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La factura electrónica en la Diputación de Lleida, pionera en Catalunya


Visto en La Vanguardia.

La Diputació de Lleida será la primera de Catalunya en implantar el servicio de factura electrónica a los entes locales de la demarcación con el objetivo de facilitar y mejorar el servicio de los consistorios.

Según ha informado la corporación local, este nuevo servicio se pondrá en marcha gracias a la ampliación del convenio de colaboración que han firmado la corporación y el Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas.

Actualmente, la corporación leridana ya dispone de módulos tecnológicos que sirven para implantar trámites en línea, pero la ampliación del convenio con el Departamento de Gobernación servirá para facilitar a los consistorios un módulo que los permita instaurar el mismo sistema de facturas telemáticas con firma electrónica.

El presidente de la Diputación de Lleida, Jaume Gilabert, y el conseller de Gobernación, Jordi Ausàs, han ampliado su colaboración para la promoción y el desarrollo de proyectos y servicios de administración electrónica en las administraciones locales catalanas. De esta forma, a través del Consorci Administració Oberta de Catalunya (AOC), el departamento de Gobernación transferirá 213.000 euros en concepto de colaboración a la financiación de los gastos de las tareas y la prestación de servicios de administración electrónica de las entidades locales.

La colaboración es para los ejercicios 2008 y 2009 en ámbitos como la tramitación inter-administrativa, el padrón telemático, el cambios de domicilios, la e-factura, el acceso a información tributaria o los servicios de validación de certificados y firma, entre otros.

Firma electrónica y Administración electrónica


Animsa me invita amablemente a que intervenga en una Jornada sobre Administración Electrónica que tiene lugar mañana viernes 28 de noviembre de 2008 en Pamplona.

Para mí este viaje reviste un interés especial porque se trata de viajar a mi tierra a exponer sobre un tema que me entusiasma, sabiendo además que el tema despierta un gran interés.

Un aspecto curioso respecto a la normativa foral de administración electrónica es que por pura coincidencia (se publicó antes que la ley estatal) se identifica con el mismo ordinal que la normativa nacional:

Jornades de Signatura Electrònica


Ayer y hoy se celebran las Jornades de Signatura Electrònica organizadas por CatCert en Barcelona.

El contenido es sumamente interesante, lo que es un problema porque es imposible asistir a los 3 «tracks» simultáneos de ponencias. Veo mucho énfasis en la Ley 11/2007 lo que me parece muy oportuno.

He podido saludar a mucho amigos e, incluso hacer negocis, aprovechando las salas de reuniones que la organización pone a disposición de los asistentes.

Por cierto, muchos asistentes. Me comentaba Francesc Oliveras, Director General de la Agencia Catalana  de Certificación que este año hay casi mil inscritos.

Enhorabuena, Francesc.
Acto Inaugural Jornadas Firma Electrónica 2008

Actualización (21.11.2008)

La temática de las conferéncias de esta edición giró entorno a las siguientes líneas conceptuales: 

  1. La firma electrónica en los procesos de gestión, con especial atención a las novedades legales producidas durante 2007, como la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, la Ley 30/2007, de contratos del sector público o la Ley 56/2007, de impulso de la sociedad de la información, entre otras normativas relevantes.
  2. La firma electrónica en el ciclo de vida de la documentación electrónica, con especial atención al cumplimiento normativo que se deriva de las normativas citadas.

De esta manera, en el ámbito de la firma electrónica y en el ámbito de los procesos de gestión se realizaron las siguientes sesiones:

  • La sede electrónica y los medios de interlocución electrónica.
  • Las garantías en la publicación de la información.
  • La figura de los terceros de confianza.
  • La contratación electrónica.
  • La facturación electrónica.
  • La actuación electrónica automatizada. 

Y en el ámbito de la firma electrónica en el ciclo de vida de los documentos electrónicos, se desarrollaron las siguientes sesiones: 

  • Los formatos de los documentos ofimáticos. 
  • La autenticidad de los expedientes electrónicos. 
  • La seguridad en el intercambio interoperable de datos y documentos. 
  • La gestión de evidencias electrónicas documentales. 
  • Las garantías en la preservación de documentos y expedientes a largo plazo. 

