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ASIMELEC recibe el premio ciudadano 2007 por su compromiso y proyectos con el medioambiente


ASIMELEC, asociación patronal que agrupa a las empresas del macro sector TIC español, recibió el pasado martes 23 de octubre, el Premio Ciudadano 2007, por su compromiso y proyectos con el medio Ambiente.

Martín Pérez, Presidente de la Asociación, recogió el Premio de manos de Antonio Serrano, Secretario General para el Territorio y la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente, durante el evento que tuvo lugar el pasado martes en Madrid para celebrar la V Edición de los Premios CIUDADANOS.

Organizados por Televisión Digital Terrestre con la colaboración de AERTEDI (Asociación de Entidades de Radio y Televisión Digital), el acto de entrega de premios congregó en torno a más de doscientos cincuenta invitados, provenientes de los principales sectores públicos y privados de la sociedad madrileña. De carácter anual, los Premios Ciudadano, tienen el objetivo de distinguir las actitudes solidarias y los valores ciudadanos, y ser un vehículo para sensibilizar a la sociedad de la necesidad y la importancia de valores como el esfuerzo, la dedicación y el compromiso en los proyectos con y para los ciudadanos.

Entre los galardonados este año, cabe destacar a Baltasar Garzón, premiado por su trayectoria y defensa de los valores humanos, y José María Cuevas, quien recibió el Premio por su labor al frente de la CEOE, como presidente, de manos de Cándido Méndez, Secretario General de UGT.

Martín Pérez, presidente de ASIMELEC, agradeció en nombre de la Asociación el galardón, que dedicó al esfuerzo de todas las empresas y personas que la componen, y en particular, a la espléndida labor llevada a cabo por las Fundaciones Medioambientales de ASIMELEC, que la patronal del macrosector TIC tiene en marcha para hacer frente a la recogida y reciclaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos que se generan.

Pérez, destacó el compromiso de las empresas TIC de seguir trabajando por el Medio Ambiente, la Responsabilidad Social Corporativa, la sostenibilidad TIC y la extensión del alcance de recogida y reciclaje de productos electrónicos, “es compromiso de ASIMELEC, desarrollar y acercar sus actividades tanto a usuarios como a empresas.

El formato de la eFactura y el consentimiento


Logo FacturaeCon esta norma se consiguen 2 objetivos: definir la forma de prestar el consentimiento a la recepción de facturas por parte de las entidades públicas y el formato a utilizar en las facturas que se dirigen a ellas.

Definitivamente se le asigna la marca facturae al formato que proviene de los trabajos de CCI (Centro de Cooperación Interbancaria) y AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria). Con esta marca se designa el portal conjunto de los Ministerios de Economía y Hacienda y de Industria, Turismo y Comercio: http://www.facturae.es en el que estará (y de hecho está) disponible gran cantidad de información sobre la factura electrónica.

España se situa con esta norma a la cabeza de los estados europeos en el compromiso con el despliegue de la factura electrónica ya que oficializa una deteminada forma de operar que facilita la interoperabilidad. Como se comentó en el pasado Congreso UBL, entre la iniciativa NES (Northern European Subset) y la española (que incluye, además de esta iniciativa los trabajos del proyecto Codice, de la Dirección General de Patrimonio), hay suficiente base para contribuir al desarrollo de una especificación común europea que posiblemente se denominaría NES Neutral European Specification. En este grupo se incluiran proyectos como eFaktura y SFTI (Single Face to Industry) del sector público sueco en apoyo del negocio electrónico.

Pronto veremos en el portal facturae el Directorio de entidades públicas que aceptan recibir facturas electrónicas, y que por sí mismo se constituirá en el catálogo de las entidades públicas con mejores prácticas en el desarrollo de servicios de Administración electrónica, por el gran efecto de la factura electrónica como indicador de adopción de infraestructuras tecnológicas. 

Aunque la norma se dirige en principio a la administración general del estado y sus organismos dependientes, no cabe duda de que es de gran utilidad para organismos autonómicos y administraciones locales, ya que los servicios del portal no restringen su alcance y se ofrecen a todas las entidades que quieran hacer uso de ellos.

En el ámbito del sector privado, la norma tiene su importancia, ya que facilita, entre otras cosas la justificación de subvenciones, aportando las facturas en el formato descrito. De modo que puede preverse su adopción generalizada.

A mi me parece muy interesante la mención a UBL en la norma ya que muestra el compromiso de convergencia con los estándares internacionales (remarcado con la mención al CEN, Comité Europeo de Normalización, en donde ya existe presencia de los organismos españoles).

El propio portal facturae es un ejemplo del interés por la convergencia. En el se publica, además de la información del formato estandarizado facturae, que comienza en la versión 3.0 (asumiendo la regla de versionado de CCI-AEAT) bastante información sobre la compatibilización de este formato con UBL (en documentos creados bajo el auspicio de Fundetec), de forma que parece sencillo implemntar sistemas que gestionen internamente UBL y entreguen facilmente formato facturae cuando sea preciso.

