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Factura electrónica en Banca


Una de las corrientes actuales que más impacto está teniendo entre las entidades financieras es la de la factura electrónica. Ciertamente, en el sector de las autoridades de certificación se ve que los grandes beneficios que la adopción de la factura electrónica trae a los obligados tributarios justifican los pequeños costes asociados a la gestión de los certificados. Por eso están viviendo el inicio de una pequeña edad de  oro en el que comienza a despuntar la demanda de sus servicios, en un momento en que la generalización del DNI electrónico ha dejado de ser una promesa y avanza con paso firme conforme se van actualizando las oficinas expedidoras al nuevo sistema. El DNI electrónico quiebra el círculo vicioso por el que la escasez de servicios justificaba el  bajo número de certificados y viceversa. En estos momentos, tanto las administraciones públicas como empresas de todo tipo se aprestan a adaptarse a la nueva forma de operar presencialmente y a distancia, en un cambio que es más operativo y funcional que tecnológico.

Y las entidades financieras están en disposición de ser las mayores beneficiarias de esta nueva ola. Por un lado se encuentran con una infraestructura que despliegan otros (en este caso la administración pública)  sin coste para ellas, y con la posibilidad de delegar determinadas responsabilidades. Por otro lado la presión del phishing y otras técnicas fraudulentas obligaría a desarrollar soluciones de ese mismo tipo. De modo que el  camino es nítido: prepararse para aceptar certificados electrónicos.

Por otro lado la normativa sobre factura electrónica permite que sea un tercero quien cumpla el deber material de firmar electrónicamente las facturas o de archivarlas, con lo que la eventual complejidad del proceso puede quedar  diluida en unas cuantas pantallas web que la entidad incluya entre sus servicios de banca electrónica de empresas.

De hecho varias entidades financieras lo han entendido y comienzan a desplegar sus servicios de banca electrónica de empresas orientados a la gestión de facturas, y desde el punto de vista de la empresa, a optimizar la gestión del circulante. Maridaje excelente: la entidad gana en su negocio tradicional, gestión del riesgo y crédito, y la empresa mejora su liquidez sin esfuerzo aparente para ambos. La factura electrónica se constituye así en el centro de la banca electrónica de empresas sobre la que hay que pensar el nuevo paradigma de los servicios bancarios, ya que supone el 80% de la actividad financiera de las empresas.

Otra buena noticia es que el tipo de infraestructura técnica de la que debe dotarse la entidad es la misma para gestionar contratos firmados con el DNI electrónico que para gestionar factura electrónicas: herramientas de  firma, de sello de tiempo y de validación que permitan tratar con los diferentes PSC (Prestadores de Servicios de Certificación), y sistemas de almacenamiento de la información especializado en los documentos electrónicos con valor probatorio (gestión de evidencias electrónicas).  Afortunadamente, nada que esté fuera del alcance de la tecnología actual para una entidad financiera.

Para las empresas de consultoría, como Albalia Interactiva, también ha llegado el momento de poner en valor el esfuerzo inversor e investigador de los pasados años, de modo que se dé valor al conocimiento y se pueda separar el grano de la paja en las propuestas tecnológicas.

La factura electrónica como métrica


El 18 de octubre de 2006 tuvo lugar el Primer Congreso Nacional de Factura Electrónica y Digitalización Certificada convocado por ASIMELEC. La jornada fue clausurada por D. David Cierco, Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. En su intervención, D. David señaló que la adopción de la Factura Electrónica por las empresas era una de las principales métricas que utilizaría el Ministerio para conocer el grado de inmersión de las empresas en la Sociedad de la Información, y que estaban previstas diversas iniciativas, incluyendo ayudas y subvenciones, además de reformas legislativas para promover su adopción.

En mi opinión, es una decisión acertada. Elegir una métrica supone descartar otras. El objetivo es que la métrica recoja diversos elementos que actúan de forma correlacionada que son los que interesa estimular. Cualquier ratio o indicador será más valioso si discrimina bien el efecto que mide, si es fácil de entender y si su valor permanece estable en el tiempo a salvo de tecnologías concretas. En el mismo evento, D. Domingo Laborda, Director del Observatorio de las Telecomunicaciones y la Sociedad de la Información de Red.es, que presentó algunas métricas respecto a la adopción en España, par parte de las empresas, de herramientas que se vinculan con el desarrollo de la Sociedad de la Información, reconoció que empezaba a carecer de interés la medida del número de conexiones a Internet por modem o RDSI porque el resultado, además de quedar diluido por la adopción de la banda ancha, tenía un cierto tufillo a “antiguo”.

Pero la adopción de la factura electrónicabien puede considerarse un indicador estable: se viene midiendo desde hace 20 años, cuando su vehículo era el EDI a través de redes privadas, y su penetración sigue siendo lo suficientemente baja como para que cualquier incremento sea significativo.

Además, al utilizar la factura electrónica, las empresas utilizan uno o más de los siguientes productos y servicios: conexión a Internet, disponibilidad de ordenadores, acceso a banca electrónica, firma electrónica, sistema de gestión informática de facturas o de contabilidad, correo electrónico, estación EDI, servicio ASP de facturación, gestiones tributarias on line, archivo electrónico de documentos.

