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FACCIL y la facturación electrónica


PC actual se hace eco de una interesante oportunidad de obtención de herramientas de promoción internet y facturación electrónica para las empresas, por lo que se reservan 50 plazas para sus lectores. 

Gestiona todas las facturas de tu empresa electrónicamente, de una manera muy sencilla, con FACCIL, una aplicación diseñada para las pymes y subvencionada al 100% por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y Albalia Interactiva, dentro del Plan Avanza.

A partir del próximo año comenzará a imponerse en las empresas la firma y facturación electrónica. Esta ha sido una de las razones del desarrollo de FACCIL, una plataforma de servicios, de fácil y sencilla utilización, que gestiona las exigencias más complejas impuestas por la normativa. Y además, gracias al apoyo del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que gracias a los Fondos FEDER cubre el 75% del coste, esta solución de negocio de comercio electrónico es verdaderamente acesible.

El coste final será de 0 € ya que está  subvencionado en el marco del Programa Avanza PYME (Soluciones de negocio y factura electrónica), y patrocinado por los colaboradores del proyecto, aunque el valor de mercado real de esta plataforma es de 1.500 €.

Al margen de las obligaciones legales que imponen en algunos casos la facturación electrónica, ésta es adoptada por la mayor parte de las empresas por sus ventajas al ahorrar costes de envío y tramitación, y así hacer más fluidos los cobros y pagos.

Entre las herramientas aportadas por FACCIL se encuentran un sistema de firma y facturación electrónica y un gestor de catálogo de productos y servicios. La plataforma está destinada a satisfacer las necesidades reales de las pymes, en relación con la normativa legal y el contexto tecnológico. Cuenta con diversas utilidades como: conservación de facturas, legibilidad, control de accesos y firma electrónica.

Entre las ventajas del sistema destacan su fácil y sencillo uso, el uso de estándares (incluye la factura normalizada de ASIMELEC), la codificación de las facturas en XML y su intercambio en las variantes UBL y AEAT-CCI (ahora denominada facturae) y la exportación de las facturas como ficheros PDF, lo que permite su visualización con Adobe Reader.

La importancia del gestor

Por otro lado, el gestor de catálogos permite el flujo de información entre empresas de forma que esté disponible para los buscadores en Internet facilitando su labor de indexación. La gestión se hace por medio de formularios en un portal común o a través de la importación de ficheros formateados (en formato CSV). Las empresas participantes pueden personalizar sus perfiles de acceso y su sitio privado electrónico con la información de contacto, productos y servicios ofrecidos, descripción, imagen y precio de los mismos.

Por si esto fuera poco, se ofrece una formación complementaria a distancia tipo e-learning para sacarle el mayor partido tanto a la plataforma de factura electrónica, con un repaso por la normativa y a las prácticas a la hora de facturar y explicando el rol de la firma electrónica en el proceso; como al catálogo electrónico, con módulos sobre marketing en Internet, imposiciones legales, posicionamiento en buscadores y uso inteligente de textos descriptivos.

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Logo PC Actual

Para solicitar una de las plazas subvencionadas al 100% y poder acceder a FACCIL envíanos un e-mail a formacion@dproyecto.com con tus datos personales o llama al 91 360 51 01. Y Recuerda, identifícate como lector de PC Actual porque tenemos reservadas 50 plazas.

Desde el año 2010 el servicio FACCIL lo presta la empresa EADTrust, perteneciente, como Albalia, al Grupo Interactiva. Puede obtenerse más información a través de info (at) eadtrust.eu o llamando al teléfono 902 365 612

El proyecto se identifica con el código PAV-080200-2007-24 y cubre el 75% de los costes en las comunidades autónomas que tienen preferencia en los programas de desarrollo. Para ampliar la cobertura de costes y de regiones favorecidas por el proyecto, se cuenta con la aportación de patrocinadores.

El formato de la eFactura y el consentimiento


Logo FacturaeCon esta norma se consiguen 2 objetivos: definir la forma de prestar el consentimiento a la recepción de facturas por parte de las entidades públicas y el formato a utilizar en las facturas que se dirigen a ellas.

Definitivamente se le asigna la marca facturae al formato que proviene de los trabajos de CCI (Centro de Cooperación Interbancaria) y AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria). Con esta marca se designa el portal conjunto de los Ministerios de Economía y Hacienda y de Industria, Turismo y Comercio: http://www.facturae.es en el que estará (y de hecho está) disponible gran cantidad de información sobre la factura electrónica.

España se situa con esta norma a la cabeza de los estados europeos en el compromiso con el despliegue de la factura electrónica ya que oficializa una deteminada forma de operar que facilita la interoperabilidad. Como se comentó en el pasado Congreso UBL, entre la iniciativa NES (Northern European Subset) y la española (que incluye, además de esta iniciativa los trabajos del proyecto Codice, de la Dirección General de Patrimonio), hay suficiente base para contribuir al desarrollo de una especificación común europea que posiblemente se denominaría NES Neutral European Specification. En este grupo se incluiran proyectos como eFaktura y SFTI (Single Face to Industry) del sector público sueco en apoyo del negocio electrónico.

Pronto veremos en el portal facturae el Directorio de entidades públicas que aceptan recibir facturas electrónicas, y que por sí mismo se constituirá en el catálogo de las entidades públicas con mejores prácticas en el desarrollo de servicios de Administración electrónica, por el gran efecto de la factura electrónica como indicador de adopción de infraestructuras tecnológicas. 

Aunque la norma se dirige en principio a la administración general del estado y sus organismos dependientes, no cabe duda de que es de gran utilidad para organismos autonómicos y administraciones locales, ya que los servicios del portal no restringen su alcance y se ofrecen a todas las entidades que quieran hacer uso de ellos.

En el ámbito del sector privado, la norma tiene su importancia, ya que facilita, entre otras cosas la justificación de subvenciones, aportando las facturas en el formato descrito. De modo que puede preverse su adopción generalizada.

A mi me parece muy interesante la mención a UBL en la norma ya que muestra el compromiso de convergencia con los estándares internacionales (remarcado con la mención al CEN, Comité Europeo de Normalización, en donde ya existe presencia de los organismos españoles).

El propio portal facturae es un ejemplo del interés por la convergencia. En el se publica, además de la información del formato estandarizado facturae, que comienza en la versión 3.0 (asumiendo la regla de versionado de CCI-AEAT) bastante información sobre la compatibilización de este formato con UBL (en documentos creados bajo el auspicio de Fundetec), de forma que parece sencillo implemntar sistemas que gestionen internamente UBL y entreguen facilmente formato facturae cuando sea preciso.

Por otro lado me parece importante destacar, aunque no resulta inmediatamente obvio a partir de la lectura de la norma, que una de las herramientas más importantes resultantes de esta iniciativa es el propio catálogo o directorio de entidades, no solo como «Hall of Fame» de las mejores entidades, sino como herramienta destinada a acelerar la adopción de la eFactura. Este Directorio tiene el mismo objetivo que el desarrollado en el marco del proyecto  Avanza PYME (Soluciones de negocio y factura electrónica) – PAV-080200-2007-62 por ASIMELEC. La principal diferencia entre uno y otro, es que en el caso de las entidades privadas, puede dejarse al acuerdo de las partes el formato de factura y firma electrónica a utilizar, lo que ya aparece definido para las entidades públicas.

Ambos directorios permiten la consulta automatizada de datos a partir del CIF del destinatario, permitiendo confirmar su interés en recibir facturas electrónicas y la dirección electrónica de entrega de las mismas.

La información del proyecto eFactura de ASIMELEC se publicará en breve de forma que se abre la posibilidad de que cualquier entidad pueda utilizar en sus proyectos el webservice disponible y resolver los parámetros principales de envío de las facturas establecidos por sus destinatarios.

