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El Foro Electrónico de Accionistas tras la Ley 31/2014, de 3 de diciembre


Una vez más asistimos a una nueva modificación del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Esta vez, mediante la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo, en vigor a partir del 24 de diciembre de 2014.

Esta norma, el Real Decreto Legislativo 1/2010, lleva tantas modificaciones que parece un frankenstein: se renumeran artículos, otros se insertan mediante la técnica de añadir a cada artículo las menciones bis, ter, quater… (hasta llegar al novodecies en el 529), otros se cambian, otros se derogan…

Y me atrevo a vaticinar más cambios: dado que se da mucha preponderancia a la publicación en la página web de la sociedad (entre dos modificaciones de este RDL 1/2010 se llegó a denominar, para mi con buen criterio, «sede electrónica» de la sociedad) de documentos, convocatorias, acuerdos, proyectos de fusión (ah no, que eso es de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles)…, sorprende que las comunicaciones individuales a los socios de sociedades de responsabilidad limitada y a los de cotizadas con acciones nominativas se describan en varios artículos de la norma con la fórmula de «correo certificado» cuando lo lógico sería ampliar el concepto a sistemas de comunicación por vía electrónica que permitan acreditar el contenido de la comunicación y su entrega al destinatario, especialmente desde la publicación de Reglamento UE 910/2014 que regula las notificaciones fehacientes por vía electrónica («e-delivery» en la versión en lengua inglesa de la norma).

Lo relevante a efectos de este apunte, es que se ha modificado el artículo que aplica a los «Foros Electrónicos de Accionistas«, por lo que habrá que revisar los correspondientes reglamentos, de todas las sociedades y los propios foros, en los que se suele incluir un resumen de la normativa. En el momento actual (principios de 2015) el texto de aplicación es el siguiente:

Artículo 539  Instrumentos especiales de información

1. Las sociedades anónimas cotizadas deberán cumplir los deberes de información por cualquier medio técnico, informático o telemático, sin perjuicio del derecho de los accionistas a solicitar la información en forma impresa. 2. Las sociedades anónimas cotizadas deberán disponer de una página web para atender el ejercicio, por parte de los accionistas, del derecho de información, y para difundir la información relevante exigida por la legislación sobre el mercado de valores. Asimismo, las sociedades anónimas cotizadas publicarán en dicha página web el periodo medio de pago a sus proveedores, y, en su caso, las medidas a que se refiere el último párrafo del artículo 262.1. En la página web de la sociedad se habilitará un foro electrónico de accionistas, al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias que puedan constituir, con el fin de facilitar su comunicación con carácter previo a la celebración de las juntas generales. En el foro podrán publicarse propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día anunciado en la convocatoria, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la Ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria. 3. Al consejo de administración corresponde establecer el contenido de la información a facilitar en la página web, de conformidad con lo que establezca el Ministerio de Economía y Hacienda o, con su habilitación expresa, la Comisión Nacional del Mercado de Valores. 4. Los accionistas de cada sociedad cotizada podrán constituir asociaciones específicas y voluntarias para ejercer la representación de los accionistas en las juntas de sociedades cotizadas y los demás derechos reconocidos en esta Ley. A estos efectos, las asociaciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • a) Tendrán como objeto exclusivo la defensa de los intereses de los accionistas, evitando incurrir en situaciones de conflicto de interés que puedan resultar contrarias a dicho objeto.
  • b) Estarán integradas, al menos, por cien personas, no pudiendo formar parte de ellas los accionistas con una participación superior al 0,5 por ciento del capital con derecho de voto de la sociedad.
  • c) Estarán constituidas mediante escritura pública que deberá inscribirse en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio de la sociedad cotizada y, a los meros efectos de publicidad, en un registro especial habilitado al efecto en la Comisión Nacional del Mercado de Valores. En la escritura de constitución se fijarán las normas de organización y funcionamiento de la asociación.
  • d) Llevarán una contabilidad conforme a lo establecido en el Código de Comercio para las sociedades mercantiles y someterán sus cuentas anuales a auditoría de cuentas. Dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales del ejercicio anterior por la asamblea de los miembros de la asociación, esta deberá depositar en el Registro Mercantil un ejemplar de dichas cuentas, junto con el correspondiente informe de auditoría, y una memoria expresiva de la actividad desarrollada, remitiendo copia de estos documentos a la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Como documento anejo a los anteriores, remitirán también a la Comisión Nacional del Mercado de Valores una relación de los miembros de la asociación al día en que hubiere finalizado el ejercicio anterior.
  • e) Llevarán un registro de las representaciones que les hubieran sido conferidas por accionistas para que les representen en las juntas generales que se celebren, así como de las representaciones con que hubieran concurrido a cada una de las juntas, con expresión de la identidad del accionista representado y del número de acciones con que hubiera concurrido en su nombre. El registro de representaciones estará a disposición de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y de la entidad emisora.

Las asociaciones de accionistas no podrán recibir, de forma directa o indirecta, cantidad o ventaja patrimonial alguna de la sociedad cotizada. Reglamentariamente se desarrollarán los requisitos de las asociaciones de accionistas para el ejercicio de los derechos que se les atribuyen en esta Ley, que comprenderán, al menos, los requisitos y límites para su constitución, las bases de su estructura orgánica, las reglas de su funcionamiento y los derechos y obligaciones que les correspondan, especialmente en su relación con la sociedad cotizada, así como el régimen de conflictos de interés que garanticen el adecuado cumplimiento de los fines para los que se constituyen. 5. Asimismo, se faculta al Gobierno y, en su caso, al Ministerio de Economía y Hacienda y, con su habilitación expresa, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, para desarrollar las especificaciones técnicas y jurídicas necesarias respecto a lo establecido en este artículo.

Aunque en la modificación actual solo se han cambiado los apartados 2 y 4, no olvidemos que la Ley 25/2011, de 1 de agosto, de reforma parcial de la Ley de Sociedades de Capital y de incorporación de la Directiva 2007/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio, sobre el ejercicio de determinados derechos de los accionistas de sociedades cotizadas, renumeró el artículo y obligó a cambiar las menciones que anteriormente se hacían al artículo 528,2, para que redirigirlas al 539.2

Es decir, que a lo largo del tiempo las menciones al foro electrónico de accionistas han sido el artículo 117 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores (tras la modificación de la Ley 12/2010, de 30 de junio), el artículo 528 en la versión original del  Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y el artículo 539 tras la Ley 25/2011.

Las cifras del sector de las TIC empeoraron en 2013 según AMETIC


AMETIC ha realizado un análisis del mercado interior vinculado al hipersector de las telecomunicaciones, tecnologías de la información, electrónica y contenidos digitales, correspondientes al año 2013, y que acaba de presentar a principio de diciembre de 2014, según el cual persiste una tendencia descendente que se mantuvo en el pasado ejercicio, con una caída del -4,7% en términos de mercado bruto, alcanzando un valor agregado de 77.935 millones de euros frente a los 81.742 millones de euros registrados en 2012.

