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La factura electrónica es uno de los usos más extendidos de la firma electrónica en el mundo empresarial, pero todavía genera dudas. Espero aclarar algunas aquí

Nuevo diseño en Faccil


Con el objetivo puesto en la sencillez de uso, estos dias hemos actualizado en servicio Faccil, de facturación electrónica.

Es un sistema que genera facturas electrónicas según el formato facturae 3.1 y firmas electrónicas según la norma TS 101 903, en la modalidad ES-X-L (con un certificado cualificado/reconocido específico de la plataforma emitido por ANCERT a nombre de Albalia Interactiva). Utiliza un dispositivo seguro de creación de firma (un HSM de Realsec), por lo que las firmas resultantes tienen el máximo valor legal previsto en la Ley 59/2003, y liberan al destinatario del esfuerzo de comprobación de la vigencia del certificado electrónico asociado a la firma, ya que todas las evidencias electrónicas de su validez están incluidas

Además el usuario no tiene que preocuparse de nada de lo relacionado con la tecnología y puede usarlo como un sistema de facturación convencional, dado que también permite generar facturas en papel.

No hay que instalar nada en el ordenador: se maneja con un navegador de internet. Y no hay que resolver ninguna incidencia relacionada con máquinas virtuales Java o con firmas electrónicas. Todo lo hace la plataforma de forma transparente.

Factura Electrónica y dispositivo seguro de creación de firma


En el Blog «Lo que no se da… se pierde» hay un interesante artículo de junio de 2006 que no había visto, aunque me suena y con el que estoy muy de acuerdo. Aunque el blog no parece muy activo en tiempos recientes, parece muy interesante por el resto de sus artículos.

(por cierto, ya sé por qué me suena. Se trató en el Foro de las Evidencias Electrónicas http://www.evidenciaselectronicas.org/mailman/private/general/2006-June/000547.html y era un mail de Chema López que trajo también interesantes respuestas)

Lo transcribo:

Sin consideración especial a la factura electrónica, la Directiva 2001/115/CE dice que los estados no podran obligar a los emisores a firmar las facturas. Es decir, no es que las facturas en papel no se firman, es que no se deben firmar. Esto entra en contradicción con la normativa española que exige firma electrónica reconocida que, como sabemos, es equivalente a la firma manuscrita.

En cualquier caso, a pesar de que el RD 1496/2003 impone el uso de firma electrónica reconocida, la AEAT basa la aceptación de certificados no en el hecho que sean reconocidos, sino en el hecho que esten «aceptados» por la Orden HAC/1181/2003.

En el evento del año 2006 del CEN/ISSS eINVOICING WORKSHOP, se aportaban algunos argumentos interesantes:

  • En aquellos estados en que se requiera firma electrónica reconocida por la legislación nacional, esta no debe tener la consideración de acuerdo con el contenido de la factura electrónica. Sólo debe considerarse en este caso el propósito de garantia de autenticidad e integridad. Para los propositos de
    la Directiva el término «firma electrónica» debe tener el significado de «sello electrónico».
  • Dado que no debemos considerar que la firma significa acuerdo con el contenido, no hay ningún problema en que sean procesos batch los que firmen las facturas.

«derivaciones»:

1. Este tipo de prácticas generan la confusión de que la firma electrónica reconocida es algo que se puede conseguir con un certificado almacenado en un simple PC, cuando todos sabemos que la presunción legal exige el dispositivo seguro (aunque en mi opinión no es necesario que esté certificado: la certificación simplifica más la prueba, pero no resulta exigible para la firma reconocida).

2. Aunque en este Estado todos nos autosugestionemos para creer que la firma electrónica avanzada ha sido transmutada por arte de la AEAT en una firma electrónica reconocida, resulta que no lo es, y por  consiguiente tendremos  más problemas (de los que ya tenemos, quiero decir) para lograr la «libre
circulación de las firmas electrónicas».

