José San Juan, nuevo director general de Visa Europe en Reino Unido


Visa ha nombrado nuevo director general de Visa Europe en Reino Unido a José San Juan , que hasta ahora era el máximo responsable de Visa Europe en España y Portugal, en sustitución de Colin Grannell.

San Juan cuanta con una dilatada expeciencia en la industria de las tarjetas de pago, gestionando durante los últimos seis años áreas importantes del negocio de Visa Europe en el Norte y centro del continente. Anteriormente, ocupó varios puestos ejecutivos en Banesto EFT y Sistema 4B, al tiempo que fue miembro de los comités europeo e internacional de asesores de marketing y productos de tarjetas de Visa.

El presidente y consejero delegado de Visa Europe, Peter Ayliffe, destacó que Reino Unido es el mercado más grande de Visa en Europa, por lo que la experiencia, el conocimiento y «el estilo dinámico» de José San Juan es «la mezcla perfecta para asegurar el liderazgo en el mercado británico», añadió.

José San Juan sustituirá en el cargo a Colin Grannell, que pasa a ocupar el cargo de vicepresidente ejecutivo de Alianzas de Marketing. Su labor se centrará en los patrocinios y los acuerdos de colaboración de Visa Europe, especialmente en el patrocinio de los Juegos Olímpicos de Londres 2012.

Ver Nota de Prensa de Visa Europe.

El 90% de los expertos jurídicos europeos equipara la validez del correo electrónico, la factura y la firma electrónicas con la de la prueba tradicional


Un informe elaborado por Cybex, y presentado el pasado 14 de diciembre de 2006 el colaboración del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), la Dirección General de la Policía y Guardia Civil, el Ministerio de Justicia de Francia, refleja algunas interesantes valoraciones de los juristas. El informe, titulado ‘La admisibilidad de la prueba electrónica ante los Tribunales’ (Admision of Electronic Evidence in Court, AEEC), ha supuesto un año una investigación en forma de estudio comparado de Derecho procesal y pretende servir como un instrumento útil para combatir los delitos tecnológicos.

Según este informe,

  • El 77,8% de los juristas europeos consultados, entre los que se encuentran los españoles, reclaman que se establezca un marco normativo europeo específico que regule la prueba electrónica para combatir el ciberdelito
  • Los empresarios proponen la creación de protocolos informáticos y planes de formación en la obtención y presentación de la prueba digital en los juicios
  • El 61,8% de los profesionales del Derecho sostiene que el empleo de la prueba digital acelera el procedimiento judicial aunque el 37% se siente incómodo al usarla
  • El 89,5% de los expertos jurídicos consultados en España y en otros 15 países europeos –fiscales, jueces, abogados, representantes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y notarios- considera que la validez de la prueba electrónica es equivalente a la tradicional en los procesos judiciales.

La prueba electrónica es cualquier información obtenida a través de un dispositivo electrónico o medio digital que sirve para adquirir convencimiento de la certeza de un hecho en un juicio (e-mail, la firma y la factura digital). Se considera prueba tradicional informaciones tangibles (documentos en papel, audiovisuales, pruebas científicas como ADN) usadas en los juicios.

Ausencia de regulación específica de la prueba digital y demanda de un marco normativo europeo

La investigación incluye un análisis comparativo de 78 normas legislativas de los países analizados. Esta comparación refleja que en ninguno de sus ordenamientos jurídicos hay referencias específicas a la prueba electrónica. Esta ausencia implica que la utilización de la prueba digital en un proceso judicial se rige por una interpretación jurídica analógica de la prueba tradicional.

