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100 entradas gratis para el Exchange Summit el 6 y 7 de octubre de 2014 en Barcelona


El organizador de la Cumbre de las Interconexiones Empresariales (Exchange Summit) ofrece un centenar de entradas gratuitas para el evento que tendrá lugar  el 6 y 7 de octubre de 2014 en Barcelona.

Podrán optar a estas entradas los asistentes que cumplan los siguientes criterios:

  • Que procedan de organizaciones con más de 250 empleados 
  • Que dichas organizadciones sean remitentes o destinatarias de facturas electrónicas, o puedan llegar a serlo.
  • Que tengan un papel de cierta influencia en la toma de decisiones sobre selección de prestadores
  • No hayan asistido con anterioridad a un evento de los precedentes (EXPP Summit)

Nota:: No podrán optar a este tipo de entradas gratuitas  los consultores, y los prestadores de aplicaciones o de servicios de facturación electrónica. Su asignación será decidida por el organizador de 

 La distribución de las entradas gratuitas se está determinando y llevó a cabo-por el organizador de la Cumbre  de las Interconexiones Empresariales.

Más información en la Web del evento

Exploratory seminar on e-signatures for e-business transactions in the Southern Mediterranean region


Los días 22 y 23 de enero de 2014 se ha celebrado en el Palacio de Pedralbes de Barcelona el encuentro de especialistas  en firma electrónica de Europa y de los países del mediterráneo para analizar conjuntamente la posibiidad de crear modelos de confianza electrónica para permitir el despliegue de sistemas de certificación interoperables. Este encuentro, el segundo tras la reunión de Amán, fue auspiciado por el organismo europeo  Union for the Mediterranean (UfM) que tiene su sede en Barcelona y cedió sus instalaciones. Pude participar en el encuentro y pienso que fue un intercambio de pareceres muy enriquecedor.

eSignature-Barcelona

In order to promote e-signature solutions for e-business development in the Euro Mediterranean region, the European Commission organised two seminars.

The first explanatory seminar took place in Amman, Jordan on November 11/12, 2013 and was co-hosted by the Telecommunications Regulatory Commission (TRC). The principle aim was to identify some of the common business needs for intra-regional and EU-Southern Mediterranean transactions, compare the existing legislation in place and discuss the common and local challenges of implementing an e-signature framework. The seminar was attended by around 100 government and private stakeholders from over 23 different European, Southern Mediterranean and Gulf countries, as well as from UNCITRAL (United Nations Commission on International Trade Law). It confirmed that the potential and the interest to cooperate is indeed great.

The final explanatory seminar took place in Barcelona, Spain on January 22/23, 2014 and was co-hosted by the Union for the Mediterranean (UfM). The principle aim was to build on the findings of the previous seminar, include any additional information, and reach a set of concrete common conclusions and recommendations through the organisation of panels. The seminar was attended by around 60 government and private stakeholders from over 19 different European and Southern Mediterranean countries. The seminar reached 9 main conclusions.

Las «Barreras Giovannini»


El Grupo Giovannini fue un grupo de expertos del mercado financiero, creado en 1996 para asesorar a la Comisión Europea sobre cuestiones del mercado financiero. En particular, el trabajo del grupo Giovannini se centró en la identificación de ineficiencias en los mercados financieros de la UE y en la propuesta de soluciones prácticas para mejorar la integración de los mercados.

Dos informes del Grupo identificaron un total de 15 barreras  específicas (conocidas desde ese momento como Barreras Giovannini) que impiden la eficaz actividad financiera transfroneriza en la Unión Europea relativa a compensación y liquidación.

  1. Diferencias nacionales en tecnología de la información e interfaces
  2. Restricciones nacionales de compensación y liquidación que requieren el uso de múltiples sistemas
  3. Diferencias en las normas nacionales relativas a los recursos corporativos, la propiedad beneficiosa y custodia
  4. Falta de firmeza de la liquidación intradía
  5. Impedimentos prácticos para el acceso remoto a los sistemas de liquidación y compensación
  6. Diferencias nacionales en períodos de liquidación
  7. Diferencias nacionales en las horas de servicio y cierres de la liquidación
  8. Diferencias nacionales en la práctica la emisión de valores
  9. Restricciones nacionales sobre la ubicación de los valores
  10. Restricciones nacionales sobre la actividad de los operadores primarios y de los creadores de mercado
  11. Regulaciones de retención de impuestos nacionales que  perjudican a los intermediarios extranjeros
  12. Impuestos sobre transacciones recogidos a través de cierta funcionalidad integrada en los sistemas de liquidación nacionales
  13. Ausencia de un marco comunitario para el tratamiento de los intereses en los valores
  14. Diferencias nacionales en el tratamiento legal de la compensación bilateral para las transacciones financieras
  15. Aplicación desigual de los conflictos derivados del marco legal y regulatorio

Este es el enlace para acdeder al informe (en inglés): The Giovannini Group – Second Report on EU Clearing and Settlement Arrangements

Desde entonces diferentes actividades de la Unión Europea van encaminadas a la eliminación de las Barreras Giovannini, entre ellas, la puesta en marcha del sistema TARGET2 Securities (T2S).

SIE Huesca, el Salón de la Innovación y el Emprendimiento se celebrará en el Palacio de Congresos de Huesca los días 23 y 24 de noviembre


El Salón de la Innovación y el Emprendimiento SIE Huesca se celebrará en el Palacio de Congresos de Huesca los días 23 y 24 de noviembre de 2012, con apoyo del Ayuntamiento de Huesca,  el Gobierno de Aragón y el Ministerio de Economía y Competitividad. El acceso al recinto, tanto a la sección congresual como a la ferial, es gratuita, pero es preciso inscribirse.

Es una cita abierta que promueva la creatividad, las ideas novedosas, el conocimiento de las ayudas públicas a la innovación, las oportunidades que ofrece el mercado para el autoempleo, la creación de negocios innovadores y el crecimiento empresarial. El evento está alineado con las líneas y programas contenidos en la Estrategia Regional de Innovación, del Gobierno de Aragón.

El Salón de la Innovación y el Emprendimiento cuenta con espacio para expositores en cuatro áreas:

  • Espacios institucionales orientados a emprendedores e inversores.
  • Demostración de proyectos innovadores singulares.
  • Oferta de recursos para emprendedores.
  • Espacio de la creatividad y zona de trabajo conjunto.

La actividad del salón girará alrededor de líneas como las siguientes:

  • Asesoramiento sobre procedimientos para crear una empresa, constituirla y registrarla.
  • Oferta para ubicación y dotación de infraestructuras.
  • Oferta de perfiles profesionales y bolsa de trabajo para facilitar la selección y contratación de personal.
  • Presentación de proyectos de emprendedores a inversores y fondos de capital riesgo.
  • Conocimiento de estrategias de emprendedores de éxito.
  • Nuevos sistemas de información, herramientas y procesos innovadores.

El Salón se completará con un panel abierto a las ideas que propongan los visitantes y tendrá una intensa actividad de conferencias,  ponencias y talleres relativos a la innovación y a los emprendedores.

Además habrá un blog del Salón en Internet, difusión a través de las redes sociales y marketing on line ligado a la celebración de esta cita.

