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La factura electrónica es uno de los usos más extendidos de la firma electrónica en el mundo empresarial, pero todavía genera dudas. Espero aclarar algunas aquí

Ultimos anuncios del Ministro D. José Montilla


El pasado 4 de septiembre, D. José Montilla se despedía del sector de Tecnologías de la Información, en la  que fue su última intervención pública de gran relevancia como Ministro, en el XX Encuentro de las Telecomunicacionesde de Santander, convocado por AETIC en el marco de la Universidad de Verano de Santander Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

El Ministro expone su sano orgullo por alguno de los logros del Ministerio bajo su mandato y anuncia algunos avances que, a no dudar, le hubiera gustado dejar firmados antes de su conclusión.

José Montilla y Jordi SevillaLo cierto es que los avances parecen muy significativos en aspectos como la firma electrónica y la factura electrónica, y, en mi opinión continúan asentando alguno de los puntos necesarios para el despliegue de la Administración Electrónica.

En mi opinión, D. Joan Clos, el nuevo Ministro de Industria, Comercio y Turismo, y D. Jordi Sevilla, Ministro de Administraciones Públicas,  deberían pasar algunas tardes juntos para ver como se incardinan las propuestas legislativas de ambos ministerios. Sin perder de vista que  los Ministerios del Interior y el de Economía y Hacienda son jugadores punta en este juego de la modernización de la Administración.

La intervención de Montilla, enmarcada en un acto promovido por AETIC, referencia a esta asociación  de forma semejante a la que, probablemente, D. Joan Clos lo hará respecto a ASIMELEC en el próximo Congreso de Factura Electrónica y Digitalización Certificada que puede ser una de sus primera ocasiones de comunicar sus planes en público.

Transcribo su discurso, a partir de la información disponible en el web del Ministerio.

Señoras y señores,

Buenas tardes a todos.

Como ustedes saben, esta misma semana dejaré de ser Ministro de Industria, Turismo y Comercio para afrontar el reto de encabezar las listas electorales del Partit del Socialistes de Catalunya como candidato a President de la Generalitat de Catalunya.

Por tanto, este es uno de mis últimos actos oficiales como Ministro.

Pero, al igual que he hecho en las anteriores ocasiones, no he querido dejar de asistir a este encuentro anual del sector, y mucho menos dado el título del mismo: “Metamorfosis de una Industria”.

Y quiero decir que el título me parece especialmente afortunado porque, como dice el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española, “Metamorfosis” es la transformación de algo en otra cosa o, también, la mudanza de una cosa a otra Y si hay algún sector industrial en este mundo globalizado que está sometido a un cambio permanente es este macrosector que ustedes representan.

Como dice la propia AETIC en el folleto de convocatoria de este vigésimo encuentro, hace 20 años las telecomunicaciones interesaban solamente a los círculos especializados.

Hoy, metamorfoseadas en el macrosector TIC no dejan; no pueden dejar indiferente a nadie. Y, mucho menos, a los responsables políticos.

Aunque ésta será la última ocasión que tenga de dirigirme a ustedes como sector no teman. No les voy a hacer un prolijo balance de mi gestión al frente del Ministerio.

Por ello, hoy voy a hablar, principalmente, de futuro.

Voy a desgranar, de forma breve, algunos de los objetivos de la política que en materia de sociedad de la información tiene el gobierno para los próximos meses, así como su concreción en diferentes actuaciones y medidas que estamos impulsando.

Objetivos que, les puedo asegurar, Joan Clos conoce y comparte y a los que dedicará todos los esfuerzos necesarios para hacer realidad estos objetivos que hemos definido.

Los objetivos a los que me voy a referir son:

  • la futura Ley para el Impulso de la Sociedad de la Información
  • y el Plan Estratégico de la Industria Audiovisual.

Dos iniciativas claves en el objetivo común de transformarnos en una economía y una sociedad basadas en el conocimiento.

La Ley para el Impulso de la Sociedad de la Información adapta y potencia la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), allí donde era necesario.

