Seminario sobre Documento Electrónico y Factura Electrónica en Toledo


Los pasados 18 y 19 de mayo de 2006 participé, junto con Fernando Pino en un evento organizado por Maat en la Caja Rural de Toledo, del que transcribo el resumen.

DÍA 18 DE MAYO
La primera jornada del seminario Documento Electrónico y Factura Electrónica se centró en el Documento Electrónico. Julián Inza, experto en certificación digital, Presidente de Albalia Interactiva y exdirector General de Camerfirma y colaborador habitual de maat Gknowledge, y Fernando Pino, experto en Legislación sobre certificación digital, durante el Seminario expusieron los puntos básicos de los documentos electrónicos y su equiparación con los de papel, haciendo especial hincapié en el DNI electrónico.

Julián Inza, experto en certificación digital, fue el encargado de inaugurar la primera sesión del Seminario, explicando la importancia que supone modificar los soportes ante el ritmo imparable de las nuevas tecnologías. A continuación, Fernando Pino expuso los aspectos prácticos de la Firma Electrónica. En este sentido, incidió en los diferentes tipos de firmas existentes, haciendo un análisis de la criptografía asimétrica, técnica en la que esté basada la Firma Electrónica.

DSC_0005Durante su alocución, Fernando Pino también se refirió a la función que cumplen las Entidades de Certificación y a otras funciones asociadas que también les son asignadas, como reglamento, gestión de certificados revocados, lista de certificados expedidos…

Asimismo, detalló cuáles son las partes que componen un certificado digital. Éste tendría que estar formado por el nombre, una clave pública que viene determinada por la Entidad de Certificación, un periodo de validez del certificado, su número de serie, otros atributos de interés y el nombre de la entidad de certificación y su firma. Fernando Pino resaltó que este sistema está fundamentado en una base matemática, igual que la criptografía que se basa en una serie de operaciones que hace que determinadas claves tengan unas características diferentes de otras.

El experto de Firma Electrónica también hizo hincapié en las funciones de seguridad que desempeña la utilización de la firma electrónica, obtenida mediante algoritmos de HASH. Para concluir, Fernando Pino, tras la explicación conceptual, argumentó con ejemplos concretos la aplicación práctica de los mismos e hizo mención a la normativa vigente relativa a los certificados digitales y a los correspondientes prestadores españoles.

Por su parte, Julián Inza se refirió a la realidad que ya supone el DNI electrónico y la necesidad que conlleva su utilización por los ciudadanos como representación de su personalidad jurídica. Tras hacer un breve repaso a la historia del DNI electrónico, señaló que no se trata de un problema de productividad de este documento, sino de cambiar la infraestructura y la educación en España.

DSC_0009El chip que se incorporará en el DNI electrónico contendrá la siguiente información: datos de filiación del titular, imagen digitalizada de la fotografía, imagen digitalizada de la firma manuscrita, plantilla de la impresión digital del dedo índice de la mano derecha, o en su caso, del que corresponda según lo indicado en el artículo 5.3 del Real Decreto 1553/2005, certificados reconocidos de autentificación y firma, y certificado electrónico de la autoridad emisora, que contendrán sus respectivos periodos de validez y las claves privadas pertinentes. En este mismo Real Decreto se alude a la protección de los datos del titular del documento.

Para este experto, uno de los mayores handicaps es que los ciudadanos no van a saber cuáles son las verdaderas utilidades del DNI electrónico, ya que su acceso a la información de este documento es más sencilla. En este sentido, señaló que está previsto que todos los españoles dispongan del DNI electrónico en 2018, debido al proceso espiral que está siguiendo la Administración Pública a la hora de implantarlo. La primera ciudad en disfrutar de él ha sido Burgos, donde las expediciones de DNI se han duplicado, y el proceso finalizará en Madrid y Barcelona, debido a su complejidad burocrática y logística.