Los emprendedores que están a la búsqueda de inversores pueden enviar un resumen de su empresa o de sus ideas a la organización, para ser expuesto en su web y, posiblemente, su presentación a inversores. Contacto comercial(@)huescacongresos.com

Nuevo informe de mercado en 2012: Facturación electrónica como oportunidad dentro del difícil entorno de mercado


Billentis, consultora especialista en el mercado de la factura electrónica a nivel internacional,  acaba de publicar el informe Opportunities in a challenging market environment.

En comparación con los procesos basados en papel, los procesos de gestión de facturación electrónica hacen posible una reducción de costes de entre un 50% y un 80%. Las inversiones en procesamiento de facturación electrónica pueden a menudo recuperarse a los 6 meses.

Muchas compañías ya usan procesos electrónicos. Está previsto que en el año 2012 se envíen y archiven sin papel más de 15.000 millones de facturas y recibos en todo el mundo y unos 4.500 millones de facturas en Europa.

El elevado nivel de deuda del sector público supone que en este ámbito se deben automatizar los procesos y reducir los costes de forma sostenible. El potencial de optimización del sector público solo en Europa está previsto que alcance al menos los 40.000 millones de euros.

Cada vez son más y más los clientes que esperan recibir las facturas de sus proveedores en formato electrónico. Así, se esperan unas tasas sostenibles de crecimiento de entre  un 20% y un 30% para el mercado de la facturación electrónica en los próximos años.

Debido al atractivo de este mercado, varios centenares de proveedores de servicios y casas de software ofrecen sus soluciones de facturación electrónica. Debido a ello no existe escasez de ofertas.

En cambio, los usuarios esperan ahora disponer de toda la información  que facilite la integración en relación a este tema.

Se ha publicado ha finales de marzo de 2012 un nuevo informe de mercado que será de gran ayuda para las compañías que desean seleccionar el mejor modelo de facturación electrónica y contar con la solución óptima. El autor del informe es el analista de mercados internacionales Bruno Koch, de Billentis.

El informe pretende servir de apoyo a los emisores y receptores de facturas que desean sustituir los onerosos procesos de facturación basados en papel por procesos modernos y automatizados. Incluyen las cifras e información más importante en torno al mercado. Además de los hechos sobre el desarrollo del mercado y las iniciativas relativas (estándares, leyes), el lector dispondrá también de análisis cualitativos y muchos detalles en torno a las diferentes soluciones ofrecidas.

El informe está disponible de forma gratuita en: http://www.billentis.com y también a través de las webs de los patrocinadores.

Recognition of electronic signatures between EEA countries


Reconocimiento de firmas electrónicas entre países miembros del Area Económica Europea (EEA)

El principio de reconocimiento de firmas electrónicas, certificados digitales y productos de firma entre Estados Miembros de la Unión Europea y el resto de miembros del Area Económica Europea (EEA) se rige por la incorporación de la Directiva 1999/93/EC en el Acuerdo del Area Económica Europea, en virtud de la Decisión del Comité Conjunto nº 66/2000 de fecha 02.08.2000 rectificando el Anexo XI (Servicios de Telecomunicaciones ) al acuerdo EEA.

The principle of recognition of electronic signatures, signature certificates and signature products between EU Member States and the other countries member of the European Economic Area (EEA), is governed by the incorporation of Directive 1999/93/EC in the Agreement on the European Economic Area, by virtue of Decision of the EEA Joint Committee n°66/2000 of 2.8.2000 amending Annex XI (telecommunication services) to the EEA Agreement.

Los firmantes del acuerdo son los 27 estados miembros de la Unión Europea, y los siguientes tres países  de la EFTA (European Free Trade Association, Asociación Europea de Libre Comercio): Islandia, Noruega y Liechtenstein (todos salvo Suiza).

Contracting parties of the EEA agreement are the 27 EU Member States and three EFTA countries, Iceland, Norway and Liechtenstein.

Reconocimiento de firmas electrónicas entre la Unión Europea y países y organizaciones internacionales terceros.

Recognition of electronic signatures between EU and third countries and international organisations

El reconocimiento de certificados de terceros países y organizaciones internacionales se recoge en el párrafo 1 del artículo 7 de la Directiva 1999/93/EC :

Recognition of signatures certificates from third countries and international organisations is provided for by paragraph 1 of article 7 of Directive 1999/93/EC on international aspects:

Member States shall ensure that certificates which are issued as qualified certificates to the public by a certification-  service-provider established in a third country are recognised as legally equivalent to certificates issued by a certification-service-provider established within the Community if:

(a) the certification-service-provider fulfils the requirements laid down in the Directive and has been accredited under a voluntary accreditation scheme established in a Member State; or

(b) a certification-service-provider established within the Community which fulfils the requirements laid down in the Directive guarantees the certificate; or

(c) the certificate or the certification-service-provider is recognised under a bilateral or multilateral agreement between the Community and third countries or international organisations.

En el momento actual no existen acuerdos diferentes de los referidos al área EAA, ya mencionados, en aplicación del párrafo 1.c del artículo 7 ni existe constancia de la existencia de casos de uso conformes con los párrafo 1.a y 1.b del citado artículo 7.

As of today, no agreement has been signed under article 7.1.c (except for EEA countries – see above) and no cases of usage of articles 7.1.a or 7.1.b has been reported.

The European Commission plans organising starting in 2012 three exploratory seminars on trust in e-business transactions within the South Mediterranean Region – see attached fiche for details.

IE Venture Network


El pasado jueves asistí a uno de los encuentros de IE Venture Network, una de las iniciativas de impulso al emprendimiento que se están desarrollando en España (hablaré de otras próximamente), impulsada por el Instituto de Empresa, con Daniel Soriano a la cabeza, y las buenas gestiones de  Liz Fleming and Gary Stewart (ahora en Wayra) de Venture Lab.

Este tipo de eventos facilita el encuentro entre emprendedores, y el contacto entre emprendedores e inversores, dando ideas sobre la mejor forma de promover negocios, frecuentemente de base tecnológica.

IE Venture Network tiene como principal objetivo proveer recursos y asesoramiento para emprendedores y la comunidad innovadora. Una de nuestras principales misiones es aportar feedback actualizado y útil para crear una conexión entre los emprendedores incipientes, los potenciales inversores y las empresas consolidadas, para así lograr hacer realidad sueños emprendedores. Todo esto en un ambiente amigable con bebidas y aperitivos.

Voy a reflejar algunas de las iniciativas que han tenido cabida hasta la fecha:

26 de Enero 2012

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Pablo Moreno, Corpfin Capital
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Liz Fleming, Deputy Director IE Venture Lab

Las 3 startups:

Jaime Amat, Respiro
Si te mueves en transporte publico, en moto o si necesitas un segundo coche, si conduces menos de 1000 km al me,Respiro es para ti. Respiro es una nueva forma de movilidad personal, divertida, economica y sostenible.

Javier Fernandez, TouristEye
TouristEye es una empresa tecnologica del sector turistico. Trabajamos diariamente con la tecnologia mas puntera en lo referente al desarrollo web y movil para poder personalizar la experiencia turistica para los viajeros.