ORDEN PRE/2971/2007, de 5 de octubre, sobre la expedición de facturas por medios electrónicos cuando el destinatario de las mismas sea la Administración General del Estado u organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla y sobre la presentación ante la Administración General del Estado o sus organismos públicos vinculados o dependientes de facturas expedidas entre particulares. (BOE n. 247 de 15/10/2007)


En el BOE de ayer se ha publicado una norma que esperábamos desde hace algún tiempo y sobre la que ya ha comentado mi amigo Bartolomé Borrego

El artículo 2 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, impone a los empresarios y profesionales que realicen entregas de bienes o prestaciones de servicios en el desarrollo de su actividad la obligación de expedir factura y copia de ésta, sin más excepciones que las previstas en el Reglamento. En particular impone esta obligación, en todo caso, es decir, sin excepción alguna, cuando sean destinatarias de la factura las Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El citado Reglamento, al igual que su antecesor, el Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a los empresarios y profesionales, permite la expedición de la factura en soporte electrónico, siempre que ello permita la constatación de su fecha de expedición, su consignación en el libro de facturas expedidas y su adecuada conservación. Del mismo modo, habilita la posibilidad de remisión de las facturas por medios electrónicos, si bien esta posibilidad se condiciona, por un lado, a que quede garantizada la autenticidad del origen y la integridad de su contenido y, por otro, al consentimiento del destinatario de la factura prestado de forma expresa.

La Administración Pública es destinataria de las facturas que han de expedir los empresarios o profesionales que contraten con ella, por lo que la remisión de facturas destinadas a la Administración Pública por medios electrónicos, está sujeta a su consentimiento expreso, quedando, actualmente, a su discreción la prestación o no de este consentimiento.

De acuerdo con ello, cada Administración Pública puede prestar su consentimiento expreso a la utilización de medios electrónicos en la remisión de las facturas a ella destinadas. No obstante, el consentimiento a la remisión de facturas destinadas a la Administración Pública ha de estar supeditado al cumplimiento de una serie de condiciones técnicas que, además de garantizar la autenticidad del origen y la integridad de su contenido, como exige el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, permitan a la Administración Pública acceder a la factura y a su contenido, tratar la información en ella contenida y garantizar su conservación en condiciones adecuadas. De otra forma quedaría frustrada la finalidad perseguida por la obligación de expedir y entregar la factura que impone dicho Reglamento.

En este punto hay que tener en cuenta que la contratación del sector público, cuya referencia normativa básica es la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obra, de suministros y de servicios, debe desarrollarse en las coordenadas económicas del mercado único europeo, debiendo los Estados y los organismos comunitarios garantizar la existencia de elementos de coordinación e interoperabilidad que permitan el intercambio seguro de documentos entre operadores económicos de los diversos países. En el ámbito interno la contratación del sector público se desarrolla, entre otros agentes, por los Departamentos ministeriales y sus organismos públicos vinculados y dependientes siendo deseable promover una uniformidad en la determinación de los requisitos y estándares que se utilicen en las distintas fases del proceso de contratación y, en particular, por su importancia, en la remisión de facturas destinadas a la Administración General del Estado y sus organismos públicos, sin perder de vista la necesidad de progresar en la integración de todas las fases del proceso y la escala europea donde debe garantizarse la interoperabilidad. Con tal finalidad, la presente orden determina unas condiciones técnicas en que deben remitirse las facturas destinadas a la Administración General del Estado y sus organismos públicos, para que por aquellos Departamentos ministeriales y organismos públicos que lo estimen conveniente, puedan consentir en la emisión telemática de las facturas de que sean destinatarios.

Mediante la presente orden ministerial y con la finalidad de garantizar la homogeneidad en el funcionamiento de la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes en este ámbito, se aborda, por un lado, la forma de prestación del consentimiento por aquellos Departamentos ministeriales u organismos que opten por consentir la remisión electrónica de las facturas de que sean destinatarios y, por otro las condiciones técnicas que han de cumplirse en la remisión telemática de las facturas destinadas a la Administración Pública, quedando a la decisión de cada entidad u organismo prestar o no el necesario consentimiento.

Por otro lado, es muy frecuente, en el curso de un procedimiento administrativo, la aportación a la Administración Pública de facturas emitidas entre particulares, especialmente en el ámbito de las subvenciones. Pudiendo tratarse de facturas en soporte electrónico que pueden ser objeto de presentación telemática en aquellos registros electrónicos que, de conformidad con su norma de creación, tengan habilitada esta posibilidad, es igualmente deseable que exista una uniformidad en la determinación de los requisitos y estándares técnicos a utilizar en las facturas electrónicas que, emitidas entre particulares, se presenten en la Administración General del Estado o en sus organismos públicos vinculados o dependientes. Con tal finalidad, por la presente orden, se hacen extensivas las mismas condiciones técnicas a la emisión de facturas electrónicas destinadas a la Administración General del Estado o sus organismos públicos vinculados o dependientes.

Además, conviene señalar que las previsiones de esta orden no afectan a la conservación de facturas en soporte electrónico por medios que garanticen un acceso en línea a los datos, así como su carga remota y utilización por parte de la Administración Tributaria, prevista en el artículo 21.2 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre.

Por último, en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, se consagra la relación con las Administraciones Públicas por medios electrónicos como un derecho de éstos y como una obligación correlativa para las Administraciones.

En este sentido y con el fin de que los empresarios o profesionales puedan ejercer sus derechos de presentar facturas por medios electrónicos a las Administraciones Públicas, se establece, en el anexo de esta orden, el formato de factura electrónica que garantizará la interoperabilidad de las facturas emitidas frente a cualquier órgano de la Administración.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda y del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, dispongo:

Artículo 1. Objeto.

Constituye el objeto de la presente orden el establecimiento de unos estándares y condiciones técnicas uniformes en la emisión y remisión de facturas que afecten al ámbito subjetivo de la orden, y la regulación de la forma de prestar el consentimiento cuando la Administración sea destinataria de las facturas.

Artículo 2. Ámbito subjetivo.

La presente orden será de aplicación a la Administración General del Estado y a los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.

Artículo 3. Consentimiento para la remisión de facturas electrónicas a la Administración General del Estado o sus organismos públicos vinculados o dependientes.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a las Servicios Públicos, que habilita a las Administraciones Públicas para que en determinados supuestos puedan establecer la obligatoriedad de comunicarse con ellas utilizando sólo medios electrónicos, la utilización de medios electrónicos para la remisión de facturas electrónicas destinadas a las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito de aplicación de esta orden estará condicionada al consentimiento expreso de éstas. Cuando un Departamento ministerial u organismo público preste el consentimiento para recibir facturas en soporte electrónico, tal consentimiento tendrá carácter general y se extenderá a todos los supuestos en los que sea destinatario de facturas. En la disposición por la que se haga público el consentimiento, se harán constar los formatos, de los establecidos en el anexo de la presente orden, en que se admitirán las facturas electrónicas.

Artículo 4. Condiciones técnicas de la remisión de las facturas electrónicas destinadas a, o presentadas ante, la Administración General del Estado o sus organismos públicos vinculados o dependientes.

La autenticidad del origen e integridad del contenido de las facturas electrónicas que tengan por destinatario las Administraciones Públicas a las que se aplica la presente orden, en el ámbito de la contratación administrativa, así como la de aquellas que, expedidas entre particulares, se presenten telemáticamente ante tales Administraciones Públicas en el curso de cualquier procedimiento administrativo, se garantizará mediante la exigencia de firma electrónica avanzada, en los términos previstos en el artículo 3.2 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

Estas facturas electrónicas deberán hallarse en el formato que se determina en el anexo de esta orden, ajustándose el formato de firma electrónica a la especificación XML-Advanced Electronic Signatures (XAdES), ETSI TS 101 903.

Artículo 5. Conversión de formatos de facturas electrónicas.

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio pondrá a disposición de los usuarios, a través de la página web http://www.facturae.es, las herramientas necesarias para asegurar la convertibilidad y compatibilidad del formato establecido en esta orden y de aquél o aquéllos que surjan como evolución del formato de factura electrónica de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final segunda.

Artículo 6. Condiciones técnicas de la emisión de facturas electrónicas por la Administración General del Estado o sus organismos públicos vinculados o dependientes.

A las facturas que emitan en soporte electrónico las Administraciones Públicas, incluidas en el ámbito de aplicación de esta orden, les serán de aplicación las mismas condiciones que con carácter general se establecen en el artículo 4.

Disposición final primera. Habilitación para la modificación o establecimiento del formato de factura y de firma electrónica.

Se atribuye al Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información y al Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, la facultad de modificar, mediante resolución conjunta, previo informe del Consejo Superior de Administración Electrónica y de la Dirección General del Patrimonio del Estado, el formato de factura y de firma electrónica o establecer otro u otros, que se incluirán como anexo a esta orden y se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web http://www.facturae.es.