Todos los sectores analizados –exceptuando segmentos específicos en el área de contenidos digitales (+0,2%) e ingresos anexos del sector telecomunicaciones (+9,9%)– reiteraron descensos.

Así, la facturación de las operadoras de telecomunicaciones se contrajo en un 7% hasta los 32.787 millones de euros, registrando caídas en servicios minoristas, con un descenso en el segmento de comunicaciones fijas del -7,9% (9.254 millones de euros) y de comunicaciones móviles del -11,1% (10.889 millones de euros), como mayoristas (contracción del -8,3% respecto del ejercicio 2012, hasta alcanzar un valor de 5.514 millones de euros).

El estudio realizado por AMETIC recoge, asimismo, un descenso del sector de las Tecnologías de la Información de un -5,4%, situando el volumen total de facturación en el mercado español en 14.626 millones de euros. Las cifras totales del sector TI se ven lastradas por la evolución de los segmentos de hardware y servicios, que ahondan en su retroceso (experimentando contracciones del -8,3% y -5,5% y volúmenes de negocio de 3.976 y 7.832 millones de euros respectivamente). Mientras que el segmento software registró una caída moderada del -1,1% (2.818 millones de euros).

AMETIC-Cifras-2013

Los ingresos obtenidos por los operadores de radio y televisión (tanto de carácter comercial como por subvenciones percibidas) retrocedieron un -3,9% y se situaron en 3.613 millones de euros, mientras que el resto de agentes activos en el heterogéneo sector de los contenidos registraron de forma agregada un ligero ascenso en su facturación del +0,2%, alcanzando 14.605 millones de euros.

Por último, los segmentos industriales vinculados a la electrónica han recortado sustancialmente la profunda caída experimentada en 2012. A pesar de ello, las cifras manejadas por AMETIC para el pasado curso reflejan aún un severo descenso del mercado de electrónica de consumo (-14,1%), cifrando su volumen en 1.937 millones de euros; por su parte, el sector de industria electrónica (que incluye equipamientos de telecomunicaciones, componentes y electrónica profesional) registró una facturación de 13.981 millones de euros, un -1,4% menos que la cifra manejada para el ejercicio 2012.

Confianza en el futuro

Como continuación de los datos que arroja el hipersector TIC en 2013, la inclinación negativa continúa en 2014, con una ligera deceleración en el primer semestre del ejercicio del -3,3%. Pese a esta reiterada contracción, la patronal tecnológica tiene confianza en el futuro ya que la tardía entrada del sector en la crisis comporta un retraso en la recuperación que terminará llegando.

No obstante, AMETIC tiene una visión mucho más amplia que traspasa los límites del propio sector. Afecta al proyecto país que necesitamos para adherirnos a la revolución digital que está en marcha y que está empujando a salir de la crisis a aquellas economías que la han abrazado. En España, tenemos la obligación de no perder este tren para lograr una recuperación de la economía gracias a la transformación digital de la misma que ofrece ventajas en distintas direcciones.

Para la sociedad, prosperidad, bienestar y sostenibilidad; para los sectores productivos, competitividad, crecimiento y empleo; y para la las Administraciones Públicas, eficiencia y nuevos servicios de mayor alcance.

AMETIC señala que el impulso que la transformación digital necesita en nuestro país, pasa, entre otros estímulos, por reequilibrar la cadena de valor del sector, incrementar las inversiones públicas y privadas en I+D+i y resolver la inadecuación de la formación de los profesionales digitales. Así como facilitar la financiación TIC, tanto a las empresas del sector como a los sectores productivos que decidan emprender el camino hacia lo digital.

Conseguir que el Gobierno tenga una estrategia digital clara y firme, impulsando decididamente la Agenda Digital para España, que la Administración Pública reduzca sus plazos de decisión y apueste por una digitalización de ella misma y que el marco institucional no frene sino que propicie un círculo virtuoso de innovación y transformación digital son, para AMETIC, otros de los requerimientos necesarios.

Finalmente, la patronal tecnológica subraya la necesidad de que España apueste por la reindustrialización TIC, para lo cual resulta imprescindible impulsar el despliegue de infoestructuras con foco en el fomento de la inversión, a lo que ayudaría la reducción de la presión fiscal, así como poder actuar en un marco de plena certidumbre jurídica.

Seminario sobre Factura Electrónica Obligatoria – 16 diciembre 2014


La Factura Electrónica se ha instaurado como un modelo de factura eficiente y segura que cada vez tiene una mayor aceptación y que es de uso obligatorio a partir del 15 de enero de 2015 para las empresas que facturan a las administraciones públicas y para las de especial relevancia económica.

Considerando que pueden aplicarse sanciones de hasta 10.000 euros, es vital  conocer las implicaciones de la nueva normativa de facturación, el desarrollo en curso de la facturación electrónica en las administraciones públicas, y el marco internacional directamente relacionado con este tipo de facturas.

La temática descrita es de interés para ayuntamientos, diputaciones y organismos públicos y para sus empresas proveedoras de productos y servicios.

Por ello, el próximo 16 de diciembre, Bartolomé Borrego, y yo explicaremos en Madrid todos los aspectos esenciales para que los organismos públicos y las empresas puedan prepararse para cumplir su parte en esa fecha. Entre los aspectos que tratamos, se encuentran las herramientas que ya están disponibles para cada entidad y que permitirían cumplir los plazos, incluso a las entidaes públicas y privadas rezagadas.

Lo organiza Atenea Interactiva, y tiene un coste de 199 €

Lugar de realización

Hotel NH Príncipe de Vergara

Calle del Príncipe de Vergara, 92

28006 Madrid

Programa

09.00h Acreditación y Entrega de Documentación.
09.30h Aspectos técnicos.

  • La firma electrónica. Tipos de firma electrónica.
  • Certificados. Tipos de certificados.
  • Prestadores de Servicios de certificación. Como conseguir las claves y los certificados.
  • Formatos posibles para las facturas electrónicas: EDI, UBL, CII, facturae.
  • Intercambio de facturas. Sistemas de comunicación y de notificaciones electrónicas.
  • Envío de facturas electrónicas a las administraciones públicas a través de la Plataforma FACE.
  • Recomendaciones para integración de sistemas y automatización de procesos.

15:30 Aspectos legales y fiscales.

