en Derecho Informático, Universidad Complutense de Madrid, Presidente del CIID. Miguel Ángel Davara, Profesor Ordinario de Derecho Informático, Universidad Pontificia de Comillas. Yarina Amoroso, Presidenta de la Sociedad Cubana de Derecho e Informática; Luis Joyanes Aguilar, Director de Postgrados en Sociedad de la Información, Universidad Pontificia de Salamanca.
 
14:00 – Almuerzo de trabajo en el Auditorio. Coloquio conjunto en Plenario.
 
16:00 – Panel: “Semántica del Léxico Jurídico y Bases de Datos Documentales”. Ponentes: Ángel Sancho, Director de I+D y Búsquedas de Wolters Kluwer España; José Medina, Director de Informática Editorial de Wolters Kluwer España y Cristina Retana, Directora de contenidos de Wolters Kluwer España.
 
17:00 – Exposición de Ponencias en Salas.
 
21:30 – Cena típica astur (espicha). Se requiere invitación
 
 
MIÉRCOLES 1 DE ABRIL : DERECHO DE LA INFORMÁTICA Y DE LAS COMUNICACIONES
 
10:30 – Conferencia Extraordinaria. “Comercio Electrónico: Tendencias, Oportunidades y Riesgos”. Francisco Paletta. Universidad FAAP, Fundaçao Armando Alvarez Penteado, Sao Paulo (Brasil)
 
11:15 – Conferencia. Aproximación a la Cultura Empresarial de Protección de Datos desde la Estandarización”. Rosa García Ontoso. Presidenta del Subcomité 27 de ISO en España. Primera Directora de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid
 
11:45 – Descanso-café
 
12:15 – Conferencia. “La Protección del Patrimonio Cultural en el Ciberespacio”. Yarina Amoroso, Consultora de la UNESCO, Presidenta de la Sociedad Cubana de Derecho e Informática: .
 
12:45 – Mesa Redonda: “El Papel del Regulador de las Telecomunicaciones en los Países Iberoamericanos”. Modera: Ángel García Castillejo, Consejero de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT). Ponentes: Guillermo de la Jara, Jefe de la División Jurídica de la Subsecretaría de Telecomunicaciones de Chile. Gustavo Peña, Secretario General de REGULATEL. Carlos Bello, Abogado Despacho Bello, Gallardo, Bonequi y García, S.C.
 
14:00 – Almuerzo de trabajo en el Auditorio. Coloquio conjunto en Plenario.
 
16:00 – Panel. “Convergencia de las TIC, Cultura y Contenidos: Solución al Canon Digital.
Moderador: José Pérez García, Director General de ASIMELEC. Ponentes: Rafael Sánchez Jiménez, Gerente de Copia Privada de EGEDA. Antonio Guisasola, Presidente de PROMUSICAE. Agustín González, socio del Despacho Uría y Menéndez.
 
17:00 – Exposición de Ponencias en Salas.
 
21:30 – Cena de Gala / Confraternización (se requiere invitación).
 
 
JUEVES 2 DE ABRIL: DERECHO ELECTRÓNICO
 
10:30 – Conferencia Extraordinaria: “El Documento Electrónico”. Audilio Gonzáles Aguilar, Director de Postgrados en Derecho Informático de la Universidad de Montpellier III Paul Valéry.
 
11:15 – Descanso-café
 
11:45 – Mesa Redonda: “Gobierno de Internet y Administración Electrónica”. Modera: Enrique Muñoz, Vicepresidente de ASIMELEC. Ponentes: Luis Iturrioz Viñuela, Viceconsejero de Modernización y Recursos Humanos del Principado de Asturias. Antonio Carmona, Director de Educación y e-administración de IECISA. Juan Antonio Márquez. Director General para el impulso de la Administración Electrónica del Ministerio de Administraciones Públicas.
 
13:00 – Coloquio conjunto en Plenario
 
13:30 – Solemne Acto de Clausura de la Convención de Oviedo, con Lectura de Conclusiones y designación por el Centro Internacional de Informática y Derecho (CIID) del País Sede de la 3ª Convención Internacional de Derecho Informático.
 
14:00 – Vino español.
 
VIERNES 3: JORNADA ACADÉMICO-CULTURAL.
Preparación de la 3ª Convención Internacional de Derecho Informático, Electrónico y de las Comunicaciones, a celebrar en Montpellier, Francia.
Visita a la Facultad de Derecho de Oviedo.

El fin del anonimato móvil


Identificate!Los operadores estiman en 15 millones  los usuarios de telefonía móvil  que aún no han pasado por las tiendas para identificarse, por lo que el Ministerio del Interior ha iniciado  una campaña para presionar a los usuarios de telefonía móvil prepago para que se identifiquen bajo la amenaza de inutilizar sus teléfonos si no lo hacen.

