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La Sociedad de la Información necesita un empujón.


Interesante artículo de Noemí Petronacci Tomé en «EN LLAVE». Resume acertadamente muchas de las reflexiones sobre la permeabilización de la Sociedad de la Información en los ciudadanos, las empresas y las administraciones que yo comparto.

Ley de Impulso de la Sociedad de la Información


Tras leer el borrador de la LISI (Ley de Impulso de la Sociedad de la Información) lo primero que se aprecia es que retoca otras leyes como la LSSI, la Ley de Firma Electrónica y la Ley de Comercio Minorista.

En mi opinión hay que tocar más leyes y afrontar aspectos como estos:

  • Riesgos de Internet
  • Phishing Pharming
  • Mulas
  • Cartas nigerianas
  • Descargas
  • Canon por Compensación por Copia Privada
  • Tipos de Licencias  en PI
  • Supervisión del correo electrónico de los empleados
  • Acceso no autorizado y modificación de datos o configuraciones en ordenadores ajenos
  • Almacenamiento de datos por los ISP para colaborar en la investigación de delitos
  • DNI electrónico
  • Dompulsa de documentos electrónico
  • Documentos Originales electrónicos
  • eAdministración
  • LOPD
  • LSSI
  • Ley de Comercio Minorista
  • EMV
  • Pagos y cobros por Internet
  • Deducciones en el impuesto de sociedad por acciones relacionadas con la Sociedad de la Información
  • Deducciones por I+D+i
  • Contratación obligatoria de las administraciones públicas a PYMES innovadoras

Estos son algunos apuntes para tratar, pero hay bastantes aspectos que hay que retocar para el Impulso de la Sociedad de la Información

Se abre el periodo de consulta pública del borrador del anteproyecto de Ley de impulso de la sociedad de la información.


Una de las primeras iniciativas del nuevo ministro D. Joan Clos ha sido la de abrir de forma inmediata el período de consulta pública de la nueva Ley de impulso de la sociedad de la información, cuyo borrador de anterproyecto puede descargarse desde la página web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Esta medida ya había sido anunciada por D. José Montilla. Hay que darse prisa en preparar los comentarios porque el período de presentación finalizará el próximo 28 de septiembre de 2006.

El ministerio ha habilitado una dirección de e=mail para recibir comentarios: consulta-lisi arroba mityc.es

La Protección de datos personales en el ámbito del telemarketing


En el ámbito de la gestión de los Call Centers se trabaja continuamente con datos personales. Tanto en el caso de los especializados en la recepción de llamadas como en el de los que las generan, la diligente gestión de los datos es un elemento de capital importancia en el marco general de una provisión de servicios de calidad.

Por ello, todos los sistemas de apoyo a la gestión de llamadas han de ser especialmente cuidadosos en la implementación de las funciones que dejan rastros de auditoría sobre todas las actuaciones en las que se gestionan datos personales.

En los últimos años, se han dado varios casos de personas que han utilizado la LOPD  (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal) como arma arrojadiza frente a las empresas cuando otros mecanismos se han mostrado insuficientes, por ejemplo en la gestión de reclamaciones. Considerando la forma de gestión de las denuncias por parte de la Agencia de Protección de Datos (APD) y la cuantía de las sanciones, está claro que disponer de mecanismos que permitan actuar frente a las denuncias minimizará las incidencias y dotará a las empresas que dispongan de ellos de un excelente recurso para relacionarse con la APD.

Una primera distinción en el tratamiento del problema se da respecto a la titularidad del Call Center. Será diferente el caso de un Call Center operado por la entidad Responsable del Fichero, respecto del de otro operado por una empresa tercera que actúa como Encargado del Tratamiento.

La forma de demostrar la actuación diligente en uno y otro caso es diferente, pero en ambos se basa en registrar minuciosamente todas las actuaciones con indicación precisa de tiempo y del detalle de la actuación.

En el caso de Call Center que actúan para empresas distintas, debe estar perfectamente documentado contractualmente el tipo de relación entre ellas, en particular respecto a la transferencia de datos, su titularidad y su tratamiento, y el tipo de servicio que se presta y cómo afecta a la gestión de los datos. Si la empresa actúa en otro país, o contrata teleoperadores en diferentes ubicaciones, debe indicarse esta circunstancia, señalando el nivel de Protección de Datos que la ley otorga en cada país y la consideración de que este nivel sea equivalente al del país de origen de los datos. En este caso debe solicitarse autorización a la Agencia de Protección de Datos con indicación del País de destino de la transferencia de datos y de las medidas de seguridad técnicas y procedimentales que se aplicarán para garantizar la confidencialidad del tratamiento de los datos.