Como métrica, la adopción de la eFactura esconde varios indicadores subordinados que pueden dar idea también de la verdadera dimensión de su adopción. Cito los que se me ocurren: porcentaje de empresas que han adoptado la eFactura respecto al total, o respecto a su sector; porcentaje de facturas que se remiten de forma electrónica, respecto al total o respecto al sector, porcentaje de controversias y errores que se producen en la facturación en papel frente al que afecta a la facturación electrónica; plazo medio de pago en facturas remitidas en papel respecto al que se aplica en facturas electrónicas, horas totales de dedicación de personas en gestión de facturas en cada modalidad, respecto al número de facturas tratadas, porcentaje de proveedores que emiten facturas frente al de clientes que las reciben.

Por último, no olvidemos que, en muchas ocasiones (agua, electricidad, gas, telecomunicaciones), las facturas acaban en manos de los particulares, y que para que estos acepten facturas, también han de tener algún grado de exposición a las nuevas tecnologías y algún incentivo para su aceptación. Habrá que ir pensando en la forma en que los tecnólogos resolvemos de forma fiable y con valor probatorio a favor del particular el archivo de facturas y contratos electrónicos con alguna herramienta que sustituya a la “carpeta familiar de papeles importantes”.

No tengo duda de que como decía D. David Cierco, la adopción de la eFactura constituye una excelente métrica de la penetración de la Sociedad de la Información en las empresas. Y en los particulares.

Anteproyecto de Ley de Contratos del Sector Público


Este verano pasó por el Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley de Contratos del Sector Público.

De la misma época es el anuncio del Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, D. Francisco Ros, y del muevo Ministro de Industria, Turismo y Comercio, D. Joan Clos, sobre la obligatoriedad del uso de la factura electrónica por parte de los proveedores de la administración pública.

Pero se ha hablado poco del detalle de dicha obligatoriedad.

Se establece en su Disposición final novena. Habilitación normativa en materia de uso de medios electrónicos, informáticos o telemáticos, y uso de factura electrónica.

En esta disposición, la Ley de Contratos de las Administraciones establecerá, cuando esté aprobada, lo siguiente:

1. Se autoriza al Ministro de Economía y Hacienda para aprobar, previo dictamen del Consejo de Estado, las normas de desarrollo de la disposición adicional decimonovena que puedan ser necesarias para hacer plenamente efectivo el uso de medios electrónicos, informáticos o telemáticos en los procedimientos regulados en esta ley.

2. Igualmente, el Ministro de Economía y Hacienda, mediante Orden, definirá las especificaciones técnicas de las comunicaciones de datos que deban efectuarse en cumplimiento de la presente ley y establecerá los modelos que deban utilizarse.

3. En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la ley, el Ministro de Economía y Hacienda aprobará las normas de desarrollo necesarias para hacer posible el uso de las facturas electrónicas en los contratos que se celebren por las entidades del sector público estatal.

4. Transcurridos tres meses desde la entrada en vigor de las normas a que se refiere el apartado anterior la presentación de facturas electrónicas será obligatoria en la contratación con el sector público estatal para las sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada.

Por Orden conjunta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Industria, Turismo y Comercio, se extenderá progresivamente la obligatoriedad del uso de las facturas electrónicas para otras personas físicas y jurídicas en función de sus características y el volumen de su cifra de negocios. En todo caso, transcurridos dieciocho meses desde la entrada en vigor de las normas a que se refiere el apartado anterior, el uso de la factura electrónica será obligatorio en todos los contratos del sector público estatal; no obstante, en los contratos menores, la utilización de la factura electrónica será obligatoria cuando así se establezca expresamente en estas Órdenes de extensión.

5. El Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Industria, Turismo y Comercio, adoptará las medidas necesarias para facilitar la emisión de facturas electrónicas por las personas y entidades que contraten con el sector público estatal, garantizando la gratuidad de los servicios de apoyo que se establezcan para las empresas cuya cifra de negocios en el año inmediatamente anterior y para el conjunto de sus actividades sea inferior al umbral que se fije en la Orden a que se refiere el párrafo anterior.

Factura electrónica en la Administración Pública


Ya todos saben que va a ser obligatorio que los proveedores de la Administración, a todos los niveles, empleen la factura electrónica para documentar las entregas de productos y la provisión de servicios. Esto es, sin duda, un reto para las empresas, pero también para las propias administraciones.

Y la pregunta del millón es, ¿con qué estándar?

Quizá no sea tan difícil la respuesta porque desde hace algún tiempo el programa IDABC (Interoperable Delivery of European eGovernment Services to public Administrations, Business and Citizens) está intentando resolverlo, de forma homogénea para toda Europa.

Os propongo la lectura de este interesante documento de la Comisión Europea: IDA E-PROCUREMENT PROTOCOL XML SCHEMAS INITIATIVE = E-ORDERING AND E-INVOICING PHASES

Congreso UBL


Hace 2 semanas ha tenido lugar en Allerød, no muy lejos de Copenhage (Dinamarca) elSimposio UBL Internacional 2006, con la presencia española de Arturo González Mac Dowell, Director General de eurobits.