El 61% de los expertos entrevistados con perfil jurídico opina que en Europa el sistema normativo que regula la prueba electrónica necesita cambios al no adaptarse a la realidad tecnológica. Una de las soluciones propuestas por este colectivo es establecer un marco jurídico europeo que regule la prueba electrónica. De ellos, el 77,8% considera necesario fijar normas internacionales que homogeneicen el tratamiento procesal de la prueba electrónica para mejorar la cooperación transnacional entre los agentes sociales que intervienen en la erradicación del ciberdelito. El principal objetivo de esta reivindicación es hacer frente a la dimensión transnacional de los delitos tecnológicos. Por contrapartida, el 22,2% de los entrevistados mantiene que la regulación de la prueba digital debe competer exclusivamente a los Estados y no debe de ser una norma europea.

Los empresarios demandan prevención, formación y legislación

La mayoría del sector empresarial consultado propone la creación de protocolos informáticos de actuación estándar en relaciones laborales. También solicitan planes de asesoramiento y formación en la obtención, conservación y presentación de las pruebas digitales en los procesos judiciales. Los empresarios solicitan la necesidad de reformar y clarificar la legislación en torno a la prueba electrónica. Proponen incrementar la seguridad de las comunicaciones electrónicas, la implementación de la firma electrónica y la reducción del tiempo de almacenamiento de los documentos.

Ventajas e inconvenientes de la prueba electrónica

El 61,8% de los expertos del Derecho consultados indica que la aplicación de la prueba digital acelera el procedimiento procesal en los tribunales. Entre las otras ventajas que exponen, se encuentran la exactitud, veracidad, objetividad (en comparación, por ejemplo con testigos) y la fiabilidad que ofrece este argumento judicial, así como la utilidad que supone disponer de una información, hasta ahora imposible de obtener, en las investigaciones y en los procesos jurídicos en los que aparecían dispositivos electrónicos. Por otra parte, el temor a la vulnerabilidad, su alto grado de la volatilidad y la facilidad con la que la prueba electrónica se puede manipular son los principales inconvenientes que perciben los juristas entrevistados. Además, citan la dificultad para la preservación y almacenamiento de la prueba. El 37,3% se siente incómodo al trabajar con pruebas electrónicas debido a la falta de un sistema normativo específico que las regule. De este dato porcentual, una cuarta parte corresponde a respuestas de juristas españoles.

Tipología de delitos tecnológicos

El informe recoge también la experiencia de expertos europeos en informática forense. Según estos profesionales, los casos de jurisprudencia más comunes en el mundo empresarial corresponden a fraudes bancarios y económicos a través de la red (phising, pharming), el uso incorrecto de los recursos electrónicos en ámbito laboral, espionaje industrial y problemas de seguridad de datos tanto digitales como documentales. Estos profesionales reclaman que se cumplan las disposiciones de la Convención de Budapest sobre Cybercrimen del Consejo de Europa.

Autoridad competente para la admisibilidad de la prueba digital

Según este estudio, la autoridad máxima competente en Europa para determinar la admisión a trámite de la prueba electrónica es el juez, una figura que en Grecia y Luxemburgo comparte esta competencia con el fiscal general. En Austria, Dinamarca, Suecia y Finlandia la admisibilidad de la prueba digital sólo depende de la valoración subjetiva del juez, mientras que en los otros 12 países estudiados la máxima autoridad judicial se basa en la legalidad del argumento electrónico, su fiabilidad y pertinencia, el respeto de los derechos fundamentales en la obtención de la información, su utilidad, y la originalidad y la efectividad de la prueba.

Sin embargo, en la obtención y presentación de la prueba electrónica, el informe revela que en la práctica judicial se incumplen con mayor frecuencia las normas sobre protección de datos y de los derechos de los trabajadores, lo que provoca que se rechacen estas pruebas a menudo. En cuanto al incumplimiento de los requisitos técnicos, la comprobación de su autenticidad, la inalterabilidad del documento digital enviado a través del correo electrónico, y la ausencia de la firma electrónica suelen ser los principales detonantes de la pérdida total de la fuerza probatoria ante los tribunales de la prueba electrónica.