Entre las mejoras que la nueva Ley de Impulso va a aportar cabe destacar las siguientes:

  • Se establece un mecanismo más efectivo para permitir el control de los contenidos a nivel internacional. Es decir, se contempla la posibilidad de impedir el acceso desde España a servicios o contenidos cuya interrupción o retirada haya decidido un órgano competente.
  • Se eliminan algunas infracciones administrativas que ya habían quedado obsoletas. De este modo, cumplimos con las nuevas Directivas referentes a la conservación de tratamientos de datos de carácter privado, que aumentarán la privacidad de los ciudadanos.
  • Revisa las reglas de comprobación de validez de la firma electrónica, y obliga a los proveedores de servicios a informar a los usuarios sobre medios técnicos que permiten la protección contra virus, programas espía, etc. Con esta medida, pretendemos contribuir a generar confianza y seguridad en la Red entre los ciudadanos y las empresas.
  • Además, se va a establecer el uso obligatorio de la factura electrónica por personas físicas y jurídicas que contraten con la Administración General del Estado. En esta línea, dentro de nuestro objetivo de continuar construyendo la llamada Economía Digital, se va a encomendar al Ministerio de Economía y Hacienda la tarea de crear una o varias oficinas que garanticen a todos la posibilidad de facturar electrónicamente. Estas oficinas ofrecerán servicios de carácter gratuito en el caso de las personas físicas o jurídicas con una facturación anual inferior a 1,5 M€, garantizando el principio de no discriminación.La creación de estas oficinas no impedirá la existencia de otras que surjan como iniciativa privada, pero asegura que aquéllos que contraten con la Administración y que comprensiblemente no dispongan de medios electrónicos por sus escasos recursos, puedan hacerlo y no se vean excluidos de la obligación, dado su carácter gratuito.
  • Por otra parte, la Ley se adecua a la utilización de un medio tan popular y extendido como es la telefonía móvil para realizar contrataciones electrónicas.
  • También establece la obligación de las empresas de determinados sectores con especial incidencia en la actividad económica -como son los suministradores de gas, electricidad, agua, servicios bancarios, transporte de viajeros, etc.- de facilitar un medio de interlocución telemática a sus usuarios.
  • Respecto a esta Ley, un último aspecto que quiero destacar, es la tipificación como infracción administrativa del incumplimiento por parte de los operadores de los derechos de los consumidores y usuarios en el ámbito de las telecomunicaciones.

Pero, comentaba al principio que mi intención hoy es hablarles de dos iniciativas y les mencionaba el Plan Estratégico de la Industria Audiovisual.

El diseño de este Plan es necesario para desarrollar una política industrial que ayude a la industria creativa a adaptarse y a aprovechar los enormes y complejos cambios que se avecinan, en un sector donde España tiene un enorme potencial sostenible.

Esta estrategia se articulará en dos puntos:

  • El primer punto es la creación de medidas destinadas a impulsar mejoras en la gestión de contenidos para servicios digitales, permitiendo  la interactividad y la desintermediación o explotación del cine digital.
  • El segundo punto es el desarrollo de medidas destinadas a promover la producción de los propios contenidos digitales.

Pueden abarcar desde el apoyo al desarrollo de nuevos equipos y programas informáticos para la producción de contenidos digitales, hasta el apoyo directo a la producción de ciertos contenidos.

Así pues, la Ley de Impulso y el Plan Estratégico de los Contenidos Audiovisuales son dos elementos esenciales que van a permitir consolidar los resultados de las medidas incluidas en el Plan Avanza que se han lanzado en el 2006 y garantizar el éxito de las medidas del Plan que están previsto lanzarse en el 2007.

Acabo de referirme al Plan Avanza.

Permítanme que hoy no me extienda sobre el mismo y les cite sólo uno de sus ejes estratégicos.

Me refiero a su voluntad de conseguir la adecuada utilización de las TIC para contribuir al éxito de un modelo de crecimiento económico basado en el incremento de la competitividad y la productividad.

Por ello, uno de sus cinco pilares es el que denominamos Economía Digital. Está dotado de un presupuesto de 708 millones de euros para este ejercicio 2006 y dirige sus acciones a las PYME y al sector TIC a través de las medidas de Política Industrial.

Aunque, como ustedes saben, el esfuerzo presupuestario del Plan Avanza alcanza para este 2006 los 1.200 millones de € y, para 2007, los borradores de Presupuestos Generales del Estado que estamos trabajando prevén cifras superiores.