Recojo aquí los datos extraidos de su web (en inglés)

UBL International 2006

ZIP of presentation slides (updated 2006-11-21)

Symposium programme – Thursday November 16, 2006

Welcome 09:30 Opening remarks
Marie Munk – Deputy Director General of the Danish National IT and Telecom Agency

UBL Introduction
G. Ken Holman, Canada

A brief introduction to the Universal Business Language, its objectives, its approach, and the use of technologies to meet international business document interchange requirements.

From 15 to 100 million UBL messages: Status and future infrastructure
Mikkel Hippe Brun and Helle Schade-Sørensen, Denmark

The private sector in Denmark is currently exchanging 1,25 million electronic invoices every month based on UBL. Extensive national localization has now resulted in a number of national profiles of UBL 2.0. A new Service Oriented Infrastructure will furthermore be established to support reliable, secure and asynchronous exchange of business messages. Most ERP-vendors are expected to support the infrastructure and UBL 2.0 by mid 2007.

NES Introduction
Kerstin Wiss Holmdahl, Sweden

As part of the Northern European cooperation on e-commerce and eprocurement, representatives from Denmark, Sweden, Norway, Finland, UK and Iceland is working to develop a Northern European Subset (NES) of UBL 2.0 documents. The NES group is also very active within the collaboration work between UBL and UNCEFACT.

The presentation will show the cooperation in NES in order to make interoperability and crossborder invoices possible between the countries, the results and plans. The presentation also includes the implementation of UBL in Sweden. The Svefaktura (Swede-invoice) is based on UBL 1.0.

UBL and UN/CEFACT – adding sanction to traction
Tim McGrath, Australia

Building on the UN/CEFACT and OASIS Cooperation Agreement, UN/CEFACT announced a collaboration plan with OASIS and the UBL TC at their June 2006 Plenary. The objective of this collaboration is for UBL to work within the UN/CEFACT Forum groups to build a common set of electronic business document standards. The plan specifies these deliverables as the future upgrade path for UBL whilst allowing the maintenance of UBL 2 to remain within the existing OASIS UBL TC.

In doing so it is intended that UBL will gain the sanction desired by the market without losing the momentum of adoption (the traction) that UBL has already achieved.

This presentation will present the various activities involved in this collaboration plan and some of the issues and opportunities that have been identified.

E-invoicing in Spain
Arturo Gonzalez MacDowell, Spain

A report on the recent legal and market developments in Europe and Spain regarding e-invoice (electronic invoices) and alternative e-invoice standards in Spain (GS1, CCI, UBL). Steps in the adoption of UBL for e-Procurement and e-Government, and the banks’ role in e-invoice adoption. Also covered will be electronic signatures as an e-invoice requirement in e-invoice systems and platforms.

EU-Project ABILITIES Application BUS for Interoperability among SMEs in New EU Member States
Karsten Tolle, Germany

The presentation will introduce to our EU-Project called ABILITIES (Application Bus for InteroperabiLITy In enlarged Europe SMEs). The project started in January 2006 and is scheduled for two years. The basic goal of ABILITIES is to study, design and develop a federated architecture implemented by a set of UBL 2.0 messages and basic interoperability services, which aims at supporting SMEs EAI in e-commerce contexts, specifically in less developed countries and less Research and Technology Development intensive industrial sectors. The main target groups are very small enterprises normally not having the knowledge, manpower and systems to adopt new standards like UBL on their own.

The presentation will give an overview of the solutions we are planning to enable an easy EAI between these small enterprises without overwhelming them by complex collaboration agreements needed upfront. In addition ABILITIES emphases on features supporting human interactions needed for complex custom product orders, e.g. photo or video attachments explaining the needs of the customer or the offered product of the supplier.

Finally the presentation will point out our experience with adopting UBL 2.0 for our purposes. This includes the localization issues of UBL for the five countries and domains we have as test beds (see below).

The different industries involved into the ABILITIES project as test beds are:

  • Collaborative business in Retail in Lithuania
  • Business Process Integration in High-Tech Incubator in Slovakia
  • Mobile Business support in agro-food industry in Turkey
  • XML Documents exchange in wood industry in Romania
  • Semantic Content Reconciliation in the tourism sector in Hungary

Semantic interoperability
Øvind Aassve, Norway

The presentation addresses basically the concepts of semantic interoperability what we mean by semantics, relation to other types of interoperability, how it can be realized, different levels of formalization of semantics, the cost of no semantic interoperability, the issues xml and interoperability, the increasing importance of data and an overview of the different possible semantic technologies that can be applied to the issue today. The presentation includes a presentation of the main concepts of the Core Component approach from UN/CEFACT which is the basis for UBL.

UBL and ebXML
Sacha Schlegel, Liechtenstein

This presentation illustrates how UBL business documents are used in the complete Business to Business electronic commerce framework called electronic business XML (ebXML). This presentation describes ebXML Business Process (ebBP) to model collaborative business processes. These collaborations choreograph individual business transactions which themselves reference the business documents, such as UBL business documents. The presentation then further describes how ebXML Collaboration Protocol Agreements (CPA’s) are used to add technical relevant information of any electronic B2B execution. Finally, ebXML messaging is outlined which is used to exchange the UBL business documents in secure and reliable way over the public Internet.