Disposición final segunda. Evolución del formato de la factura electrónica.

El formato de la factura electrónica establecido en el anexo se adecuará, transcurrido dos años desde la entrada en vigor de la presente orden, al formato UBL (Universal Business Language) o, en su caso, al formato que establezcan los organismos de normalización de la Unión Europea CEN (Comité Europeo de Normalización) o CENELEC (Comité Europeo de Normalización Electrotécnica), de forma que se permita la interoperabilidad de las facturas emitidas por cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 5 de octubre de 2007.-La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Maria Teresa Fernández de la Vega Sanz.

ANEXO

Formato de la factura electrónica

1. El formato de factura electrónica que establece la presente orden es el formato «Facturae».

2. El formato se encuentra descrito mediante un esquema XSD, XML Schema Definition, cuyos elementos principales son los que se muestran a continuación.

3. Obsérvese que lo aquí publicado, son sólo los elementos principales del formato «Facturae» y en ningún caso el formato completo.

4. Está realizado así para facilitar una mejor comprensión. Por ello, en muchos elementos aparece un símbolo «+». Esto significa que el elemento no se haya descrito completamente en este anexo. Encontrará la descripción íntegra en el esquema completo.

5. El citado esquema completo se encuentra disponible, de manera íntegra y actualizado, en la página Web http://www.facturae.es bajo el enlace «Esquema Formato Facturae». Al citado sitio Web es necesario acudir para la descarga real del esquema y poder adaptarlo posteriormente a una aplicación concreta.

6. El elemento «Extensions», permite incorporar nuevas definiciones estructuradas cuando sean de interés conjunto para emisores y receptores, y no estén ya definidas en el esquema de la factura.

7. El elemento «Signature», es el conjunto de datos asociados a la factura que garantizarán la autoría y la integridad del mensaje. Aunque se define como opcional para facilitar la verificación y el tránsito del fichero, debe cumplimentarse este elemento para que se considere una factura electrónica válida legalmente frente a terceros. El documento de política de firma, que debe seguir el formato «Facturae», para su uso con alguna Administración Pública del ámbito de la presente orden, se encuentra igualmente disponible en la página Web http://www.facturae.es bajo el enlace «Política de Firma Formato Facturae». En tal documento se recoge el formato que debe seguir este elemento. Esta política de firma se adaptará a la que establezca la Administración General del Estado.

8. Corresponde a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información y a la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos publicar y mantener actualizado el formato y garantizar la accesibilidad, integridad y no alteración del formato incluido en la página web (www.facturae.es).

 

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Tecnología de Albalia Interactiva


Conforme desarrollamos proyectos nuevos en nuestros clientes, vamos ampliando la panoplia de soluciones que podemos aportar.

Aunque Albalia Interactiva es básicamente una empresa de consultoría y asesoramiento legal, que no duda en recomendar herramientas de terceros y de software libre, también vamos desarrollando algunas piezas que pueden ser importantes para completar proyectos de firma electrónica, banca electrónica, factura electrónica o gestión documental.

Uno de los resultado es nuestro SDK de firma electrónica.

También son importantes algunos productos que distribuimos como los complementos Grabba para PDAs y Smartphones, o las soluciones de certificación y validación de Ascertia.

Entre las plataformas que hemos desarrollado, se encuentra Faccil, entorno «llave en mano» para colectivos y organizaciones que desean desplegar soluciones comunes de facturación electrónica.

Y todo ello integrándose en una arquitectura de entornos de firma y gestión documental que hemos diseñado para dar cobertura a la gestión de todo tipo de documentos electrónicos en la empresa privada y en la administración pública.

 Tecnologia Albalia

Los módulos de Albalia complementan las infraestructuras disponibles en las organizaciones (a menudo de proveedores diferentes) resolviendo todas las necesidades de gestión de los procesos de negocio, combinando gestión transaccional y gestión documental.

Gracias al concepto modular, es posible adoptar una arquitectura integral, conceptualmente completa, aunque se utilicen herramientas de diferentes proveedores.

Validación de Certificados


En Albalia Interactiva estamos muy preocupados sobre la forma de simplificar la realización y verificación de las firmas electrónicas. Por eso recomendamos emplear la variante ES-X-L de las normas TS 101 733 y TS 101 903, de forma que la firma se genere de forma completa en origen, liberando al receptor del problema de conocer sobre cualquier prestador de servicios de certificación, si un certificado está revocado o no.

Sin embargo, el receptor, especialmente en grandes empresas y entornos institucionales, no puede confiar en que las firmas le lleguen siempre de forma completa, y tendrá que disponer de una infraestructura que le permita completarla. Si los certificados estuvieran correctamente codificados en todos los casos, bastaría con acceder a la URL del servicio OCSP indicado en el campo AIA y consultar al propio PSC que emitió el certificado.

Pero una opción más sencilla es recurrir a servicios de consulta de revocación que aglutinen a múltiples PSC. En este sentido, Albalia ha firmado un acuerdo con Certiver para integrar los servicios de consulta multi-CA en sus soluciones de firma y validación electrónicas.

Merced a este acuerdo, las siguientes autoridades de certificación se pueden validar en un único punto, bajo el concepto de «ventanilla única»:

NOMBRE DE LA CA URL
A-Trust http://www.atrust.at/
AC ABOGACIA http://www.acabogacia.org/
AC Camerfirma Certificados Camerales http://www.camerfirma.com/
ACC-Admin Local http://www.catcert.net
ACC-Funció Pública http://www.catcert.net
ACC-GenCat http://www.catcert.net
ACCV http://www.accv.es/
ACTALIS http://www.actalis.it
Adacom S.A. http://www.adacom.com/
Agència Catalana de Certificació (ó ACC) http://www.catcert.net
Ancert-Not-Corporativos http://www.ancert.com
Ancert-Not-Personales http://www.ancert.com
Ancert-Not-Sistemas http://www.ancert.com
Ancert-Notariales http://www.ancert.com
Ancert-Priv-Personales http://www.ancert.com
Ancert-Privados http://www.ancert.com
Ancert-Pub-Corporaciones http://www.ancert.com
Ancert-Publicos http://www.ancert.com
ANF AC http://www.anf.es
ASCERTIA http://www.ascertia.com
Austrian Grid http://ca.austriangridca.at/
AuthentiDate International AG http://www.authentidate.de/
BANCA DI ROMA S.p.A http://www.bancaroma.it
Banca Monte dei Paschi di Siena S.p.A http://www.mps.it/
Banesto http://www.banesto.es/index.html
BanestoClientes(sub) http://www.banesto.es/index.html
Belgacom E-trust http://www.e-trust.belgacom.be/
BNP PARIBAS http://entreprise.bnpparibas.fr/certification
Cable & Wireless http://www.cwsecurity.net/
Camerfirma – CertiVeR http://www.camerfirma.com/
Camerfirma – con poderes http://www.camerfirma.com/
Camerfirma – sin poderes http://www.camerfirma.com/
Canada-GridCanada http://www.gridcanada.ca/ca/
CEDACRI S.p.A (Già Cedacrinord S.p.A) http://www.cedacri.it/
CERES-FNMT http://www.cert.fnmt.es/
CERN CA http://service-grid-ca.web.cern.ch/service-grid-ca/
CERTEUROPE http://www.certeurope.fr/
Certification Authority Ministry of Public Administration http://www.gov.si/ca/eng/
CERTIGREFFE http://www.CERTIGREFFE.FR/
CERTINOMIS http://www.certinomis.com/
CERTIPOST http://www.certipost.be
Certplus http://www.certplus.com/
CERTUM GENERAL CERTIFICATION AUTHORITY https://www.certum.pl
CesNet New http://www.cesnet.cz/
CesNet Old http://www.cesnet.cz/
Chambers of Commerce Root http://www.chambersign.org/
China-IEHP https://gridca.ihep.ac.cn/
CNIPA – Centro nazionale per l’informatica nella pubblica amministrazione http://www.cnipa.gov.it/site/it-IT/
Comando C4 Difesa – Stato Maggiore della Difesa http://www.pkiff.difesa.it
Comando Transmisioni e Informazioni Esercito (già Comado C4-IEW) http://www.eicert.esercito.difesa.it
CONSIGLIO NAZIONALE DEL NOTARIATO https://ca.notariato.it/
Consiglio Nazionale Forense http://ca.consiglionazionaleforense.it/
CONSORZIO CERTICOMM http://www.certicomm.it
CREDIT AGRICOLE http://www.ca-certificat.com
CYBERTRUST http://www.cybertrust.com
D-Trust https://www.d-trust.net/internet/content/d-trust-roots.html
D-Trust Chambersign Deutchsland http://www.d-trust.net/ihk
DFN Basic Classic http://www.dfn.de/content/
DFN Basic Grid http://www.dfn.de/content/
DFN Basic Root http://www.dfn.de/content/
DFN-PCA http://www.dfn-pca.de/
DigiNotar http://www.diginotar.nl/
DLRG CA http://www.dlrg.de/
DSV http://www.s-trust.de/
E-COMMERCE PKI http://www.ecommercepki.com/
e-commercePKI http://www.ecommercepki.com/
Equifax Secure e Business CA http://www.equifaxsecure.co.uk/
Euro Trust http://www.eurotrust.dk
EuroPKI Austrian CA https://europki.iaik.at/
Finsign http://www.fineid.fi/
Firma Profesional http://www.firmaprofesional.com/NW/home.html
Firma Profesional Subordinada http://www.firmaprofesional.com/NW/home.html
FirmaProfesional http://www.firmaprofesional.com/NW/home.html
France – CNRS http://www.cnrs.fr/
France – CNRS Grid http://www.cnrs.fr/
France – CNRS Proj http://www.cnrs.fr/
GlobaChamberlSign http://www.globalsign.com/
GLOBALSIGN http://www.globalsign.com
Greece-Hellas Certification Authority http://pki.physics.auth.gr/hellasgrid-ca/
Hiteles http://www.giro.hu/
I.T TELECOM S.r.l http://www.firmasicura.it/home.asp
Idem-Sign http://www.siltanet.fi/
InfoCamere http://www.infocamere.it/
INTESA http://e-trustcom.intesa.it
IpsCA http://www.ipsca.com
IpsCAB1(sub) http://www.ipsca.com
IpsCAB2(sub) http://www.ipsca.com
IpsCAB3(sub) http://www.ipsca.com
Ireland – Grid Ireland https://www.cs.tcd.ie/grid-ireland/gi-ca/
ISABEL http://www.isabel.be
Israel – IUCC http://certificate.iucc.ac.il/
Italy-INFN http://security.fi.infn.it/CA/
IZENPE, SA http://www.izenpe.com
KEYNECTIS http://www.keynectis.com/
KMD-CA http://www.kmd-ca.dk/
KPN Telecom http://certificaat.kpn.com/
Lidia CA (TU Darmstadt) http://www.informatik.tu-darmstadt.de/TI/Forschung/LiDIA-CA/Lidia-ca-homepage/
LOMBARDIA INTEGRATA S.p.A (LISIT) http://www.lisit.it/
Matav Trust Center http://www.eszigno.matav.hu
Medizon http://www.medizon.de
MULTICERT http://www.multicert.com
NetLock CA http://www.netlock.net/
OSIS http://www.osis.uk.net/
Pink Roccade https://pki.pinkroccade.com/
PKI Partner http://www.pkipartner.com
PKI partner http://www.pkipartner.com/
Poland – PolishGrid http://www.man.poznan.pl/pcss/public/main/index.html
Portugal – LIP http://www.lip.pt/
Portugal – LIP CA http://www.lip.pt/
POSTECOM http://www.postecom.it
Posten http://www.posten.se/m/home
RACER http://www.camerfirma.com/
Russia – RGrid http://ca.grid.kiae.ru/RDIG/
Sanpaolo IMI S.p.A http://ca.sanpaoloimi.com
ScandTrust http://www.scandtrust.se/
ScanTrust http://www.scandtrust.se/
SEE- Grid CA http://www.grid.auth.gr/pki/seegrid-ca/
SG TRUST SERVICES http://www.sgtrustservices.com/
SI-CA https://www.si-ca.org
Sigillum http://www.sigillum.fr/fr/press.html
SigillumActDept(sub) http://www.banesto.es/index.html
Slovakia Grid http://www.ui.savba.sk/
Slovenia – Signet https://signet-ca.ijs.si/
SOGEI S.p.A http://ca.sogei.it
Sonera http://www.sonera.fi
Space Hellas http://www.spacehellas.com/
Spain – DataGrid http://grid.ifca.unican.es/
SwissSign http://www.swisssign.com/
TC Trust CenterAG http://www.trustcenter.de/
TDC Internet http://www.certifikat.dk/
Telefonica/ACE http://www.ace.es/
Telia http://www.telia.se
TFH Berlin http://www.tfh-berlin.de/
TheGlobaltrustauthority http://www.globaltrustauthority.org/
TRUST ITALIA http://www.trustitalia.it/
Trust Services http://www.btglobalservices.com/en/products/trustservices/
Trustis http://www.trustis.com/
TU Freiberg CA http://tubaf-ca.hrz.tu-freiberg.de/
TUB CA http://ca.tu-berlin.de/TUB-CA/
UK – eScience http://ca.grid-support.ac.uk/
Uni Kiel CA http://www.informatik.uni-kiel.de/
USA – DoE Grids Sub http://www.doegrids.org/
USA – ESNet http://www.es.net/
USA – FNAL http://computing.fnal.gov/cd/
Verisign http://www.verisign.com
Wiskey http://www.wiskey.com
Zebsign http://www.zebsign.com/

Libro «La Factura Electrónica»


ASIMELEC y Red.es han editado conjuntamente el librito «La factura electrónica» dentro de las iniciativas del Plan Avanza entre las que Red.es ha editado varios libros más, sobre diferentes especialidades.

El pasado día 29 de marzo de 2007 tuvo lugar en el Auditorio de CaixaForum de Barcelona la presentación oficial de este libro con un nivel de asistencia que superó todas las expectativas. El libro, del que se contaba con 200 ejemplares que se entregaban a los asistentes, se agotó, y hubo de establecerse un procedimiento para hacérselo llegar a las más de 100 personas que se quedaron sin él.

eFactura en BarcelonaLa presentación se enmarcaba en un evento que sobre factura electrónica organizaba la Fundación Barcelona Digital con la colaboración de CIDEM, Ayuntamiento de Hospitalet, CETEI, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y Red.es.

En el la presentación del libro intervinimos Sergio Pérez por parte de Red.es y yo mismo, en representación del Grupo de eFactura de ASIMELEC. En el evento participaron igualmente representantes del Consorcio Digital y de la Caixa y se presentaron resultados del proyecto de factura electrónica del Ayto. de Hospitalet, con ANF/Tradise y Jokers Computer.

Un resumen más amplio puede encontrarse en Arbol de Noticias y se reproduce a continuación:

La Fundación Barcelona Digital acerca a la PYME la factura electrónica
• Más de 250 profesionales asisten al Debate sobe la Economía Digital celebrado en el CaixaForum
• El sistema de facturación digital ahorra recursos, optimiza los recursos humanos i mejora la productividad de las empresas
• El proceso de adaptación es sencillo para la empresa, ya que la mayor parte del trabajo la hace el proveedor de tecnología.

Barcelona, 30 de marzo de 2007.-  La factura electrónica es una herramienta imprescindible para mejorar la productividad de la empresa. Así han coincidido los diferentes ponentes que han participado en el debate “Factura electrónica en la PYME” celebrado ayer en el CaixaForum de Barcelona dentro de los Debates sobre la Economía Digital que organiza la Fundación Barcelona Digital.

Las cifras mostradas por algunos de los ponentes y que recoge también el manual “La factura electrónica” editado por el Plan Avanza del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, presentado durante la jornada, ponen de manifiesto que los empresarios pueden ahorrar hasta unos 3€ por factura con un sistema digitalizado. De este modo se reducen costes, se agiliza el proceso de archivo y conservación, se optimizan los recursos humanos y se gana en seguridad y eficacia. Para quien emite la factura, el ahorro se calcula que puede ser de 0,70€, mientras que al receptor le cuesta 2,78€ menos.