Por otro lado me parece importante destacar, aunque no resulta inmediatamente obvio a partir de la lectura de la norma, que una de las herramientas más importantes resultantes de esta iniciativa es el propio catálogo o directorio de entidades, no solo como «Hall of Fame» de las mejores entidades, sino como herramienta destinada a acelerar la adopción de la eFactura. Este Directorio tiene el mismo objetivo que el desarrollado en el marco del proyecto  Avanza PYME (Soluciones de negocio y factura electrónica) – PAV-080200-2007-62 por ASIMELEC. La principal diferencia entre uno y otro, es que en el caso de las entidades privadas, puede dejarse al acuerdo de las partes el formato de factura y firma electrónica a utilizar, lo que ya aparece definido para las entidades públicas.

Ambos directorios permiten la consulta automatizada de datos a partir del CIF del destinatario, permitiendo confirmar su interés en recibir facturas electrónicas y la dirección electrónica de entrega de las mismas.

La información del proyecto eFactura de ASIMELEC se publicará en breve de forma que se abre la posibilidad de que cualquier entidad pueda utilizar en sus proyectos el webservice disponible y resolver los parámetros principales de envío de las facturas establecidos por sus destinatarios.

Jornada de Factura Electrónica en La Coruña


Desde las instituciones púbicas se valoran las ventajas objetivas de la adopción de la Factura Electrónica por las empresas  junto con el hecho de que esta adopción constituye un indicador de la penetración de los principales parámetros de la sociedad de la información en las empresas: adopción de la banda ancha, uso de ordenadores personales, uso de aplicaciones informáticas como ERPs o programas de contabilidad.

Por ese motivo se están promoviendo ayudas desde la administración, y, en particular desde el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que con el Plan Avanza desarrolla diferentes iniciativas de impulso de la Sociedad de la Información, para particulares y para empresas.

Una de ellas es la iniciativa Avanza PYME que a través de la línea Soluciones de negocio y factura electrónica y con ayuda de los Fondos FEDER promueve la adopción de la factura electrónica en las PYMES apoyando diferentes proyectos.
 
ASIMELEC ha visto favorecida su nueva iniciativa de Formación sobre factura electrónica con el apoyo del Ministerio, lo que les permite llevar a diferentes localidades de toda España un programa formativo de calidad sobre las implicaciones de la factura electrónica en la empresa y la forma de implantarla.

La primera de las jornadas formativas tendrá lugar mañana 9 de octubre de 2007 en La Coruña y a continuación recorrerá diferentes ciudades de toda España transmitiendo las ventajas de la factura electrónica para las PYMES y explicando la forma en que se puede adoptar de forma sencilla.

En esta ocasión, la jornada cuenta con el apoyo de la Confederación de empresarios de La Coruña, en cuya sede de la Plaza de Luis Seoane, Torre 1 se celebra el evento. Además Caixa Galicia presentará en primicia sus servicios de pago a proveedores basados en la factura electrónica que ha anunciado recientemente.

Hay más información sobre este evento y los sucesivos en el Portal de efactura de ASIMELEC.

Segunda edición del Libro «La factura electrónica»


En el marco de los proyectos AvanzaPYME impulsados por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, el presentado por ASIMELEC que fue uno de los seleccionados en la «convocatoria» de abril de 2007, comunicada en julio, incluye el propósito de distribuir un elevado número de ejemplares del libro «La Factura Electrónica» en las diferentes jornadas formativas que se desarrollarán.

Para ello estamos preparando la «Segunda Edición».

Por eso agradecería a todos los que han profundizado en el tema y han leido el libro, que nos identificaran los errores que hayan detectado, o nos sugieran las mejoras que consideren adecuadas.

Julian Inza en Albalia punto com

De la versión actual del libro se han realizado 60.000 descargas desde el Web de ASIMELEC. No tengo el dato aquí de las descargas realizadas desde Red.es. Y me consta que se puede descargar de más sitios, sin que podamos contabilizar estas descargas.

Quienes quieran poner a disposición de los usuarios este libro deberían incluir el enlace de ASIMELEC, porque así llevamos mejor la cuenta de las descargas.

Preguntas frecuentes sobre factura electrónica y digitalización certificada


Con la publicación de la norma EHA 962/2007, han quedado claras muchas cosas en relación con la factura electrónica y la digitalización certificada.

Todavía quedarán más claras (sobre todo en relación con la Digitalización Certificada) cuando se publique la Resolución del Director de la Agencia Tributaria que ahora mismo está en forma de «borrador«.

Además creo que nuestro libro sobre la factura electrónica ha contribuido a difundir el conocimiento técnico y jurídico sobre ella.

Y también el portal facturae que desarrollan el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio con la Agencia Tributaria.

