Archivo de la categoría: Factura Telemática

Companies related to electronic invoice in Spain


Read in CEN/CENELEC e-Invoice Gateway.

  1. OB10

    OB10 is a global B2B e-Invoicing network, enabling 70,000 customers in over 100 countries to exchange error free, tax compliant invoices, without the need to install any additional hardware or software. OB10 provides an e-Invoicing solution enabl…

  2. SERES – Sociedad de Explotación de Redes Electrónicas y Serv

    SERES is the company belonging to Grupo La Poste (French Post Office) and BULL,
    which specializes in solutions for secure electronic exchange of business documents
    with legal value.

    SERES was created in 1984, so she has an exper…

  3. Izenpe SA

    Set up an e-invoicing platform in the Basque Government to use the electronic
    invoices in all the transactions with the administration.

  4. Ariba Inc.

    In today’s tightening economy, cash is king. Unfortunately, labor-intensive invoicing and payment procedures and poor visibility into purchases and commitments have kept many companies from optimizing their cash flows. Ariba Invoice and Payment…

  5. Logica

    Logica is a leading international IT services company, employing 39,000 people across 36 countries. Logica Information Logistics provide services for local and cross-border e-invoicing. Logica’s e-invoice exchange service supports a multitude of c…

  6. Sterling Commerce Espana

    Detail description and contribution to e-Invoicing Sterling e-Invoice Gateway helps you adapt to the complex, ever-changing business and technical regulations associated with international electronic invoicing. It automates business processes and …

  7. Eurobits Technologies

    Eurobits Technologies is a Digital Services provider that specializes in eInvoicing services. Sistema eFactura Eurobits gives companies a single point of access to the digital invoice universe. The complete life-cycle of all invoices can be man…

  8. Albalia Interactiva, S.L

    Albalia is leading eInvoicing consulting in Spain, helping other eInvoice Platforms to adopt best practices. Albalia is Chairing the ASIMELEC eInvoice Work Group, is member of CEOE eInvoice Work Group, member of OASIS UBL SC, chairman of the UBL Securi…

En mi opinión hay más empresas dedicadas a la factura electrónica en España. ¿Dónde están?

Esta llamada de atención a las empresas españolas es para que se apunten en e-Invoice Gateway.

5th International Congress of eInvoicing (ASIMELEC). Madrid, April the 29th, 2010


In the context of the events of the High-Level Conference on «Electronic invoicing in Europe» organized by the European Commission (Madrid, April 27 & 28), ASIMELEC Association organizes its «5th International Congress of eInvoicing (Madrid, April 29), so delegates and electronic invoice stakeholders can participate in both events if they wish . The registration costs is 200 euros, and it is open to businesses and government agencies. To register, you can also send an email to:

including your name and surname, your instituition, your title, a contact phone and e-mail. Payment details can be resolved later.

This is the agenda of the 5th International Congress of eInvoicing:

9:00- 9:30 Reception of participants

9:30-10:00 Institutional Welcome

  • Mr. Fernando de Pablo, General Manager for eGovernment, MINISTERIO DE PRESIDENCIA of Spain and Mr. Martín Pérez Sánchez, President of ASIMELEC

10:00-10:20 Fostering the eInvoicing adoption

  • Mr. Gonzalo Die Socias, Director of Planning and External Relations of RED.ES

10:20-10:40 Interoperability: Presentation of Project Invoicex

  • Mr. Julián Inza, Coordinator of eIvoicing Group of ASIMELEC

10:40-11:00 Certified Scanning, a step towards the electronic document

  • Mr. Victor Usobiaga, Financial Service Sector of IBM

11:00-11:30 Coffee-Break

11:30-12:30 Roundtable: Challenges in the Development of eInvoicing in Europe- eInvoicing Practitioners Group

  • Mr. Christiaan van der Valk, CEO of TRUSTWEAVER.
  • Mr. Tony Nisbett,
  • IBM eInvoicing SME – consultant to world-wide customer and supplier boarding teams –IBM
  • Mr. Olaf Schrader, Senior Production Manager for Supplier Enablement, ARIBA INC.
  • Mr. Bruno Koch, Chairman of the Summit EXPP, CEO of BILLENTIS

12:30-12:50 Interoperability Initiatives

  • Mr. Arturo González Mac Dowell, General Manager of Eurobits

12:50-13:10 zBackTrust. Its use in eInvoicing in Caixa Galicia

  • Mr. Ricardo Carballo Gestal, Manager of the Center for Optimization of Operational Processes of CAIXA GALICIA

