Archivo de la categoría: Evidencias electrónicas

Las evidencias electrónicas son pruebas aportadas a un órgano jurisdiccional para demostrar que algo ha sucedido, o para identificar a su autor o las circunstancias en que aquello sucedió. Pero para que las acepte el juez, hay que cumplir algunos requisitos

Condenado por un caso de phishing, pharming, troyano


Por Alvaro del Hoyo, me he enterado de esta noticia publicada en El Correo Digital y que documenta el caso de una sentencia a «una mula» que interviene en un caso de phishing y similares. La «mula» es la persona que interviene en el paso de enviar y recibir dinero, muchas veces sin enterarse, o sin querer enterarse, de la procedencia del dinero.

Condenado por estafar 30.000 euros a un colegio de Getxo a través de Internet.

La noticia está firmada por O. B. OTÁLORA y A. DE LAS HERAS y sus e-mails pueden verse en la noticia publicada en la página web del Correo Digital.

Transcribo la noticia por si dejara de estar disponible en el medio original.

La Audiencia provincial vizcaína ha ratificado la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal número 5 de Bilbao a Oleksiy L., ciudadano ucraniano de 30 años, a dos años y medio de prisión por una estafa continuada de casi 30.000 euros vía Internet a un colegio de Getxo. Según ambas sentencias, a las que ha tenido acceso este periódico, el acusado abrió cuatro cuentas corrientes en distintas sucursales bancarias de Sevilla, que recibieron nueve transferencias no autorizadas oficialmente de importantes cantidades de dinero, de entre 3.000 y 6.000 euros, los días 1, 4 y 6 de diciembre de 2004.

Según la última resolución de la Sección Segunda de la Audiencia, el caso responde a una trama urdida por varias personas cuyas identidades se desconocen, entre ellas un ‘hacker’ que introdujo un virus ‘troyano‘ -programa que suele estar oculto bajo la apariencia de una fotografía o publicidad remitida por correo electrónico- en uno de los ordenadores del centro escolar. De esta forma, lograron violar las claves secretas de acceso y ordenar traspasos de dinero a los números de cuenta cuyo titular era Oleksiy L., anteriormente citadas.

Lo más sorprende de la estafa radica en que el ‘troyano‘ estaba alojado en la página de una empresa de Japón (sin que ellos lo supieran), de donde se descargó al sistema operativo del colegio vizcaíno. Las claves fueron enviadas a Estonia y las transferencias, realizadas desde Estados Unidos y Ucrania. Una perfecta red en la que el verdadero cerebro resulta difícil de desenmascarar.

La alarma saltó gracias al responsable de un banco que sospechó de la legalidad de una de las operaciones y realizó una llamada telefónica de confirmación. La directora del colegio negó haber ordenado ninguna traspaso de dinero en las fechas señaladas, y no le cabía ninguna duda ya que se trataba de días festivos. La responsable del centro educativo presentó una denuncia ante la Ertzaintza y expertos informáticos del cuerpo iniciaron entonces una investigación que concluyó con la detención en Sevilla de Oleksiy L.

Indemnización a la BBK

Durante el juicio, el único acusado, último escalón del entramado, alegó que abrió las cuentas como «favor» a varios compatriotas ilegales que trabajaban de temporeros en el campo y querían ingresar sus salarios. El inmigrante negó que conociera el origen ilícito del dinero, aunque admitió que días después escuchó que podía proceder de un robo. Esta versión no ofreció «credibilidad» al magistrado ni al tribunal que revisó la primera sentencia.

La sala ratifica la prisión provisional en que se encontraba el condenado por el riesgo de fuga y le condena a indemnizar con 20.868 euros a la BBK, entidad perjudicada que reclamaba como acusación particular más de 50.000 euros. La BBK devolvió en su día a la escuela parte del dinero transferido. Otro intento de estafa no llegó a materializarse y el dinero quedó retenido.