Además, la Agencia Tributaria ha preparado una relación de preguntas frecuentes sobre eFactura del que seguidamente se incluye un extracto.

¿Qué es la factura electrónica?

Se pueden dar varias definiciones, todas ellas equivalentes.

Documento tributario generado por medios informáticos en formato electrónico, que reemplaza al documento físico en papel, pero que conserva el mismo valor legal con unas condiciones de seguridad no observadas en la factura en papel.

Equivalente funcional de la factura en papel, que se puede transmitir desde el expedidor al destinatario por medios telemáticos.

En términos informáticos, consiste en un fichero con el contenido exigido por ley a cualquier factura, que se puede transmitir de emisor a receptor por medios telemáticos (de un ordenador a otro) y que posee unas características que aseguren la autenticidad e integridad.

¿Qué es facturación electrónica?

Consiste en facturar usando facturas electrónicas.

¿Son equivalentes las denominaciones factura electrónica, factura telemática y factura digital?

Sí son equivalentes. Incluso pueden existir otros términos análogos. Así en el lenguaje legal se suele emplear con frecuencia la expresión “remisión por medios electrónicos de facturas”.

¿Cuáles son las ventajas de la facturación electrónica?

Entre las muchas ventajas de la facturación electrónica se encuentran:

  • Ahorro de costes
  • Mejora de la eficiencia
  • Integración con la aplicaciones de gestión internas, de la empresa.
  • Optimización de la tesorería
  • Obtención de información en tiempo real
  • Reducción de tiempos de gestión
  • Agilidad en la toma de decisiones
  • Administración y contabilidad automatizadas.
  • Disminución de costes de los documentos en papel.
  • Control de acciones erróneas
  • Uso eficaz de los recursos financieros
  • Flujos de transacciones agilizados
  • En el futuro será obligatorio para la facturación a muchas Administraciones Públicas.

¿Tiene validez legal la factura electrónica?

La factura electrónica tiene la misma validez legal que la factura en papel, a efectos tributarios.

¿Cuáles son las normas legales que rigen la facturación electrónica?

La Orden EHA/962/2007 por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas.

Otras disposiciones que afectan a la facturación en general, y tratan la facturación electrónica en algunos de sus artículos son:

  • Real Decreto 1496/2003. Reglamento que regula las obligaciones de facturación.
  • Directiva 2001/115/CE, por la que se modifica la Directiva 77/388/CEE con objeto de simplificar las condiciones impuestas a la facturación.

¿Necesito la autorización de mi cliente para poder facturarle electrónicamente?

Es necesario el consentimiento expreso del destinatario por cualquier medio, verbal o escrito.

En cualquier momento el destinatario que esté recibiendo facturas o documentos sustitutivos electrónicos podrá comunicar al proveedor su deseo de recibirlos en papel. En tal caso, el proveedor deberá respetar el derecho de su cliente.

El destinatario debe estar de acuerdo en los formatos en los que se va a facturar electrónicamente.

¿Quién es el responsable último de la validez de la firma y de su correspondiente certificado?

El destinatario de la factura tiene la obligación de verificar la validez de la firma y por tanto el certificado firmante. Para ello dispondrá de los medios informáticos necesarios.

¿Hay que aplicar la facturación telemática a todos los clientes o podría ser sólo a unos determinados?

Se puede utilizar la facturación telemática con sólo parte de los clientes. También se pueden emitir facturas en papel y telemáticamente en un mismo ejercicio para el mismo cliente.

¿Qué tiene que hacer el destinatario de la factura electrónica una vez recibida?

El destinatario tiene que conservar de forma ordenada las facturas y permitir el acceso completo y sin demora. Esto significa:

  • Disponer del software que permita verificar la validez de esa firma.
  • Almacenar los ficheros de las facturas, así como las firmas asociadas a cada una de ellas, caso de no venir en el mismo fichero.
  • Permitir el acceso completo y sin demora, es decir, tener algún mecanismo que permita poder consultar las facturas en línea de modo que se visualicen, se puedan buscar cualquiera de los datos de los libros de Registro de IVA, se puedan realizar copias o descargas en línea de las facturas y se puedan imprimirlas en papel cuando sea necesario.

¿Qué se puede ceder a un tercero en la facturación?

En la facturación siempre hay un profesional o empresario que tiene la obligación de remitir facturas y conservar al menos su matriz y un cliente que tiene la obligación de recibirlas y conservar las facturas tal cual. Son los llamados obligados tributarios.

Las anteriores obligaciones se pueden ceder, algunas o todas, a un tercero, que actúe en nombre del obligado tributario. Es decir:

  • El profesional o empresario puede ceder la expedición de las facturas a un tercero.
  • El profesional o empresario puede ceder la conservación de las facturas, o al menos sus matrices, a un tercero.
  • El cliente destinatario, puede ceder la recepción y conservación de las facturas, a un tercero.