Programa AGIS

El informe se enmarca en el programa de la Comisión Europea AGIS, e incluye una revisión comparativa de las legislaciones vigentes de 16 países europeos: España, Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido, Rumanía y Suecia. Un equipo de investigadores multidisciplinares de estos países realizó 125 entrevistas a los principales expertos europeos sobre la validez de la prueba electrónica en los procesos judiciales, entre los que se encuentran juristas, representantes del CGPJ de los 16 países, empresarios, policías y expertos en informática forense.

Proyecto AEQUITAS

Durante los años 1998 y 1999 se desarrolló otro proyecto semejante que dirigió el profesor D. Fernando Galindo en el marco del Programa Infosec (Security of Telecommunications and Information Systems), una de las acciones de la iniciativa European Trusted Services (ETS) de la DG XIII de la Unión Europea.

El Proyecto AEQUITAS elaboró el informe «The Admission as Evidence in Trials of Penal Character of Electronic Products Signed Digitally» disponible junto a otros informes igualmente interesantes en el marco de los estudios y proyectos ETS.

Estos trabajos influyeron en el desarrollo de la Directiva 99/93 de Firma Electrónica, y por otro lado condujeron a la creación de FESTE, la Fundación para el Estudio de la Seguridad de las Telecomunicaciones que tuve el honor de gerenciar.

 

 

Acaba el año 2006 con más de 160.000 DNIs electrónicos


huella-dni-e.gifgrabando-dni-e.gifAl inicio del período navideño, la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil anunció que se había alcanzado la cifra de 160.000 unidades expedidas del nuevo DNI electrónico. A lo largo del año se han adaptado 44 oficinas para su emisión, cubriendo un total de 34 ciudades. En este mapa es posible encontrar, provincia a provincia, la dirección postal de las oficinas de expedición del DNI. También está disponible un listado de ciudades en las que es posible obtenerlo.

mauricio-pastor.gifEl DNI electrónico es uno de los elementos más importantes para el desarrollo de la Sociedad de la Información. Como bien decía D. Mauricio Pastor, «Puede ser que a los españoles se nos hayan escapado algunos trenes de la historia. Pero este no se nos escapa. No sólo eso, estamos pilotando la locomotora»

Gracias al DNI electrónico se desarrollarán un gran número de servicios a distancia de las administraciones públicas  que facilitarán la vida a los ciudadanos y se garantizarán los procesos transaccionales en la banca y en el comercio electrónico.

También pueden reseñarse otros parámetros del proyecto:

  • El RD 1553/2005 de 23 de diciembre se publicó en el BOE del dia de Nochebuena de 2005.
  • El 16 de febrero de 2006 se llevó a cabo la Ceremonia de generación de claves de la autoridad de certificación raíz del DNI electrónico, presidida por el Ministro del Interior, D. José Antonio Alonso.
  • El 16 de marzo se publica en el BOE la ORDEN INT/738/2006, de 13 de marzo, por la que se aprueba la declaración de prácticas y políticas de certificación del Ministerio del Interior.
  • El mismo 16 de marzo se emitió el primer DNI electrónico en Burgos. La primera ciudadana burgalesa en obtenerlo fue Ana Isabel Vicente Zorita, vicepresidenta de la Asociación de Jóvenes Empresarios de Burgos.
  • Al finalizar el año, ya existen drivers del DNI electrónico para Windows, Linux (Debian, Fedora, Ubuntu) y Mac.
  • También están disponibles los servicios de validación OCSP (Online Certificate Status Protocol) de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre – Real Casa de la Moneda) y del MAP (Ministerio de Administraciones Públicas).

En la página de descargas ya es posible encontrar los siguientes servicios:

Alfredo Sáenz


AQlfredo SáenzHoy se cumplen 13 años desde la intervención de Banesto por el Banco de España (era el día de los Santos Inocentes, al principio nadie se lo creía). Esta fecha marca el inicio de la etapa de D. Alfredo Sáenz en la entidad. Yo estaba en aquel momento el LEINSA, filial de Banesto (a través de Banesto STA) después de que toda la empresa Banesto EFT se integró en ella.