El Documento  de Seguridad de la empresa que ofrece los servicios de Call Center posiblemente sea uno de los Anexos de la relación contractual, que la empresa contratante deberá valorar para asegurarse de que es compatible con sus propias medidas de seguridad, y, por tanto, son su propio Documento de Seguridad.

En el sistema informático de la empresa o el departamento especializados, es conveniente que se registren todas las actuaciones sobre datos personales. Si se visualizan por un operador se indicará en el sistema de registro la identidad del operador y el tipo de datos a que ha tenido acceso y en qué momento. Si pueden modificarse, se registrará el operador que los ha modificado, el momento en que lo hizo, los datos que había antes de la modificación y los que quedaron tras ella. Se indicará la causa de la modificación y la forma exacta en la que se obtuvo el consentimiento del interesado para la gestión de los datos o para la rectificación, en particular indicando si se explicó al usuario la finalidad de la obtención de los datos y el tratamiento que se les dará.

Si la obtención de los datos se realizó a través de un formulario u otro documento escrito se adjuntará un enlace a su imagen digitalizada o un localizador del documento físico que documenta la actuación. Si fue a través de un formulario web, se indicará tal circunstancia y el máximo de  datos posibles para demostrar la actuación: la IP desde la que se produjo el acceso, la resolución inversa de dominio, el valor de la cookie, de existir, el tipo de autenticación utilizado (usuario/password, teléfono móvil, certificado electrónico,…). Si el acceso fue telefónico (lo que en nuestro caso será lo más frecuente) se adjuntarán los datos de contexto de que se disponga (identificador del número llamante, mecanismos de identificación utilizados por el operador, enlace a la digitalización de la grabación si se autorizó por el usuario y existe, o localizador de la grabación si se utiliza un sistema independiente.

En los call center inbound (especializados en gestión de llamadas entrantes) en los que se traten quejas y reclamaciones, y especialmente en los relativos a problemas de facturación se instruriá a los operadores a que sean sensibles a cualquier mención de la LOPD o de la APD  por parte del reclamante, registrando esta circunstancia en la ficha que documenta la actuación. Aunque no en todos los casos en los que se amenaza con denunciar a la entidad ante la APD se cumple tal amenaza, debemos asegurarnos de que los responsables de la gestión están al tanto de que es posible, de forma que sea posible verificar de forma reforzada que se mantiene toda la capacidad probatoria respecto a las actuaciones en ese cliente si hubiera que documentarlas ante la APD. En este sentido, uno de los elementos de análisis es la proporción entre la cuantía o peculiaridad de la discrepancia con el cliente, respecto al coste de gestión de la denuncia o la cuantía de la sanción potencial.

En los call center outbound (especializados en gestión de llamadas salientes) hay que ser cuidadosos en varios aspectos. Verificar la oportunidad de la llamada y si el destinatario de la llamada desea recibirla en otro momento (registrando esta eventualidad en la ficha de actuación). Identificar en nombre de quien se hace la llamada, que será la entidad  Responsable del Fichero o del Tratamiento. De la forma más natural posible en el curso de la conversación, se dará indicación al usuario de las circunstancias por las que la entidad dispone de sus datos, de la importancia de que sean correctos, y de la  finalidad de la entidad al disponer de ellos. Antes de concluir la llamada conviene indicar que la entidad es respetuosa con sus datos personales y muy rigurosa en su gestión y la forma en la que el usuario puede ejercitar sus derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y  Oposición)

Ciertos tipos de datos personales requieren tratamientos especiales. Los datos clasificados por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), como de nivel alto han de estar sometidos a unas medidas de seguridad más severas, lo que debe tenerse en cuenta en los sistemas utilizados para su gestión.

En la actualidad, el Reglamento de Medidas de Seguridad, aprobado por Real Decreto 994/1999, de 11 de junio como desarrollo de la vieja LORTAD (Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre) sigue vigente por la Disposición Transitoria Tercera de la LOPD. Aunque el Reglamento se aplicaba inicialmente solo al tratamiento automatizado de datos, la LOPD amplió su alcance a los soportes no automatizados (en papel y otros). Eso quiere decir que en todo proyecto nuevo se debe considerar desde el principio toda la gestión no automatizada, si bien, los ficheros en soportes no automatizados que existieran antes de enero del 2000 (fecha de entrada en vigor de la LOPD) disponen del período de adaptación establecido en la Disposición Adicional Primera (que finaliza en octubre de 2007).

En la actualidad se conocen algunos datos del Borrador del nuevo Reglamento que desarrollará la LOPD y que en la actualidad se encuentra en proceso de tramitación parlamentaria. Entre sus objetivos está el de dotar de mayor seguridad jurídica a los consumidores, lo que implica que el sector del telemarketing habrá de estar especialmente alerta a sus contenidos.

El reglamento, elaborado conjuntamente por el Ministerio de Justicia y la Agencia Española de Protección de Datos, será trasladado al para su aprobación. Inicialmente, se pensaba que el reglamento vería la luz en la primavera de 2006. Sin embargo, diferentes circunstancias han alargado el plazo inicialmente previsto, y en estos momentos no parece que se publique antes del 2007.

Aunque no supone una modificación sustancial de la normativa hasta ahora vigente, sí incorpora ciertas novedades que afectarán sobre todo a aquellas empresas o profesionales que tengan en su poder datos de niveles medio y/o alto.

Otras novedades se centran en el desarrollo de las medidas de seguridad que deberán aplicarse en la protección de toda la información empresarial almacenada en soporte papel. Lo que significa, que la entrada en vigor de la nueva norma conllevará la adopción de medidas de seguridad adicionales.

Retos del Ministro D. Joan Clos


Jordi Sevilla y Joan ClosD. Joan Clos asume la responsabilidad de un Ministerio amplio y con muchas competencias.

De la época en que viví en Barcelona, guardo un recuerdo amable de la ciudad y de su alcalde, que supo hacerse querer por gente de toda inclinación. Pese a que inició su primer mandato rodeado de rumores que lo situaban como un mero «continuador» de los proyectos de D. Pasqual Maragall, pronto se notó su propio carácter al emprender proyectos de mucho calado como el Forum Universal de las Culturas que supuso la redefinición urbana de amplias zonas de la ciudad o la creación del barrio tecnológico 22@ en Poblenou.

Esta última iniciativa es un buen precedente para los que nos movemos en los entornos de nuevas tecnologías, ya que demuestra la sensibilidad del nuevo Ministro de Industria, Turismo y Comercio respecto a las TIC, Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones, y nos permite conjeturar que las valora como motor del progreso económico.

Aunque su agenda está repleta de asuntos importantes (y los de mayor controversia pueblan los titulares de los medios de comunicación), me permito incluir aquí algunos a modo de recordatorio:

  • Canon. Hay que pensar un sistema distinto que promueva la creación y retribuya al autor y a la industria audiovisual sin comprometer el desarrollo de la sociedad de la información.
  • TDT. Es una oportunidad de desarrollo tecnológico y la base de la apertura informativa de los medios de comunicación.
  • Firma electrónica y Documento electrónico. La transición a entornos sin papeles requieren algunas modificaciones normativas más, en particular en el ámbito de la transición del mundo físico al electrónico y viceversa.
  • Administración electrónica. Aspectos como registros (inicio de trámites), notificaciones (fin de trámites), web del ciudadano (con su carpeta personal de trámites en curso en todas las administraciones), licitaciones, depósitos de garantías, o pagos y cobros requieren acciones conjuntas con el MAP.
  • Factura electrónica. El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo es el que más puede hacer, junto con el de Economía y Hacienda para estimular la adopción de la eFactura por todas las empresas y profesionales.
  • Seguridad de la Información. Algunos de los grandes retos tendrán mucho que ver con la interiorización de los riesgos por los ciudadanos, y la imposición a las entidades (sobre todo financieras) que prestan servicios a través de Internet de ciertas medidas de seguridad que minimicen los riesgos.

Supongo que quienes leen este blog tendrán también propuestas interesantes que incluirán en los comentarios.