3. Además, resulta que con esta práctica no ha liberado a las empresas de la obligación de cumplir la Ley 59/2003, por lo que el riesgo lo asumen ellas. Me explico:

  1. Una empresa quiere hacer factura telemática; ergo conforme RD 1496/2003 sabe que se encuentra obligada a emplear algo que legalmente sea «firma electrónica reconocida».
  2. Como dispone de un certificado gratuito de la FNMT-RCM, que está admitido por la AEAT, lo utiliza para facturar.
  3. En caso de duda jurídica sobre la firma electrónica producida, lo primero que encontrará es que ha elegido un instrumento que no era idóneo legalmente para cumplir la normativa, con lo cual habrá infringido la normativa tributaria.
  4. Por supuesto, la FNMT-RCM no resultará responsable, básicamente por no haberle prometido en ningún sitio que el producto suministrado era idóneo para producir firmas electrónicas reconocidas.
  5. Por fortuna, como la AEAT ha «admitido» el certificado, entonces difícilmente será sancionado por la propia AEAT, pero… ¿qué pasa si el problema legal NO es con la AEAT, sino en relación con un moroso que no paga?

¿No se puede encontrar con un juez que decida – con base suficiente, por cierto – que el instrumento no debe producir sus plenos efectos, dado que se emitió de forma incorrecta? Ciertamente es un vicio subsanable, pero seguro que podríamos haberlo hecho mejor.

SOBRETODO porque la Directiva 2001/115/CE NO exigía a los Estados Miembros imponer el requisito de la firma electrónica reconocida, porque – como todo el mundo sabe – las facturas en papel, NO SE FIRMAN.

CONCLUSIÓN: No parece haber sido una buena idea que el RD 1496/2003 imponga el uso de la firma electrónica reconocida, para después «saltarse» el requisito mediante una frase publicada en una página web, que por cierto, no tiene valor legal.

MI RECOMENDACIÓN: Emplear firma electrónica reconocida «de verdad», CON INDEPENDENCIA de lo que la AEAT considere dispositivo seguro.

4. Además, hace falta avanzar en la definición de normas y criterios en relación con los dispositivos seguros de creación de firma de funcionamiento automático en servidor (los llamados «servidores de firmas» o «portafirmas», por algunos), no sea que ahora necesitemos a los pobres humanos para introducir su PIN de firma constantemente.

De otra forma, podemos hasta conseguir lo contrario de lo perseguido con la normativa de firma electrónica; es decir, que NO SE USE.

Relacionado con la factura electrónica, me llama la atención una cosa que no sé si se ha discutido alguna vez con anterioridad. La cuestión es la siguiente:

  • En la orden HAC/1181/2003, disposición segunda, punto 1, 4o párrafo, se dice que las firmas de las facturas electrónicas deben realizarse con un «dispositivo seguro de creación de firma» (DSCF) según la legislación sobre firma electrónica: entiendo que la ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
  • Esta ley define los requisitos de un DSCF en el artículo 24, punto 3. El artículo 27 viene a decir que es necesario pasar una certificación para que un dispositivo de creación de firma se considere DSCF y que las normas técnicas de referencia aparecerán en el diario oficial de la Unión Europea. Hasta donde yo sé, estos dispositivos deben cumplir la norma CWA-14169 (Official Journal of European Union, 15.7.2003) 
  • Hasta la fecha, que yo conozca, sólo algunos dispositivos hardware criptográficos (alguna tarjeta inteligente), cumple esta norma y desde luego, ningún módulo criptográfico sólo basada en software lo cumple.

Sin embargo, en la siguiente dirección, de la AEAT, aparece esta ‘innovadora’ definición de dispositivo seguro de creación de firma: » La AEAT aceptará dispositivos seguros de creación de firma consistentes en
aplicaciones informáticas de amplio uso, como módulos criptográficos normalizados contenidos en sistemas operativos u otro software».

Esto presenta los siguientes problemas:

  • Tenemos dos definiciones de DSCP, la que marca la ley y la que le conviene a la AEAT
  • La definición de la AEAT, en aras de facilitar la adopción de la factura-e, está perjudicando a:
    – fabricantes de tarjetas
    – prestadores de servicios de certificación posicionados en servicio de alta calidad y seguridad, cumpliendo la legislación vigente

La verdad es que no parece necesaria esta concesión que está haciendo la AEAT, pues ya existen en el mercado DSCF, cuyo coste,comparado con el ahorro que proporciona la e-factura es irrisorio.

Albalia Interactiva impulsa facturae


Albalia Interactiva, entidad especializada en soluciones de Firma y Facturación Electrónica, ha sido incluida por la Agencia Tributaria en su listado sobre desarrolladores de factura electrónica que ofrecen soporte al formato Facturae, adoptado por la Administración General del Estado (AGE) para la emisión y recepción de facturas electrónicas como estándar en todos los procedimientos administrativos.

