Archivo de la categoría: EADTrust

Más información sobre la firma manuscrita digitalizada: ¿es firma electrónica avanzada?


Llevo varios años explicando como se puede desarrollar un sistema que capta firmas manuscritas de forma que tengan la consideración de firma electrónica avanzada según la definición del Reglamento europeo UE 910/2014 (#eIdAS) e impulsando en EADTrust un modelo (un «ecosistema» si se me permite usar la palabra en ese sentido) que puede ser auditado y certificado.

En estos años hemos auditado varias soluciones en entidades del sector sanitario, financiero y de telecomunicaciones que pueden lucir los certificado expedidos por EADTrust que lo acreditan.

Muchas de las ideas relacionadas con la firma biométrica y la firma digitalizada las he recogido en un sencillo blog especializado.

Se indican seguidamente alguno de los artículos más recientes recogidos en dicho blog:

 

 

Transmisión de titularidad de documentos electrónicos


Los documentos en papel quedan singularizados por su soporte y la mera transmisión de la propiedad del soporte puede implicar el ejercicio del derecho de lo que en ellos se haga constar.

Esto es así en los denominados «títulos valores» que reflejan la propiedad de una fracción de una empresa y un derecho de cobro de dividendos y en los denominados «títulos cambiarios» en los que se reseña el derecho de cobro de una determinada cantidad al librado.

Pero hay muchos otros documentos cuya mera posesión representa algún derecho o algún valor: un billete de banco, un billete de lotería, un sello, una entrada a un espectáculo, un billete de un medio de transporte («título de transporte»),…

¿Qué sucede cuando se desmaterializa el documento pero es preciso llevar a cabo la misma función electrónicamente?

Es necesario concebir un tipo de documento electrónico en el que se aplique el concepto de «unidad de fin». Un tipo de documento electrónico que permita diferenciar el original de la copia, de una forma que llegue más lejos que la de aplicar un convencionalismo (por ejemplo, en el caso de la factura electrónica, el originador custodia la «copia» y el destinatario el «original» porque, aun siendo ambos documentos exactamente iguales, el requisito formal de posesión del original atribuye al destinatario el derecho a la deducción del impuesto de valor añadido).

La práctica empresarial y mercantil ha desarrollado al cabo de los años soluciones ad-hoc, que han resuelto el problema en varios supuestos: los sistemas de anotaciones en cuenta vinculados a la compensación y liquidación de valores, los sistemas de transferencias electrónicas de dinero, los sistemas de reserva de vuelos o viajes por otros medios,…

También se han desarrollado experimentos y proyectos piloto para la gestión de títulos cambiarios, como el que yo mismo promoví a mi paso por FESTE en 1999 (proyecto Pista-Títulos Cambiarios Electrónicos que se desarrollaría los años siguientes con la contribución de varias entidades: Tecsidel, Bufete Roca Junyent Advocats, FESTE, Banco Sabadell, Grupo Adepa,  Safelayer, Transeca y EsCERT-UPC)

Sin embargo, hasta la fecha no se contaba con una solución genérica capaz de hacer frente a todos los retos que el mundo digital presenta para los documentos electrónicos en los que se deba diferenciar el original de la copia y respecto a los que se pueda establecer la propiedad de ser necesario, gestionando la transmisión o endoso de documentos electrónicos.

La herramienta se denomina Cartulario, que ahora incluye la funcionalidad de gestión de aceptación y endoso con firma electrónica, y gestiona vencimientos gestión de incidencias (impagos, protestos y soporte a gestión litigiosa). Para más información contactar con EADTrust en el +34 91 7160555

 

Un nuevo tipo de «notario» de documentos electrónicos


La Agencia Europea de Confianza Digital (European Agency of Digital Trust) es un intermediario que genera y custodia documentos electrónicos con máxima garantía y fiabilidad para los clientes

Del papel a Internet. Mandar correos electrónicos fehacientes en lugar de notificaciones postales o documentos a través del correo tradicional, o hacer operaciones bancarias por Internet en vez de acudir a la oficina está ya a la orden del día.

European Agency of Digital Trust  es un tercero de confianza electrónico que ha nacido para garantizar estas nuevas relaciones comerciales que se materializan en documentos electrónicos. La empresa es pionera en notificaciones electrónicas garantizadas y perfeccionamiento de contratos telemáticamente.

«Las pruebas documentales en soporte papel son perdurables e inalterables, lo que hasta ahora no sucedía con las pruebas electrónicas», afirma el Presidente de EAD Trust , Julián Inza. El ejecutivo señala que «la volatilidad y la unilateralidad probatoria » eran las características de los documentos electrónicos. Esto hacía que fueran pruebas poco fiables jurídicamente, por ser «fácilmente manipulables». «Había que mejorar la gestión de las evidencias electrónicas para garantizar su utilidad en juicio», explica Inza .

Es en esa tarea cuando se define European Agency of Digital Trust como una «Tercera Parte de Confianza Digital», un intermediario que recaba, genera y custodia pruebas electrónicas y elimina los problemas en las relaciones electrónicas entre las partes implicadas, facilitando la «simetría probatoria» en pie de igualdad para todos los intervinientes de una operación jurídica sustentada electrónicamente.

Procesos judiciales

European Agency of Digital Trust, impulsada por veteranos especialistas del mundo de las Autoridades de Certificación y la firma electrónica, atesora la experiencia de entidades precursoras como Banesto, la Fundación Notarial FESTE, o las Cámaras de Comercio con Camerfirma.

El pasado mes de enero European Agency of Digital Trust  quedó constituida como entidad prestadora de servicios de confianza digital para evitar que las partes implicadas en los documentos los manipulen e interfieran en los procesos judiciales. Con vocación de servir por igual a los especialistas tecnológicos y a los profesionales del derecho y estableciendo pautas y  protocolos destinados a preservar evidencias electrónicas.

Entre los clientes que han confiado en European Agency of Digital Trust: aseguradoras, entidades financieras,  empresas del sector energético, organismos públicos, fundaciones, SICAVs.

Según sus responsables, European Agency of Digital Trust ha logrado combinar la eficiencia de procesos y su despapelización con un modelo de precios muy  asequible.

Su sistema ha ampliado las modalidades de firma de los documentos electrónicos: no sólo permite usar el DNI electrónico o la firma electrónica basada en otros certificados ; con un simple móvil pueden realizarse todas las operaciones. La empresa también ha incorporado otros sistemas, como la biometría de voz o la biometría conductual de la firma manuscrita (firma grafométrica) . Con estas tecnologías, European Agency of Digital Trust  permite a las empresas ahorrar costes. Mientras un burofax cuesta entre 12 y 30 euros, una notificación electrónica con European Agency of Digital Trust  cuesta un euro. La firma de un contrato en papel tiene un coste de entre 18 y 40 euros, lo que contrasta con los dos euros de una operación electrónica de perfecciionamiento de contratao (aunando la oferta con su aceptación).

Guardar un documento en formato electrónico durante un largo periodo puede complicar su lectura: los programas para abrirlo caducan y es más difícil su visualización. Para evitar este problema, «durante el tiempo que el documento está con nosotros garantizamos su visualización», asegura el presidente.