En resumen todo, o parte del proceso de facturación se puede ceder a un tercero. En cualquier caso los responsables últimos ante las Autoridades son los obligados tributarios, es decir el profesional o empresario que debe expedirla y su cliente destinatario.

¿Puede el destinatario de la factura electrónica modificar el fichero?

No, el fichero de facturación telemática recibido debe conservarse en su integridad sin modificaciones.

¿En qué formato deben conservarse las facturas?

El destinatario debe conservar las facturas en el mismo formato y soporte original en el que éstas fueron remitidas. Salvo que opte por alguna de las formas de conversión autorizadas en los artículos 7 y 8 de la Orden EHA /962/2007.

Así, si se han recibido facturas en papel, el destinatario podrá optar por convertirlas y conservarlas en formato electrónico siempre que lo haga de acuerdo con el Artículo 7 de la citada Orden. Conversión de papel a digital.

Por otro lado, si se han recibido facturas en formato electrónico, el destinatario podrá optar por convertirlas y conservarlas en formato papel siempre que lo haga de acuerdo con el Artículo 8 de la citada Orden. Conversión de digital a papel.

¿ Qué condiciones tiene que cumplir la factura electrónica, caso de expedirla una empresa extranjera que ofrece su servicio o producto a un cliente español?

Está recogido en el Artículo 4 de la Orden EHA/962/2007 por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas.

Debe cumplir las mismas condiciones que tienen las facturas expedidas y remitidas en España.

Caso de uso de firma electrónica, es el cliente residente en España el que debe cerciorarse de que se trata de una firma electrónica reconocida. Esto se cumple en los siguientes casos:

  • Caso de Unión Europea cuando se cumpla alguno de los siguientes requisitos:
    1. El certificado indica en su propio contenido que es un certificado reconocido y la Autoridad de Certificación tiene públicamente accesibles sus políticas de certificación en las que indica que cumple con lo establecido en la Directiva europea de firma electrónica 1999/93/CE.
    2. El certificado se halle acreditado por una entidad establecida en la UE conforme a un Esquema Voluntario de Acreditación de acuerdo con lo recogido en la Directiva 1999/93/CE.
    3. El certificado se halle inscrito en algún registro público de autoridad competente en materia de firma o fiscal.
  • Caso países fuera Unión Europea cuando se cumpla alguno de los siguientes requisitos:
    1. El certificado se halle acreditado por una entidad establecida en la UE conforme a un Esquema Voluntario de Acreditación de acuerdo con la Directiva 1999/93/CE.
    2. Que una entidad AC establecida en la UE avale el certificado.
    3. Que el certificado esté reconocido en virtud de acuerdos de la UE con terceros países.

¿Puede una empresa extranjera solicitar la homologación de un software de digitalización?

El Artículo 7 de la Orden EHA/962/2007, recoge los aspectos referentes a la digitalización certificada de facturas en papel.

Dice, el citado artículo, que la solicitud de homologación del software de digitalización certificada, la pueden efectuar empresas residentes en España o en la Unión Europea.

¿Se puede realizar la conservación de facturas electrónicas en el extranjero?

La conservación de facturas en el extranjero, se encuentra recogido en el Artículo 9 de la Orden EHA/962/2007.

Tanto el emisor como el destinatario de la factura, pueden decidir si la conservación se hace en España o en el extranjero. Pero sólo es válido la conservación en el extranjero en el caso de factura en formato electrónico, ya que es el que puede garantizar el acceso completo y sin demora injustificada.

Se da la siguiente casuística:

  • Si lo hace en un país de la UE o país con el que exista un instrumento jurídico:
    • Puede hacerlo directamente el obligado tributario (destinatario o expedidor)
    • Puede hacerlo a través de un tercero en nombre del destinatario de la factura o expedidor de la factura.
  • Si lo hace en un país extranjero distinto a los anteriores:
    • Puede hacerlo directamente el obligado tributario previa comunicación a la AEAT.
    • Puede hacerlo a través de un tercero, previo procedimiento de autorización, dirigida al Director del Departamento de Gestión Tributaria. En este caso, la autorización deberá instarla, empresarios o profesionales españoles interesados en la conservación de sus facturas en el extranjero. No a instancias de residentes en el extranjero que pretendan homologar sus sistemas para prestar servicios a residentes en España.

¿Se pueden expedir facturas electrónicas desde fuera de España, en nombre de empresas residentes en España?

La expedición de facturas fuera del territorio español, se encuentra recogido en el Artículo 9 de la Orden EHA/962/2007.

Para ello es necesario siempre, una autorización dirigida al Director del Departamento de Gestión Tributaria.

Pueden pedir la autorización a instancias de empresarios o profesionales españoles. No a instancias de residentes en el extranjero, que pretendan homologar sus sistemas para prestar servicios a residentes en España.

¿En facturación electrónica hay que usar siempre firma electrónica reconocida?