En todos los casos, se trataron experiencias públicas y privadas, con la finalidad de ofrecer una visión integrada de las soluciones aplicadas, intercambiando experiencias y acercando dos realidades que se complementan mutuamente. Además, se realizó una sesión destinada a presentar experiencias remarcables y novedosas en firma electrónica, bajo el título de «Proyectos innovadores de firma electrónica»
 
Por otro lado se realizaron unas sesiones de tutorías previas a la inauguración de las Jornadas, que contemplaron los siguientes temas:

  • La firma electrónica y la certificación digital: conceptos técnicos básicos.
  • Nuevos productos y servicios CATCert.
  • Características del nuevo maroc normativo de la firma electrónica: una visión jurídica.
  • Recomendaciones para adaptarse al nuevo marco normativo de la firma electrónica: una visión organizativa.

Preguntas sobre Digitalización Certificada y sus respuestas


logo-digitalizacioncertificadaHe recibido el siguiente comentario en el blog (en el sitio equivocado):

Hola Julian, dirijo una compañía que esta dedicada a la programación orientada al mundo del documento, estamos valorando la posibilidad de homologar nuestro software ante la Agencia Tributaria como software homologado para poder hacer digitalización certificada. Después de leer distinta información que he encontrado en Internet a cerca de la utilidad de este modelo de homologación en nuestra solución me surgen algunas dudas, entre ellas las mas importantes son:

1.- Si empezamos ahora el proceso de homologación y tardamos entre seis y doce meses en conseguir dicha homologación, tendria sentido el disponer de un periodo tan reducido de tiempo (mas o menos un año) hasta que la Efactura se acabe por imponer y ya no existan las facturas en formato papel o esto es una utopia y todavia queda mas tiempo para poder seguir tocando el papel en cuanto a las facturas de proveedores se refiere. ¿Como crees que evolucionara la factura en formato papel de aqui a cinco años por ejemplo?

2.- En segundo lugar por que es tan ambigua la orden que regula la digitalización certificada al definir los documentos que pueden ser subceptibles de ser digitalizados certificadamente cuando dice» Facturas de proveedores, Documentos sustitutivos de pago así como otros documentos». Este ultimo «otros documentos» es lo que me desconcierta, ¿a que tipo de documentos se están refiriendo?

3.- En tercer y ultimo lugar ( no quiero ponerme pesado ) seria mucho decir que la digitalización certificada tiene fecha de caducidad con la Efactura o crees que es una parte importante de esta Orden pero que podran coesistir una con la otra.

Sin otro particular, saludos cordiales.

Enrique Lopez

Estas son mis repuestas:

1.- En mi opinión, la facturación en papel todavía va a durar un tiempo. No se ha establecido ninguna obligación de facturar electrónicamente entre entidades privadas. Las obligaciones son para las empresas que facturan al sector público (o a las entidades dependientes de el) y para los organismos y entidades del sector público que tienen que ser capaces de recibir facturas electrónicas. De todas formas, la Digitalización Certificada es un paso intermedio en la dirección correcta, que es la completa eliminación del papel.

2.- La norma tiene algunas ambigüedades, pero es tremendamente concreta para lo que se estila en otras normas semejantes. En particular, los «otros documentos» son los de tipo tributario. Sin embargo, en la práctica, solo las facturas y los tiques (documentos sustitutivos de facturas) son susceptibles de digitalización certifificada, por la imposición de vincularlos al libro registro de facturas recibidas que se establece en la norma. No obstante, si en el futuro se flexibiliza la referencia al libro registro, podrá utilizarse como norma de base para cumplir lo establecido en los artículos 30 y 31 de la LAECSP.

3.- En mi opinión coexistirán durante un tiempo (bastante) y finalmente la factura en papel desaparecerá. No obstante los sistemas de Digitalización Certificada evolucionarán para dar cobertura a múltiples necesidades de digitalización que requieran cierto valor legal, llegando más allá de las facturas.

ISA reemplazará a IDABC


La Comisión aprueba un nuevo programa destinado a romper las e-barreras.