13:10-13:30 The reform process of the Directive 112/2006 of the European Commission

  • Mr. Santiago Segarra Tormo, Head of the Assistance and Tax Services of Large Taxpayers, MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA of Spain

13:30-13:50 Offinvoice. The International eInvoicing solution in Office 2010 environments

  • Mr. Santi Casas – Associate Director of ALBALIA Interactiva – Microsoft Partner

13:50-14:10 The adoption of eInvoicing in Spain. Lessons Learned

  • Mr. Mario Tanco – General Manager of DYR

14:10-14:30 Discussion

14:30-16:00 Buffet lunch

16:00-16:20 Certified Document Imaging in eGovernment

  • Mr. Miguel A. Amutio, General Directorat of Administrative Modernization, MINISTERIO DE PRESIDENCIA of Spain

16:20-16:40 Cross border invoicing

  • Mr. Oriol Bausà, CEO of INVINET

16:40-17:00 OASIS – UBL as a first generation UN / CEFACT – CII

  • Mr. Tim McGrath Co-Chair of the Universal Business Language (UBL) Technical Committee, OASIS

17:00-17:20 Standard Reception Architecture of eInvoices for the General Spanish Administration

  • Mr. José María Sobrino,  Accounting and Control Applications, MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA of Spain

17:20-17:40 CEN Electronic Invoice WorkGroup presentation. Advancing Electronic Invoicing Facilitating Interoperability

  • Mr. Stefan Engel-Fleschig, Legal Counsel & Chairman, CEN WORKSHOP ON E-INVOICES

17:40-18:00 Discussion and conclusions

18:00-18:40 Institutional Close

  • Mr. José Pérez, General Manager of ASIMELEC

More info: http://www.asimelec.es/projects/fedic/home-fedic.aspx

Turquía adopta el estándar OASIS UBL para realizar factura electrónica en XML


La legislación de Turquía ha aprobado el pasado 5 de marzo de 2010 el uso de la personalización TRLSC del modelo definido por UBL para la realización de intercambios electrónicos de facturas con el gobierno. la norma se ha publicado en la Official Gazette of Turkey no 27512 Sequence No 397 titulado «Tax Procedure Law«.

Toda la documentación técnica del proyecto está disponible en http://www.efatura.gov.tr

Una personalización de UBL es una declaration de un subconjunto de datos y una extensión de los esquemas y listas de códigos estandarizados por OASIS UBL para permitir la transmisión de la información esperada en documentos electrónicos empresariales para una comunidad de usuarios. El TRLSC (Subcomité Turco de Localización) especificó una personalización de UBL adecuada para los proveedores de la administración de Turquía con el objetivo que éstos pudieran para entregar facturas en un formato electrónico.

La profesora Asuman Dogac, participante en el proceso regulatorio agradece la labor del departamento de Revenue Administration of Turkey y la dirección de Arif Yildirim.

Referencia: Invinet

Programa del V Congreso de Factura Electrónica


Este es a grandes rasgos el programa del V Congreso de Factura Electrónica de ASIMELEC que se celebra el 29 de abril de 2010.

9:00-9:30 Recepción de los asistentes y entrega de la documentación

9:30-10:00 Apertura Institucional

10.00-10:20 Impulso para la Adopción de la Factura electrónica

10:20-10:40 Interoperabilidad: Presentación del Proyecto Invoicex

10:40-11:00 Digitalización certificada

11:00-11:30 Coffee-Break

11:30-12:30 Mesa Redonda: Challenges in the development of Electronic Invoicing in Europe

12:30-12:50 Soluciones de Factura Electrónica para PYME’s

12:50-13:10 El papel de la banca en la facturación electrónica

13:10–13:30 El proceso de reforma de la Directiva 112/2006 en la Comisión Europea

13:30-15:00 Lunch – Comida Buffet

15:00-15:30 Digitalización Certificada de Documentos en las Administraciones Públicas

15:30-15:50 Plan de Extensión de la Facturación Electrónica

15:50-16:10 Cross border invoicing

16:10 -16:30 OASIS – UBL as a first generation UN/CEFACT – CII

16:30-16:50 Arquitectura Normalizada de Recepcion de Facturas Electrónicas en la AGE (CTT)

17:00-18:00 CEN Electronic Invoice WorkGroup presentation. Round Table: Advancing Electronic Invoicing Facilitating Interoperability

18:00-18:10 Coloquio y conclusiones

18:10 -18:30 Clausura institucional

Difundir el V Congreso de Factura Electrónica


Por favor, ayudadme a difundir el V Congreso de Factura Electrónica y Digitalización Certificada organizado por ASIMELEC.