Practical use of UBL in Northern Europe (NES)
Jostein Frømyr, Norway
Project coordinator of NES

This breakout session will provide a detailed presentation of the approach taken to secure practical implementation of UBL within NES; the Northern European Subset of UBL 2.0 developed by representatives from Denmark, Sweden, Norway, Finland, UK and Iceland. The presentations will supplement the morning presentation by providing further details on the approaches taken to secure interoperability in cross border eProcurement by introducing the concept of a profile; a document describing one or more related business processes supported by the exchange of a defined set of electronic business documents in order to fulfill a defined business purpose. There will also be presentations on the recommended solutions for electronic catalogue processes, standalone ordering and invoicing processes, as well as integrated eprocurement processes.

Conference host and co-organizer: Danish National IT- and Telecom Agency

Conference co-organizer: Crane Softwrights Ltd. (Canada) in partnership with Infomenta (Denmark)

Last changed: $Date: 2006/11/21 23:51:21 $(UTC)

Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información


El ministro de Industria, Turismo y Comercio, Joan Clos, presentó en el Consejo de Ministros del pasado viernes 17 de noviembre el anteproyecto de Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, que se enmarca en el conjunto de medidas que constituyen el Plan 2006-2010 para el desarrollo de la Sociedad de la información y de convergencia con Europa y entre las Comunidades y Ciudades Autónomas (Plan Avanza).

El Plan Avanza incluye entre sus medidas la adopción de una serie de iniciativas normativas dirigidas a eliminar las barreras existentes a la expansión y uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) y a garantizar los derechos de los ciudadanos en la Sociedad de la Información.

En esta línea, el anteproyecto de ley introduce una serie de innovaciones normativas en materia de facturación electrónica y de refuerzo de derecho de los usuarios y acomete las modificaciones necesarias en el ordenamiento jurídico para promover el impulso de la Sociedad de la Información.

De este modo, la nueva ley contiene un conjunto de medidas para dinamizar el crecimiento de los servicios basados en tecnologías de la información, generaliza la extensión y el uso de la Banda Ancha y permite acelerar una mayor integración de nuestro país en la Sociedad de la Información.

Asimismo, la ley complementa la futura Ley para el acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones Públicas, actualmente en proceso de tramitación. Mientras que la Ley para el acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones Públicas incide sobre los medios y procedimientos que deben poner en marcha las Administraciones públicas para facilitar los trámites a los ciudadanos, el anteproyecto prevé medidas que inciden directamente sobre determinados agentes económicos y sociales que prestan servicios a los ciudadanos, a los que se facilita la relación con los suministradores y prestadores de servicios.

Objetivos de la ley

Las diferentes medidas incluidas en la Ley inciden principalmente en dos aspectos, relacionados con el estímulo al desarrollo de la Sociedad de la Información y con el refuerzo de las garantías y derechos de los ciudadanos:

  • La disponibilidad plena de accesos de Banda Ancha, de modo que exista cobertura total del territorio nacional antes del 31 de diciembre de 2007, respetando la neutralidad tecnológica y a unos precios razonables.
  • La demanda y uso de servicios a través de la Banda Ancha por parte de los ciudadanos, mediante medidas de protección de los derechos personales y de seguridad informática, y sobre todo implantando la prestación de servicios telemáticos para la ciudadanía con el consiguiente incremento de productividad para las empresas.

Principales aspectos de la nueva ley

Extensión de los servicios de banda ancha

La ley establece que el Gobierno impulsará la extensión de la banda ancha con el fin de conseguir, antes del 31 diciembre de 2007, una cobertura total de la población en cuanto a disponibilidad de banda ancha para cualquier usuario, independientemente del tipo de tecnología utilizada en cada caso y a precios razonables.

Interlocución telemática obligatoria entre compañías de servicios de sectores económicos relevantes y usuarios

La nueva ley impone a las empresas de sectores con especial incidencia en la actividad económica la obligación de facilitar un medio de interlocución telemática con sus clientes, basado en certificados de firma electrónica. De este modo, se establece un nuevo canal de comunicación, alternativo a los tradicionales, que permitirá a los clientes acceder a información relevante y realizar cualquier tipo de transacción, tanto contractual como de posibles reclamaciones.

Asimismo, se refuerza el papel del DNI electrónico, cuya plena implantación está prevista para 2008. En concreto, los usos previstos en los trámites de los ciudadanos con la Administración se amplían a los trámites y relaciones de aquellos con las empresas de servicios y suministros.

Obligación de los proveedores de acceso a Internet de informar a sus clientes sobre mecanismos de seguridad en Internet y herramientas de filtrado de contenidos para la protección de los menores

La ley obliga a los proveedores de acceso a Internet a informar a sus usuarios sobre medios técnicos que permitan la protección frente a virus informáticos y programas espía o la restricción de los correos electrónicos no solicitados y sobre las herramientas para el filtrado y restricción del acceso a contenidos y servicios no deseados o nocivos para la juventud y la infancia.

Ampliación de las garantías de accesibilidad en Internet

Las páginas de Internet de las Administraciones deberán satisfacer el nivel medio de accesibilidad (según los criterios de accesibilidad generalmente reconocidos). Este mismo requisito será aplicable a las páginas con financiación pública, a las páginas de las empresas que gestionen servicios públicos y a las empresas que presten al público servicios de especial trascendencia económica. Las Administraciones Públicas deberán promover medidas de sensibilización, educación y formación sobre accesibilidad.