La Orden EHA/962/2007 dice que la obligación de remisión y conservación de facturas o documentos sustitutitos, podrá ser cumplida por medios electrónicos que garanticen la autenticidad del origen y la integridad de su contenido.

Para asegurar tal autenticidad y la integridad se puede:

  • Usar firma electrónica reconocida
  • Usar sistemas de intercambio electrónico de datos EDI. En este caso las partes deben reflejar con precisión los medios empleados para garantizar la autenticidad e integridad.
  • Otros sistemas distintos a los anteriores. En este caso será necesaria una autorización del Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.

El escenario más frecuente es usar firma electrónica reconocida. Sólo ciertos sectores, en los que lleva tiempo implantando, usan EDI, como por ejemplo el sector de la automoción.
En las preguntas y respuestas aquí expuestas, se sobreentiende que se habla de facturas emitidas con firma electrónica, salvo que se diga expresamente otra cosa.

¿Cómo se garantiza la autenticidad del emisor y la integridad del contenido?

Tal como se ha comentado anteriormente hay varios mecanismos. El más habitual es firmar la factura con una firma electrónica reconocida.

En el proceso de firma, se usa un certificado de usuario garantiza la autenticidad del emisor y una huella que garantiza la integridad. Es decir, en caso de modificación de la factura incluida en el fichero de la facturación telemática, la firma es inválida, de lo que nos avisaría nuestro software.

¿Por qué es necesaria la firma electrónica reconocida en la factura electrónica?

La firma electrónica es necesaria para garantizar la integridad de la factura. Es decir, permite comprobar que no se ha alterado la información contenida en la factura.

Por otra parte esa firma electrónica es reconocida, para conseguir el mayor grado de seguridad de acuerdo con la Ley de Firma Electrónica 59/2003. Sólo la firma reconocida tiene validez legal igual a la manuscrita.

¿Qué ficheros se envían al destinatario de la factura?

Lo más frecuente, es enviarle al cliente un fichero firmado. Es decir, un único fichero que contiene la información legal requerida a la factura y también contiene la firma.

Podría darse el caso, poco usual, de que se trate de dos ficheros. Por un lado el contenido de la factura y por otro un fichero con la firma. En este caso hay que garantizar la correspondencia entre el fichero de la factura y el de su correspondiente firma.

¿ De quién es el certificado que hay que usar para firmar la factura que se emite?

El certificado que se usa es el del expedidor real de la factura. Ya sea éste el obligado tributario, un tercero que actúe en su nombre o el destinatario de la factura, si se ha acordado auto-facturación.

¿Puede el formato de expedición de la factura ser diferente del de destino?

No es posible. Es esencial en la facturación telemática, que el destinatario pueda verificar la firma.

¿Qué formatos son válidos para la factura electrónica?

Cuando se habla de formato se puede hacer referencia a varios aspectos diferentes:

Por un lado está la estructura del fichero que soporta el contenido legal de la factura.

No existen un formato único para la factura electrónica. Puede usarse XML, PDF, HTML, DOC, XLS, JPEG, GIF o TXT entre otros.

La Agencia Tributaria, por ejemplo, usa XML con una estructura determinada conocida como formato «Facturae» (anteriormente conocida como formato AEAT-CCI).

También se usa la palabra formato para referirnos a la estructura de la firma.

Igual que en el caso anterior no existe un formato único. Puede usarse PKCS7, XadES, PDF, …
La Agencia Tributaria usa firma con formato XML dado por el estándar XadES.

Finalmente tanto el contenido de la factura , llamémoslo factura, como la firma vienen en un único fichero normalmente con extensión «.fir»

Es aconsejable la utilización de estándares.

¿Por qué medios se puede enviar la factura telemática al receptor?

Una vez obtenido el fichero de la factura con su firma se puede enviar al destinatario de diferentes modos. Al igual que ocurre con los formatos, no existe un modo único. Se puede enviar por correo electrónico, por FTP, poniéndolo en una página Web desde la que se la pueda descargar, mediante un Servicio Web (Web Service), ….

Lo que hay que enviar al cliente es la factura firmada digitalmente, es decir, todo, contenido legal de la factura y la firma de ésta.

¿Es necesario usar los formatos con los que trabaja la Agencia Tributaria?

Se puede usar cualquier formato.

Ahora bien, aquellos que sean o puedan ser proveedores de la Agencia Tributaria y otras Administraciones de la Administración General del Estado, deberán expedir sus facturas a las citadas Administraciones en formato Facturae, también conocido como AEAT-CCI. Recuérdese, que el destinatario debe ser conforme con los formatos a emplear, ya que es el responsable último de las facturas que recibe.

¿Tengo que proporcionar a los receptores de mis facturas telemáticas mi certificado?

No, si el certificado va incluido en la firma de la factura. Esa es la situación más frecuente.

