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Firma electrónica en arquitectura SOA


El próximo 5 de Mayo de 2011 se celebra en Madrid, en el Hotel Nuevo Madrid y organizado por Atenea Interactiva un nuevo seminario sobre Firma electrónica en arquitectura SOA, destinado a las entidades públicas y privadas. Las primeras obligadas por la ley 11/2007, y las segundas, por la ley 56/2007, y todas aprovechando las oportunidad que brinda la ley 59/2003. Por tan solo 350 euros +IVA.

Para garantizar la confidencialidad y la integridad de las transacciones, así como la identificación inequívoca de su autor  es necesario recurrir a soluciones basadas en Técnicas Criptográficas, Certificación Digital y Firma Electrónica. En soluciones que redunden en la confianza de las transacciones para todos los participantes. En el marco de  Ley de Firma Electrónica publicada en 2003 se han establecido hasta la fecha las bases para conseguir extender el uso y desarrollo de estas tecnologías en la Sociedad de la Información.

Ocho años después, la evolución de las  TICs  hacia entornos basados en el Cloud Computing y la movilidad, están cambiando los paradigmas preestablecidos respecto a la  Firma Electrónica y a  la Identidad Digital, creando a su vez un abanico de servicios relacionados hasta ahora prácticamente desconocidos.

Conceptos como la  Firma Remota, la Gestión centralizada de claves, la Firma electrónica en Movilidad, la Firma Digitalizada, la Custodia de documentos  a largo plazo y los nuevos escenarios creados por el desarrollo de la  Administración Electrónica y sus normas de aplicación, especialmente en lo relativo a la adecuación de los  Esquemas Nacionales de Interoperabilidad y Seguridad, están haciendo evolucionar los recursos de  PKI de un contexto  basado en aplicaciones distribuidas hacia un elemento crítico de infraestructura y el consumo de servicios de  Firma Electrónica.

Este es el programa:

1.- Service-oriented architecture

  • Iniciación a SOA
  • Descripción de entornos típicos de SOA

2. Cumplimiento de obligaciones con SOA

  • Sector Privado: cumplimiento de las obligaciones de Interlocución Telemática de la Ley 56/2007 con SOA
  • Sector Público: cumplimiento de las obligaciones de Administración Electrónica de la Ley 11/2007 con SOA

3. Conceptos de Firma Electrónica y PKI

  • Propiedad de la Firma Electrónica
  • Conceptos Criptográficos
  • Los Certificados Electrónicos. Tipos
  • El proceso de Firma Electrónica
  • Legislación

4. La Firma Electrónica como elemento de Arquitectura

  • La Firma Electrónica como servicio
  • Servidores de Firma y Validación
  • Repositorios de claves centralizadas
  • Despliegue de PKIs internas
  • Dispositivos criptográficos. HSM

5. Servicios avanzados de PKI

  • Firmas remotas y “upgrade” de firmas
  • Servicios de Validación de firmas y certificados centralizados. CRL, CSP, SCVP
  • Servicios de Sellado de Tiempo
  • Firma en entornos móviles. Posibles enfoques
  • Firma manuscrita digitalizada y servicios PKI avanzados.

6. Formatos y estándares de firma

  • Tipos de Firma “legales”
  • Formatos básicos
  • Formatos AdES. XAdES, CAdES y PAdES (TS 101 733, TS 101 903, TS 102 778)
  • Estándar Oasis DSS (Digital Signature Services). Descripción y perfiles
  • Firmas longevas, la importancia de la firma en la conservación de documentos
  • La importancia de las políticas de firma

7. Firma e Identidad Electrónica en las Administraciones
Públicas

  • La Firma Electrónica en la Ley 11/2007, el ENI y el ENS. Norma CCN-STIC-807
  • Procesos de firma automatizados. Sello de órgano y CSV
  • Servicios de Firma y Validación disponibles para Administraciones Públicas
  • Identidad Digital y Administración Pública
  • Políticas de firma en las AAPP. Descripción y Diseño
  • Interoperabilidad. TSL (Ttrust Services Status List) TS 102 231. Proyecto Stork

Atenea Interactiva obtiene la máxima clasificación en su actividad


Atenea Interactiva obtiene la máxima clasificación en su actividad por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa

Desde el día 29 de Marzo del 2011, Atenea Interactiva se encuentra clasificada como empresa prestadora de servicios de Organización y Promoción de Congresos, Ferias y Exposiciones por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Ministerio de Economía y Hacienda con la máxima solvencia para contratar con las Administraciones Publicas bajo los siguientes datos:

  • Grupo L: Servicios Administrativos
  • Subgrupo 5: Organización y Promoción de Congresos, Ferias y Exposiciones
  • Categoría D: anualidad media igual o superior a 600.000 euros.

Esta circunstancia puede comprobarse accediendo a la página de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Ministerio de Economía y Hacienda.

La Ley 30/2007  de Contratos del sector público (art. 54) establece, que para contratar con las Administraciones Públicas la ejecución de contratos de servicios por presupuesto igual o superior a 120.000 euros, es requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado.

De esta manera Atenea Interactiva refuerza las garantías con las que presta sus servicios a las Administraciones Públicas, con las que trabaja, formando, difundiendo y promocionando soluciones sobre:

  • Compliance
  • Hogar digital
  • Seguridad
  • Firma electrónica
  • Factura electrónica
  • Administración electrónica
  • Banca Electrónica
  • Digitalización certificada
  • Diplomática digital
  • Esquema Nacional de Seguridad
  • Esquema Nacional de Interoperabilidad
  • Notificaciones electrónicas
  • Seguridad
  • Medios de Pago
  • Cloud Computing
  • Marketing 2.0

Como traducir «record»


Un debate permanente entre los que trabajamos en el mundo de los archivos, se refiere a la forma correcta de traducir «records» y «archival records». Frecuentemente se traduce como «documentos de archivo» pero la expresión no suele gustar y es especialmente incómoda si pensamos en que por la riqueza del idioma español debe haber otras opciones mejores y más precisas.