La Comisión ha aprobado una propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y el Consejo de Ministros sobre un nuevo programa para el período 2010-15: «Soluciones para la interoperabilidad de las administraciones públicas europeas» (“Interoperability Solutions for European Public Administrations” ISA).

En los últimos años, los Estados miembros han ido transformado sus administraciones para proporcionar los servicios públicos por vía electrónica a fin de que los ciudadanos y las empresas pueden comunicar rápida y fácilmente con sus administraciones nacionales.

En la Europa de hoy, los ciudadanos son libres de trabajar y reubicarse en cualquier Estado miembro de la UE y las empresas llevan a cabo negocios en toda la UE. Al hacerlo, necesitan comunicarse con las administraciones de otros Estados miembros. Los Estados miembros, a su vez, necesitan comunicarse unos con otros para servir a los ciudadanos y las empresas de la mejor manera posible.

Para evitar la creación de barreras electrónicas (e-barreras) entre las administraciones europeas, los Estados miembros y la Comisión tienen que intensificar sus esfuerzos para garantizar comunicaciones sin barreras en el seno del mercado interior.

De la burocracia a las e-barreras: la evolución de los retos

Las barreras electrónica  en las fronteras nacionales son el principal desafío de la nueva era.

Cuando han creado los servicios públicos electrónicos para reducir los trámites burocráticos y hacer la comunicación con las administraciones más rápido y fácil, los Estados miembros han tenido en cuenta principalmente teniendo la dimensión nacional. Sin embargo, para servir a los ciudadanos y las empresas en una Europa de la movilidad, los Estados miembros deben ser capaces de comunicarse fácilmente a través de las fronteras. Las soluciones desarrolladas sin coordinación a nivel de la UE pueden resultar incompatibles y noal no poder «hablar» unas con otras. Aquí es donde entra en juego el programa de medidas ISA.

En respuesta a la necesidad de coordinación y de cooperación a nivel de la UE, el programa ISA propone establecer y promover de común acuerdo a fin de evitar soluciones e-barreras en las fronteras nacionales.

En el período 2010-2015, el programa ISA intenta dar soporte y promover la cooperaciónentre administraciones públicas europeas.

ISA se centrará en proporcionar soluciones transfronterizas para las administraciones públicas, dando acceso marcos comunes, servicios comunes y herramientas genéricas y promoviendo la reutilización,  y el intercambio de experiencias y de buenas prácticas. 

De AIF a ISA: antecedentes

ISA es la continuación del programa IDABC (interoperable delivery of pan-European e-government services to administrations, businesses and citizens,  despliegue interoperable de servicios paneuropeos de e-administración a las administraciones, las empresas y los ciudadanos), que llega a su fin en diciembre de 2009.

El programa IDABC, por otro lado, se puso en marcha en enero de 2005 como  sucesor del programa IDA (“interchange of data between administrations”, «intercambio de datos entre administraciones»).

Los programas IDABC e IDA han proporcionado un valor añadido para el intercambio de información entre las administraciones en comparación con lo que podría haber sido obtenidas desde un enfoque separado y no coordinado.

El programa ISA se basará en los logros de los programas AIF e IDABC y, como sus predecesores, contribuirá a un mayor desarrollo ye implantación a aplicación de la estrategia de e-administración europea.

Ver la norma: Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a las soluciones de interoperabilidad para las administraciones públicas europeas (ISA)

Stork: Los DNIe de todos los paises serán válidos en el resto, gracias al consorcio Stork en el que participa España


España, a través del Ministerio de Administraciones Públicas (MAP), participa en el consorcio Stork junto a otros 13 países miembros de la UE e Islandia, para conseguir que los ciudadanos, empresas y funcionarios puedan utilizar sus identificadores y DNI electrónicos en cualquier país de la Unión Europea.

En este proyecto, Bélgica, Estonia, Francia, Alemania, Austria, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal, Eslovenia, España, Suecia y Reino Unido, además de Islandia (que forma parte del Acuerdo del Espacio Económico Europeo), colaboran para conseguir que los distintos regímenes nacionales de identidad electrónica sean reconocidos más allá de sus fronteras.
 
