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Servired, Sistema 4B y Euro6000 podrían crear un gigante europeo de los medios de pago


Los bancos que integran las redes Servired, Sistema 4B y Euro6000 han aprobado la fusión de sus sistemas de medios de pago y han encomendado a KPMG, N+1 y Boston Consulting la realización del plan de negocio de la firma resultante de la integración.

4b-red-6000-serviredLos bancos que integran Servired, 4B y Euro6000 han decidido unirse para crear un gigante europeo de las tarjetas de crédito.

De consolidarse el proyecto, la sociedad fusionada se convertirá en una de las mayores de Europa en medios de pago.

Según informa Cinco Días, la idea es que el proyecto esté listo en septiembre para remitirlo a la Comisión de Mercados y de la Competencia. Hace unos veinte días los bancos de Servired dieron el sí a la operación de integración de este sistema de medios de pago con las otras dos plataformas, mientras que 4B y Euro 6000 lo hicieron hace unos 10 días.

El objetivo de este acuerdo es la creación de una sociedad común que les permita un ahorro de costes significativo, además de simplificar la operativa al existir solo un sistema en vez de los tres actuales.

El Banco Central Europeo (BCE) y el Banco de España han insistido en diversas ocasiones en la peculiaridad de los sistemas de medios de pago en España, con tres plataformas, frente al sistema único que opera en otros paísese de Europa.

Por tanto, la fusión de las tres plataformas y la integración de sus esquemas de medios de pago tiene hoy en día incluso más sentido que hace unos años cuando 4B y Servired ya intentaron su unión.

Los recientes cambios normativos han impactado en la política de comisiones aplicables por sacar dinero de los cajeros y ha difuminado la percepción de que las retiradas de efectivo eran gratuitas en los cajeros de una misma red, por lo que el concepto mismo de redes separadas ha quedado en cuestión.

En este sentido, la unión de 4B (integrado, entre otros, por Santander, Popular y Banca March), Servired (entidad que cuenta entre sus principales accionistas con BBVA, CaixaBank, Bankia y Sabadell), y Euro 6000 (en el que se encuentran Unicaja, Ibercaja, Kutxabank, BMN, Liberbank, Evo Banco y Abanca) supone la creación de un gran y único sistema de medios de pago que se posicionaría entre los primeros o el primero de Europa en este concepto.

Desde el pasado mes de diciembre, los directivos de los bancos encargados de este segmento están trabajando en este proyecto, aunque fue a finales de febrero cuando se designaron los equipos de trabajo para comenzar a dar forma a esta iniciativa.

Servired es el esquema de medios de pago líder en España. Cuenta con 40 millones de tarjetas emitidas, 945.860 comercios y cerca de 34.000 cajeros. Además de cubrir las necesidades del mercado español, proporciona interoperatividad internacional a través del co-branding con Visa y MasterCard. 4B, por su parte, es un sistema de medios de pago que cuenta con 20 millones de tarjetas, tanto de débito como de crédito, 12.752 cajeros automáticos de la red Telebanco 4B y 455.680 comercios adheridos. La infraestructura de Euro 6000 está formada por los centros de proceso de las entidades participantes, interconectados entre sí a través de CECAbank, a los que se conectan más de 18.098 cajeros y 142.627 terminales en comercios adheridos. Las entidades d Euro 6000 suman 10,2 millones de tarjetas a 31 de diciembre de 2014 (incluidas tanto las marcas Maestro y MasterCard como Visa y Visa Electron).

Un posible obstáculo a esta operación puede surgir de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), ya que en el 2011, el organismo consideró que la fusión entre dos de las plataformas podría crear un entorno de restricción de la competencia.

Estos argumentos son rechazados por los bancos, que creen que la situación actual es diferente tras introducir la práctica del cobro de comisiones en los cajeros según la entidad financiera por el cambio normativo y que la concentración supondrá un ahorro de costes para las entidades financieras, que podrían trasladarlo a sus clientes.

 

 

El Banco de España valoró la idoneidad de 266 altos cargos en entidades en 2015


El Banco de España tramitó durante el año 2015 un total de 266 procedimientos sobre la idoneidad de altos cargos en entidades financieras, según la ‘Memoria de la Supervisión Bancaria’ correspondiente al año 2015.

El ejercicio correspondiente a 2015 ha sido el primero en el que la supervisión prudencial de las entidades de crédito de la zona euro se ha desarrollado en el ámbito del Mecanismo Único de Supervisión (MUS).

Durante el ejercicio 2015 el Banco de España tramitó  465 procedimientos en el marco del ejercicio de sus competencias de supervisión propias y por formar parte del Mecanismo Único de Supervisión.

El mayor número de procedimientos estuvo relacionado con la idoneidad de altos cargos (266), seguido de modificaciones estatutarias (73), autorización de créditos, avales y garantías a altos cargos (54) y emisión de informes para otros supervisores españoles (16), así como procedimientos relacionados con materias de recursos propios (12), adquisición de entidades de crédito en terceros países (8) y amortización o recompra de instrumentos de capital (7).  Se han clasificado en el rubro de «otros» 19 procedimientos.

La función de inspección «in situ» se encuentra separada del seguimiento continuado, “con el objetivo de reforzar la independencia y la objetividad” en las conclusiones que se obtienen en estos trabajos. Según esta diferenciación, en 2015 se han realizado  35 inspecciones «in situ» de entidades significativas españolas. De ellas, 32 inspecciones fueron lideradas por personal del Banco de España, y las 3 restantes por un responsable del Banco central Europeo.

Sukuk – Bonos islámicos


Las finanzas islámicas han experimentado un rápido crecimiento en el sector de servicios financieros, incluyendo un rango de productos y servicios que cumplen con la ley islámica, conocida como Shariah, que impide el cobro de intereses (incluso aunque no se correspondan con el concepto de usura).

Desde la década de 1990, las finanzas islámicas han crecido partiendo de la base del cumplimiento de la Sharia por parte de la banca comercial y la financiación de proyectos hasta la creación de fondos de acciones y fondos inmobiliarios que son respetuosos de la ley islámica. Desde comienzos de los años noventa del siglo XX, los instrumentos de administración de liquidez y de renta fija son los denominados “Sukuk” (plural  de “Sak”).

La palabra «sak»  o «sakk» que tiene la misma procedencia etimológica que «cheque», traducida literalmente significa «título de propiedad», y se refiere al equivalente islámico de los bonos.