Se celebra el 29 de abril de 2010 y solo cuesta  200 euros.

Este evento acompaña al encuentro de Alto Nivel  de Factura Electrónica de la Comisión Europea de los dias 27 y 28 de abril y se celebra en la misma sede, en el Auditorio de la SETSI.

Información complementaria:

La UFV crea el GINTA, Grupo de investigación dedicado a las AA.PP.


La Universidad Francisco de Vitoria (UFV) crea «GINTA» Grupo de Investigación sobre Nuevas Tecnologías Aplicadas.

El Grupo GINTA está formado por Profesores de la Universidad y Profesionales del mundo Empresarial relacionados con las Nuevas Tecnologías

Ante la necesidad de aplicar intensivamente la tecnología en las administraciones públicas y otros sectores, se ha creado un grupo especializado en el conocimiento de las necesidades de estos, tanto a nivel tecnológico como jurídico y económico para ofrecer soluciones integrales.

El objetivo del grupo se centra en dos líneas: Administraciones Públicas Locales para su Gestión Interna y Entidades Financieras en su desarrollo de Business Inteligence (B.I.).

Para ello, el grupo preparará y entregará Proyectos de Innovación Tecnológica y Business Intelligence (Inteligencia de Negocio) relevantes, que sean del interés de las Administraciones Públicas: Ayuntamientos y Empresas Multisectoriales: Sector Financiero, Banca, Seguros, Sector de las Telecomunicaciones, Tecnologías de la Información y de la Comunicación, Energía, Bienes de Consumo etc… y también se presentará a Concursos y Licitaciones de proyectos de Innovación Tecnológica Aplicada en el mundo de las Administraciones Publicas, así como a convocatorias externas de ayudas específicas sujetas a los planes nacionales y regionales de fomento de ciencia y tecnología, contando para ello con el apoyo de la OTRI (Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación) de la UFV.

En el ámbito de las Administraciones locales colaborará en el diseño, elaboracion e imparticion de cursos y seminarios organizados por la Administración a los colectivos sectoriales que estos determinen.

Equipo

El grupo bajo la dirección de Ignacio Temiño Aguirre está compuesto por Inmaculada Puebla Sánchez, Mara Sánchez Benito, Rodrigo Navalón García, Delia Nogales Uzabal, Natalia Cobos Lanáquera, Manuel Robredo Botella, así como por Julián Inza Aldaz y Miguel Ángel de Bas Sotelo.

El Grupo de Investigación GINTA ha identificado mediante reuniones con autoridades locales y empresas sectoriales necesidades en los campos en los que centrará su investigación:

  • Administraciones Públicas Locales para su Gestión Interna:
    • Incrementar su apertura Digital (Documentación, Expedientes Contratación Electrónica);
    • Registro Telemático;
    • Gestión Documental;
    • Plataforma de Licitación Telemática;
    • Virtualización,
    • Ordenación CPD;
    • Documentos electrónicos;
    • Sede electrónica;
    • Notificaciones fehacientes;
    • Publicación fehaciente en el perfil del contratante;
    • Custodia Digital;
    • Códigos Seguros de Verificación;
    • Certificación de Seguridad del organismo;
    • Certificados de sede electrónica, de sello electrónico y de empleado público;
    • Compulsa electrónica;
    • Pago telemático;
    • Interoperabilidad;
    • Dirección Electrónica Única;
    • Verificación de Datos de Identidad y Residencia;
    • Supresión de certificados en soporte papel;
    • Comunicación de Cambio de Domicilio;
    • Digitalización Certificada
  • Entidades Financieras en su desarrollo de Business Intelligence (B.I.):
    • Redes Avanzadas en B.I. y Tecnologías de la Información IT ;
    • Banca Virtual; Certificado Digital;
    • Factura Electrónica;
    • Firma Electrónica;
    • Marketing Social: ERP, CRM, Datamining, Datawarehouse ….;
    • Redes Sociales y Audiovisuales;
    • Diseño Gráfico de Interfaces y Usabilidad;
    • Herramientas Colaborativas, canal Web;
    • Plataformas orientadas a servicios (SOA);
    • Plan de seguridad y de sistemas;
    • Redes avanzadas en Movilidad; ……

Y todo ello con una especial aplicación de las normativas vigentes en los proyectos objetivo.