Por otro lado, según Julián Inza, es necesario trasladar algunos aspectos del documento papel al electrónico, de manera que queden garantizados ciertos puntos, como la titularidad, la autenticidad, el conocimiento por parte de los interesados, las atribuciones de quien lo expide, los efectos que produce y un marco temporal que estipule tanto la expedición como la validez. Todo ello es posible gracias a las especiales características de los documentos electrónicos (referencias de URL, criptografía, anotaciones en registro de anotaciones)

El paso del soporte papel a electrónico se realiza como compulsa electrónica, en la que el documento electrónico es una copia auténtica, o como replicación electrónico o digitalización certificada, donde partiendo del documento en papel se trata de hacer uno electrónico que permita eliminar el primero. De esta última forma se podrían eliminar toneladas de papeles y facturas.

DÍA 19 DE MAYO
Esta segunda jornada del Seminario versó sobre la regulación normativa de la facturación electrónica en España y en las oportunidades de esta nueva herramienta para todas las empresas.

La segunda jornada del Seminario Documento Electrónico y Factura Electrónica se inició con una explicación, realizada por Julián Inza, sobre la Facturación, como justificante de las operaciones que se realizan. Durante su exposición, el experto en certificación digital, indicó que aunque su formato habitual es el de papel, cada vez más se está utilizando el formato electrónico. Sin embargo, su aceptación total vendrá determinada por el receptor de la misma.

Julián Inza realizó un breve repaso de la normativa sobre facturación destacando la Directiva 115/2001, por la que a partir del 1 de enero de 2004 todas las facturas electrónicas emitidas debían estar armonizadas con el resto de Europa. Esta Directiva establece unos requisitos mínimos que los países no pueden exceder. En esta misma Directiva, se señala, según expuso Julián Inza, que las facturas electrónicas irán con una firma electrónica avanzada, pudiendo ser exigible la cualificada. Por ello, es aconsejable que se incluya directamente la cualificada, como se exige en España, para evitar posibles devoluciones.

En el ámbito empresarial, todos los empresarios y profesionales están obligados a expedir facturas electrónicas, cuando el destinatario sea otro que así lo solicite y cuando el importe sea superior a 3.000 euros. Sin embargo, están exentas de expedición de factura electrónica las operaciones autorizadas por el Departamento de Gestión AEAT, cuando el destinatario sea un particular o en regímenes especiales.

En el caso de delegación a la hora de expedir una factura electrónica, ésta se realiza de igual manera que una factura en papel. Sin embargo, una que de las condiciones que existen es que haya un acuerdo firmado entre la parte que emite y la que recibe la factura para que esto se realice así.

A lo largo del seminario, se hizo un repaso a todos los requisitos que tiene que cumplir una factura, tanto electrónica como papel. En esencia, se trata de que lleven el número y la serie, -pudiendo darse la situación de que haya series separadas (operaciones de diferente naturaleza)-, fecha de expedición, la denominación social completa aunque algunas aplicaciones informáticas no permiten demasiados caracteres-, el NIF, el domicilio societario -no el del centro de trabajo-, la descripción de las operaciones, el tipo o tipos impositivos aplicables, la cuota tributaria y los pagos anticipados, si los hubiera. Además de todos estos datos, también se hará constar si se trata de una copia, de operaciones triangulares

Durante su alocución, Julián Inza también explicó la existencia de documentos sustitutivos, válidos para operaciones inferiores a 3.000 euros. Estos documentos, al no incluir todos los requisitos de las facturas, no tienen derecho a deducción. En este caso, el emisor sólo podía emitir una factura electrónica, si así lo aceptaba el receptor. Sin embargo, ahora bastará con que el emisor diga que si no está de acuerdo con la recepción de facturas electrónicas, lo diga.

En su intervención, Julián Inza hizo referencia a las facturas recapitulativas y rectificativas. Respecto a las primeras, son aquellas que se expiden a final de mes dando fe de las emitidas electrónicamente. En cuanto a las segundas, es preciso señalar cuál es la rectificación, aunque también puede realizarse en la siguiente factura que se emita. Este tipo de facturas han venido a sustituir a las antiguas notas de abono.