A mi me gusta la palabra «registro» que es la traducción directa, pero reconozco que es muy polisémica y se presta a interpretaciones de acepciones consolidadas.

Creo que el concepto principal de record en el marco de la archivística es el de documento de cualquier tipo fijado de alguna forma que permita su archivo. Por eso, el sonido no es un «record» hasta que se graba. Y la expresión «documento de archivo» recoge ese significado.

Pero pienso que hay una palabra española muy adecuada que no colisiona con «registro» y que recoge bien ese significado. Se trata de «constancia«.

Propugno el uso de la palabra constancia para tradaucir record, y me apoyo para ello en lo que en mi opinión una acertada normativa anterior a la Ley 11/2007. Se trata de la orden Orden ITC/1475/2006, de 11 de mayo, que ya mencioné en un post anterior al referirme a la compulsa electrónica. En esta norma se crea el ARCE, Archivo de Constancias Electrónicas del MITyC, que funciona desde entonces y ha superado el marco de requrimientos de la Ley 11/2007.

 

 

Discurso del Presidente del Gobierno en la inauguración de la Feria Internacional de Tecnología CEBIT 2010


Tuve la suerte de asistir a la ceremonia de inauguración de Cebit 2010 en Hannover, el año en el que el pais invitado era España. Me sorprendió gratamente que el Presidente del Gobierno de España hiciera una referencia a la firma electrónica y al DNI electrónico, y le estoy muy agradecido por ese detalle, que viene a reconocer el extraordinario esfuerzo que hemos hecho las empresas, las administraciones públicas y los sucesivos gobiernos impulsando una tecnología que debe hacer de catalizador de las mejoras de eficiencia de procesos con la incorporación de las TIC.

He buscado el video del discurso del Presidente Zapatero en Cebit 2010, pero no lo he encontrado. Como he encontrado otros videos de aquel evento, haré referencia a ellos.

Y también a la página web de La Moncloa en la que aparece la transcripción del discurso,

Discurso del Presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero  en la inauguración de la Feria Internacional de Tecnología CEBIT 2010 de Hannover

Canciller Merkel, Ministro Presidente de Baja Sajonia, Presidente de la Asociación Alemana de las Tecnologías.

En primer lugar, mi agradecimiento por la invitación a participar por este acto y mi agradecimiento al Gobierno alemán y a BITKOM, la Asociación de las empresas alemanas del sector de las TIC por haber elegido a España como participante distinguido de la feria de este año.

Como pone de manifiesto su fuerza exportadora, la industria alemana goza de un gran reconocimiento mundial. Desde luego, goza de ese reconocimiento en mi país, en la sociedad española, que ve en la actividad de esa industria un modelo de capacidad innovadora, de fiabilidad y de buen hacer.

Por ello, esta invitación singular a España, cursada por un sector de la industria alemana tan pujante como el de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, y para estar presente en una de las ferias más importantes del mundo, no puede sino llenarnos de satisfacción: satisfacción por lo que supone también de reconocimiento a una trayectoria y satisfacción, porque nos ofrece la oportunidad de dar a conocer la gran evolución del sector de las Tecnologías de la Comunicación en España.

Permítanme que explique a continuación la oportunidad de nuestra presencia aquí.

Desde hace algunos años, mi país ha emprendido una decidida modernización de su tejido productivo, una apuesta por los sectores de la economía más innovadores y de mayor valor añadido.

Desde el año 2004 España ha triplicado la inversión pública en Investigación, Desarrollo e Innovación. Nos ha permitido superar muchos problemas históricos y alcanzar la media de la Unión en gasto público de investigación, y, ante todo, impulsar un gran crecimiento en sectores tecnológicos; sectores como el de las energías renovables limpias en el que España es el tercer país del mundo por potencia instalada y cuenta con dos de las tres mayores empresas; el de la biotecnología y la salud, donde disponemos de una investigación básica a primer nivel mundial y un tejido empresarial exportador que está realizando una apuesta sin precedentes por la inversión en Investigación, Desarrollo e Innovación, con el segundo mayor crecimiento de la Unión Europea a quince en las solicitudes de patentes de los últimos diez años; o el sector aeroespacial, donde somos líderes mundiales en materiales compuestos y en la fabricación de aeronaves de tamaño pequeño y mediano, así como en motores de turbina de gas.

Esta apuesta por la innovación ha sido también decisiva para establecer posiciones destacadas en actividades tradicionales como la automoción, en la que somos el tercer productor de Europa, entre otras con Volkswagen-SEAT, empresa a la que apreciamos, con la que trabajamos conjuntamente y de cuya presencia en España nos sentimos muy satisfechos. Exportamos a los mercados internacionales del automóvil más del 80 por 100 de la producción española.

Canciller, señoras y señores,

La crisis económica y financiera que nos ha golpeado a todos y que en España ha provocado un ajuste del sector de la construcción muy brusco no ha hecho sino reafirmar y reforzar la necesidad de seguir avanzando por la senda de la innovación tecnológica. Por ello, para afianzar la recuperación económica, hemos diseñado una estrategia global, una Estrategia de Economía Sostenible, que promueva con nuevas medidas el desarrollo de actividades innovadoras para mejorar la competitividad de nuestro país y asegurar a corto y a medio plazo la prosperidad, la sostenibilidad presupuestaria y el cumplimiento de los objetivos europeos.

En este marco juega un papel fundamental el sector de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el sector de las TIC. El sector de las TIC facturó en 2009 en España 107.346 millones de euros, dio trabajo a cerca de cuatrocientas mil personas y ha sabido resistir los embates de la crisis con un crecimiento del 11 por 100 en los últimos dos años.

Hace cinco años el Gobierno de España lanzó un plan muy ambicioso para situar a España en una posición relevante en la Sociedad de la Información, el Plan AVANZA, que ha estado dotado con ocho mil millones de euros entre 2005 y 2010, y ha movilizado fondos adicionales por encima de otros cuatro mil millones de euros, lo que nos ha permitido pasar en este período de un crecimiento de la inversión pública de TICs del 5 al 20 por 100 anual.