El MAP representa a España en el consorcio Stork (Secure Identity Across Borders LinkedIdentidad Segura a través de las fronteras) y participa en él de manera muy activa, liderando los trabajos de definición y desarrollo de aquellos protocolos y datos que será necesario intercambiar para aceptar los DNIe en todos los Estados miembros. Además, participa en los programas piloto para utilizar estos identificadores en los casos de cambio de domicilio y de movilidad de estudiantes.
 
El consorcio, que tendrá una duración de tres años (hasta el 2011), será cofinanciado por la Comisión Europea, dentro de la estrategia europea de crear servicios panaeuropeos de administración electrónica.
 
IMPACTO DEL CONSORCIO STORK
 
Las pruebas que se realizarán en el marco de esta iniciativa permitirán la aceptación del DNIe español en servicios de administración electrónica en otros países y hará posible que se utilicen los identificadores electrónicos de otros Estados miembros en España. De esta manera, los ciudadanos, empresas y funcionarios podrán utilizar sus DNI electrónicos de manera segura en cualquier país de la Unión Europea, lo que también facilitará el libre movimiento de personas y empresas en la UE.
 
Para todo ello, este proyecto someterá a prueba algunos de los servicios de identificación electrónica más utilizados, definiendo un conjunto de especificaciones comunes y arquitecturas de referencia que permitan el reconocimiento de los DNIe nacionales entre los países participantes, que también serán accesibles para otros.
 
El plan persigue armonizar y conectar estos sistemas, sin sustituir los ya existentes.Actualmente, los ciudadanos de la Unión Europea utilizan unos 30 millones de tarjetas nacionales de identidad electrónica para acceder a distintos servicios, como las prestaciones por desempleo y de la Seguridad Social o la presentación de las declaraciones de impuestos, entre otros procedimientos.
 
DNIe ESPAÑOL
 
Con la participación en este proyecto, España pretende que el DNIe sea aceptado de manera similar en servicios públicos en otros países europeos, a la vez que los ciudadanos de la UE puedan aplicar sus identificadores electrónicos en nuestro país.
 
El DNIe español fue lanzado en el año 2006 con el fin de que los ciudadanos puedan acceder a diversos servicios a través de Internet, gracias a los certificados digitales que se incorporan en un chip. Estas certificaciones digitales permiten identificarse de una manera segura, rápida y cómoda frente a cualquier administración pública y realizar firmas electrónicas con el mismo valor legal que la manuscrita. Ya se puede acceder a más de 500 servicios con el DNie.
 
La implementación del DNI electrónico puso a España a la vanguardia europea en mecanismos de identificación y firma electrónica segura, al disponer de un documento que proporciona los niveles de confianza más elevados de los que existen actualmente. Sólo algunos Estados miembros, como Bélgica, Finlandia, Portugal y Austria, poseen un DNIe de características similares al español en niveles de confianza y seguridad. Otros países como Francia y Alemania trabajan actualmente en la construcción de sus futuros DNI electrónicos.

Stork


Hoy empieza en Madrid el ISSE 2008, y en este entorno se presenta STORK (Cigüeña, en inglés).

STORK Workshop

Electronic Identity: easy access to public services across the EU

Wednesday 8th October 2008,

Madrid, Spain

STORK (Secure idenTity acrOss boRders linKed), aims at implementing a EU-wide recognition of electronic identity that will enable businesses, citizens and government employees to use their national electronic identities in any Member State. It will simplify administrative formalities by providing secure online access to public services across EU borders.

STORK is a Large Scale Pilot (LSP) to ensure cross-border recognition of national electronic identity (eID) systems and enable easy access to public services in 13 Member States. Throughout the EU, some 30 million national eID cards are used by citizens to access a variety of public services such as claiming social security and unemployment benefits or filing tax returns. The project will run for three years and receive €10 million funding from the European Commission and an equal contribution from the participating partners.

It will test some of the most useful eID services by defining a set of common specifications that allow for the secure recognition of different national eIDs between the participants and will be accessible to other countries. Its objectives are the following: to define common rules and specifications to assist mutual recognition of eIDs across national borders, to test in real life environments, secure and easy-to-use eID solutions for citizens and businesses and to interact with other EU initiatives to maximize the usefulness of eID services.