Las copias que se hagan en formato electrónico, ¿llevan incorporada la misma firma electrónica que la factura original?

Sí, la copia íntegra de la factura telemática mantiene la información de firma. Aunque se copie a BB.DD., CD-ROM, disco, ….

¿Sería posible enviar telemáticamente a los clientes un documento firmado PDF legible para una persona, junto con nubes de puntos en formato PDF417?

Si ese fichero Adobe-PDF lleva incrustada una firma electrónica reconocida que asegura la integridad y autenticidad de todo el conjunto, se podría.

Si el documento Adobe-PDF no lleva una firma que asegure la integridad y autenticidad de todo el conjunto, también se podría pero complicaría al destinatario la obligación de verificar la valides de la firma. Puesto que el contenido «fiable» de la factura sería el que viene codificado, y firmado, dentro del PDF 417 y nadie asegura, a priori, que ese contenido sea el mismo que puede «leerse» en la parte legible del PDF. En este caso el receptor está obligado a leer las nubes PDF417, para validar la firma, lo que exige que debe disponer del hardware adecuado.

La nube de puntos PDF-417 no es frecuente usarla para expedir facturas.

¿En qué contexto se usa la nube de puntos PDF-417?

El uso de nube de puntos PDF-417, se trata en el Artículo 8 de la Orden EHA/962/2007.

Se usa en el siguiente contexto, cuando el destinatario ha recibido una factura en formato electrónico y, aunque lo aconsejable es la conservación en el mismo formato electrónico de remisión, la Orden permite que la pueda conservar en formato papel, mediante la correspondiente opción de software que permita la impresión a papel, junto a los contenidos del documento, de dos conjuntos de códigos PDF-417, considerados como sendas marcas gráficas de autenticación, en el primero de los cuales se incluirá el contenido íntegro de los datos de la factura y en el segundo la firma electrónica del fichero anterior. En el supuesto de estar la firma embebida en el fichero que contiene la factura o que los datos de la factura estén contenidos en el formato de firma, bastará con un solo conjunto de marca gráfica que lo incluiría todo.

¿Distribuye la AEAT código para generar PDF417 para la facturación?

No, la AEAT no dispone de software distribuible para generar PDF417 ni dispone de ejemplos de facturas impresas con PDF417.

La copia en papel es opcional, y por tanto, la inclusión del PDF417 también es opcional. Como es evidente, se podrá imprimir la factura aunque no tenga PDF417, siempre que se conserve el fichero de factura telemática.

La AEAT no dispone tampoco de información especial sobre el PDF417, ya que es un estándar internacional con amplia información en Internet.

¿Qué características debe tener el PDF417 impreso para que tenga validez legal?

Están también recogidos en el Artículo 8 de la Orden EHA /962/2007 :

  • Debe cumplir la especificación UNIFORM SYMBOLOGY SPECIFICATION – PDF417 publicada por AIM, asociación para el Desarrollo de Estándares acreditada por American National Standards Institute, con un nivel de corrección de errores 5, con compactación en modo Byte (Byte compaction BC mode) para permitir la codificación de la información en formato BASE code 64.
  • Para no limitar el tamaño máximo de datos se empleará el procedimiento MACRO PDF417.
  • Las marcas se situarán en un área de impresión rectangular cuyo vértice superior izquierdo tendrá siempre la misma coordenada absoluta respecto del vértice superior izquierdo del papel, que tendrá formato DIN A4, impreso en posición vertical.

Los lectores que usa la Agencia Tributaria (AEAT) suelen ser los de SYMBOL TECHNOLOGIES y LYNX de DATALOGIC.

¿ Qué ocurre si se firma con un certificado firmante caducado o revocado?

Las facturas remitidas electrónicamente, firmadas con certificados caducados, revocados o suspendidos en el momento de su expedición no se considerarán válidamente remitidas a sus destinatarios ni recibidas por éstos.

Por ello, el software del expedidor debe comprobar la validez del certificado antes de la firma de la factura. Asimismo, el software del destinatario debe asegurarse que la factura ha sido firmada con un certificado no caducado, ni revocado.

¿ Qué ocurre si se desea comprobar la validez de una firma, realizada con un certificado que caducó con posterioridad?

Se puede verificar la validez de la firma de la factura telemática, incluso en este caso. Hay que ver lo que la Autoridad de Certificación que emite el certificado, nos ofrece a este respecto.

Además, para facilitar tal verificación al software del destinatario, es conveniente que la factura haya sido firmada haciendo uso de algún formato de larga duración. Ejemplos de tales formatos son XAdES-X y CAdES-X.

¿Puedo convertir mis facturas en papel a formato electrónico?

El obligado tributario puede convertir sus facturas, documentos sustitutivos y cualesquiera otros documentos que conserven en papel que tengan carácter de originales, a formato digital.

Para ello deberá hacer uso de un software de digitalización que haya sido homologado por la Agencia Tributaria.