La sesión estuvo moderada por Víctor Vergés, responsable del Programa del CIDEM, quien ha empezado el debate manifestando que en 2007 “ya es hora que dejemos de tener una carpeta llena de papeles. La factura electrónica nos permite dar un salto adelante y mejorar la productividad de la empresa de forma sencilla y con un proceso de gestión más ágil”. A lo largo del debate, los ponentes han puesto énfasis en e hecho que el sector de la PYME, por sus particularidades, es uno de los más resistentes a iniciar este tipo de cambios, pero su participación es fundamental para mejorar la productividad.

Hospitalet de Llobregat ha sido uno de los municipios pioneros en impulsar este tipo de procesos. Francesc Banchs, jefe del Servicio de Ocupación y Empresa del área de Promoción Económica del Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat, ha presentado la experiencia de esta localidad barcelonesa en la implementación del uso de la factura digital. Se trata de una iniciativa pionera que según él asegura, “no tiene por objetivo sólo normalizar la factura electrónica sino que el reto es llegar a la PYME digital”.

La Fundación Joan XXIII a través de su Centro de Tecnologías Ituarte (CETEI) ha sido la encargada de llevar a cabo el proyecto en la ciudad de Hospitalet. Según Joseph Menéndez, director general de la Fundación Joan XXIII, “las facturas constituyen uno de los aspectos que genera más volumen de trabajo para las empresas y unos costes excesivamente elevados”. El proyecto ha implantado la certificación digital en cinco empresas. Según explica Menéndez, esto puede parecer una cantidad muy pequeña pero se trata de hacer que funcione como una mancha de aceite y que a partir de esta experiencia otras empresas vean los resultados y se animen también a ponerlo en práctica.

Sergio Pérez, coordinador de Red.es, ha presentado las iniciativas que desde el Ministerio se están llevando a cabo para fomentar este tipo de innovaciones tecnológicas especialmente entre la PYME. Aprovechando esta jornada se ha presentado el manual “La factura electrónica” editado por el Plan Avanza con la intención de hacer llegar a los empresarios información sencilla y práctica sobre qué ventajas les aporta la factura electrónica y cómo implantarla.

El Coordinador del grupo Factura electrónica de la ASIMELEC (Asociación Española de Electrónica y Comunicaciones), Julián Inza, ha destacado el nivel de la normativa española en este ámbito. “Nuestro sistema de facturación electrónica sirve a toda Europa, ya que es el más exigente en cuanto a criterios de certificación y garantía entre los países europeos”. Inza ha destacado la importancia de desarrollar y perfeccionar el marco legal antes del 2010, fecha en que está previsto que todas las facturas dirigidas a las administraciones públicas se hagan digitalmente.

“La economía española tiene un problema de pérdida de competitividad, en gran parte por la falta de digitalización de los procesos de negocio” ha alertado Francisco de Quinto, secretario del Consorcio Digital, y ha manifestado la necesidad que las PYMES se incorporen a estos cambios. Por otro lado, Pilar Franquet, consultora de Servicios Financieros de “la Caixa” ha explicado la experiencia de la entidad financiera, que ha puesto al alcance de sus clientes una plataforma que permite la factura digital con buenos resultados, mejorando la agilidad de las tareas de archivo y conservación de la documentación, la reducción de los costes, la optimización de los recursos humanos y una mayor eficiencia. Franquet se muestra optimista y cree que “finalmente la factura digital se acabará generalizando como lo han hecho el correo electrónico o los billetes electrónicos de avión”.

La parte práctica la han puesto Jordi Albareda, socio de ANF AC & Tradise, proveedor en el proyecto que se ha desarrollado en Hospitalet y verónica Puig, jefa de administración de Jokers Computer, una de las cinco empresas que se acogieron a este programa piloto. Jordi Albareda apunta que uno de los principales problemas que han detectado es el desconocimiento y la falta de concreción que existe a la hora de definir un producto como la factura digital para conseguir que los empresarios se animen a utilizarlo. Verónica Puig, de Jokers Computer, ha animado a otras empresas a utilizar el sistema digital, ya que asegura que para los empresarios es “un proceso sencillo en que la mayor parte del trabajo inicial lo hace el proveedor de tecnología”.

El acto celebrado en el CaixaForum se enmarca dentro del programa ”Debates de la Economía Digital” que organiza mensualmente la Fundación Barcelona Digital para promover y difundir a partir de iniciativas avanzadas, el uso intensivo y extensivo de las TIC en la empresa, las instituciones y la sociedad civil. Los “Debates sobre la Economía Digital” están promovidos por el CIDEM, el 22@Barcelona y la Entidad pública red.es.

Ya que Fernando Pino y yo somos los autores del libro, contamos con algunos ejemplares en Albalia Interactiva que podemos enviar a quienes lo soliciten (nuestros clientes tienen preferencia).

DNI-e. Centro de Tecnología del DNI electrónico dirigido al sector empresarial, en especial a las Pymes y Micropymes


Por su interés, reproduzco el artículo  que Miguel Azorín-Albiñana (Subdirector General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio) ha publicado en la Revista de ASTIC, (Asociación Profesional del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado) y que define un conjunto de iniciativas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para impulsar la adopción del DNI electrónico que aplaudo desde este humilde Blog.

La verdad es que me he sentido muy identificado por todo lo que se indica en el artículo.

Entre los puntos clave, cabe destacar:

  • El Centro deTecnología para el DNI-e tiene por objetivo potenciar el uso de la identidad digital, de la firma electrónica, de los documentos electrónicos y de la factura electrónica en el sector empresarial
  • Se está creando un sitio web para soporte y divulgación del uso del DNI-e basado en el gestor de contenidos MS CMS dirigido a los sectores industriales, y en particular a la pyme y micropyme
  • Las diez actuaciones que se están llevand oa cabo estarán terminadas a finales de marzo de 2007 y van a permitir a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información disponer de un centro avanzado de tecnología sobre el uso del DNI electrónico

El Ministerio de Industria Turismo y Comercio, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1554/2004,de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria Turismo y Comercio, tiene entre sus competencias el diseño y ejecución de proyectos que favorezcan la integración de las tecnologías de la información en todos los ámbitos de la actividad económica y social, y el impulso y la coordinación de los planes, proyectos tecnológicos y programas de actuaciones para el desarrollo e implantación de la sociedad de la información; en especial, lo referente al acceso, la identificación digital y desarrollo en servicios y contenidos, en colaboración con los departamentos, Administraciones y entidades públicas implicados, así como con los sectores económicos y sociales públicos y privados afectados.

Por una parte, el Plan Avanza, aprobado por el Consejo de Ministros del 4 de noviembre de 2005, se orienta a conseguir la adecuada utilización de las TIC para contribuir al éxito de un modelo de crecimiento económico basado en el incremento de la competitividad y la productividad, la promoción de la igualdad social y regional y la mejora del bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos.

Por otra, el 7 de julio de 2005, se firmó un acuerdo de colaboración entre el Ministerio del Interior y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para el desarrollo del proyecto técnico del Documento Nacional de Identidad electrónico.

Mediante el citado Acuerdo, el MITYC adquirió obligaciones relativas a la financiación de una parte del proyecto por un importe de 11.642.000, así como a la colaboración en la definición y extensión de uso del DNI-e, a la difusión y patrocinio en el ámbito de la Sociedad de la información, al asesoramiento en las funcionalidades y capacidades tecnológicas y su adecuación a estándares y normas europeas e internacionales, a la puesta en marcha de un proyecto piloto que permitiese probar los certificados electrónicos incluidos en elDNI-e en los procedimientos internos y externos del Ministerio y a la puesta a disposición de ciudadanos y empresas de la primera ventanilla virtual que aceptase el DNI-e para tramitar los procedimientos externos.

Este acuerdo finaliza el 31 de diciembre de 2006, y si bien está prevista su prórroga de común acuerdo por ambas partes, el desarrollo actual del proyecto aconseja elaborar un nuevo acuerdo, que permita impulsar el proyecto del DNI-e para que sea una realidad para la mayor parte de los ciudadanos.

Fruto de estos acuerdos, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha puesto en marcha la creación de un centro de tecnología para el DNI-e dirigido al sector empresarial, en especial a las PYMES y MICROPYMES. El Centro de Tecnología para el DNI-e tiene por objetivo potenciar el uso de la identidad digital, de la firma electrónica, de los documentos electrónicos y de la factura electrónica en el sector empresarial aprovechando la oportunidad que proporcionan los certificados electrónicos contenidos en el DNI-e así como loscertificados de personas jurídicas y de representación que se están expidiendo por los diferentes prestadoresde servicios de certificación reconocidos por el Ministerio de Industria,Turismo y Comercio.