Además señaló cuáles son los requisitos que acreditan la autenticidad e integridad de una factura electrónica: la existencia de una firma electrónica avanzada, el intercambio electrónico de datos (EDI) o cualquiera de los elementos propuestos por interesados y autorizados por la AEAT.

Tras la explicación conceptual de la factura electrónica, Julián Inza mostró un ejemplo práctico de la misma. Posteriormente incidió en las ventajas que supone el empleo de este proyecto para las empresas del municipio. En este sentido señaló: los menores costes derivados del ahorro de papel, gastos de envío y gastos de almacenamiento, la agilidad en la tramitación, el ahorro en espacio, un procedimiento más seguro, el ahorro en la recepción de facturas, y la mejora en el control de los procedimientos de las facturas.

Para evidenciar estas ventajas, Julián Inza, presentó un cálculo orientativo de costes del proyecto de lo que supone el envío por correo ordinario frente al empleo de la factura electrónica. En su opinión, es fundamental analizar todos los pasos que influyen en el proceso para poder extraer una conclusión. Un análisis pormenorizado de distintos conceptos para poder establecer un coste total.

Una vez explicadas estas consideraciones, Julián Inza destacó los objetivos del proyecto de facturación, basados en la búsqueda de reducción de costes directos a través de la eliminación de impresión, gestión manual de la factura y correos, y las fases que lo integran. A continuación expuso los distintos formatos que pueden emplearse: tanto los recomendados como los existentes, así como las ventajas que aportan cada uno de ellos.

La fase final del Seminario se dedicó a la exposición de las obligaciones del Emisor, al proceso de Remisión, a las obligaciones del Receptor, como parte determinante del proceso, y a los pasos a seguir en la Recepción.

El Emisor tiene la responsabilidad de conservar los datos de la factura, la responsabilidad de asegurar la legibilidad en formato original, la garantía de acceso a las facturas y, en caso de la factura electrónica, la firma o la delegación en un tercero de esta acción o en el Receptor. Por su parte, al Receptor le corresponde conservar las facturas recibidas en su formato original, opcionalmente puede conservar la factura impresa con marcas gráficas PDF-417, asegurar la legibilidad en formato original, garantizar el acceso completo a las facturas y la disposición del software, que permita verificar la firma y la identidad el Emisor así como la vigencia del certificado.

Julián Inza concluyó el Seminario con un breve resumen de los conceptos tratados durante esta segunda Jornada del que pueden extraerse las siguientes conclusiones:

  • La normativa de factura electrónica tiene alcance europeo.
  • Cualquier formato de factura es válido, aunque cada uno implica su propio formato de firma.
  • Formatos recomendados: PDF (tagged form), XML (UBL 2.0), EDIFACT, UNeDocs.
  • Otros formatos posibles: PKCS#7 y firma de mensajes de Correo (S/MIME).
  • La firma de Ficheros PDF es fácil de entender y permite conversión a XML.
  • La firma de Ficheros EDIFACT y XML es más adecuada para sistemas automatizados.

    Links de interés:
    www.albalia.com

  • La percepción de seguridad


    En el fondo es un problema de confianza, no de seguridad.

    El hecho de que los phishers puedan hacerse su propio certificado de servidor web y simular un entono seguro con SSL ya empieza a preocupar a los usuarios y a desmitificar la supuesta seguridad de este protocolo.

    Entendedme, no estoy en contra del SSL: garantiza el cifrado de las comunicaciones entre el servidor y el navegador, pero poco más.

    No garantiza que la URL a la que accedemos sea la del servidor. De hecho, hay bancos que usan el certificado de seguro.banco.com en http://www.banco.com o viceversa, y el usuario está acostumbrado a decir OK al aviso de alarma del navegador. 

    No garantiza que el certificado que aparece emitido por una autoridad de certificación, esté de verdad emitido por ella. De hecho al certificado autofirmado que nos hacemos cuando creamos la root puede contener los datos que la inspiración nos haya dictado en ese momento, como Verisign, FNMT o Moncloa. 