Refuerzo de los derechos de los usuarios en materia de telecomunicaciones

La nueva ley tipifica como infracción administrativa el incumplimiento por parte de los operadores de los derechos de los consumidores y usuarios en el ámbito de las telecomunicaciones

Promoción de medios electrónicos para facilitar la participación ciudadana

Las Administraciones Públicas promoverán el empleo de medios electrónicos para facilitar la transparencia y la participación ciudadana en la adopción de decisiones públicas. A tales efectos, deberá fomentarse el intercambio de experiencias y mejores prácticas en este ámbito tanto a nivel nacional como internacional.

Obligación de uso de la factura electrónica en la contratación con la Administración General del Estado

Además del uso obligatorio de la factura electrónica en la contratación con la Administración General del Estado, en los términos de la futura Ley de Contratos del Sector Público, en la Ley se prevén actuaciones de dinamización del uso de la factura electrónica dirigidas al resto de la actividad productiva del país, que se realizarán en colaboración con el Ministerio de Economía y Hacienda.

En concreto, los ministerios de Industria, Turismo y Comercio y de Economía y Hacienda elaborarán un plan para la generalización del uso de la factura electrónica en España. En dicho plan se incluirán esquemas específicos de ayudas económicas para la implantación de la factura electrónica.

Flexibilización de las obligaciones relativas a las comunicaciones comerciales y de los requisitos para la contratación por vía electrónica

La ley prevé la flexibilización de las obligaciones de identificación en las comunicaciones comerciales por vía electrónica y las relativas al proceso de contratación electrónica, en particular, para su adecuación a la telefonía móvil de datos y a otros servicios similares.

Eliminación de obligaciones excesivas en la prestación de servicios de la Sociedad de la Información y clarificación del marco regulador para la restricción de servicios

Se procede a la supresión de la obligación de constancia registral específica del nombre de dominio (y la infracción/sanción correspondiente), manteniéndose únicamente la obligación de publicar en las páginas de Internet los datos de inscripción registral que procedan.

Asimismo, se clarifica el marco regulador para las posibles restricciones de servicios de la Sociedad de la Información por parte de los órganos competentes. En este sentido, la ley establece el procedimiento intracomunitario conforme al cual debe actuar el órgano competente que, en virtud de sus competencias establecidas en su propia normativa reguladora (aplicables al mundo físico y al ámbito electrónico), adopte medidas de restricción respecto de servicios provenientes de países del Espacio Económico Europeo (EEE). Igualmente, la ley aclara la regulación del deber de colaboración de los prestadores de servicios de intermediación para los supuestos en que un órgano competente ha decidido, de acuerdo con su propia normativa, que hay que interrumpir o bloquear un servicio.

Extensión de la firma electrónica

La extensión de la firma electrónica se llevará a cabo mediante dos medidas:

  • Clarificación de las reglas de valoración de la firma electrónica en juicio.
  • Flexibilización de la obligación de los prestadores de servicios de firma electrónica de comprobar los datos inscritos en registros públicos, al objeto de eliminar cargas excesiva.

Regulación mínima de las subastas electrónicas entre empresarios (B2B)

Se establece un marco jurídico mínimo aplicable a las subastas electrónicas entre empresarios (B2B) a fin de establecer un marco jurídico que dote a esta técnica de compra de la necesaria transparencia y seguridad jurídica. Asimismo, se flexibilizan las reglas aplicables a la contratación electrónica a fin de promover su uso.

Potenciación del Observatorio de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información

Con el fin de facilitar el ejercicio de sus funciones de elaboración de estadísticas y de indicadores, se atribuye al Observatorio de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información la facultad de recabar de los agentes que operan en el sector TIC la información necesaria para el ejercicio de sus funciones.

¿Qué certificados electrónicos son más adecuados para la factura electrónica?


Este es el tema que se debatirá hoy en la reunión del Grupo de Trabajo de ASIMELEC sobre Factura Electrónica.

Actualizaré este comentario con las principales conclusiones de la reunión.

Por cierto, aquellas entidades que tengan interés en participar en alguno de los subgrupos de trabajo, que se pongan en contacto con ASIMELEC para coordinar su participación.

Actualización.

La reunión ha contado con la presencia de la AEAT y CECA que han contribuido a enriquecer la discusión.

Las principales conclusiones han sido:

  • El grupo de trabajo considera que los certificados más adecuados para firmar facturas electrónicas son los que identifican a una persona física actuando como «factor notorio» de una empresa y, por tanto, sin necesidad de acreditar poder de representación. Se identificará una extensión OID en el interior de los certificados que dé cobertura a las limitaciones de uso (que cubran esta figura) previstas  por la Ley 59/2003 para tratar esta información de forma homogénea entre todos los prestadores de servicios de certificación. Para obtener este tipo de certificados solo es preciso acreditar la pertenencia a una empresa (por ejemplo, con un carné de empleado expedido por la empresa, o con un certificado extendido por el Director de Recursos Humanos). En el futuro, se sugiere que se incluya en la próxima revisión de la Directiva de Firam Electrónica que tiene lugar en 2008 la convenienia de describir el sello electrónico de forma diferenciada a la firma cualificada.
  • El grupo de trabajo recomienda que todos los prestadores de servicios de certificación codifiquen de forma correcta en la extensión AIA prevista para ello la dirección en la que es posible comprobar la validez de un certificado.
  • El grupo de trabajo ha incuido dentro de la definición de factura mormalizada una modalidad D de formato libre que incluyahojas adicionales con la codificación de factura en formato PD-417 u otro semejante que permita obtener el detalle de la factura en el proceso de digitalización.
  • Se ha definido el reparto de los artículos a redactar por los diferentes miembros del grupo de cara a la Promoción de la eFactura y que se publicarán como una serie en un Diario de tirada nacional.
  • Se ha presentado el primer modelo de «Factura Normalizada» de modalidad A, para utilizarlo como base de futuras discusiones.