El Ministerio fiscal reclamaba la misma pena a la que finalmente ha sido condenado el inculpado; la acusación privada pedía tres años de cárcel, y la defensa solicitaba la libre absolución por considerar que no había delito.

Es muy importante que se produzcan noticias como esta para acabar con la sensación de impunidad y de bajo riesgo que se produce en caso de phishing, pharming, troyanos y similares.

Sorprende que teniendo estos tipos de fraude la incidencia que tienen y la alarma social que generan, no se hayan producido acciones más enérgicas de las entidades financieras que habitualmente siguen esquemas defensivos que aspiran únicamente a actuar de paliativo.

Es preciso dar algunos pasos que permitan localizar, perseguir, detener, juzgar y encarcelar a todos los participantes en las tramas de engaño, estafa y fraude que sustraen fondos por internet a los usuarios de la Banca Electrónica, causande un grave perjuicio en la imagen e incluso en los resultados de las entidades financieras. Y estas acciones deben llevarse a cabo en el marco de la legalidad y considerando todos los condicionantes de las operaciones transfronterizas.

Espero poder contaros en breve qué acciones se van desarrollando para combatir la impunidad.

Blogs relacionados con las evidencias electrónicas


Estos días estoy recopilando una lista de Blogs relacionados con las Evidencias Electrónicas, las Evidencias Digitales, la Informática Forense, la Computación Forense, las Peritaciones Informáticas, las Pruebas Digitales, …

(seguramente podría dedicar un post en este blog a discutir los diferentes términos que se pueden aplicar a disciplinas tan conexas).

He pedido ayuda a los amigos participantes en la lista de correo del Foro de las Evidencias Electrónicas para elaborar la relación de blogs, y de momento he recogido este pequeño elenco:

Además, aunque de temática muy amplia, el Blog de Enrique Dans, también toca a veces temas de seguridad y de capacidad probatoria de hechos en los que se ha utilizado la informática.

Yo, por mi parte, ya había ido encontrando algunos blogs de temática conexa:

Los sitios webs de abogados con marcado tono personal también me valdrían para este listado:

Y otros en los que se utilizan lenguas que me gustaría conocer:

Como pienso ir actualizando este post en concreto, voy a crear un mecanismo de control de versiones:

  • V1.0 (10 de julio de 2006) Versión inicial de las listas

Como investiga la Guardia Civil


Algunos libros se nos quedan grabados de forma extraña. Su mensaje se nos adhiere si los leemos en el momento oportuno.

Me ha pasado con los libros de Lorenzo Silva que nos acerca a la forma en la que se investigan los delitos en España, y, en particular en la Guardia Civil. En el último que he leido, «La reina sin espejo» Lorenzo describe de forma precisa los procedimienos judiciales y policiales españoles, tan distintos de los americanos, que son los que se nos hacen más habituales por la disponibilidad de literatura policíaca. En esta ocasión Vila y Chamorro lidian con un caso de asesinato en el que las nuevas tecnologías tienen un papel relevante, lo que es muy apropiado para un blog como este, centrado en las «Evidencias Electrónicas«.

Además refleja de manera interesante la forma en la que colaboran las distintas policías del estado, a pesar de la influencia política que impregna tantas cosas.

Este es el quinto título de esta pareja de la Guardia Civil. Los otros son: «El lejano país de los estanques», «El alquimista impaciente», «La niebla y la doncella» y «Nadie vale más que otro».

Contratación Electrónica y Arbitraje


Una de las iniciativas más interesantes que se están poniendo en marcha respecto a la contratación electrónica y la posibilidad de resolver controversias por via arbitral es Tractis. Detrás está la empresa Negonations impulsada con gran impulso emprendedor por David Blanco y con el respaldo de un selecto número de colaboradores dotados de una gran capacidad tecnológica.