    Muchos PSC (Prestadores de Servicios de Certificación) de plena confianza no está incluidos en el repositorio de confianza del navegador, por lo que nos crean malos hábitos como el de dar por buena cualquier instalación de root en nuestro sistema que nos sale al paso.  

    En definitiva: tenemos que hacer algo más para lograr la confianza que la ¿falsa? sensación de seguridad que da el candadito que señala el funcionamiento del SSL. 

    Tecnimap 2006


    Desde el 30 de mayo al 2 de junio de 2006 tiene lugar Tecnimap. En cuanto acabe el III Foro de las Evidencias Electrónicas, nos iremos para Sevilla.

    Allí, en el Palacio de Congresos, se delebra Tecnimap, el encuentro de las Administraciones españolas para compartir ideas y experiencias sobre modernización y aplicación de las tecnologías de la información en la función pública. Es un acontecimiento que se celebra cada 2 años desde 1989. 

    En esta nueva edición, que será la novena, se espera que acudan a Sevilla en torno a 10.000 congresistas y que 200 empresas expongan sus productos y soluciones para la Administración pública.

    Sin duda, la Administración Electrónica o eGovernment es es una de las locomotoras de la modernización e innovación en los servicios públicos y base de la nueva relación de los ciudadanos y empresas con las Administraciones.

    Empleados públicos profesionales o usuarios de las TIC y directivos de todas  las Administraciones (General del Estado, Autonómicas y Local) compartirán presentaciones junto a académicos, expertos en Administración pública y empresas del sector de la tecnología para reflexionar conjuntamente sobre los retos y las oportunidades que afloran en la Era del Conocimiento.

    Y definir la hoja de ruta hacia la simplificación e integración de los procesos que facilite la vida a los ciudadanos optimice los servicios públicos.

    IDABC


    IDABC  significa Interoperable Delivery of European eGovernment Services to public Administrations, Businesses and Citizens.

    Todavía es una iniciativa que no ha tenido excesiva difusión, más allá de las referencias al uso de software libre, pero en la que también está participando (aunque sea poco) la Administración Española a través del MAP. 

    TS 101 903 XAdES


    El estándar TS 101 903 de codificación de firmas electrónicas cualificadas en XML (XAdES) va por su versión 1.3.2 y está referenciado en el ETSI. Existe, incluso, un informe en relación con los esfuerzos de interoperabilidad que han llevado a cabo los desarrolladores de soluciones de firma electrónica (ya ha habido tests de interoperabilidad en ETSI en el 2003 y en el 2004).

    Actualización (abril 2009) Albalia ha participado en los test de interoperabilidad de 2008 (2 de XAdES ) y de 2009  (1 de CAdES -TS 101 733- y XAdES)

    Poco a poco se va extendiendo, aunque de forma más lenta de lo esperado. Yo, particularmente, me siento un poco apóstol de su adopción ya que procuro mencionarlo en todas mis conferencias relacionadas con la Firma Electrónica y la Factura Electrónica.

    De hecho, creo que la actual mención del formato recomendado de la firma electrónica en la propuesta de formato de factura electrónica desarrollada por el Comité de Cooperación Interbancaria (CCI) puede tener algo que ver con unas recomendaciones mías en el proceso de comentarios abierto por la Agencia Tributaria.

    Por cierto, se ha creado un grupo de discusión sobre este formato en Yahoo Groups: Discusión-eFactura-AEAT-CCI.

    Estos días estoy viendo con satisfacción que el formato se va adoptando oficialmente en las administraciones públicas españolas. He hecho un pequeño estudio de la normativa española que menciona este estándar, que me gustaría completar con las aportaciones de quienes leen esta bitácora.

    Por el momento, las normas que mencionan la norma TS 101 903 son las siguientes:

    • REAL DECRETO 686/2005, de 10 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado. (BOE 25.06.2005)
    • Resolución de 28 de noviembre de 2005, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los procedimientos para la tramitación de los documentos contables en soporte fichero. (BOE 14.12.2005)
    • Licitación de «BASE – Gestió Integral de Multes» publicado en el BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE TARRAGONA Núm. 158 Divendres, 9 de juliol de 2004

    Es una interesante iniciativa de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda la difusión de una herramienta para facilitar la generación de firmas electrónicas cualificadas en base a este estándar TS 101 903. La herramienta se denomina DOCEL.