Además se ha informado sobre el estado de redacción del Libro Blanco de la Factura Electrónica de próxima publicación, y CECA ha informado sobre el proyecto de Factura Electrónica que están desarrollando las Cajas de Ahorro.

Firma electrónica de persona jurídica (y de persona física)


No me canso de insistir en que las personas jurídicas no tienen firma electrónica cualificada, pese a lo que diga la Ley 59/2003, que en esto incumple la Directiva 115/2001.

Para reforzar esta idea incluyo un párrafo extraido del documento «CEN/ISSS Workshop on «Interoperability of Electronic Invoicing» Executive Summary of published CWAs »

2.1 AdES bound to a person

Using advanced electronic signatures within the meaning of Article 2 (2) of Directive 1999/93/EC means that an electronic signature has to be bound to a person. Electronic signature for an electronic invoice can be the signature of a natural or legal person, as per the applicable law. If the signatory is a legal person then the signature cannot be a qualified signature. In case the electronic signature is an electronic signature of a natural person, information should be supplemented that the natural person has acted on behalf of the organization issuing the invoices that should be specified in the certificate. For example, the invoice issuing organization might be specified in the “organizationName”

Este documento es un resumen de los trabajos del grupo de normalización europeo que trabaja en la armonización de la factura electrónica conforme a la Directiva 115/2001.

Lo traduzco:

AdES (Firma Electrónica Avanzada) vinculada a una persona física

El uso  de firmas electrónicas avanzadas que puedan encuadrarse en el artículo 2(2) de la Directiva 93/1999 significa que una firma electrónica se ha de vincular a una persona física. La firma electrónica de facturas electrónicas podría ser la de la persona jurídica según la ley aplicable en el país. Si el «firmante» fuera una persona jurídica, entonces la firma no puede ser cualificada. Si la firma electrónica es de una persona física, se debería añadir en el certificado la información de que la persona actua en representación de la organización que expide la factura. Por ejemplo incluyendo en el campo “organizationName” del certificado el nombre de la entidad que expide la factura.

En este caso, lo correcto sería hablar de «sello electrónico» y no sería necesario vincularlo a un otorgamiento de poderes, por ser de aplicación el concepto de «factor notorio» que se aplica en el ámbito mercantil.

Para que se entienda lo de «factor notorio» uno de los ejemplos más claros es el del dependiente de un comercio, que, aunque no tenga poderes para «enajenar» los activos de la sociedad, de hecho vende los productos que esta almacena. O el de administrativo que adquiere folios y bolígrafos aunque no tenga poderes para contratar en nombre de la empresa.

Eventos sobre Factura Electrónica


Además del evento que hemos coordinado desde Atenea Interactiva para ASIMELEC, existen otros que demuestran que el tema de la factura electrónica despierta mucho interés.

Citaré algunos. Si veis, que falta el vuestro, enviadme un e-mail y actualizaré la información.

  • Socinfo. Facturación y Comercio Electrónico. Madrid. 14 de septiembre de 2006. Ver las ponencias.
  • Recoletos. Factura electrónica. Madrid, 17 de octubre de 2006. Ver Contenido.
  • Asset. Presente y Futuro de la Facturación Electrónica. Madrid, 17 de marzo de 2005 y Barcelona, 15 de marzo de 2005. Ver Agenda
  • Izenpe. Factura Electrónica. Bilbo/Bilbao 12 de Diciembre de 2005 y Donosti/San Sebastián13 de Diciembre de 2005. Ver ponencias.
  • Global Estrategias. Firma y Factura Electrónica. Más de 30 seminarios impartidos en los años 2004, 2005 y 2006.  En Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Bilbao, Palma de Mallorca, Vigo, Las Palmas de Gran Canaria, Tenerife y Alicante. El próximo es en Barcelona el 26 de octubre de 2006.

También hay iniciativas más o menos acertadas que permiten valorar el interés sobre el tema:

  • Fundetec . La animación está bién, aunque los conceptos están mal. Una pena.

Conclusiones del I Congreso Nacional de Factura Electrónica y Digitalización Certificada


Ayer tuvo lugar en Hotel Meliá Castilla de Madrid el I Congreso Nacional de Factura Electrónica y Digitalización Certificada promovido por ASIMELEC, que ha contado con la colaboración de Red.es, y con la secretaría técnica de Atenea Interactiva en la organización.

Con más de 20 ponentes y 150 asistentes, representantes de entidades financieras, empresas de distintas dimensiones y administraciones públicas, el evento ha hecho un repaso a la situación de la factura electrónica en España y su previsible evolución.