Francisco Carrero, BrainSINS
BrainSINS- SocialGamingPlatform,S.L- es una empresa de base tecnológica que ofrece sistemas de recomendación tanto para plataformas e-commerce como otros sitios Web de contenidos.

19 de Enero 2012 

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Liz Fleming, Deputy Director IE Venture Lab

Las 3 startups:

José Miguel Palou, Freetravel
Freetravel promueve libertad y participación social en la generación, el consumo y valoración de turismo activo y deporte, por sus productos basados en tecnologías geo-web

Ignacio Laribba, Airfit
La empresa TSCompany tiene por objectivo desarollar un proyecto eminentemente de I+D+I en tecnologias de la informacion para el sector de actividad fisica en fitness. Para ello presenta una linea base de productos relacionados bajo la marca airfit

Jesus Fernandez, Questionality
Questionality es una red social que te permite; encontrar contenido recomendado que te interesa; compartir  recomendar cualquier tipo de contenido; recomendar y preguntar en una manera nueva e innovador.

12 de Enero 2012 

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Sergio López, Addquity Growth Capital
  • Gary Stewart, Director of Wayra Spain
  • Patricia Gabaldon, Women Entrepreneurship in Europe; Prof. Economic Environment IE

Las 3 startups:

Adoración López, Politia
Politia es una plataforma de gestión policial que permitirá la comunicación e integración de la información de este sector a nivel nacional. No sólo es un potente sistema de gestión para las comisarías (lo cual ya es una clara necesidad), sino también una eficaz y usable herramienta facilitadora del trabajo diario de todos los agentes, en la línea de la nueva cultura 2.0.

Beatriz Sigüenza, IDK-Factory
En la actualidad las empresas necesitan constantemente readaptar, repensar y rediseñar su modelo de negocio, sus productos y servicios para ser competitivos en el exigente mercado actual.  IDK (Ideas Development Kit) es una herramientain-a-box que permite a un grupo de personas generar muchas nuevas ideas sobre el foco o el problema a resolver.

Paloma Fuentes, TedCas
TedCas ofrece una nueva forma de controlar los sistemas de información en los hospitales, evitando el contacto con ordenadores y periféricos, reduciendo así el riesgo de infección.

 15 de Diciembre 2011

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • José Miguel Herrero, Big Sur Ventures
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Liz Fleming, Deputy Director IE Venture Lab

Las 3 startups:

Matthieu Heusch – DoctorDoctor
doctordoctor es una plataforma web de e-health que facilita la relación y comunicación entre los diferentes actores de la sanidad privada: pacientes, médicos, clínicas, aseguradoras y colegios médicos.

David Martin- Blaffin
Blaffin es una plataforma de entretenimiento donde los usuarios nos deleitan con sus habilidades en forma de vídeos y fotos y las marcas generan comunidad y visibilidad.

Diego Mariño – Ducksboard
Monitor de métricas online en tiempo real.

 1 de Diciembre 2011

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Sergio López, Addquity Growth Capital
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Juan José Güemes, Presidente del Centro Internacional de Gestión Emprendedora, IE

Las 3 startups:

Ander Michelena- Evandti.com
Evandti.com es una compañía innovadora en el mundo del ticketing que da soluciones telematicas a clientes en el sur de Europa, rusia, Brasil y latam. Damos servicio tanto en el mercado primario como en el secundario a través de dos soluciones, ticketbis.com y eventbis.com

Francisco Larios- CI2T
CI2T es un empresa de base tecnológica que trata de dar una respuesta clara a la creciente demanda de introducción de las nuevas tecnologías en la agricultura. La solución permite aumentar la producción y reducir drásticamente los costes totales. El sistema ahorra energía, agua y alcanza la máxima eficacia en el mantenimiento del clima.

Antonio García Morte- Cierzo Development
Cierzo Development es una startup focalizada en el desarrollo de tecnologías de rastreo de información, análisis semántico y marketing digital, comercializadas bajo la marca SMMART. En los últimos años ha venido trabajando con grandes empresas en el ámbito de la reputación online, pero ahora pretende lanzar un ambicioso plan para comercializar a nivel internacional una aplicación para el marketing digital en las pymes llamada SMMART Social CRM.

24 de Noviembre 2011

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Fausto Checa, Ch2Market
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Juan José Güemes, Presidente del Centro Internacional de Gestión Emprendedora, IE

Las 3 startups:

Alejandro Sánchez Acosta- Neurowork
Neurowork es una empresa de tecnología con amplia experiencia en soluciones de IT con fuerte knowhow en tecnologías abiertas. Actualmente dirigiendo sus objetivos a las nuevas tendencias tecnologicas (Aplicaciones Móviles).

Ramón Sastrón- eMe
eMe (event music experience) es la plataforma líder de música en directo. Realizamos y emitimos conciertos  nativos para internet, 100% online. El usuario puede colaborar creando el concierto que quiere disfrutar, votando las canciones que quieren escuchar, decidiendo la hora del concierto e interactuar con los artistas además de adquirir productos exclusivos, merchandise.

Pablo Ferrari- Tiendalista
Tiendalista es un one-stop-shop para que tu tienda online sea un éxito en internet. Hacemos que vendas en internet de forma rápida y sencilla. Nos encargamos de que tu tienda exista en la web, en facebook, en iphone, en ipad, en android…. Además te ayudamos con la logística, con el diseño gráfico, con las fotos de los artículos de tu tienda, con el marketing online… y con cualquier dificultad que te encuentres. Queremos que poner tu tienda en internet sea fácil y rentable para que puedas vender a todo el mundo.

10 de Noviembre 2011

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Oscar Gregori, Tremosa
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Juan José Güemes, Presidente del Centro Internacional de Gestión Emprendedora, IE

Las 3 startups:

CLIPBOOK- David de Miguel, Ignacio Bujalance

CLIPBOOK es para los profesionales del mundo audiovisual el mercado de videos (clips) de alta definición:  Clipbook es la fábrica que proporciona a los creadores de contenido audiovisual las herramientas (clips de audio y video) que les permitirán realizar sus creaciones con un coste mínimo.

LACAMBRA– Cristina Álvarez Lacambra

LACAMBRA es una marca de bolsos y accesorios de piel que el usuario puede personalizar eligiendo y combinando colores, tanto de la piel como del forro. Las piezas se configuran en la tienda online de la marca, myLACAMBRA.com y se fabrican a medida en España con materiales de primera calidad.

EVICERTIA– Jacobo van Leeuwen

EVICERTIA (evidencia y certificación) ofrece servicios en la nube de certificación y custodia electrónica segura aportando validez legal al email y SMS. Los servicios de EVICERTIA permiten comunicarse de forma segura, confidencial, con garantía de entrega, y con acuse de recibo y generando pruebas con validez legal para evitar riesgos, combatir el fraude, el cibercrimen y la morosidad. http://www.evicertia.es

3 de Noviembre 2011

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Jose Martín Cabiedes, Cabiedes&Partners Scr
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Juan José Güemes, Presidente del Centro Internacional de Gestión Emprendedora, IE

Las 3 startups:

Mario Garcés- Daxnatur
DAXNATUR es una compañía especializada en la formación, consultoría e investigación sobre emociones. Trabajamos desde del individuo, considerando las emociones y su gestión positiva y eficaz como el pilar fundamental para construir, con éxito, el resto de estructuras sociales, desde la pareja hasta las organizaciones empresariales.