Uno se siente orgulloso de que desde España se acometan proyectos de este tipo, que miran sin complejos a lo que es está desarrollando entre lo más avanzado del nuevo paradigma de la Maraña Mundial (World Wide Web).

El proyecto tendrá que lidiar con las diferencias legales y referenciales de paises disímiles, como los continentales o los anglosajones, con la cultura latina y la de la CommonWealth, con el derecho romano y la Common Law. Sin mencionar otras influencias como las del derecho árabe o del confuciano.

Y donde no lleguen las Comisiones Rogatorias y el alcance de los Tratados, puede llegar el consenso y el arbitraje.

La iniciativa es muy seria, con estudios legales y técnicos de cierta profundidad y con un planteamiento de negocio realista.

Una de las iniciativas que han iniciado ha sido la de recopilar en un Wiki la situación actual de la certificación digital y del arbitraje en España. Animo a todos los que se dedican a este negocio a que accedan y completen los datos que faltan.

Conclusiones del III Foro de las Evidencias Electrónicas


El Foro de las Evidencias Electrónicas surgió hace más de dos años con el objetivo de generar seguridad jurídica en el ámbito de las transacciones electrónicas, el intercambio de documentos y la creación y comercialización de contenidos que se generan diariamente en la Sociedad de la Información. Desde entonces, sus miembros han mantenido una comunicación permanente y numerosos debates a través de un foro electrónico, así como reuniones presenciales que han contado con la participación de expertos de reconocido prestigio en nuevas tecnologías y seguridad jurídica.

Conclusiones1- Es necesario seguir trabajando en la implementación del DNI electrónico, ya que se ha revelado como una herramienta fundamental y eficaz para generar seguridad en la red.

“Actualmente no existe seguridad jurídica en Internet y esta situación afecta cada vez a más personas. El DNI electrónico es una herramienta muy eficaz para garantizarla. En nuestro país, está cobrando una mayor relevancia (actualmente existe 5.000 documentos electrónicos en circulación), pero todavía es necesario un fuerte impulso por parte de todos”.

2- Es importante que todos apoyemos la lucha contra la vulneración de los Derechos de Propiedad Intelectual. Mañana nos puede afectar a nosotros.

“La ciberdelincuencia es un fenómeno cada vez más inquietante. El grado de tolerancia que existe hoy en día en la sociedad sobre algunas formas de ciberdelincuencia, como la descarga de música y vídeo por Internet, es prácticamente absoluto. Es necesario que la sociedad asuma nuevas responsabilidades y ofrezca una respuesta moral y ética a este problema”

3- A pesar de lo mucho que hay que hacer es indiscutible el avance tecnológico, legal y cultural que ha experimentado nuestro país. 

“Es incuestionable que en los últimos años, España ha realizado importantes avances tecnológicos. Sin embargo, si nos comparamos con otros países de la Unión Europea y, sobre todo, con EE.UU. todavía queda mucho por hacer.  Existe un déficit tecnológico que necesita de un esfuerzo titánico por parte de todos. Si no, corremos el riesgo de que España se quede en un país de segunda y tercera fila”

4- Publicaciones como la ‘Guía para tu seguridad en Internet’, elaborada por el Foro de las Evidencias Electrónicas, contribuyen a paliar los riesgos presentes en la red. 

"Esta guía está editada en forma de díptico y tiene un carácter muy divulgativo, siendo una iniciativa novedosa su publicación en España. Incluye recomendaciones y consejos de fácil aplicación y gran utilidad para garantizar la seguridad de los usuarios en Internet que hoy en día superan en nuestro país casi los catorce millones de personas".