Conocí personalmente a D. Alfredo Sáenz en 1999, tras mi regreso a Banesto, cuando tuve la oportunidad de crear con José María Fuster la «Banesto Internet Business School«. Bueno, en realidad no se llamaba así, pero era un intento de analizar las claves de los negocios «punto com» en un momento de expansión de la burbuja en el que todavía no estaba claro cual era el modelo de generación de valor, aunque había algunas métricas para asignar gran valor a empresas que poco después desaparecieron.

La causa de aquel curso era el interés de D. Alfredo de profundizar en los conceptos asociados a Internet y ver su potencial para los negocios y para la banca. El ritmo era muy exigente, en sesiones de 1 hora de duración que comenzaban puntalmente a las ocho de la mañana y a las que se incorporaron otros altos directivos de la entidad.

Uno de los resultados del análisis fue la estrategia «Bricks and Bits» que D. Alfredo formuló en la presentación de resultados de la entidad en el año 2000.

D. Alfredo es en la actualidad vicepresidente y consejero delegado del Grupo Santander y opinión de peso en todo el mundo, como lo prueba esta entrevista en New York Times.
Este gran aficionado a la música clásica y padre de cuatro hijos, nació en 1942 en Vizcaya y se licenció en Derecho y en Ciencias Económicas por la Universidad Comercial de Deusto. Se inició profesionalmente en Tubacex hasta que, en 1981, se incorporó al Banco de Vizcaya como director de Planificación y Desarrollo. Poco después llegaría al Consejo de Administración de Banca Catalana, de la que fue presidente ejecutivo entre los años 1986 y 1994. Posteriormente, pasó a formar parte también de la directiva del Banco de Vizcaya del que, finalmente, fue designado vicepresidente.Impulsó la recuperación de Banesto tras la intervención del Banco de España y la destitución de todo el equipo encabezado por Mario Conde a partir de que en diciembre de 1993 fuera nombrado por el Banco de España presidente del nuevo órgano de administración provisional de la entidad, cesando en sus responsabilidades en el Banco Bilbao Vizcaya.

La polémica subasta de Banesto

A comienzos 1994, el Banco de Santander se hizo, en subasta, con el 73% del capital del banco que se encontraba en posesión del Fondo General de Depósito por un montante de 313.457 pesetas (762 pesetas por acción). Ese mismo día, D. Emilio Botín confirmó al Sr. Sáenz al frente de Banesto. Tras su incorporación definitiva a Banesto y por incompatibilidad, dejó Banca Catalana.

En 1994 Sáenz fue nombrado también consejero en Telefónica y, poco más tarde, consejero del Banco Santander. Tras la fusión alcanzada en enero de 1999, entre el banco Santander y el Central Hispano, se decidió mantener la marca de Banesto y configurarlo como una unidad independiente, en el seno del grupo BSCH, y confirmar a D. Alfredo Sáenz como presidente de esta entidad.

En febrero de 2002, Sáenz fue nombrado vicepresidente segundo y consejero delegado del Santander Central Hispano, tras la remodelación realizada en la entidad, dejando la presidencia del Banesto a Dª Ana Patricia Botín, hija del presidente del Santander Central Hispano.

El 25 de febrero de 2002, en la reunión de la Comisión Ejecutiva del SCH se reforzó la figura del Sr. Sáenz, que ya era consejero delegado, con su nombramiento como presidente de BSN Banif y vicepresidente de Santander Central Hispano Investment. Ese mismo año sería nombrado también vicepresidente de Cepsa.

Acabado el plazo de negociación del Canon


El pasado domingo 24 de diciembre acabó el plazo en el que la industria electrónica y las entidades gestoras de derechos de autor debían ponerse de acuerdo sobre el canon digital, de manera que a partir de este momento serán los Ministerios de Cultura e Industria quienes deban determinar el listado de aparatos sujetos a este gravamen y su cuantía en cada caso.