Jorge Pajares – Dantex Group
Con 3D Business Solution, vamos a cambiar la forma en que las empresas se comunican con su entorno digital, no más webs planas, aburridas y estándares, la transmisión de las emociones es esencial.

Aníbal García-Almuzara – iFORTV
Plataforma de investigación basada en la utilización de dispositivos móviles, y hemos desplegado esta tecnología en los hogares de nuestro panel (miniver ®, http://www.miniver.es) representativo de la población española entre 18 y 50 años. A través de esta plataforma somos capaces de conocer en tiempo casi real la TV que cada panelista está viendo, y somos capaces de comunicarnos con el panel vía encuestas enviadas a teléfonos móviles, que los panelistas pueden responder de forma oral o escrita. Con esta información hemos desarrollado metodologías únicas para el análisis de eficacia publicitaria y para la investigación cualitativa de audiencias.

27 de Octubre 2011

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Ian Noel, Bonsai Venture Capital
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Juan José Güemes, Presidente del Centro Internacional de Gestión Emprendedora, IE

Las 3 startups:

Felipe Velásquez – Meetrico
Meetrico.com es una red social que comercializa horas muertas de despachos y oficinas compartidas con un sistema que regula los precios según la ocupación.

Jorge Pajares, Lluis Cardona – Dantex Group
Pioneros a nivel mundial en la concepción de proyectos de comunicación digital (internet y otros canales) basados en la combinación entre sí de aplicaciones multimedia, el video interactivo y la simulación virtual por ordenador. Su servicio 3D Business Solution permite pasar de proyectos digitales mediante formatos tradicionales (en 2D) al marketing emocional en formato de comunicación dinámica (combinando postproducción de video y 3D).

Camilo López – Timpik
Timpik es la red social de deportistas que conecta personas para practicar deporte. Ofrece todas las herramientas de comunicación para descubrir otros deportistas a nuestro alrededor con las mismas preferencias deportivas, horarios o localización. Además, ofrece unas utilidades para que organizar un evento deportivo deje de ser una pesadilla. Timpik se ofrece en versión web así como en aplicaciones de iPhone y Android.

20 de Octubre 2011

Inversores:

  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Ana Alcaine, Going Investment
  • Ricardo Pedrol, Innovate!100
  • Juan José Güemes, Presidente del Centro Internacional de Gestión Emprendedora, IE

Las 3 startups:

Zubin Chagpar- Mashpan
Organiza intuitivamente tu información digital.

Enrique Andreu, Alejandro Fanjul – Palbin.com
Palbin.com is a cloud service where anyone can create their own online store in Internet and Facebook in the easiest and quickest possible way, for a low monthly subscription. It is mainly aimed to traders, freelancers and SMEs that are looking for a new business model based on Electronic and Social Commerce but do not necessarily have the technical knowledge required, large budgets or sufficient time to spare.

Mariano Torrecilla – Linkovery
Linkovery, tu escritorio en la nube. La mejor forma de organizar, descubrir y compartir todas tus aplicaciones y sitios web. Gracias a la tecnología HTML5, Linkovery es accesible desde cualquier dispositivo, plataforma y navegador. Nunca más será necesario recordar las contraseñas, con el sistema de single sign-on, Linkovery lo hará por el usuario.

13 de Octubre 2011

Inversores:

  • Carlos Méndez, FIT Talent, Everis Group (www.fitalent.es)
  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Alberto Garrido, FIT Talent, Everis Group (www.fitalent.es)
  • Juan José Güemes, Chairman del International Centre for Entrepreneurship, IE

Las 3 startups:

Judith Gil Lopez – Qdada
Qdada es un portal web que permitirá organizar de manera sencilla los planes con grupos de amigos, proponiendo actividades e incluyendo la reserva de las mismas

Roman Vinoly – Casapanal
El inovador sistema constructivo de CASAPANAL ha sido desarrollado en conjunto con Rafael Viñoly – arquitecto de renombre mundial – con el fin de comercializar una solución personalizable y asequible para las mil millones de familias que hoy en día carecen de un hogar adecuado.  Mas allá de la variedad en tipos de hogares que facilita, nuestro sistema también puede aplicarse en la construcción de refugios de emergencia, cámaras de refrigeración, escuelas, clínicas, y centros comunitarios.

Carlos Prieto – LoockAd
LoockAd es una aplicación gratuita que combina las posibilidades de la geoposición disponible en los smartphones con las funcionalidades sociales de las aplicaciones móviles para crear una herramienta de marketing móvil moderna que sea barata, eficiente y fácil de utilizar y esté al alcance de todo el mundo.

6 de Octubre 2011

Inversores:

  • Almudena García Calle, Socia fundadora de Aboo Partners
  • Rafael Garrido, Emprendedor y Business Angel
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Juan José Güemes, Presidente del Centro Internacional de Gestión Emprendedora, IE

Las 3 startups:

Eduardo Ferrín – Business & Strategy
BsC-i le ayuda a implementar su Estrategía de Negocio mediante “Mobile Business Intelligence” apps para Dispositivos tipo Tableta.

Emilio Carlos Hank – SocialBet
SocialBet es una plataforma online que tiene acceso a explotar una licencia de apuestas online y aspira a entrar en los mercados de México y Latino América.  A diferencia de la forma tradicional de apostar en Deportes y Carreras, Social Bet ofrecerá “betting exchange” en donde se conectará a clientes para que apuesten entre ellos mismos, siendo la primera compañía que ofrece esto en la región.

Diana Morato – Inyam
Inyam aplica tecnología de inteligencia colectiva al sector de recomendaciones y reservas de restaurantes online. La inversión total de 190.000€ aportará 1,73 M€ BAII en el año 5.

Uso de medios electrónicos en relación con la convocatoria de Juntas de Accionistas


Logo EAD Trust El Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, ha sufrido diversas modificaciones, la más importante de las cuales ha tenido lugar con la publicación de la  Ley 25/2011, de 1 de agosto, de reforma parcial de la Ley de Sociedades de Capital y de incorporación de la Directiva 2007/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio, sobre el ejercicio de determinados derechos de los accionistas de sociedades cotizadas.

 Ahora que muchas sociedades cotizadas están preparando las juntas y deben realizar la convocatoria, conviene recordar que es obligatoria la publicación de la convocatoria en la página web de la sociedad, con al menos 30 días de antelación y de forma ininterrumpida hasta la celebración de la Junta y que es conveniente contar con algún medio de prueba del cumplimiento de dicho requisito.

EADTrust proporciona un servicio que acredita fehacientemente la publicación de la convocatoria y de los documentos conexos en la sede electrónica de la sociedad, del que se puede obtener más información en este sitio: Publicación Fehaciente. Se puede obtener más información llamando al 902 365 612.

Los artículos de la norma que conviene tener en cuenta, son los siguientes:

Artículo 11 bis. Sede electrónica.

1. La creación de una página web corporativa deberá acordarse por la junta general de la sociedad. El acuerdo de creación deberá ser inscrito en el Registro Mercantil o bien ser notificado a todos los socios.