DOCU-SIMO 2006 – 2ª Jornada Gestión de documentos digitales


Organiza: Asociación Española de Documentación Digital (AEDD)

Fechas: 8 de noviembre de 2006

Lugar: IFEMA (Feria de Madrid)

Materias:

  • La gestión de documentos y contenidos digitales en empresas e instituciones Escaneado/digitalización
  • Captura automática de datos
  • Distribución: workflow documental
  • Descripción, clasificación, indexación (metadatos)
  • Gestión de expedientes
  • Gestión de historias clínicas
  • Administración electrónica
  • Gestión de la seguridad
  • Almacenamiento electrónico
  • Distribución y difusión web
  • Comercio electrónico
  • Software de gestión de records certificado
  • Software de gestión de contenidos
  • Hardware
  • La gestión de las fotografías, mapas, gráficos, radiografías, audio y audiovisuales digitales Escaneado/digitalización
  • Aspectos técnicos: gestión del color, formatos, compresión, tamaños etc.
  • Gestión: descripción, clasificación, indexación, recuperación
  • Impresión y publicación
  • Distribución y difusión web
  • Almacenamiento
  • Comercio electrónico
  • Software y hardware

Normativas y legislación relacionadas con la gestión de los documentos digitales

  • Normativas ISO/UNE relacionadas con la gestión de documentos (15489 –  Gestión de documentos, 15801- Veracidad y autenticidad de los documentos, 23081 – Metadatos de gestión de documentos)
  • Las normativas relacionadas con la certificación del software de gestión de records: Moreq, Dod 5015.2, Pro etc.
  • Normativas ISO/UNE relacionadas con la seguridad de la información y el almacenamiento electrónico (17799 y 27001 – Seguridad de la información, ISO /CD 19005-1 – PDF para conservación a largo plazo, ISO/TR 18492 –
    preservación)
  • La ley orgánica de protección de datos de carácter personal
  • La ley de propiedad intelectual – Todos contra el canon
  • La legislación sobre certificación y la firma electrónica
  • El DNI electrónico
  • La factura electrónica 
  • La digitalización certificada

Precio: evento gratuito

Resolución de 6ª Conferencia Internacional sobre Ciberdelincuencia


En la 6ª Conferencia Internacional sobre Ciberdelincuencia celebrada en El Cairo (Egipto), del 13 al 15 de abril de 2005, los delegados participantes acordaron difundir una importante resolución, que se anexa a continuación.

Los delegados participantes en la 6 a Conferencia Internacional sobre Ciberdelincuencia,

RECONOCIENDO la amenaza que supone el uso de la tecnología moderna para las infraestructuras fundamentales de los países,

RECONOCIENDO que el uso indebido de la tecnología moderna con fines ilícitos por parte de las organizaciones delictivas supone un riesgo creciente para los sistemas financieros,

RECONOCIENDO que el uso indebido de la tecnología moderna con fines de comunicación, propaganda y actos violentos por parte de grupos terroristas supone un peligro de ciberterrorismo en rápido aumento,

RECONOCIENDO la necesidad urgente de aumentar el grado de información en los funcionarios dedicados a la justicia penal, los ciudadanos, la administración y el sector privado, así como la necesidad de contar con mayores recursos,

RECONOCIENDO la necesidad fundamental de disponer de un sistema rápido y seguro para el intercambio de información sobre el uso ilícito de la tecnología moderna,

RECONOCIENDO la necesidad de formación a escala mundial, así como de normalización de las pautas legales y de procedimiento;

RECOMIENDAN:

  • Que se utilice el Convenio sobre Ciberdelincuencia del Consejo de Europa como referencia en materia de normas internacionales procedimentales y legales mínimas para la lucha contra la ciberdelincuencia. Se instará a los países a suscribirlo. Este Convenio se distribuirá a todos los países miembros de Interpol en los cuatro idiomas oficiales.
  • Que Interpol aumente sus esfuerzos dentro de la iniciativa sobre formación y normas operativas con objeto de proporcionar unos estándares internacionales para la búsqueda, el decomiso y la investigación de pruebas electrónicas.
  • Que la formación y la asistencia técnica sigan considerándose prioritarias en la lucha internacional contra la ciberdelincuencia, incluidas la preparación de los cursos adecuados y la creación de una red internacional de escuelas de formación y de instructores, lo que implica el uso óptimo de herramientas y programas tales como los cursos itinerantes Interpol y los módulos de enseñanza en línea. Las iniciativas de formación y asistencia técnica deben ser transversales, y en ellas deben participar los sectores públicos y privado, entre las que figuran las universidades
  • Que se inicie y desarrolle la esencial cooperación y comunicación con instituciones supranacionales, como pueden ser las Naciones Unidas, y con entidades nacionales dedicadas a la lucha contra la ciberdelincuencia, y se impulse una respuesta rápida.
  • Que la información relativa a casos de ciberdelincuencia se recopile en la base de datos de Interpol y se transmita en forma de resultados analíticos, a fin de ayudar a los países miembros a adoptar las estrategias de prevención apropiadas.
  • Que se creen grupos de trabajo de Interpol sobre delincuencia informática en las regiones donde actualemente aún no existen. Los conocimientos adquiridos por los grupos de trabajo ya constituidos deberán utilizarse para apoyar la creación de los nuevos.
  • Que la Secretaría General de Interpol organice una conferencia en la que participen, entre otros, representantes de los distintos organismos que trabajan en el ámbito de la justicia penal, a fin de determinar un marco para la cooperación en matera de lucha contra la ciberdelincuencia.
  • Que Interpol encabece la promoción de estas recomendaciones, que son esenciales para combatir eficazmente la delincuencia informática y proteger a los ciudadanos de todo el mundo en el ciberespacio.

El Cairo, 15 de abril de 2005

Clausurado el seminario sobre libre circulación de pruebas penales en la UE


Por su interés me hago eco de la siguiente noticia.

    Más de 60 fiscales han participado en un seminario sobre libre circulación de pruebas penales en la UE

    • Han analizado las distintas formas de obtención de pruebas en los Estados miembros de la Unión Europea con el fin de detectar los problemas de aplicación de los instrumentos de cooperación jurídica 
    • Los participantes han elaborado un documento, que se presentará a la Comisión Europea, en el que se unifican criterios para que las pruebas procesales puedan tener efecto en cualquiera de los Estados

    Más de 60 fiscales, secretarios judiciales, magistrados, funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado (Ministerio del Interior) y 16 ponentes extranjeros han participado en un seminario sobre “La libre circulación de pruebas penales. Espacio de libertad, seguridad y justicia”, que ha sido clausurado hoy por secretario de Estado del Ministerio de Justicia, Luis López Guerra, en el Centro de Estudios Jurídicos (CEJ), órgano dependiente del Ministerio de Justicia.

    Los participantes han analizado las distintas formas de obtención de pruebas penales en los Estados miembros de la Unión Europea con el fin de detectar los problemas de aplicación de los instrumentos normativos de cooperación, tales como el Convenio de asistencia judicial en materia penal, de 2000, la decisión marco sobre el embargo de prueba o la propuesta relativa al exhorto en el proceso penal.

    En los distintos debates y mesas redondas, los operadores jurídicos han tratado de poner en común sus conocimientos sobre las actuaciones que tienen lugar durante la fase de investigación del proceso penal, como son actos de recopilación de determinados efectos e instrumentos del delito y fuentes de prueba, así como la anticipación y preconstitución de prueba en cada uno de los Estados de la UE.

    Más allá de la evaluación de la compatibilidad de estas pruebas, se han propuesto unos mínimos estándares que garanticen que dichas diligencias practicadas en un Estado miembro puedan producir efectos en otro y tener valor probatorio en un proceso penal. Estas conclusiones se enviarán a la Comisión Europea para que sirvan de documento de reflexión.

    Como paso previo a este encuentro, un grupo de investigación, dirigido por el profesor Luis Arroyo, elaboró un cuestionario en el que se presentaron interrogantes acerca de los distintos medios de obtención de prueba. Este cuestionario fue distribuido a la Red Europea de Formación Judicial, quien, a su vez, lo trasladó para ser contestado por los fiscales de cada país.