  • Implicaciones fiscales de la factura y los medios electrónicos. Efectos, Principios y Ámbito. Contenido de las factura, marco normativo de la factura electrónica y modalidades de facturas.
  • Tipología de sistemas de facturación electrónica, Gestión de las facturas (expedición, envío, recepción y conservación). Sistemas admitidos fiscalmente en la facturación electrónica.
  • Aplicaciones comerciales y gratuitas de generación de facturas electrónicas.
  • Plataformas de facturación. Subfacturación y Conservación por terceros de las factura. Otros formatos de facturas electrónicas. Digitalización y Digitalización certificada de facturas.
  • La Inspección tributaria y las facturas y obligaciones de los usuarios.
  • Direcciones y publicaciones de interés sobre la factura electrónica.

 

 

Let’s Encrypt – Cifremos


The Internet Security Research Group (ISRG), en español, Grupo de Investigación de Seguridad de Internet (GISI), se ha constituido recientemente como entidad sin ánimo con el objetivo de impulsar la seguridad de Internet, especialmente a través de su iniciativa  ”Let’s Encrypt“Cifremos” que pretende distribuir gratuita y automáticamente certificados de servidor web basados en el protocolo “Secure Sockets Layer/Transport Layer Security” (SSL/TLS)ca todos los servidores del mundo.

En el Consejo del ISRG estarán representadas las entidades MozillaAkamai,Cisco, la Universidad de Michigan, la  Stanford Law School, CoreOS, IndenTrust, y la Fundación EFF (Electronic Frontier Foundation).

Estos son los miembros:

  • Josh Aas (Mozilla) — ISRG Executive Director
  • Stephen Ludin (Akamai)
  • Dave Ward (Cisco)
  • J. Alex Halderman (University of Michigan)
  • Andreas Gal (Mozilla)
  • Jennifer Granick (Stanford Law School)
  • Alex Polvi (CoreOS)
  • Peter Eckersley (EFF) — Observer

La iniciativa Let’s Encrypt, en español  “Cifremos” tiene entre sus destinatarios a los webmasters de las empresas, que instalan y mantienen servidores web. Si en la actualidad  conseguir los certificados de servidor es un engorro, por ser relativamente costosos y difíciles de instalar, con Let’s Encrypt se pretende resolver estos problemas creando una nueva Autoridad de Certificación (CA) que prepare e instale los certificados gratuita y automáticamente cuando se instalan los servidores o se reconfigura el software de un proyecto.

La gran ventaja de una internet en la que todos los servidores web usan SSL/TLS es que las comunicaciones se cifran siempre, y por tanto sus contenidos no son accesibles ni para atacantes maliciosos ni para gobiernos con pretensiones de espiar o censurar a sus ciudadanos (o a ciudadanos de otros países).

Let’s Encrypt ya ha comenzado a desarrollar los protocolos y el software necesario.

La Autoridad de Certificación (CA) de Let’s Encrypt dialoga con un software de gestión específico instalado en los servidores mediante el protocolo ACME (“Automated Certificate Management Environment”). Ya existe un borrador de la especificación ACME. Se pretende promover esta especificación para que sea parte del cuerpo normativo de la Internet Engineering Task Force (IETF) en el plazo más breve posible, y de esta forma garantizar su evolución como estándar abierto.

Tanto el software utilizado por la CA (Certification Authority) como el de las aplicaciones que acceden a ella y que facilitan a los administradores de sistemas la configuración de certificados SSL/TLS en servidores web como Apache, Nginx y Microsoft IIS, serán de fuentes abiertas. La CA pretende operar de forma transparente de modo que el repositorio de certificados emitidos y revocados estará a disposición de quien quiera inspeccionarlos.

Let’s Encrypt se someterá a los procesos de auditoría habituales de todas las CA y cumplirá los requerimientos básicos (baseline requirements) establecidos por la organización de cooperación entre desarrolladores de navegadores y autoridades de certificación  CA/Browser Forum en cuanto a la emisión y gestión de certificados digitales.

El Internet Security Research Group (ISRG) solicitará que sus certificados raíz se incluyan en los programas definidos por los desarrolladores de navegadores como Mozilla y Microsoft, para que estos navegadores confíen en los certificados emitidos por la CA de ISRG por defecto (sin requerir una aprobación expresa por los usuarios). Dado que este proceso puede ser largo y laborioso y que puede llegar a necesitar hasta 3 años por cada navegador, inicialmente ISRG solicitará a IdenTrust  (cuyas CA raíz ya están integradas en los navegadores) que firme sus certificados.   IdenTrust es uno de los impulsores del proyecto.

Para colaborar en España con esta iniciativa, contactar con Julian (@) inza.net

COBIT 5


Gestionar las Tecnologías de la Información (TI) consiste en tomar decisiones operativas dentro del gobierno de las TI. La gestión de la TI se refiere a los aspectos operativos para el suministro de productos y servicios de TI en la forma más eficaz.

La gestión de la TI se lleva a cabo mediante la adopción de buenas prácticas, ampliamente usadas, que proceden de diversas fuentes como son:

  • Los estándares como ISO 9000, ISO 20000, ISO 27001, ISO 25999 e ISO 38500, que son un conjunto de criterios que ayudan a desplegar y comprobar operativas de gestión saludables en relación con alguna de las lineas de actividad de las empresas, en particular en el uso o comercialización de soluciones TIC. Estos estándares pueden estar basados en prácticas de la industria existentes, u originados por investigación (académica).
  • Las prácticas de la industria (ITIL®, COBIT®, CMMI®, eSCM-SP, PRINCE2TM, PMBOK®, M_o_R®, eTOM®, Six Sigma…) que son un conjunto de guías usadas en la industria.
  • La experiencia interna, también llamada conocimiento propietario.

COBIT-5-ISACAEl estándar COBIT (Control Objectives for Information and related Technology) ofrece un conjunto de “mejores prácticas” para la gestión de los Sistemas de Información de las organizaciones. El objetivo de COBIT es brindar buenas prácticas a través de un marco de trabajo de dominios y procesos, y presentar las actividades de una manera manejable y lógica. Estas prácticas están enfocadas más al control que a la ejecución.

La primera edición fue publicada en 1996; la segunda edición en 1998; la tercera edición en 2000 (la edición on-line estuvo disponible en 2003); y la cuarta edición en diciembre de 2005, y la versión 4.1 estuvo disponible desde mayo de 2007. La última versión del estándar COBIT, versión 5, aparece en el año 2012.

Mantenido por ISACA (en inglés: Information Systems Audit and Control Association) y el IT GI (en inglés: IT Governance Institute), tiene una serie de recursos que pueden servir de modelo de referencia para la gestión de TI, incluyendo un resumen ejecutivo, un framework, objetivos de control, mapas de auditoría, herramientas para su implementación y principalmente, una guía de técnicas de gestión.

COBIT presenta un enfoque al negocio que radica en vincular las metas de negocio con las metas de TI, brindando métricas y modelos de madurez para medir sus logros, e identificando las responsabilidades asociadas de los propietarios de los procesos de negocio y de TI.