El director de la Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones (ASIMELEC), José Pérez, ha confirmado que tras un largo e intenso proceso de diálogo que comenzó el pasado 11 de septiembre por mandato de la Ley de Propiedad Intelectual, no ha sido posible llegar a ningún acuerdo.

Según dicha ley, tras este período de negociación entre la industria (fabricantes y distribuidores de equipos) y las entidades de gestión de los derechos de autor para acordar el listado de aparatos que deben estar sujetos al pago de la «compensación por copia privada», así como las cantidades de cada caso, la negociación se traslada a los Ministerios de Cultura (que retoma el testigo de las entidades gestoras de derechos de autor) y de Industria, Turismo y Comercio (que toma en consideración las necesidades de la industria y las de los usuarios que ejercitan su derecho de copia privada).

Ambos ministerios disponen ahora de un plazo de tres meses para establecer por una orden ministerial conjunta la relación de equipos, aparatos y soportes digitales y las cantidades aplicables a cada uno de ellos en concepto de compensación por copia privada. Esta orden ministerial debe renovarse cada 2 años y tener en cuenta las opiniones del  Consejo de Consumidores y Usuarios y  del Ministerio de Economía y Hacienda.

Las organizaciones que participaron en las conversaciones fueron, por parte de las entidades de gestión: Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO), Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI),  Artistas Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE); Visual, Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP); Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA); Artistas Intérpretes, Sociedad de Gestión (AISGE) y Asociación Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (DAMA).

Por parte de la industria electrónica e informática participaron la Asociación de Empresas de Electrónica, Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones de España (AETIC) y la Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones (ASIMELEC).

Business Angels


La Red de Inversores Privados del IESE celebará el primer Foro del año el próximo 18 de enero, a las 16 h, en la sede del IESE en Barcelona. Los inversores de la Red que lo deseen podrán descubrir los nuevos business plan que los propios emprendedores presentarán con detalle durante la sesión.

Los Foros de inversión son un punto de encuentro entre los inversores ligados a la Red y los emprendedores que acuden a ella. A través de los Foros, el inversor obtiene una visión general y de primera mano sobre el proyecto empresarial y sus promotores. Por su parte, los emprendedores reciben un primer contraste y valoración de su propuesta por parte de personas con experiencia emprendedora y empresarial. Se dirigen por un lado a personas con capacidad inversora y con deseo e interés de contribuir a lanzar, desarrollar y/o consolidar proyectos empresariales con potencial de crecimiento, aportando capital y conocimiento. Y por otro, a emprendedores y promotores de empresas de nueva creación que estén buscando financiación y apoyo para lanzar y desarrollar sus proyectos con éxito.

En el caso del IESE el proceso sigue estos pasos:

1. Recepción de planes de negocio
El emprendedor presenta a la Red los siguientes documentos:
  • Perfil de la empresa
  • Resumen Ejecutivo
  • Curricula Vitae del equipo emprendedor
2. Primer filtro
La dirección de la Red verifica que la documentación presentada por los emprendedores se ajusta a los requisitos exigidos y redirige los proyectos al equipo evaluador.
3. Segundo filtro
El Comité Evaluador, compuesto por inversores de la Red y profesores del IESE, selecciona los proyectos más adecuados a las características de la Red y a sus miembros
4. Circulación de proyectos
Los proyectos seleccionados se presentan en los Foros de Inversión. Los inversores puedes consultar la agenda de cada foro en la intranet de la Red y acceder a otras propuestas de inversión que no han pasado el filtro para el Foro.
5. Presentación en foros
Cada 4-6 semanas se celebra un Foro de Inversión en los que un reducido número de emprendedores presenta su idea de negocio a los inversores de la Red.
6. Networking
Tras los Foros, emprendedores e inversores disponen de espacios para avanzar en el conocimiento de los proyectos.
7. Valoración de la propuesta de inversión
La Red hace llegar a cada emprendedor un documento con las valoraciones y comentarios que los inversores hacen sobre su proyecto.