    El seminario ha estado dividido en tres epígrafes: La actualidad jurisprudencial y legislativa de la construcción del Espacio Judicial Europeo, los medios de prueba del convenio de asistencia judicial en materia penal de 2000 y, un tercero denominado, los medios de prueba no regulados en el convenio de asistencia judicial de 2000 y derechos fundamentales. A su vez, ha contado con unas 16 mesas redondas, presididas por distintas autoridades, en las que se han repartido las intervenciones de los representantes de los distintos países de la Unión Europea. Asimismo, han estado presentes instituciones como el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado, el Consejo de Europa y la Red Europea de Formación Judicial.

    El Centro de Estudios Jurídicos trabaja de forma intensa con la Red Europea de Formación Judicial, que ha posibilitado, entre otras cosas, la asistencia de más de 30 fiscales españoles en actividades formativas en países como Bélgica, Francia y Austria. También ha asistido a intercambios y apoyo a actividades de cooperación jurídica internacional, como la formación de fiscales y secretarios judiciales en Croacia y Polonia.

    Este es el plan de actividades detallado de las jornadas:

    DIA 28 DE NOVIEMBRE

    9.00 a 9.30 h Acreditaciones

    9.30 h
    Inauguración por el Ministro de Justicia, Exmo. Sr. D. Juan Fernando López Aguilar
    Presentación por Luis Arroyo Zapatero. Director del Instituto de Derecho Penal Europeo e Internacional. Universidad de Castilla-La Mancha.

    10.00 h.
    I. La actualidad jurisprudencial y legislativa de la construcción del Espacio Judicial Europeo.

    Presiden: Gilles De Kerchove. Director General DG “H” Justicia y Asuntos de Interior. Secretaría General del Consejo de la Unión Europea y Artemi Rallo Lombarte. Director General del Centro de Estudios Jurídicos.(Ministerio de Justicia).

    Charles Elsen. Director General de formación en el Consejo de la Unión Europea.

    • Anabela Miranda Rodrigues. Catedrática de Derecho Penal. Universidad de Coimbra. Directora del Centro de Estudios Judiciales de Portugal.
    • Fernando Irurzun. Abogado del Estado. Representación Permanente de España ante la UE.
    • John Vervaele. Catedrático de Derecho Penal. Universidad de Utrecht.
    • José Luis Piñar Mañas. Director de la Agencia Española de Protección de Datos.
    • Adán Nieto Martín. Profesor Titular de Derecho Penal. Universidad de Castilla-La Mancha.

    12.30 h. 1. La prueba transnacional en el proceso penal: Un marco para teoría y praxis.

    Preside: Adán Nieto Martín. Profesor titular de Derecho Penal. Universidad de Castilla-La Mancha

    • Joachim Vogel. Catedrático de Derecho Procesal y Penal. Universidad de Tubinga.
    • Katalin Ligeti. Profesora de Derecho Penal. Universidad de Budapest.

    15.30 h 2. Del auxilio judicial tradicional a la coordinación internacional de la investigación penal.

    Preside: Jesús Santos. Teniente Fiscal de la Audiencia Nacional. Magistrado de enlace de España Italia.

    • Rubén Jiménez. Vocal de España en Eurojust.
    • Joaquín Delgado. Magistrado. Experto REJUE..Jefe del Servicio Central..CGPJ
    • Samuel Vuelta Simon. Magistrado de enlace de Francia en España
    • Aled Williams. Magistrado de enlace del Reino Unido en España

    17.00 h 3. La Decisión marco sobre embargo de pruebas

    Preside: Víctor Moreno Catena. Catedrático de Derecho Procesal. Universidad Carlos III de Madrid.

    • Rosana Morán Martínez. Fiscal de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado. Responsable de la Sección de Cooperación Internacional
    • Cristina Mauro. Catedrática de Derecho Procesal. Universidad de París II, Panthéon-Assas.
    • Luis Silva Pereira. Coordinador del área internacional del Centro de Estudios Judiciales de Portugal.

    18.00 h 4. El proyecto de Decisión marco sobre el exhorto europeo de medios de prueba

    Preside: Vicente Guzmán Flujá. Catedrático de Derecho Procesal. Universidad Pablo Olavide de Sevilla.

    • Claudia Gaultieri. Unidad de Justicia. Dirección de Justicia, Libertad y Seguridad. Comisión Europea.
    • Isabel González Cano. Profesora Titular de Derecho Procesal. Universidad de Sevilla.
    • Anna Ondrejova. Fiscal. Fiscalía General de Eslovaquia.