Albalia Interactiva es uno de los ocho desarrolladores que recoge la Agencia Tributaria en su página web, por comercializar soluciones de software que permiten facturar electrónicamente utilizando Facturae. La compañía, creadora del Manual de la Factura Electrónica, es una de las principales impulsoras de la firma y la factura electrónica en España, y da soporte al formato facturae desde finales de 2007 en su plataforma Faccil.

El portfolio de productos de firma electrónica de Albalia Interactiva, en línea con las nuevas exigencias del mercado, incorpora plena compatibilidad con los estándares más recientes, como es el caso del propio Facturae y otros como UBL ,  pudiendo firmar en formatos  XAdES, CAdES y PDF. De esta manera, las herramientas de firma electrónica de Albalia Interactiva adquieren la máxima versatilidad, adaptándose a las necesidades específicas de cada organización.

“Empecé con la firma electrónica en 1991, cuando era asunto de publicaciones académicas, y llevo diecisiete años evangelizando y profetizando sobre su generalización. El pasado año 2007 ha sido verdaderamente fructífero desde el punto de vista de la producción normativa en relación con la firma electrónica, con varias leyes que obligan a su adopción generalizada. Sin embargo, merece la pena destacar el compromiso demostrado por la Administración Pública con la facturación electrónica, a través del formato Facturae, que impone la firma electrónica en formato  XAdES X-L con lo que sin duda contribuirá a la expansión de esta tecnología en España. El apoyo y fomento del Estado está ayudando a que cada vez más entidades se decidan a implantar tales sistemas, por lo que desde Albalia Interactiva, no hemos dudado en apoyar la iniciativa Facturae”, afirma Julián Inza, Presidente de Albalia Interactiva. “Hoy, con este reconocimiento por parte de la Agencia Tributaria, aspiramos a que se difundan aín más nuestras soluciones como las más avanzadas en relación con la firma y la factura electrónica, algo que ya percibimos en parte, por ser los autores del Manual de la Factura Electrónica publicado por ASIMELEC y  Red.es«.

Entre las aplicaciones del fabricante destacan las soluciones de firma electrónica Backtrust con soluciones de escritorio y de servidor tanto en java como en .net. Herramientas que se adaptan a diferentes volúmenes de documentos y que ya se utilizan en banca, pymes, grandes corporaciones y empresas de toda España. También destaca la solución SaaS (Software as a Service) Faccil que incluye soporte al formato facturae 3.1 y a la firma electrónica XAdES X-L.

Albalia Interactiva
Albalia Interactiva  es líder en consultoría de firma y factura electrónica y dispone de su propios productos de Firma Electrónica (Backtrust) y Facturación Electrónica (Faccil), además de ser la impulsora de los Servicios de Certificación, de Timestamping, Validación y Firma DSS EADTrust.  Las herramientas de Albalia  destacan por su eficiente diseño, su rápida puesta en marcha, y su elevada compatibilidad, testada en el marco de los laboratorios ETSI (XAdES Interoperability test).

Albalia participa activamente en todos los foros e iniciativas nacionales e internacionales relacionadas con la Factura Electrónica, la Certificación y la Firma Electrónica (tales como OASIS, UBL, CEN o ASIMELEC) y colabora con entidades como IBM, Microsoft,  Eurobits, DyR, Grabba, Tactel, C3PO, e Idoneum  entre otras.

Factura electrónica en el IMADE


Los pasados 10 y 17 de abril de 2008 he intervenido en unas presentaciones organizadas por el IMADE (Instituto Madrileño de Desarrollo) sobre Factura Electrónica y Firma Electrónica. Mi compañera Maria Luisa Blasco intervino en otra del mismo ciclo el pasado 27 de marzo.

Las charlas se enmarcan dentro de la iniciativa Mesas de Debate PYME Innova organizadas por el IMADE en toda la Comunidad de Madrid.

En total Albalia Interactiva ha intervenido en 3 charlas. La que tuvo lugar en Rivas Vaciamadrid el pasado 27 de Marzo, la del 10 de abril en la sede del IMADE en la C/ José Abascal, 57. (28003 Madrid) y la del 17 de abril en Las Rozas.

La presentación está disponible en la página web de PYME Innova.

Profirma en la prensa


En el número 63 de abril de 2008 de la revista «Ideas & Negocios» se habla en la página 84 (Sección Telecos) sobre «La nueva factura electrónica«.

