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Actualización sobre los Certificados del Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE)


El Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE) es una herramienta digital diseñada para registrar y gestionar electrónicamente los datos detallados de las actividades realizadas en una explotación agraria en España. Su propósito es recopilar información sobre prácticas agrícolas, como aplicaciones fitosanitarias, fertilización, riego, ecorregímenes y otras actividades relacionadas con la gestión de la explotación, de manera integrada con el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA) y el Sistema de Información de Explotaciones Agrícolas y Ganaderas (SIEX).

El CUE sustituye al tradicional cuaderno de explotación en papel, digitalizando el proceso para cumplir con las normativas de la Política Agrícola Común (PAC) 2023-2027 y otras regulaciones, como el Real Decreto 1054/2022 y la Orden APA/204/2023. El Real Decreto 34/2025. actualiza y aclara algunos aspectos de la normativa existente, retrasando la obligatoriedad de ciertos registros digitales.

El sistema permite a los titulares de explotaciones, entidades colaboradoras o personas habilitadas registrar datos de forma electrónica, garantizando la trazabilidad y el cumplimiento de requisitos técnicos.

Las características principales del CUE son:

  1. Integración con el REA: El CUE se conecta con el REA, que contiene la información general de las explotaciones (superficies, cultivos, etc.), para cargar datos automáticamente y facilitar su gestión.
  2. Obligatoriedad progresiva: Aunque su uso es voluntario hasta el 31 de diciembre de 2025 para ciertos registros (como los fitosanitarios), a partir del 1 de enero de 2026 será obligatorio en muchos casos, según el Real Decreto 34/2025.
  3. Opciones de uso: Los titulares pueden usar el CUE proporcionado gratuitamente por la administración autonómica (como el SGA_CEX en Castilla-La Mancha o Cuecyl en Castilla y León) o un CUE comercial autorizado, siempre que cumpla con los requisitos técnicos y esté registrado.
  4. Acceso y autorización: Los titulares, entidades colaboradoras o personas habilitadas pueden acceder al CUE mediante identificación electrónica (como certificado digital). Los titulares pueden autorizar a terceros para gestionar su CUE.
  5. Contenido: Incluye información sobre tratamientos fitosanitarios, fertilización, riego, manejo sostenible de insumos y datos relacionados con ecorregímenes o ayudas de la PAC.

El Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA) es una base de datos que recopila información general de las explotaciones agrarias, como superficies, cultivos y referencias SIGPAC (Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas). Es obligatorio estar inscrito en el REA para poder cumplimentar el CUE, ya que este último toma datos directamente del registro para su funcionamiento. El REA, a su vez, se integra con el SIEX a nivel nacional para centralizar la información y facilitar la gestión de la PAC.

Con el CUE se simplifica la gestión administrativa y el cumplimiento normativo, se facilita el seguimiento de prácticas agrícolas para fines estadísticos y de control y se mejora la interoperabilidad entre administraciones autonómicas y nacionales a través del SIEX. El CUE es una herramienta clave para la digitalización del sector agrario, integrada con el REA para garantizar una gestión eficiente y transparente de las explotaciones agrícolas, en línea con las exigencias de la PAC y la normativa europea

En diciembre de 2024 se publicó la Versión: 3.3.0 del documento Anexo VI Diseño del Sistema de Importación y Exportación REA-CUE que describe los distintos métodos implementados en el servicio web de REA y CUE para poder facilitar información del registro de explotaciones a los CUE comerciales.

En el Apartado 4.3 se recomienda el uso de certificados de Persona Jurídica (con el que se realizan sellos electrónicos):

  • Sello de entidad: este certificado debería contener, al menos, lo siguientes campos del Subject para poder realizar la comunicación con el SW:
    • CN: para indicar el nombre del dominio: empresa.local.es (máximo 64 caracteres)
      Este campo es de contenido libre, por lo que se puede utilizar para almacenar el dominio, aunque con la limitación de 64 caracteres.
    • serialNumber: Para indicar el NIF (AXXXXXXXXX) de la empresa propietaria del dominio.
      Este campo es el serial number (SN) del Subject del certificado. No confundir con el Serial number identificador principal del certificado, el cual no es personalizable.

Recordemos que, las normas técnicas aplicables a estos tipos de certificados son la ETSI TS 119 412-1, la ETSI TS 119 412-2 y la ETSI TS 119 412-3 que determinan el uso del atributo organizationIdentifier en el campo subject con esta estructura de datos y en este orden:

  • 3 character legal person identity type reference;
  • 2 character ISO 3166 [2] country code;
  • hyphen-minus «-» (0x2D (ASCII), U+002D (UTF-8)); and
  • identifier (according to country and identity type reference).