La supresión y traslado de la página web de la sociedad podrá ser acordada por el órgano de administración, salvo disposición estatutaria en contrario. Dicho acuerdo deberá inscribirse en el Registro Mercantil o ser notificado a todos los socios y, en todo caso, se hará constar en la propia página web suprimida o trasladada, durante los treinta días posteriores a la adopción de dicho acuerdo de traslado o supresión.

2. Será a cargo de los administradores la prueba de la certeza del hecho de la inserción de contenidos en la web y de la fecha en que se hicieron. Para acreditar el mantenimiento de dicho contenido durante el plazo de vigencia será suficiente la manifestación de los administradores que podrá ser desvirtuada por el perjudicado mediante cualquier prueba admisible en Derecho.

Artículo 173. Forma de la convocatoria.

1. Salvo disposición contraria de los estatutos, la junta general será convocada mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en la página web de la sociedad. Con carácter voluntario y adicional a esta última o cuando la sociedad no tenga página web, la convocatoria se publicará en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia en que esté situado el domicilio social.

2. Los estatutos podrán establecer que la convocatoria se realice mediante anuncio publicado en la página web de la sociedad o por cualquier procedimiento de comunicación, individual y escrita, que asegure la recepción del mismo por todos los socios en el domicilio designado al efecto o en el que conste en la documentación de la sociedad. En el caso de socios que residan en el extranjero, los estatutos podrán prever que sólo serán individualmente convocados si hubieran designado un lugar del territorio nacional para notificaciones.

Con carácter voluntario y adicional, la convocatoria se podrá publicar en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia en que esté situado el domicilio social.

3. Por excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, en el caso de sociedad anónima con acciones al portador, la convocatoria deberá realizarse, al menos, mediante anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Artículo 518. Información general previa a la junta.

Desde la publicación del anuncio de convocatoria y hasta la celebración de la junta general, la sociedad deberá publicar ininterrumpidamente en su página web, al menos, la siguiente información:

  1. El anuncio de la convocatoria.
  2. El número total de acciones y derechos de voto en la fecha de la convocatoria, desglosados por clases de acciones, si existieran.
  3. Los documentos que se presentarán a la junta general y, en particular, los informes de administradores, auditores de cuentas y expertos independientes.
  4. Los textos completos de las propuestas de acuerdo o, en el caso de no existir, un informe de los órganos competentes, comentando cada uno de los puntos del orden del día. A medida que se reciban, se incluirán también las propuestas de acuerdo presentadas por los accionistas.
  5. Los formularios que deberán utilizarse para el voto por representación y a distancia, salvo cuando sean enviados directamente por la sociedad a cada accionista. En el caso de que no puedan publicarse en el sitio de Internet por causas técnicas, la sociedad deberá indicar en el sitio de Internet cómo obtener los formularios en papel, que deberá enviar a todo accionista que lo solicite.

Artículo 519. Derecho a completar el orden del día y a presentar nuevas propuestas de acuerdo.

1. Los accionistas que representen al menos el cinco por ciento del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la junta general ordinaria, incluyendo uno o más puntos en el orden del día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada. En ningún caso podrá ejercitarse dicho derecho respecto a la convocatoria de juntas generales extraordinarias.

El ejercicio de este derecho deberá efectuarse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la convocatoria. El complemento deberá publicarse con quince días de antelación como mínimo a la fecha establecida para la reunión de la junta. La falta de publicación en plazo del complemento será causa de nulidad de la junta.

2. Los accionistas que representen al menos el cinco por ciento del capital social podrán, en el mismo plazo señalado en el apartado anterior, presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la junta convocada. La sociedad asegurará la difusión de estas propuestas de acuerdo y de la documentación que en su caso se adjunte, entre el resto de los accionistas, de conformidad con lo dispuesto en la letra d) del artículo anterior.

Artículo 520. Ejercicio del derecho de información del accionista.

1. El ejercicio del derecho de información de los accionistas se rige por lo previsto en el artículo 197. Además, los accionistas podrán solicitar a los administradores, por escrito hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la junta, o verbalmente durante su celebración, las aclaraciones que estimen precisas acerca de la información accesible al público que la sociedad hubiera facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última junta general y acerca del informe del auditor.

2. Los administradores no estarán obligados a responder a preguntas concretas de los accionistas cuando, con anterioridad a su formulación, la información solicitada esté clara y directamente disponible para todos los accionistas en la página web de la sociedad bajo el formato pregunta-respuesta.

Artículo 521. Participación a distancia.

1. La participación en la junta general y el voto de las propuestas sobre puntos comprendidos en el orden del día de cualquier clase de junta general podrán delegarse o ejercitarse directamente por el accionista mediante correspondencia postal, electrónica o cualquier otro medio de comunicación a distancia, en los términos que establezcan los estatutos de la sociedad, siempre que se garantice debidamente la identidad del sujeto que participa o vota y la seguridad de las comunicaciones electrónicas.

2. De conformidad con lo que se disponga en los estatutos, el reglamento de la junta general podrá regular el ejercicio a distancia de tales derechos incluyendo, en especial, alguna o todas las formas siguientes:

  1. La transmisión en tiempo real de la junta general.
  2. La comunicación bidireccional en tiempo real para que los accionistas puedan dirigirse a la junta general desde un lugar distinto al de su celebración.
  3. Un mecanismo para ejercer el voto antes o durante la junta general sin necesidad de nombrar a un representante que esté físicamente presente en la junta.

Artículo 522. La representación del accionista en la junta general.

1. Las cláusulas estatutarias que limiten el derecho del accionista a hacerse representar por cualquier persona en las juntas generales serán nulas. No obstante, los estatutos podrán prohibir la sustitución del representante por un tercero, sin perjuicio de la designación de una persona física cuando el representante sea una persona jurídica.

2. En caso de que se hayan emitido instrucciones por parte del accionista representado, el representante emitirá el voto con arreglo a las mismas y tendrá la obligación de conservar dichas instrucciones durante un año desde la celebración de la junta correspondiente.

3. El nombramiento del representante por el accionista y la notificación del nombramiento a la sociedad podrán realizarse por escrito o por medios electrónicos. La sociedad establecerá el sistema para la notificación electrónica del nombramiento, con los requisitos formales, necesarios y proporcionados para garantizar la identificación del accionista y del representante o representantes que designe. Lo dispuesto en este apartado será de aplicación a la revocación del nombramiento del representante.

4. El representante podrá tener la representación de más de un accionista sin limitación en cuanto al número de accionistas representados. Cuando un representante tenga representaciones de varios accionistas, podrá emitir votos de signo distinto en función de las instrucciones dadas por cada accionista.

5. En todo caso, el número de acciones representadas se computará para la válida constitución de la junta.

Artículo 525. Resultado de las votaciones.

1. Para cada acuerdo sometido a votación de la junta general deberá determinarse, como mínimo, el número de acciones respecto de las que se hayan emitido votos válidos, la proporción de capital social representado por dichos votos, el número total de votos válidos, el número de votos a favor y en contra de cada acuerdo y, en su caso, el número de abstenciones.