Entre las soluciones mencionadas, está el programa Profirma desarrollado por Albalia Interactiva y distribuido gratuitamente con el libro «La Factura Electrónica«, editado por ASIMELEC y Red.es.

El programa Profirma es una solución sencilla para firmar documentos electrónicos,  basada en la Cripto API de Microsoft (CAPICOM 2.0) y que genera ficheros PKCS#7 (CMS) con la extensión .fir (la misma que han adoptado para este tipo de ficheros AC Camerfirma o CatCert, la Agencia Catalana de Certificación). El fichero resultante contiene en su interior el documento electrónico, las firmas que se añaden (pueden ser más de una) y los certificados asociados a los firmantes.

Esta versión gratuita no incluye timestamping ni validación, por lo que las firmas generadas son firmas «básicas» y no las «firmas completas» que propugnamos, promoviendo el estándard TS 101 733 en la modalidad CAdES ES-X-L. La versión incluída en BackTrust sí incluye este tipo de firmas.

Dado que este software lo utilizamos en nuestros cursos de firma electrónica como ejemplo, para llevarlo a cabo «al completo» hemos creado una página web que permite obtener «Certificados de Prueba» (esta página web abre un frame en el subdominio CA -de «Certification Authority»- del web de Albalia).

Este servicio genera ficheros PKCS#12, semejantes a los de los backups de certificados. Se cifran con el PIN que se indica en el formulario y que se tiene que recordar al instalarlos en el ordenador. El fichero resultante incluye una clave privada y el certificado, y, opcionalmente, la cadena de certificación hasta la «root«. Al usarlo, conviene recordar que es preciso marcar la casilla de «incluir root» si es un certificado para ser usado  con una aplicación de usuario (ya que de esta manera se instala la cadena de confianza de la CA emisora en el ordenador). Si se va a usar en una aplicación java es mejor no marcar la citada casilla y obtener el certificado de la CA «root» en la siguiente panatalla, tras hacer click en «crear certificado».

Facturación, contabilidad y gestion con software libre


José Antonio Gelado preparó hace algún tiempo un artículo sobre «Gestion de empresa con software libre» muy interesante y que recorre prácticamente toda la oferta de software empresarial en entornos libres.

Posteriormente ha ampliado el estudio para la revista Consumer en «Programas de gestión para autónomos y pymes» también referenciado en su blog Informediario.

Yo añadiría nuestra aportación desde Albalia Interactiva. Aunque Faccil no es software libre (aún, quizá lo sea más adelante), es gratuito durante 2008, y pretendemos que lo siga siendo en el futuro para quienes tienen que emitir muy pocas facturas.  Faccil es una herramienta de facturación electrónica bajo un modelo ASP que cumple los últimos requisitos legales para ello. Y en particular, es una de las pocas soluciones que incorpora el formato facturae y la firma electrónica XML en modalidad XAdES ES-X-L

Me consta que CENATIC, la Fundación de Software Libre (Centro Nacional de Referencia de Aplicación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación es su denominación exacta) apoya la adopción práctica de soluciones de fuentes abiertas (como se puede ver en la sección de su web Conseguir software libre) y posiblemente pronto incluya una selección del software empresarial más potente.  

Seminarios SocInfo


La empresa Socinfo edita la revista Sociedad de la Información (SocInfo) y organiza frecuentes cursos y seminarios sobre temas de interés.

En relación con los temas tratados en este blog, merece la pena destacar los siguientes:

SOCINFO SL es una empresa fundada en febrero de 2004, promotora de seminarios vinculados al mundo de la economía, de la empresa y de la sociedad de la información, y editora de revistas como «Sociedad de la Información», con una tirada de 10.000 ejemplares (difusión calificada y quioscos), especializada en experiencias de aplicación de tecnologías de la información y de la comunicación en el sector público y en las empresas. Se dirige a altos cargos de las AA.PP. central, autonómicas y locales, y altos directivos empresariales. 

III Congreso de Factura Electrónica y Digitalización Certificada


El próximo día 18  de junio del 2008 tendrá lugar en Madrid, el la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales  el III Congreso de Factura Electrónica y Digitalización Certificada, organizado por ASIMELEC.