«Electronic Identities do not yet do enough for mobile EU citizens,» said Viviane Reding, Commissioner for Information Society and Media. «By taking advantage of the development in national eID systems and promoting mutual recognition of electronic identities between Member States, this project moves us a step closer to seamless movement between EU countries that Europeans expect from a borderless Single European Market.»

The implementation of online public services is progressing rapidly throughout the EU. A Belgian taxi driver can prepare and submit tax returns online while eID cards make it possible for an Estonian nurse to quickly check pension entitlements. However, the benefits of these services disappear when citizens try to use one country’s card to access another country’s service.

The European Commission, 13 of the 27 EU Member States (Austria, Belgium, Estonia, France, Germany, Italy, Luxembourg, Netherlands, Portugal, Slovenia, Spain, Sweden and the United Kingdom) and Iceland (party to the European Economic Area agreement with the EU) will work together to enable different national Electronic Identity schemes to be recognised across national borders.

The project will result in the smooth cross- border operation of several key public services. The solution will be scalable to all EU Member States with measurable benefits and save time and money with safer transactions, less fraud, better control over personal data and simplified procedures. The solutions developed and the experience gained by the project team will be shared with all states whether or not participating in the pilot.

Without replacing national schemes, the new system will allow citizens to identify themselves electronically in a secure way and deal with public administrations either from public offices, from their PC or ideally from any other mobile device. It means, for example that a student will be able to register in a foreign university using his/her home country’s electronic identity. Some cross-border services already exist, including a Belgian web portal which allows foreign companies to register to employ citizens from Sweden, for example. After completion of the project this should be possible using their national electronic identity card.

This workshop offers the industry and other interested parties the opportunity to learn of the principals, issues and possible solutions being proposed by the STORK consortium plus the opportunity for questions and feedback with key representatives in a neutral forum.

Agenda

16.00 – 16.30 coffee

16.30 – 16.40 Welcome, Overview and objectives by Chairman

Miguel Álvarez Rodríguez, The Ministry of Public Administration (confirmed)

16.40 – 16.50 Round Table Introductions – All delegates

Learn of delegates association, work areas and specific interest in the meeting.

16.50 – 17.00 eID Inventory, Trust and Application Groups (Work package 2)

Jan Timmermans, Netherlands (confirmed)

17.00 – 17.10 eID and Upcoming Technologies (Work package 3)

Reinhard Posch, Chief Information Officer, Austria (confirmed)

17.10 – 17.20 eID PROCESS FLOWS (Work Package 4)

Jim Purves, IPS, UK (confirmed)

17.20 – 17.30 eID and Common Specifications (Work package 5)

Miguel Álvarez Rodríguez, The Ministry of Public Administration (confirmed)

17.30 – 17.45 PILOTS (Work package 6)

Jim Purves, IPS, UK (confirmed)

WP 6.5 Change of address

Renato Portela, Project Manager, PT Multicert (confirmed)

17.45 – 18.00 Panel and Round table discussion

18:00 Wrap up.

Following this workshop there will be an short Industry Group meeting to gain feedback and interaction from selected invitees.

Hito en EADTrust. Ceremonia de generación de claves root


Ayer tuvo lugar un hecho histórico en el desarrollo de EADTrust, Prestador de servicios de confianza digital, lo que supone un motivo de orgullo para todos los integrantes del equipo.

Llevamos a cabo la ceremonia de generación de claves de la autoridad de certificación root de la PKI en sede notarial. En la foto adjunta estamos los presentes en el acto.

De izquierda a derecha, yo mismo, Julián Inza, y seguidamente Fernando Pino, Maria Luisa Blasco, Luis Osses y Santi Casas.

Julian Inza - Fernando Pino - Maria Luisa Blasco - Luis Osses - Santi Casas

Julian Inza – Fernando Pino – Maria Luisa Blasco – Luis Osses – Santi Casas

No está en la foto, pero tuvo una contribución esencial, Mar de las Heras que ha aportado buena parte de los documentos legales del evento.

La fecha del 24 de septiembre de 2008, dia de la Virgen de la Merced, adquiere un nuevo significado para nosotros.

