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Modernización de la normativa de tasaciones: valoración de bienes inmuebles y derechos reales


La Orden ECM/599/2025, publicada en el BOE el 12 de junio de 2025, introduce modificaciones significativas a la Orden ECO/805/2003, que regula las normas de valoración de bienes inmuebles y derechos reales para finalidades financieras en España.

Estas actualizaciones buscan adaptar la normativa a las necesidades del mercado inmobiliario, fomentar la sostenibilidad, agilizar procesos de financiación y reforzar la transparencia y seguridad jurídica en las tasaciones.

A continuación, se recogen algunos efectos de esta actualización:

Firma electrónica obligatoria: se modifica el artículo 64 de la Orden ECO/805/2003 indicando «Necesariamente las firmas serán electrónicas y cumplirán la normativa vigente sobre firma electrónica correspondiendo a la entidad tasadora establecer los procedimientos que aseguren la inalterabilidad de los documentos en que se estampa».

Índice obligatorio: Los informes de tasación ahora deben incluir un índice inicial para facilitar la navegación.

Licencias urbanísticas simplificadas: La orden reconoce licencias básicas o autorizaciones administrativas previas como válidas para realizar tasaciones sin condicionantes, siempre que cumplan requisitos técnicos. Esto permite a los promotores acceder a financiación hipotecaria más rápido, reduciendo los plazos de inicio de obras y los costes asociados. Como resultado, se espera un aumento en la oferta de viviendas al facilitar la promoción inmobiliaria.

Factores medioambientales en la valoración: Se introduce un nuevo principio de sostenibilidad en el artículo 3 de la Orden ECO/805/2003, que obliga a considerar factores medioambientales (como eficiencia energética) en la tasación, siempre que sean relevantes para el mercado y técnicamente viables. Esto podría incrementar el valor de inmuebles con características sostenibles, incentivando la construcción y rehabilitación de edificios más eficientes.

Reducción del plazo de actualización de tasaciones: Para la determinación del valor contable de empresas aseguradoras y reaseguradoras, el plazo de actualización de tasaciones se reduce de 3 a 2 años, lo que implica revisiones más frecuentes y valores más acordes con el mercado.

Métodos automatizados de valoración: La orden establece un marco para el uso de métodos automatizados, conforme al Real Decreto-ley 24/2021, que será desarrollado por el Banco de España mediante circular. Esto podría agilizar las actualizaciones de valor de garantías inmobiliarias, especialmente en contextos de alta volatilidad.

Advertencias específicas: En tasaciones para garantías hipotecarias, se requiere incluir advertencias cuando exista una alta probabilidad de que el valor de tasación disminuya significativamente en un plazo de 18 meses, basándose en datos sólidos del mercado local (como ciclos pasados, volatilidad o elementos especulativos).

En resumen, la Orden ECM/599/2025 moderniza y adapta la normativa de tasación a las demandas actuales, con un enfoque en la sostenibilidad, la transparencia y la agilidad en la financiación.

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