Los Sukuk son certificados financieros estructurados principalmente para cumplir con la prohibición del Islam de cargar o pagar intereses, o «Riba». Los fundamentos de las finanzas islámicas requieren que no esté involucrado interés (Riba) alguno en las transacciones, que no haya deficiencias contractuales (esto significa que todos los arreglos contractuales sean transparentes, claros para todas las partes, sin cláusulas injustas ni punitivas y con una adecuada alineación de intereses), y que no está involucrada ninguna actividad no ética.

En términos prácticos, estos fundamentos significan que los sukuk  difieren de los bonos convencionales en aspectos muy importantes.

Por ejemplo, la prohibición de intereses requiere que los Sukuk, a diferencia de los bonos convencionales, no paguen intereses. En vez de eso, el Sak  está estructurado de modo tal que el cupón de pagos es realmente el pago de un alquiler, una renta o un rendimiento económico que se transfiere al titular del Sak. Además, a diferencia de los bonos convencionales, el capital no siempre está garantizado por el emisor en el momento del vencimiento. Sin embargo, una compra por separado realizada por un tercero (o el emisor en algunos casos) le brinda a los tenedores de Sukuk la tranquilidad de que el capital principal será abonado en su totalidad. Esta técnica es importante para lograr la protección del capital sin recurrir a un préstamo.

El crecimiento de los Sukuk, como instrumentos con características de renta fija que son negociables libremente en mercados secundarios líquidos, puede ser vista como una respuesta crítica a los desafíos estructurales del continuo crecimiento de las finanzas islámicas. Si bien los Sukuk primero se introdujeron en Malasia a principios de la década de 1990, el primer Sak moderno se planteó a principio del siglo XXI , comenzando en el Sudeste de Asia y en los países del Consejo de Cooperación para los Estados Árabes del Golfo (CCEAG) .

Bahréin introdujo los instrumentos Sukuk al-Salam y Sukuk al-Ijara al mercado islámico en el año 2011 en tanto que Malasia fue pionera en junio de 2002 con los Sukuk -al-ljara globales.

A pesar del aumento en la emisión, la demanda de los inversionistas ansiosos por invertir en instrumentos que combinan rentabilidades relativamente altas  con riesgos bajos supera largamente a la oferta. Esta demanda proviene de instituciones financieras islámicas al igual que de administradores de fondos y de grandes patrimonios. Refleja el rápido crecimiento de la industria bancaria islámica y el creciente apetito por instrumentos confiables, que cumplen con la Sharia y que son realmente líquidos.

Potenciales emisores tales como grandes compañías  del Sudeste de Asia y de Medio Oriente, conjuntamente con firmas financieras globales, han estado lidiando para explotar esta demanda. Los emisores en los países musulmanes tienden a ser los bancos, y las entidades soberanas o garantizadas por entidades soberanas. Hasta hace poco, los fondos obtenidos tendían a ser utilizados principalmente para financiar proyectos de infraestructura, aunque ha habido una notable diversificación de emisores en los últimos años.

Ha habido también una notable globalización y expansión de los productos financieros islámicos fuera de sus lugares naturales originales. Para los emisores internacionales, las ofertas de Sukuk han sido un modo de diversificar sus fuente de financiación y de alentar su perfil en el mundo musulmán, en tanto que los gobiernos no musulmanes están inclinados a alentar industrias financieras islámicas locales lucrativas.

Participantes de Mercado

La industria financiera islámica continua estando altamente fragmentada con, según algunas estimaciones, 500 instituciones financieras (por ejemplo, bancos minoristas, bancos de inversión y administradores de activos) que ofrecen productos de finanzas islámicas en más de 80 países. Pocos administradores de activos islámicos tienen mandato global, y aquéllos que lo tienen, en general, tienen la capacidad de ofrecer solamente un nicho de productos.

Las ofertas de productos en las finanzas islámicas se han estado desarrollando rápidamente, pero hasta la aparición del sak  estaban específicamente limitadas a las acciones y a la propiedad inmobiliaria. Sin embargo, el surgimiento de los inversionistas de banca privada en el mundo musulmán y no musulmán requiere una comercialización sofisticada y la ampliación del universo de inversiones. Hay, por lo tanto, ciertas carencias en mercado por productos de renta fija que cumplan con la Shariah que administradores de activos con una sólida reputación internacional en la administración de fondos minoristas y experiencia en administrar fondos que cumplen con la Shariah pueden realmente satisfacer.

Artículo basado en otro titulado «El Auge en el Mercado de Sukuk» cuyo autor es Mohieddine Kronfol, Presidente Ejecutivo de Inversiones Sukuk Global y Renta Fija de la Región MENA de Franklin Templeton Investments

 

¿Cómo llevamos la adaptación a SEPA?


Aunque el 1 de febrero de 2014 era la fecha inicialmente prevista para eliminar las modalidades no-SEPA de transferencias y domiciliaciones bancarias que se realicen en España y el resto de los países miembros de la Unión Europea, lo cierto es que el cambio no está siendo tan radical como parecía, empezando por el retraso de algunas entidades financieras de proporcionar los servicios adecuados para la transición a los estándares y normas SEPA (Single Euro Payments Area). Los principales beneficios que se esperan de la implantación de una Zona Única de Pagos en Euros son:

  • La desaparición de barreras para la ejecución de pagos internacionales, especialmente a nivel de costes.
  • La posibilidad de utilizar una sola cuenta bancaria para operaciones en euros dentro de la zona SEPA, sin requerir abrir cuentas en varios paises.
  • Una cierta mayor protección para los usuarios de servicios de pago.
  • El uso de estándares comunes, que permite mejoras de eficiencia en los procesos de ejecución de pagos, cuando se trata de operaciones internacionales o de empresas multinacionales..

Los principales aspectos a tener en cuenta para la adaptación, son los siguientes:

  • El IBAN será el identificador único de cualquier cuenta de pago en SEPA, reemplazando a los actuales identificadores de cuenta nacionales (el CCC en el caso español). Muchas entidades ofrecen servicios gratuitos de conversión para cuentas españolas
  • Nuevo formato de intercambio de información entre las Empresas y las Entidades bancarias.
  • Adeudos Directos SEPA en fichero electrónico, orientado a particulares– Esquema básico (core): Serie normas y procedimientos bancarios Cuaderno Nº 19-14.
  • Adeudos Directos SEPA en fichero electrónico, orientado a empresas – Esquema B2B (Business to Business): Serie normas y procedimientos bancarios Cuaderno Nº 19-44.