Referencia: Club de la Innovación

Información sobre los grupos de investigación de la Universidad Francisco de Vitoria

5 Congreso de Factura Electrónica de ASIMELEC


Congreso de ASIMELEC

ASIMELEC ha celebrado en años anteriores 4 Congresos sobre Factura Electrónica y Digitalización Certificada, y este año celebra un lustro de actividades relacionadas con la factura electrónica. El evento del año 2010 se ha planificado de forma que coincida con la el evento de alto nivel de factura electrónica, y pueda enmarcarse entre las actividades vinculadas a la presidencia española  del Consejo. La fecha prevista es el 29 de abril de 2010, y el lugar del encuentro el Auditorio de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información en Madrid (Capitán Haya, 41)  un excelente marco para el evento.

Este año es relevante, además por las diferentes iniciativas asociadas a la Interoperabilidad, sobre las que se dará cuenta en el evento. En particular sobre el Proyecto Invoicex.

Este próximo congreso, El V Congreso de Factura Electrónica y Digitalización Certificada, tiene un coste  de 200 euros. Ya se ha habilitado la inscripción en el web de ASIMELEC.

Otros artículos relacionados:

Resumen sobre la Factura Electrónica


Recientemente me han pedido permiso para hacer (y publicar) un resumen del libro «La Factura Electrónica» que redactamos hace algún tiempo Fernando Pino y yo, para ASIMELEC y Red.es

Me ha sorprendido, porque he ido viendo por diferentes sitios documentos claramente «inspirados» en el citado libro o en artículos de mi blog, para cuya reproducción nadie me había pedido permiso. Entre los documentos que habían utilizado el mío como base se encuentran una importante institución catalana y un gobierno autonómico del sur de la costa mediterránea. Entidades a las que se les supone cierto respeto por la propiedad intelectual.

(Por cierto, pedí al organismo autonómico que al menos indicara en la bibliografía el documento en el que se inspiraron los autores del suyo y la referencia a los autores originales, lo que después de varios años, aun no han realizado)

Por supuesto, he dado el permiso que me pedían en esta ocasión, y además lo he hecho agradecido de que lo pidieran.

Y ya que estoy en ello, he redactado un resumen actualizado de la situación actual de la factura electrónica en España, que recoge las mejores prácticas. No es tan completo como el libro, pero creo que puede servir de introducción.

En esta ocasión me adelanto, y otorgo permiso de reproducción de este documento y la realización de obras derivadas, pero a condición de que se cite al autor (Julián Inza, o sea yo) y se incluya una coletilla publicitaria

«Resumen [basado en un documento] elaborado por Julián Inza, Presidente de Albalia Interactiva.
Albalia Interactiva, S.L. (http://www.albalia.com) dispone de diferentes módulos  de gestión de firma electrónica y factura electrónica adaptables a cualquier proyecto»

Y este es el resumen en cuestión:

La factura Electrónica

¿Qué es una factura?

Una factura es un documento que refleja la entrega de un producto o la provisión de servicios, junto a la fecha de devengo, además de indicar la cantidad a pagar como contraprestación.

En la factura se encuentran los datos del expedidor y del destinatario, el detalle de los productos y servicios suministrados, los precios unitarios, los precios totales, los descuentos y los impuestos.

Se la considera como el justificante fiscal de la entrega de un producto o de la provisión de un servicio, que afecta al obligado tributario emisor (el vendedor) y al obligado tributario receptor (el comprador). El original debe ser custodiado por el receptor de la factura. Habitualmente, el emisor de la factura conserva una copia o la matriz en la que se registra su emisión.

La factura correctamente cumplimentada es el único justificante fiscal, que da al receptor el derecho de deducción del impuesto (IVA). Esto no se aplica en los documentos sustitutivos de factura, recibos o tickets.

En Europa, la normativa de facturación se regula por la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido

La Identificación tributaria en la Unión Europea uniformiza la forma de codificar a las empresas para facilitar el control tributario.

Las facturas pueden ser:

  • Ordinarias: documentan la operación de suministro.
  • Rectificativas: documentan correcciones de una o más facturas anteriores, o bien devoluciones de productos, envases y embalajes o comisiones por volumen.
  • Recapitulativas: documentan agrupaciones de facturas de un período.