Lo anterior se recoge en el Artículo 7 de la Orden EHA/962/2007.

¿Qué es la digitalización certificada?

Es el proceso tecnológico que permite, mediante la aplicación de técnicas foto-electrónicas o de escáner, convertir la imagen contenida en un documento en papel a una imagen digital codificada conforme a alguno de los formatos estándares de uso común y con un nivel de resolución que sean admitidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Para ello es necesario usar un software de digitalización homologado por la Agencia Tributaria.

Está recogido en el Artículo 7 de la Orden EHA/962/2007.

¿ Qué pasos hay que seguir para homologar un software de digitalización certificada?

Está recogido en el Artículo 7 de la Orden EHA/962/2007.

Dirigir la documentación correspondiente, que acredita que se cumple con los requisitos recogidos en el apartado 2 del Artículo 7 de la citada Orden, al Director del Departamento de Informática de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

¿Dónde se puede presentar la documentación necesaria para homologar un software de digitalización certificada?

La documentación se puede presentar en cualquier Oficina de Registro de acuerdo con lo recogido en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC)

¿ Qué documentación hay que presentar en la solicitud de homologación de un software de digitalización certificada?

Está recogido en el Artículo 7 de la Orden EHA/962/2007, apartado 3.

La solicitud de homologación de un software de digitalización certificada, debe constar de:

  • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos exigidos en la Orden EHA/962/2007.
  • Documentación acreditativa que conste de:
    • Descripción de las normas técnicas en las que se basa el procedimiento de digitalización certificada, así como los protocolos o normas y procedimientos de seguridad, de control y de explotación referidos a la creación y consulta de la base de datos documental.
    • El Plan de Gestión de Calidad que se realiza en todo el proceso de digitalización y firma, y su influencia en la imagen obtenida y sus metadatos, así como la descripción del mantenimiento de los dispositivos.
    • Un informe emitido por una entidad de auditoría informática independiente con solvencia técnica acreditada en el ámbito del análisis y la evaluación de la actividad desarrollada, en el que se exprese la opinión acerca del cumplimiento por parte de la entidad solicitante, de las condiciones establecidas en la Orden citada anteriormente.

¿Cuál es el plazo de resolución y cómo ha de interpretarse el silencio administrativo?

El plazo de resolución es de seis meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud en el Registro. Si la verificación no hubiera finalizado en ese plazo, o no se hubiera dictado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada por silencio administrativo.

Comisión de Seguridad de ASIMELEC en Inteco


Ayer nos desplazamos en bloque los miembros de la Comisión de Seguridad de ASIMELEC a León para celebrar una de nuestras reuniones periódicas en la sede de Inteco, donde tuvimos una amistosa acogida por sus gestores.

El viaje en autobús permitió, tanto a la ida como a la vuelta, repasar todos los chascarrillos del sector, por lo que la reunión propiamente dicha pudo circunscribirse de forma metódica a la agenda distribuida por Nacho Carrasco.

En la sede de Inteco fuimos partícipes de sus objetivos, especialmente en lo referido al impulso de la seguridad de los sistemas de información, y pudimos comprobar el gran alineamiento que existe en objetivos e incluso acciones, entre Inteco y la Comisión de Seguridad y Confianza de ASIMELEC.

Tras un recorrido por sus instalaciones, y, en particular en su Centro Demostrador de Seguridad para la PYME, fuimos agasajados con un «vino español» salpicado de productos de León y alrededores que permitió apreciar la riqueza de su gastronomía y de sus vinos. Quiero agradecer a Enrique Martínez y Marcos Gómez su amable acogida.

Tengo la impresión de que se abre un amplio marco de colaboración entre las dos instituciones, en el que aportaremos nuestro granito de arena desde Albalia Interactiva.

Incluyo un pequeño video que nos entregaron y que permite conocer algunas características del Centro Demostrador de Seguridad para la PYME de Inteco.

D. Francisco Ros clausura la Asamblea de ASIMELEC


Francisco Ros PeránEl pasado martes 19 de junio asistí en el Hotel Ritz de Madrid, a la ceremonia de clausura de la Asamblea General de ASIMELEC, que contó con la participación del Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, D. Francisco Ros Perán. El Secretario de Estado afirmó, entre otras cosas, que el modelo de negocio de contenidos está cambiando a gran velocidad y la remuneración de los artistas por conciertos comienza a tener una gran importancia.

En su alocución, Ros reiteró el buen momento que vive el sector con la buena acogida por parte de consumidores y la revolución de la industria de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).

Tras la clausura, el secretario de Estado, se refirió en declaraciones a los periodistas al canon digital que estudian los ministerios de Industria y Cultura, y dijo que se sigue trabajando en él, aunque destacó que se trata de un sector que está cambiando muy deprisa en todo el mundo.Logo ASIMELEC nuevo

Añadió que de cara al exterior se espera una definición del nuevo modelo de negocio, mientras que en España hay que tomar una decisión respecto al canon, porque así lo exige la ley.

