Certificado electrónico para el cuaderno digital de explotación agraria (CUE)


El Sistema de Información de Explotaciones Agrarias (SIEX) es un conjunto de bases de datos y registros administrativos interconectados que contendrá la caracterización de las explotaciones agrarias y empresas conexas de España. El objetivo principal del SIEX es perseguir la interoperabilidad entre las distintas fuentes de información disponibles de los sectores agrícola, ganadero y forestal. El SIEX será interoperable técnica y sistemáticamente con los Registros de Explotaciones Agrícolas de las CC.AA, los Cuadernos Digitales de Explotación Agrícola y demás registros públicos. El SIEX se configura como un instrumento para la gestión eficiente de la PAC siguiendo el sistema de indicadores del “New Delivery Model” y el cumplimiento y seguimiento de las estrategias “de la granja a la mesa” y de biodiversidad, dentro del pacto verde. Además, permitirá simplificar la gestión para el agricultor y ganadero permitiendo reutilizar en su gestión empresarial toda la información disponible. También proporcionará información para su análisis por las Administraciones, en orden a la orientación de la política agraria general y sectorial

El Cuaderno Digital de Explotación Agraria es un registro de datos actualizados de la explotación agraria referidos a la aplicación de productos fitosanitarios. La anotación de las aplicaciones de productos fitosanitarios en un cuaderno de explotación es una obligación que, en el caso de los productos fitosanitarios, entró en vigor en 2012, en el marco de la normativa comunitaria sobre uso sostenible de estos productos. En el caso de los fertilizantes, los planes de abonado y el registro de fertilización son obligatorios desde 1996, en las explotaciones situadas en zonas declaradas vulnerables, desde la entrada en vigor de la normativa sobre contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias. El Cuaderno Digital de Explotación Agraria supone cambiar del soporte en papel del cuaderno de explotación tradicional a un soporte digital que permita al agricultor sacar mejor provecho de la información que genera y, cuando es necesario, poder trasmitirla a las administraciones por métodos telemáticos. La información registrada en los cuadernos de explotación es clave para la mejora en la gestión de las explotaciones, permitiendo un uso más eficiente y sostenible de los insumos y, con ello, una reducción de los costes de producción

La entrada en vigor del cuaderno digital ha coincidido con el primer año de aplicación de la PAC, el año 2023 que, como en otras ocasiones en los que se han introducido cambios en esta política, ha supuesto un esfuerzo adicional para agricultores y ganaderos, así como para las entidades colaboradoras a través de las cuales gestionan sus ayudas y, en ocasiones, sus explotaciones.

Los agricultores y ganaderos tramitan las solicitudes de ayuda de la PAC a través de entidades colaboradoras autorizadas por las comunidades autónomas, que suelen ser entidades financieras, cooperativas y organizaciones agrarias.

En el marco regulatorio se va a postponer la obligatoriedad de la adopción del cuaderno de explotación digital, con el objeto de dar más tiempo al sector, agricultores y ganaderos y también a las entidades colaboradoras, para que se puedan familiarizar con las nuevas herramientas necesarias para su aplicación.

Mientras, se ponen en marcha medidas que promuevan el uso del cuaderno de explotación digital de manera voluntaria, de manera que, cuando su aplicación sea obligatoria, ya existan muchos agricultores que lo hayan adoptado. Por último, se flexibiliza el uso del cuaderno de explotación digital, eximiendo de la obligación de su empleo a los agricultores con menor base territorial.

Para las explotaciones que cumplan alguna de las siguientes condiciones no será obligatorio el uso del cuaderno digital:

  • Superficie agraria total menor o igual a 5 hectáreas, siempre y cuando tengan una superficie de regadío menor o igual a 1 hectárea, excepto en el caso de los invernaderos.
  • Superficie destinada únicamente a pastos, siempre que no realicen aplicaciones de fertilizantes en dichas superficies.

Dichas explotaciones pueden optar por utilizar el cuaderno digital voluntariamente o bien mantener los registros en papel que determina la normativa sectorial, a disposición de la autoridad competente.

La aplicación del cuaderno de explotación digital se realizará de forma progresiva a partir del 1 de septiembre de 2024 y a partir del 1 de septiembre de 2025.