    Por último, adjunto el enlace a una página web bastante completa sobre Seguridad XML, lo que incluye firmas electrónicas

    UBL y UN/CEFACT (con UNeDOCS)


    Como podía preverse (yo lo vengo anunciando en mis cursos y seminarios sobre eFactura), UBL y UNeDOCS convergerán próximamente.

    Incluyo a continuación una reciente transparencia de Jon Bosak de la presentación que hizo en Vancouver (canadá) el 20 de marzo de 2006, reflejando la situación de UBL como iniciativa ecuménica de todas las variantes de estandarización de la eFactura (y el resto de los mensajes que es necesario normalizar en el mundo de los negocios) y su traducción:

    • UN/CEFACT is the United Nations Centre for Trade Facilitation and Electronic Business
    • UBL has worked closely with UN/CEFACT and is the first standard to use the UN/CEFACT Core Components Technical Specification(international semantic harmonization)
    • The UN/CEFACT Forum Management Group has invited UBL to join UN/CEFACT, and teams have been appointed to negotiate thetransfer of UBL to the UN after the release of UBL 2.0
    • This would put UBL into the UN body responsible for the development of electronic data interchange standards such as UN/EDIFACT, UNeDocs, and the UN Layout Key

    La traducción:

    • UN/CEFACT el Centro de las Naciones Unidas para la Facilitación del Comercio y del Negocio Electrónico.
    • UBL ha trabajado moy próximo al UN/CEFACT y es el primer estándar que utiliza su CCTS (Core Components Technical Specification), Especificación Técnica de Componentes Medulares (necesario desde el punto de vista de la armonización semántica internacional).
    • El Grupo de Gestión del Foro de UN/CEFACT ha invitado a UBL a unirse a UN/CEFACT y se han concertado reuniones de los distintos equipos para negociar la transferencia de la futura evolución de UBL a las Naciones Unidas (desde OASIS, N.del T.) tras la publicación de la segunda versión de UBL.
    • De esta forma, UBL seguirá bajo el auspicio del organismo de las Naciones Unidas responsable del desarrollo de las Normas de Intercambio Electrónico de Datos tales como han sido UN/EDIFACT, UNeDocs y la Plantilla Maestra de las Naciones Unidas (UN Layout Key).

    Según mi interpretación, la dirección de la evolución de UBL se llevará en las Naciones Unidas, aunque creo que se mantendrá la infraestructura de apoyo de OASIS que permite la coordinanción de tantos esfuerzos.

    PerSus (Fichero de DNI perdidos – sustraidos)


    El Robo de Identidad es un problema que está afectando a los ciudadanos internautas a través de ciertos métodos (como el phishing), pero que también afecta a ciudadanos de a pie, sin conexión con Internet (a al menos no en lo relativo al hecho del propio robo de identidad).

    Un caso de robo de identidad se recoge en el foro de Firma Electrónica y Certificación dentro de Foros Internet (forosinternet.net) y otro en el foro de Fraude en Internet y medios de pago, en el mismo portal.

    Ambos casos reflejan actos en los que los delincuentes, a partir de un DNI robado o perdido, abren cuentas bancarias y compran coches y otros bienes a crédito, de forma que al producirse el impago, el titular al que se clasifica como moroso es al que tuvo la mala suerte de perder el DNI o que se lo sustrajeran.

    La Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (Asnef) y Equifax han creado una plataforma tecnológica denominada  ‘Veraz-SPF’, para ayudar a luchar contra este tipo de delitos.