Los resultados de este Plan avalan la oportunidad de este esfuerzo, que el Gobierno ha compartido con empresas, ciudadanos y otras Administraciones en una tarea conjunta y combinada. En sólo seis años se ha doblado la cifra de internautas en España, pasando de doce a veinticuatro millones de ciudadanos.

La cobertura en banda ancha en España alcanza al 99 por 100 de la población y somos uno de los países líderes en velocidad media de conexión. España es líder en Europa en adopción de banda ancha en empresas y en comercio electrónico, hemos reducido la distancia con Europa en quince puntos desde 2004 y cerca de ocho millones de ciudadanos se han beneficiado de los planes de extensión de la cobertura de telefonía móvil y de la banda ancha.

En el desarrollo de la televisión digital terrestre, una gran plataforma innovadora, somos también pioneros, pues su cobertura alcanza en estos momentos al 98 por 100 de la población, por encima de la media europea, y ya se han vendido más de veintitrés millones de receptores de televisión digital terrestre.

Con las TIC estamos modernizando el Gobierno, la Administración y la prestación de servicios públicos. El 96 por 100 del volumen de trámites realizados anualmente con la Administración puede efectuarse ya mediante procedimientos telemáticos y más de quince millones de españoles cuentan con un Documento Nacional de Identidad que incorpora una firma electrónica segura.

España está también avanzando rápidamente en los servicios sanitarios en red: un 97 por 100 de nuestros médicos de atención primaria tienen acceso electrónico al historial clínico de sus pacientes. Y, si existe un ámbito donde la adaptación a la Sociedad del Conocimiento tiene una indudable importancia, es en el de la educación: el 98 por 100 de los colegios españoles tienen acceso a banda ancha y cuentan con un equipamiento de TIC, muy por encima de la madia europea. En ese sentido, permítanme que destaque el desarrollo de la plataforma educativa de código abierto AGREGA, que ha recibido numerosos premios y reconocimientos internacionales, y se ha convertido en un referente para muchos países, habiendo sido adoptada ya por Reino Unido.

Las TIC también están transformando la industria del turismo en España, de ese turismo que conocen bien los alemanes; no en vano diez millones de alemanes de media al año hacen turismo, visitan, nuestro país. Quiero decirles que son bienvenidos, que nos encanta que los alemanes hagan turismo en España, que eligen un buen país y ponen de manifiesto el rasgo de inteligencia del pueblo alemán.

Estamos modernizando el sector del turismo y lo hacemos también con las Tecnologías de la Información y la Comunicación, que están llamadas a jugar un buen papel para un modelo de turismo sostenible, de calidad, que es lo que deseamos ofrecer a todos los ciudadanos de Europa y del mundo.

Internet está modificando de manera muy significativa la forma en que los consumidores planifican y compran sus vacaciones, y la forma en que los proveedores turísticos promocionan y venden sus servicios. El Ministerio de Turismo español no deja de poner en marcha nuevas iniciativas en este sentido, como el nuevo portal de turismo de España, «Spain Info», cuyo objetivo es potenciar y mejorar el modo de interacción con los internautas.

En definitiva, el avance de las Tecnologías de la Información y la Comunicación es el avance de los demás sectores productivos, y es el avance de la competitividad de todo un país. El 40 por 100 del incremento de nuestra productividad se debe a las Tecnologías de la Información y la Comunicación, y España es uno de los países de la Unión, el cuarto, en el período 2004-2007 en el que más ha crecido el valor añadido creado por las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

Al él debemos igualmente una creciente presencia internacional. El segundo operador europeo de telecomunicaciones por número de clientes es español, la Compañía Telefónica de España. Contamos con líderes mundiales en gestión de transporte, sistemas de defensa o seguridad, y sirva como ejemplo –atención al dato– que un tercio del tráfico aéreo mundial está gestionado pos sistemas españoles.

Nuestras exportaciones representan en servicios TIC un 3 por 100 de nuestro PIB, una tasa que nos sitúa por encima de países de la relevancia de Francia o de Italia. Y la apuesta por las Tecnologías de la Información y la Comunicación ha contribuido a que en España se hayan desarrollado el mayor grupo financiero de la eurozona, el Banco de Santander; el primer grupo textil de Europa; la mayor cadena de hoteles vacacionales del mundo; cinco de los diez principales gestores de infraestructuras en el mundo y una de las primeras industrias de energías renovables en el mundo. Esto no hubiera sido posible sin un fuerte desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

Pocas dudas puede tener un país como España en que este sector no sea clave para sentar los cimientos de una economía más competitiva y sostenible en la salida de la crisis. Y, si en algo hemos coincidido la mayoría de los países a la hora de encararla, es en haber mirado a la innovación y, especialmente, a las Tecnologías de la Información y la Comunicación como palancas en las que apoyarnos y como bases en las que sustentar un modelo económico renovado.

En Europa, Canciller, esta necesidad de transformación tenemos que conseguir traducirla en la Estrategia económica 2020, que España quiere ver aprobada bajo su Presidencia en este semestre; una Estrategia que ha de servir para acelerar el retorno de las economías europeas a un crecimiento sólido, con creación de empleo, y que ha contar con un valor estratégico: el valor de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, y el valor de la Investigación, el Desarrollo e Innovación aplicado al sector más competitivo, más productivo, que es el de las TIC.

Por ello, desde la Presidencia rotatoria de la Unión Europea España quiere lanzar en este período, en un Consejo informal que se celebrará en abril en Granada, como gran prioridad de la Estrategia 2020 la nueva Agenda Digital Europea, la Estrategia de Granada, que debe ser un paso decisivo en el desarrollo de la Sociedad de la Información en el marco de la Unión Europea. Hemos remitido ya a la Comisión Europea una propuesta para una Europa Digital, propuesta en la que recogemos los ámbitos que consideramos prioritarios: una Carta Europea de los Derechos de los Usuarios, la seguridad de las redes y protección de los derechos de propiedad intelectual, y el fomento de un entorno favorable para el despliegue y uso de infraestructuras y servicios avanzados de nueva generación.