La inscripcíón cuesta 200 euros (100 a los socios de ASIMELEC)

El Congreso es una de las actividades promovidas por el Grupo de Trabajo de Factura Electrónica.
Este es el Programa previsto:
9:00-9:30 Acreditación y Entrega de Documentación     
9:30-10:00 APERTURA Institucional

Sr D David Cierco Jiménez de Parga

Director General para la el Desarrollo de la Sociedad de la Información

Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y Para la Sociedad de la Información
MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

D. Martín Pérez
Presidente
ASIMELEC

10:00-10:10 Bienvenida y Presentación de la Agenda de la Jornada

D. Julián Inza
Presidente
ALBALIA INTERACTIVA

10:10-10:40 Medidas de Impulso a la Facturación Electrónica y la Digitalización Certificada

D. Santiago Segarra
Director Informática Tributaria
AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

10:40-11:10 El Portal Facturae y Otras Iniciativas del MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

D. Carlos Maza
Subdirector  General Adjunto de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

11:10-11:30 Coffe Break 

11:30-14:00 Aspectos Internacionales de la factura electrónica
       
11:30-12:00 E-Invoicing in Europe: Fron the slow evolution to highly dynamic markets

Mr. Bruno Koch
Responsable de Factura Electrónica
BILLENTIS

12:00-12:30 Challenges in a multi-country solution

Mr.Claude Lotrian
Director España Francia Portugal
TecCom GmbH
 
12:30-13:00 La adopción de la factura electrónica en la Administración Pública Europea

D. Joao Manuel Rodrigues Frade
Advisor PricewaterhouseCoopers
Member Permanent of Observatory de la Comisión Europea

13:00-14:00 Mesa redonda. Aspectos de la normalización de la factura electrónica en CEN
 

MODERADOR:

María Jesús García-Martín
S. G. de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones  
MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

PONENTES:

D. Eloy Ruiz
Jefe de área-Departamento de Informática Tributaria
AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Mr.Claude Lotrian
Director España Francia Portugal
TecCom GmbH

D. Oriol Bausá
Director General
INVINET

14:00-15:30 COMIDA          

15:30-16:15 Ayudas para el despliegue de la factura en el Plan Avanza

Subdireción General de Empresas
Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información
MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

16:15-16:45 La factura electrónica como servicio de gestión de pagos a proveedores

D. José Valiño Blanco
Director General Adjunto de Tecnología y Sistemas
CAIXA GALICIA

 
16:45-18:00 Casos de Éxito

18:00 Clausura institucional

e_factura.can, el servicio de factura electrónica de Caja Navarra


Caja Navarra lanza un nuevo servicio que permite a las empresas reemplazar la factura física en papel por una factura en formato electrónico, mejorando además en rapidez, seguridad y facilidad en la gestión.

La factura electrónica permite un importante ahorro en costes (hasta 0,75 euros por factura), no necesita instalar programas informáticos adicionales y responde a las necesidades de servicios innovadores que las empresas demandan.

La e_factura.can permite enviar y recibir facturas al instante, sin necesidad de soportar los plazos del envío postal de las facturas tradicionales, elimina los gastos de almacenamiento de las mismas y permite gestionar el pago y cobro de las facturas con agilidad, reduciendo asimismo el consumo de papel y consumibles con el correspondiente impacto positivo al medio ambiente.

Cuando el cliente recibe la factura, puede revisarla, aceptarla total o parcial, o rechazarla. La aplicación incorpora una gestión de pagos y cobros integrada en el sistema, de modo que facilita a  la empresa decidir la forma de pago o pedir financiación sobre la propia factura.

E_factura.can genera las facturas electrónicas con todos los requisitos legales y fiscales, facilita su envío entre proveedor y cliente, e incorpora la firma electrónica, que garantiza la autenticidad e impide modificaciones posteriores en la factura.

Con este nuevo servicio, Caja Navarra ofrece a las empresas la tecnología para transformar las finanzas y aportar soluciones con el objetivo de ayudar a que los negocios sean más eficientes y competitivos.

ICEDIS


ICEDIS - International Commitee on EDI for serials ICEDIS significa International Commitee on EDI for serials.

Es un organismo de normalización destinado a mejorar la eficiencia en la gestión de suscripciones.

Participan en este esfuerzo de normalización algunas de las mayores editoriales de revistas y publicaciones técnicas y las empresas especializadas en gestión de suscripciones.

Su entorno de normalización es el EDI y entre los mensajes normalizados se encuentran las facturas.

Existe otros estándares EDI con este objeto, y en particular los de EDItEUR.