    La plataforma, compuesta por 3 ficheros trata con diferentes tipos de incidencias:

    • El fichero de operaciones formalizadas con documentación incongruente (Fodi), ofrece datos que se repiten en las estafas, -como números de teléfono, códigos postales, o direcciones, entre otros-, que permiten detectar otros fraudes. La entidad indica que este listado «está sometido a un riguroso régimen de protección de datos», y que hace falta el consentimiento del comprador para que se crucen sus datos con el sistema. «Lo habitual es que el ciudadano que no tiene nada que esconder no se oponga a que se haga el cruce, pero quien esté intentando cometer un fraude se marchará del establecimiento».
    • Los ciudadanos que pierden su documentación o sufren un robo pueden dar de alta sus datos de forma voluntaria en el fichero de perdidos-sustraídos (Persus), por un tiempo de 3 meses, 6 meses o un año. El inconveniente de incluir los datos en este formulario es que si se desea solicitar un crédito al consumo, «el establecimiento sacará la operación de los cauces ordinarios y comprobará si el solicitante es realmente esa persona», lo que ralentiza el proceso, según la entidad. La ventaja es que se logra evitar cualquier intento de fraude.
      Si conoces a alguien que ha perdido o al que le han robado el DNI, recomiéndales que, además de denunciarlo inmediatemante en comisaría (esto siempre en primer lugar y urgentemente) rellene este formulario y lo remita a Asnef-Equifax. Este servicio es gratuito.
    • Un tercer fichero es el de sociedades, que se alimenta del Registro Mercantil y permite detectar si una empresa no existe, si está en quiebra, no presenta cuentas, o si se dedica a una actividad totalmente distinta a la que parece en un primer momento.

    Hay más información sobre estos servicios en www.verazspf.es .

    Para las entidades financieras, y las financiadoras de automóviles o electrodomésticos, es importante la consulta del  fichero VERAZ PERSUS ya que contiene datos facilitados por el interesado o su tutor legal, con su previo consentimiento, con la finalidad de proteger de la identidad de las personas incluidas en el fichero para la prevención de actuaciones fraudulentas con sus datos personales, en detrimento de su solvencia y patrimonio económico.

    Es de esperar que las entidades de financiación adopten la costumbre de consultar estos ficheros ya que la suplantación de identidad costó al sector de crédito al consumo 260 millones de euros en 2005.

    30 de mayo: III Foro de las Evidencias Electrónicas


    No os olvideis de marcar en vuestra agenda el próximo evento del Foro de las Evidencias Electrónicas.

    Es el 30 de mayo de 2006 por la mañana en el Hotel Ritz, de Madrid.

    La entrada es gratuita pero hay que inscribirse. Acudid a l evento con esta invitación

    Ver el web III Foro de las Evidencias Electrónicas. 

    Podéis inscribiros en la lista de discusión por correo electrónico y en la lista de asistentes presenciales. Ambas listas son diferentes.

    Este es la Agenda:

    08:45 – 09:15 Recepción de Asistentes

    Acreditación y entrega de documentación

    09:15 – 09:25 Presentación del III Foro de las Evidencias Electrónicas

    D. Antonio Garrigues. Presidente del Foro de las Evidencias Electrónicas

    09:25 – 9:45 Ceremonia de Apertura

    Excmo. Sr. D. Francisco José Hernando. Presidente. Consejo General del Poder Judicial

    09:45 – 11:15 Primera Sesión: DNI Electrónico

    “Análisis del marco jurídico del DNI Electrónico”

    D. José María Anguiano. Socio. Garrigues, Abogados y Asesores Tributarios

    “Gestión de identidades”

    D. Ignacio Alamillo. Director. Agencia Catalana de Certificación

    “Validación de atributos poderaticios”

    D. César Belda. Consejo General del Notariado. Director General. Feste

    Mesa Redonda moderada por D. Jorge Alcalde. Periodista. Director Revista Quo

    11:15 – 11:45 Pausa Café

    11:45 – 13:15 Segunda Sesión: Propiedad Intelectual y Ciberdelincuencia

    “Defensa de los derechos de autor en Internet”

    D. Pedro Farré. Director de Relaciones Corporativas. SGAE

    “Ciberdelincuencia”

    D. José Vicente Rubio Moreno. Brigada de Investigación Tecnológica. Ministerio del Interior

    “Valor probatorio de la evidencia electrónica”