Además existen las siguientes variantes:

  • Pro‐forma: documenta una oferta, con indicación de la forma exacta que tendrá la factura tras el suministro. No tienen valor contable ni como justificante.
  • Copia: documenta la operación para el emisor, con los mismos datos que el original. Debe llevar la indicación de copia para permitir distinguirla del original.
  • Duplicado: documenta la operación para el receptor, en caso de pérdida del original. La expide el mismo emisor que expidió el original y tiene los mismos datos que el original. Debe llevar la indicación de duplicado para permitir distinguirla del original, especialmente para el caso de que reaparezca el original.

Es interesante mencionar que las tradicionales “Notas de Abono” no se contemplan en la normativa, aunque su función se puede cubrir con las “Facturas Rectificativas”. Cabe identificar ambos documentos siempre que se incluya la mención obligatoria “Factura rectificativa” y opcionalmente, a título informativo, la de “Nota de Abono” y se consignen los signos de las cantidades de forma correcta.

¿Qué es la facturación electrónica?

La facturación electrónica consiste en la transmisión de las facturas o documentos análogos entre emisor y receptor por medios electrónicos (ficheros informáticos) y telemáticos (de un ordenador a otro), firmados digitalmente con certificados cualificados, con la misma validez legal que las facturas emitidas en papel.

Está regulada en el Reglamento de Facturación publicado en Real Decreto 1496/2003 y modificado por el Real Decreto 87/2005.

La regulación de la factura electrónica se completa con la publicación de la Orden EHA/962/2007, de 10 de abril, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

Las denominaciones “factura electrónica”, “factura telemática” y “factura digital” son equivalentes, si bien la denominación utilizada en la normativa es “remisión electrónica” o “remisión por medios electrónicos” de factura.

La factura electrónica tiene múltiples ventajas: mejor aprovechamiento de la habilidad de los empleados, reducción de controversias, mejoras en la resolución de incidencias, reducción de plazos de cobro, mejoras en la negociación de los plazos de pago, posibilidad de acudir de forma ágil a servicios financieros como el confirming y el factoring, mejora de la relación comercial y de la imagen de la empresa. Sin olvidar el cumplimiento de obligaciones, puesto que la facturación electrónica es obligatoria por exigencia de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público en determinados supuestos.

El proceso de facturación electrónica lo forman dos procesos básicos y diferenciados en los sistemas de gestión de facturas, y que corresponden a cada interlocutor: emisión y recepción de facturas.

1. En la emisión, el emisor, con la conformidad del receptor, transmite a éste por medios telemáticos la Factura Electrónica (que incluye una firma electrónica) y conserva Copia o Matriz (la Base de Datos). No es necesario conservar los documentos electrónicos firmados.

2. El receptor, recibe la factura en formato digital y la conserva en soporte informático, en el formato en el que lo recibió, para su futura consulta e impresión, si fuera necesario. Al ser la factura un documento firmado electrónicamente, debe guardar la información relativa a la comprobación de la validez de la firma electrónica.

De esta forma ya no se exige imprimir la factura para que ésta sea válida legal y fiscalmente y, todo el tratamiento (emisión, distribución y conservación) puede realizarse directamente sobre el fichero electrónico generado por el emisor.

Requerimientos en la emisión de facturas electrónicas

Para el emisor se exige:

  • Tener el consentimiento previo del receptor.
  • Garantizar la autenticidad del origen y la integridad de las facturas, mediante el uso de la Firma electrónica reconocida3 (qualified electronic signature en inglés).
  • Almacenar copia de las facturas. Este requisito no es necesario si se puede reconstruir una factura a partir de la información guardada en la base de datos de la empresa (matriz).
  • Las facturas almacenadas deben contener determinados elementos que faciliten su búsqueda, visualización e impresión en caso de inspección (acceso completo a los datos).

Para el receptor se exige:

  • Disponer del software necesario para la validación de la firma electrónica.
  • Almacenar las facturas recibidas digitalmente (factura y firma) en su formato original.
  • Las facturas almacenadas deben contener elementos que faciliten su búsqueda, visualización e impresión en caso de inspección (acceso completo a los datos).