Hizo hincapié en los cambios que ha experimentado el sector en los últimos años y puso como ejemplo los buscadores Google o Yahoo, que tienen una capitalización muy superior a las grandes empresas de telecomunicaciones.

«Tenemos un sector en clarísimo crecimiento, lo que abre nuevos retos y posibilidades», pero a la vez nuevos riesgos ante los cambios en el modelo de negocio, afirmó.

El presidente de Asimelec, D. Martín Pérez, señaló el importante crecimiento que ha experimentado la asociación este año y el trabajo realizado con la TDT (televisión digital terrestre), el reciclaje de dispositivos o el canon digital.

La asociación ofreció un homenaje a su director general, D. José Peréz, por el trabajo de los últimos 20 años.

La asamblea concluyó con la entrega de los premios de este año, marco en el que el Director General para el Desarrollo de las Sociedad de la Información, de la Secretaría de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI) del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, D. David Cierco Jiménez de Parga, recibió el Premio ASIMELEC Sociedad de la Información 2007 por su labor en el Plan Avanza.

FUNDETEC y la Fundación CTIC (Centro Tecnológico para la Información y la Comunicación) compartieron el Premio TIC, y la Fundación Biodiversidad el Premio Medio Ambiente, y Magnetrón con el premio asociado del año, por sus más de 15 años de fidelidad y apoyo a ASIMELEC.


Premios Asimelec 2007


ASIMELEC, Asociación que representa a las empresas de tecnología, en muchos temas, ha premiado la labor de personas e instituciones en relación con la Sociedad de la Información, las TIC y el Medio Ambiente. El acto de entrega de los Premios, tendrá lugar el próximo martes 19 de junio en el Hotel Ritz de Madrid, en la ceremonia de clausura de la Asamblea General de ASIMELEC, que contará con la participación del Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán

Martín Pérez da más detalles en su Blog.

Exposec llega a Ciudad Real


El próximo dia 14 de junio nos veremos en Ciudad Real, donde tiene lugar el evento Exposec que organiza ASIMELEC.

El lugar, la sede de CEOE-CEPYME CIUDAD REAL sito en la Carretera de Ciudad Real a Valdepeñas, Km 3 – 13170 Miguelturra  (a menos de 1 hora de Madrid, en tren).

Regalaremos el famoso libro de «La Factura Electrónica»

Adjunto el Programa que podéis ver ampliado  en el web del evento.

9:30-9:45 Bienvenida y Recepcion asistentes

9:45-10:00 Inauguracion de las Jornadas CAJA DE CASTILLA LA MANCHA

D. Ignacio Carrasco
Director de Expansión
ASIMELEC

10:00-10.30 Análisis de la seguridad como concepto global

  • Concepcion global de la Seguridad, Puntos de referencia y de interés
  • Valoración de la Seguridad, Roi de la inversión y situaciones criticas
  • Entidades y Empresas

D. Santi Casas
Asesor
ASIMELEC

10.30-11.00 Aplicaciónes de firma electrónica y e-factura

  • Requisitos técnicos a tener en cuenta en los proyectos de factura electrónica
  • Obligaciones por la empresa como emisora y como receptora de facturas
  • Formatos de firma y de factura

D. Julián Inza Aldaz
Presidente
ALBALIA INTERACTIVA

11.00-11.30 LSSI y LOPD

  • Reglamentación actual
  • Desarrollos Normativo en España
  • Normativa especial a tener en cuenta

D. Abel González
Director de Desarrollo de Negocio
ESA Security

11.30-12.00 COFFEE-BREAK

12:00 -12.30 ISO 17799 E ISO 27001

  • ISMS
  • Valoración de riegos (Risk Assesment)
  • Controles

Dª Eva Muñoz APPLUS
Certification Technological Center
APPlus+

12:30-13:00 Recuperación y Continuidad de Negocio

  • Incidencias de Seguridad
  • Impacto
  • Medidas preventivas y Medidas correctivas

D. Alfonso García Catalán NEORIS
Director
NEORIS

13.00-13:30 e-firma: requerimientos y demos
D. Juan Jose Nombela
Director
G&D

13.30-14:00 Archivado de firmas a largo plazo: estándar XAdES

  • Firma Electrónica y Certificados Electrónicos
  • Formatos XADES

D. Enric Hernández
Responsable PKI
ANCERT Agencia Notarial de Certificación

14:00-14:30 Mesa Redonda:Aplicaciones específicas de seguridad

  • Barreras y Defensas.
  • Identificación
  • Antivirus, antispyware, etc

D. Ignacio Carrasco
Director de Expansión
ASIMELEC

D. Julián Inza Aldaz
Presidente
ALBALIA INTERACTIVA

D. Santi Casas
Asesor
ASIMELEC

14:30-Conclusiones y Clausura