Y me parece importante resaltar este compromiso presupuestario puesto que una de las críticas que se nos ha hecho, precisamente desde AETIC, aunque debo decir que me consta que ha sido con espíritu constructivo, ha sido la de que el Plan Avanza, cuya duración es hasta 2010, no contenía compromisos presupuestarios para la totalidad del período.

Creo que esta dato que les acabo de dar respecto de 2007 debería servir para darle mayor credibilidad a la voluntad del gobierno en cuanto a compromiso con el sector TIC y el Plan Avanza.

Compromiso que se traduce en el esfuerzo presupuestario que les he comentado para lograr la implantación efectiva de la Sociedad de la Información y que es el mayor esfuerzo que ningún gobierno ha hecho nunca en España.

E insisto en ello, porque aunque soy consciente de que a pesar de que al sector nunca le parecerá suficiente, el Gobierno está cumpliendo con creces con el compromiso asumido.

Y todo este presupuesto se ejecutará en colaboración y coordinación con el resto de departamentos ministeriales y otras Administraciones; especialmente las Comunidades Autónomas.

En este punto también quiero señalar algo que es especialmente importante para mí.

El Plan Avanza, que nació como respuesta a una demanda muy amplia de la sociedad y de la proposición unánime de la Comisión de la Sociedad de la Información del Senado, se va a ejecutar mediante acuerdos que ya han sido adoptados con todas, repito, con todas, las Comunidades Autónomas.

Ello es motivo de especial satisfacción para mí porque demuestra que, con objetivos claros y diálogo, siempre es posible el acuerdo.

Naturalmente, no quiero olvidarme de enfatizar la valiosa colaboración del resto de los agentes sociales y asociaciones empresariales, sin cuya estrecha cooperación no sería posible la implantación de la Sociedad de la Información en este país.

Como les he dicho antes, no es mi objetivo hoy hacer un prolijo balance de gestión.

No obstante, antes de finalizar esta intervención sí que me gustaría comentar, siguiendo también algunos de los temas que se resaltan en el texto del folleto del encuentro al que antes he hecho referencia, algunos aspectos de los que me siento especialmente satisfecho del trabajo que se ha realizado en estos últimos dos años y pico.

Me refiero a la ampliación de competencia en la telefonía móvil y la multiplicidad de la oferta televisiva.

Por lo que respecta a telefonía móvil cabe decir que, conforme me comprometí aquí mismo hace un año, Xfera ya no es una asignatura pendiente.

Por fin tenemos un cuarto operador, con un plan de negocio y de desarrollo de la red y que ya ha empezado ha realizar encargos a sus proveedores y tiene fecha de inicio de servicios.

También tenemos en el mercado, para incrementar aún más la competencia, los móviles virtuales.

Sé que este es un tema delicado, que levanta algunas importantes controversias, pero quiero recalcar que, en nuestra opinión, este es un camino sin retorno y en el que debemos avanzar, procurando, eso si, que no se produzcan abusos y actuaciones que puedan calificarse como de canibalismo de las inversiones.

Y en lo que hace referencia a la ampliación de la oferta audiovisual creo que el panorama es, sencillamente, espectacular.

  • Hemos avanzado el apagón analógico y hemos acelerado la puesta en marcha de la TDT.
  • La TDT es ya una realidad que, no sólo ha superado el fracaso de Quiero, sino que se afianza día a día ganando cobertura y penetración.
  • Los españoles tienen 2 cadenas más en abierto y analógico que les ofrecen su programación en libre competencia. La Cuatro y La Sexta que luchan por hacerse con una cuota significativa de mercado.
  • El Plan Técnico de FM, aprobado el viernes pasado sin ir más lejos, permitirá a las Comunidades Autónomas otorgar más de 800 frecuencias de FM y, lo que es igualmente importante, también ayudará en la lucha contra las emisoras ilegales, una auténtica lacra para el sector.

Pero les he prometido que no les iba a hacer un balance y no lo voy a hacer.

Hoy tocaba hablar de futuro, de la Ley de Impulso de la Sociedad de la Información y del Plan Estratégico de la Industria Audiovisual.

Dos objetivos de primerísima importancia que, no les quepa la menor duda, pronto se convertirán en realidad.