Ventajas, beneficios y ahorros de la factura electrónica

  • Ahorro de costes: tanto del lado del emisor como del receptor. Derivado de la supresión del papel, el abaratamiento de los medios de comunicación electrónicos (en contraposición a los medios tradicionales de envío postal), eliminación de los gastos de franqueo, gastos derivados de la introducción manual de datos, etc.
  • Mejora de la eficiencia: la liberación de tareas administrativas, permite destinar los recursos humanos a aspectos productivos en las compañías.
  • Integración con ERPs: desde el punto de vista del emisor continúa el proceso que ya se está realizando electrónicamente. Un simple clic desde el ERP y la factura es emitida y enviada. Desde el lado del receptor los datos se pueden introducir automáticamente en sus aplicaciones.
  • Optimización de la tesorería: la automatización permite cuadrar los apuntes contables y comparar documentos (albarán / factura), minimizando a la vez el margen de error humano.
  • Obtención de información en tiempo real: permite verificar el estado en el que se encuentra una factura y toda su información asociada (errores, rectificaciones, cobros, pagos, recepción de mercancías, albaranes, …) de forma exacta y actual.
  • Reducción de tiempos de gestión: la inmediatez del envío y recepción de facturas por medios telemáticos convierte este trámite en un elemento que deja de tener sentido. Además, permite solucionar las discrepancias en muy poco tiempo.
  • Agilidad en la toma de decisiones: la inmediatez de las comunicaciones permite adoptar decisiones, como la necesidad de financiación, en un espacio más corto de tiempo.
  • Administración y contabilidad automatizadas: la integración en los sistemas de la empresa permite que toda la inserción de datos y las operaciones contables requieran mucha menos participación humana.
  • Control de acciones erróneas: a través de sistemas de alertas que detectan discrepancias entre operaciones de contabilidad y facturación o en la aplicación de tipos erróneos.
  • Uso eficaz de recursos financieros: la adopción de la factura electrónica favorece el acceso a medios de financiación como el factoring o el confirming.

Se consigue, en definitiva, una mayor calidad de servicio que repercute a su vez en una mayor competitividad de la empresa.

Obligatoriedad de la eFactura

Normas de publicación reciente como la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público o la Ley 56/2007 de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información han puesto de manifiesto el interés de las instituciones en el desarrollo de la factura electrónica, que ha llegado al punto de establecer su obligatoriedad a partir del año 2008 para las empresas que no pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada.

Sin embargo este impulso se viene produciendo de forma intensa desde la publicación de la Directiva 2001/115, y su temprana trasposición a finales 2002 en una norma española que quedó finalmente subsumida en el RD 1496/2003, el Reglamento de Facturación.

En España, la especificación facturae, codificada en XML y evolucionada desde un formato diseñado por la banca, se oficializó en la Orden PRE 2971/2007 recibiendo el apoyo de la Agencia Tributaria y del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para su uso en la facturación destinada a las Administraciones Públicas, lo que lleva a prever un amplio uso.

Mientras avanza su adopción, el estándar español evolucionará hasta convertirse en una personalización del UBL, de forma semejante al ilustre precedente del NES (Northern European Subset) que al incorporar a España e Italia redefine la denominación para ser NES: Neutral European Specification.

La firma electrónica es otro ámbito en el que se está avanzando para lograr la  compatibilidad. Como cada entidad firmante puede elegir cualquier PSC (Prestador de Servicios de Certificación) para sus certificados, la entidad que acepta facturas se enfrenta a la complejidad de validar certificados de los que tiene poca información.

Una solución que está facilitando la aceptación de facturas es que éstas se generan por el obligado tributario emisor firmadas con la modalidad XAdES‐X‐L prevista en la norma TS 101 903, incluyendo un sello de tiempo y la información de validez del certificado expedido por su emisor: lo que se denomina “firma completa”, y significa que la firma y el certificado están validados en origen. Así, el receptor se ve exonerado de las obligaciones que impone aceptar firmas electrónicas y la posibilidad de que se utilicen certificados electrónicos expedidos por cualquier PSC europeo no supondrá un problema en países diferentes al del expedidor.

Arquitectura de los sistemas de Facturacion Electrónica

Los elementos involucrados en el sistema de facturación se exponen a continuación.

Módulo de transformación

Realizará las conversiones de formatos de datos de facturación y alimenta al sistema con los datos de facturación a partir de la matriz (datos fuente), generando un documento de intercambio XML en formato Facturae. En el momento actual la última versión de la especificación es la V3.2, si bien se espera la próxima publicación de la V4.0 basada en UBL. La especificación está publicada en el sitio web: http://www.facturae.es

Módulo de firma electrónica

Informalmente equivale a un “plastificado”, debido a que en el formato Facturae la firma va integrada en la factura (modalidad “enveloped signature”), de forma que la factura aparece como un único documento electrónico.

Este módulo realiza la firma electrónica reconocida sobre los documentos de salida del módulo de transformación generando finalmente los documentos electrónicos incluyendo la información relativa a la comprobación de la validez de la firma electrónica, siguiendo los estándares de la Orden PRE 2971/2007, usando firma completa XAdES-XL.