Hay que avanzar en el desarrollo de un mercado único digital que elimine barreras nacionales y que mantenga un equilibrio entre los servicios de distribución y de contenido on line, y los derechos de los usuarios. Europa necesita avanzar y necesita hacerlo ya, para no quedarnos atrás frente a Estados Unidos y los países emergentes, y podemos mantener y ganar posiciones en ese liderazgo internacional.

Canciller Merkel, señoras y señores.

España es un socio destacado de Alemania en su comercio exterior y uno de los cinco primeros mercados europeos de alta tecnología. Contamos con un sólido vínculo iberoamericano y una dilatada experiencia de las empresas españolas en este continente, lo que las hace atractivas para la cooperación, la elaboración de proyectos y la creación de empresas conjuntas. Queremos que nuestra presencia en CEBIT sea útil para todos. Acudimos a esta gran feria con la mirada puesta en el futuro, para compartir y forjar nuevos lazos que nos hagan más fuertes a todos los participantes.

Reitero a la organización y al Gobierno alemán mi más profunda gratitud por esta invitación. Animo a todos a visitar los pabellones de España y, por supuesto, a ir a España y a tomar parte en las actividades que la delegación española ha preparado. Ésta es una muy buena ocasión, ésta es una gran ocasión., para poner de manifiesto la amistad, la lealtad y el respeto que España, los españoles y el Gobierno de España tienen por la República Federal Alemana.

Canciller, muchas gracias.

Videos relacionados:

Video preparado por Red.es para la ceremonia de apertura de CeBIT 2010, con un mensaje positivo sobre las TIC en España

Resumen del ICEX sobre el CeBIT 2010

ICEX (TIC’S Cebit Hannover 2010)

3D- Film CeBIT Opening Ceremony 2010

cebit 2010 – making of

CeBIT 2010 – The Light of Spain

Resumen de RTVE

http://www.rtve.es/noticias/20100302/tablets-ultraportatiles-protagonizan-cebit-mayores-ferias-informaticas/321585.shtml

Seminario sobre autenticidad de los documentos electrónicos


Tanto en el ámbito publico como en el privado, existe una cierta preocupación sobre la forma de determinar la autenticidad de los documentos electrónicos.

En el ámbito público, las cosas están algo más claras con la normativa desarrollada a partir de la Ley 11/2007, pero en el sector privado, las opciones se reducen a lo prescrito por la Ley 34/2002 y un solo artículo (el segundo) de la Ley 56/2007.

Este seminario se centra en la determinacion de los principios que regulan la autenticidad de los documentos electrónicos, de forma que tales principios son igualmente aplicables al sector privado y al sector público. Luego la identificacion de los principios con normas concretas  permiten la argumentación jurídica que sea necesaria.

En última instancia, los conceptos de firma eletrónica y custodia digital  son los componentes básicos de los sistemas que garantizan la autenticidad de los documentos electrónicos y estos conceptos junto con otros auxiliares permiten establecer el cuerpo de conocimento de la Diplomática Digital.

Un ejemplo: ¿cual es el valor de la firma digitalizada en los documentos electrónicos? En principio, muy poco. Pero si se aplican ciertas premisas y se hace un uso adecuado de la criptografía, el resultado puede llegar a ser considerado «firma avanzada» de acuerdo con la Ley 59/2003, con equivalencia funcional con la firma manuscrita.

Para profundizar en estos temas y entender el por qué de muchas indicaciones legales, es esencial acudir a este seminario de Diplomática Digital, que organiza Atenea Interactiva el próximo 24 de marzo de 2011 en Madrid.

Jornada sobre e-Administración en Barcelona


La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (en adelante LAESCP), reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con la Administración. Este derecho requiere de la definición estricta e inequívoca de las sedes electrónicas de las administraciones, previendo un régimen de identificación, autenticación, contenido mínimo, protección jurídica, accesibilidad, disponibilidad y responsabilidad sobre la misma. En concreto, la LAECSP establece que «La sede electrónica es aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una administración pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de las sus competencias «y que» El establecimiento de una sede electrónica conlleva la responsabilidad del titular respecto de la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a que se pueda acceder a través de esta «.

Cabe destacar pues, que la sede electrónica conlleva una importante responsabilidad de la administración titular respecto de la información y los servicios a los que se pueda acceder por medio de la misma. Por otro lado, la normativa general y específica determina todo un conjunto de contenidos y servicios que han de residir en su sede electrónica. Es esta combinación de responsabilidad y obligatoriedad la que determina que el tratamiento que se haga de la sede electrónica no puede ser el mismo que el que se aplica al sitio Web corporativo convencional, ya que se deben tener en cuenta factores adicionales, tanto desde el punto de vista jurídico como del organizativo y técnico.

El 22 de marzo de 2011 se celebrará en Barcelona (CosmoCaixa –Isaac Newton, 26) una nueva Jornada sobre e-Administración para presentar los aspectos jurídicos, organizativos y tecnológicos en torno a la sede electrónica, conocer algunas buenas prácticas y mostrar el servicio que el Consorcio AOC ofrece a los entes locales catalanes.

Seminario de Diplomática Digital


La diplomática es una ciencia auxiliar de la historia que se ocupa de la autenticidad de los documentos, y que se definió inicialmente en 1681 a partir de la obra fundacional “De re diplomática” del benedictino Jean Mabillon.

En el ámbito de las Administraciones Públicas ha dado lugar al concepto de “diplomática contemporánea” que se ha uniformizado gracias a la Ley 30/1992.

Con la Ley 11/2007 se les da un nuevo impulso a los aspectos digitales de la diplomática, pero quienes tienen que implantarlos se encuentran frecuentemente con que no tienen el bagaje conceptual que permita resolver las dudas de aplicación más allá de la letra de la ley.

En el sector privado, la LSSI y el artículo 2 de la Ley 56/2007 marcan una orientación en la Gestión Electrónica de Documentos, pero hay dudas sobre el valor jurídico de muchas de las iniciativas destinadas a mejorar la eficiencia en la Gestión de Documentos. Cuando los proyectos de desmaterialización documental se acometen, se experimentan ahorros de decenas de millones de euros (en función de la dimensión de los proyectos), y períodos de recuperación de la inversión de entre 9 y 12 meses.