Tras la introducción por parte de D. José Pérez, Director General de ASIMELEC, la jornada se inició con la participación de D. Domingo Laborda, Director del Observatorio de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información de la Entidad pública empresarial Red.es que hizo un repaso de las principales magnitudes con las que se compara la adopción de tecnologías relacionadas con la Sociedad de la Información por parte de las empresas españolas, en relación con la de otros países. Una alentadora conclusión es que las empresas españolas usan de forma generalizada accesos a Internet de banda ancha de forma perfectamente homologada a la de los países más avanzados. En este contexto, está claro que se ha eliminado una de las posibles barreras a la adopción de la factura electrónica por las empresas.

D. Santiago Segarra, Director del Departamento de Informática Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria señaló la sensibilidad de la AEAT al promover la adopción de nuevas tecnologías como la Firma Electrónica desde hace 10 años, y el impulso que pretende dar a la Factura Electrónica, apoyándola en el plano normativo , en la adopción de estándares y en la imposición de esta modalidad de facturación a los proveedores de la Agencia. Anunció la próxima publicación en el BOE de una norma cuyo borrador está disponible en el web de la AEAT y que permitirá destruir las facturas en papel que se digitalicen según un procedimiento más sencillo que el que figura en el borrador.

D. Arturo González Mac Dowell, Director General de eurobits technologies definió las condiciones que hacen que un estándar lo sea, en particular para facilitar la interoperabilidad del intercambio de facturas entre proveedores y sus clientes, con la posible participación de prestatarios logísticos o entidades financieras como interesados de segundo plano. Propuestas como EDIFACT, ANSI X.12, UBL de OASIS , CCI-XML o “Cross Industry Invoice” podrían converger hacia UBL 3.0 en el marco de UN/CEFACT.

Los prestadores de servicios de certificación centraron una parte relevante de la jornada, con la participación de D. David Gracia Asesor jurídico de ANCERT, D. Sergio Ruiz responsable del programa Censo Digital del Consejo Superior de Cámaras de Comercio en representación de AC Camerfirma, D. Diego Hernández Director del Proyecto CERES de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, y D. Alfredo Gosálvez Director General de Firmaprofesional. En un debate moderado por D. Martín Pérez, Vicepresidente de ASIMELEC . La unanimidad en reconocer que la entrada en vigor de la Ley 59/2003 ha supuesto una mejora en la acogida de sus certificados en las Administraciones Públicas y en las grandes expectativas que supone el despliegue del DNI electrónico y la adopción de la Factura Digital, no ha sido óbice para que destacaran las ventajas de los certificados especializados que permitan hacer referencia a la calidad de Colegiado Profesional, o a la de Representante de una Sociedad Mercantil, marco en el que ANCERT propuso su taxonomía de poderes notariales y la disponibilidad de un servicio de consulta online de facultades vigentes y revocadas. CERES anunció la firma de un nuevo convenio con una de las pocas comunidades autónomas que todavía no lo tenían, y señaló algunas cifras como el más de 1 millón de certificados “de la agencia tributaria” como los denominó humorísticamente, que están activos. Servicios como los de consulta OCSP del DNI o la fabricación de tarjetas chip son actividades que también desarrolla la FNMT.

La jornada se orientó hacia las soluciones de firma electrónica que permiten llevar a cabo la factura electrónica con la participación de D. Eduardo Sáez, Director Comercial de ipsCA que llevó a cabo varias demostraciones de sus productos con diferentes modalidades de gestión de ficheros para firmar.

Tras la comida, Dª Margarita Martínez Aguiló, Gerente Técnico Comercial de Doc On Time destacó los retos de los proyectos de facturación electrónica y sus soluciones ejemplificándolos en el de la empresa Sol Meliá, y por extensión de las del sector turístico, tanto desde el punto de vista de la empresa que recibe las facturas como de la que las emite.

Dª Pilar Barea Directora de Negocio de Atos Origin moderó la primera mesa redonda de la tarde en la que intervinieron D. Juan Gil, Director General de Obralia, D. Mario de la Fuente, Coordinador de Servicios de TIREA, y D. Alejandro Sánchez Coll, Director del Departamento de Comercio Electrónico de AECOC. Tres sectores que con requisitos completamente dispares han visto que la factura electrónica mejoraba la eficiencia de la relación entre clientes y proveedores y que han resuelto de diferentes formas los retos de lograr su adopción. Obralia, ha creado servicios adicionales que enriquecen el mero servicio de firma de facturas, conversión de formatos o custodia de mensajes. Tirea ha logrado reducir los tiempos de gestión de facturas y de pago, y AECOC mostró la adopción de la eFactura en el sector de la distribución con más de 4.000 empresas (casi la mitad medianas y pequeñas) que con el lenguaje común AECOC intercambian facturas y otros documentos electrónicos estructurados, con crecimientos espectaculares desde la inclusión de la firma electrónica en los mensajes EDI. Desde el público, la opinión cualificada de un directivo de BBVA reflexionó sobre el rol que pueden tener las entidades financieras en relación con la adopción de la eFactura.