La necesidad de este Centro se ve reforzada por la toma en consideración en el Consejo de Ministros el pasado 17 de noviembre, del anteproyecto de Ley de Medidas de impulso de la Sociedad de la Información, en el que se introducen preceptos dirigidos al empleo de la factura electrónica y el uso de los medios electrónicos en todas las fases del proceso de la contratación, estableciéndose la obligatoriedad de la factura electrónica en el marco de la contratación pública estatal.

El citado anteproyecto de Ley prevé que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio impulsará el empleo de la factura electrónica entre los diversos agentes del mercado, en particular en las pequeñas y medianas empresas y en las denominadas microempresas, con el fin de fomentar el desarrollo del comercio electrónico. En esta línea de actuación, se enmarca el proyecto de creación del Centro de Tecnología para el DNI-e, cuya finalidad es la de dar soporte y asistencia a las pequeñas y medianas empresas en el uso de la identidad digital, en especial en la utilizacióndel DNI-e, así como en los procesosde relación con la Administración; en la celebración de contratos entre empresas, en la firma de documentos electrónicos y facturas electrónicas y en el establecimiento de medios de pago basados en el uso del nuevo DNI-e.

Para la consecución de estos objetivos se han definido las siguientes diez actuaciones:

Desarrollo y optimización de componentes para la firma electrónica basada en el uso del DNI-e

Tomando como base y evolucionando el software desarrollado en la Subdirección General de Tecnologíasde la Información y las Comunicaciones del MITYC se procederán a realizar los siguientes desarrollos:

Componente de firma

El componente actualmente disponible en el Ministerio se basa en tecnología activeX y el estándar de firma XAdES-BES. Deberá modificarse para utilizar otro estándar de firma que permita la inclusión de información adicional de firma (como por ejemplo el sellado de tiempo), utilizando alguno de los estándares definidos por la ETSI (XAdES-T, XAdES-C, …).

Por otra parte su desarrollo como componente activeX limita su utilización al entorno Microsoft. Dado que este tipo de componentes deben de ser multiplataforma se deberá recodificar mediante el uso de JAVA. La especificación ETSI TS 101 903 v1.3.2 define cuatro formatos de firma electrónica avanzada XML (XAdES): Firma básica (XAdES-BES), Firma basada en política explícita (XAdES-EPES), y Firma con tiempo de validación (XAdES-T) y Firma con datos completos de validación (XAdES-C). Estos formatos pueden extenderse dando lugar a Firmas extendida con formato de tiempo (XAdES-X), Firmas largas extendidas con tiempo(XAdES-X-L) y Firmas con archivo (XAdES-A).

Componente de verificación de firma

El componente actual permite la verificación de firmas XML-Signature y XAdES-BES.

Deberá modificarse para que se permita, al menos, la verificación de otros estándares de firma ampliamente utilizados como PKCS#7 o XML-Signature.

Componente de sellado de tiempo

Dada la importancia en las relaciones contractuales de que una tercera parte de confianza pueda dar fe de lafecha en que una transacción entre dos particulares fue realizada, se desarrollará un nuevo componente que permita el sellado de tiempo o «time-stamping».

El estándar de firma utilizado deberá permitir la inclusión de este tipo de información.

Componente de validación de certificados

La Dirección General de la Policía (en adelante DGP) ha llegado a un acuerdo para proporcionar al MITYC acceso a la lista de certificados revocados(CRL) del DNI-e. El Sistema de Gestión de Certificados (SGC) que actualmente existe en el MITYC, realiza la validación de certificados X.509 v3 de laFNMT y de otros prestadores de servicios de certificación mediante el acceso remoto a listas de CRLs (vía LDAP o interfaces normalizados)

Portal de soporte y divulgación

Se está creando un sitio web para soporte y divulgación del uso del DNI-e basado en el gestor de contenidos MS CMS dirigido a los sectores industriales, y en particular a la pyme y micropyme que al menos dispondrá de las siguientes áreas:

  • Área de formación, que reúna todo el material formativo disponible, incluyendo guías, casos de éxito, recomendaciones, manuales así como material multimedia expresamente desarrollado sobre el uso del DNI-e.
  • Área de servicios, que permita el acceso a servicios de valor añadido basados en el uso del DNI-e
  • Área de información, que proporcione información divulgativa sobre la existencia y actividades llevadas a cabo en el Demostrador del Centro de Soporte para el DNI-e

Servicios de Valor Añadido

Se desarrollarán servicios de valor añadido basados en los componentes de firma generados y accesibles a través del portal creado.

Entre ellos se facilitarán las siguientes utilidades relacionadas a continuación.

Servicio de firma de documentos electrónicos

A partir de los componentes de firma desarrollados (ya mencionados) se implementará un servicio de firma de documentos electrónicos accesible vía web.

Servicio de verificación de firma y formato de documentos electrónicos

A partir de los componentes de firma desarrollados se implementará un servicio de verificación de firma y formato de documentos electrónicos accesible vía web.

Servicio de visualización de documentos firmados

A partir de los componentes de firma desarrollados se implementará un servicio de visualización de documentos firmados accesible vía web.

Servicio de sellado de tiempo

A partir de los componentes de firma desarrollados se implementará un servicio de sellado de tiempo accesible vía web.

Servicio de validación de certificados

Incluyendo la validación de certificados de PSC publicados en la web del MITYC y el servicio de validación de los certificados del DNI-e.

Sistema de CRM

En la actualidad el MITYC dispone de una herramienta de CRM desarrollada a partir del producto de software libre OpenCRX que da servicio a las siguientes aplicaciones:

  • Usuarios de Telecomunicaciones
  • Televisión Digital Terrestre
  • Oficina Virtual
  • Servicio de Información Administrativa
  • Ayudas

Se realizará la adaptación de esta herramienta para dar servicio de atención telefónica a las dudas planteadas por los usuarios de los sectores empresariales, pymes y micropymes, en lo relativo a la implantación y utilización práctica de la firma electrónica y la factura electrónica basadas en el DNI-e.

El sistema estará integrado por, al menos, dos niveles técnicos desoporte:

  • Nivel 1, formado por los operadores, que dará respuesta a cuestiones básicas
  • Nivel 2, formado por un grupo de técnicos, que dará respuesta a las preguntas que les sean remitidas por los operadores.

Una vez resueltas serán comunicadas al operador para que remita las respuesta al usuario.

Contenidos divulgativos sobre el uso empresarial del DNI-e

Utilizando como soporte el portal creado para la divulgación del uso del DNI-e por parte del mundo empresarial, se generará documentación que contribuya a su difusión y formación.

Se realizará un estudio previo que permita determinar la justificación o no del uso de una solución de eLearning o blended-eLearning basada en plataforma CMS, LMS o LCMS.

La documentación generada, públicamente disponible, estará integrada por: material multimedia, guías, casos de éxito, recomendaciones y manuales.

Deberá ser de alta calidad tanto técnica como didáctica. Se prestará especial atención a difundir las tareas a realizar por parte de las unidades de informática de las empresas del sector industrial para implantar soluciones basadasen el DNI-e, entre las que destacan:

  • Instalación de certificados raíz y subordinados de la Autoridad de Certificación para el DNI-e en los servidores.Se detallarán las particularidades para los entornos operativos más extendidos en la actualidad (Windows Server 2003, Unix – Solaris, HP-UX- y GNU/Linux – Debian, RedHat, SuSE) y los servidores web más utilizados (Apache y Microsoft IIS).
  • Instalación de certificados raíz y subordinados de la Autoridad de Certificación para el DNI-e en los clientes. Se detallarán las particularidades para los navegadores más extendidos en la actualidad (MS Internet Explorer, Firefox, Opera, Mozilla)
  • Verificación y configuración de los propósitos de los certificados raíz instalados
  • Instalación en los clientes de los módulos criptográficos necesarios para el acceso a los certificados contenidos en el soporte físico del DNI-e para los diferentes. Se detallarán las particularidades para los sistemas operativos y navegadores más extendidos en la actualidad
  • Verificación y configuración de la configuración de seguridad del sistema operativo para permitir la descarga de los componentes necesarios.