Atenea Interactiva organiza el próximo 24 de marzo de 2010 en el Hotel Nuevo Madrid el Seminario «Diplomática Digital«, en el que se desarrollan los conceptos claves para manejar documentos electrónicos auténticos, de la mano de expertos en Gestión Documental Electrónica de carácter probatorio, y se contextualizan en el marco jurídico español, aunque las ideas claves sean de aplicación universal.

El coste del evento es de 350 € + IVA (18%). Total 413 € por asistente. Este es el formulario de inscripción. Y este es el programa:

CONCEPTOS DE DIPLOMÁTICA

  • Archivística, Paleografía, Sigilografía.
  • Cartularios, Códices Diplomáticos, Tumbos, Becerros
  • Autenticidad de los documentos en papel
  • Partes de un documento
  • Tipos de documentos

MARCO LEGAL

  • Normativa en relación con los archivos
  • Normativa en relación con la Firma Electrónica
  • Normativa de Administración Electrónica
  • Normativa sobre Contratación Electrónica
  • Estándares aplicables en la Gestión de Documentos Electrónicos

DIPLOMÁTICA DIGITAL

  • Autenticidad de los Documentos Electrónicos. Obliterabilidad, Endosabilidad, Completitud
  • Firma Electrónica. Firma Avanzada. Firma Completa
  • Custodia Digital. Cartulario Digital. Archivo de Constancias Electrónicas. Código de Verificación
  • Convivencia de Documentos Electrónicos y de papel. Albalá, Copia constatable, Digitalización Certificada. Localizador

GESTIÓN DE DOCUMENTOS EN EL SECTOR PÚBLICO

  • Sede Electrónica. Código seguro de verificación.
  • Registro de entrada, registro de salida, registro telemático, interconexión de registros. SICRES.
  • Expediente Electrónico
  • Digitalización de Documentos
  • Interoperabilidad de Gestión de Documentos entre Administraciones
  • Clasificación de documentos. Metadatos.
  • Notificaciones Fehacientes. Notificaciones Obligatorias.

GESTIÓN DE DOCUMENTOS EN EL SECTOR PRIVADO

  • Contratos. Novación Electrónica. Prestación del consentimiento.
  • Digitalización Certificada de facturas. Digitalización Certificada de otros tipos de documentos.
  • Uso de la Firma Electrónica.
  • Requisitos de la digitalización de la firma manuscrita para que sea considerada Firma Electrónica avanzada. Tabletas digitalizadoras, bolígrafos electrónicos.
  • Notificaciones Fehacientes. Correo Electrónico Certificado

GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS EN ENTORNOS JURISDICCIONALES

  • La Prueba Electrónica en la Ley de Enjuiciamiento Civil
  • Evidencias Electrónicas estructuradas y no estructuradas.
  • Informática forense.
  • Documentos privados. Documentos públicos. El informe pericial. El testigo perito.

Digitalización Certificada. Últimas novedades


Anunciamos un nuevo curso de Digitalización Certificada organizado por Atenea Interactiva.

Desde el  10 de Abril de 2007,  fecha de la publicación de  la Orden EHA/962/2007, y más concretamente,  tras la publicación de la resolución del director de la Agencia Tributaria, del 24 de Octubre de 2007 sobre el procedimiento para la homologación de software de Digitalización,  las empresas pueden eliminar las facturas en papel sustituyéndolas por una imagen  digital que sea un reflejo fiel del documento que se quiere eliminar.

Por otro lado, la Ley 11/2007 prevé en sus artículos 30 y 31 la posibilidad de gestionar versiones electrónicas de documentos en  papel, que ha recibido una referencia adicional con la reciente publicación del Real Decreto 4/2010 de 8 de Enero, del Esquema Nacional de Interoperabilidad, que enmarca el desarrollo de la futura normativa que unifique los criterios de digitalización en el sector público.

Es, pues, un momento propicio para conocer los últimos desarrollos en torno a la  Digitalización Certificada, que se cubrirán en este seminario con un planteamiento que se enfocará a los intereses de las Administraciones Públicas, y también al de las empresas que desarrollan soluciones de Digitalización Certificada, o que prestan servicios de digitalización.

De todas formas, todas las entidades que hayan iniciado o piensen acometer proyectos de eliminación de papel se beneficiarán de los conceptos presentados en este evento. Los ahorros y la eficiencia obtenidos son de especial relevancia en un entorno económico como el actual.

El coste de participación en el seminario es de 350€ + IVA (18%), pero es posible descontar el importe del curso de las cuotas de la Seguridad Social,  a través del convenio que Atenea Interactiva ha suscrito con la Fundación Tripartita.

La jornada la impartiremos Fernando PinoJulián Inza con experiencia en más de 20 proyectos en este ámbito a nuestras espaldas.

Esta es la Agenda:

1. Similitudes y diferencias entre la Digitalización Certificada aplicable en el sector privado y en el sector Público

  • Periodos Contables
  • Llevanza de los libros de Gestión de Documentos
  • Certificado utilizado en las Firmas Electrónicas del proceso de Digitalización
  • Prestadores de Servicios de Digitalización Certificada
  • Digitalización Certificada en los registros de entrada
  • Digitalización Certificada en los registros telemáticos
  • Digitalización Certificada por  los órganos de gestión de la administración pública

2. Normativa relacionada con la Facturación Electrónica y la Digitalización Certificada

  • Directiva 2006/112/CE: sistema común del Impuesto sobre el Valor añadido.
  • Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y de Consejo: marco comunitario para la Firma Electrónica
  • Directiva 2010/45/UE del Consejo de 13 de Julio de 2010 por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en lo que respecta a las normas de facturación
  • Real Decreto 1496/2003 de 28 de Noviembre: Cómo se regulan las obligaciones de facturación.
  • Reseña sobre la normativa foral relativa a la facturación
  • Ley 59/2003 de Firma Electrónica
  • Facturación Electrónica en la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público
  • La facturación Electrónica en la Ley 56/2007 de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información
  • RESOLUCIÓN de 24 de Octubre de 2007, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre procedimiento para la homologación de software de Digitalización.
  • Digitalización de documentos en la Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
  • Digitalización de documentos en el Esquema Nacional de Interoperabilidad.