COBIT presenta, asimismo, un enfoque respecto a procesos de acuerdo a las fases del ciclo de Deming, ofreciendo una visión de extremo a extremo de la TI, ayudando a identificar los recursos esenciales para el éxito de los procesos, es decir, aplicaciones, información, infraestructura y personas.

La nueva versión del COBIT se basa en cinco principios clave:

  • Principio 1: Satisfacer las necesidades de las Partes Interesadas.
  • Principio 2: Cubrir la organización de principio a fin. Integrando el Gobierno corporativo con el Gobierno de las TI. Orientación al negocio.
  • Principio 3: La aplicación de un único marco de trabajo integrado.
  • Principio 4: Habilitación de un enfoque holístico. Para conseguir una Gestión y Gobierno de las TI con eficiencia y eficacia.
  • Principio 5: La separación la Gestión de Gobierno.

COBIT 5 ayuda a las empresas de todos los tamaños aportando una beneficios tales como:

  • Mantener la información de alta calidad para apoyar las decisiones de negocios.
  • Alcanzar los objetivos estratégicos y obtener los beneficios de negocio a través del uso efectivo e innovador de las TI.
  • Lograr la excelencia operativa a través de una aplicación fiable, eficiente de la tecnología.
  • Mantener los riesgos relacionados con TI a un nivel aceptable.
  • Optimizar los servicios el coste de las TI y la tecnología.
  • Apoyar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, acuerdos contractuales y las políticas.

Historia de NCR


Hace unos años trabajé en NCR y me sentí orgulloso de formar parte de una entidad tan significativa en la historia de la informática. Hice buenos amigos y aprendí gran parte de lo que sé sobre ventas y gestión comercial. Tuve ocasión de trabajar con grandes profesionales y dejar mi impronta impulsando las tecnologías de Internet en banca, en una época en la que se empezaban a vislumbrar sus posibilidades.

Recojo a continuación una pequeña historia de NCR, en América y en España, que seguro sabrán completar los lectores de este blog.

La historia de NCR es una historia de ideas e innovaciones en tecnología de productos, servicio a los clientes, métodos de ventas y de promoción, y de ventajas sociales de los empleados que han contribuido al logro del modo en que ahora el mundo dirige los negocios. 

Jonh Henry Patterson aceptó la caja registradora mecánica como un avance tecnológico significativo en el registro de las transacciones de los negocios, y en 1884 fundó la compañía conocida actualmente como NCR. Después de más de un siglo, NCR está en primera línea de la explosión de la tecnología, como una de las principales compañías de Informática del mundo

Más de 100 años de grandes ideas

rittyEl cajón del dinero y las notas manuscritas fueron las herramientas universales de los negocios hasta los años 1880. Hasta entonces, los comerciantes estaban llenos de errores humanos, los hurtos y las pérdidas de los beneficios resultantes. En 1879, James y John Ritty de Dayton, Ohio, inventaron la caja registradora, una máquina que de manera mecánica registraba las cuentas precisas de todas las operaciones de ventas.
John H. Patterson compró dos registradoras para su pequeña tienda de minorista en 1882. En seis meses redujo su deuda y consiguió un beneficio de 5.000 dólares. Resultó convencido.

Dos años después, en 1884, Patterson y su hermano Frank, compraban un interés mayoritario en la débil firma que había adquirido las patentes de Ritty y le dieron el nombre de The National Cash Register Company. En los dos primeros años de NCR, los agentes de ventas empezaron a vender registradoras en todos los Estados Unidos y en Inglaterra. Entonces, y los años siguientes, Patterson echó por tierra la idea asumida hasta el momento de que «los vendedores nacen, no se hacen» creó unas cuantas «novedades» en los métodos de venta.

Dio a los agentes territorios exclusivos, basándose en la creencia de que se podía vender una registradora por cada 400 ciudadanos. Estableció un sistema de puntos sobre las ventas, con cuotas mensuales y anuales.
Se fundó el Club de los Cien Puntos o CPC, y se premió a los agentes destacados por su rendimiento, con premios especiales, viajes y convenciones.

pattersonOtra «novedad» que empezó a últimos de la década de 1880, fue el gran énfasis puesto en la publicidad directa,que daba apoyo a los agentes.
La formación de vendedores empezó en 1890, y el manual de Ventas conteniendo una presentación completa era aprendido de memoria por todos los agentes en todo el mundo. El periódico The Saturday Evening Post decía, «Patterson cambió a los vendedores de olor puro y a whisky en una nueva raza de hombres».

En 1917, la revista Forbes juzgaba a John Patterson como uno de los mayores empresarios americanos. Al mismo tiempo, muchos antiguos hombres de NCR, incluido Thomas J. Watson Senior, de IBM Corporation, extendieron los métodos de la Compañía por todos los Estados Unidos y el resto de mundo.

Las grandes ideas viajan por el mundo

allinsonEl inglés J.W. Allinson vio la caja registradora de ruedas autosumadoras, en una exposición de Chicago en 1885 y pidió una adaptada a la moneda británica, para su negocio de Liverpool. Se convirtió en el primer agente internacional de NCR, vendiendo en Reino Unido, Francia, Bélgica y Holanda. Al final de los años 1880, había agentes establecidos en Europa Occidental y del Sur, Oriente Medio, Sudamérica y Australia. NCR entró en el Lejano Oriente al establecer una oficina en Yokohama, Japón, en 1906, aunque un agente general vendía registradoras allí desde 1897. También se vendían registradoras en China y otras zonas de Oriente a últimos de la década de 1880. Desde sus primeros día fue norma de NCR contribuir al bienestar económico y respetar a las gentes, las costumbres y las prácticas de los países en los que operaba.

En 1889 se nombra agente en España a C.W. Crouse, que se establece en Valencia. La primera «National» se vendió en 1896 para un cliente de Bilbao.

El bienestar de los empleados: «Es rentable»

nuevoedificio-ncrCuando en 1894 se devolvieron a la fábrica de Dayton de NCR, desde el exterior del país, cajas registradoras defectuosas por valor de 50.000 dólares, John H. Patterson trasladó su despacho al piso de la fábrica. Después de trabajar en un ambiente de oscuridad, ordenó la construcción de un nuevo edificio para la fábrica, «con tanto cristal como aguantasen las estructuras», para que entrasen el aire fresco y la luz. Instaló duchas, baños, dispensarios médicos, fuentes de agua, comedores y lugares para ejercicio físico. Patterson creía que tales ventajas eran rentables por sí mismas, por la calidad del trabajo realizado por los empleados incentivados.

Sus innovaciones en el bienestar empresarial recibieron la atención nacional e internacional y fueron adoptadas por muchas otras compañías.