A partir del 1 de septiembre de 2024, el cuaderno de explotación digital será obligatorio para las explotaciones que:

  • Cuenten con una superficie total, sumando la superficie de tierras de cultivo y de cultivos permanentes, superior a 30 hectáreas; o
  • Sobre el total de su superficie de tierras de cultivo y de cultivos permanentes, tengan más 5 hectáreas de regadío.
  • Dispongan de cultivos bajo invernadero.

Igualmente desde el 1 de septiembre de 2024, en el caso de productos fitosanitarios cuyo empleo se realice al amparo de una autorización excepcional concedida por el MAPA (Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación), se impone que el agricultor realice las anotaciones en el cuaderno de explotación digital.

A partir del 1 de septiembre de 2025, deben emplear el cuaderno de explotación digital el resto de los productores, salvo los que cumplen los requisitos ya indicados para que no sea obligatorio.

Los titulares de explotación con superficies de pastos, deberán emplear el cuaderno de explotación digital sólo si estas superficies son objeto de fertilización.

Para facilitar el despliegue de la infraestructura tecnológica del Cuaderno Digital el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación ha publicado una página web que recoge todos los aspectos técnicos del proyecto (SIEX: Sistema de Información de Explotaciones Agrarias).

Este es el contenido en octubre de 2023:

  • DOCUMENTO TÉCNICO. Documento Técnico de coordinación del Sistema de Información de Explotaciones Agrarias (SIEX) de la campaña 2023 que incluye el Anexo I (Contenido mínimo REA), el Anexo II (Contenido mínimo CUE) y Anexo III (Cronología de incorporación de fuentes de información SIEX). Ver documento
  • ANEXO IV. ACRÓNIMOS. Descripción de acrónimos o abreviaturas utilizados en el Documento Técnico. Ver documento
  • ANEXO V. DEFINICIÓN DE VARIABLES. Definición de los campos de información del Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA) y del Cuaderno de Explotaciones Agrícolas (CUE) así como la indicación de obligatorio o voluntario para cada campo. Ver documento
  • ANEXO VI. INTERFAZ ÚNICO COMÚN. Descripción de los distintos métodos implementados en el servicio web de REA y CUE para poder facilitar información del registro de explotaciones a los CUE comerciales. Versión 2.0.1 Ver documento
  • ANEXO VII. CATÁLOGOS SIEX. Listas de códigos estandarizadas que permiten cumplimentar el contenido mínimo del REA y CUE para el adecuado funcionamiento del sistema y explotación futura de la información aplicaciones externas y recibir datos de cuadernos gestionados por las mismas. Ver catálogos
  • ANEXO VIII. MODELO AUTORIZACIÓN REPRESENTACIÓN. Modelo de autorización de representación para los casos en los que el agricultor disponga de un representante, de manera que el representante pueda tener acceso y realizar os trámites del REA y/o CUE del titular de la explotación. Ver documento
  • ANEXO IX. MODELO AUTORIZACIÓN ACCESO REA-CUE. Modelo de autorización para que una herramienta digital pueda tener acceso a la información del REA y/o CUE y pueda gestionar el CUE del titular de la explotación. Ver documento
  • ANEXO X – REGISTRO DE AUTORIZACIONES PARA EL USO DE APLICACIONES COMERCIALES: Procedimiento para la autorización y el funcionamiento del CUE-ComercialVer documento

En el ANEXO VI. INTERFAZ ÚNICO COMÚN se indican los certificados electrónicos válidos con los que el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha hecho las pruebas de firma electrónica JSON (JWT):

  • Certificado de sitio Web de tipo OV
  • Certificado de Persona Jurídica

Considerando las limitaciones de los certificados OV (Organization Validation) que solo pueden expedirse por un año, parece más recomendable usar los certificados cualificados de Persona Jurídica (de hasta 4 años de duración). En el caso de solicitarlos a EADTrust, es posible elegir certificados basados en criptografía de curva elíptica ECC 256, que son los de uso más eficiente y seguro.

Contacte con EADTrust llamando al 902 365 612 o al 91 7160555, para obtener certificados electrónicos cualificados adecuados para el Cuaderno de Campo Digital.

3 comentarios en “Certificado electrónico para el cuaderno digital de explotación agraria (CUE)

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