3. Firma Electrónica. Autenticidad de la Factura Electrónica y de la copia Digitalizada

  • Cumplimiento de los requisitos de integridad y autenticidad de origen
  • Tipos de firmas: simple, avanzada y cualificada. Tipos de Certificados Electrónicos. Personas físicas y Jurídicas
  • Dispositivos seguros de creación de Firma
  • Prestadores de servicios de Certificación disponibles en España. DNI Electrónico
  • Formatos de las Firmas Electrónicas. Estándares TS 101 733 (CAdES) y TS 101 903 (XAdES). Firmas PDF TS 102 778 (PAdES)
  • Servicios de Validación (VA) y de Sellado de Tiempo (TSA). Servicios DSS
  • Herramientas de Firma: BackTrust y EADTrust
  • Control de la integridad de la base de datos. Técnicas de Hash encadenados

4. Orden EHA/962/2007, de 10 de Abril

  • Estudio de la Orden EHA/962/2007, de 10 de Abril: desarrollo de disposiciones sobre Facturación Telemática y conservación electrónica de facturas
  • Obligaciones del expedidor en la conservación de las Facturas y Documentos sustitutivos
  • Obligaciones de los destinatarios de la conservación electrónica de las facturas y documentos sustitutivos
  • Digitalización Certificada de las facturas recibidas y documentos sustitutivos recibidos y de otros documentos o justificantes
  • Impresión de facturas y documentos sustitutivos remitidos en formato electrónico
  • Certificados Electrónicos de las entidades prestadoras de servicios de Certificación y Firma Electrónica

5. Proyectos de Digitalización Certificada y de Facturación Electrónica

  • Arquitectura Tecnológica y  requerimientos funcionales de proyecto de implantación
  • Soluciones tecnológicas empaquetadas y “a medida”: ventajas y limitaciones
  • Gestión de la Firma Electrónica y de la Validación. Excepciones a la Validación
  • Protección de Datos en relación con las Facturas Electrónicas
  • Archivo y conservación de las Facturas Electrónicas. Disponibilidad para auditoría e inspección tributaria
  • Digitalización de Facturas en el Sector Público: la destrucción de facturas en papel y tratamiento deFacturas Digitalizadas como originales de cara a la Intervención General.

6. Proceso de Homologación del Software de Digitalización certificada

  • Procedimientos y controles para garantizar la fidelidad del proceso de Digitalización Certificada
  • Funcionalidades del software de Digitalización Certificada: Gestión de metadatos. Firma en memoria del documento electrónico. Firma de la base de datos para garantizar la integridad de datos e imágenes. Períodos contables
  • Imagen binaria del documento digitalizado o enlace al fichero que la contenga
  • Garantía de acceso a base de datos: consulta en línea, búsqueda selectiva. CD-ROM y On-line
  • Proceso de Digitalización.  Garantías del Sistema: Autenticidad e Integridad
  • Organización documental de los campos exigibles del registro de datos (según Art. 62 y siguientes del RD 1624/1992
  • Proceso de Homologación del software de Digitalización Certificada. Documentación a preparar: Declaración responsable, Memoria técnica, Plan de calidad, Informe de Auditoría.
  • Auditoría del software de Digitalización Certificada
  • Digitalización Certificada por terceros: cómo garantizar que es correcta la Digitalización efectuada por el prestador.
  • Ampliación de requisitos, en previsión de nuevos desarrollos legislativos en torno a la Ley 11/2007
  • Lista de software homologado por la AEAT

«La red Made in Europe» tiene un trasfondo legal característico


Hace algún tiempo preparé unas notas para la reunión de Saviálogos’09 organizada por CAN · Banca Cívica y las he redescubierto estos dias entre mis documentos cuando preparaba la Memoria de Actividades del año 2010 (estas notas son del 2009). Lo cierto es que insisten en los temas que trato en este blog.

Aunque los aspectos más evidentes de la red tienen que ver con la imagen y la comunicación, en cierta forma, aspectos superficiales, aunque importantes, lo cierto es que se está trabajando en crear un espacio jurídico relacionado con la red que permita la protección de derechos de forma equivalente a la que se cuenta en el mundo físico.

Por supuesto, algunos elementos de ese desarrollo legal tienen una variante superficial que arrastra su propia controversia, como por ejemplo la forma de proteger los derechos de propiedad intelectual, e incluso su cuestionamiento, a la luz del desarrollo de mecanismos de intercambio de archivos que, en última instancia, representan activos intelectuales, como música, películas, libros,…

Sin embargo, se está llevando a cabo de forma menos evidente un gran esfuerzo para que la gestión documental probatoria, actualmente basada en el papel, y centro de la actividad jurisdiccional en la que interviene la fe pública (notarios, registradores, jueces, secretarios judiciales) se rediseñe a la luz de las tecnologías de la red.

Cuando el concepto de documento “original” se difumina, la forma de definir ciertos atributos de los documentos cambia. Por ejemplo, ¿cómo se maneja el “endoso” cuando este no se sustenta en papel? ¿y la “obliteración”, como la que afecta a un título de transporte? ¿y cómo se presentan en juicio los “documentos electrónicos” con valor probatorio?

Aunque la promesa de la desmaterialización de los documentos se extiende a todas las capas de la sociedad, cabe reconocer que su impulso se está acelerando en el marco del sector público, a través de lo que se ha dado en llamar e-administración.