2. Los acuerdos aprobados y el resultado de las votaciones se publicarán íntegros en la página web de la sociedad dentro de los cinco días siguientes a la finalización de la junta general.

Artículo 539. Instrumentos especiales de información.

1. Las sociedades anónimas cotizadas deberán cumplir los deberes de información por cualquier medio técnico, informático o telemático, sin perjuicio del derecho de los accionistas a solicitar la información en forma impresa.

2. Las sociedades anónimas cotizadas deberán disponer de una página web para atender el ejercicio, por parte de los accionistas, del derecho de información, y para difundir la información relevante exigida por la legislación sobre el mercado de valores.

En la página web de la sociedad se habilitará un Foro Electrónico de Accionistas, al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias que puedan constituir, con el fin de facilitar su comunicación con carácter previo a la celebración de las Juntas generales. En el Foro podrán publicarse propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día anunciado en la convocatoria, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria.

3. Al consejo de administración corresponde establecer el contenido de la información a facilitar en la página web, de conformidad con lo que establezca el Ministerio de Economía y Hacienda o, con su habilitación expresa, la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

4. Los accionistas de cada sociedad cotizada podrán constituir Asociaciones específicas y voluntarias para el ejercicio de sus derechos y la mejor defensa de sus intereses comunes. Las Asociaciones de accionistas deberán inscribirse en un Registro especial habilitado al efecto en la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Reglamentariamente se desarrollará el régimen jurídico de las Asociaciones de Accionistas que comprenderá, al menos, los requisitos y límites para su constitución, las bases de su estructura orgánica, las reglas de su funcionamiento, los derechos y obligaciones que les correspondan, especialmente en su relación con la sociedad cotizada.

5. Asimismo, se faculta al Gobierno y, en su caso, al Ministerio de Economía y Hacienda y, con su habilitación expresa, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, para desarrollar las especificaciones técnicas y jurídicas necesarias respecto a lo establecido en este artículo.

Tendencias en Medios de Pago 2011


Tecnocom y Afi presentan el primer estudio regional sobre medios de pago en América Latina y España

Este informe aspira a ser el punto de referencia de la situación de los medios de pago en España y América Latina.

Tecnocom y Analistas Financieros Internacionales, Afi, han presentado el pasado 1 de diciembre de 2011 el Informe Tecnocom sobre Tendencias en Medios de Pago 2011, un estudio pionero encomendado a Afi y a The Cocktail Analysis, en el que se analiza la evolución de los medios de pago durante el año 2011 en España y en seis países de América Latina (Brasil, Chile, Colombia, México, Perú y República Dominicana).

El acto de presentación ha estado presidido por Ladislao Azcona, Presidente de Tecnocom, y ha contado con la presencia de Javier Rey, Director General del Sector Banca y Seguros de Tecnocom, Emilio Ontiveros, Presidente de Afi, Álvaro Martín, Director del Departamento Internacional de Afi y Javier Martín, Consejero Delegado de Tecnocom.

Este informe aspira a ser el punto de referencia de la situación de los medios de pago en España y América Latina, dado que año a año va a seguir la evolución de los mismos. Este informe también está destinado a sentar las bases para conocer las oportunidades y desafíos específicos a los que se presenta el sector a partir de 2012.

La industria de los medios de pago está experimentando cambios muy relevantes

Las empresas del sector de los medios de pago se han enfrentado a nuevos retos derivados de la evolución en las preferencias en los consumidores, la creciente competencia, la entrada de nuevos competidores no tradicionales (operadores móviles, empresas de Internet y comercios), las innovaciones tecnológicas y los cambios regulatorios.

Los ejecutivos entrevistados destacan que mientras el negocio de emisión es el que ofrece la cuenta de resultados más saneada para las entidades, el negocio de adquisición ha sufrido una gran reducción de los márgenes. Dentro del primero destacan las tarjetas de crédito, que en varios países de América Latina son utilizadas con más frecuencia como instrumento de financiación. También tienen un importante potencial de desarrollo los productos de prepago, que son utilizados , por ejemplo para abonar salarios públicos o subsidios en Brasil.

Uno de los cambios más comentados es la adopción del estándar EMV (Europay, MasterCard, Visa) en las tarjetas de pago. Estas tarjetas, además de ser más seguras, permiten incorporar otros servicios de valor añadido, como las aplicaciones de fidelización y vinculación de clientes a través de programas de recompensas.

Aunque las economías analizadas siguen mostrando una fuerte dependencia del efectivo, se observa una sustitución gradual de los medios de pago basados en papel (efectivo y cheques) por los electrónicos. Mientras que el cheque registra una tendencia claramente bajista en América Latina, las tarjetas están en ascenso y son el medio de pago (después del efectivo) preferido, hasta el punto de que son utilizadas en la mitad de las operaciones. En este contexto, el número de tarjetas en circulación en los países latinoamericanos analizados no para de crecer debido, entre otros factores, al buen comportamiento de la economía, a las campañas de divulgación, a la creciente bancarización y a la expansión de la infraestructura física de los puntos de acceso (cajeros automáticos y POS). En España, por el contrario, han desaparecido casi cinco millones de plásticos en los últimos dos años, por la voluntad de los usuarios de controlar el gasto y la consiguiente reducción de las tarjetas como una de las vías para conseguirlo, y porque el sector financiero ha aprovechado para no re-emitir las tarjetas inactivas al migrar de las tarjetas magnéticas tradicionales a las tarjetas chip bajo el estándar EMV.

Las cámaras de compensación electrónica (ACH, por sus siglas en inglés), que permiten realizar operaciones interbancarias, han posibilitado el desarrollo de las transferencias de crédito y los débitos directos en América Latina. Además en esta región ha aumentado considerablemente la cobertura de las redes de adquisición ( cajeros automáticos, POS y corresponsales no bancarios) Estos últimos juegan un papel muy importante en la estrategia de mejora de la cobertura del sistema financiero y de la inclusión financiera de América Latina.

Recientemente se han puesto en marcha numerosos pilotos relacionados con pagos con teléfonos móviles

Sin duda, el pago móvil es la tecnología del futuro por la que está apostando la industria. Prueba de ello es que se han puesto en marcha numerosos pilotos relacionados con pagos con teléfonos móviles. Es necesario destacar que, por ahora, la mayor parte de los avances están teniendo lugar en los extremos de la cadena de valor, con innovaciones en la emisión y adquisición de los pagos, aunque el máximo potencial se obtiene cuando se utiliza como generador de demanda y elemento de fidelización.

Se distinguen dos tipos de pagos móvilesremotos y de proximidad, los primeros se realizan de manera remota desde un terminal, empleando alguno de los canales que operan sobre la infraestructura de telecomunicaciones móviles. En los países emergentes se tiende a emplear el SMS o el servicio de datos USSD, mientras que en los países desasarrollandos los consumidores están migrando hacia el uso de teléfonos inteligentes que incorporan la posibilidad de navegar por internet, lo que permite a los usuarios acceder a los servicios en línea de las instituciones financieras.

En América Latina la banca móvil tiene el potencial de convertirse en uno de los medios de pago más populares, dada la gran penetración del teléfono móvil. Sin embargo, por el momento, apenas hay unos pocos servicios dirigidos a segmentos de población no bancarizada.