El fundador de NCR fue también un pionero en recompensar la iniciativa, mediante el Sistema de Sugerencias NCR. Estimuló a los empleados a entregar sus ideas para mejorar los productos y las operaciones de la empresa, e hizo que colocasen el lema «Piense» en los años 1890, que inspirase ese esfuerzo. El mensaje «Piense» fue después adoptado por IBM y otras compañías.

Si bien algunos los veían como un radical, Patterson, en su momento, fue ampliamente reconocido como campeón de las prácticas de dirección bien informada.

Tradición en investigación y desarrollo

Los productos de NCR han estado siempre en constante evolución. En 1897 la Compañía ofrecía doce tipos de la caja registradora básica y noventa modelos. Los refinamientos de la primera caja National se basaron en las necesidades de los clientes, las sugerencias de los empleados, y los adelantos de la ingeniería, tales como la eletrificación de la caja registradora por Charles F. Kettering en 1906.

En 1921 el desarrollo de la «madre de las máquinas» la NCR Clase 2000 abrió una era de nuevos productos. Combinando los principios de la caja registradora y de la máquina de contabilidad, el diseño básico de la clase 2000 sirvió de pauta en el desarrollo de nuevos productos durante los 25 años siguientes. Estos con el tiempo incluyeron la Post-Tronic, primer producto electrónico de NCR. La Clase 2000 básica se fabricó y comercializó en varias formas entre 1921-73, convirtiéndose en el producto NCR de más larga vida de fabricación.

La capacidad de añadir una descripción histórica a la anotación de los dólares y centavos se consiguió al comprar la compañía de Sumadoras-Máquinas de escribir Ellis en 1929. Una máquina híbrida, la Clase 3000, se añadió a continuación a la línea de productos, siendo la primera máquina comercial que incorporó los principios de Charles Babbage, el «padre de la informática», para el cálculo rápido y la impresión de complejas tablas matemáticas. En 1943 las máquinas sumadoras ampliaron la línea de productos, cuando NCR compró la Compañía Allen-Wales Adding Machine.

Entrada temprana en la electrónica

La entrada de NCR en el campo de la electrónica se adelantó a los comienzos de la era moderna del ordenador. En 1938, la Compañía creó un departamento especial de investigación para que estudiase el posible uso de los tubos de vacío y de los relés en las máquinas de oficina. En 1939 este grupo había fabricado un modelo de sumadora electrónica, y en 1942 ya estaba funcionando una computadora electrónica.

La Segunda Guerra Mundial interrumpió estos proyectos, y el equipo de investigación se puso al servicio del Gobierno de los Estados Unidos, para que trabajase en aparatos de recuento electrónico y en otros proyectos.

Sin embargo, en el período de postguerra NCR reanudó su investigación en la aplicación de la electrónica a las máquinas de oficina. Estos trabajos consiguieron patentes en tecnologías relacionadas con los ordenadores, tales como los tambores magnéticos de memoria incorporados a las máquinas de contabilidad, diversas pantallas e indicadores digitales electrónicos, y los sistemas de verificación de firmas, utilizando señales de vídeo, transmitidas con métodos especiales sobre cables eléctricos.

En 1952 NCR adquirió Computer Research Corporation of Hawthorne, California, que se convirtió en la División Electrónica de NCR al año siguiente.
En su momento,Stanley C. Allyn, Presidente de NCR, dijo: «No hay duda de que la electrónica jugará un papel importante en el diseño de equipos de mantenimiento de registros».

Crecimiento multinacional

La situación multinacional de NCR, creada por primera vez en los años 1880, se reforzó enormemente después de la Segunda Guerra Mundial, cuando la Compañía se enfrentó con éxito a la constante demanda mundial de equipos de tratamiento de la información. Las nuevas fábricas y la dedicación de los empleados de Europa y Asia destrozadas por la guerra ayudaron a reimplantar y ampliar los negocios de NCR.

Son numerosas las anécdotas de los esfuerzos heróicos de empleados para reconstruir las organizaciones de NCR. El director de la fábrica de NCR en Berlín, de antes de la guerra, por ejemplo, cargó los fotograbados, las herramientas y las pequeñas máquinas en camiones, y las trasladó en dos ocasiones, bajo la protección de la noche, delante mismo de las tropas soviéticas que ocupaban la entonces Alemania del Este. Salvó su valiosa carga para la nueva fábrica de Augsburgo, establecida en 1946 en la zona americana.

En Japón, el hombre que luego llegó a ser Presidente de NCR Japón sufrió una gran pérdida para recoger las herramientas y la maquinaria que ayudase a abrir de nuevo la oficina de la Compañía en Tokio en 1949. También fue un gran instrumento en la expansión posterior de las operaciones japonesas.

En 1936 se constituye oficialmente ante notario, con el nombre de Cajas Registradoras National, S.A. por Pedro Delfino, como director de la Compañía, con domicilio social en Madrid. Tras diversos traslados de la sede en 1974 se inaugura el edificio NCR en la calle Albacete, 1 de Madrid y a él se traslada la sede social. Desde sus comienzos, los equipos NCR obtuvieron una favorable acogida y España ha sido tradicionalmente uno de los más importantes mercados de NCR en Europa.

Los primeros computadores

post-tronicEl primer producto electrónico de gran éxito de NCR fue la facturadora para bancos, Post-Tronic, desvelada a los banqueros en 1956; usaba tarjetas magnéticas para la verificación de cuentas registradas.

La venta de más de 100 millones de dólares estimuló el desarrollo de los productos electrónicos de proceso de datos, incluido el sistema NCR 304. Introducido en 1959, fue el primer computador de propósito general, transistorizado y compacto.

En 1960 el NCR 390 se convirtió en el primer computador de la Compañía de bajo costo y comercializado a gran escala. La caja registradora Sales-Tronic proporcionaba una original entrada de datos al 390, mediante grabadoras de cinta perforada. En 1961 el lector óptico 420 leía automáticamente e introducía en los computadores los datos de los diarios de las cajas registradoras y de las cintas de las máquinas de contabilidad.

También se puso a la venta en los primeros años de 1960, el NCR 315, de gran capacidad, ordenador de propósito general, con aplicaciones en muchos tipos de áreas de tratamiento de la información.

El 315, com memoria de acceso salteado, fue el primero de la industria en disponer de conexión directa con cajeros automáticos. Un modelo posterior fue el primer producto que dispuso de memoria de varillas de película finísima.

La serie NCR Century se anunció en 1967, y el sistema número cinco mil se instaló en 1974, haciendo del Century una de las familias de ordenadores más ampliamente vendidas y usadas de su tiempo.

