Comentarios a la Ley de Administración Electrónica


Lo cierto es que es muy difícil comentar algo que no se conoce. No circula ningún borrador de la futura Ley de Administración Electrónica, aunque posiblemente existe. Terra se hace eco de la noticia y destaca:

El texto de la futura ley, que fue elaborado por el Consejo Asesor de Administración Electrónica, recogerá en ‘tres grandes bloques’ los derechos de los ciudadanos y empresas en su relación temática con las administraciones, el régimen jurídico en el que se prestarán los servicios electrónicos, y la cooperación inter administrativa.

Así, en cuanto al primero, la norma prevé la creación de la figura del Defensor del Usuario de Administración Electrónica, que será el encargado de velar por los derechos de los ciudadanos y las empresas, y atenderá las quejas que se produzcan por la vulneración de dichos derechos.

Además, propone que el propio ciudadano o la sociedad sean quienes decidan el canal por el que se accede a los servicios, que las administraciones públicas garanticen que todas las fases de la tramitación puedan realizarse por procesos telemáticos, o que todos los usuarios tengan acceso a un sistema ‘multicanal’ que cubra las oficinas presenciales, servicio de Internet y de teléfono.

En cuanto al régimen jurídico, la futura ley plantea que las formas de identificación de los usuarios de los servicios públicos puedan ser de forma electrónica, que se reconozcan como oficial las comunicaciones, notificaciones, acuses de recibo u otros documentos emitidos de forma electrónica o que se regule la creación de registros electrónicos que abrirán 24 horas, 365 días al año.

Por último, la ley también apuesta por la cooperación inter administrativa como un instrumento ‘fundamental’ que deberá hacerse efectivo en la creación de una red ‘integrada’ para la prestación conjunta de los servicios públicos, y en el desarrollo de infraestructuras comunes bajo los criterios de voluntad, seguridad y financiación conjunta.

Por mi parte voy introduciendo en el Foro del MAP algunos comentarios, como este:

Aportación de documentos por los ciudadanos 

En el ámbito de las Administraciones Públicas es importante que las gestiones administrativas que los ciudadanos lleven a cabo por via electrónica permitan la aportación de documentos en papel en poder de los ciudadanos, simplemnte escaneados en formato PDF. La administración se reserva la posibilidad de exigir los originales o versiones electrónicas compulsadas para cotejar las versiones escaneadas por el ciudadano al finalizar el procedimiento, en caso de que tras su conclusión se derive un derecho, y no en el resto de los casos. En la actualidad hay una carga de la prueba excesiva en el lado del ciudadano, cuando en muchas ocasiones es la propia administración la que está en las mejores condiciones para conocer la autenticidad de los documentos o la validez del derecho reivindicado.

1 comentario en “Comentarios a la Ley de Administración Electrónica

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