Archivo de la categoría: Publicación certificada

Periodo de vigencia del CSV (Código Seguro de Verificación)


En relación con la implementación de la Ley 11/2007 por parte de las administraciones públicas surgen preguntas como ¿Durante cuanto tiempo se pueden ver en la sede electrónica los documentos electrónicos a través del Código Seguro de Verificación?

La normativa desarrollada no contempla todas las opciones y los organismos tienen que tomar decisiones. Para fijar criterio a la hora de trabajar en las implantaciones de la administración electrónica conviene tener en cuenta los conceptos de la diplomática digital.

En relación con la pregunta indicada, hay que decir que el CSV debe conservarse para siempre. El acceso al documento se limita por la política de gestión documental de la entidad, y debe poder hacerse siempre, bien en la sede electrónica original, bien en el organismo a cargo del archivo.

Hay que hacerse a la idea de que el CSV equivale al número de protocolo de los notarios.

En el ámbito notarial, se puede solicitar copia simple o auténtica de un documento a partir de su matriz en el propio notario que lo protocolizó (cuya identidad equivale a la de la sede electrónica del organsmo) o bien en su sucesor en el protocolo, o bien en el sistema de archivo a largo plazo de protocolos.

En el caso de las administraciones públicas, siempre debe quedar definido en la política de gestión documental el órgano ante el que se puede solicitar el documento una vez superada la fase administrativa en la que el procedimiento esta «vivo» o dentro de los plazos de prescripción.

Y para el «handout» de documentos electrónicos auténticos, cuando deban hacerse cargo de ello los archivos a largo plazo, debe firmarse entre el organismo cedente y el cesionario un documento que refleje las técnicas de preservación documental electrónica previas y futuras y los controles de integridad (hashes y timestampings) de los documentos (o colecciones) transferidos.

Atenea Interactiva organiza cursos de Diplomática Digital. Se puede contactar con el 902 365 612 o el 917160555 para solicitar un curso in-company o para inscribirse en el próximo seminario abierto sobre este tema.

Publicación Electrónica Certificada o Comprobación Fehaciente


Logo EAD Trust EADTrust ofrece el servicio de Publicación electrónica certificada, también llamado de «comprobación fehaciente» de páginas web y documentos publicados en sedes electrónicas. Llame al 902 365 612 para solicitar información.

El servicio  de Publicación certificada es de interés para entidades públicas y poderes adjudicadores que tienen que tienen que demostrar la publicación de licitaciones en el «Perfil del contratante» según indican el Artículo 53 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (equivalente al antiguo artículo 42 de la Ley de Contratos del Sector Público de 2007) y el artículo 141 (Anuncio previo).

También es de utilidad para Sociedades que convocan Juntas de Accionistas a través de la Página web de la Sociedad (antiguamente referida como Sede Electrónica ) y a las que les es de aplicación el artículo 518 de la Ley de Sociedades de Capital. En el caso de las sociedades de capital, deben tener en cuenta, también, a estos efectos, los artículos  11 bis, 11 ter y 11 quater y el artículo 173.

Esta Ley de Sociedades de Capital ha sufrido múltiples cambios en los últimos años:

Juntas de accionistas y otras obligaciones societarias


Logo EAD Trust La ley de sociedades de capital que tantos cambios ha sufrido en estos años, permite publicar las convocatrias de juntas de accionistas en la página web de la sociedad, aunque establece unos requisitos para ello. Para acreditar el cumplimiento de los requisitos, EADTrust ofrece sus servicios de publicación fehaciente o publicación certificada. Ver foleto resumen sobre Publicación en página web de Convocatorias de Juntas de Accionistas

Existen otras obligaciones obligaciones societarias, como la puesta en marcha de un foro electrónico de accionistas en las sociedade cotizadas, o la notificación dehaciente de convocatorias por correo electrónico certificado que puede sustituir la publicación en la página web cuando existe certeza de las direcciones de correo electrónico de todos los socios.

Puede ampliar información en el siguiente Folleto de Servicios societarios ofrecidos por EADTrust

Y si lo desea llame a EADTrust al 902 365 612 o al 91 7160555