La investigación en la tecnología de los circuitos integrados de silicona empezó en NCR en los años 60.
La Corporación creó como consecuencia nuevas generaciones de terminales usando la tecnología avanzada de los MOS empezando con el terminal para minoristas NCR 280 en 1970.

La NCR Corporation

A finales de los 60, los rápidos cambios de la tecnología, incluidos los nuevos desarrollos de microelectrónica, habían convertido en anticuados los productos electromecánicos tradicionales. En un momento en que la Compañía se enfrentaba al reto más difícil de su historia, el Consejo de Administración nombró a William S. Anderson como Presidente de misma en 1972.

Anderson advirtió que los efectivos de NCR, una organización de ventas y servicios grande y competente en todo el mundo, amplios conocimientos de las necesidades del proceso de datos por parte de sus mercados especializados, y de los nuevos productos electrónicos en desarrollo para atender a estos mercados, podían utilizarse para conseguir un significativo período de progreso para la Compañía y el personal de la misma.

Una estrategia general de la Corporación para conseguir esa meta, dio a NCR una dirección bien definida a través de los años 70, y en 1974 se adoptó un nombre nuevo, NCR Corporation, que reflejase esa dirección.

Los cambios que afectaban a las fábricas de todo el mundo incluían la descentralización de la ingeniería y de la fabricación, la reorganización del marketing por Divisiones especializadas según los sectores industriales, gran énfasis en la formación de Mandos y mayores inversiones en I+D.

Además, las adquisiciones incrementaron la capacidad de NCR en Comunicaciones (Comten, Inc.); terminales de pantalla (Applied Digital Data Systems), micrografía (Quantor Corp.) y sistemas para ambientes fabriles (Data Pathing Inc.). Se organizaron para ampliar aún más los mercados de la Compañía, la Organización Independiente de Marketing, NCR Telecomunication Services, Inc., la División de Sistemas de Oficina y la Difivisón de Microelectrónica.

Anderson llegó a ser Jefe Ejecutivo en 1973, y Presidente del Consejo de Administración en 1974. Charles E. Exley, Jr., fue nombrado Presidente de la Compañía en 1976, y jefe del Ejecutivo en 1983. Este equipo situó a NCR Corporation como una fuerza principal en el sector de la informática actual.

En  1974  NCR comercializó los primeros escáneres de código de barras.

En 1982 se lanza al mercado el primer supermicroordenador NCR Tower, situando a NCR como compañía pionera en ofrecer sistemas estándares y arquitectura de sistemas abiertos para el mercado informático.

Entre 1989 y 1990 se lanzó la serie NCR 3000. Una gama completa de ordenadores donde estaban representados todos los niveles, desde el portátil NotePad con tecnología de reconocimiento de caracteres Pen Computing hasta sistemas de proceso paralelo masivo. Significó, además, la adopción de los procesadores Intel, los Sistemas Abiertos, los estándares de la industria y la filosofía Cliente/Servidor. NCR ofrece entonces a sus clientes ordenadores, terminales y sistemas informáticos y todos los servicios con ellos relacionados.

En 1991, siendo aún Presidente Charles E. Exley, NCR es adquirida por la multinacional AT&T pasando a convertirse en la unidad de negocio informático de la misma. La Compañía inicia un proceso de reorganización y reestructuración para adaptarse a las necesidades de competitividad de nuestros días.

En 1991  NCR adquiere Teradata Corporation y su tecnología de procesamiento paralelo extraordinariamente avanzada y única. NCR Teradata se convierte en la base de datos de mayor eficacia y potencia del mundo para data warehousing.

En 1995, Lars Nyberg es nombrado Chairman y CEO de la rebautizada AT&T GIS. AT&T anuncia la independencia empresarial de AT&T GIS a finales de 1996. Fernando Reyes es nombrado entonces Director General para el Area Iberia (España y Portugal). En los primeros días del año 1996 la Compañía anuncia la adopción de un nuevo nombre: NCR.

En 1996  AT&T GIS cambia su nombre nuevamente a NCR Corporation antes de ser transferida a los accionistas de AT&T en enero de 1997 como una compañía independiente con cotización de acciones en bolsa.

En señal de su evolución de compañía de hardware a proveedor de soluciones integrales,  en 1997 NCR adquiere Compris Technologies, Inc., un proveedor líder en automatización de almacenes y software de gestión para la industria de servicios alimenticios, y Dataworks, una compañía que desarrolla software para procesamiento de cheques.

En 1998  NCR finaliza la transferencia y venta de sus activos de fabricación de hardware informático a Solectron. Así, reafirma su compromiso de centrarse en la producción diferenciada de software y componentes de servicios de su cartera de soluciones para diferentes mercados.

En 2000  NCR adquiere el proveedor de CRM Ceres Integrated Solutions y la compañía 4Front Technologies, y profundiza aun más su oferta de soluciones de NCR en mercados clave.

En 2003 NCR recibe la concesión de patente US6539363  para la captura electrónica de la firma.

En 2005, tras el éxito de la adquisición en 2004 del líder en autoservicio de viajes Kinetics, NCR refuerza su cartera de servicios de autoservicio al adquirir Galvanon, un proveedor de soluciones para la industria de la salud.

En 2007 se separa en dos compañías al independizar la división de DataWarehouse Teradata

En 2009 traslada su sede central a Duluth, Georgia, lo que constituyó una sorpresa tras los 125 años en los que la sede central se situó en Dayton, Ohio.

En 2009, NCR se situó como el segundo mayor operador de kioskos de alquiler de DVDs de Norteamérica tras adquirir The New Release and DVD Play.

En 2010, NCR adquirió la empresa de señalización digital Netkey.

En 2010 NCR introduce el  Módulo Escalable de Depósitos ( Scalable Deposite Module, SDM) tecnología que hace que los depósitos en cajeros automáticos sean dos veces más rápidos al permitir realizar los depósitos en efectivo y con cheques sin sobre.

En 2011,  NCR culmina la compra por 1.000 millones de dólares de Radiant Systems, extendiendo todavía más su presencia en los mercados de  hospitality (hoteles y restauración)  and tiendas especializadas.

En 2012  NCR lanza NCR Silver, solución de punto de venta basado en la nube TIC  orientado a pequeños negocios.

En 2013 adquiere por 650 millones de dólares la compañía Retalix, incorporando una innovadora gama de productos de software  y servicios orientados al sector de la distribución comercial.

En 2014 NCR adquiere por 1.650 millones de dólares Digital Insight, entidad especializada en entornos multiplafamorma para la gestión de transacciones de pago y de banca online que proporciona una plataforma  SaaS para ayudar a las entidades financieras a transformar sus modelos de negocio físicos y digitales.