Acciones formativas sobre el uso del DNI-e

Se elaborará documentación multimedia en soporte CD/DVD que sirva para realizar acciones formativas dirigidas a empresas y representantes de los diferentes sectores implicados mediante la organización de jornadas sectoriales y seminarios. En particular se dirigirán a:

  • Sectores con relación directa con los consumidores: Financiero, Energético, Telecomunicaciones, Seguros, Grandes superficies, Transporte (aéreo, ferrocarril y autobús), Agencias de viajes
  • Microempresas y PYMES de los siguientes sectores: Eléctrico, Telecomunicaciones, Seguros, Pequeño y mediano comercio, Minero, I+D, Químico, Industrial, Farmacéutico, Agencias de viajes.

Estudio y desarrollo del pago electrónico basado en el DNI-e

Se elaborará un estudio sobre normalización y especificaciones del pago electrónico basado en el DNI-e que garantice la interoperabilidad y estandarización de los sistemas a implementar, sin necesidad de utilizar un nodo intermedio, a través de un mecanismo bilateral entre el ordenante del pago y la entidad financiera que origine un movimiento de fondos a favor de una Administración Pública.

Tratándose de un elemento esencial para el desarrollo del comercio electrónico, cobra especial importancia el papel a desempeñar por operadores de telecomunicaciones, entidades financieras y legisladores.

Entre la normativa jurídica a considerar se encuentra la Ley 44/2002,de 22 de Noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero (transposición de la Directiva 2000/46/CE) y la Ley 19/1985, de 16 de Julio, Cambiaria y del Cheque. El sistema que se desarrolle permitirá realizar operaciones telemáticas de pago basándose en la utilización de la firma electrónica reconocida.

Constará de dos subsistemas, uno a implementar en cualquier Organismo Público que recaude por vía telemática tasas y precios públicos (en adelante ORC, Organismo Responsable de Cobro), y otro en la Entidad Financiera de que se trate.

Estudio y desarrollo del documento y la factura electrónicos basados en el DNI-e

Se elaborará un estudio orientado a la definición del formato normalizado para el documento electrónico y la factura electrónica basados en el DNI-e, a partir del formato definido por la AEAT.

El núcleo jurídico actual para lafactura electrónica está integrado por la Orden HAC/3134/2002, de 5 dediciembre, sobre un nuevo desarrollo del régimen de facturación telemática, y la Resolución 2/2003 de 14 defebrero del Director General de la AEAT. Con la entrada en vigor del Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del Impuestos obre el Valor Añadido, se consolida la posibilidad de remitir las facturas por medios electrónicos, con el consiguiente ahorro de costes para las empresas.

Las obligaciones de las empresas que emiten facturas electrónicas son las siguientes:

  • Conservar los datos de las facturas. No es necesario conservar lasfacturas emitidas sino la «matriz» o Base de datos que permite generarlas
  • Asegurar su legibilidad en el formato original
  • Garantizar el acceso completo alas facturas: visualización, búsqueda selectiva, copia o descarga en línea e impresión
  • Firmar electrónicamente la factura o delegar esta acción en un tercero (subfacturación) o en el Receptor (autofacturación)
  • Contar con la aceptación por parte del receptor respecto al uso de esta modalidad de facturación

Las obligaciones de las empresas que reciben facturas electrónicas se resumen en:

  • Conservar las facturas recibidas en su formato original (electrónico) incluso aunque hayan sido necesarias transformaciones de datos internas. O delegar esta función en un tercero
  • Conservar la factura impresa con marcas gráficas PDF-417 (formato poco recomendable), o almacenada en otros tipos de soporte
  • Asegurar legibilidad en formato original
  • Garantizar acceso completo a las facturas: visualización, búsqueda selectiva, copia o descarga en línea e impresión
  •  Disponer de software que permita verificar la firma y la identidad del emisor, así como la vigencia del certificado

La e-factura deberá incorporar firma electrónica reconocida.

El sector financiero, de común acuerdo con la AEAT, propone un formato estándar de factura electrónica dirigido a las entidades de depósito y, en general, a quienes estén interesados en adoptarlo y que reúne las siguientes características:

  • Cumplimiento de los requisitos legales establecidos y de las condiciones establecidas por la AEAT para la facturación telemática
  • Universal: pueden utilizarlo todas las entidades de depósito y sus clientes
  • De libre uso: su utilización y posterior modificación no está sujeta al pago de cánones o a la autorización previa de una organización ajena al sector
  • Gratuito: se puede distribuir gratuitamente a las entidades de depósito y a sus clientes
  • Datos específicos de otros sectores económicos: preparado para admitir información consensuada y relativa a otros sectores económicos
  • Información Factoring: Permite registrar, opcionalmente, datos específicos de Factoring
  • Formato flexible, de fácil implementación e interoperabilidad, por lo cual, se ha seleccionado el lenguaje XML.

Sistema de verificación de la compatibilidad de los lectores de tarjetascon el DNI-e

Se desarrollará un sistema para la verificación de la compatibilidad de los lectores de tarjetas criptográficas con el DNI-e.

El laboratorio de pruebas del MITYC, a petición de empresas importadoras, fabricantes o distribuidoras, emitirá un distintivo que acredite la compatibilidad de lectores de tarjetas criptográficas con el DNI-e.

Estudio sobre el impacto y posible utilización del DNI-e en cajeros y terminales de puntos de venta

A partir del análisis del parque de cajeros automáticos de entidades financieras y TPVs existentes actualmente en el mercado español, se realizará un estudio sobre las posibilidades y servicios a ofrecer a través de estos dispositivos mediante el uso del DNI-e.

Las diez actuaciones que se estánllevando a cabo estarán terminadas a finales de marzo de 2007 y van a permitir a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información disponerde un centro avanzado de tecnología sobre el uso del DNI electrónico que será responsable de ofrecer al sector empresarial, PYMES y MICROPYMES asesoramiento, formación especializada, soluciones, componentes, servicios y programas para utilizar la firma electrónica, los documentos electrónicos y la factura electrónica, actuaciones que serán decisivas para incorporar las TIC en estos sectores, para el desarrollo del comercio electrónico y con ello el impulso y desarrollo de la Sociedad de la Información.

Nueva versión del formato de eFactura de CCI


logo-efactura.pngA mediados de enero de 2006 se ha publicado la nueva versión del formato XML de la Agencia Tributaria  y del Centro de Cooperación Interbancaria para la factura electrónica.

La actualización supone un paso importante en la convergencia internacional al tener las etiquetas (tags) redactadas en inglés, con lo que se facilita la interoperabilidad con estándares como UBL.

Por cierto, la especificación UBL ha sido ratificada tambiém el mes pasado como estándar en su versión 2.0 por los cmités de OASIS.

La especificación prevé el empleo de la firma electrónica XAdES en formato TS 101 903 (la modalidad que yo recomiento es la ES-XL)

Además la AEAT ha puesto en marcha un entorno de pruebas para que sus proveedores puedan ensayar el funcionamiento del interfaz SOAP de comunicación entre ordenadores.

Preguntas y respuestas sobre la eFactura en la Administración Pública


A raiz del reciente Primer Congreso de Factura Electrónica y Digitalización Certificada convocado por ASIMELEC, preparé para la prensa una serie de respuestas a una serie de preguntas. Me imagino que salió publicado, pero no sé el medio. Si alguien lo sabe, que me lo indique, por favor.

Incluyo los comentarios a continuación.

– En breve será obligatorio para las empresas realizar los trámites con la administración mediante factura electrónica. ¿Qué implicaciones tiene para las empresas este reto?

En principio esto solo va a afectar a las empresas que trabajan para la Administración, a las que ya hoy se les están exigiendo bastantes requisitos en los concursos y licitaciones. Este será uno más. Mientras no se determine la forma precisa de cumplir este requisito, y a la luz de la actual normativa sobre factura electrónica, lo cierto es que elaborar una factura electrónica es muy sencillo y lo puede hacer la propia empresa o gestionarla a través de una empresa de servicios.

– ¿En qué estado se encuentran actualmente en su adaptación a la e-factura?