    MARTES 29 DE NOVIEMBRE

    II. Los medios de prueba mencionados expresamente en el Convenio de asistencia judicial en materia penal de 2000

    9.00 h 1. Videoconferencia y audición telefónica de testigos

    Preside: John Vervaele. Catedrático de Derecho Penal. Universidad de Utrecht.

    • Luis Francisco De Jorge Mesas. Magistrado. Consejo General del Poder Judicial.
    • Pedro Crespo. Fiscal de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado.
    • Amaya Arnaiz. Profesora Ayudante de Derecho Procesal. Universidad Carlos III Madrid.

    10.30 h 2. Escuchas telefónicas

    Preside: Isabel Guajardo Pérez. Fiscal de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado

    • Anne Weyembergh. Profesora de Derecho Penal. Instituto de Estudios Penales. Universidad Libre de Bruselas. Instituto de Estudios Europeos.
    • Marta M. Morales Romero. Instituto de Derecho Penal Europeo e Internacional

    12.00 h 3. Agentes encubiertos

    Preside: Javier Zaragoza Aguado. Fiscal Jefe de la Fiscalía especial para la prevención y represión del tráfico ilegal de drogas.

    • Vicente Guzmán Flujá. Catedrático de Derecho Procesal. Universidad Pablo Olavide de Sevilla.
    • Rocío Zafra Espinosa de los Monteros. Profesora de Derecho Procesal. Universidad Pablo Olavide de Sevilla.

    13.00 h 4. Protección de datos de carácter personal y cooperación penal

    Preside: Eusterio Pérez Gago. Coordinador de Áreas. Secretaría de Estado de Seguridad.

    • Mercedes Ortuño Sierra. Responsable del Área Internacional de la Agencia Española de Protección de Datos.
    • José Antonio Colmenero. Profesor Titular de Derecho Procesal. Universidad Carlos III de Madrid.

    15.30 h 5. Prueba documental.

    Preside: Luis Rodríguez Sol. Fiscal de la Fiscalía Especial para la represión de los delitos económicos relacionados con la corrupción.

    • Asunción Ribas. Secretario Judicial. Audiencia Provincial de Barcelona.
    • Pier Luigi Dell’Osso. Fiscal Antimafia. Italia.

    16.30 h 6. Secreto bancario

    Preside: Javier Parra García. Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia

    • Gonzalo Quintero Olivares. Catedrático de Derecho Penal. Universidad Rovira i Virgili.

    18.00 h 7. Secreto profesional y entrega de documentos por particulares

    • Francisco Jiménez Villarejo. Fiscal. Audiencia Provincial de Málaga.

    DIA 30 DE NOVIEMBRE

    III. Medios de prueba no regulados expresamente en el Convenio de asistencia judicial de 2000 y derechos fundamentales

    Preside: Ana Gallego Torres. Subdirectora General de Cooperación Jurídica Internacional. Ministerio de Justicia

    9.00 h 1. Entrada y registros domiciliarios

    • Juan José López Ortega. Magistrado. Audiencia Provincial de Madrid.
    • Ignacio Sánchez Yllera. Magistrado. Audiencia Provincial de Madrid.

    10.00 h 2. Requerimientos judiciales de entrega de documentos por Administraciones Públicas.

    • Daniele Negri. Profesor de Derecho Penal. Universidad de Ferrara.

    11.30 h 3. Marcadores genéticos e intervenciones corporales

    • José Luis Albiñana. Magistrado. Audiencia Provincial de Barcelona.

    12.30 h 4. Intercambio de información policial y de servicios de inteligencia

    Preside: Esther Pías García. Subdirectora General de Asuntos de Justicia en la Unión Europea y Organismos Internacionales

    • Emilio De Llera Suárez-Bárcena. Fiscal coordinador. Audiencia Provincial de Sevilla.
    • Raquel Castillejo Manzanares. Profesora Titular de Derecho Procesal. Universidad de Santiago de Compostela.
    • Francisco Aranda. Comisario Jefe de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional. Interpol-Europol-Sirene.

    13,30 h IV. Conclusiones. José Antonio Colmenero. Profesor Titular de Derecho Procesal. Universidad Carlos III de Madrid.

    14.00 h V. Clausura por el Secretario de Estado de Justicia, Excmo. Sr. D. Luis López Guerra.