 

Balance e inicio del Futuro

Durante más de siglo y medio NCR ha contribuido de manera significativa a la revolución de los métodos de la banca y de los negocios en general, con productos que van desde las primeras registradoras manuales hasta los productos electrónicos más avanzados como son los grandes ordenadores de proceso paralelo masivo, los sistemas de autoservicio financiero o los terminales punto de venta.

Durante todos los períodos intermedios del cambio, sin embargo, la meta general de NCR de ayudar a determinar la forma en que las empresas hacen negocios, ha permanecido siendo siempre la misma. La Compañía ha continuado desarrollando, fabricando, comercializando, instalando y dando servicio a sus Clientes de forma que le ha permitido alcanzar el liderazgo absoluto en importantes sectores de mercado.

NCR, en la actualidad, es un líder mundial en soluciones de tecnología de información. Su enorme potencial tecnológico le permite desarrollar una completa gama de soluciones, productos y servicios para ayudar a sus clientes de todos los sectores de actividad. También aprovecha su experiencia y presencia en el mercado para proporcionar soluciones informáticas dirigidas a industrias específicas. El enfoque pleno de la Compañía está la Satisfacción de sus Clientes.

 

 

 

Auditoría de firma electrónica: firma electrónica certificada


Los sistemas de gestión de firmas electrónicas se basan en un enjambre de normas técnicas y jurídicas que hacen difícil saber si se han adoptado adecuadamente.

Las múltiples opciones en la gestión de las firmas electrónicas permiten mucha flexibilidad a la hora de diseñar los sistemas, pero un error de implementación puede arruinar un buen diseño inicial.

Por eso, la posibilidad de auditar y certificar las soluciones de firma electrónica es una garantía para los implementadores de sistemas que gestionan firmas electrónicas y también para los usuarios de esos sistemas.

EADTrust es una entidad que audita sistemas de gestión, workflows, gestores documentales, CRMs y ERPs que emplean firmas electrónicas y da una opinión sobre si se implementan de forma adecuada. El análisis contempla gestión de archivo de los documentos electrónicos firmados y los procesos anejos que en los que se precisa la fuerza probatoria de la firma electrónica.

Los sistemas auditados por EADTrust contemplan los siguientes elementos:

  1. La firma se realiza con certificados reconocidos y dispositivos seguros de creación de firma, o se usa en contextos en los que alguno de estos requisitos no es exigible.
  2. La firma incluye información del momento de firma y de que el certificado utilizado para firmar no estaba revocado en ese momento.
  3. La firma se realiza con certificados emitidos por prestadores que cumplen la normativa aplicable sin más restricciones que las debidas al interés de los ciudadanos que usan las firmas.
  4. La firma permite comprobar los datos principales de los firmantes a partir de los certificados, sin necesidad de usar herramientas especiales
  5. Es posible acceder a una versión del documento que incluye la firma electrónica diseñado para ser apreciado por una persona sin conocimientos especiales, incluso en detalles derivados de la propia interpretación de la firma electrónica
  6. Los documentos son verificables en cualquier momento por un tercero a partir de la información de representacion visible de documento, y a partir de la codificación (código fuente) que incluye sus datos estructurados, de ser aplicable.

Las soluciones auditadas que cumplen todos estos requisitos reciben un informe favorable y pueden exhibir el logo de “firma certificada” creado por EADTrust.

La información sobre los sistemas auditados se incluye en las siguientes páginas web de referencia:

Convocatoria de Juntas de Accionistas via web


Convocatoria-Juntas-AccionistasLa Junta General de Accionistas es un órgano de administración y fiscalización dentro de las sociedades anónimas (entre las que se incluyen las sociedades cotizadas), en el que se toman las decisiones clave para la marcha y funcionamiento de la sociedad. Los acuerdos adoptados en el curso de la reunión serán incluidos en el acta de la reunión.

¿Quién debe convocar la Junta General?

Las Juntas Generales de las sociedades mercantiles, tanto ordinarias como extraordinarias, son convocadas por los administradores, quienes deberán convocarlas cuando lo estimen necesario o conveniente para los intereses sociales y, en todo caso, en las fechas que determinen la Ley o los estatutos sociales.

Por otra parte, los administradores estarán obligados a convocar la Junta cuando lo soliciten uno o varios socios que representen al menos el 5% del capital social. En este caso, la Junta deberá ser convocada para que se celebre dentro del mes siguiente a la fecha en la que los administradores hubieran sido requeridos notarialmente para convocarla, y el orden del día de la convocatoria deberá ajustarse a lo solicitado por los socios.

El artículo 173 de la Ley de Sociedades de Capital, que se refiere a la convocatoria de la junta general de accionistas ha sufrido modificaciones por medio del Real Decreto-Ley 13/2010, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, y por medio de la Ley 25/2011, de 1 de agosto, de reforma parcial de la Ley de Sociedades de Capital y de incorporación de la Directiva 2007/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio, sobre el ejercicio de determinados derechos de los accionistas de sociedades cotizadas.

En la actualidad queda redactado de la siguiente manera:

1. La junta general será convocada mediante anuncio publicado en la página web de la sociedad si ésta hubiera sido creada, inscrita y publicada en los términos previstos en el artículo 11 bis. Cuando la sociedad no hubiere acordado la creación de su página web o todavía no estuviera ésta debidamente inscrita y publicada, la convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil» y en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia en que esté situado el domicilio social.

2. En sustitución de la forma de convocatoria prevista en el párrafo anterior, los estatutos podrán establecer que la convocatoria se realice por cualquier procedimiento de comunicación individual y escrita, que asegure la recepción del anuncio por todos los socios en el domicilio designado al efecto o en el que conste en la documentación de la sociedad. En el caso de socios que residan en el extranjero, los estatutos podrán prever que sólo serán individualmente convocados si hubieran designado un lugar del territorio nacional para notificaciones.

3. Los estatutos podrán establecer mecanismos adicionales de publicidad a los previstos en la ley e imponer a la sociedad la gestión telemática de un sistema de alerta a los socios de los anuncios de convocatoria insertados en la web de la sociedad.

Entre las formas de comunicación individual y escrita dirigida al domicilio de los socios que consta en el Libro Registro de Socios y que asegure su recepción, se contemplan habitualmente la carta por correo certificado con acuse de recibo, el burofax con acuse de recibo, o la notificación notarial. Si la sociedad ha recabado la dirección electrónica de sus accionistas o parícipes, podrá hacerlo mediante servicios de notificación electrónica fehaciente tal como Noticeman.

La redacción actual de este artículo hace innecesaria la publicación de la convocatoria en el BORME.

¿Cuál debe ser el contenido del anuncio de convocatoria?