La adopción de la factura electrónica por las empresas, al margen de las del sector de distribución y el de automoción que usan EDI desde hace mucho años, es desigual y con mucho potencial de crecimiento. Pero con la aparición de servicios de facturación como los que están creando las entidades financieras y los operadores seguramente se logrará aumentar su penetración en pymes y micropymes. Las empresas grandes están optando por adaptar sus sistemas incorporando firma electrónica y almacenamiento de documentos electrónicos, soluciones que habitualmente proporcionan proveedores tecnológicos miembros de ASIMELEC y las utilities (agua, saneamiento, electricidad, gas y comunicaciones) que ya llevan tiempo desarrollando soluciones destinadas a los usuarios finales, están cavilando sobre la forma de lograr que los consumidores acepten esta forma de recepción de facturas.

– ¿Qué tipo de empresas están llevando a cabo la implantación con mayor rapidez? ¿Cuáles se muestran más reticentes?

Normalmente la implantación es cosa de dos. Por lo menos. Lo habitual es que empresas que emiten muchas facturas inicien proyectos con sus mejores clientes, pensando en generalizarlo al resto y que las que las sobre todo reciben facturas empiecen con unos pocos proveedores. Con lo cual, la mayor parte de las iniciativas son sectoriales. Esto quiere decir que no puede afirmarse que lo hagan más rápido las grandes o las pequeñas, porque en cierto modo dependen unas de otras. Lo que ayuda a hacer despliegues rápidos es la «paquetización» de soluciones. Por ejemplo, en las últimas versiones de Contaplus ya existe la posibilidad de generar facturas en formato electrónico UBL, lo cual pone la factura electrónica al alcance de muchas empresas. También es muy rápido emitir facturas a través de plataformas ASP como Faccil. Podemos afirmar que, dependiendo del proyecto, en 2 días puede una empresa a facturar electrónicamente. Si bien los proyectos más complejos, que implican integración con sistemas ERP o modificaciones en la operativa de empresas grandes, pueden llevar varios meses.

– ¿A qué inversión tienen que hacer frente?

Las soluciones ASP suelen tener costes de alta, mensuales y unitarios por factura. Los costes de alta y mensuales suelen estar entre 30 y 50 euros, y los unitarios entre 5 y 20 céntimos de euro. Las soluciones ofimáticas de facturación con prestaciones de factura electrónica pueden costar entre 300 y 1.000 euros. Además hay que contar con los costes del equipamiento informático y de comunicaciones. En los casos en los que sea preciso utilizar certificados electrónicos su coste está entre 30 y 50 euros al año, si bien algunas entidades aplican tarifas de 400 euros por certificados que duran 2 años. Los servicios de consulta de validez de certificados y de fechado electrónico suelen costar de 1 a 4 céntimos de euro por factura.

– ¿Qué va a suponer para las empresas la e-factura? ¿y para la Administración?

Para las empresas pensar en adoptar la e-factura supone sobre todo la oportunidad de revisar y rediseñar los procesos completos de emisión y recepción de facturas, lo que supone un gran ahorro sobre el que se publican cifras por todas partes.  Ademá, otros efectos saludables que produce son las  mejoras de clima laboral, de relación entre proveedores y clientes, de gestión de tesorería y de reducción de morosidad.

La Administrador va a tener que revisar normativas de contratación y pago a sus proveedores que son en parte incompatibles con las de IVA, facturación y morosidad, sobre todo en lo que se refiere al control de plazos. Pero también se beneficiará de una mayor eficiencia y auditabilidad.

En todos los casos va a suponer la necesidad de «empaparse» de conceptos como la «firma electrónica» y el «almacenamiento de documentos electrónicos con valor legal«.

– ¿De qué manera repercutirá en su negocio?

Inicialmente hay algunas barreras porque los emisores deben lograr que los receptores acepten esta modalidad de facturación. Pero en general, incluso esa acción ya conlleva mejoras comerciales, ya que se crea la percepción de empresa avanzada y preocupada por la reducción de costes, lo cual es excelente en un proveedor. A veces, las empresas receptoras son las más interesadas en la factura electrónica y eso puede hacer que en algunas ocasiones discriminen positivamente a los proveedores que pueden remitírselas en ese formato. Y además lo incentivan con plazos de pago más rigurosos o, incluso, más breves. Y, desde luego las mejoras de eficiencia de unos y de otros redundan en la competitividad, sin duda alguna.

– ¿Qué inconvenientes les supone?

Inicialmente, el mayor inconveniente es que hay que mantener de forma paralela el circuito de gestión de facturas en papel mientras se implanta el de facturas electrónicas, pero no deja de ser el problema de cualquier migración. Un inconveniente que a veces se menciona es el de la complejidad relativa de gestionar certificados y firmas electrónicas. Pero por un lado, se ha llegado a simplificar mucho esta gestión, y por otro ya hay servicios de terceros que «se encargan de todo», de forma que el uso del sistema es tan sencillo que opaca la supuesta complejidad.

– ¿Qué ventajas les aporta?

Mayor eficiencia, mejor aprovechamiento de las habilidades de los empleados, ahorros directos, reducción de controversias, mejoras en los tiempos de resolución de incidencias, reducción de plazos de cobro, mejoras en la capacidad de negociación de los plazos de pago, mejores posibilidades de acudir a servicios financieros como el confirming y el factoring, mejora de la relación comercial, mejora de la imagen de la empresa. Y el cumplimiento de obligaciones cuando la facturación electrónica sea impuesta por una norma legal, por ejemplo, cuando el destinatario de la factura sea una administración pública.

– ¿Reducción de costes o gasto sin retorno?

Sin lugar a dudas, reducción de costes. Para el emisor está claro, al menos por la eliminación de los costes de correspondencia postal (el coste de conexión a Internet, que actualmente es de unos 30 euros al mes, es necesario por otras razones y está asumido por la entidad). Y en el lado del receptor, los costes de manipulación, clasificación, archivo y búsqueda suponen varios órdenes de magnitud de diferencia, si se compara gestión en papel respecto a gestión electrónica.

– Retos de la tecnología para garantizar un entorno seguro y fiable

No siempre la empresa deberá ocuparse de la seguridad del entorno si utiliza servicios de terceros, y desde luego los criterios de seguridad son menos exigentes que los que impone el Reglamento de Seguridad de la LOPD. Los retos se refieren a la autenticidad e integridad de los documentos electrónicos y a su disponibilidad en una inspección tributaria. Para gestionar firmas en XML (XAdES, según la norma TS 101 903 variante ES-XL) cabe la posibilidad de que el firmante incluya la información de validez del certificado obtenida de su PSC (Prestador de Servicios de Certificación) o que la inclya el receptor. En este segundo caso el principal reto es que el receptor puede recibir facturas firmadas electrónicamente con certificados expedidos por cualquier PSC español o europeo, lo que añade un plus de complejidad si no se conocen de forma anticipada sus características y condiciones de uso.

– ¿Cuál será el siguiente paso?

La mayor parte de los esfuerzos actuales van en la línea de la uniformización de las facturas en papel para que incluso cuando un expedidor no pueda usar factura electrónica, no haga las cosas más difíciles al receptor que intente digitalizarlas convirtiéndolas a letras y números mediante sistemas de reconocimiento óptico de caracteres. En este sentido el Grupo de Trabajo de Factura Electrónica de ASIMELEC está proponiendo plantillas de Factura Normalizada en papel para 3 niveles diferentes de complejidad de facturas. Los esfuerzos en la normalización de formatos electrónicos hoy dejan claro que serán 3 los formatos XML utilizados (UBL, CCI y GS1) mientras se consolidan las propuestas unificadoras de las Naciones Unidas (Cross Industry Invoice) y del Comité Europeo de Normalización (eInvoice Focus Group). Dentro de las firmas electrónicas el formato PKCS#7 (o CAdES, en referencia a TS 101 733) será residual aunque sus principios se usan en otros formatos como el de los ficheros PDF y el XAdES (TS 101 903) utilizado en XML en sus variantes básica y ES-XL. Desde el punto de vista normativo, el marco español y europeo es maduro, y solo quedan por resolver unos pocos flecos que a nivel de criterio se han definido ya en el borrador de orden ministerial publicado por la Agencia Tributaria.

Cuando finalmente sea obligatoria la factura electrónica para los proveedores de la Administración, como ya se ha anunciado desde el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, las diferentes administraciones deberán adaptar sus sistemas para aceptar facturas firmadas con certificados electrónicos de cualquier PSC.