Porque se trata de un compromiso de Gobierno por el que apostamos todas las personas que, de alguna forma u otra, estamos comprometidos con el proyecto.

Sin duda alguna, mi sucesor en el cargo, Joan Clos, excelente como Alcalde de Barcelona y como persona, asumirá estos retos con ilusión y también con ambición. Porque para ser capaces de ir un poco más allá, debemos ser ambiciosos en nuestro proyecto colectivo de progreso.

Dentro de unas horas dejaré de colaborar con el sector desde mi responsabilidad como Ministro Pero no me despido de ustedes porque los necesito para que, desde la Presidencia de la Generalitat de Catalunya, continuemos colaborando conjuntamente en el desarrollo de la Sociedad de la Información y de la Comunicación que será uno de los ejes de mi mandato.

Muchas gracias por su atención. Y muchas gracias también por su generosidad, dedicación y voluntad de diálogo.

DOCU-SIMO 2006 – 2ª Jornada Gestión de documentos digitales


Organiza: Asociación Española de Documentación Digital (AEDD)

Fechas: 8 de noviembre de 2006

Lugar: IFEMA (Feria de Madrid)

Materias:

  • La gestión de documentos y contenidos digitales en empresas e instituciones Escaneado/digitalización
  • Captura automática de datos
  • Distribución: workflow documental
  • Descripción, clasificación, indexación (metadatos)
  • Gestión de expedientes
  • Gestión de historias clínicas
  • Administración electrónica
  • Gestión de la seguridad
  • Almacenamiento electrónico
  • Distribución y difusión web
  • Comercio electrónico
  • Software de gestión de records certificado
  • Software de gestión de contenidos
  • Hardware
  • La gestión de las fotografías, mapas, gráficos, radiografías, audio y audiovisuales digitales Escaneado/digitalización
  • Aspectos técnicos: gestión del color, formatos, compresión, tamaños etc.
  • Gestión: descripción, clasificación, indexación, recuperación
  • Impresión y publicación
  • Distribución y difusión web
  • Almacenamiento
  • Comercio electrónico
  • Software y hardware

Normativas y legislación relacionadas con la gestión de los documentos digitales

  • Normativas ISO/UNE relacionadas con la gestión de documentos (15489 –  Gestión de documentos, 15801- Veracidad y autenticidad de los documentos, 23081 – Metadatos de gestión de documentos)
  • Las normativas relacionadas con la certificación del software de gestión de records: Moreq, Dod 5015.2, Pro etc.
  • Normativas ISO/UNE relacionadas con la seguridad de la información y el almacenamiento electrónico (17799 y 27001 – Seguridad de la información, ISO /CD 19005-1 – PDF para conservación a largo plazo, ISO/TR 18492 –
    preservación)
  • La ley orgánica de protección de datos de carácter personal
  • La ley de propiedad intelectual – Todos contra el canon
  • La legislación sobre certificación y la firma electrónica
  • El DNI electrónico
  • La factura electrónica 
  • La digitalización certificada

Precio: evento gratuito

Factura rectificativa


Uno de los temas que con más frecuencia suscitan dudas a los asistentes a nuestros seminarios sobre factura electrónica es el del tratamiento de la factura rectificativa.

Es curioso que el RD 2402/1985 que aprueba el Reglamento de Facturación anterior al actual (el RD 1496/2003) ya hablaba de facturas rectificativas y no de notas de abono. Sin embargo, como su publicación es de una fecha «pre-internet» no supuso controversia su publicación, y de hecho no se aplicó durante 20 años, puesto que todo este tiempo se han estado emitiendo Notas de Abono a la «vieja usanza», unas veces con signo positivo y otras con signo negativo según le diera el aire al contable que las elaboraba.

Cuando se publicó el RD 1496/2003, que es muy parecido al RD 2402/1985, el legislador no se esperaba la controversia. Pero esta llegó porque las condiciones de rectificación de facturas que en el Reglamento se recogían, eran muy restrictivas y no daban solución a muchos problemas prácticos que se habían ido resolviendo («ilegalmente«) con las Notas de Abono. Y el problema en un contexto de acceso a internet ubicuo, es que las explicaciones de la propia Agencia Tributaria y de la Dirección General de Tributos en sus secciones de preguntas y respuestas, y de consultas eran extremadamente rigurosas en sus interpretaciones de la norma, lo que llevó a los asesores fiscales a explicar a sus clientes la nueva situación.