Además de los tipos de firma simple, avanzada y reconocida (qualified electronic signature en inglés) que establecen tanto la Directiva 1999/93/CE como la Ley 59/2003 de Firma Electrónica, desde el punto de vista técnico, se han definido en el marco de ETSI (European Telecommunications Standards Institute) otros tipos de firma electrónica que son esenciales para facilitar su uso en diferentes contextos.

La firma básica (XAdES-BES) es aquella que recoge los elementos esenciales de la firma electrónica: el resumen del documento firmado (hash), el certificado del firmante asociado a la clave privada con la que se firma y el propio resultado de aplicar la clave privada al resumen, que es la firma electrónica propiamente dicha. La firma fechada (XAdES-T) añade a la firma básica información temporal sobre el momento de la firma  y la firma validada (XAdES-X-L) añade a la firma fechada información sobre la vigencia del certificado empleado en el momento de la firma.

Estas modalidades de firma están recogidas en la norma TS 101 903. La firma validada se denomina también firma completa porque incluye todos los elementos que permiten comprobar en el futuro que el certificado utilizado por el firmante estaba vigente en el momento de la firma.

Módulo de presentación

Ya no se exige imprimir la factura para que ésta sea válida legal y fiscalmente y, todo el tratamiento (emisión, distribución y conservación) debe realizarse directamente sobre el fichero electrónico generado por el emisor. De hecho, el formato de intercambio XML está pensado para ser interpretado por sistemas informáticos, y así tener un procedimiento de facturación realmente telemático y automatizado tanto en origen como en destino.

No obstante, aunque el formato XML es relativamente legible por un humano, no tiene una presentación adecuada para ser impreso y visualizado cómodamente. Este modulo realiza una versión amigable para impresión e interpretación (visualización) humana, aunque sin validez legal: la factura es únicamente el documento electrónico transmitido.

El módulo de presentación se encargará de presentar la factura electrónica (en de una forma que permita su visualización e impresión en el sitio web del Cliente, a través de una hoja de estilos, en HTML o en PDF.

La nueva normativa de IVA no implica cambios en el sistema español


Recientemente se ha hecho pública la modificación de la Directiva 112/2006, destacando el enfoque de «tratamiento igual» de las facturas en papel y las electrónicas.

Ya que es obvio que no se gestionan de igual forma las facturas en papel y las electrónicas, la frase tiene más bien contenido político y pretende destacar que es tan fácil hacer una factura en papel como una electrónica.

Los cambios en la redacción de la Directiva son sutiles y destinados a especialistas y pretenden especialmente lograr la aceptación internacional de las facturas realizadas según la normativa de cada país.

En el caso de España, el cambio de redacción tendrá poco efecto, ya que la normativa española es la más desarrollada de entre las europeas, y todos los aspectos que se presentan como novedad están ya contemplados por el legislador español. Lo que en base a la actual Directiva 112/2006 podían ser interpretaciones en el límite del precepto legal, en la redacción de la próxima norma vigente serán posiciones consolidadas. Normas como el RD 1496/2003 (con la modificación del RD 87/2005) o la Orden EHA 962/2007 reflejan perfectamente las posibilidades de la futura Directiva.

Estas son buenas noticias para España y para las empresas tecnológicas del ámbito de la factura electrónica, ya que consolidan sus avances y pueden afrontar la internacionalización de sus soluciones. Y también es un mensaje positivo para las empresas que apostaron en la implantación de la factura electrónica y que comprueban así que sus inversiones seguirán prestando servicios sin necesitar cambios.

Aspectos como la firma electrónica o la digitalización certificada se consolidan como los de mayor valor legal y presunción de validez, aunque la sección de «otras formas de garantizar la autenticidad e integridad» que se amplía en la futura norma, puede suponer un riesgo de «balcanización» de opciones que ponen en riesgo la interoperabilidad.

Incluso ese aspecto de fragmentación de modelos parece lejano en España, ya que la norma PRE 2971/2007 define el formato facturae para su uso en relación con la administración pública y está siendo ampliamente adoptado también por las empresas para facturarse entre sí.

De esta forma, nos beneficiamos de los aspectos positivos de la modificación legal, sin que lleguen a afectarnos los aspectos negativos.

Para ilustrar el comentario, recojo seguidamente la noticia publicada por la Europa Press.