Aparte de esta red, existen otras BAN (Business Angels Networks) como la del CIDEM , la de la Comunidad de Madrid o la de la Universidad de Santiago de Compostela (UniBAN)

Más información sobre los inversores privados que buscan participar en empresas de Base Tecnológica.

Fraude en patentes


Leo en Dr Dobbs que Microsoft ha solicitado dos patentes sobre el RSS.

Lo llamativo del comentario es que podría ser que Microsoft no estuviera solicitando esta patente para pleitear contra quien de verdad lo ha inventado, sino para poder defenderse en el futuro contra cierta variante de especuladores carroñeros oportunistas que patentan sistemas que no han inventado para litigar contra grandes empresas. Dr Dobbs menciona como fuente el Blog de Nick Bradbury, creador del popular lector RSS FeedDemon.

«There are plenty of sleazebags who file patent applications on obvious ideas, and then wait for someone like Microsoft to infringe those patents,» Bradbury said in his blog. «In other words, companies like Microsoft often file patents to prevent having to shell out millions of dollars to predatory lawyers who haven’t invented anything other than a legal pain in the ass.»

En España también conocemos este tipo de oportunistas que se benefician de las vulnerabilidades del sistema de concesión de patentes y pretenden amedrentar a los legítimos inventores o a las empresas que utilizan con mucha anterioridad las tecnogías que supuestamente cubre su «patente» amenazándolas con pleitos

Buscador de patentes de Google


La verdad es que es un valor propio (el fondo de comercio) la presunción de que Google «lo hace mejor».

En esta ocasión es un buscador de patentes. Son las patentes de Estados Unidos y cuentan con su «buscador oficial»

El buscador de Google permite buscar entre 7 millones de patentes concedidas desde 1790,  indicando la fecha de solicitud, la de concesión, el inventor o el número de patente.

Las mejoras en las que trabaja el equipo de desarrolladores incluyen la ampliación a patentes internacionales, patentes USA concedidas después de junio de 2006 y solicitudes depatentes.

Preguntas y respuestas sobre la eFactura en la Administración Pública


A raiz del reciente Primer Congreso de Factura Electrónica y Digitalización Certificada convocado por ASIMELEC, preparé para la prensa una serie de respuestas a una serie de preguntas. Me imagino que salió publicado, pero no sé el medio. Si alguien lo sabe, que me lo indique, por favor.

Incluyo los comentarios a continuación.

– En breve será obligatorio para las empresas realizar los trámites con la administración mediante factura electrónica. ¿Qué implicaciones tiene para las empresas este reto?

En principio esto solo va a afectar a las empresas que trabajan para la Administración, a las que ya hoy se les están exigiendo bastantes requisitos en los concursos y licitaciones. Este será uno más. Mientras no se determine la forma precisa de cumplir este requisito, y a la luz de la actual normativa sobre factura electrónica, lo cierto es que elaborar una factura electrónica es muy sencillo y lo puede hacer la propia empresa o gestionarla a través de una empresa de servicios.

– ¿En qué estado se encuentran actualmente en su adaptación a la e-factura?

La adopción de la factura electrónica por las empresas, al margen de las del sector de distribución y el de automoción que usan EDI desde hace mucho años, es desigual y con mucho potencial de crecimiento. Pero con la aparición de servicios de facturación como los que están creando las entidades financieras y los operadores seguramente se logrará aumentar su penetración en pymes y micropymes. Las empresas grandes están optando por adaptar sus sistemas incorporando firma electrónica y almacenamiento de documentos electrónicos, soluciones que habitualmente proporcionan proveedores tecnológicos miembros de ASIMELEC y las utilities (agua, saneamiento, electricidad, gas y comunicaciones) que ya llevan tiempo desarrollando soluciones destinadas a los usuarios finales, están cavilando sobre la forma de lograr que los consumidores acepten esta forma de recepción de facturas.