Como asesores, además se debatían entre aplicar la norma con rigor, o resolver el problema práctico con sus clientes.

El respiro llegó con la publicación del RD 87/2005 que flexibilizaba la gestión de las facturas rectificativas pero que continuaba ignorando las Notas de Abono con esa denominación (hubiera sido suficiente con incluir un párrafo que dijera «las Notas de Abono tendrán la consideración de Facturas Rectificativas»). Muchos de los casos reales que no podían resolverse con la forma de gestionar facturas rectificativas del RD 1496/2003 se podían resolver con el nuevo enfoque. Aunque no podían llemarse Notas de Abono.

Al final un análisis de riesgo ayuda a tomar decisiones.

Supongamos que en una devolución de producto se emite incorrectamente una Nota de Abono, cuando lo que corresponde es emitir una Factura Rectificativa. Y supongamos que dentro del plazo de 4 años que marca la norma, las empresas emisora y receptora se ven sometidas a una inspección tributaria.

  • Desde el punto de vista de la empresa emisora: La emisión de la Nota de Abono supuso una disminución del IVA repercutido y por tanto un menor ingreso a Hacienda. Pero puesto que el emisor no necesita conservar la copia el documento emitido sino que es suficiente con conservar la matriz (la base de datos), lo solución consiste en destruir antes de la inspección todas las copias de las notas de abono del ejercicio bajo inspección y la impresión de los datos correspondientes como facturas rectificativas a petición del inspector. Esto supone que el resto de requisitos de una correcta llevanza de la contabilidad como los libros registro de facturas y las liquidaciones de iVA se ha desarrollado de forma adecuada.
  • Desde el punto de vista de la empresa receptora: Es su obligación la custodia de los originales de las facturas recibidas. En el caso de las Notas de Abono, el requisito faltante es que figure la mención de «Factura Rectificativa». Por ello es suficiente con anotar a mano o con la ayuda de un sello de caucho ese término en todas las facturas rectificativas (notas de abono) recibidas. Además habrá que corregir a mano el signo (que deberá ser negativo) en las Notas de Abono que no lo tengan correcto. Considerando que en el caso del receptor, la Nota de Abono supone un ingreso adicional a Hacienda por la minoración de IVA soportado, si este se produjo en fecha, nunca podrá esgrimirse en la inspección que no hubo diligencia debida en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Por concluir, lo correcto es llamar a estos documentos «Factura Rectificativa«, aunque se puede mantener adicionalmente la mención de «Nota de Abono» a título informativo, sin valor fiscal.

Y todas las Notas de Abono mal emitidas desde hace 4 años se pueden destruir en el lado del emisor, o «redenominar» Factura rectificativa del lado del receptor, sin mayor impacto fiscal.

UBL (Universal Business Language) 2.0


El estándar UBL (Universal Business Language) va por su segunda versión, con el compromiso de las Naciones Unidas de retomar el trabajo de estandarización de Oasis y producir la versión 3.0 incluyendo nuevos campos para resolver las nuevas necesidades detectadas.

Próximamente (del 13 al 17 de noviembre de 2006) se celebrará en Copenhague (Dinamarca) el Congreso UBL International 2006 con conferencias especializadas y sesiones formativas de detalle. El evento tendrá lugar en

Scandinavian Trade Building
Gydevang 39 – 41
3450 Allerød
Denmark

Las diferentes novedades que se están produciendo reflejan el interés por incorporar lo antes posibles los nuevos estándares en diferentes procesos de la administración electrónica y en las relaciones entre empresas (Business to Business, B2B). En este marco es en el que destaca especialmente la especificación de Invoice, la factura electrónica, uno de los documentos de UBL que se ajusta al marco definido por la Directiva 2001/115.

Por eso resulta de interés el artículo publicado por Hugh Chatfield en la revista canadiense Training World, «Universal Business Language (UBL) Going Global» Os recomiendo su lectura

I Congreso Factura Electrónica y Digitalización Certificada


El próximo día 18 de Octubre del 2006 tendrá lugar en el Hotel Meliá Castilla de Madrid el Ier Congreso Nacional de Factura Electrónica y Digitalización Certificada promovido por ASIMELEC.