Puede ampliar información sobre la Diferencias entre la modalidad B2B y la básica del mandato SEPA de adeudo por domiciliaciones Creación de un mandato. El mandato es el medio por el que el deudor autoriza y consiente al acreedor a:

  • Iniciar los cobros mediante el cargo en la cuenta indicada por el deudor.
  • Autorizar a la entidad del deudor a cargar en su cuenta los adeudos presentados al cobro por la entidad bancaria del acreedor.

El mandato, que tendrá una referencia única, debe estar suscrito por el deudor como titular de la cuenta de cargo o persona en disposición de poder otorgado por éste, antes de iniciar el cobro de los adeudos. Puede ampliar información sobre

Las adaptaciones tendrán unos costes asociados para las entidades bancarias y para las empresas de difícil recuperación, ya que no producirán cambios significativos en el aumento de los negocios ni el incremento de los márgenes de beneficio. Por ello, el mejor enfoque es aprovechar la necesidad de cambio para acometer algún otro cambio técnico y organizativo que sí se traduzca en reducción de costes o en mejora de posición competitiva.

Entre los ejemplos de posibles soluciones, cabe la posibilidad de implantar sistemas de firma digitalizada o de firma vocal para la creación de los mandatos: Una de las características de la normativa SEPA es que, a partir del 1 de febrero de 2014, es obligatorio para las empresas recabar la firma de los clientes que contraten un servicio que será cobrado a través de un adeudo bancario. Sin el consentimiento expreso del cliente con alguna modalidad de firma, manuscrita o electrónica, la empresa prestadora del servicio no podrá solicitar a ninguna entidad bancaria el cobro de sus recibos, o podrá ver como los recibos son devueltos por el acreedor. Existen diferentes posibilidades para la obtención de la firma de los clientes:

  • Mediante la firma del mandato en papel.
  • Mediante la firma del mandato por medios electrónicos, a través de Internet y/o dispositivos móviles.
  • Mediante firma mediante un sistema de confirmación por llamada telefónica que esté diseñado con las debidas garantías.

Por otra parte, SEPA establece que la información contenida en los mandatos, incluida las firmas, debe quedar almacenada en poder de la empresa acreedora mientras esté en vigor el periodo de reembolso, así como durante los plazos que establezca la Ley para la conservación de documentos una vez cancelado.

También puede ser una gran oportunidad para que las empresas comiencen la adaptación a la Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.  Ver más en este artículo sobre Firma vocal como soporte duradero para call centers

Diferencias entre la modalidad B2B y la básica del mandato SEPA de adeudo por domiciliaciones


Las principales diferencias entre la modalidad B2B y la básica del mandato SEPA son:

  • En el mandato B2B el deudor no tiene derecho a devolver una transacción autorizada, ya que se autoriza conforme lo notifica el banco.
  • El instrumento B2B requiere que las entidades de los deudores se aseguren de que las transacciones están autorizadas mediante verificación de la transacción y la información del mandato al deudor, normalmente por banca electrónica.
  • La entidad de crédito del deudor no puede ofrecer el instrumento B2B a un cliente deudor que tenga la consideración de «consumidor» según la normativa del país en el que la entidad del deudor presta los servicios de pago. Por la misma razón, un acreedor no puede presentar pagos vía el instrumento B2B a clientes que son consumidores.
  • En respuesta a las necesidades específicas de la comunidad empresarial, el instrumento B2B ofrece ciclos de cobro significativamente más cortos para la ejecución de los adeudos directos y restringe los plazos de devolución, pero requiere la aprobación una a una por el deudor.

Ya sabéis que en EADTrust estamos ayudando a las empresas a adaptarse a SEPA, con mecanismos como el sistema de notificaciones Noticeman, que permite obtener la conformidad del mandato por parte del deudor, con cursos y seminarios y con diversos artículos que explican como resolver los problemas asociados a los nuevos códigos:

Hoja excel para el cálculo del IBAN y el código de acreedor en SEPA


Estamos preparando un seminario para Atenea Interactiva, con las claves principales de lo que tienen que hacer las empresas para adaptarse a SEPA.

Esto implica valorar el esfuerzo de adaptación para pasar de los viejos formatos del CSB (Consejo Superior Bancario) a los nuevos de la AEB (Asociación Española de Banca) CECA y UNACC, con una fecha límite en mente: febreo de 2014.

Entre las adaptaciones más importantes y más complejas, está la que tiene que ver con con el mandato SEPA básico y el mandato SEPA B2B de lo que eran las domiciliaciones bancarias o adeudos directos.

Y tenemos una buena noticia, en el seminario entregaremos una hoja Excel con la herramienta de codificación y comprobación de código de IBAN (a partir del dato de CCC-Código Cuenta Cliente español) y de código de acreedor del mandato (a partir del NIF o CIF español), así como un modelo de mandato en Word, listo para poder hacer una fusión con datos de nuestros clientes de modo que podamos preparar con facilidad los mandatos.

También entregaremos el listado de códigos SWIFT de los bancos españoles, con lo que no necesitaremos que estos datos nos los proporcionen los clientes.

Y por último entregaremos códigos de prueba de Noticeman  para poder usar dicho sistema de notificación fehaciente, y dejar constancia de la aceptación del mandato mediante la técnica de correo electrónico certificado. Una de las formas más sencillas de conseguir la desmaterialización del mandato sin tener que gestionar firmas manuscritas.

Como preparar los mandatos SEPA – Identificador del acreedor


Uno de los datos importantes del mandato SEPA es el «identificador del acreedor» o «creditor Identifier» que tiene una regla de construcción un poco enrevesada en cuanto al cálculo del código de control.

En Españal formato es este: ESZZXXXAAAAAAAAA, siendo:

  • ES: código del país España según la norma ISO 3166
  • ZZ: dígitos de control (cuyo cálculo se explica a continuación)
  • XXX: sufijo (normalmente 000, pero el acreedor puede gestionar más de un canal de adeudos poniendo otros valores)
  • AAAAAAAAA: CIF del acreedor, frecuentemente una letra seguida de 8 cifras, sin espacios, guiones u otros símbolos.
Los dígitos de control se calculan en base al NIF, aplicando el modelo 97-10 (regla de cálculo definida en la norma ISO 7604 y ampliamente usada en la norma ISO 20022, UNIFI).
  • Tomamos posiciones de la 8 a la 15, es decir el CIF, añadiendo ES y 00
Por ejemplo, en el caso de EADTrust, B85626240ES00
  • Convertimos letras a números, considerando que la A es 10, la B es 11, … la E es 14, … la  S es 28, … hasta que la Z es 35.
Por ejemplo, en el caso de EADTrust, 1185626240142800
  • Aplicamos modelo 97-10 (dado un número, lo dividimos entre 97 y restamos a 98 el resto de la operación. Si se obtiene un único dígito, se completa con un cero a la izquierda)
Por ejemplo, en el caso de EADTrust, el resto de dividir 1185626240142800 entre 97 sale 21 y 98-21=77, por tanto el código completo:  ES77000B85626240

Como preparar los mandatos SEPA – Código BIC o SWIFT


Uno de los datos que hay que incluir en los mandatos SEPA es el identificador SWIFT o BIC de la entidad financiera en la que reside la cuenta corriente sobre la que se adeuda. Normalmente este dato lo proporciona el deudor, que lo conoce preguntándolo a su entidad financiera, No obstante, incluyo a continuación una lista de códigos BIC que puede ser de ayuda si el dato no se conoce. La información procede del Banco de España, si bien se ve claramente que es anterior a la secuencia de fusiones que ha vivido y vive la banca española:

Name of the bank BIC
AAREAL BANK AG AARBESM1XXX
ABBEY NATIONAL BANK, S.A.E. ABBKESM1XXX
ABN AMRO BANK N.V., S.E. ABNAESMMXXX
ALLFUNDS BANK, S.A. ALLFESMMXXX
ALLIED BANKING CORPORATION ABCMESM1XXX
ALTAE BANCO, S.A. AHCRESVVXXX
ARESBANK, S.A. AREBESMMXXX
ARGENTARIA, CAJA POSTAL Y BANCO HIPOTECARIO, S.A. BBVAESMMXXX
ASSOCIATES CAPITAL CORPORATION, PLC. S.E. ASSCESM1XXX
ATTIJARIWAFA BANK BCMAESM1XXX
BANCA CARIGE SPA-CASSA RISPARMIO GENOVA E IMPERIA CRGEESM1XXX
BANCA CATALANA, S.A. CATAESBBXXX
BANCA INTESA S.P.A., SUCURSAL EN ESPAÑA BCITESMMXXX
BANCA JOVER, S.A. JOVEESBBXXX
BANCA MARCH, S.A. BMARES2MXXX
BANCA MONTE DEI PASCHI DI SIENA, S.P.A., S.E. PASCESMMXXX
BANCA NAZIONALE DEL LAVORO, S.P.A., S.E. BNLIESM1XXX
BANCA PUEYO, S.A. BAPUES22XXX
BANCO ALCALA, S.A. ALCLESMMXXX
BANCO BANIF, S.A. NORTESMMXXX
BBVA BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. BBVAESMMXXX
BANCO BPI, S.A., S.E. BBPIESMMXXX
BANCO CAIXA GERAL, S.A. CGDIESMMXXX
BANCO CAMINOS, S.A. CCOCESMMXXX
BANCO CANARIAS DE VENEZUELA, CA BOCAES21XXX
BANCO CENTRAL HISPANOAMERICANO, S.A. CENTESMM
BANCO CETELEM, S.A. FIEIESM1XXX
BANCO CONDAL, S.A. BCNDESM1XXX
BANCO COOPERATIVO ESPAÑOL, S.A. BCOEESMMXXX
BANCO DE ALICANTE, S.A. BBVAESMMXXX
BANCO DE ANDALUCIA, S.A. BANDESSSXXX
BANCO DE ASTURIAS, S.A. ASTUESMMXXX
BANCO DE CASTILLA, S.A. CASTES2SXXX
BANCO DE CREDITO AGRICOLA, S.A. BCAEESMM
BANCO DE CREDITO BALEAR, S.A. BALEES22XXX
BANCO DE CREDITO LOCAL DE ESPAÑA, S.A. BCLEESMMXXX
BANCO DE DEPOSITOS, S.A. BDEPESM1XXX
BANCO DE EXTREMADURA, S.A. CGDIES2CXXX
BANCO DE FINANZAS E INVERSIONES, S.A. BFIVESBBXXX
BANCO DE GALICIA, S.A. GALIES2VXXX
BANCO DE LA NACION ARGENTINA, S.E. NACNESMMXXX
BANCO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, S.A. BPMEESBBXXX
BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PRBAESM1XXX
BANCO DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS EXTERIORES AEEVESM1XXX
BANCO DE MADRID, S.A. MADRESMMXXX
BANCO DE MURCIA, S.A. BAMUES22XXX
BANCO DE NEGOCIOS ARGENTARIA, S.A. BNARESMMXXX
BANCO DE PROMOCION DE NEGOCIOS, S.A. (PROMOBANC) PRNEESM1XXX
BANCO DE SABADELL, S.A. BSABESBBXXX
BANCO DE VALENCIA, S.A. VALEESVVXXX
BANCO DE VASCONIA, S.A. VASCES2PXXX
BANCO DE VITORIA, S.A. BVICES21XXX
BANCO DEL COMERCIO, S.A. BCIOESMMXXX
BANCO DEL DESARROLLO ECONOMICO ESPAÑOL, S.A. DEEEESM1XXX
BANCO DEPOSITARIO BBVA, S.A. BVADESMMXXX
BANCO DI NAPOLI, S.P.A., S.E. NAPBESMMXXX
BANCO DIRECTO, S.A. BADIESMMXXX
BANCO DO BRASIL, S.A., S.E. BRASESMMXXX
BANCO DO ESTADO DE SAO PAULO, S.A., S. MADRID BESPESMMXXX
BANCO ESPAÑOL DE CREDITO, S.A. ESPCESMMXXX
BANCO ESPIRITO SANTO DE INVESTIMENTO, S.A., S.E. ESSIESMMXXX
BANCO ESPIRITO SANTO S.A. S.E. BESCESMMXXX
BANCO ESPIRITO SANTO, S.A., S.E. BESMESMMXXX
BANCO ETCHEVERRIA, S.A. ETCHES2GXXX
BANCO EUROPEO DE FINANZAS, S.A. BEDFESM1XXX
BANCO EXELBANK, S.A. IXIUESM1XXX
BANCO EXTERIOR DE ESPAÑA, S.A. EXTEESMMXXX
BANCO FINANTIA SOFINLOC, S.A. ESFIESM1XXX
BANCO GALLEGO, S.A. MDBOESM1XXX
BANCO GALLEGO, S.A. GALEES2GXXX
BANCO GUIPUZCOANO, S.A. BGUIES22XXX
BANCO HALIFAX HISPANIA, S.A. HLFXESMMXXX
BANCO HERRERO, S.A. BHROESM2XXX
BANCO INDUSTRIAL DE BILBAO, S.A. INBBESM1XXX
BANCO INTERNACIONAL, S.A. BIMEESM1XXX
BANCO INVERSIS, S.A. INVLESMMXXX
BANCO NACIONAL DE CUBA BNACESM1XXX
BANCO OCCIDENTAL, S.A. OCBAESM1XXX
BANCO PASTOR, S.A. PSTRESMMXXX
BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A. POPUESMMXXX
BANCO POPULAR HIPOTECARIO, S.A. POHIESM1XXX
BANCO PORTUGUES DE INVESTIMENTO, S.A. S.E. BPIPESM1XXX
BANCO PORTUGUES DO ATLANTICO, SUCURSAL EN ESPAÑA ILBKESMMXXX
BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A. BDERESMMXXX
BANCO SANTANDER, S.A. BSCHESMMXXX
BANCO SBS-AGRO STOLESM1XXX
BANCO SERVICIOS FINANCIEROS CAJA MADRID-MAPFRE,SA BMAPESM1XXX
BANCO SIMEON, S.A. CGDIES2VXXX
BANCO STANDARD CHARTERED S.E. BSCEESMMXXX
BANCO SYGMA HISPANIA, S.E. SHSAESM1XXX
BANCO URQUIJO SABADELL BANCA PRIVADA, S.A. UIJOESMMXXX
BANCO URQUIJO, S.A. PROGESMM
BANCOFAR, S.A. BAOFESM1XXX
BANCO POPULAR-E, S.A. POPLESMMXXX
BANK J. VONTOBEL & CO. AG. VONTESM1XXX
BANK OF AMERICA, NATIONAL ASSOCIATION, S.E. BOFAES2XXXX
BANK OF AMERICA, S.A. BOFAES2XXXX
BANKINTER, S.A. BKBKESMMXXX
BANKOA, S.A. BKOAES22XXX
BANQUE COURTOIS COURESB1XXX
BANQUE INTERNATIONALE A LUXEMBOURG BILLESB1XXX
BANQUE MAROCAINE COMMERCE EXTERIEUR INTERNAT.,S.A. BMCEESMMXXX
BANQUE PRIVEE EDMOND DE ROTHSCHILD EUROPE, S.E PRIBESMXXXX
BANQUE PSA FINANCE, S.E. PSABESM1XXX
BANQUE REGIONALE D’ESCOMPTE ET DE DEPOTS REDEESM1XXX
BANQUE SCANDINAVE EN SUISSE SCSIESM1XXX
BANQUE SCS ALLIANCE BSSAESB1XXX
BANQUE SUDAMERIS BSUDESM1XXX
BARCLAYS BANK PLC, S.E. BPLCESMMXXX
BARCLAYS BANK, S.A. BARCESMMXXX
BAYERISCHE HYPO- UND VEREINSBANK AG. HYVEESM1XXX
BBVA BANCO DE FINANCIACION, S.A. INALESM1XXX
BES INVESTIMENTO SA BEIVESM1XXX
BILBAO BIZKAIA KUTXA,AURREZKI KUTXA ETA BAHITETXEA BASKES2BXXX
BNP PARIBAS ESPAÑA, S.A. BNPAESMMXXX
BNP PARIBAS SECURITIES SERVICES, S.E. PARBESMXXXX
BNP PARIBAS, S.E. BNPAESMSXXX
C.A.M.P. CIRCULO CATOLICO DE OBREROS DE BURGOS CECAESMM017
CAISSE NATIONALE DE CREDIT AGRICOLE, SUC. ESPAÑA AGRIESMM
CAISSE REGIONALE CREDIT AGRICOLE MUTUEL SUD MED,SE CRCGESB1XXX
CAIXA AFORROS VIGO,OURENSE E PONTEVEDRA(CAIXANOVA) CAVIES2VXXX
CAIXA DE C. DELS ENGINYERS-C.C. INGENIEROS, S.C.C CDENESBBXXX
