Dentro de las medidas estructurales del Plan de erradicación de la morosidad en el sector público, la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, dotada de carácter básico y, por tanto, aplicable a todas las Administraciones Públicas, tiene por objetivo impulsar el uso de la factura electrónica y crear el registro contable de facturas. Esta medida permitirá una mayor protección del proveedor, reduciendo la morosidad del sector público, y un mejor control contable de las facturas pendientes de pago, lo que contribuirá a mejorar el control del gasto público y reforzar la transparencia.
Las obligaciones de facturación tanto para el sector público como para aulunas entidades del sector privado se inician el 15 de enero de 2015.
Las empresas de especial relevancia económica podrán ser penalizadas con multas de hasta 10.000 euros por incumplir los aspectos a los que les obliga la Ley en relación con la emisión de facturas electrónicas.
La obligación de facturar al sector público se vehiculiza a través de Puntos de Facturación por cada nivel de la administración: AGE (Administración General del Estado), Autonómica y Local, con la posibilidad de que todos converjan en el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
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Puede ser interesante para las entidades obligadas inscribirse en la formación concentrada en un día que prepara Atenea Interactiva, en Madrid, a mediados de diciembre de 2014.
Normativa:
- Ley 25/2013, de 27 de diciembre de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público
. - Orden HAP/492/2014, de 27 de marzo, por la que se regulan los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas de las entidades del ámbito de aplicación de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público
. - Orden HAP/1074/2014, de 24 de junio, por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
. - Resolución de 25 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establecen las condiciones de uso de la plataforma FACe-Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado
. - Resolución de 10 de octubre de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se establecen las condiciones técnicas normalizadas del punto general de entrada de facturas electrónicas
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Información sobre factura Electrónica:
- Plan para erradicar la Morosidad en las AAPP
- Registro Contable de Facturas
(Portal Administración Presupuestaria) - Punto general de entrada de las Facturas electrónicas
(Secretaría de Estado de Administraciones Públicas) - Obligaciones de Facturación
(Portal de la Agencia Tributaria)
FAQS del Ministerio:
- FAQ sobre la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. Versión en PDF
(PDF, aprox. 765 KB) - FAQ sobre Facturación Electrónica de la AEAT

- FAQ sobre el Registro Contable de Facturas de la IGAE

- FAQ del Punto general de entrada de facturas Electrónicas de la SEAP

Material de difusión:
