Hoy participo en Tinku TV, en el Programa de Derecho que dirige Lara Novis y en el que comentaremos brevemente algunos de los aspectos más relevantes del Reglamento EIDAS2 y de la Cartera de Identidad Digital de la Unión Europea.
Lara siempre organiza debates interesantes para garantizar un análisis exhaustivo de las cuestiones actuales y emergentes en el ámbito jurídico, por lo que agradezco que me haya invitado a su programa.
A través de cada episodio, da pie a que abogados, empresarios y responsables de diversas áreas compartan su visión y sus experiencias prácticas, dando respuesta a las preguntas más apremiantes del entorno jurídico actual.
El programa se emite en directo a las 17:00 y quedará disponible en la plataforma de Tinku TV
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Y para que tengáis contexto de qué es el Reglamento EIDAS 2 y la Cartera IDUE, y podáis seguir mejor la entrevista (que quizá entre en detalles técnicos y legales), os incluyo información adicional a continuación.
El eIDAS2 es una actualización del Reglamento eIDAS original (Reglamento UE 910/2014), que entró en vigor el 20 de mayo de 2024 como el Reglamento (UE) 2024/1183. Este nuevo marco legal busca mejorar la identificación electrónica y los servicios de confianza en la Unión Europea, adaptándose a las necesidades actuales de un entorno digital en constante evolución. Su objetivo principal es garantizar una identidad digital segura, interoperable y fácil de usar para todos los ciudadanos, residentes y empresas de la UE, promoviendo transacciones digitales más seguras y eficientes tanto a nivel nacional como transfronterizo.
Uno de los elementos más destacados del eIDAS2 es la introducción de la Cartera de Identidad Digital Europea, conocida como EUDI Wallet (European Digital Identity Wallet) o Cartera IDUE en español (Identidad Digital de la Unión Europea). Se trata de una aplicación móvil que permitirá a los usuarios almacenar, gestionar y compartir de manera segura datos de identidad y declaraciones electrónicas de atributos personales, (como el DNI, el carné de conducir, títulos académicos, certificados médicos, datos de empadronamiento o poderes de representación) y firmar documentos electrónicamente con firma cualificada. Esta cartera digital no sustituye los propios documentos físicos como el DNI, pero amplía sus funcionalidades al ámbito digital, ofreciendo un medio unificado para autenticarse en servicios públicos y privados, tanto en línea como presencialmente.
La Cartera IDUE está diseñada para dar a los usuarios un mayor control sobre sus datos personales. Por ejemplo, permite compartir solo la información necesaria para una transacción específica (como probar que eres mayor de edad sin revelar tu fecha de nacimiento completa) y registrar todas las interacciones para mayor transparencia. En el futro permitirá retirar el consentimiento sobre datos personales aportados con anterioridad por lo que será una de las primeras herramientas para ejercer los derechos SOPLAR (antiguos ARCO) con un click.
Además, deberá ser aceptada obligatoriamente por empresas y organismos en todos los países de la UE, lo que facilita la interoperabilidad y el acceso a servicios transfronterizos. Los Estados miembros deberán proporcionar esta cartera a sus ciudadanos en un plazo de 24 meses tras la aprobación de las especificaciones técnicas detalladas, previstas en actos de ejecución que complementan el reglamento. Es decir, en diciembre de 2026.