CAIXA DELS ADVOCATS-CAJA DE LOS ABOGADOS, S.C.C. CXAVESB1XXX
CAIXA D’ESTALVIS COMARCAL DE MANLLEU CECAESMM040
CAIXA D’ESTALVIS DE CATALUNYA CESCESBBXXX
CAIXA D’ESTALVIS DE GIRONA CECAESMM030
CAIXA D’ESTALVIS DE MANRESA CECAESMM041
CAIXA D’ESTALVIS DE SABADELL CECAESMM059
CAIXA D’ESTALVIS DE TARRAGONA CECAESMM073
CAIXA D’ESTALVIS DE TERRASSA CECAESMM074
CAIXA D’ESTALVIS DEL PENEDES CECAESMM081
CAIXA D’ESTALVIS LAIETANA CECAESMM042
CAIXA POPULAR-CAIXA RURAL, S.C.C.V. BCOEESMM159
CAIXA R. ALBALAT DELS SORELLS, C.C.V. BCOEESMM186
CAIXA R. ALTEA, C.C.V. BCOEESMM045
CAIXA R. BENICARLO, S.C.C.V. BCOEESMM162
CAIXA R. D’ALGEMESI, S.C.V.C. BCOEESMM117
CAIXA R. DE BALEARS, S.C.C. BCOEESMM147
CAIXA R. DE CALLOSA D’EN SARRIA, C.C.V. BCOEESMM105
CAIXA R. DE L’ALCUDIA, S.C.V.C. BCOEESMM096
CAIXA R. DE TURIS, C.C.V. BCOEESMM123
CAIXA R. GALEGA, S.C.C.L.G. BCOEESMM070
CAIXA R. LA VALL ‘S. ISIDRO’, S.C.C.V. BCOEESMM111
CAIXA R. S. VICENT FERRER DE LA VALL D’UIXO,C.C.V. BCOEESMM102
CAIXA R. VINAROS, S.C.C.V. BCOEESMM174
CAIXA R.S.JOSEP DE VILAVELLA, S.C.C.V. BCOEESMM160
CAIXA RURAL LES COVES DE VINROMA, S.C.C.V. BCOEESMM166
CAIXA RURAL TORRENT C.C.V. BCOEESMM118
CAIXABANK, S.A. CBANESBBXXX
CAJA AH. VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA CVALESVVXXX
CAJA CAMINOS, S.C.C. CCOCESMMXXX
CAJA CAMPO, CAJA RURAL, S.C.C. BCOEESMM094
CAJA DE AH. PROV. SAN FERNANDO DE SEVILLA Y JEREZ CECAESMM071
CAJA DE AHORRO PROVINCIAL DE GUADALAJARA CECAESMM032
CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS CECAESMM048
CAJA DE AHORROS DE CASTILLA-LA MANCHA CECAESMM105
CAJA DE AHORROS DE GALICIA CAGLESMMXXX
CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON CECAESMM086
CAJA DE AHORROS DE LA RIOJA CECAESMM037
CAJA DE AHORROS DE MURCIA CECAESMM043
CAJA DE AHORROS DE SALAMANCA Y SORIA CSSOES2SXXX
CAJA DE AHORROS DE SANTANDER Y CANTABRIA CECAESMM066
CAJA DE AHORROS DE VITORIA Y ALAVA CECAESMM097
CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRANEO CAAMES2AXXX
CAJA DE AHORROS MUNICIPAL DE BURGOS CECAESMM018
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE AVILA CECAESMM094
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE CORDOBA CECAESMM024
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE EXTREMADURA CECAESMM099
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE GIPUZKOA Y SAN SEBASTIAN CGGKES22XXX
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE LAS BALEARES CECAESMM051
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE MADRID CAHMESMMXXX
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE NAVARRA CANVES2PXXX
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT CECAESMM045
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE SEGOVIA CECAESMM069
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA CAZRES2ZXXX
CAJA DE AHORROS Y PENSIONES DE BARCELONA CAIXESBBXXX
CAJA DE ARQUITECTOS S.C.C. CASDESBBXXX
CAJA DE CREDITO DE PETREL, CAJA RURAL, C.C.V. BCOEESMM029
CAJA DE ELCHE, CAJA RURAL, C.C.V. BCOEESM1181
CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y M.P. CSPAES2LXXX
CAJA GENERAL DE AHORROS DE CANARIAS CECAESMM065
CAJA GENERAL DE AHORROS DE GRANADA CECAESMM031
CAJA INSULAR DE AHORROS DE CANARIAS CECAESMM052
CAJA LABORAL POPULAR C.C. CLPEES2MXXX
CAJA PROVINCIAL DE AHORROS DE JAEN CECAESMM092
CAJA R. ARAGONESA Y DE LOS PIRINEOS, S.C.C. BCOEESMM189
CAJA R. BAENA NTRA. SRA. GUADALUPE S.C.C.A. BCOEESMM089
CAJA R. CASTELLON S. ISIDRO, S.C.C.V. BCOEESMM114
CAJA R. CATOLICO AGRARIA, S.C.C.V. BCOEESMM110
CAJA R. CENTRAL, S.C.C. BCOEESMM005
CAJA R. COMARCAL DE MOTA DEL CUERVO, S.C.L.C.A. BCOEESMM116
CAJA R. CREDICOOP, S.C.C. CRCPES2CXXX
CAJA R. DE ALBACETE, S.C.C. BCOEESMM056
CAJA R. DE ALBAL, C.C.V. BCOEESMM150
CAJA R. DE ALGINET, S.C.C.V. BCOEESMM179
CAJA R. DE ARAGON, S.C.C. BCOEESMM021
CAJA R. DE ASTURIAS, S.C.C. BCOEESMM059
CAJA R. DE BETXI, S.C.C.V. BCOEESMM138
CAJA R. DE BURGOS,S.C.C. BCOEESMM060
CAJA R. DE CANARIAS, S.C.C. BCOEESMM177
CAJA R. DE CAÑETE TORRES NTRA.SRA.DEL CAMPO,S.C.A. BCOEESMM104
CAJA R. DE CASAS IBAÑEZ, S.C.C.CASTILLA-LA MANCHA BCOEESMM127
CAJA R. DE CASINOS S.C.C.V. BCOEESMM137
CAJA R. DE CHESTE, S.C.C. BCOEESMM121
CAJA R. DE CIUDAD REAL, S.C.C. BCOEESMM062
CAJA R. DE CORDOBA, S.C.C. BCOEESMM063
CAJA R. DE CUENCA, S.C.C. BCOEESMM064
CAJA R. DE EXTREMADURA, S.C.C. BCOEESMM009
CAJA R. DE FUENTEPELAYO, S.C.C. BCOEESMM022
CAJA R. DE GIJON, C.C BCOEESMM007
CAJA R. DE GRANADA, S.C.C. BCOEESMM023
CAJA R. DE GUISSONA, S.C.C. BCOEESMM140
CAJA R. DE HUESCA, S.C.C. BCOEESMM066
CAJA R. DE JAEN, BARCELONA Y MADRID, S.C.C. BCOEESMM067
CAJA R. DE LA RODA, S.C.C. DE CASTILLA LA MANCHA BCOEESMM128
CAJA R. DE NAVARRA, S.C.C. BCOEESMM008
CAJA R. DE SALAMANCA, S.C.C. BCOEESMM016
CAJA R. DE SEGOVIA, C.C. BCOEESMM078
CAJA R. DE SORIA, S.C.C. BCOEESMM017
CAJA R. DE TERUEL, S.C.C. BCOEESMM080
CAJA R. DE TOLEDO, S.C.C. BCOEESMM081
CAJA R. DE UTRERA, S.C.A.C. BCOEESMM020
CAJA R. DE VILLAMALEA, S.C.C.A. CASTILLA-LA MANCHA BCOEESMM144
CAJA R. DE VILLAR C.C.V. BCOEESMM152
CAJA R. DE ZAMORA, C.C. BCOEESMM085
CAJA R. DE ZARAGOZA, S.C.C. BCOEESMM092
CAJA R. DEL CAMPO DE CARIÑENA, S.C.C.L. BCOEESM1093
CAJA R. DEL DUERO, S.C.C.L. BCOEESMM083
CAJA R. DEL MEDITERRANEO, RURALCAJA, S.C.C. BCOEESMM082