Los 27 aprueban una norma para facilitar la facturación electrónica del IVA que ahorrará 18.000 millones anuales

BRUSELAS, 16 Mar. (EUROPA PRESS) –

Los ministros de Economía de la UE aprobaron hoy una norma para facilitar la facturación electrónica del IVA que permitirá a las empresas ahorrar 18.000 millones al año gracias a la reducción de cargas administrativas, según los cálculos de Bruselas.

La directiva tiene por objeto garantizar que las autoridades fiscales acepten los recibos electrónicos del IVA en las mismas condiciones que los recibos en papel y eliminar los obstáculos legales a la trasmisión y almacenamiento de los recibos electrónicos.

Se adoptará formalmente cuando la Eurocámara dé en abril su dictamen, que no es vinculante, y los Estados miembros tendrán hasta 2013 para introducirla en sus legislaciones nacionales.

«Esta propuesta supone un importante ahorro para nuestras empresas, hasta 18.000 millones de euros al año», destacó la vicepresidenta segunda del Gobierno, Elena Salgado, en su calidad de presidenta de turno del Ecofin. La directiva «también incluye medidas que pueden ayudar a las autoridades a luchar contra el fraude fiscal permitiendo un intercambio de información más rápido», agregó Salgado.

La norma permitirá «mejorar la armonización de las obligaciones de facturación», «reducir las cargas administrativas sobre todas las empresas, pero muy especialmente sobre las empresas de menor tamaño» y «simplificar las obligaciones en este ámbito e impulsar la facturación electrónica», explicó la vicepresidenta.

La normativa vigente sobre el IVA en la UE «permiten a los Estados un gran número de opciones no siempre armonizadas» y ello ha dificultado el desarrollo de las tecnologías necesarias para dar un impulso a los recibos electrónicos. Por ello, la directiva determina las reglas nacionales que se aplican a la facturación de algunas operaciones transfronterizas, unifica los plazos para la emisión de las facturas y establece documentos simplificados.

Además, la norma establece que «las facturas electrónicas se podrán emitir mediante cualquier sistema que garantice su autenticidad e integridad» y no sólo mediante la firma electrónica, subrayó Salgado.

También la Agencia EFE ha recogido la noticia que se ha publicado en diferentes medios. Se incluye seguidamente la versión de Invertia:

Economía.-La UE aprueba una norma para facilitar la facturación electrónica del IVA que ahorrará 18.000 millones anuales.

Fecha: 16/3/2010 Fuente : Europa Press

BRUSELAS, 16 (EUROPA PRESS)

Los ministros de Economía de la UE aprobaron hoy una norma para facilitar la facturación electrónica del IVA que permitirá a las empresas ahorrar 18.000 millones al año gracias a la reducción de cargas administrativas, según los cálculos de Bruselas.

La directiva tiene por objeto garantizar que las autoridades fiscales acepten los recibos electrónicos del IVA en las mismas condiciones que los recibos en papel y eliminar los obstáculos legales a la trasmisión y almacenamiento de los recibos electrónicos.

Se adoptará formalmente cuando la Eurocámara dé en abril su dictamen, que no es vinculante, y los Estados miembros tendrán hasta 2013 para introducirla en sus legislaciones nacionales.

«Esta propuesta supone un importante ahorro para nuestras empresas, hasta 18.000 millones de euros al año», destacó la vicepresidenta segunda del Gobierno, Elena Salgado, en su calidad de presidenta de turno del Ecofin. La directiva «también incluye medidas que pueden ayudar a las autoridades a luchar contra el fraude fiscal permitiendo un intercambio de información más rápido», agregó Salgado.

La norma permitirá «mejorar la armonización de las obligaciones de facturación», «reducir las cargas administrativas sobre todas las empresas, pero muy especialmente sobre las empresas de menor tamaño» y «simplificar las obligaciones en este ámbito e impulsar la facturación electrónica», explicó la vicepresidenta.

La normativa vigente sobre el IVA en la UE «permiten a los Estados un gran número de opciones no siempre armonizadas» y ello ha dificultado el desarrollo de las tecnologías necesarias para dar un impulso a los recibos electrónicos. Por ello, la directiva determina las reglas nacionales que se aplican a la facturación de algunas operaciones transfronterizas, unifica los plazos para la emisión de las facturas y establece documentos simplificados.

Además, la norma establece que «las facturas electrónicas se podrán emitir mediante cualquier sistema que garantice su autenticidad e integridad» y no sólo mediante la firma electrónica, subrayó Salgado.