La campaña, con el slogan ¡identifícate! se desarrolla en una presentación disponible en el web del Ministerio del Interior, que tiene conexiones con las web de las operadoras.

El ministro Alfredo Pérez Rubalcaba aprovechó su comparecencia en el anuncio de la campaña para agradecer a los operadores su colaboración y el esfuerzo económico y de medios que han puesto a disposición del cumplimiento de la Ley de conservación de datos, en la que está incluida esta medida. El coste total para todos los operadores se estima en unos 50 millones de euros.

El ministro minimizó la importancia de las críticas que señalan que la medida será poco útil para perseguir eficazmente al crimen organizado o a bandas terroristas, puesto que es muy sencillo obtener tarjetas prepago de países en los que no estará nunca en vigor la nueva legislación, como Marruecos, o de otros países europeos donde se ha decidido no poner en marcha esta medida.

Otro de los grandes problemas que reducen enormemente su utilidad es que el personal que debe realizar la identificación de las tarjetas prepago -que son los dependientes y comerciales de los establecimientos donde se venden los teléfonos móviles-, no está preparados para realizar esta identificación con rigor. Es decir, que no sabrán distinguir si un DNI o pasaporte es real o falsificado.

Una de las principales consecuencias comerciales que tendrá esta medida es que provocará un importante volumen de bajas en la fecha en la que entre en vigor. Muchos colectivos de usuarios, especialmente las personas mayores, seguirán sin saber que deben registrar sus datos personales.

Los operadores empezarán a realizar envíos masivos de mensajes a los teléfonos de los clientes, pero aún así, se espera que a partir del 8 de noviembre las compañías de móviles se vean obligadas a dar de baja varios millones de usuarios de sus bases de clientes.

Exito en el evento de eAdministración de Atenea Interactiva


Escribo este post desde el Instituto de Postgrado de la UAX (Universidad Alfonso X El Sabio), en cuya sede se celebra el evento eAdministración (eGovernment) organizado por Atenea Interactiva, del que ya informé.

La verdad es que con algo más de 80 asistentes, la asistencia se acerca el límite de capacidad de la sala, por lo que Atenea ha tenido que cerrar la inscripción.

Asistencia al evento de eGovernment organizado por Atenea Interactiva

Para los que no han podido acudir a esta sesión, Atenea ya ha abierto una nueva convocatoria que tendrá lugar el 12 de marzo de 2009.

Os recuerdo los titulares del contenido de la Jornada:

  • Obligaciones para las administraciones públicas derivadas del nuevo marco normativo de e-administración y  contratación pública.
  • Identidad Digital y DNIe.
  • Firma Electrónica
  • Implementación del Perfil del Contratante
  • Facturación electrónica en el sector público
  • Claves para transformar procesos administrativos e implementar procesos telemáticos
  • Notificaciones fehacientes por vía telemática
  • La Compulsa electrónica y la Digitalización Certificada.
  • Archivo de Constancias Electrónicas y Carpeta Ciudadana
  • Registro Telemático
  • Coloquio y conclusiones

Compatibilidad de soluciones de firma electrónica


Estos dias se celebra un nuevo evento de interoperabilidad en ETSI y aparte de Safelayer la única otra empresa española participante es Albalia Interactiva. Ciertamente, el club es muy exclusivo.

Es un esfuerzo muy grande el que requiere la participación en estos eventos, pero a cambio las empresas participantes tienen una visión muy clara de la compatibilidad de sus productos de firma electrónica con los de las entidades líderes del resto del mundo.

Este gráfico da una idea de la participación en este evento.

Procedencia de los participantes en XAdES/CAsES Plugtest de febrero de 2009

Procedencia de los participantes en XAdES/CAsES Plugtest de febrero de 2009

Y este otro muestra la evolución en los últimos eventos de comprobación de compatibilidad de las firmas electrónicas:

Evolución de la participación en los últimos eventos XAdES Plugtest de ETSI

Documento electrónico y Oficina Judicial


Mi amigo Carlos Galán ha escrito un interesante artículo con ese título que está disponible en el web Noticias Jurídicas.

Así empieza:

La delicada situación actual de la Administración de Justicia y la necesidad de modernizar urgentemente las herramientas que utiliza para el desempeño de su misión constitucional, nos animan a esta reflexión, en donde trataremos de despejar un horizonte que, por prolijo, se presenta en ocasiones enmarañado. El concepto de documento electrónico y su incardinación en el ciclo de vida del expediente judicial constituyen el eje sobre el que discurren las siguientes líneas.