Ha confirmado su participación como Entidad Colaboradora Red.es.

Es una opcion interesante para empresas de

  • Firma electronica
  • Gestion Documental
  • Digitalizacion de documentos

Dadas las novedades legislativas que se están produciendo, es una buena oportunidad de actualizarse y descubrir todas las posibilidades de la factura electrónica.

Ya he confirmado mi participación en el evento, en el que hablaré, entre otras cosas, del Grupo de Trabajo sobre eFactura que se ha creado en ASIMELEC y que tengo el honor de coordinar.

PDF-417. Malas prácticas en Factura Electrónica (o Digital, o Telemática)


La normativa de facturación contempla la posibilidad de hacerla en formato digital.

Aunque los primeros pasos en la normativa de factura digital consideraban una modalidad para conservar facturas digitales «en papel», ciertamente esa modalidad está obsoleta y está superada por las circunstancias.

El formato PDF-417, que algunas empresas esgrimen como argumento de sus «soluciones» de facturación electrónica, es un resto arqueológico poco coherente con los últimos desarrollos en facturación.

Afortunadamente algunas empresas proveedoras actuan con honestidad y ya no intentan «colar» su solución con códigos de barras que son una rémora de la verdadera facturación digital.

No deje que le engañen. Los códigos PDF-417 no son un requisito en la emisión de facturas. Al contrario, suponen una carga para el receptor de la factura si decide imprimirla, porque está obligado a contar con un sistema que permita volver a obtener la factura en el formato electrónico original, es decir, un lector especial de código de barras, cuyo coste no baja de 300 euros, y el software adecuado.

Para eso, es más sencillo enviar una factura en cualquier formato, firmándola electrónicamente, de forma que el receptor pueda abrirla e imprimirla si lo desea. La factura firmada es lo único que se debe conservar para la Inspección Tributaria.

Existe software gratuito de Firma Electrónica que se puede utilizar con sencillez, para firmar y para verificar la firma. Pronto pondré enlaces a ese tipo de software.

Entretanto, que no os cuenten «milongas»: el PDF-417 no hace falta para nada.

Digitalización Certificada


En el borrador de la normativa que la AEAT está preparando para aclarar conceptos relativos a la Facturación Telemática, aparece un concepto nuevo que tiene cierto parecido con la Compulsa Electrónica.

Cabe la posibilidad de digitalizar facturas en papel y otros documentos de interés tributario, siempre que los dispositivos que permiten la digitalización incluyan en el proceso una firma electrónica avanzada.

Tanto los fabricantes de estos aparatos como las empresas que los usan, deben auditar respectivamente su funcionamiento y la metodología de digitalización.

Nuestra empresa está ya ofreciendo servicios de auditoría de lo que posiblemente se denominará «digitalización certificada» para empresas desarrolladoras de software de digitalización, de forma que se puedan cumplir los requisitos de la norma, una vez que se publique en el BOE.

Los proveedores de organismos públicos deberán facturar telemáticamente


Aunque era un rumor que circulaba estos meses, especialmente tras plantearse la transposición al ordenamiento jurídico español de las Directivas sobre contratación pública del año 2004, hoy hemos tenido la confirmación por boca de D. Francisco Ros, Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información . 

Noticia 5 dias

La noticia adjunta ha sido obtenida del periódico económico Cinco Días de 14 de junio de 2006, aunque ha tenido eco en casi toda la prensa.

Entre los medios internet, pueden mencionarse:

http://derecho.vlex.com/actualidad/doc_313191,c_01,00.html

http://www.netydea.com/nweb/web-v2/spinformacion/index_informacion.asp?idinformacion=14689

http://www.abc.es/20060614/tecnologia-tecnologia/factura-electronica-sera-obligatoria_200606140328.html

http://www.laflecha.net/canales/e-administracion/noticias/200606141/

http://www.elmundo.es/navegante/2006/06/14/empresas/1150273622.html

http://www.consumer.es/web/es/tecnologia/2006/06/14/152972.php

http://www.finanzas.com/id.9082295/noticias/noticia.htm

http://www.plus.es/codigo/noticias/ficha_noticia.asp?id=550773

http://www.20minutos.es/noticia/130866/0/factura/electronica/telecomunicaciones/ 

Moción del PSOE en el Senado para que el Gobierno impulse la digitalización y la factura electrónica


El Pleno del Senado debatió el martes 23 de mayo de 2006 una moción del Grupo Socialista por la que instó al Gobierno a tomar «las medidas necesarias para el impulso y aplicación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en las Pymes», más en concreto, la digitalización y promoción de la factura electrónica.