Desde la perspectiva de los consumidores, la realidad de los medios de pago en España y en los países de América Latina es muy diversa, presentando cada país su propia trayectoria. Los países analizados presentan distintos niveles de bancarización, penetración y uso de medios de pago. También hay diferencias en las preferencias entre el pago inmediato y el pago a crédito, el uso de canales, la penetración de la compra online, y el interés por el pago móvil.

Con el objetivo de establecer una medida que permita la comparación directa entre el nivel de desarrollo de los medios de pago electrónicos en los países analizados, se ha diseñado el Indicador Tecnocom, un indicador sintético que agrupa las variables penetración y uso mensual de medios de pago electrónicos, pago móvil y compra online. Los países que puntúan más alto son España y Brasil (más de 70 puntos sobre 100) aunque todavía existe margen para el desarrollo de los pagos electrónicos (en banca online, móvil, e intensificación del pago con tarjetas). Chile, Colombia y México obtienen una puntación media (por encima de 40 puntos) mientras que en Perú y la República Dominicana los resultados son más bajos, dado que los medios de pago alcanzan una menor penetración.

Orden PRE/2794/2011, de 5 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 19 de agosto de 2011


He detectado una errata en el BOE de ayer.

Se ha publicado la Orden PRE/2794/2011, de 5 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 19 de octubre de 2011, por el que se determina el marco de ejercicio de las competencias estatales en materia de factura electrónica, se crea el Foro Nacional Multilateral sobre facturación electrónica y se impulsa el Servicio Central de Gestión de la Facturación Electrónica en el ámbito de la Administración General del Estado.

En realidad, el acuerdo del Consejo de Ministros es del 19 de agosto de 2011.

La errata es más o menos obvia, ya que la orden aparentemente predice que hoy, 19 de octubre de 2011, el Consejo de Ministros adoptará el acuerdo. Y la verdad, el BOE nunca se anticipa tanto…  😉

Y además, el texto sí cita la fecha correcta.

Pero bueno, lo demás sí tiene enjundia, ya que la publicación del BOE entra en más detalles que la noticia que trascendió del Consejo de Ministros mencionado.

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 19 de agosto de 2011 y a propuesta del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, de la Vicepresidenta del Gobierno para Asuntos Económicos y Ministra de Economía y Hacienda y del Vicepresidente del Gobierno para Política Territorial y Ministro de Política Territorial y Administración Pública, ha adoptado un Acuerdo por el que se determina el marco de ejercicio de las competencias estatales en materia de factura electrónica, se crea el Foro Nacional Multilateral sobre facturación electrónica y se impulsa el Servicio Central de Gestión de la Facturación Electrónica en el ámbito de la Administración General del Estado.

Para general conocimiento se dispone su publicación como anexo a la presente orden.

Madrid, 5 de octubre de 2011.–El Ministro de la Presidencia, Ramón Jáuregui Atondo.

ANEXO

Acuerdo por el que se determina el marco de ejercicio de las competencias estatales en materia de factura electrónica, se crea el Foro Nacional Multilateral sobre facturación electrónica y se impulsa el Servicio Central de Gestión de la Facturación Electrónica en el ámbito de la Administración General del Estado

La estrategia «Europa 2020», de la Comisión Europea, incluye entre sus prioridades el desarrollo de una economía basada en el conocimiento y la innovación, que haga un uso más eficaz de los recursos, siendo la digitalización y automatización de procesos administrativos un factor clave en la mejora de la productividad de las economías. En ese sentido, las medidas para avanzar en la penetración de la facturación electrónica permiten dar un paso esencial para construir un mercado único digital en Europa, permitiendo la superación de obstáculos de carácter regulador y tecnológico. La Comisión Europea ha incluido la facturación electrónica como parte de la «Agenda Digital para Europa», al considerar que su uso generalizado permite la obtención de ganancias significativas en los entornos de contratación, pagos, tributación, procesos contables y auditoría, y se configura como soporte para consolidar el comercio electrónico.

La factura electrónica es un documento electrónico que cumple con los requisitos legal y reglamentariamente exigibles a las facturas y que, además, garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, lo que impide el repudio de la factura por su emisor.

El establecimiento de requisitos de seguridad para la facturación electrónica se realizó mediante el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación y se modifica el Reglamento del IVA, que establece que las facturas electrónicas deberán incorporar medios que garanticen la autenticidad del origen y la integridad de su contenido. Estos requisitos fueron detallados en la Orden EHA/962/2007, de 10 de abril, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas contenidas en el anterior Real Decreto.

Asimismo, la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información prevé en su texto un plan para la generalización del uso de la factura electrónica y establece que el Gobierno determinará el órgano competente de la Administración General del Estado que impulsará el empleo de la factura electrónica entre empresarios, profesionales y demás agentes del mercado, en particular, entre las pequeñas y medianas empresas y en las denominadas microempresas, con el fin de fomentar el desarrollo del comercio electrónico.

Por su parte, el Gobierno, en el diseño de los Planes Avanza y Avanza 2 ha incorporado el citado plan de generalización del uso de la factura electrónica previsto en la Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información. De manera particular, la Estrategia 2011-2015 del Plan Avanza 2 contempla la difusión del uso de la facturación electrónica en su objetivo 7: «Extender el uso de soluciones TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones) de negocio en la empresa».

El plan de generalización del uso de la factura electrónica incardinado en el Plan Avanza se ha elaborado previa amplia consulta pública realizada a las asociaciones relevantes representativas de las entidades proveedoras de soluciones técnicas de facturación electrónica, a las asociaciones relevantes de usuarios de las mismas y a los colegios profesionales que agrupan a técnicos del sector de la Sociedad de la Información y de las Telecomunicaciones. Las líneas estratégicas de actuación definidas en el plan son: la comunicación y formación sobre la factura electrónica, la difusión de herramientas para la gestión de la factura electrónica, el desarrollo de servicios de factura electrónica, las ayudas para la incorporación de la factura electrónica, el fomento de la confianza en la factura electrónica, la accesibilidad en la visualización de la factura electrónica y el mantenimiento y evolución del formato de factura electrónica facturae.

Asimismo, y a efectos de mejorar la eficiencia en la Administración, mediante este Acuerdo se da un mandato al Ministerio de Política Territorial y Administración Pública para que lidere la definición y desarrollo en 2011 de un servicio central de gestión de la facturación electrónica para el ámbito de la Administración General del Estado. Este servicio de gestión será el medio único para la recepción y distribución de facturas electrónicas, salvo excepciones claras y debidamente justificadas que deberán ser aprobadas en la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica. Asimismo, este servicio podrá proporcionar funcionalidades de almacenamiento y custodia de las facturas electrónicas.

Por otra parte, la Comunicación de la Comisión Europea COM (2010) 712, de 2 de diciembre de 2010, «Aprovechar en Europa las ventajas de la facturación electrónica», con el objetivo de que la facturación electrónica sea el método prevalente de facturación en Europa a más tardar en 2020, establece las siguientes prioridades: garantizar la seguridad jurídica y condiciones técnicas claras para la facturación electrónica; alentar y favorecer el desarrollo de soluciones de facturación electrónica abiertas e interoperables basadas en una norma técnica común, prestando especial atención a las necesidades de la Pyme; y respaldar el uso de la facturación electrónica mediante el establecimiento de estructuras organizativas. Entre estas últimas, se insta a la creación por parte de cada Estado Miembro de un Foro Nacional Multilateral sobre facturación electrónica.