    D. Enrique López. Vocal. Consejo General del Poder Judicial

    Mesa Redonda moderada por D. Jorge Alcalde. Periodista. Director Revista Quo

    13:15 – 14:30 Tercera Sesión: Aspectos técnicos en la prueba electrónica

    D. Carlos Jiménez. Presidente. Secuware

    Dña. Fredesvinda Insa. Directora Desarrollo Estratégico de Prueba Electrónica. Cybex

    D. Rafael Ortega. Vicepresidente. Azertia Consulting. Área Continuidad Negocio y Seguridad

    D. Vicente Calzado. Director División ECM. Informática El Corte InglésD. Jesús Alonso. Executive Consultant. Atos Origin

    D. Ricardo Noreña Herrera. Director. KPMG Forensic

    Mesa Redonda moderada por D. Julián Inza. Presidente. Albalia Interactiva

    14:30 – 14:45 Resumen y Conclusiones

    D. Antonio Garrigues. Presidente del Foro de las Evidencias Electrónicas

    14:45 Ceremonia de Clausura

    D. José Marqueño. Presidente. Consejo General del Notariado

    15:00 Copa de vino español

    eFactura-AEAT-CCI marca registrada


    La Asociación Española de Banca, propone junto a la Confederación Española de Cajas de Ahorro un formato de codificación de factura electrónica que facilite el intercambio de este tipo de datos entre entidades financieras.

    La AEB y la CECA colaboran en el marco del Centro de Cooperación Interbancaria (CCI) en el desarrollo de un modelo que recoja todos los requisitos del Reglamentos de Facturación aprobado por Real Decreto 1496 del año 2003. 

    El modelo, que ya va por su tercera versión, ha contado con las aportaciones de Banc Sabadell y La Caixa, entre otras entidades. Agradezco que en esta versión recoge muchas de las sugerencias que envié a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) cuando ésta publicó el primer borrador, a principios de 2005.

    Confiamos en que la promoción del formato, sobre el que se ha solicitado la marca «eFactura-AEAT-CCI«, contribuya a acelerar la adopción de la factura electrónica en España.

    Chipeteras


    Los lectores de tarjeta chip. a veces se llaman "chipeteras" por similitud con  las "disqueteras" que permiten leer los diskettes magnéticos.

    Las tarjetas inteligentes (también llamadas tarjetas chip o smartcards) se utilizan cada vez más en diferentes ámbitos: 

    • Como tarjetas de identificación en telefonía móvil GSM (se denominan SIM Card a partir del término Subscriber Identification Module, es decir , módulo de identificación de abonado).

    • Como tarjetas de alta seguridad en Medios de Pago (VISA y MasterCard han definido conjuntamente el estándar EMV que define el tipo de tarjeta que todas las entidades financieras han comenzado a emitir y que deben poseer todos sus clientes antes de 2010, como parte de los compromisos impuestos por las autoridades en el marco de la SEPA: Single Euro Payment Area).

    • Como tarjetas sanitarias, en base a las que, por ejemplo, pueden llevarse a cabo proyectos de Receta Electrónica. 

    • Como tarjetas de identidad digital en Firma Electrónica, constituyendo lo que la normativa denomina "dispositivo seguro de creación de firma". Desde este punto de vista, Cámaras de Comercio, Colegios Profesionales, e instituciones públicas han desarrollado estructuras de certificación (PKI) y Prestadores de Servicios de Certificación (PSC) que permiten llevar a cabo con estas tarjetas la firma electrónica avanzada y las firmas electrónicas reconocidas o cualificadas.

    Una de estas tarjetas, es la utilizada en el DNI electrónico que ha empezado a emitirse en marzo de 2006. Para poder utilizar el DNI electrónico es preciso disponer de un lector de tarjeta chip conectado al ordenador.

    Además del lector de tarjeta chip, y el propio DNI hacen falta las piezas de software de cada dispositivo. El driver CSP del DNI electrónico se encuentra en http://www.dnielectronico.es/. El driver PC/SC del lector se obtiene en el web del fabricante, cuya dirección se entrega en la iformación suministrada con el lector.