El impulso de la e-administración en España está suponiendo dar respuesta a los compromisos comunitarios y a las iniciativas europeas puestas en marcha a partir del Consejo europeo de Lisboa y Santa María de Feira. La Unión Europa ha impulsado la implantación de la e-administración a través de sucesivas actuaciones. Destaca la iniciativa “eEurope” que se creó con el propósito, entre otros, de conectar a la red y llevar la era digital a cada hogar, ciudadano, empresa y administración pública. Dentro de esta iniciativa se han desarrollado los programas eEurope 2002 y eEurope 2005 “Una sociedad de la información para todos”.

Tras la revisión del Plan Europe, la Comisión europea ha lanzado el nuevo marco de actuación estratégico, “i2010 Una sociedad de la información europea para el crecimiento y el empleo” en el cual se incluye como Objetivo número 3 el impulso de “Una sociedad de la información que sea incluyente, ofrezca servicios públicos de gran calidad y promueva la calidad de vida”.

Dentro de este nuevo marco destaca el Plan de acción sobre administración electrónica i2010,  plan destinado a hacer más eficaces los servicios públicos, a modernizarlos y a ajustarlos mejor a las necesidades de la población.

En el marco europeo encontramos diversas directivas comunitarias referentes a la prestación de servicios en la sociedad de la información y el comercio electrónico, (D 2000/31/CE); la firma electrónica (D 1999/93/CE); comunicaciones electrónicas (paquete de Directivas 2002/19,20,21,22 / CE); contratos del sector público obligando a los estados miembros a la creación de plataformas para la contratación electrónica ó al menos articular medios electrónicos para la participación en los concursos (D 2004/17;18/ CE); y reutilización de la información del sector público (D 2003/18/CE).

Asimismo, se aprobó la Directiva 2006/123/CE7, denominada directiva Bolkenstein relativa a los servicios en el mercado interior que establece, entre otras obligaciones para los Estados miembros, la de facilitar por medios electrónicos acceso a los trámites relacionados con las actividades de servicios y a la información de interés tanto para los prestadores como para los destinatarios de los mismos. Esta directiva establece medidas destinadas a la simplificación administrativa y en particular a los procedimientos electrónicos. En este sentido los artículos 6, 7 y 8 de la Directiva pueden considerarse traspuestos por la LAECSP (Ley 11/2007),  a esta última directiva.

En España, la LAECSP (Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos) es uno de los instrumentos más potentes para conceptualizar la desmaterialización documental, si bien tiene algunos errores y requiere bastante normativa de desarrollo. Es una norma que implica un gran salto sobre la referenciada ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y que se rodea de otras con el mismo objetivo: la Ley 30/2007, la Ley 22/2007, o la Ley 56/2007, que extienden su aplicación al sector público y al sector privado.

Establecido el marco legal, todavía queda margen para generalizar e interiorizar los elementos esenciales de la gestión documental electrónica con valor probatorio. Algunos elementos claves son los siguientes:

  • Sede electrónica. Dirección web estable (en el tiempo) en la que existen garantías de la gestión de documentos auténticos en relación con un organismo público o privado. Con el concepto de localizador o CVE es posible verificar la autenticidad y completitud de los documentos electrónicos relacionados con una sede.
  • Firma electrónica. Elemento que convierte a un documento electrónico en inmodificable y lo asocia a un firmante, por lo que se vincula a su “voluntad de firmar” (bajo el principio básico de la validez de las obligaciones en relación con el “vicio de consentimiento”). La interoperabilidad se basa en las “firmas completas” de tipo XAdES-XL.
  • Custodia digital. Archivo electrónico asociado a una sede electrónica que garantiza la conservación de los documentos y su disponibilidad. No debe ser posible ni insertar documentos en una serie de precedencias (que no sea la que corresponda al momento de la inserción) ni eliminarlos. Permite la preservación a largo plazo de los documentos y la gestión de metadatos estables y metadatos dinámicos.
  • Metadatos. Conjunto de datos asociados a un documento. Algunos son estables, como persona/organismo generador/firmante o fecha de creación, y otros son dinámicos, como fecha de último acceso o último organismo que lo consultó. Ciertos tipos de metadatos son esenciales para el  concepto de completitud documental: poseedor del documento (en caso de endosos), otros documentos que los modifican (como anexos o derogaciones), ejercicio de su derecho (por ejemplo en la obliteración), anotaciones o sellos sobre el documento.
  • Conversiones. Los sistemas manejan múltiples formatos y protocolos, y por eso son necesarios sistemas de adaptación entre ellos. Singularmente un tipo de conversión llamado “reproducción facsimilar” (asociada al formato PDF/A) permite la visualización de documentos por humanos  independientemente de su formato original.
  • Referencias temporales. El tiempo juega un papel esencial en aspectos como licitaciones, contrataciones sobre bienes de cotización variable, acceso a registros telemáticos o sistemas de notificación fehacientes,… Es por ello que el Timestamping (o sellado temporal) juega un papel esencial tanto en la firma electrónica como en la custodia digital.
  • Compulsas. La convivencia entre documentos en papel y documentos electrónicos requiere mecanismos que permitan transferir los documentos para ser usados en diferentes dominios virtuales o físicos. Mecanismos como la compulsa, la novación electrónica o la digitalización certificada resuelven esta necesidad.

No acaban aquí los elementos claves de la gestión documental electrónica vinculada a la gestión transaccional, pero esta lista es un comienzo para la reflexión.

Como lo es la lista de tipos de documentos cuyo empleo hay que definir:

  • Acta, Instancia, Recurso, Oficio, Exhorto, Suplicatorio, Mandamiento, Certificado, Informe, Memoria, Resolución, Notificación, Solicitud,…

Lo que parece cierto es que aunque Europa no lidera aspectos tales como los buscadores o los navegadores (con la honorable salvedad de Opera), sí que está marcando muchas pautas en el desarrollo de la gestión documental electrónica en la red, en particular en la administración electrónica.

Nota: Algunas referencias están tomadas de los temas preparatorios de «Técnico de Administración General» de la Diputación Provincial de Alicante. LA  e-ADMINISTRACIÓN:  CONCEPTO.  RÉGIMEN  JURÍDICO  DE  LA ADMINISTRACIÓN  ELECTRÓNICA.  GESTIÓN  ELECTRÓNICA  DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.