The three initial characters shall have one of the following defined values:

  • «VAT» for identification based on a national value added tax identification number.
  • «NTR» for identification based on an identifier from a national trade register.
  • «PSD» for identification based on national authorization number of a payment service provider under Payments Services Directive (EU) 2015/2366 [i.13]. This shall use the extended structure as defined in ETSI TS 119 495 [3], clause 5.2.1.
  • «LEI» for a global Legal Entity Identifier as specified in ISO 17442 [4]. The 2 character ISO 3166 [2] country code shall be set to ‘XG’.
  • Two characters according to local definition within the specified country and name registration authority, identifying a national scheme that is considered appropriate for national and European level, followed by the character «:» (colon).

Por ejemplo, para España VATES-B85626240

De modo que el CIF debería obtenerse preferentemente del campo organizationIdentifier del Certificado.

Para más información contacte con EADTrust llamando al 917160555.

He escrito otros artículos sobre el Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE):

Se han actualizado las especificaciones de los certificados digitales para el Cuaderno agrario


El Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE) tiene la finalidad de incorporar y mantener los datos de detalle de la gestión de la explotación agraria, de manera integrada con el nuevo Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA). Permite la grabación y actualización por parte del titular de la explotación de los datos de las actividades en la explotación en lo referente a las actuaciones fitosanitarias, la aplicación de fertilizantes, los riegos practicados, así como otras prácticas agrarias y no agrarias, e información indispensable relativa a la gestión de las explotaciones.

He escrito ya algunos artículos sobre el Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE):

Recientemente se han actualizado las especificaciones técnicas (con entrada en vigor en Junio de 2024) y se ha revisado la sección de certificados electrónicos.

En la actualidad, se recomiendan los certificados de Persona Jurídica para Sello Electrónico.

En el caso de solicitarlos a EADTrust, es posible elegir certificados basados en criptografía de curva elíptica ECC 256, que son los de uso más eficiente y seguro.

Contacte con EADTrust llamando al 902 365 612 o al 91 7160555, para obtener certificados electrónicos cualificados adecuados para el Cuaderno de Campo Digital. Indique, por favor, que es para ese uso, ya que las especificaciones son ligeramente diferentes a otras modalidades.

Entrada en vigor del Cuaderno Digital Agrario (CUE)


La entrada en vigor del Cuaderno Digital Agrario (CUE) se establece en la disposición final octava del Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.

Que dice:

El presente real decreto entrará en vigor el día 1 de julio de 2023, con las siguientes salvedades:

1. El artículo 9 (que impone la gestión electrónica de un Cuaderno Digital de Explotación Agrícola) entró en vigor el 1 de septiembre de 2023 para aquellas explotaciones agrarias que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

a) Superen alguna de las dimensiones máximas siguientes, establecidas por grupo de cultivo.

i) 30 hectáreas de tierra de cultivo
ii) 30 hectáreas de pastos permanentes
iii) 10 hectáreas de cultivos permanentes

b) Sobre el total de su superficie agraria, tengan más 5 hectáreas de regadío o

c) Dispongan de alguna parcela de invernadero.

Para el resto de las explotaciones el artículo 9 entrará en vigor el 1 de julio de 2024

No obstante lo anterior, las administraciones públicas han tenido que poner a disposición de todas las explotaciones los sistemas informáticos del Cuaderno Digital de explotación establecidos en el artículo 10 a partir del 1 de julio de 2023 para su utilización voluntaria hasta el 1 de septiembre de 2023 o el 1 de julio de 2024 según el caso.

2. Asimismo, el artículo 10.1 referido a la herramienta de sostenibilidad agraria para nutrientes a la que se hace referencia en el artículo 15.4.g) del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, entrará en vigor el 1 de enero de 2024.

El Cuaderno Digital de Explotación Agrícola es un registro digital que permite a los agricultores y ganaderos llevar un seguimiento de las actividades que realizan en sus explotaciones agrícolas y ganaderas. Este registro digital se ha establecido en España para cumplir con la normativa europea sobre el uso sostenible de productos fitosanitarios y fertilizantes. El cuaderno digital de explotación agrícola se ha establecido para mejorar la eficiencia en el consumo de inputs, contribuyendo a la reducción de costes y a aumentar su contribución medioambiental.

El Cuaderno Digital de Explotación Agrícola está entrando en vigor progresivamente a partir del 1 de septiembre de 2023 1.

Una nota aclaratoria del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación toma en consideración los cambios producidos y aclara los plazos.

Hace unos días publiqué un artículo denominado «Certificado electrónico para el cuaderno digital de explotación agraria (CUE)» incidiendo sobre la firma electrónica que se utilizará y las normas técnicas que se acompañan.