El anuncio de convocatoria debe expresar el nombre de la sociedad, la fecha y hora de la Junta y el orden del día.
Si se trata de una convocatoria para celebrar una Junta de una sociedad limitada realizada por el procedimiento de comunicación individual a los socios, debe indicarse también el nombre de la persona que envía la comunicación.
Hay que tener en cuenta que entre la convocatoria y la fecha prevista para la reunión debe haber un plazo mínimo de un mes si se trata de sociedades anónima y de 15 días si son sociedades limitadas.

Garantía del cumplimiento de publicación en página web

El registrador mercantil puede negar la inscripción de los acuerdos adoptados en la junta si no tiene la certeza de la publicación ininterrumpida de la convocatoria en ela página web, con la debida antelación. Se acepta la certificación de quien ostenta esta capacidad en la sociedad (el Secretario de órgano de administración), pero ofrece más garantías la certificación ede un tercero de confianza que puedallevar a cabo la comrobación.

El artículo 11 ter.  se refiere a las publicaciones en la página web.

1. La sociedad garantizará la seguridad de la página web, la autenticidad de los documentos publicados en esa página, así como el acceso gratuito a la misma con posibilidad de descarga e impresión de lo insertado en ella.

2. La carga de la prueba del hecho de la inserción de documentos en la página web y de la fecha en que esa inserción haya tenido lugar corresponderá a la sociedad.

3. Los administradores tienen el deber de mantener lo insertado en la página web durante el término exigido por la ley, y responderán solidariamente entre sí y con la sociedad frente a los socios, acreedores, trabajadores y terceros de los perjuicios causados por la interrupción temporal de acceso a esa página, salvo que la interrupción se deba a caso fortuito o de fuerza mayor. Para acreditar el mantenimiento de lo insertado durante el término exigido por la ley será suficiente la declaración de los administradores, que podrá ser desvirtuada por cualquier interesado mediante cualquier prueba admisible en Derecho.

4. Si la interrupción de acceso a la página web fuera superior a dos días consecutivos o cuatro alternos, no podrá celebrarse la junta general que hubiera sido convocada para acordar sobre el asunto a que se refiera el documento inserto en esa página, salvo que el total de días de publicación efectiva fuera igual o superior al término exigido por la ley. En los casos en los que la ley exija el mantenimiento de la inserción después de celebrada la junta general, si se produjera interrupción, deberá prolongarse la inserción por un número de días igual al que el acceso hubiera estado interrumpido.

Puede impedirse la celebración de la junta (o no ser válidos sus acuerdos) si alguien puede probar que hubo interrupciones en la publicación en página web.

EADTrust ofrece servicios de Comprobación de publicación que dan certeza a los administradores de que no existen problemas de este tipo que impidan la celebración de la Junta. Contacte en el 91 716 0555.

Money Appdate, de Aurigae, nueva solución de alertas financieras inteligentes en el smartphone


  • Money-AppdateAurigae lanza al mercado un servicio completo para la gestión de avisos bancarios que acabará con las alertas por SMS.
  • La nueva tecnología incrementa la seguridad y reduce dramáticamente los costes al sacar provecho de las notificaciones push de los smartphones

Ya es posible organizar todas las alertas financieras (reintegros en cajeros, pagos en comercios, ingresos de nómina, compra y venta de valores, códigos de verificación para transferencias online, transacciones de comercio electrónico, vencimientos de préstamos, …), con Money Appdate, una sencilla y potente aplicación para smartphones.

Con esta aplicación se controlan mejor las alertas financieras por parte de los usuarios y es posible para las entidades financieras participantes añadir servicios personalizados.

El coste del servicio para los bancos es una fracción del que supone la gestión de SMS, y cuenta con múltiples posibilidades, ya que no se aplican sus limitaciones, como por ejemplo la del número de caracteres del mensaje .

La herramienta aporta funcionalidades como el envío de datos seguros, la posibilidad de incluir información adicional para cada alerta (datos del producto, geolocalización de la operación, teléfonos de contacto, …) e incluso publicidad o informaciones personalizadas.

Además, cada entidad tendrá la oportunidad de definir y personalizar operaciones disponibles para los usuarios, por tipo de producto y tipo de alerta. Por ejemplo el bloqueo de una tarjeta, la restricción de operar en determinadas áreas geográficas, establecer límites de dispensación en cajeros, etc.

Todo ello desde un Panel de Control Remoto específico de la entidad financiera de uso sencillo para los administradores informáticos designados.

Desde el punto de vista del usuario, las principales ventajas son: organización de las alertas recibidas, seguridad en los datos, economía, reacción ante alertas de cambios de cotización de valores, o datos de interés.

Y destacadamente, detección de fraudes y reacción ante ellos mediante las operaciones que los bancos le permitan realizar nada más recibir una alerta (como por ejemplo, el bloqueo de la tarjeta).

En definitiva, Money Appdate es una potente herramienta que ahorra costes a las entidades financieras y permite dar un valor añadido a los clientes de bancos, contribuyendo a mitigar el fraude en los medios de pago.

Periodo de vigencia del CSV (Código Seguro de Verificación)


En relación con la implementación de la Ley 11/2007 por parte de las administraciones públicas surgen preguntas como ¿Durante cuanto tiempo se pueden ver en la sede electrónica los documentos electrónicos a través del Código Seguro de Verificación?

La normativa desarrollada no contempla todas las opciones y los organismos tienen que tomar decisiones. Para fijar criterio a la hora de trabajar en las implantaciones de la administración electrónica conviene tener en cuenta los conceptos de la diplomática digital.

En relación con la pregunta indicada, hay que decir que el CSV debe conservarse para siempre. El acceso al documento se limita por la política de gestión documental de la entidad, y debe poder hacerse siempre, bien en la sede electrónica original, bien en el organismo a cargo del archivo.

Hay que hacerse a la idea de que el CSV equivale al número de protocolo de los notarios.

En el ámbito notarial, se puede solicitar copia simple o auténtica de un documento a partir de su matriz en el propio notario que lo protocolizó (cuya identidad equivale a la de la sede electrónica del organsmo) o bien en su sucesor en el protocolo, o bien en el sistema de archivo a largo plazo de protocolos.

En el caso de las administraciones públicas, siempre debe quedar definido en la política de gestión documental el órgano ante el que se puede solicitar el documento una vez superada la fase administrativa en la que el procedimiento esta «vivo» o dentro de los plazos de prescripción.

Y para el «handout» de documentos electrónicos auténticos, cuando deban hacerse cargo de ello los archivos a largo plazo, debe firmarse entre el organismo cedente y el cesionario un documento que refleje las técnicas de preservación documental electrónica previas y futuras y los controles de integridad (hashes y timestampings) de los documentos (o colecciones) transferidos.

Atenea Interactiva organiza cursos de Diplomática Digital. Se puede contactar con el 902 365 612 o el 917160555 para solicitar un curso in-company o para inscribirse en el próximo seminario abierto sobre este tema.