Peritajes electrónicos (Computer Forensics)


Aunque el proceso que describe el periodista no es ortogonal y está muy simplificado, es una primera aproximación para no expertos.
Se describe en http://www.elpais.es/articulo.html?d_date=&xref=20060119elpcibpor_4&type=Tes&anchor=elpcibpor

Estos son los pasos que se indican

  1. Toma de contacto. Conversación con los relacionados en el caso, con el objetivo de tener una idea clara de lo que ha ocurrido y planear la investigación. En este caso se sospechaba de un empleado que había accedido a una máquina de otro empleado para sustraer un documento.
  2. Copia del disco duro. Acompañado del representante de los trabajadores y de los directores, se requisa el ordenador del sospechoso para, delante de todos, realizar una copia íntegra, bit a bit, del disco duro. Esta copia servirá para la investigación, y el ordenador requisado será guardado para su custodia en la caja fuerte de la empresa. Si se dispone de otros medios de almacenamiento externo, como CD o discos USB, se requisan también para su posterior análisis.
  3. Análisis del disco duro. Se buscan indicios de virus, troyanos o gusanos, así como herramientas de ataque, con la idea de realizar una foto del ordenador y saber para qué se usa realmente, así como el nivel del usuario. A continuación se localiza y analiza la información que ha sido borrada. Seguidamente, se realiza una escala temporal lo más exacta y detallada posible. Es decir, conociendo aproximadamente la fecha del suceso, se reconstruye el escenario segundo a segundo: acceso a ficheros, creación o borrado de ficheros, ejecución de comandos, accesos a páginas de Internet, etcétera. Como se trata de un robo de información confidencial, se busca en todo el disco, tanto en archivos existentes, como en archivos borrados y espacio no utilizado.
  4. Análisis de logs. Revisión y análisis de todos los logs o huellas de actividad, de la máquina y de todos los elementos relacionados, tales como cortafuegos, IDS, impresoras y servidores.
  5. Cadena de custodia. Una vez que hemos obtenido las pruebas, es fundamental documentarlas y mantener lo que se denomina cadena de custodia, que garantiza el origen de las pruebas, imprescindible si hay juicio.
  6. Presentación de resultados.
  7. Acciones legales si fuera necesario.

En mi opinión, hay 2 grandes pasos:

  1. Incautación Confiable de la Prueba y Preservación de la Cadena de Custodia.
  2. Análisis de la información disponible con arreglo al incidente investigado y Redacción del informe pericial

Con la información disponible se puede valorar la conveniencia o no de pleitear o de negociar.

Supuesto que se decide pleitear, el perito de parte colabora con la parte y su abogado informando sobre la especialidad tecnológica y los problemas probatorios.

El rol de perito de la demanda es el más deseable, ya que se dispone de tiempo suficiente para preparar el análisis. Sin embargo, el perito de la contestación, normalmente tiene la restricción de los plazos procesales, a la que se añade el tiempo de respuesta de la parte demandada y de su abogado en concluir que necesitan un perito.

Interceptación legal de las Telecomunicaciones


Ya es legal interceptar las telecomunicaciones.

El Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios. (publicado en el BOE núm. 102, de 29-04-2005, pp. 14545-14588) establece en su sección terecera el régimen de interceptación de las telecomunicaciones.  

Sorprende el poco eco que ha tenido la publicación de esta norma (incluyo en forma de comentario toda la sección referida a la interceptación de las telecomunicaciones)

La importancia de la cadena de custodia


Estos dias este tema es de actualidad porque un periódico ha cuestionado el valor de una prueba esencial «pieza de convicción» en la investigación del 11-M, por la forma en la que se incorporó a ella, supuestamente de forma extemporánea.

Sin entrar en la controversia, sobre la que mi opinión es «a priori» a favor del experimentado método con que actúa la policía, me parece muy valioso que este tipo de cuestiones se debata porque ayuda a darle valor a las actuaciones metódicas con las que actuamos peritos y forenses para preservar los hallazgos que obtenemos y que deben ser aportados a juicios o negociaciones.

Y aunque parece intuitivamente claro que debe evitarse cualquier manipulación de las pruebas físicas y el efecto de las posibles manipulaciones, el asunto no está tan claro en el caso de las «evidencias electrónicas»