Apostilla de la Haya


La «Apostilla de la Haya» es la diligencia consistente en colocar sobre un documento público una «apostilla» o anotación que certificará la autenticidad de los documentos públicos expedidos en un pais para que surtan efecto en otro.

En España, cada tipo de documento debe «autenticarse internacionalmente» a través de una autoridad diferente.

  • Los autos, sentencias y demás providencias emanadas de cualquier autoridad judicial, de cualquier instancia (Juzgados, Audiencias Provinciales, Tribunales Superiores de Justicia) y de todas las ramas de la jurisdicción (civil, penal, social, contencioso administrativa) deben tramitarse a través del Secretario de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.
  • Los documentos autorizados notarialmente y documentos privados cuyas firmas hayan sido legitimadas por Notario se tramitan a través del Decano del Colegio Notarial de cada demarcación o miembro de su Junta Directiva.
  • Para apostillar documentos de la Administración Central, la autoridad apostillante competente es el Jefe de la Sección Central de la Subsecretaría del Ministerio de Justicia.
  • Para apostillar documentos públicos de las restantes Administraciones Públicas: Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en cada Comunidad Autónoma y/o Provincia, Administraciones Autonómicas, Provinciales, Municipales y Órganos Autónomos de la Administración Central, puede accederse tanto al Secretario de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia como al Decano del Colegio de Notarios de la demarcación.

Para ampliar información se pueden utilizar los siguientes enlaces:

 La normativa de aplicación es:

  • Convenio de La Haya de 1961, sobre eliminación del Requisito de la Legalización de Documentos Públicos Extranjeros.
  • Real Decreto 2433/1978, de 2 de octubre, por el que se determinan los funcionarios competentes para realizar la legalización única o Apostilla prevista por el Convenio XII de la Conferencia de La Haya, de 5 de octubre de 1961.

Para que los menores puedan viajar sin sus padres por el extranjero se precisa una autorización formalizada ante Notario, debidamente legalizada o apostillada para que surta efectos en el extranjero, acompañada de una traducción oficial al inglés. Este trámite, como se indica en Sababa el Blog, puede agilizarse con la firma electrónica.

Las administraciones tributarias podrán utilizar sistemas de Digitalización Certificada


Una de las normas cuya entrada en vigor hace necesario que reflexionamos sobre como la estamos cumpliendo es el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

En su artículo 86 expresa la forma de transponer documentos del mundo electrónico al papel y viceversa, de forma semejante a como lo describe la Orden EHA/962/2007.

Artículo 86. Equivalencia de soportes documentales.

1. Las copias realizadas en soporte de papel de documentos públicos administrativos emitidos por medios electrónicos y firmados electrónicamente tendrán la consideración de copias auténticas, siempre que incluyan la impresión de un código seguro de verificación generado electrónicamente u otros sistemas de verificación que permitan contrastar su autenticidad mediante el acceso a los archivos electrónicos de la Administración pública, órgano u organismo emisor.

2. Los interesados podrán conocer qué documentos se emiten con un código seguro de verificación u otro sistema de verificación que permita la comprobación de la autenticidad de su copia impresa mediante el acceso electrónico a los archivos del emisor. Para ello serán objeto de publicación en la página web de la Administración tributaria correspondiente.

3. Las Administraciones tributarias podrán obtener imágenes electrónicas de documentos, con su misma validez y eficacia, mediante procesos de digitalización que garanticen su autenticidad, la integridad y la conservación del documento imagen, de lo que se dejará constancia. En tal caso, podrá ser destruido el documento origen salvo que una norma legal o reglamentaria imponga un específico deber de conservación.

4. El expediente electrónico es el conjunto de documentos electrónicos correspondientes a un procedimiento administrativo, cualquiera que sea el tipo de información que contengan.

El foliado de los expedientes electrónicos podrá llevarse a cabo mediante un índice electrónico, firmado o sellado por la Administración, órgano o entidad actuante, según proceda. Este índice garantizará la integridad del expediente electrónico y permitirá su recuperación siempre que sea preciso, siendo admisible que un mismo documento forme parte de distintos expedientes electrónicos.

La remisión de expedientes podrá ser sustituida a todos lo efectos legales por la puesta a disposición del expediente electrónico, teniendo el interesado derecho a obtener copia del mismo.