CAJA R. DEL SUR, S. COOP. DE CREDITO BCOEESMM187
CAJA R. LA JUNQUERA DE CHILCHES, S.C.C.V. BCOEESMM157
CAJA R. NTRA. SRA. DEL ROSARIO, S.C.A.C. BCOEESMM098
CAJA R. NTRA. SRA. LA ESPERANZA DE ONDA, S.C.C.V. BCOEESMM134
CAJA R. ‘NUESTRA MADRE DEL SOL’, S.C.A.C. BCOEESMM115
CAJA R. S. FORTUNATO, S.C.C.C.L. BCOEESMM161
CAJA R. S. ISIDRO DE VILAFAMES, S.C.C.V. BCOEESMM165
CAJA R. S. JAIME ALQUERIAS NIÑO PERDIDO S.C.C.V. BCOEESMM119
CAJA R. S. JOSE DE ALCORA S.C.C.V. BCOEESMM113
CAJA R. S. JOSE DE ALMASSORA, S.C.C.V. BCOEESMM130
CAJA R. S. JOSE DE BURRIANA, S.C.C.V. BCOEESMM112
CAJA R. S. JOSE DE NULES S.C.C.V. BCOEESMM135
CAJA R. S. ROQUE DE ALMENARA S.C.C.V. BCOEESMM095
CAJA R.R.S.AGUSTIN DE FUENTE ALAMO M., S.C.C. BCOEESMM018
CAJAMAR CAJA RURAL, S.C.C. CCRIES2AXXX
CAJASIETE, CAJA RURAL, S.C.C. BCOEESMM076
CALYON, S.E. BSUIESMMXXX
CASSA RISPARMIO PROVINCIE LOMBARDE(CARIPLO)SPA,S.E CARIESMMXXX
CELERIS SERVICIOS FINANCIEROS, S.A., E.F.C. CSFAESM1XXX
CITIBANK ESPAÑA, S.A. CITIES2XXXX
CITIBANK INTERNATIONAL PLC, S.E. CITIESMXXXX
COLONYA – CAIXA D’ESTALVIS DE POLLENSA CECAESMM056
COMMERZBANK AKTIENGESELLSCHAFT, S.E. COBAESMXXXX
COMPAGNIE BANCAIRE, SUCURSAL EN ESPAÑA COBFFRPPXXX
CONFEDERACION ESPAÑOLA DE CAJAS DE AHORROS CECAESMMXXX
COOP.CENTR. RAIFFEISEN-BOERENL.(RABOBANK NED.)S.E. PRABESMMXXX
CREDIT AGRICOLE LEASING, S.E. UCSSESM1XXX
CREDIT COMMERCIAL DE FRANCE, S.E. CCFRESMMXXX
CREDIT LYONNAIS ESPAÑA, S.A. CRLEESMMXXX
CREDIT SUISSE FIRST BOSTON, S.E. CRESESMMXXX
CREDIT SUISSE, S.E. CRESESMMXXX
CREDIT VALENCIA, C.R.C.C.V. BCOEESMM188
DE LAGE LANDEN INTERNATIONAL B.V., S.E. LLISESM1XXX
DEUTSCHE BANK A.G., S.E. DEUTESM1XXX
DEUTSCHE BANK CREDIT, S.A. DECRESM1XXX
DEUTSCHE BANK TRUST COMPANY AMERICAS, S.E. BKTRESM1XXX
DEUTSCHE BANK, S.A.E. DEUTESBBXXX
DEXIA BANCO LOCAL, S.A. DBOLESM1XXX
DEXIA SABADELL, S.A. DSBLESMMXXX
DRESDNER BANK A.G., S.E. DRESESMXXXX
DZ BANK AG DEUTSCHE ZENTRAL-GEN., FRANKFURT A.M. GENOESM1XXX
EBN BANCO DE NEGOCIOS, S.A. PROAESMMXXX
EFG BANK (LUXEMBOURG) S.A., S.E. EFGBESMMXXX
EQUITABLE P.C.I. BANK PCIBESM1XXX
ESPIRITO SANTO BANK OF FLORIDA ESBFESM1XXX
EUROHYPO A.G. EUROPAISCHE HYPOTHEKENBANK D.B.,S.E. EEHDESM1XXX
EUROHYPO A.G., S.E. EHYPESM1XXX
EUROPE ARAB BANK PLC, S.E. ARABESMMXXX
FCE BANK PLC S.E. FCEFESM1XXX
FINANZIA, BANCO DE CREDITO, S.A. FICDESM1XXX
FORTIS BANK, S.A., S.E. GEBAESMMXXX
FRANFINANCE, S.E. FRANESM1XXX
GENERAL ELECTRIC CAPITAL BANK, S.A. GEECESB1XXX
HISPAMER BANCO FINANCIERO, S.A. BAFOESMM
HSBC BANK PLC, S.E. MIDLESMMXXX
IKB DEUTSCHE INDUSTRIEBANK AG IKBDESM1XXX
ING BELGIUM, S.A., S.E. BBRUESMXXXX
ING DIRECT, N.V. S.E. INGDESMMXXX
INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL ICROESMMXXX
INTESA SANPAOLO S.P.A., S.E. BCITESMMXXX
IPAR KUTXA RURAL, S.C.C. CVRVES2BXXX
JPMORGAN CHASE BANK NATIONAL ASSOCIATION, S.E. CHASESM3XXX
KBC BANK NV, S.E. KREDESMMXXX
LANDESBANK BADEN-WÜRTTEMBERG SOLAESB1XXX
LANDESBANK HESSEN-THUERINGEN GIROZENTRALE HELAESM1XXX
LLOYDS TSB BANK PLC, S.E. LOYDESMMXXX
LONDON FORFAITING A PARIS, S.A. LOFPESB1XXX
M.P. Y C.A. SAN FERNANDO DE HUELVA JEREZ Y SEVILLA CECAESMM106
M.P. Y CAJA DE AHORROS DE HUELVA Y SEVILLA CECAESMM098
M.P. Y CAJA GENERAL AHORROS DE BADAJOZ CECAESMM010
M.P.C.A. RONDA, CADIZ, ALMERIA, MALAGA Y ANTEQUERA UCJAES2MXXX
MERRILL LYNCH INTERNATIONAL BANK LTD., S.E. MLCBESM1XXX
MERRILL LYNCH INTERNATIONAL BANK LTD., S.E. MLIBESM1XXX
MIZUHO CORPORATE BANK LTD. S.E. IBJTESM1XXX
MORGAN GUARANTY TRUST COMPANY OF NEW YORK, S.E. MGTCESMXXXX
NATIONAL WESTMINSTER BANK PLC, S.E. NWBKESMXXXX
NATIXIS, S.A., S.E. BFCEESMMXXX
NEWCOURT FINANCE (FRANCE) S.N.C., S.E. NFFSESM1XXX
NEWEDGE GROUP, S.E. NEWGESM1XXX
NORWICH AND PETERBOROUGH BUILDING SOCIETY NPBSES21XXX
OPEN BANK SANTANDER CONSUMER, S.A. OPENESMMXXX
PHILIPPINE NATIONAL BANK, S.A. PNBMESM1XXX
PKB PRIVATBANK AG. PKBSES21XXX
POPULAR BANCA PRIVADA, S.A. POPIESMMXXX
PRIVAT BANK, S.A. PRVBESB1XXX
PRIVATBANK IHAG ZURICH IHZUES21XXX
PROBANCA, SERVICIOS FINANCIEROS, S.A. PROAESMMXXX
RABOBANK ESPAÑA, S.A. PRABESMMXXX
RBC DEXIA INVESTOR SERVICES ESPAÑA, S.A. BVALESMMXXX
RHEINHYP RHEINISCHE HYPOTHEKENBANK A.G. RHRHESM1XXX
ROYAL BANK OF CANADA EUROPE LIMITED, S.E. ROYCESM1XXX
ROYAL BANK OF CANADA, SUCURSAL EN ESPAÑA ROYCESM1XXX
SANTANDER CONSUMER FINANCE, S.A. SCFBESMMXXX
SANTANDER INVESTMENT, S.A. SABNESMMXXX
SELF TRADE BANK, S.A. SELFESM1XXX
SINDICATO DE BANQUEROS DE BARCELONA, S.A. SIBBESBBXXX
SOCIETE GENERALE, S.E. SOGEESMMXXX
SOLBANK SBD, S.A. SLBKESBBXXX
STANDARD CHARTERED BANK SCBLESM1XXX
SVENSKA HANDELSBANKEN HANDES21XXX
THE BANK OF NEW YORK MELLON IRVTESM1XXX
THE BANK OF TOKYO-MITSUBISHI UFJ, LTD, S.E. BOTKESMXXXX
THE DAI-ICHI KANGYO BANK LIMITED, S.E. DKBBESM1XXX
THE FUJI BANK LIMITED, S.E. FUJIJPJTXXX
THE SAKURA BANK LIMITED, S.E. MITKESM1XXX
THE SANWA BANK LIMITED, S.E. SANWESM1XXX
THE SUMITOMO BANK, S.E. SMITESMXXXX
TRIODOS BANK, N.V., S.E. TRIOESMMXXX
UBI BANCA INTERNATIONAL, S.A., S.E. UBIBESMMXXX
UBS BANK, S.A UBSWESMMXXX
UBS, A.G. S.E. UBSWESMMXXX
UNICREDIT SOCIETA PER AZIONI, S.E. UNCRESMMXXX
UNION DE CREDITOS INMOBILIARIOS, S.A., E.F.C. UCINESMMXXX
UNOE BANK, S.A. UNOEESM1XXX
VOLKSWAGEN BANK GMBH, S.E. VOWAES21XXX
WAFABANK WAFAESM1XXX
WESTLB AG, S.E. WELAESMMXXX