– ¿Qué tipo de empresas están llevando a cabo la implantación con mayor rapidez? ¿Cuáles se muestran más reticentes?

Normalmente la implantación es cosa de dos. Por lo menos. Lo habitual es que empresas que emiten muchas facturas inicien proyectos con sus mejores clientes, pensando en generalizarlo al resto y que las que las sobre todo reciben facturas empiecen con unos pocos proveedores. Con lo cual, la mayor parte de las iniciativas son sectoriales. Esto quiere decir que no puede afirmarse que lo hagan más rápido las grandes o las pequeñas, porque en cierto modo dependen unas de otras. Lo que ayuda a hacer despliegues rápidos es la «paquetización» de soluciones. Por ejemplo, en las últimas versiones de Contaplus ya existe la posibilidad de generar facturas en formato electrónico UBL, lo cual pone la factura electrónica al alcance de muchas empresas. También es muy rápido emitir facturas a través de plataformas ASP como Faccil. Podemos afirmar que, dependiendo del proyecto, en 2 días puede una empresa a facturar electrónicamente. Si bien los proyectos más complejos, que implican integración con sistemas ERP o modificaciones en la operativa de empresas grandes, pueden llevar varios meses.

– ¿A qué inversión tienen que hacer frente?

Las soluciones ASP suelen tener costes de alta, mensuales y unitarios por factura. Los costes de alta y mensuales suelen estar entre 30 y 50 euros, y los unitarios entre 5 y 20 céntimos de euro. Las soluciones ofimáticas de facturación con prestaciones de factura electrónica pueden costar entre 300 y 1.000 euros. Además hay que contar con los costes del equipamiento informático y de comunicaciones. En los casos en los que sea preciso utilizar certificados electrónicos su coste está entre 30 y 50 euros al año, si bien algunas entidades aplican tarifas de 400 euros por certificados que duran 2 años. Los servicios de consulta de validez de certificados y de fechado electrónico suelen costar de 1 a 4 céntimos de euro por factura.

– ¿Qué va a suponer para las empresas la e-factura? ¿y para la Administración?

Para las empresas pensar en adoptar la e-factura supone sobre todo la oportunidad de revisar y rediseñar los procesos completos de emisión y recepción de facturas, lo que supone un gran ahorro sobre el que se publican cifras por todas partes.  Ademá, otros efectos saludables que produce son las  mejoras de clima laboral, de relación entre proveedores y clientes, de gestión de tesorería y de reducción de morosidad.

La Administrador va a tener que revisar normativas de contratación y pago a sus proveedores que son en parte incompatibles con las de IVA, facturación y morosidad, sobre todo en lo que se refiere al control de plazos. Pero también se beneficiará de una mayor eficiencia y auditabilidad.

En todos los casos va a suponer la necesidad de «empaparse» de conceptos como la «firma electrónica» y el «almacenamiento de documentos electrónicos con valor legal«.

– ¿De qué manera repercutirá en su negocio?

Inicialmente hay algunas barreras porque los emisores deben lograr que los receptores acepten esta modalidad de facturación. Pero en general, incluso esa acción ya conlleva mejoras comerciales, ya que se crea la percepción de empresa avanzada y preocupada por la reducción de costes, lo cual es excelente en un proveedor. A veces, las empresas receptoras son las más interesadas en la factura electrónica y eso puede hacer que en algunas ocasiones discriminen positivamente a los proveedores que pueden remitírselas en ese formato. Y además lo incentivan con plazos de pago más rigurosos o, incluso, más breves. Y, desde luego las mejoras de eficiencia de unos y de otros redundan en la competitividad, sin duda alguna.

– ¿Qué inconvenientes les supone?