D. Adrián Moure, Vicepresidente de marketing, ventas y alianzas de Safelayer moderó la última mesa redonda de la tarde, muy participativa, en las que se plantearon los diferentes enfoques tecnológicos de los proveedores de soluciones (herramientas versus plataformas, gestión interna versus externalización de servicios). En ella intervinieron Dª Margarita Martínez Aguiló, D. Arturo González Mac Dowell y D. Javier Sánchez, Director de Proyectos de ipsCA . Una de las principales conclusiones fue que los procesos de facturación electrónica pueden ser relativamente simples, utilizando herramientas que los simplifiquen, o adoptando soluciones de terceros que externalicen la complejidad.

Por mi parte, comenté algunos de los resultados desarrollados por el Grupo de Trabajo de Factura Electrónica de ASIMELEC del que soy coordinador, como la propuesta de la Factura Normalizada, que permitirá una digitalización más sencilla cuando se adopte mayoritariamente por los emisores que sigan pegados al papel. La selección de ciertos formatos de factura electrónica y de firma electrónica también tiene por objeto limitar las dificultades de la interoperabilidad. En relación con el tema principal de mi ponencia enfaticé las ventajas de la adopción del formato de firma TS 101 903 variante ES-XL, firma avanzada XML que incluye sello de tiempo e información de validación. Con esta firma que denomino “firma completa” relativamente sencilla de hacer para el firmante que accede a los servicios de validación del mismo prestador de servicios de certificación que expidió su certificado, se logra que el tercero que confía en los certificados no deba preocuparse de saber como un PSC concreto permite verificar la validez. Esta firma podría utilizarse tanto en las facturas que “nacen” electrónicas como en aquellas que se digitalizan partiendo de su versión en papel, en un proceso que denomino “digitalización certificada” y que cuenta con precedentes legales que permiten albergar grandes expectativas que se consolidarán cuando se publique oficialmente la norma. En Albalia Interactiva ofrecemos herramientas para llevar a cabo la Compulsa Electrónica, y la Digitalización Certificada.

D. David Cierco Jiménez de Parga, Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información del Ministerio de Industria , Turismo y Comercio clausuró la jornada haciendo un repaso a algunas de las iniciativas del Gobierno en el marco del Plan Ingenio 2010, como el plan Avanza.

El Gobierno prevé llevar a cabo un esfuerzo presupuestario para el año 2007 que supera los 1.500 millones de euros, uno de los más ambiciosos hasta la fecha, destinados a impulsar el desarrollo de la Sociedad de la Información, y que en lo que se refiere al Plan Avanza se estructura un cuatro áreas de actuación: Ciudadanía Digital, Economía Digital, Servicios Públicos Digitales, y Contexto Digital. La adopción de la factura electrónica se considera una de las métricas principales para valorar el éxito de las acciones llevadas a cabo en el área de Economía Digital, para lo que se prevé desarrollar convenios con las Administraciones Públicas y Organizaciones sin ánimo de lucro como podría ser la propia ASIMELEC.

Las ayudas, en muchos casos coordinadas con las Comunidades Autónomas con sus propios compromisos presupuestarios y políticos se concretarán en líneas de apoyo a la I+D+i como se viene haciendo en programas como PROFIT, junto con otras como los préstamos TIC que se pueden gestionar a través de cualquier entidad financiera adherida.

Hay que tener en cuenta que la adopción de la eFactura supondrá un cambio cultural que tendrá que basarse en la adopción de nuevos sistemas y la interiorización de nuevos conocimientos, lo que hace imprescindible la Formación.

En los Préstamos TIC, que no requieren sin garantías adicionales, la financiación máxima será del 100% de la inversión, con un máximo de 50.000 euros por beneficiario. El plazo de amortización será de 3 años, con un máximo de 3 meses de carencia, con un tipo 0% durante el plazo de amortización. Los beneficiarios son las pequeñas y medianas empresas que no dispongan de conexión a Internet con banda ancha y realicen inversión en equipamiento para su conexión a Internet, así como las que realicen inversiones en software y hardware destinados a implantar el negocio y la factura electrónica. devolución de hasta 5 años. El objetivo es la adopción de soluciones de mercado.

Otra de las medidas que está adoptando el Gobierno, de tipo legislativo, es la futura Ley de Impulso de la Sociedad de la Información, que ya se ha sometido a consulta pública. En su artículo 3 se indica que las entidades que contraten con la administración pública deberán facturar electrónicamente, y con la recomendación de que se lleve a cabo por vía electrónica todo el proceso de contratación.

A propuesta conjunta del Ministerio de Industria Turismo y Comercio y del de Economía y Hacienda se publicará la normativa que favorezca la interoperabilidad en la adopción de formatos de factura electrónica.

Adicionalmente se promoverá el empleo de factura electrónica como medio preferido para justificar ayudas y subvenciones.
Tras el repaso a todas estas iniciativas, D. David Cierco dio por concluido el Congreso emplazando a ASIMELEC a participar en las áreas en las que está prevista la colaboración del Ministerio con las entidades sin ánimo de lucro.

Las principales conclusiones del evento son que estamos en un entorno maduro jurídica y técnicamente, con multitud de ofertas y soluciones, con grandes oportunidades en la mejora de la eficiencia de las empresas, y con la determinación del gobierno de impulsar la factura electrónica como principal métrica de la penetración de las TIC en las empresas.