El portavoz socialista en la Comisión de la Sociedad de la Información y del Conocimiento y autor de la moción, Félix Lavilla, destacó que los objetivos principales de la línea de pymes del Plan Avanza son la mejora de la productividad y el aumento de la competitividad del tejido formado por las pequeñas y medianas empresas españolas, aproximándolo a niveles europeos mediante la incorporación de las TIC.

Con la redacción de esta propuesta, el PSOE «subraya la necesidad de impulsar el desarrollo del negocio electrónico y mejora de la competitividad, apoyando a la innovación y la incorporación de tecnologías de la información y las comunicaciones específicamente diseñadas para cada sector».

El parlamentario socialista subrayó la importancia de llevar a cabo la implantación efectiva de la facturación electrónica, «especialmente en la pequeña y mediana empresa». En este sentido, añadió Lavilla, uno de los grandes objetivos del Plan Avanza es alcanzar la cifra de 800.000 empresas que incorporen la facturación electrónica entre sus procesos habituales en 2009.

A su juicio, la implantación de la facturación electrónica tendrá un triple efecto beneficioso. «Por una parte, contribuirá a la correspondiente mejora, simplificación y racionalización de los procesos empresariales; representará un ahorro en costes para la empresa y para la sociedad, y actuará como gran proyecto tractor impulsor del concepto de «apagón analógico» en los procesos empresariales», resumió.

«España se sitúa entre los países con un menor grado de adopción de las TIC por parte de las Pymes», recordó Lavilla, para quien esta situación de retraso tecnológico del tejido de las pequeñas empresas «viene motivada principalmente por la falta de formación e información acerca de las nuevas tecnologías, generándose una escasa percepción de su utilidad en la aplicación a los diferentes procesos productivos».

El proceso monitorio en el cobro de facturas


El proceso monitorio, introducido en España con la publicación de la Ley de Enjuiciamiento Civil del año 2000, convierte casi instantáneamente las facturas impagadas en sentencias que obligan al pago de la deuda, sin requerir los servicios de un abogado, y siempre que las cantidades adeudadas no superen los 30.050 euros.

  • El monitorio comienza con la presentación de una solicitud –que se puede formular rellenando un impreso y sin la intervención de abogado ni de procurador- en la que se reclama, con un apoyo documental, una cantidad concreta y exigible de dinero (a diferencia de otros países, como Alemania o Austria, en los que basta con la simple afirmación del peticionario, sin necesidad de acompañar documento alguno)
  • Presentada dicha petición, se sitúa al deudor en la necesidad de optar: o paga o se opone a la reclamación.
  • Si decide no pagar y no se opone en el plazo señalado por la ley (veinte días), se tiene por cierta la petición realizada por el acreedor y se inicia la fase de cobro forzoso de la deuda.
  • Si, por el contrario, se opone a la reclamación efectuada, finaliza el proceso monitorio y se reconduce al juicio verbal que corresponda.

Por la amplitud de documentos que permiten el acceso al proceso monitorio, de los que casi siempre dispondrá el acreedor, es indudable que un gran número de reclamaciones encontrarán en él un vehículo adecuado.

Estos documentos no tienen por qué ser públicos o auténticos: vale todo documento, cualquiera que sea su forma y clase o el soporte físico en que se encuentren, que aparezcan firmados por el deudor o con su sello, impronta o marca o con cualquier otra señal, física o electrónica, proveniente del deudor, así como las facturas, albaranes de entrega, certificaciones, telegramas, telefax o cualesquiera otros documentos que, aun unilateralmente creados por el acreedor, sean de los que habitualmente documentan los créditos y deudas en relaciones de la clase que aparezca existente entre acreedor y deudor.

(Fuente: Ministerio de Justicia)