Anteproyecto de Ley de Nuevas Tecnologías en la Administración de Justicia


El Consejo de Ministros del 17 de diciembre de 2010, además de tratar el tema de la Receta Electrónica, conoció un informe del ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley  reguladora del Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en la Administración de Justicia.

El objetivo de esta norma es regular los aspectos básicos del derecho a la utilización de las tecnologías de la información por parte de los ciudadanos y profesionales en sus relaciones con la Administración de Justicia, así como establecer las condiciones necesarias para poder tramitar íntegramente en formato electrónico todos los procedimientos judiciales.

Esta Ley establece marcos estables y vinculantes de colaboración, cooperación y coordinación entre las administraciones con competencia en materia de Justicia. Su impacto económico será positivo puesto que agiliza la tramitación de los procedimientos y elimina muchas de las cargas que para la ciudadanía tiene el acceso al sistema de justicia.

Con la nueva regulación se da soporte jurídico al paso definitivo de los legajos al expediente digital, de las comunicaciones por correo ordinario a las comunicaciones por correo electrónico securizado, de las autorizaciones escritas a la firma digital y del archivo físico a las bases de datos.

La norma supone la plasmación en el ámbito del Estado Español del Plan de acción e-Justicia de la Unión Europea, que propone una estrategia para cuyo objetivo es mejorar la administración de justicia en beneficio de los ciudadanos. Facilita la relación de los ciudadanos y los profesionales con la administración de justicia adaptándola a las nuevas tecnologías de la comunicación. Con ella se consigue:

  • Una justicia más accesible.
  • Una justicia más transparente.
  • Una justicia más ágil, al tramitarse íntegramente en formato electrónico y acortarse enormemente los plazos de tramitación.
  • Una justicia más eficiente, al asignar mejor los recursos disponibles.

Características

  • Se sientan las bases para alcanzar la plena tramitación electrónica de los procedimientos judiciales, abandonando los obsoletos legajos en formato papel.
    La transmisión electrónica de datos y la conservación de los mismos en bases de datos electrónicas sustituirán a las notificaciones tradicionales y a los viejos archivos judiciales.
  • Se crea la sede judicial electrónica como punto de acceso único a través del cual se realizarán todas las actuaciones que lleven a cabo ciudadanos y profesionales con la Administración de Justicia.
  • Se establece el marco legal necesario para hacer realidad la plena interoperabilidad entre las distintas aplicaciones que se usan en los juzgados y tribunales, así como se garantiza la seguridad de la información almacenada en las mismas.
  • Es un reflejo del carácter unitario del Poder Judicial establecido en
    nuestra Constitución.

Contenido

Respecto al contenido de la Ley se pueden destacar los siguientes apartados:

  • En primer lugar, se reconocen los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la administración de Justicia a la que podrán acceder electrónicamente. Por su parte, los profesionales (abogados, procuradores, graduados sociales, etcétera), así como el personal de las oficinas judiciales y las fiscalías deberán incorporar el uso de las nuevas tecnologías. Con ello se persigue en el medio plazo la tramitación íntegramente electrónica del expediente judicial.
  • La Ley regula también el régimen jurídico de la administración judicial electrónica. Se reglamenta la «sede judicial electrónica», que es el canal a través del cual se pueden realizar todas las actuaciones, tanto por parte de los ciudadanos como los profesionales del ámbito de la administración de Justicia. Para facilitar este acceso se crea un Punto de Acceso General de la Administración de Justicia, que permite acceder a las distintas sedes y subsedes. También se regula la firma electrónica para autenticar los documentos que integran los diversos expedientes judiciales.
  • Otro aspecto fundamental en la nueva Ley es el establecimiento de normas que hagan posible la íntegra tramitación electrónica de los procesos judiciales gracias al expediente judicial electrónico. Así, el Anteproyecto regula detalles
    relativos al registro de escritos, comunicaciones y notificaciones electrónicas. La tramitación electrónica permite agilizar notablemente los trámites, al evitar la solicitud a los interesados de determinada documentación, cuando ésta sea
    posible mediante transmisiones de datos o certificaciones; racionaliza la distribución de cargas de trabajo y permite introducir indicadores de gestión. En la nueva norma se regulan, igualmente, las peculiaridades y características
    de la tramitación electrónica de los expedientes judiciales, al presentar determinadas características que la diferencian de la tramitación en papel. Finalmente, se recogen las características básicas que deben tener las aplicaciones y sistemas de información utilizados para esta tramitación electrónica, a fin de garantizar en todo caso la seguridad y la accesibilidad.
  • Por último, se abordan las cuestiones relativas a la cooperación y coordinación entre administraciones públicas con competencias en materia de Justicia. Se dota de rango legal al Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad. Este esquema consiste en un conjunto de información acerca de criterios y recomendaciones en materia de seguridad, política de seguridad, conservación y normalización de la información, formatos, etcétera. En definitiva, constituye un mínimo común denominador de conocimiento que permite que los distintos sistemas informáticos no acaben siendo incompatibles o se generen disfunciones por el uso de programas o aplicativos distintos. Para la gestión de este Esquema Judicial se crea la Comisión Estatal de Administración Judicial Electrónica, integrada por representantes del Ministerio de Justicia, Comunidades Autónomas transferidas, Consejo General del Poder Judicial y Fiscalía General del Estado.

Relaciones con Comunidades Autónomas

En el marco de colaboración entre el Estado y las Comunidades Autónomas con competencia en la materia, las acciones de alto coste o de dificultad tecnológica, como son los puntos de acceso multicanal, la aceptación de la firma electrónica reconocida o la interconexión entre administraciones estarán soportadas por las infraestructuras comunes facilitadas por el Ministerio de Justicia.

Asimismo, todas las aplicaciones desarrolladas o que vayan a ser desarrolladas por el Ministerio de Justicia están disponibles para su utilización por las Comunidades Autónomas con competencias transferidas en materia de Administración de Justicia, permitiéndoles la adecuación a los requisitos establecidos en la ley sin incremento presupuestario.