Inicialmente, el mayor inconveniente es que hay que mantener de forma paralela el circuito de gestión de facturas en papel mientras se implanta el de facturas electrónicas, pero no deja de ser el problema de cualquier migración. Un inconveniente que a veces se menciona es el de la complejidad relativa de gestionar certificados y firmas electrónicas. Pero por un lado, se ha llegado a simplificar mucho esta gestión, y por otro ya hay servicios de terceros que «se encargan de todo», de forma que el uso del sistema es tan sencillo que opaca la supuesta complejidad.

– ¿Qué ventajas les aporta?

Mayor eficiencia, mejor aprovechamiento de las habilidades de los empleados, ahorros directos, reducción de controversias, mejoras en los tiempos de resolución de incidencias, reducción de plazos de cobro, mejoras en la capacidad de negociación de los plazos de pago, mejores posibilidades de acudir a servicios financieros como el confirming y el factoring, mejora de la relación comercial, mejora de la imagen de la empresa. Y el cumplimiento de obligaciones cuando la facturación electrónica sea impuesta por una norma legal, por ejemplo, cuando el destinatario de la factura sea una administración pública.

– ¿Reducción de costes o gasto sin retorno?

Sin lugar a dudas, reducción de costes. Para el emisor está claro, al menos por la eliminación de los costes de correspondencia postal (el coste de conexión a Internet, que actualmente es de unos 30 euros al mes, es necesario por otras razones y está asumido por la entidad). Y en el lado del receptor, los costes de manipulación, clasificación, archivo y búsqueda suponen varios órdenes de magnitud de diferencia, si se compara gestión en papel respecto a gestión electrónica.

– Retos de la tecnología para garantizar un entorno seguro y fiable

No siempre la empresa deberá ocuparse de la seguridad del entorno si utiliza servicios de terceros, y desde luego los criterios de seguridad son menos exigentes que los que impone el Reglamento de Seguridad de la LOPD. Los retos se refieren a la autenticidad e integridad de los documentos electrónicos y a su disponibilidad en una inspección tributaria. Para gestionar firmas en XML (XAdES, según la norma TS 101 903 variante ES-XL) cabe la posibilidad de que el firmante incluya la información de validez del certificado obtenida de su PSC (Prestador de Servicios de Certificación) o que la inclya el receptor. En este segundo caso el principal reto es que el receptor puede recibir facturas firmadas electrónicamente con certificados expedidos por cualquier PSC español o europeo, lo que añade un plus de complejidad si no se conocen de forma anticipada sus características y condiciones de uso.

– ¿Cuál será el siguiente paso?

La mayor parte de los esfuerzos actuales van en la línea de la uniformización de las facturas en papel para que incluso cuando un expedidor no pueda usar factura electrónica, no haga las cosas más difíciles al receptor que intente digitalizarlas convirtiéndolas a letras y números mediante sistemas de reconocimiento óptico de caracteres. En este sentido el Grupo de Trabajo de Factura Electrónica de ASIMELEC está proponiendo plantillas de Factura Normalizada en papel para 3 niveles diferentes de complejidad de facturas. Los esfuerzos en la normalización de formatos electrónicos hoy dejan claro que serán 3 los formatos XML utilizados (UBL, CCI y GS1) mientras se consolidan las propuestas unificadoras de las Naciones Unidas (Cross Industry Invoice) y del Comité Europeo de Normalización (eInvoice Focus Group). Dentro de las firmas electrónicas el formato PKCS#7 (o CAdES, en referencia a TS 101 733) será residual aunque sus principios se usan en otros formatos como el de los ficheros PDF y el XAdES (TS 101 903) utilizado en XML en sus variantes básica y ES-XL. Desde el punto de vista normativo, el marco español y europeo es maduro, y solo quedan por resolver unos pocos flecos que a nivel de criterio se han definido ya en el borrador de orden ministerial publicado por la Agencia Tributaria.

Cuando finalmente sea obligatoria la factura electrónica para los proveedores de la Administración, como ya se ha anunciado desde el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, las diferentes administraciones deberán adaptar sus sistemas para aceptar facturas firmadas con certificados electrónicos de cualquier PSC.