El BIC (Bank Identfier Code) identifica al banco beneficiario de una transferencia, o al que se carga un adeudo. Completa la información proporcionada por el Código IBAN. Normalmente consta de 11 caracteres, aunque en ocasiones pueden ser solamente 8. También se conoce a menudo con el nombre de código o dirección Swift. Para que una transferencia intracomunitaria sujeta al Reglameto 2560/2001 esté sometida a la misma comisión que una nacional de idéntico importe, el ordenante debe facilitar al banco entre otros los códigos IBAN y BIC del beneficiario.

Las «Barreras Giovannini»


El Grupo Giovannini fue un grupo de expertos del mercado financiero, creado en 1996 para asesorar a la Comisión Europea sobre cuestiones del mercado financiero. En particular, el trabajo del grupo Giovannini se centró en la identificación de ineficiencias en los mercados financieros de la UE y en la propuesta de soluciones prácticas para mejorar la integración de los mercados.

Dos informes del Grupo identificaron un total de 15 barreras  específicas (conocidas desde ese momento como Barreras Giovannini) que impiden la eficaz actividad financiera transfroneriza en la Unión Europea relativa a compensación y liquidación.

  1. Diferencias nacionales en tecnología de la información e interfaces
  2. Restricciones nacionales de compensación y liquidación que requieren el uso de múltiples sistemas
  3. Diferencias en las normas nacionales relativas a los recursos corporativos, la propiedad beneficiosa y custodia
  4. Falta de firmeza de la liquidación intradía
  5. Impedimentos prácticos para el acceso remoto a los sistemas de liquidación y compensación
  6. Diferencias nacionales en períodos de liquidación
  7. Diferencias nacionales en las horas de servicio y cierres de la liquidación
  8. Diferencias nacionales en la práctica la emisión de valores
  9. Restricciones nacionales sobre la ubicación de los valores
  10. Restricciones nacionales sobre la actividad de los operadores primarios y de los creadores de mercado
  11. Regulaciones de retención de impuestos nacionales que  perjudican a los intermediarios extranjeros
  12. Impuestos sobre transacciones recogidos a través de cierta funcionalidad integrada en los sistemas de liquidación nacionales
  13. Ausencia de un marco comunitario para el tratamiento de los intereses en los valores
  14. Diferencias nacionales en el tratamiento legal de la compensación bilateral para las transacciones financieras
  15. Aplicación desigual de los conflictos derivados del marco legal y regulatorio

Este es el enlace para acdeder al informe (en inglés): The Giovannini Group – Second Report on EU Clearing and Settlement Arrangements

Desde entonces diferentes actividades de la Unión Europea van encaminadas a la eliminación de las Barreras Giovannini, entre ellas, la puesta en marcha del sistema TARGET2 Securities (T2S).

Ignacio Temiño aclara como será la ayuda a la banca y su impacto


Mi amigo Ignacio Temiño, es un experto asesor y profesor universitario con gran experiencia en el ámbito financiero. En un video grabado en junio de 2012 ya nos aclaraba en qué iba a consistir la ayuda al sector financiero español.

Ignacio Temiño es autor de varios estudios empresariales, útiles para entender la marcha de las empresas que analiza. Entre los dedicados al sector financiero cabe destacar el dedicado al Grupo Santander.