La Comunicación de la Comisión Europea cita que en este Foro Nacional Multilateral habrán de estar representados, de manera equilibrada, los diferentes agentes implicados en el desarrollo de la factura electrónica, con una participación suficiente de las autoridades públicas y los usuarios de los servicios de facturación electrónica, incluyendo consumidores, pequeñas y medianas empresas, y grandes empresas.

En respuesta a la petición de la Comisión Europea, el presente Acuerdo crea el Foro Nacional Multilateral sobre facturación electrónica en España (Foro Nacional).

En este marco, y para propiciar un apoyo decisivo a la implantación de la factura electrónica, la Comisión Europea ha acordado, mediante Decisión C (2010) 8467, de 2 de diciembre, la constitución del Foro Europeo Multilateral sobre facturación electrónica (Foro Europeo), para facilitar el intercambio de experiencias y buenas prácticas y para asistir a la Comisión en la identificación de medidas que faciliten la adopción y generalización del uso de la factura electrónica en todos los Estados miembros. El Foro Europeo estará compuesto por representantes de los Foros Nacionales y de asociaciones europeas vinculadas al desarrollo e implantación de la factura electrónica, así como por otras organizaciones y grupos de trabajo, entre los que figurarán el Banco Central Europeo, el Comité Europeo para la Normalización y el Grupo de Trabajo del artículo 29 sobre Protección de Datos. Cada Estado miembro habrá de proponer dos candidatos que representen a sus Foros Nacionales en las reuniones del Foro Europeo. El presente Acuerdo determina el mecanismo para la designación de los representantes españoles en el Foro Europeo.

En su virtud, a propuesta conjunta del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, de la Vicepresidenta del Gobierno para Asuntos Económicos y Ministra de Economía y Hacienda y del Vicepresidente del Gobierno para Política Territorial y Ministro de Política Territorial y Administración Pública, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 19 de agosto de 2011, acuerda:

Determinar el marco de ejercicio de las competencias estatales en materia de facturación electrónica, aprobar determinadas medidas en materia de difusión del uso de la factura electrónica y la creación de un Foro Nacional Multilateral sobre facturación electrónica.

Para ello, se adoptan las siguientes medidas:

1. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio será el órgano de la Administración General del Estado que ejercerá las competencias estatales en materia de difusión del uso de la factura electrónica en España en el sector privado, en particular, en las Pymes.

2. El Ministerio de Política Territorial y Administración Pública será el órgano de la Administración General del Estado que ejercerá las competencias en materia de difusión del uso de la factura electrónica en la Administración General del Estado.

3. Se crea, al amparo de lo dispuesto en el artículo 40.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, la Comisión Técnica para la difusión del uso de la factura electrónica, de carácter consultivo, con el objetivo de asistir a los Ministerios de Industria, Turismo y Comercio y de Política Territorial y Administración Pública en el desarrollo de las competencias señaladas en los apartados 1 y 2.

4. La Comisión Técnica estará constituida por un representante designado por cada uno de los departamentos siguientes: Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, Ministerio de Política Territorial y Administración Pública y Ministerio de Economía y Hacienda. Su Presidente será designado por el Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. En casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, el Presidente será sustituido por el representante del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Los miembros de la Comisión Técnica formarán parte del Foro Nacional al que se refiere el apartado 5. Actuará como Secretario un funcionario de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información designado por el Presidente.

5. Se crea, al amparo de lo dispuesto en el artículo 40.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, el Foro Nacional Multilateral sobre facturación electrónica (en adelante, Foro Nacional), que tendrá un carácter consultivo en materia de facturación electrónica. Este Foro estará presidido por el Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. En casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, el Presidente será sustituido por el Presidente de la Comisión Técnica referida en el apartado 4.

6. El Foro Nacional se compondrá de los miembros de la Comisión Técnica regulada en los puntos 3 y 4, así como de un representante por cada una de las siguientes entidades designado por el Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información a propuesta de las entidades correspondientes:

a) Asociación de Multisectorial de Empresas de la Electrónica, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, de las Telecomunicaciones y de los Contenidos Digitales (AMETIC).

b) Asociación Nacional de Empresas de Internet (ANEI).

c) Asociación Española de Usuarios de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (AUTELSI).

d) Asociación Española de la Economía Digital (ADIGITAL).

e) Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU).

f) Centro de Cooperación Interbancario (CCI).

g) Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE).

Asimismo, podrán participar en el Foro Nacional los representantes en la Comisión Permanente del Consejo Asesor de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información de las Comunidades Autónomas y de la Federación Española de Municipios y Provincias.

El Presidente del Foro Nacional podrá invitar a las reuniones y trabajos del mismo a los expertos en la materia que estime pertinentes.

Actuará como Secretario un funcionario de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información designado por el Presidente.

7. La actividad del Foro Nacional se desarrollará en los siguientes ámbitos:

a) Proponer iniciativas para promover la adopción de la factura electrónica en España, en ámbitos tales como el normativo o la estandarización e interoperabilidad.

b) Asesorar en la elaboración y puesta en marcha de actuaciones para la difusión del uso de la factura electrónica en España.

c) Colaborar en las acciones para difundir el uso de la factura electrónica en España, en particular, en el ámbito de las Pymes.

d) Facilitar el intercambio de experiencias y buenas prácticas en el proceso de desarrollo e implantación de la factura electrónica en España.

e) Realizar, en su caso, análisis y estudios sobre la adopción de la factura electrónica en los diferentes sectores económicos.

8. El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información designará a dos representantes en el Foro Europeo constituido mediante la Decisión de la Comisión, de 2 de diciembre de 2010, por la que se establece un Foro Multilateral Europeo sobre Facturación Electrónica.

9. El Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, a través de la Secretaría de Estado para la Función Pública, liderará la definición y desarrollo en 2011 de un servicio central de gestión de la facturación electrónica para el ámbito de los órganos de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y agencias estatales definidas en la Ley 28/2006, de 18 de julio, de agencias estatales para la mejora de los servicios públicos. Este servicio de gestión será el medio único para la recepción y distribución de facturas electrónicas, salvo excepciones claras y debidamente justificadas, que deberán ser aprobadas en la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica. Asimismo, este servicio podrá proporcionar funcionalidades de almacenamiento y custodia de las facturas electrónicas.

10. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, continuará impulsando en 2011 el uso de la factura electrónica con actuaciones de información destinadas a ciudadanos y la generación de contenidos didácticos en relación con la implantación de la factura electrónica.

La aplicación de estas medidas se hará sin aumento del coste de funcionamiento de los órganos afectados y no supondrá aumento del gasto público. La creación y funcionamiento de los órganos colegiados aquí previstos será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios asignados al órgano superior en el cual se encuentren integrados. Los órganos colegiados previstos ajustarán su funcionamiento a lo dispuesto en las normas contenidas en el Capítulo II del Título II de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.